Decreto sobre Modificaciones a las Normas para la Prestación de Servicios Públicos a Propietarios y Usuarios de Locales en Edificios de Apartamentos y Edificios Residenciales - Rossiyskaya Gazeta. De las modificaciones a las reglas para la prestación de los servicios públicos por parte del propietario

Reglas para la concesión utilidades: modificaciones en cuanto a los dispositivos de medida.
Las Reglas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en Edificio de apartamentos y edificios residenciales.
Se ha completado la lista de deberes de los artistas intérpretes o ejecutantes (personas que prestan servicios públicos). Ahora son ellos los encargados de poner en marcha un contador individual, general (apartamento) o de habitación tras su reparación, sustitución y verificación. Esto se hace a tiempo y en la forma prescrita por las reglas.
Al mismo tiempo, los consumidores estaban obligados a enviar al contratista una copia del documento que certificaba los resultados de la verificación del dispositivo de medición.
El dispositivo de medición se pone en funcionamiento sobre la base de la solicitud del propietario del local, presentada al contratista. Se establece la lista de información indicada en el mismo. Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo, así como copias de los documentos que confirman los resultados de la última verificación (excepto para dispositivos nuevos).
El contratista está obligado a considerar la fecha y hora de entrada propuesta en la solicitud. Si es imposible cumplir con la solicitud dentro de este período, se enviará al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora a más tardar 3 días hábiles después.
La nueva fecha no podrá ser posterior a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Si el ejecutante no se presentó en la fecha y hora apropiadas y (o) la nueva fecha y hora fueron posteriores plazos, entonces el dispositivo de medición se considera puesto en funcionamiento a partir de la fecha de envío de la solicitud.

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 19 de septiembre de 2013 N 824 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales"

Gobierno Federación Rusa decide:
Aprobar los cambios adjuntos que se realicen a las Reglas
prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales
en edificios de apartamentos y edificios residenciales, aprobados por el Decreto
Gobierno de la Federación Rusa de fecha 6 de mayo de 2011 N 354 "O
prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales
en edificios de apartamentos y edificios residenciales "(Colección de Legislación
Federación Rusa, 2011, N 22, art. 3168; 2012, N° 36, art. 4908; 2013,
n.° 16, art. 1972; n.° 21, art. 2648; N° 31, art. 4216).

primer ministro
Federación Rusa D. Medvedev

cambios,
que se incluyen en las Normas para la prestación de los servicios públicos
propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y residenciales
casas
(aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 19 de septiembre de 2013 N 824)

