Se podrá imponer una sanción administrativa a más tardar. Plazos para imponer una sanción administrativa

Se impone sanción por infracción administrativa dentro de los límites establecidos acto normativo establecer la responsabilidad por el delito cometido. Al imponer una pena, la naturaleza de la infracción, la personalidad del infractor, el grado de su culpabilidad, estado de la propiedad, circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad (artículo 33 del Código de Infracciones Administrativas).

Signos que caracterizan la personalidad del delincuente.

La personalidad del delincuente se caracteriza , ante todo, señales, inherentes al tema de la mala conducta (edad, sexo, servicio, estatus social, comportamiento ilegal en el pasado), así como el comportamiento en el equipo de trabajo y en el hogar, actitud hacia la familia, compañeros de trabajo, formación, etc.

cubrir sanción administrativa por varios delitos

Cuando una persona comete dos o más infracciones administrativas, se impone una sanción administrativa para cada infracción por separado (parte 1 del artículo 36 del Código de Infracciones Administrativas). Si una persona ha cometido varias infracciones administrativas, cuyos casos son examinados por el mismo órgano ( oficial), la pena se impone dentro de los límites de la sanción establecida para la infracción más grave de las cometidas. En este caso, a la pena principal se le podrá imponer una de las penas adicionales previstas en los artículos sobre responsabilidad por alguna de las infracciones cometidas (inciso 2 del artículo 36 del Código de Infracciones Administrativas).

Plazos para imponer una sanción administrativa

La sanción administrativa podrá imponerse a más tardar de 2 meses desde el día en que se cometió el delito, y en el caso de un delito continuado, 2 meses desde el día en que se descubrió.

1 er. 38 del Código de Infracciones Administrativas). Por lo tanto, para la mayoría de los delitos, el punto de partida para el plazo de prescripción para llevar ante la justicia responsabilidad administrativa es el día en que se cometió el delito. En este caso, el día en que se cometió la infracción no se incluye en el período de 2 meses. El plazo vence a las 24:00 horas del último día del segundo mes. En el caso de una infracción continuada, el comienzo del plazo de prescripción se determina de manera diferente. El punto de partida aquí es el momento de la detección de la mala conducta. Estos pueden incluir, por ejemplo, vivir sin pasaporte y similares. En caso de negativa a iniciar un caso penal o terminación de un caso penal, pero si hay signos en las acciones del infractor ofensa administrativa, se puede imponer una sanción administrativa a más tardar un mes a partir de la fecha de la decisión de negarse a iniciar un caso penal o de terminarlo (parte 2 del artículo 38 del Código de Infracciones Administrativas).

Las consecuencias de imponer una sanción administrativa

La imposición de una sanción administrativa conlleva ciertas consecuencias jurídicas adversas para el infractor. Primero, repetido durante todo el año se reconoce como circunstancia agravante la comisión de un delito homogéneo por el que una persona ya ha sido objeto de una sanción administrativa, como se ha mencionado anteriormente. En segundo lugar, la legislación sobre infracciones administrativas considera con bastante frecuencia la repetición como una circunstancia calificada. En tercer lugar, en casos individuales La comisión reiterada de un delito similar conlleva responsabilidad penal.

Reconocimiento de una persona no sujeta a sanción administrativa

Arte. 39 del Código de Infracciones Administrativas estableció un período después del cual una persona se considera no sujeta a sanciones administrativas. Este plazo se computa desde el momento de la terminación de la sanción administrativa y es de 1 año. Para reconocimiento de una persona no sujeta a sanción administrativa , no se requiere ningún documento especial. La sanción se paga automáticamente después de la expiración del período especificado y en los casos de no cometer una nueva infracción administrativa durante este período. Si una persona comete una nueva infracción antes del pago de la pena de la anterior, el plazo se interrumpe. El plazo de prescripción en estos casos comienza desde el momento en que finaliza la ejecución de la sanción administrativa impuesta por una nueva infracción.

La imposición de una sanción administrativa está íntimamente relacionada con el momento. Establecer el momento exacto de su imposición disciplina a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, ayuda a aumentar la eficacia de una sanción administrativa, lograr sus objetivos, respetar los derechos y intereses legítimos ciudadanos y el estado. La imposición indefinida de una sanción administrativa es inaceptable, es decir, ilimitado por ciertos periodos. Atracción a cualquier tipo responsabilidad legal limitado por plazos apropiados. Es cierto que en el apartado 3 del artículo 37 del Código de Infracciones Administrativas de 1984, se indicaba que los nombrados en

Este artículo los términos no se aplican a los casos de confiscación de artículos que son objeto directo de infracciones aduaneras administrativas, y artículos con escondites hechos especialmente para ocultar artículos del despacho de aduana. El decomiso de tales cosas y artículos se llevó a cabo independientemente del momento de la comisión o descubrimiento de una infracción administrativa. No existe tal cosa en el Código de Infracciones Administrativas de 2003.

Los plazos para imponer una sanción administrativa son el período de tiempo durante el cual persona culpable puede imponerse un castigo. Dichos plazos están establecidos por ley (CAO), por lo tanto tienen carácter legal y son de obligado cumplimiento por parte de los órganos (funcionarios) autorizados para imponer una sanción administrativa.

El día de la cuenta atrás inicial del plazo de prescripción se define en el artículo 7.6. En algunos casos, comienza desde el día en que se cometió una infracción administrativa, en otros, desde el día en que se descubrió, en otros, desde el día en que se canceló la decisión de imponer una sanción administrativa. El día del final del período considerado no está definido.

