Artículo 37 parte 3 44 fz. ¿Qué son las medidas antidumping?

1. Si, durante una licitación o subasta, el precio inicial (máximo) del contrato es más de quince millones de rublos y el participante de la contratación con quien se celebra el contrato, se propone el precio del contrato, que es veinticinco por ciento o más inferior a el precio inicial (máximo) del contrato, o la suma de los precios de las unidades de bienes, trabajos, servicios, que es veinticinco por ciento o más inferior a la suma inicial de los precios de las unidades indicadas, el contrato se celebra solo después de dicho participante proporciona una garantía para la ejecución del contrato por un monto superior a una vez y media el tamaño de la garantía para el cumplimiento del contrato especificado en la documentación sobre la celebración de la competencia o subasta, pero no menos de la cantidad del anticipo (si el contrato prevé el pago de un anticipo).

2. Si, durante una licitación o subasta, el precio inicial (máximo) del contrato es de quince millones de rublos o menos, y el participante de la contratación con quien se celebra el contrato, se propone el precio del contrato, que es veinticinco por ciento o más inferior que el precio inicial (máximo) del contrato, o la suma de los precios de las unidades de bienes, trabajos, servicios, que es veinticinco por ciento o más inferior a la suma inicial de los precios de estas unidades, el contrato se celebra solo después de tal participante proporciona garantía para la ejecución del contrato en la cantidad especificada en la parte 1 Este artículo, o información que confirme la buena fe de dicho participante de conformidad con el párrafo 3 de este artículo, con la provisión simultánea por parte de dicho participante de una garantía de ejecución del contrato por el monto de la garantía de ejecución del contrato especificada en la documentación de la contratación.

3. La información que confirma la buena fe de un participante en la contratación incluye la información contenida en el registro de contratos celebrados por clientes y que confirma la ejecución por dicho participante dentro de los tres años anteriores a la fecha de presentación de una solicitud de participación en la contratación de tres contratos (tomando en cuenta la sucesión) ejecutado sin aplicar a dicho participante de decomisos (multas, sanciones). Al mismo tiempo, el precio de uno de dichos contratos debe ser al menos el veinte por ciento del precio inicial (máximo) del contrato especificado en el aviso de contratación y la documentación de la contratación.

4. En caso de competencia abierta, una licitación con participación limitada, una licitación en dos etapas, una licitación cerrada, una licitación cerrada con participación limitada, una licitación cerrada en dos etapas, la información prevista en el párrafo 3 de este artículo es proporcionada por el participante en la contratación como parte de una solicitud de participación en una licitación abierta, una licitación con participación limitada, una licitación en dos etapas, una competencia cerrada, una competencia cerrada con participación limitada, una competencia cerrada en dos etapas. La Comisión de Adquisiciones rechaza dicha solicitud si se determina que esta información no es confiable. La decisión de rechazar dicha solicitud se registra en el protocolo para determinar el proveedor (contratista, ejecutante), indicando las razones para rechazar dicha solicitud, se informa al participante de la contratación que envió la solicitud a más tardar el día hábil siguiente al día de la firma del protocolo especificado. Si el participante en la contratación, en el caso previsto en el párrafo 2 de este artículo, no proporciona información que confirme su buena fe de conformidad con el párrafo 3 de este artículo, se concluye un contrato con este participante después de que proporcione una garantía de ejecución del contrato en el monto de una vez y media el monto de la garantía de cumplimiento del contrato especificado en la documentación de la contratación.

5. En caso de concurso abierto en formulario electronico, una licitación con participación limitada en formato electrónico, una licitación en dos etapas en formato electrónico, una subasta, la información prevista en el párrafo 3 de este artículo será proporcionada por el participante en la contratación al enviar un borrador de contrato firmado al cliente. Si dicho participante, reconocido como ganador de una licitación o subasta, no cumple con este requisito o si la comisión por la adquisición de información prevista en el párrafo 3 de este artículo se reconoce como no confiable, el contrato con dicho participante no es celebrado y se le reconoce como eludiendo la celebración del contrato. En este caso, la decisión de la comisión de compras se documenta en un protocolo, que el cliente coloca en un solo sistema de informacion a más tardar el día hábil siguiente al de la firma de dicho protocolo.

6. La garantía especificada en las partes 1 y este artículo será proporcionada por el participante en la contratación con quien se celebre el contrato antes de su celebración. Se reconoce que un participante en la contratación que no ha cumplido con este requisito ha eludido la celebración del contrato. En este caso, la evasión del participante en la contratación de celebrar un contrato se documenta en un protocolo que se publica en un sistema de información único y se pone en conocimiento de todos los participantes en la contratación a más tardar el día hábil siguiente al día de la firma del protocolo especificado. .