1. El apartado 31 se completa con el apartado "y.2" con el siguiente contenido:
"y.2) para llevar a cabo la puesta en servicio de un individuo, general
(apartamento) o dispositivo de medición de habitación después de su reparación, reemplazo y
verificación en el tiempo y forma que establece este Reglamento;”.
2. El inciso "e" del párrafo 34 se completará con las palabras ", y también enviará
al contratista una copia del certificado de verificación u otro documento,
certificar los resultados de la verificación del dispositivo de medición realizada en
de conformidad con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa sobre
asegurando la unidad de medida".
3. El párrafo 81 después del segundo párrafo se completará con los párrafos siguientes
contenido:
“La siguiente información debe ser incluida en la solicitud:
información al consumidor (por individual- apellido nombre,
patronímico, detalles de un documento de identidad, contacto
teléfono, para entidad legal- Nombre ( nombre de la marca) y
lugar registro estatal, número de contacto);
fecha y hora propuesta de entrada del medidor instalado en
operación;
tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, su ubicación
instalaciones;
información sobre la organización que llevó a cabo la instalación del dispositivo de medición;
lecturas del medidor al momento de su instalación;
fecha de la próxima verificación.
Una copia del pasaporte para el dispositivo de medición, así como copias de
documentos que confirman los resultados de la última verificación
dispositivo dosificador (excluidos los nuevos dispositivos dosificadores).".
4. Complementar con los apartados 81.1 - 81.14 el siguiente contenido:
"81.1. El Contratista considerará la fecha propuesta y
el momento de poner en funcionamiento el dispositivo dosificador y, en caso de
la imposibilidad de cumplir con la solicitud dentro del plazo especificado para acordar con
por el consumidor otra fecha y hora de puesta en marcha
medidor instalado.
Al mismo tiempo, una propuesta de nueva fecha y hora para la ejecución de los trabajos
enviado al consumidor a más tardar 3 días hábiles a partir de la fecha de
recepción de la solicitud, y la nueva fecha propuesta para la implementación del trabajo no puede
ser posterior a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
81.2. En el caso de que el artista intérprete o ejecutante no figurara en el propuesto en la solicitud
fecha y hora para la puesta en marcha del dispositivo de medida o
otra fecha y hora acordada con el consumidor y (o) propuesta
albacea nueva fecha y hora fueron tarde establecido
apartado 81.1 de estas Reglas, se considera que el dispositivo de medida está introducido en
operación desde la fecha de envío a la dirección del ejecutor de la solicitud que cumple
requisitos establecidos por el numeral 81 de este Reglamento, y a partir de esa fecha
las lecturas se tienen en cuenta al determinar el volumen de consumo de servicios públicos
servicios.
81.3. En el caso de instalación de un dispositivo de medición por parte del contratista, entrada a
la operación es realizada por el contratista mediante el registro y la firma
el acto de poner en funcionamiento el contador, previsto en el apartado 81.6
de estas Reglas.
81.4. Durante la puesta en marcha del medidor, lo siguiente está sujeto a verificación:
a) correspondencia del número de serie en el dispositivo de medición con el número,
indicado en su pasaporte;
b) cumplimiento del dispositivo de medición con la documentación técnica del fabricante
dispositivo, incluido el esquema de configuración e instalación del dispositivo de medición;
c) la presencia de signos de la última verificación (a excepción de los nuevos dispositivos
contabilidad);
d) operatividad del dispositivo de medición.
81.5. Incumplimiento del dispositivo de medición con las disposiciones previstas para
el párrafo 81.4 de estas Reglas, identificado por el contratista durante la auditoría,
es la base para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición.
81.6. Con base en los resultados de la verificación del dispositivo de medición, el contratista elabora
acto de poner en funcionamiento el contador, que indica:
a) fecha, hora y dirección de puesta en servicio del medidor;
b) apellidos, nombres, patronímicos, cargos y datos de contacto de las personas,
quién participó en el procedimiento de puesta en servicio del medidor;
c) el tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, así como la ubicación
su instalación;
d) la decisión de ingresar o negarse a ingresar el dispositivo de medición en
operación, indicando los motivos de tal denegación;
e) en el caso de poner en funcionamiento el dispositivo de medición, las lecturas del dispositivo
medición en el momento de la finalización del procedimiento para la puesta en servicio del dispositivo de medición y
indicación de los lugares en el dispositivo dosificador donde el control desechable
precintos numerados (precintos de control);
f) fecha de la próxima verificación.
81.7. El acto de puesta en funcionamiento del contador se redacta en 2
copias y firmadas por el consumidor y los representantes del artista intérprete o ejecutante,
que intervino en el procedimiento de puesta en marcha del contador.
81.8. Antes de firmar el acta de puesta en funcionamiento del dispositivo de medida (con
no hay motivos para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición)
el representante del contratista instala sellos de control en
dispositivo de medición
81.9. Puesta en marcha de aparatos de medida en los casos previstos
estas Reglas, se lleva a cabo por el contratista sin cobrar honorarios.
81.10. La operación, reparación y reemplazo de dispositivos de medición se llevan a cabo en
De acuerdo a documentación técnica. Verificación de dispositivos de medición
llevado a cabo de conformidad con las disposiciones de la legislación de la Federación de Rusia
Federación sobre el aseguramiento de la uniformidad de las mediciones.
81.11. El medidor debe protegerse de accesos no autorizados.
interferencia en su trabajo.
81.12. El medidor se considera fuera de servicio en los siguientes casos:
a) no visualización de resultados de medición por dispositivos de medición;
b) violación de sellos de control y (o) marcas de verificación;
c) daños mecánicos al medidor;
d) exceder el error permisible de las lecturas del medidor;
e) vencimiento del intervalo de calibración para la verificación de los dispositivos de medición.
81.13. Consumidor en caso de fallo del dispositivo de medida
(fallos) está obligado a notificar inmediatamente al contratista,
informar las lecturas del medidor en el momento de su falla
(la ocurrencia de un mal funcionamiento) y garantizar la eliminación de los identificados
mal funcionamiento (reparación, reemplazo) dentro de los 30 días a partir de la fecha de
falla del dispositivo de medición (mal funcionamiento). Cuándo
si se requiere el desmantelamiento del dispositivo de medición, se notifica al contratista
a la finalización de los trabajos especificados con al menos 2 días hábiles de anticipación. Desmantelamiento
dispositivo de medición, así como su posterior instalación, se llevan a cabo en presencia de
representantes del artista intérprete o ejecutante, excepto en los casos en que tal
representantes no se presentaron en la fecha de desmantelamiento del dispositivo de medición especificado en
aviso.
81.14. Puesta en marcha del dispositivo dosificador después de su reparación, sustitución y
la verificación se lleva a cabo de la manera prescrita por los párrafos 81 - 81.9
de estas Reglas. Dispositivo de medición instalado, incluso después de la verificación,
es sellado por el contratista sin cobrar una tarifa por parte del consumidor, por
excepto en los casos en que el sellado de los dispositivos de medición relevantes
realizado por el contratista nuevamente debido a la violación del sello o signos
verificación por parte del consumidor o de un tercero”.