Los plazos para imponer una sanción se calculan en meses y años. Mientras tanto, ni en la legislación ni en la literatura científica hay una respuesta a la pregunta de qué períodos de tiempo se invierten en los conceptos de "mes", "año". Los meses están formados por semanas y días. Algunos de ellos tienen 30 días, otros - 31 y febrero - 28 o 29 días. Para determinar el plazo de prescripción para imponer una sanción administrativa, es necesario conocer con exactitud el día en que comienza y el día en que finaliza.

El uso del término "mes" en el Código de Infracciones Administrativas no responde a la pregunta planteada. Al mismo tiempo, cabe señalar que el período para imponer una sanción no está determinado por meses calendario, sino por la cantidad de días. Un plazo de uno o dos días en algunos casos es imprescindible. Probablemente, uno debería tomar la cantidad promedio de días que ocurren en un mes: 30.

Los términos para imponer una sanción administrativa no son los mismos. El plazo general es de dos meses a partir de la fecha de la infracción. El día en que se cometió la infracción cuenta como dos meses, incluidos fines de semana y Días festivos. Por tanto, si asumimos que la infracción administrativa se cometió el 1 de enero de 2004, entonces el plazo para imponer una

la recogida finalizará el 29 de febrero. En este día vence el plazo de dos meses, es decir, 60 días a partir de la fecha de la infracción. A pesar de que el último día del plazo de dos meses -29 de febrero- coincide con un día libre, el 1 de marzo ya no es posible tomar una decisión sobre la imposición de una sanción administrativa, ya que el plazo de prescripción de dos meses será violado.

Para el cómputo de la prescripción se tienen en cuenta los días en que comienza a correr la prescripción. El plazo de prescripción vence a las 24:00 horas del último día. fecha de vencimiento. Por ejemplo, una infracción cometida a las 23:30 se refiere al día (día) que expira, pero si se comete a las 0:30 se refiere al día siguiente.

El día en que se cometió la infracción, con indicación del número de horas y, a ser posible, de minutos, deberá constar en el protocolo, o, si la sanción se impone sin redactarlo, se establecerá sobre la base de otras circunstancias: testimonios de testigos, víctimas y demás datos fácticos relacionados con la prueba del caso (artículo 6.2 PIkoAP).

Cuando se comete una infracción administrativa continuada, el período de cuenta regresiva para imponer una sanción comienza el día en que se descubre (cláusula 2, parte 1, artículo 7.6). En la literatura jurídica y científica no hay respuesta a la pregunta de qué significa detectar una infracción administrativa y quién puede detectarla.

Detectar una infracción administrativa significa verla, advertirla y percibirla. De ello se encargan las personas competentes pertinentes, principalmente las autorizadas para elaborar protocolos en tales casos. Un protocolo sobre una infracción administrativa tiene el derecho de elaborar funcionarios autorizados de los órganos lista indicativa lo cual se da en el artículo 3.14 del PICoAP. Es posible imponer una sanción administrativa por una infracción administrativa dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su descubrimiento.

El plazo para imponer una sanción administrativa se aplica a la parte predominante de las infracciones administrativas. Como ha demostrado la práctica, es el más óptimo. Según el Código de Infracciones Administrativas de 1984, dicho plazo era el único, salvo el de un mes, que existía para imponer una sanción al reclasificar delitos en infracciones administrativas en el inciso 2 del artículo 37.

Según el Código de Infracciones Administrativas de 2003, el plazo de prescripción para imponer una sanción administrativa por ciertos tipos los delitos han aumentado considerablemente. Así, por cometer una infracción administrativa contra la seguridad ambiental, ambiente y el procedimiento para el aprovechamiento de los recursos naturales, podrá imponerse una sanción administrativa a más tardar seis meses a partir de la fecha de su comisión (cláusula 3, parte 1, artículo 7.6), por infracción administrativa contra el procedimiento tributario, reglamento aduanero - a más tardar un año a partir de la fecha de su comisión (cláusula 4 parte 1 artículo 7.6), pero por cometer infracciones administrativas tales como eludir el registro en autoridad fiscal(Artículo 13.2), violación de los plazos para presentar una declaración de impuestos (cálculo) (Artículo 13.4), violación de las reglas para la contabilidad de los ingresos (gastos) y otros objetos tributarios (Artículo 13.5), impago o pago incompleto por el pagador del monto del impuesto adeudado (arancel) (artículo 13.6), el incumplimiento por parte del agente fiscal de la obligación de retener y (o) transferir el monto del impuesto adeudado (arancel) (artículo 13.7), un período similar se extiende a tres años desde la fecha de su comisión (cláusula 5, parte 1, artículo 7.6) .

Determinar el plazo de prescripción de un año para imponer una sanción administrativa también tiene sus propias dificultades: en un año normal hay 365 días, en un año bisiesto - 366. Al imponer una sanción administrativa, uno debe guiarse por la siguiente regla: en qué año se cometió una infracción administrativa, dicho número de días formará la base para contar el período de un año. Por ejemplo, si la infracción se comete en un año de 365 días, entonces el plazo de un año expirará a los 365 días de la fecha de la infracción, y el plazo de tres años tendrá 1095 días.

La parte 3 del artículo 7.6 establece un período durante el cual se puede imponer una sanción administrativa en caso de liberación de responsabilidad penal (artículo 86 del Código Penal) y responsabilidad administrativa. Es igual a un mes a partir de la fecha de la decisión de liberación de responsabilidad penal. La redacción de esta parte no se ajusta plenamente al artículo 86 del Código Penal. Debería formularse más o menos así: “Tratándose de exención de responsabilidad penal, pero si en los hechos hubiere indicios de infracción administrativa, podrá imponerse sanción administrativa.

esposa a más tardar un mes a partir de la fecha de la decisión de liberación de la responsabilidad penal.