7. Al celebrar licitaciones con el fin de celebrar contratos para la realización de trabajos de investigación, desarrollo o tecnología, la prestación de servicios de consultoría, el cliente tiene derecho a establecer en documentación de la licitación diferentes valores de la significación de los criterios de evaluación de ofertas para los casos en que un participante en la licitación presente una oferta que contenga una propuesta para el precio del contrato, que:

1) hasta un veinticinco por ciento por debajo del precio inicial (máximo) del contrato;

2) veinticinco por ciento o más por debajo del precio inicial (máximo) del contrato.

8. En los casos previstos por la cláusula 2 de la parte 7 de este artículo, el valor de la importancia de un criterio como el precio del contrato se fija en el diez por ciento de la suma de los valores de importancia de todos los criterios para evaluar ofertas

9. Si el objeto del contrato, para cuya celebración se realiza un concurso o subasta, es el suministro de bienes necesarios para el normal mantenimiento de la vida (alimentos, medios para proporcionar una ambulancia, incluida la ambulancia especializada, atención médica en forma de emergencia o urgencia, medicamentos, combustible), el participante en la contratación que ofreció el precio del contrato, el monto de los precios unitarios de los bienes veinticinco por ciento o más por debajo del precio inicial (máximo) del contrato, el monto inicial de los precios unitarios de los bienes, junto con los requisitos previstos en este artículo, está obligado a proporcionar al cliente una justificación del precio del contrato propuesto, la suma de los precios unitarios de los bienes, que puede incluir una carta de garantía del fabricante que indique el precio y la cantidad de los bienes. suministrados (excepto si no se puede determinar el número de bienes suministrados), documentos que confirmen la disponibilidad de bienes del participante en la adquisición, otros documentos y cálculos que confirmen la capacidad del participante en la adquisición para suministrar los bienes al precio propuesto, la suma de los precios de las unidades de bienes.

10. La justificación prevista en el apartado 9 de este artículo se presentará:

1) por el participante en la adquisición que ofreció el precio del contrato, la suma de los precios unitarios de los bienes es veinticinco por ciento o más inferior al precio inicial (máximo) del contrato, la suma inicial de los precios unitarios de los bienes, como parte de una solicitud de participación en una licitación abierta, una licitación con participación limitada, una licitación en dos etapas, una competencia cerrada, una competencia cerrada con participación limitada, una competencia cerrada en dos etapas. Si dicho participante no cumple con este requisito o si la comisión de adquisiciones reconoce que los precios del contrato propuesto, la suma de los precios unitarios de los bienes no son razonables, se rechaza la solicitud de dicho participante. Dicha decisión de la comisión de adquisiciones se hará constar en el acta de consideración y evaluación de solicitudes de participación en la licitación o de consideración de una sola solicitud de participación en la licitación;

2) por el participante en la contratación con quien se celebra el contrato, al enviar un borrador de contrato firmado al cliente durante una licitación abierta en formato electrónico, una licitación con participación limitada en formato electrónico, una licitación en dos etapas en formato electrónico, una subasta . Si tal participante no cumple con este requisito, se reconoce que ha eludido la celebración del contrato. Si la comisión de adquisiciones reconoce los precios del contrato propuesto, la suma de los precios unitarios de los bienes como irrazonables, el contrato con dicho participante no se concluye y el derecho a celebrar un contrato pasa al participante de la adquisición que ofreció lo mismo como el ganador de este licitación o subasta, el precio del contrato, la suma de los precios unitarios de los bienes o cuya oferta de precio del contrato contiene las mejores condiciones para el precio del contrato, siguiendo las condiciones ofrecidas por el ganador de esta licitación o subasta. En estos casos, la decisión de la comisión de contratación se redacta en un protocolo, que se coloca en un sistema de información único y se pone en conocimiento de todos los participantes en la contratación a más tardar el día hábil siguiente al día de la firma del protocolo especificado.

11. Si se reconoce que el ganador de la licitación o subasta ha eludido la celebración del contrato por parte del participante en la contratación, con quien, de conformidad con lo dispuesto en el presente ley Federal se celebra un contrato, los requisitos de este artículo se aplican en su totalidad.

12. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará si en el curso de la contratación medicamentos, que se incluyen en los aprobados por el Gobierno Federación Rusa la lista de medicamentos vitales y esenciales, el participante en la adquisición con quien se celebra el contrato ofreció el precio de todos los medicamentos comprados, reducido en no más del veinticinco por ciento con respecto a su precio máximo de venta registrado de conformidad con la legislación sobre la circulación de medicamentos.