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA RESOLUCIÓN MOSCÚ Sobre las modificaciones a las Reglas de provisiónservicios públicos a propietarios y usuarioslocales en edificios de apartamentos y edificios residencialesEl Gobierno de la Federación de Rusia decide:Aprobar los cambios adjuntos que se están realizando a las Reglas para la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales, aprobados por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 6 de mayo de 2011 N 354 "Sobre el provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales "(Legislación recopilada de la Federación Rusa, 2011, N 22, Art. 3168; 2012, N 36, Art. 4908; 2013, N 16, Art. 1972; N 21, Art. 2648; N 31, Art. 4216).primer ministroFederación Rusa D. Medvedev __________________________ APROBADO Decreto del GobiernoFederación Rusade 19 de septiembre de 2013 N 824 CAMBIOS, que se incluyen en las Normas para la prestación de servicios comunalesservicios a propietarios y usuarios de localesen edificios de apartamentos y edificios residenciales1. El apartado 31 se completa con el apartado "y-2" con el siguiente contenido:“y-2) efectuar la puesta en servicio de un medidor individual, general (apartamento) o de ambiente luego de su reparación, reposición y verificación en el tiempo y forma que establece este Reglamento;”.2. El inciso "e" del apartado 34 se completará con las palabras ", y también se enviará al contratista una copia del certificado de verificación u otro documento que acredite los resultados de la verificación del medidor, realizada de conformidad con lo dispuesto en el art. la legislación de la Federación de Rusia sobre la garantía de la uniformidad de las medidas".3. El párrafo 81 después del segundo párrafo se completará con los siguientes párrafos:“La siguiente información debe ser incluida en la solicitud:información sobre el consumidor (para una persona física: apellido, nombre, patronímico, detalles de un documento de identidad, número de teléfono de contacto, para una persona jurídica: nombre (nombre de la empresa) y lugar de registro estatal, número de teléfono de contacto);fecha y hora propuestas para la puesta en marcha del dispositivo de medición instalado;tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, lugar de su instalación;información sobre la organización que llevó a cabo la instalación del dispositivo de medición;lecturas del medidor al momento de su instalación;fecha de la próxima verificación.Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo de medición, así como copias de los documentos que confirman los resultados de la última verificación del dispositivo de medición (con la excepción de los nuevos dispositivos de medición).4. Complementar con los párrafos 81-1 - 81-14 como sigue:"81-1. El contratista está obligado a considerar la fecha y la hora propuestas en la solicitud para la puesta en marcha del dispositivo de medición y, si es imposible ejecutar la solicitud dentro del plazo especificado, acordar con el consumidor una fecha diferente y tiempo para la puesta en marcha del dispositivo de medición instalado.Al mismo tiempo, se envía al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora para la implementación del trabajo a más tardar 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud, y la nueva fecha propuesta para la implementación del trabajo no puede ser a más tardar 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.81-2. Si el contratista no se presentó en la fecha y hora propuesta en la solicitud de puesta en servicio del medidor u otra fecha y hora acordada con el consumidor y (o) la nueva fecha y hora propuesta por el contratista fuera posterior a los plazos establecidos por el numeral 81 -1 de estas Reglas, el dispositivo de medición se considera puesto en funcionamiento a partir de la fecha de envío al domicilio del contratista de una solicitud que cumpla con los requisitos establecidos por el numeral 81 de estas Reglas, y desde esta fecha sus lecturas se toman en cuenta cuando determinar el volumen de consumo de los servicios públicos.81-3. Si el dispositivo de medición es instalado por el contratista, la puesta en servicio la realiza el contratista mediante la redacción y firma del acto de puesta en servicio del dispositivo de medición, previsto en el párrafo 81-6 de estas Reglas.81-4. Durante la puesta en marcha del medidor, lo siguiente está sujeto a verificación:a) conformidad del número de serie en el medidor con el número indicado en su pasaporte;b) el cumplimiento del dispositivo de medición con la documentación técnica del fabricante del dispositivo, incluido el diagrama de configuración e instalación del dispositivo de medición;c) la presencia de signos de la última verificación (a excepción de los nuevos dispositivos de medición);d) operatividad del dispositivo de medición.81-5. El incumplimiento del dispositivo de medición con las disposiciones previstas en el párrafo 81-4 de estas Reglas, revelado por el contratista durante la inspección, es la base para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición.81-6. Con base en los resultados de la verificación del dispositivo de medición, el contratista redacta un acto de puesta en servicio del dispositivo de medición, que indica:a) fecha, hora y dirección de puesta en servicio del medidor;b) apellidos, nombres, patronímicos, cargos y datos de contacto de las personas que intervinieron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del contador;c) tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, así como el lugar de su instalación;d) una decisión de poner o negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición, indicando los motivos de tal negativa;e) en el caso de poner en funcionamiento el dispositivo de medición, las lecturas del dispositivo de medición en el momento de completar el procedimiento para poner en funcionamiento el dispositivo de medición y una indicación de los lugares en el dispositivo de medición donde el control numerado por única vez se instalan sellos (sellos de control);f) fecha de la próxima verificación.81-7. El acto de puesta en funcionamiento del medidor se redacta en 2 copias y está firmado por el consumidor y los representantes del contratista que participaron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del medidor.81-8. Antes de firmar el acto de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición (en ausencia de motivos para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición), el representante del contratista instala sellos de control en el dispositivo de medición.81-9. La puesta en servicio de los aparatos de medida en los casos previstos por estas Normas la realiza el contratista sin cobrar canon alguno.81-10. La operación, reparación y reemplazo de los dispositivos de medición se llevan a cabo de acuerdo con la documentación técnica. La verificación de los dispositivos de medición se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa para garantizar la uniformidad de las mediciones.81-11. El medidor debe estar protegido contra intervenciones no autorizadas en su funcionamiento.81-12. El medidor se considera fuera de servicio en los siguientes casos:a) no visualización de resultados de medición por dispositivos de medición;b) violación de sellos de control y (o) marcas de verificación;c) daños mecánicos al medidor;d) exceder el error permisible de las lecturas del medidor;e) vencimiento del intervalo de calibración para la verificación de los dispositivos de medición.81-13. En caso de falla del medidor (mal funcionamiento), el consumidor está obligado a notificarlo inmediatamente al contratista, informar las lecturas del medidor en el momento de su falla (mal funcionamiento) y asegurarse de que se elimine el mal funcionamiento identificado (reparación, reemplazo ) dentro de los 30 días a partir de la fecha de falla falla del dispositivo de medición (mal funcionamiento). Si se requiere el desmantelamiento del dispositivo de medición, se notifica al contratista sobre el trabajo especificado con al menos 2 días hábiles de anticipación. El desmontaje del dispositivo de medición, así como su posterior instalación, se realizan en presencia de los representantes del contratista, excepto en los casos en que dichos representantes no se presenten en la fecha de desmontaje del dispositivo de medición especificada en el aviso.81-14. La puesta en marcha del dispositivo de medición después de su reparación, reemplazo y verificación se lleva a cabo de la manera prescrita por los párrafos 81 - 81-9 de estas Reglas. El contratista sella el dispositivo de medición instalado, incluso después de la verificación, sin cobrar una tarifa al consumidor, excepto en los casos en que el contratista vuelve a sellar los dispositivos de medición relevantes debido a la violación del sello o las marcas de verificación por parte del contratista. consumidor o de un tercero. ____________