Cómputo del plazo de sanción administrativa. El cálculo de los plazos se refiere únicamente a sanciones administrativas separadas. Estos incluyen: arresto administrativo; privación de un derecho especial; privación del derecho a ejercer determinadas actividades y trabajos penitenciarios. En el Artículo 7.5, solo se nombran las tres primeras especies.

El arresto administrativo se calcula en días. Solo puede ser impuesta por un juez hasta por 15 días. El término del arresto administrativo no puede ser fijado como parte de un día, es decir, medio día, o calculado en horas. El plazo se cuenta a partir de la fecha de emisión de la resolución sobre el nombramiento de arresto administrativo. El término de arresto administrativo incluirá el término de detención administrativa si la persona fue sometida a esta medida de coerción. El decimoquinto día termina con un período de luz, no de 24 horas. Esta hora del día permite que la persona liberada regrese a su lugar de residencia. La decisión de detención administrativa es ejecutada por los órganos del interior (policía).

privación derecho especial medida en meses o años. Esta sanción administrativa se establece de seis meses a tres años. En el Código de Infracciones Administrativas de 1984, el plazo de privación del derecho era de hasta cinco años.

Las personas respecto de las cuales se haya dictado una resolución de privación de un derecho especial, se considerarán privadas de este derecho desde el día en que la resolución entre en vigor. Si, después de la emisión de una decisión de privación del derecho a conducir un vehículo o embarcaciones, una persona no ha entregado los documentos pertinentes, el período de privación del derecho se computa desde el momento en que se le retiran estos documentos.

La ejecución de la decisión de privación del derecho de caza se lleva a cabo retirando certificado estatal por el derecho a la caza. Vencido el plazo de privación de un derecho especial, los documentos incautados le serán devueltos a la persona privada de tal derecho.

La privación del derecho a ejercer determinadas actividades también se computa por meses y años. Se establece por un período de seis meses a un año. La decisión de privar de tal derecho la lleva a cabo un funcionario del organismo que emitió

nuestro permiso o licencia, y se lleva a cabo retirando el permiso o licencia.

La mano de obra correctiva se calcula en meses y se establece por un período de uno a dos meses. La decisión sobre su nombramiento es ejecutada por los órganos de asuntos internos. Se sirven en el lugar de trabajo permanente de un individuo. Servicio trabajo correccional se calcula por el tiempo durante el cual la persona trabajó y se hicieron deducciones de sus ingresos.

En el caso de que una persona a quien se le haya asignado trabajo correccional no haya trabajado el número especificado de días laborables y no haya motivos para compensar los días no trabajados en el período de sanción, su servicio continúa hasta que haya trabajado en su totalidad el número prescrito de días. días laborables. El hecho es que el número de días trabajados por una persona asignada a trabajo correctivo debe ser al menos el número de días laborables correspondientes a ordenado por la corte fecha calendario de recogida.

El período de servicio de trabajo correctivo incluirá el tiempo durante el cual la persona no trabajó para buenas razones y le pagaron sueldo. Este período también incluye el tiempo de enfermedad, el tiempo dedicado al cuidado de los enfermos y el tiempo de licencia por maternidad.

El tiempo de enfermedad causado por intoxicación o acciones relacionadas con la intoxicación no se incluirá en el tiempo de servicio del trabajo correctivo.

El plazo transcurrido el cual la persona se considera no sujeta a sanción administrativa. Sobre la base del artículo 2.8 del CLP, se considera que una persona física o jurídica no está sujeta a una sanción administrativa si, en el plazo de un año a partir de la fecha de finalización de la ejecución de la sanción administrativa, no comete una nueva infracción administrativa. . (Este artículo debería estar en el capítulo 7 "Imposición de una sanción administrativa", y no en el capítulo "Delito administrativo". Su trama principal no es un delito, cuya esencia se revela en los artículos anteriores, sino el período después del cual una persona física o jurídica se considera no sujeta en un lugar similar fue el artículo en cuestión en el Código de Infracciones Administrativas de 1984 y se encuentra en el Código de Infracciones Administrativas Federación Rusa.)

Las disposiciones del Artículo 2.8 son de fundamental importancia. Su objetivo principal es proteger los derechos e intereses de los ciudadanos.

Nina. Al mismo tiempo, este artículo también resuelve una serie de otras cuestiones de carácter educativo y preventivo, así como el hecho de que la comisión de un nuevo delito después de un año no constituye una reincidencia, en cuya presencia la responsabilidad administrativa puede incrementarse y, en algunos casos, responsabilidad penal(perjuicio administrativo).

Se considera que el culpable está sujeto a una sanción administrativa desde el momento de dictarse una resolución (decisión) al imponerle una sanción administrativa. Tal persona se encuentra en estado de sanción administrativa tanto durante el período de ejecución de una sanción administrativa como dentro de un año después de su ejecución. Este plazo es el plazo de prescripción para la devolución de una sanción administrativa.

Si una persona comete una nueva infracción administrativa antes de la expiración del período especificado de un año, entonces ciertas consecuencias negativas naturaleza jurídica. La comisión de una nueva infracción administrativa puede, en primer lugar, ser considerada como una circunstancia agravante de la responsabilidad administrativa, en segundo lugar, servir como signo calificativo para la aplicación de una sanción administrativa más estricta, y en tercer lugar, incluso cambiar la naturaleza jurídica de la propia infracción, trasladando de la categoría de infracción administrativa a la de delito. Estas consecuencias negativas no se producirán si una persona no comete una nueva infracción administrativa en el plazo de un año.

El vencimiento de un año de una sanción administrativa se aplica a todas las sanciones administrativas, independientemente de su tipo y tamaño.