13. No se permite el pago de un anticipo en el momento de la ejecución de un contrato celebrado con un participante en la contratación especificado en las partes 1 o 2 de este artículo.


Práctica judicial según el artículo 37 de la Ley Federal del 05/04/2013 No. 44-FZ

    Sentencia de 1 de noviembre de 2019 en el expediente N° А60-24398/2019

    Decimoséptimo Arbitraje Tribunal de Apelación(17 AAS)

    2-496/2019, según el cual se viola el inciso 13 del art. 83.2, apartado 5 del art. 37 de la Ley Federal del 5 de abril de 2013 No. 44-FZ “Sobre sistema de contratos en el ámbito de la contratación de bienes, obras, servicios para garantizar la seguridad pública y necesidades municipales". Además de...

    Decisión de fecha 3 de octubre de 2019 en el caso No. А83-10084/2019

    Veces la cantidad que es de 19.448.999,10 rublos (diecinueve millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa y nueve rublos 10 kopeks), con sujeción a lo dispuesto en el art. 37 de la Ley Federal del 5 de abril de 2013 No. 44-FZ “Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales. Cláusula 9.1. Contratos...

    Decisión del 2 de octubre de 2019 en el caso No. А83-2113/2019

    Tribunal de Arbitraje de la República de Crimea (AC de la República de Crimea)

    Cláusula 7.3 de este contrato, aumentada en 1,5 veces en relación con el tamaño especificado en la documentación de la subasta y este contrato, teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 37 de la Ley Federal N° 44-FZ de 05.04. servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales” , y velar por el cumplimiento de las obligaciones...

    Decisión de 1 de octubre de 2019 en el caso No. А47-15699/2018

    Corte de Arbitraje Región de Oremburgo(AS de la región de Oremburgo)

    Ejecución del contrato por un monto superior a una vez y media el tamaño de la garantía de ejecución del contrato especificada en el párrafo 1 de esta cláusula del contrato de conformidad con la parte 2 del art. 37, Parte 3 del Artículo 96 de la Ley Federal No. 44-FZ "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras y servicios para necesidades estatales y municipales", o información que confirme la buena fe ...

    Decisión de 28 de septiembre de 2019 en el caso No. А82-13768/2019

    Tribunal de Arbitraje de la Región de Yaroslavl (AC de la Región de Yaroslavl)

    Protocolo de desacuerdos previsto por el Apartado 4 del Artículo 83.2 de la Ley N° 44-FZ (Parte 3 del Artículo 83.2 de la Ley N° 44-FZ). De conformidad con la parte 3 del artículo 37 de la Ley No. 44-FZ, la información que confirma la buena fe de un participante en la contratación incluye la información contenida en el registro de contratos celebrados por los clientes y que confirma el desempeño de dicho participante dentro de los tres años anteriores. .

    Decisión de 26 de septiembre de 2019 en el caso No. А54-6559/2019

    Tribunal de Arbitraje de la Región de Ryazan (AC de la Región de Ryazan)

    En el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" (en adelante - Ley No. 44-FZ), contrato del gobierno no firmado y en violación del art. 37 de la Ley No. 44-FZ no proporcionó seguridad para el cumplimiento del contrato e información que confirme la buena fe del participante en la contratación. El 27 de marzo de 2019 se publicó en el EIA un protocolo de fecha 26 de marzo de 2019 No. PPU1...

    37

    Tribunal de Arbitraje de la República de Karelia (AC de la República de Karelia)

    Firmado por una persona habilitada para actuar en nombre de dicho ganador, o no envió el protocolo de desacuerdos previsto en la parte 4 de este artículo, o no cumplió con los requisitos previstos en el artículo 37 de la Ley N° 44-FZ . El 02/07/2019, de conformidad con el Acta No. PPU1, la comisión del cliente decidió reconocer al ganador de la solicitud de cotizaciones por haber eludido la celebración del contrato de conformidad con la parte 13 ...

Qué son Consecuencias negativas¿dumping?

Para convertirse en ganadores proveedores sin escrúpulos Bajó artificialmente el precio. Estas acciones de los proveedores, no vinculadas a sus calificaciones, la calidad de la ejecución de los pedidos anteriores, llevaron al incumplimiento de los plazos de ejecución de los pedidos estatales, a la rescisión de los contratos, al deterioro de la calidad de los bienes, obras y servicios. Pero lo principal es desperdiciar fondos presupuestarios.

Por eso existe un mecanismo antidumping en el sistema de contratos.

Las medidas antidumping tienen como objetivo evitar precios artificialmente bajos durante las licitaciones y subastas. El artículo 37 N° 44-FZ establece dos formas de confirmar la posibilidad de celebrar el contrato. Estos métodos son el mecanismo antidumping de la FCC.