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa


De las modificaciones a las Reglas para la prestación de los servicios públicos

propietarios y usuarios de locales

v Edificio de apartamentos edificios residenciales

El Gobierno de la Federación de Rusia decide:

Aprobar el adjuntocambios, que se incluyen enReglasprestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales, aprobadosresoluciónGobierno de la Federación Rusa del 6 de mayo de 2011 N 354 "Sobre la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales" (Legislación recopilada de la Federación Rusa, 2011, N 22, art. 3168; 2012 , N 36, artículo 4908; 2013, N 16, artículo 1972; N 21, artículo 2648; N 31, artículo 4216).

Cambios que se realicen a las Reglas para la prestación

servicios públicos a propietarios y usuarios de locales

en edificios de apartamentos y edificios residenciales


(aprobado
resolución Gobierno de la Federación Rusa del 19 de septiembre de 2013 N 824)

1. artículo 31suplementosubpárrafo "v.2"el siguiente contenido:

“s.2) poner en funcionamiento un medidor individual, común (departamento) o de habitación, luego de su reparación, reposición y verificación en el tiempo y forma que establece este Reglamento;”.

2. inciso "d" párrafo 34agregue las palabras "y también envíe al contratista una copia del certificado de verificación u otro documento que certifique los resultados de la verificación del dispositivo de medición, realizado de conformidad con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa sobre la garantía de la uniformidad de las mediciones. "

3. Artículo 81 después segundo parrafosuplementopárrafosel siguiente contenido:

“La siguiente información debe ser incluida en la solicitud:

información sobre el consumidor (para una persona física: apellido, nombre, patronímico, detalles de un documento de identidad, número de teléfono de contacto, para una persona jurídica: nombre (nombre de la empresa) y lugar de registro estatal, número de teléfono de contacto);

fecha y hora propuestas para la puesta en marcha del dispositivo de medición instalado;

tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, lugar de su instalación;

información sobre la organización que llevó a cabo la instalación del dispositivo de medición;

lecturas del medidor al momento de su instalación;

fecha de la próxima verificación.

Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo de medición, así como copias de los documentos que confirman los resultados de la última verificación del dispositivo de medición (con la excepción de los nuevos dispositivos de medición).

4. Suplemento párrafos 81.1 - 81.14el siguiente contenido:

"81.1. El contratista está obligado a considerar la fecha y hora propuestas en la solicitud para la puesta en servicio del dispositivo de medición y, si es imposible ejecutar la solicitud dentro del plazo especificado, acordar con el consumidor otra fecha y hora para la puesta en servicio del instalado. dispositivo de medición

Al mismo tiempo, se envía al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora para la implementación del trabajo a más tardar 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud, y la nueva fecha propuesta para la implementación del trabajo no puede ser a más tardar 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

81.2. Si el contratista no se presentó en la fecha y hora propuesta en la solicitud de puesta en servicio del medidor u otra fecha y hora acordada con el consumidor y (o) la nueva fecha y hora propuesta por el contratista fuera posterior a los plazos establecidos en la cláusula 81.1 de estas Reglas, el medidor se considera puesto en funcionamiento a partir de la fecha de envío al domicilio del contratista de una solicitud que cumpla con los requisitos establecidos por el numeral 81 de estas Reglas, y a partir de esta fecha se toma en cuenta su testimonio para determinar el volumen de consumo de servicios públicos.

81.3. Si el dispositivo de medida es instalado por el contratista, la puesta en servicio la realiza el contratista mediante la redacción y firma del acta de puesta en servicio del dispositivo de medida, prevista en el apartado 81.6 de estas Normas.

81.4. Durante la puesta en marcha del medidor, lo siguiente está sujeto a verificación:

a) conformidad del número de serie en el medidor con el número indicado en su pasaporte;

b) el cumplimiento del dispositivo de medición con la documentación técnica del fabricante del dispositivo, incluido el diagrama de configuración e instalación del dispositivo de medición;

c) la presencia de signos de la última verificación (a excepción de los nuevos dispositivos de medición);

d) operatividad del dispositivo de medición.

81.5. El incumplimiento por parte del medidor de lo dispuesto en la cláusula 81.4 de estas Reglas, revelado por el contratista durante la inspección, es motivo para negarse a poner en funcionamiento el medidor.

81.6. Con base en los resultados de la verificación del dispositivo de medición, el contratista redacta un acto de puesta en servicio del dispositivo de medición, que indica:

a) fecha, hora y dirección de puesta en servicio del medidor;

b) apellidos, nombres, patronímicos, cargos y datos de contacto de las personas que intervinieron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del contador;

c) tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, así como el lugar de su instalación;

d) una decisión de poner o negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición, indicando los motivos de tal negativa;

e) en el caso de poner en funcionamiento el dispositivo de medición, las lecturas del dispositivo de medición en el momento de completar el procedimiento para poner en funcionamiento el dispositivo de medición y una indicación de los lugares en el dispositivo de medición donde el control numerado por única vez se instalan sellos (sellos de control);

f) fecha de la próxima verificación.