El término en consideración comienza a correr no desde el día en que se cometió la infracción administrativa o desde el día en que se dictó una resolución (decisión) sobre la imposición de una sanción administrativa, sino desde la fecha de culminación de la ejecución efectiva de la sanción administrativa. Se incluye en el plazo de un año el último día de la ejecución efectiva de la pena.

El cómputo del plazo de un año cuando se impone una sanción administrativa como apercibimiento comienza desde el día en que se impone, si el infractor estaba presente cuando se tomó la decisión y se le comunicó inmediatamente la imposición de la sanción. En caso de dictarse resolución en ausencia del culpable, el plazo comienza a partir del día de la entrega (envío)

él una copia de la decisión. Una copia de la decisión debe ser entregada (enviada) dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la decisión.

En el caso de que al culpable se le impongan dos sanciones administrativas -una principal y otra adicional-, el plazo de un año comienza a correr a partir de la fecha de finalización de la ejecución de la pena que fue ejecutada en último lugar en el tiempo.

El reembolso del curso de una sanción administrativa no requiere la adopción de ningún acto, la ejecución de un documento especial. Viene en presencia de dos condiciones: 1) la expiración de un período de un año; 2) no cometer una nueva infracción administrativa durante este año.

La comisión de una nueva infracción no interrumpe, sino que pone fin al transcurso del plazo de prescripción para el pago de la pena. La ley no establece cuál es la terminación del plazo de prescripción. Algunos científicos creen que el cese de la prescripción sólo puede estar supeditado a la designación de una sanción administrativa por una nueva infracción. El solo hecho de cometer un nuevo delito pone fin a la prescripción. Mientras tanto, no hace falta decir que el organismo (funcionario) competente para conocer el caso de una infracción administrativa tiene el derecho de establecer tal hecho. La decisión, con base en los resultados de la consideración, puede ser no solo sobre la imposición de una sanción administrativa, sino también sobre la exención de responsabilidad, sobre la terminación del proceso administrativo por vencimiento de los plazos para la imposición de una sanción administrativa.

El transcurso de la prescripción no se genera por infracción administrativa alguna. Para una serie de infracciones administrativas cometidas, no se lleva ningún registro especial de las personas que las cometieron, por ejemplo, viajar sin boleto en el transporte, cruzar la calle en el lugar equivocado. En consecuencia, la reincidencia en la comisión de tales delitos no puede ser legalmente confirmada.

El plazo de prescripción para el rescate de una sanción administrativa puede extinguirse por la comisión de una nueva infracción, tanto homogénea como heterogénea con la primera.

Asignación de la obligación de reparar el daño causado estrechamente relacionado con la imposición de sanciones administrativas. No actúa como sanción administrativa, sino que afecta

en su gravedad, ya que el organismo (funcionario) al imponer una sanción administrativa está obligado a tomar en cuenta la naturaleza y cuantía del daño causado. De conformidad con el artículo 7.8, una persona física o jurídica que haya cometido una infracción administrativa, o una persona jurídica declarada culpable y sujeta a responsabilidad administrativa, está obligada a indemnizar los daños causados ​​por una infracción administrativa. En caso de incumplimiento en cuanto a la indemnización de los daños materiales voluntariamente en el plazo de 15 días, el daño se recupera en la forma prevista por la legislación procesal civil.

El artículo 7.8 del Código de Infracciones Administrativas no se expresa con suficiente claridad. De su contenido se desprende que cualquier daño a la propiedad causado por una infracción administrativa, y no solo, debe ser reparado. En el Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia, este tema está regulado con mayor claridad. Así, en el artículo 4.7 “Indemnización por daño patrimonial, daño moral causado por una infracción administrativa” se establece: “Un juez, conociendo un caso de infracción administrativa, tiene derecho, en ausencia de controversia sobre la indemnización por daño patrimonial , simultáneamente con el nombramiento castigo administrativo resolver la cuestión de la indemnización por daños materiales. Las disputas sobre la compensación por daños a la propiedad son resueltas por los tribunales en procedimientos civiles.

En el caso de una infracción administrativa considerada por otro organismo autorizado o un funcionario, una disputa sobre compensación por daños a la propiedad es resuelta por un tribunal en un proceso civil.

Las disputas sobre la compensación por daños morales causados ​​por un delito administrativo son consideradas por los tribunales en procedimientos civiles.

Sería correcto establecer el Artículo 7.8 del Código de Infracciones Administrativas de la República de Bielorrusia aproximadamente de la misma manera que en el Código de Infracciones Administrativas de la Federación Rusa, entonces sería claro para todos los infractores.

Las obligaciones por causar daño están establecidas en el Capítulo 58 del Código Civil de la República de Belarús. Según el apartado 1 del artículo 933 del Código Civil, los daños causados ​​a la persona o a los bienes de un ciudadano, así como los daños causados ​​a los bienes entidad legal debe ser indemnizado en su totalidad por la persona que causó el daño.

En caso de que una persona pruebe que el daño fue causado por causas ajenas a su voluntad, está exenta de la indemnización del daño (parte 2 del artículo 933 del Código Civil).

Reembolsable y daño moral causados ​​por acciones u omisiones que violen derechos de propiedad ciudadano. Al mismo tiempo, la indemnización por daño moral se lleva a cabo independientemente del daño material sujeto a indemnización (partes 2, 3 del artículo 968 del Código Civil).

Según el artículo 152 del Código Civil, si un ciudadano ha sufrido un daño moral (sufrimiento físico o moral) por acciones que vulneren su Derechos morales o invadir otros pertenecientes al ciudadano beneficios intangibles, así como en otros casos previstos por la ley, un ciudadano tiene derecho a exigir del infractor una compensación monetaria por el daño especificado. La cuantía de dicha indemnización la determina el tribunal, teniendo en cuenta las diversas circunstancias previstas en este artículo.

Lo anterior permite concluir que la reparación del daño causado por la comisión de una infracción administrativa no necesariamente va acompañada de la imposición de una sanción administrativa. También puede ser en caso de exoneración de responsabilidad administrativa, así como la emisión de una resolución (decreto) que ponga fin al procedimiento en el caso de una infracción administrativa debido a las siguientes circunstancias: 1) la expiración de los plazos para imponer una sanción administrativa; 2) adopción de un acto legislativo que elimine la responsabilidad administrativa; 3) a la fecha de cometer el hecho, la persona física no ha cumplido la edad prevista en el Código Procesal Penal, de lo que deriva la responsabilidad administrativa; 4) locura de la persona natural que cometió el hecho, previsto por el Código de Infracciones Administrativas; 5) la ausencia de declaración de la víctima y su representante; 6) la presencia del mismo hecho en relación con la persona física respecto de la cual el proceso administrativo, decisiones sobre la imposición de una sanción administrativa; 7) falta de prueba de la participación de una persona física, respecto de la cual se está tramitando un proceso administrativo, en la comisión de una infracción administrativa (artículo 9.6 del Código de Infracciones Administrativas).

Por los daños causados ​​a un menor de 14 años (menor), son responsables sus padres, padres adoptivos o tutores, a menos que prueben que el daño se produjo por causas ajenas a ellos (parte 1 del artículo 942 del Código Civil). El menor de 14 a 18 años responde de los daños causados ​​con carácter general. Si un menor a esa edad no tiene ingresos o de otra manera

bienes suficientes para reparar el daño, el daño es reparado en todo o en la parte faltante por sus padres, padres adoptivos, tutores, a menos que prueben que el daño se produjo por causas ajenas a ellos (incisos 1, 2 del artículo 943 de la Código Civil).

El daño causado por un ciudadano reconocido como legalmente incapaz debe ser reparado por su tutor o por una organización obligada a vigilarlo, a menos que prueben que el daño se produjo por causas ajenas a él (parte 1 del artículo 945 del Código Civil).

Si el daño es causado por un ciudadano, limitado en su capacidad por el abuso de alcohol, drogas o sustancias psicotrópicas, entonces es indemnizado por el ciudadano que causó el daño (artículo 946 del Código Civil).

Eficiencia operacional poder Ejecutivo La administración estatal también depende de la secuencia de implementación del principio de eficiencia, la oportunidad de sus acciones. Una de las manifestaciones de este principio es el establecimiento por las normas de derecho de los términos para la comisión de acciones por parte de los sujetos de las relaciones jurídico-administrativas.

Una disposición importante sobre el plazo de prescripción para imponer una sanción administrativa está contenida en el art. 38 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR, Se refiere al tiempo durante el cual el infractor puede ser responsable administrativamente. Transcurrido este plazo, no se puede iniciar el procedimiento sobre el caso, y lo que se ha iniciado está sujeto a terminación ("el tren se ha ido").

Violaciones como clase especial los hechos jurídicos dan lugar a relaciones jurídicas protectoras en las que una parte está obligada a someterse a medidas coercitivas, y la otra parte tiene derecho a aplicarlas. Si se emite una decisión para imponer una sanción de manera oportuna, la relación jurídica de protección entrará en una nueva etapa de su desarrollo: la etapa de responsabilidad. Pero si el acto jurisdiccional no se adopta dentro del plazo de prescripción, el hecho de cometer una falta perderá su significación jurídica después de la prescripción, y la relación jurídica engendrada por él cesará sin llegar al grado de responsabilidad. En tales casos, el hecho ilícito genera y el hecho pone fin a la relación jurídica.

Para calcular correctamente los plazos de prescripción y demás plazos establecidos por la ley, es necesario guiarse por la regla "ROKI".

DESDE al leer los términos, necesita saber:

R- el tamaño del término;

PARA- la hora de finalización del plazo;

Y- Exenciones existentes al plazo.

En otras palabras, para resolver jurídicamente competente la cuestión del término, deben tenerse en cuenta cuatro circunstancias jurídicamente significativas: en primer lugar, estatutario el tamaño del término; en segundo lugar, cuándo, a partir de qué hecho jurídico comienza a calcularse; tercero, cuando hecho juridico termina su cálculo o lo interrumpe; en cuarto lugar, qué tiempo la ley no incluye (incluye) en el cómputo del plazo. El curso real del término y su cómputo legal tienen una serie de diferencias.



El artículo 38 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR establece que se puede imponer una sanción administrativa a más tardar dos meses a partir del día en que se cometió la infracción. Por regla general El plazo de prescripción para el ejercicio de la responsabilidad administrativa es de dos meses naturales. La fecha de inicio del cómputo del plazo es el día siguiente a aquel en que se cometió la infracción. Legalmente, la fecha de vencimiento es el día en que se dictó la resolución de imposición de la sanción, pero de hecho, el vencimiento real del plazo. La legislación no conoce desistimientos durante el plazo de prescripción considerado.

De esta regla general, el art. 38 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR prevé dos excepciones. En primer lugar, en caso de una infracción continua realmente inconclusa, el plazo se computa a partir del día en que se descubrió. En segundo lugar, en caso de negativa a iniciar una causa penal o de terminación de una causa penal, pero si hay indicios de mala conducta en las acciones de la persona culpable, se puede imponer una sanción administrativa a más tardar un mes a partir de la fecha de la adopción de la decisión de denegar el inicio o la terminación de la causa penal. Este plazo comienza a computarse desde el día siguiente al de la adopción de la decisión, y es igual no a dos, sino a uno.

Así, en el art. 38 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR, se nombran tres opciones para determinar el inicio de la prescripción: el día en que se cometió el delito, el día en que se descubrió y el día en que se tomó la decisión de terminar el caso penal. .