81.7. El acto de puesta en funcionamiento del medidor se redacta en 2 copias y está firmado por el consumidor y los representantes del contratista que participaron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del medidor.

81.8. Antes de firmar el acto de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición (en ausencia de motivos para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición), el representante del contratista instala sellos de control en el dispositivo de medición.

81.9. La puesta en servicio de los aparatos de medida en los casos previstos por estas Normas la realiza el contratista sin cobrar canon alguno.

81.10. La operación, reparación y reemplazo de los dispositivos de medición se llevan a cabo de acuerdo con la documentación técnica. La verificación de los dispositivos de medición se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa para garantizar la uniformidad de las mediciones.

81.11. El medidor debe estar protegido contra intervenciones no autorizadas en su funcionamiento.

81.12. El medidor se considera fuera de servicio en los siguientes casos:

a) no visualización de resultados de medición por dispositivos de medición;

b) violación de sellos de control y (o) marcas de verificación;

c) daños mecánicos al medidor;

d) exceder el error permisible de las lecturas del medidor;

e) vencimiento del intervalo de calibración para la verificación de los dispositivos de medición.

81.13. En caso de falla del medidor (mal funcionamiento), el consumidor está obligado a notificarlo inmediatamente al contratista, informar las lecturas del medidor en el momento de su falla (mal funcionamiento) y asegurarse de que se elimine el mal funcionamiento identificado (reparación, reemplazo ) dentro de los 30 días a partir de la fecha de falla falla del dispositivo de medición (mal funcionamiento). Si se requiere el desmantelamiento del dispositivo de medición, se notifica al contratista sobre el trabajo especificado con al menos 2 días hábiles de anticipación. El desmontaje del dispositivo de medición, así como su posterior instalación, se realizan en presencia de los representantes del contratista, excepto en los casos en que dichos representantes no se presenten en la fecha de desmontaje del dispositivo de medición especificada en el aviso.

El Gobierno de la Federación de Rusia decide:

Aprobar los cambios adjuntos que se están realizando a las Reglas para la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales, aprobados por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de fecha 6 de mayo de 2011 No. 354 "Sobre la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales "(Legislación recopilada de la Federación Rusa, 2011, No. 22, Art. 3168; 2012, No. 36, Art. 4908; 2013, No. 16, Art. 1972; N° 21, Art. 2648; N° 31, Art. 4216). primer ministro

Federación Rusa D. Medvedev

Cambios que se están realizando a las Reglas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de departamentos y edificios residenciales

1. El apartado 31 se completa con el apartado "y.2" con el siguiente contenido:

“s.2) poner en funcionamiento un medidor individual, común (departamento) o de habitación, luego de su reparación, reposición y verificación en el tiempo y forma que establece este Reglamento;”.

2. El inciso "e" del apartado 34 se completará con las palabras ", y también se enviará al contratista una copia del certificado de verificación u otro documento que acredite los resultados de la verificación del medidor, realizada de conformidad con lo dispuesto en el art. la legislación de la Federación de Rusia sobre la garantía de la uniformidad de las medidas".

3. El párrafo 81 después del segundo párrafo se completará con los siguientes párrafos:

“La siguiente información debe ser incluida en la solicitud:

información sobre el consumidor (para una persona física: apellido, nombre, patronímico, detalles de un documento de identidad, número de teléfono de contacto, para una persona jurídica: nombre (nombre de la empresa) y lugar de registro estatal, número de teléfono de contacto);

fecha y hora propuestas para la puesta en marcha del dispositivo de medición instalado;

tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, lugar de su instalación;

información sobre la organización que llevó a cabo la instalación del dispositivo de medición;

lecturas del medidor al momento de su instalación;

fecha de la próxima verificación.

Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo de medición, así como copias de los documentos que confirman los resultados de la última verificación del dispositivo de medición (con la excepción de los nuevos dispositivos de medición).

4. Complementar con los apartados 81.1 - 81.14 el siguiente contenido:

"81.1. El contratista está obligado a considerar la fecha y hora propuestas en la solicitud para la puesta en servicio del dispositivo de medición y, si es imposible ejecutar la solicitud dentro del plazo especificado, acordar con el consumidor otra fecha y hora para la puesta en servicio del instalado. dispositivo de medición

Al mismo tiempo, se envía al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora para la implementación del trabajo a más tardar 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud, y la nueva fecha propuesta para la implementación del trabajo no puede ser a más tardar 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

81.2. Si el contratista no se presentó en la fecha y hora propuesta en la solicitud de puesta en servicio del medidor u otra fecha y hora acordada con el consumidor y (o) la nueva fecha y hora propuesta por el contratista fuera posterior a los plazos establecidos en la cláusula 81.1 de estas Reglas, el medidor se considera puesto en funcionamiento a partir de la fecha de envío al domicilio del contratista de una solicitud que cumpla con los requisitos establecidos por el numeral 81 de estas Reglas, y a partir de esta fecha se toma en cuenta su testimonio para determinar el volumen de consumo de servicios públicos.

81.3. Si el dispositivo de medida es instalado por el contratista, la puesta en servicio la realiza el contratista mediante la redacción y firma del acta de puesta en servicio del dispositivo de medida, prevista en el apartado 81.6 de estas Normas.

81.4. Durante la puesta en marcha del medidor, lo siguiente está sujeto a verificación:

a) conformidad del número de serie en el medidor con el número indicado en su pasaporte;

b) el cumplimiento del dispositivo de medición con la documentación técnica del fabricante del dispositivo, incluido el diagrama de configuración e instalación del dispositivo de medición;

c) la presencia de signos de la última verificación (a excepción de los nuevos dispositivos de medición);

d) operatividad del dispositivo de medición.

81.5. El incumplimiento por parte del medidor de lo dispuesto en la cláusula 81.4 de estas Reglas, revelado por el contratista durante la inspección, es motivo para negarse a poner en funcionamiento el medidor.

81.6. Con base en los resultados de la verificación del dispositivo de medición, el contratista redacta un acto de puesta en servicio del dispositivo de medición, que indica:

a) fecha, hora y dirección de puesta en servicio del medidor;

b) apellidos, nombres, patronímicos, cargos y datos de contacto de las personas que intervinieron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del contador;

c) tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, así como el lugar de su instalación;

d) una decisión de poner o negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición, indicando los motivos de tal negativa;

e) en el caso de poner en funcionamiento el dispositivo de medición, las lecturas del dispositivo de medición en el momento de completar el procedimiento para poner en funcionamiento el dispositivo de medición y una indicación de los lugares en el dispositivo de medición donde el control numerado por única vez se instalan sellos (sellos de control);

f) fecha de la próxima verificación.

81.7. El acto de puesta en funcionamiento del medidor se redacta en 2 copias y está firmado por el consumidor y los representantes del contratista que participaron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del medidor.

81.8. Antes de firmar el acto de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición (en ausencia de motivos para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición), el representante del contratista instala sellos de control en el dispositivo de medición.

81.9. La puesta en servicio de los aparatos de medida en los casos previstos por estas Normas la realiza el contratista sin cobrar canon alguno.

81.10. La operación, reparación y reemplazo de los dispositivos de medición se llevan a cabo de acuerdo con la documentación técnica. La verificación de los dispositivos de medición se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa para garantizar la uniformidad de las mediciones.

81.11. El medidor debe estar protegido contra intervenciones no autorizadas en su funcionamiento.

81.12. El medidor se considera fuera de servicio en los siguientes casos:

a) no visualización de resultados de medición por dispositivos de medición;

b) violación de sellos de control y (o) marcas de verificación;

c) daños mecánicos al medidor;

d) exceder el error permisible de las lecturas del medidor;

e) vencimiento del intervalo de calibración para la verificación de los dispositivos de medición.

81.13. En caso de falla del medidor (mal funcionamiento), el consumidor está obligado a notificarlo inmediatamente al contratista, informar las lecturas del medidor en el momento de su falla (mal funcionamiento) y asegurarse de que se elimine el mal funcionamiento identificado (reparación, reemplazo ) dentro de los 30 días a partir de la fecha de falla falla del dispositivo de medición (mal funcionamiento). Si se requiere el desmantelamiento del dispositivo de medición, se notifica al contratista sobre el trabajo especificado con al menos 2 días hábiles de anticipación. El desmontaje del dispositivo de medición, así como su posterior instalación, se realizan en presencia de los representantes del contratista, excepto en los casos en que dichos representantes no se presenten en la fecha de desmontaje del dispositivo de medición especificada en el aviso.

81.14. La puesta en marcha del medidor después de su reparación, reemplazo y verificación se lleva a cabo de la manera prescrita en los párrafos 81 - 81.9 de estas Reglas. El contratista sella el dispositivo de medición instalado, incluso después de la verificación, sin cobrar una tarifa al consumidor, excepto en los casos en que el contratista vuelve a sellar los dispositivos de medición relevantes debido a la violación del sello o las marcas de verificación por parte del contratista. consumidor o de un tercero.

Descripción general del documento

Se han ajustado las Reglas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales.

Se ha completado la lista de deberes de los artistas intérpretes o ejecutantes (personas que prestan servicios públicos). Ahora son ellos los encargados de poner en marcha un contador individual, general (apartamento) o de habitación tras su reparación, sustitución y verificación. Esto se hace a tiempo y en la forma prescrita por las reglas.

Al mismo tiempo, los consumidores estaban obligados a enviar al contratista una copia del documento que certificaba los resultados de la verificación del dispositivo de medición.

El dispositivo de medición se pone en funcionamiento sobre la base de la solicitud del propietario del local, presentada al contratista. Se establece la lista de información indicada en el mismo. Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo, así como copias de los documentos que confirman los resultados de la última verificación (excepto para dispositivos nuevos).

El contratista está obligado a considerar la fecha y hora de entrada propuesta en la solicitud. Si es imposible cumplir con la solicitud dentro de este período, se enviará al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora a más tardar 3 días hábiles después. La nueva fecha no podrá ser posterior a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Si el ejecutante no se presentó en la fecha y hora correspondientes y (o) la nueva fecha y hora fueron posteriores a los plazos establecidos, entonces se considera que el dispositivo de medición se puso en funcionamiento a partir de la fecha de envío de la solicitud.

Este artículo es un comentario sobre:

25/09/2013 Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 19 de septiembre de 2013 N 824 Moscú "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales"

La puesta en marcha de contadores de servicios públicos no debería costar un céntimo a los ciudadanos. El decreto del gobierno, que enfatiza que este servicio debe ser gratuito, hoy en p. 24 publica" periódico ruso".