La prescripción establecida por el art. 38 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR, como todo el Código, es válido solo cuando se hace responsable sujetos individuales. Además, es una regla general que se aplica a menos que una regla especial disponga lo contrario. regla especial contenida, por ejemplo, en el art. 247 del Código Laboral de la Federación Rusa. Estableció que por la infracción de las normas aduaneras, sanciones tales como amonestación, multa, revocación de un certificado de calificación “podrán imponerse a las personas o funcionarios a más tardar dos meses después de la fecha de detección de violaciones". El mismo artículo dice que si una persona comete una nueva infracción, el plazo se interrumpe, y su cómputo comienza desde el momento en que se descubre una nueva infracción.

EN legislación actual No normas generales sobre la prescripción para imponer sanciones administrativas a las entidades colectivas. El artículo 247 del Código Laboral de la Federación de Rusia establece que se pueden imponer sanciones como una advertencia, una multa, la revocación de una licencia a las organizaciones y personas que se dedican a actividades empresariales sin formar una entidad legal a más tardar seis meses a partir de la fecha de descubrimiento de la infracción.

Con respecto a otras sanciones (decomiso, recuperación del costo de las mercancías) aplicadas por las aduanas a entidades tanto individuales como colectivas, la ley de prescripción no se aplica.

4.3. La imposición de sanciones por la pluralidad de actos administrativos.

Pluralidad infracciones administrativas- esta es la interpretación de una persona de varias composiciones que no han perdido trascendencia jurídica el día en que se decida la cuestión de la responsabilidad del autor.

El primer signo de la pluralidad de delitos es la presencia de varios delitos independientes. Lo que importa aquí no es el número de acciones, sino el número de composiciones. El segundo signo de multiplicidad es que todos los actos ilegales son cometidos por una persona que simultáneamente o en diferentes momentos realiza varios delitos independientes. El tercer signo es que cada uno de sus componentes conserva su significado jurídico en el momento de la consideración del caso de varios o el último agravio. Es decir, si no concurren circunstancias que impidan que el delincuente sea responsable de varias infracciones a la vez o de la reincidencia.

El criterio más significativo para calificar la pluralidad de infracciones administrativas es la comisión de una nueva infracción antes o después de ser imputado por la infracción anterior. En consecuencia, se distinguen la totalidad y la recurrencia.

Bajo totalidad se refiere a la comisión por una persona de varias violaciones antes de rendir cuentas. Puede ser ideal y real.

Una combinación ideal es la ejecución simultánea de varias violaciones por una acción (acciones). Por ejemplo, daños a teléfonos públicos con fines de robo (artículos 49 y 140 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR).

El conjunto real es un sistema de composiciones interpretadas diferentes acciones, y por lo tanto, en diferentes momentos (por ejemplo, violación de las reglas tráfico y luego pescar). La versatilidad de su ocurrencia destaca otra rasgo de este sistema - conexión con el estatuto de limitaciones.

El conjunto real puede ser un conjunto de acciones antisociales heterogéneas, homogéneas, idénticas. Si hay un agregado real en las acciones del delincuente actos ilegales, entonces se siente atraído por cada uno de ellos. En arte. 36 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR se dice que la sanción

impuestas a cada infracción por separado. En otras palabras, realmente instalado principio de acumulación de penas. Y se permite la absorción de una pena menos grave por otra más grave, el apartado 2 del art. 36 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR como excepción en presencia de dos circunstancias: si los casos son considerados por el mismo órgano (oficial) y, además, simultáneamente.

Los artículos 238 y 454 del Código Laboral de la Federación Rusa establecen: cuando una persona comete varias infracciones previstas en el Código Laboral de la Federación Rusa, siempre se impone una sanción por cada infracción por separado sin absorción de un castigo menos severo por un castigo más severo. uno severo

recaída La falta es la comisión de una nueva infracción después de haber sido imputado por la anterior. En caso de reincidencia, una persona es castigada por un nuevo hecho, ya que ha incurrido en responsabilidad por el anterior. Si los actos primero y segundo son idénticos, la recurrencia se llama especial. El signo de una especial reincidencia es un signo calificativo de decenas de infracciones administrativas. Arte. 96, 117, 157 3 , 162, 166 1 y otros El Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR establece una responsabilidad más grave si el hecho se comete después de haber sido responsabilizado por el mismo hecho, es decir, por recaída especial.

Así, en el art. 117 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR dice:

Conducir vehículos por conductores en estado de embriaguez, así como transferir el control vehículo a una persona que se encuentra en estado de embriaguez,

conlleva la imposición de una multa de ocho a doce dimensiones mínimas salarios o privar a los conductores del derecho a conducir vehículos por un período de un año.

Las mismas acciones cometidas repetidamente dentro de un año –

conllevará la imposición de una multa en la cuantía de diez a quince salarios mínimos o la privación del derecho a conducir vehículos de transporte por un período de uno a tres años.

A la hora de decidir sobre la responsabilidad por reincidencia especial, la cuestión de la duración de la primera pena es muy importante. En otras palabras, durante qué período se considera que un ciudadano está bajo responsabilidad administrativa. La respuesta se da en el art. 39 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR: “Si una persona sujeta a una sanción administrativa no ha cometido una nueva infracción administrativa dentro de un año a partir de la fecha de finalización de la ejecución de la sanción, entonces se considera que esta persona no han sido objeto de una sanción administrativa”.

Esta regla fija la prescripción para la devolución de la pena, que es igual a un año. Por regla general, el plazo de un año comienza a contarse desde la fecha de finalización de la ejecución de la pena (por ejemplo, la expiración del plazo de privación de derechos). Pero muchas normas del Código de Infracciones Administrativas y otras leyes prevén excepciones a la regla general para la mala conducta individual: el plazo de un año se computa a partir de la fecha en que se toma la decisión. Así, en la parte 2 del art. 162 del Código de Infracciones Administrativas de la RSFSR dice: "Las mismas acciones cometidas repetidamente dentro de un año después de la aplicación de sanciones administrativas ...".