Recordemos que la puesta en marcha de un contador ya instalado, es decir, su documentando como dispositivo de medición, según las indicaciones de las cuales se calculará el pago de los servicios públicos, se realiza sobre la base de una solicitud del propietario del local. De acuerdo con las nuevas reglas, entre la información sobre el consumidor para un ciudadano común en la solicitud debe estar: apellido, nombre, patronímico, detalles del pasaporte y número de teléfono de contacto. Si estamos hablando de una organización, entonces su nombre, lugar de registro estatal y número de teléfono de contacto. Además, se requiere indicar la fecha y hora previstas para poner en funcionamiento el medidor instalado, el tipo y número de serie del medidor, el lugar de instalación, información sobre la organización que instaló el medidor; lecturas del medidor en el momento de su instalación, la fecha de la próxima verificación. Se adjunta a la solicitud una copia del pasaporte del dispositivo de medición y los documentos que confirman los resultados de la última verificación del dispositivo de medición. Por supuesto, con la excepción de los nuevos contadores.

Se instalarán nuevos contadores de electricidad "inteligentes" en Rusia

Si no hay forma de hacer el trabajo dentro del plazo especificado, el contratista debe acordar con el consumidor nuevos plazos. Además, se envía al consumidor una propuesta de nueva fecha y hora a más tardar tres días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Otro punto: la nueva fecha propuesta para la ejecución de los trabajos no puede ser posterior a 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Si el albacea no se presenta el día señalado, el contador se considera puesto en funcionamiento desde la fecha de envío de la solicitud al domicilio del albacea. Y solo a partir de ese momento, las lecturas del dispositivo se tienen en cuenta al determinar el volumen de consumo de servicios públicos.

La resolución destaca que la puesta en funcionamiento de los contadores es un servicio gratuito. Y esto es importante, porque en los últimos años en Rusia ha habido muchos casos en los que los consumidores tuvieron que probar este hecho con la ayuda de los tribunales y la fiscalía.

Recuerda, apartamentos Edificio de apartamentos debería haber sido equipado con medidores de agua, calor y electricidad antes del 1 de julio de 2012. La fecha límite para la instalación obligatoria de medidores de gas es el 1 de enero de 2015. Pero, como señalan los expertos, la instalación de medidores en muchas regiones se está retrasando. Según los expertos del Instituto de Economía Urbana, la situación es mejor con los medidores de electricidad: se encuentran en casi todas las casas y apartamentos. Con los contadores de agua, la situación es mucho peor. En el mejor de los casos, la cifra apenas llega al 50 por ciento. Pero hasta el momento, no hay sanciones por la falta de medidores para los ciudadanos. El viceprimer ministro Arkady Dvorkovich, en una de las reuniones del gobierno sobre este tema, mencionó que las multas podrían aparecer recién en enero de 2015.

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"Rossiyskaya Gazeta" - Edición federal No. 6190 (214)

Parcelas: Regulación de tarifas en vivienda y servicios comunales

Tema: vivienda y servicios comunales Ley de vivienda

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 19 de septiembre de 2013 N 824 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales" 19 de septiembre de 2017 19:17 GOBIERNO DE LA DECISIÓN DE LA FEDERACIÓN RUSA del 19 de septiembre de 2013 N 824 O INTRODUCCIÓN DE ENMIENDAS A LAS REGLAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS A PROPIETARIOS Y USUARIOS DE LOCALES EN EDIFICIOS DE APARTAMENTOS Y EDIFICIOS DE APARTAMENTOS El Gobierno de la Federación Rusa decide: 6 de mayo de 2011 N 354 "En la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2011, N 22, Art. 3168; 2012, N 36, Art. 4908; 2013, N 16, artículo 1972; N 21, ítem 2648; N 31, art. 4216). Presidente del Gobierno de la Federación Rusa D. MEDVEDEV Aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 19 de septiembre de 2013 N 824 CAMBIOS QUE SE INTRODUCEN A LAS REGLAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS A PROPIETARIOS Y USUARIOS DE LOCALES EN EDIFICIOS DE APARTAMENTOS Y EDIFICIOS RESIDENCIALES "del siguiente contenido: "y (2)) poner en servicio un medidor individual, general (apartamento) o de habitación después de su reparación, reemplazo y verificación en el tiempo y forma que establecen estas Reglas;". 2. El inciso "e" del apartado 34 se completará con las palabras ", y también se enviará al contratista una copia del certificado de verificación u otro documento que acredite los resultados de la verificación del medidor, realizada de conformidad con lo dispuesto en el art. la legislación de la Federación de Rusia sobre la garantía de la uniformidad de las medidas". 3. El párrafo 81 después del segundo párrafo se completará con los siguientes párrafos: "La siguiente información se indica en la solicitud: información sobre el consumidor (para un individuo - apellido, nombre, patronímico, detalles de un documento de identidad, contacto número de teléfono, para una entidad legal - nombre (nombre de la empresa) y lugar de registro estatal, número de teléfono de contacto); fecha y hora propuestas para poner en funcionamiento el dispositivo de medición instalado; tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, lugar de su instalación; información sobre la organización que llevó a cabo la instalación del dispositivo de medición; lecturas del dispositivo de medición en el momento de su instalación; fecha de la próxima verificación. La solicitud deberá ir acompañada de una copia del pasaporte del dispositivo de medición, así como copias de los documentos que confirmen los resultados de la última verificación del dispositivo de medición (excepto para los dispositivos de medición nuevos).". 4. Agregar párrafos 81(1). ) - 81(14) como sigue: "81( uno). El contratista está obligado a considerar la fecha y hora propuesta en la solicitud para la puesta en servicio del medidor y, si es imposible ejecutar la solicitud dentro del plazo especificado, acordar con el consumidor otra fecha y hora para la puesta en servicio del dispositivo de medición instalado. Al mismo tiempo, se envía al consumidor una propuesta para una nueva fecha y hora para la implementación del trabajo a más tardar 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud, y la nueva fecha propuesta para la implementación del trabajo no puede ser a más tardar 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. 81(2). Si el contratista no se presentó en la fecha y hora propuesta en la solicitud de puesta en servicio del medidor u otra fecha y hora acordada con el consumidor y (o) la nueva fecha y hora propuesta por el contratista fuera posterior a los plazos establecidos por el numeral 81 (1) de estas Reglas, el dispositivo de medición se considera puesto en funcionamiento a partir de la fecha de envío a la dirección del contratista de una solicitud que cumpla con los requisitos establecidos por el párrafo 81 de estas Reglas, y desde esta fecha se toman en cuenta sus lecturas. al determinar el volumen de consumo de servicios públicos. 81(3). Si el dispositivo de medición es instalado por el contratista, la puesta en marcha la realiza el contratista redactando y firmando el acto de puesta en servicio del dispositivo de medición, previsto en el párrafo 81 (6) de estas Reglas. 81(4). Durante la puesta en marcha del medidor, se verificará lo siguiente: a) conformidad del número de serie del medidor con el número indicado en su pasaporte; b) el cumplimiento del dispositivo de medición con la documentación técnica del fabricante del dispositivo, incluido el diagrama de configuración e instalación del dispositivo de medición; c) la presencia de signos de la última verificación (a excepción de los nuevos dispositivos de medición); d) operatividad del dispositivo de medición. 81(5). El incumplimiento del dispositivo de medición con las disposiciones previstas en el párrafo 81 (4) de estas Reglas, revelado por el contratista durante la inspección, es la base para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición. 81(6). Con base en los resultados de la verificación del dispositivo de medición, el contratista redacta un acta de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición, que indica: a) la fecha, la hora y la dirección de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición; b) apellidos, nombres, patronímicos, cargos y datos de contacto de las personas que intervinieron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del contador; c) tipo y número de serie del dispositivo de medición instalado, así como el lugar de su instalación; d) una decisión de poner o negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición, indicando los motivos de tal negativa; e) en el caso de poner en funcionamiento el dispositivo de medición, las lecturas del dispositivo de medición en el momento de completar el procedimiento para poner en funcionamiento el dispositivo de medición y una indicación de los lugares en el dispositivo de medición donde el control numerado por única vez se instalan sellos (sellos de control); f) fecha de la próxima verificación. 81(7). El acto de puesta en funcionamiento del medidor se redacta en 2 copias y está firmado por el consumidor y los representantes del contratista que participaron en el procedimiento de puesta en funcionamiento del medidor. 81(8). Antes de firmar el acto de puesta en funcionamiento del dispositivo de medición (en ausencia de motivos para negarse a poner en funcionamiento el dispositivo de medición), el representante del contratista instala sellos de control en el dispositivo de medición. 81(9). La puesta en servicio de los aparatos de medida en los casos previstos por estas Normas la realiza el contratista sin cobrar canon alguno. 81(10). La operación, reparación y reemplazo de los dispositivos de medición se llevan a cabo de acuerdo con la documentación técnica. La verificación de los dispositivos de medición se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la legislación de la Federación Rusa para garantizar la uniformidad de las mediciones. 81(11). El medidor debe estar protegido contra intervenciones no autorizadas en su funcionamiento. 81(12). Un dispositivo de medición se considera fuera de servicio en los siguientes casos: a) los dispositivos de medición no muestran los resultados de la medición; b) violación de sellos de control y (o) marcas de verificación; c) daños mecánicos al medidor; d) exceder el error permisible de las lecturas del medidor; e) vencimiento del intervalo de calibración para la verificación de los dispositivos de medición. 81(13). En caso de falla del medidor (mal funcionamiento), el consumidor está obligado a notificarlo inmediatamente al contratista, informar las lecturas del medidor en el momento de su falla (mal funcionamiento) y asegurarse de que se elimine el mal funcionamiento identificado (reparación, reemplazo ) dentro de los 30 días a partir de la fecha de falla falla del dispositivo de medición (mal funcionamiento). Si se requiere el desmantelamiento del dispositivo de medición, se notifica al contratista sobre el trabajo especificado con al menos 2 días hábiles de anticipación. El desmontaje del dispositivo de medición, así como su posterior instalación, se realizan en presencia de los representantes del contratista, excepto en los casos en que dichos representantes no se presenten en la fecha de desmontaje del dispositivo de medición especificada en el aviso. 81(14). La puesta en marcha del dispositivo de medición después de su reparación, reemplazo y verificación se lleva a cabo de la manera prescrita por los párrafos 81 - 81 (9) de estas Reglas. El contratista sella el dispositivo de medición instalado, incluso después de la verificación, sin cobrar una tarifa al consumidor, excepto en los casos en que el contratista vuelve a sellar los dispositivos de medición relevantes debido a la violación del sello o las marcas de verificación por parte del contratista. consumidor o de un tercero.