Conclusión.

Así, el Código de Infracciones Administrativas establece los siguientes tipos de sanciones administrativas:

1) advertencia;

3) decomiso de un elemento que fue instrumento para cometer u objeto directo de una infracción administrativa;

4) privación de un derecho especial concedido a este ciudadano (derecho a conducir un vehículo, derecho a cazar);

5) obras correctivas;

6) arresto administrativo;

7) expulsión administrativa;

8) descalificación.

Desde la adopción del Código de Infracciones Administrativas, esta lista de sanciones se ha mantenido sin cambios, cambios y adiciones; además, a veces las importantes han afectado solo a una u otra sanción por separado.

¿Qué funciones se le asignan a la sanción administrativa en la estructura de responsabilidad administrativa?

Una sanción administrativa, en primer lugar, denota, confirma el hecho de la responsabilidad administrativa, ya que, como se mencionó anteriormente, no hay responsabilidad en sí misma sin sanción) y, en segundo lugar, una sanción administrativa determina el tipo de responsabilidad. , en que esta ella este caso administrativo, y no cualquier otro.

Las sanciones administrativas se aplican como medidas básicas y adicionales. El decomiso de artículos puede aplicarse como sanciones administrativas tanto principales como adicionales; otro

Las sanciones administrativas a que se refiere el artículo 24 sólo podrán aplicarse como principales. Para una infracción administrativa, se puede imponer una pena principal o principal y adicional, por ejemplo, el artículo 86 del Código de Infracciones Administrativas prevé una multa y confiscación por violación de las reglas de caza y pesca, así como las reglas para otros Tipos de uso de la vida silvestre.

Las sanciones administrativas deben dividirse en absolutamente ciertas y relativamente ciertas.

Para una serie de delitos, se prevé una de varias medidas de sanciones administrativas, por ejemplo, en virtud del artículo 158, se asigna una de las siguientes sanciones por vandalismo menor: multa, trabajo correctivo, arresto administrativo. En este caso, las medidas se consideran alternativas.

La sanción administrativa podrá imponerse cuando la infracción esté acreditada en la actuación del culpable. Se impone dentro de los límites establecidos por la ley que prevé la responsabilidad por la infracción administrativa cometida y con estricto apego a la ley. Al imponer una pena se tiene en cuenta la naturaleza del delito cometido, la personalidad del infractor, el grado de su culpabilidad y el estado patrimonial. Las reglas generales para imponer una sanción administrativa se reflejan en el Capítulo 7 del Código de Infracciones Administrativas.

Los principios más importantes para la aplicación de las medidas de responsabilidad administrativa son la legalidad y la oportunidad.

legalidad se manifiesta en lo siguiente: debe establecerse la ilicitud del hecho como base de la responsabilidad administrativa; el hecho debe ser calificado de acuerdo con la norma de la Parte Especial del Código de Infracciones Administrativas; organismo, el funcionario debe estar dotado a nivel legislativo de la competencia adecuada para conocer del caso e imponer una sanción administrativa; se debe imponer una sanción administrativa en la forma prescrita por el Código de Infracciones Administrativas ; se debe observar la regla de jurisdicción (jurisdiction); un funcionario tiene derecho a aplicar sólo la pena prevista por la sanción de la norma legal.

Conveniencia manifiesta en la individualización del castigo. Así, el artículo 7.1 del Código de Infracciones Administrativas establece que al imponer una sanción administrativa a una persona, la naturaleza de la infracción administrativa cometida, las circunstancias de su comisión y la identidad del autor, el grado de su culpa, la naturaleza y cuantía del daño que se le haya causado, situación patrimonial, así como las circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad administrativa.

Al imponer una sanción administrativa a una persona jurídica, se tienen en cuenta la naturaleza de la infracción cometida por ésta, el monto del daño, las circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad, así como la situación financiera y económica de la persona jurídica. La imposición de una sanción administrativa no releva a la persona física o jurídica del cumplimiento de la obligación, por incumplimiento de la que se le responsabiliza, así como de la indemnización del daño causado.

Las circunstancias atenuantes y agravantes de la responsabilidad por infracciones administrativas desempeñan un papel especial en la imposición de una sanción administrativa razonable, oportuna y justa. El artículo 7.2 del Código de Infracciones Administrativas enumera las circunstancias atenuantes de la responsabilidad administrativa (discutidas anteriormente). Esta lista no es exhaustiva, ya que la persona en cuyo procedimiento se encuentra el caso de una infracción administrativa puede reconocer como atenuantes otras circunstancias no previstas en este artículo del Código de Infracciones Administrativas.

Las circunstancias agravantes son:

· continuación del comportamiento ilegal, a pesar de la demanda de personas autorizadas para detenerlo;

reincidencia de una infracción administrativa;

participación de un menor en un delito;

la comisión de un delito por un grupo de personas;

La comisión de un delito en condiciones desastre natural o en otras circunstancias de emergencia;

cometer un delito basado en el odio racial, nacional o religioso;

cometer un delito contra una mujer cuyo embarazo se sabe;

cometer un delito utilizando a una persona que padece una enfermedad mental o demencia;

Cometer un delito en un estado Intoxicación alcohólica, o en un estado causado por el uso de estupefacientes;

cometer una infracción administrativa por parte de un funcionario en relación con el ejercicio de funciones oficiales.

El órgano (funcionario) que impone una sanción administrativa, dependiendo de la naturaleza de la infracción administrativa, puede no reconocer esta circunstancia como agravante.

Destacan los supuestos de imposición de sanciones administrativas por la comisión de varias infracciones administrativas. Cuando una persona comete dos o más infracciones administrativas, las sanciones administrativas principal y adicional se imponen por cada infracción por separado.

Si una persona ha cometido varias infracciones administrativas, cuyos casos son considerados simultáneamente por el mismo organismo (oficial), entonces al imponer las sanciones administrativas principales o principales y adicionales por separado para cada infracción, la sanción se determina finalmente para la totalidad de las infracciones cometidas sumando en su totalidad de tal manera que no exceda:

1. La multa impuesta en unidades básicas a una persona física es de cien unidades básicas, y en los casos de infracción de la legislación laboral, el procedimiento para su aplicación actividad económica, orden de control: miles de valores base;

2. Privación de un derecho especial - cinco años;

3. Privación del derecho a participar en ciertas actividades - dos años;

4. Arresto administrativo - veinticinco días.

Una de las condiciones para imponer una sanción administrativa es estricta cumplimiento Estatuto de limitaciones . Entonces, de acuerdo con el Artículo 7.6 Código Administrativo se puede imponer la pena:

1. por cometer una infracción administrativa: a más tardar dos meses a partir de la fecha de su comisión;

2. por cometer un delito continuado - a más tardar dos meses a partir de la fecha de su descubrimiento;

3. por cometer un delito contra la ecología, el medio ambiente y el orden de la gestión de la naturaleza - a más tardar seis meses a partir de la fecha de su comisión;

4. por cometer un delito en el ámbito de las finanzas, la banca y actividad empresarial, regulación aduanera, actividad económica - a más tardar dos años a partir de la fecha de comisión y dos meses desde la fecha del descubrimiento;

En caso de anulación de la decisión de imponer una sanción administrativa a una queja o protesta, ésta podrá imponerse dentro de los plazos establecidos por el apartado 2 del artículo 7.6 del Código de Infracciones Administrativas.

En caso de negativa a iniciar un caso penal o terminación de un caso penal, pero si hay signos de un delito administrativo en las acciones del infractor, se puede imponer una sanción administrativa a más tardar un mes a partir de la fecha de la decisión de negarse a iniciar un caso penal o a terminarlo. Estos términos no se aplican a los casos de aplicación de la confiscación de artículos que son objeto directo de infracciones aduaneras administrativas, y artículos con escondites hechos especialmente para ocultar artículos del despacho de aduana. El decomiso de tales cosas y artículos se lleva a cabo independientemente del momento de la comisión y descubrimiento de una infracción administrativa.

El término de arresto administrativo se calcula en días, trabajo correctivo - en días o meses, privación de un derecho especial y el derecho a ejercer ciertas actividades meses, años.

Un lugar especial lo ocupa el problema de la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas. No recibió una resolución aceptable ni en la teoría ni en la legislación, ya que uno de los signos de una falta administrativa -la culpabilidad- es muy ambiguo para un cuerpo colectivo.

La responsabilidad administrativa de las personas jurídicas está actualmente fijada por el Código de Infracciones Administrativas, mientras que el legislador parte de definicion general y signos de una persona jurídica, consagrados en Código Civil La República de Bielorrusia.

Una persona jurídica es declarada culpable de cometer una infracción administrativa si se establece que esta persona jurídica no ha cumplido con las normas (reglas) por cuya violación se establece la responsabilidad administrativa, y esta persona no ha tomado todas las medidas para cumplirlas. (Artículo 3.5 del Código de Infracciones Administrativas).

La persona jurídica como sujeto de derecho administrativo un tipo de organización social que tiene características jurídicas específicas que le permiten actuar como sujeto de derecho. Signos legales organización (entidad legal) basada en signos sociales, son: en primer lugar, un signo material, que incluye validez organizativa, unidad organizativa, manejabilidad; En segundo lugar, signo formal, que consiste en otorgar personalidad jurídica a la organización. La esencia de un sujeto colectivo de derecho, incluido el derecho administrativo, se manifiesta en el reconocimiento de una organización que une a un grupo de personas y tiene ciertas características, la capacidad de participar de forma independiente en las relaciones jurídicas. Un sujeto de derecho colectivo, incluida una persona jurídica, por un lado esta funcion juridica, recepción tecnica juridica, permitir que un grupo de personas actúe como sujeto de derecho, se personifica, por otro lado - actividad social, que tiene su materialización material: como conjunto de individuos; cómo mecanismo social realizando una determinada actividad.

La extensión de los rasgos de personalidad a las organizaciones jurídicas permite atraer sujetos colectivos derechos a la responsabilidad legal en pie de igualdad con los particulares, guiados por los mismos principios.

Base subjetiva de la responsabilidad administrativa de una persona jurídica La culpa se puede definir como una actitud negativa de una entidad basada en la actitud mental de su individuos para hecho perfecto y sus consecuencias, provocando condena por parte de la sociedad y del Estado.

Fundamento objetivo de la responsabilidad administrativa de una persona jurídica el acto se basa en las acciones (inacción) de los individuos de la persona jurídica cometidos en relación con el desempeño de las funciones de la persona jurídica. Cualquier individuo como miembro de la organización puede participar independientemente o junto con otras personas en la voluntad y expresión de la voluntad de una persona jurídica.

La responsabilidad tanto de una persona jurídica como de sus personas físicas, por regla general, debe considerarse como fenómenos independientes, ya que cada uno de ellos se funda en fundamentos independientes. Al mismo tiempo, los actos de las personas físicas de una persona jurídica sirven de base para la actividad volitiva de una persona jurídica, por lo tanto, es imposible negar la dependencia mutua de la responsabilidad de estas entidades.