¿Qué medidas antidumping se proponen en el 44-FZ?

Las medidas antidumping dependen del precio inicial (máximo) del contrato (IMCC). La cantidad de 15 millones es decisiva. rublos, así como subestimado por 25 por ciento o más NMTsK.

  1. Si el precio del contrato es superior a 15 millones de rublos, el contrato se concluye después de que el participante en la contratación proporcione el aumento del precio especificado en la licitación o la documentación de la subasta. Si el contrato prevé el pago de un anticipo, entonces el monto de la garantía para la ejecución del contrato no debe ser inferior al anticipo.
  2. Si el precio del contrato es de 15 millones de rublos o menos, entonces el contrato se concluyedespués de que el participante en la adquisición proporcione un mayor 1,5 veces la ejecución del contrato, pero no menos del monto del anticipo (si el contrato prevé el pago de un anticipo) o debe proporcionarse información que confirme la buena fe del participante en la contratación(parte 3, artículo 37)

Criterios para determinar la buena fe de un participante en la contratación:

La base para determinar la buena fe de un participante en la contratación es la información del registro de contratos que confirme:

  • ejecución dentro al menos 1 año 3 contratos(donde todos los contratos debe ser cumplido sin penalización(multas, sanciones);
  • ejecución dentro al menos 1 año antes de la fecha de presentación de la solicitud de participación en el concurso o subasta 4 o más contratos(al mismo tiempo, al menos el 75% de los contratos deben ser realizado sin penalización(multas, sanciones).

El precio de uno de los contratos debe ser al menos el 20 % del precio al que se invita al participante en la contratación a celebrar un contrato; esto es condición general para las medidas antidumping.

Debe tenerse en cuenta que la información incluida en el registro de contratos antes de la fecha de entrada en vigor del N° 44-FZ (parte 22 del artículo 112 N° 44-FZ) puede utilizarse para confirmar la buena fe de los participantes en la contratación. .

¿Cuáles son las características de proporcionar información sobre la buena fe de un participante en la licitación?

La solicitud de participación en la licitación debe contener información sobre la buena fe del participante en la contratación. Si la Comisión de Licitaciones reconoce que la información no es confiable, se rechaza la solicitud y, en caso de que no se proporcione la información, el contrato se concluye después de la provisión de un monto 1,5 veces mayor que el monto de la garantía de ejecución del contrato especificada en el documentación de la licitación, pero no menos que el monto del anticipo (si el contrato prevé el pago de un anticipo).

¿Cuáles son las reglas para proporcionar información sobre la buena fe de un participante en la subasta?

Al enviar el borrador del contrato firmado al cliente, también se proporciona información sobre la buena fe del participante en la contratación. Si no se cumple este requisito o la comisión de adquisiciones reconoce que la información no es confiable, no se concluye el contrato con el participante reconocido como ganador de la subasta, y se reconoce que este participante ha eludido la celebración del contrato.

¿Qué medidas antidumping se aplican a las compras individuales?

Se entiende por compras separadas las compras que se realicen con motivo de licitaciones para la realización de trabajos de investigación, desarrollo o tecnológicos, la prestación de servicios de consultoría. El cliente tiene derecho a establecer en las bases de licitación diferentes valores de la trascendencia de los criterios de evaluación de las ofertas que contengan una oferta de precio:

  • hasta un 25% por debajo de NMTsK,
  • 25% o más por debajo de NMTsK.
  • el valor de significancia del criterio de precio no puede ser inferior al 10% de la suma de los valores de significancia de todos los criterios para evaluar la solicitud.

Suministro de bienes necesarios para el soporte vital normal

(alimentos, suministros médicos de emergencia o emergencia, medicinas, combustible)

El participante en la contratación está obligado a proporcionar al cliente justificación precio del contrato propuesto:

  • una carta de garantía del fabricante que indique el precio y la cantidad de los bienes suministrados;
  • documentos que confirman la disponibilidad de bienes del participante en la contratación;
  • otros documentos y cálculos que confirmen la capacidad del participante en la contratación para suministrar los bienes al precio propuesto.

Así, las medidas antidumping se regulan de conformidad con el artículo 37 N° 44-FZ y tienen por objeto la inadmisibilidad de la baja artificial de precios durante concursos y subastas. Las medidas antidumping dependen del precio inicial (máximo). Se establece el tamaño de la garantía para la ejecución del contrato, que el participante en la contratación debe proporcionar, y la información que confirma la buena fe del participante en la contratación. El criterio para determinar la buena fe de un participante en la contratación es la información del registro de contratos y la información incluida en el registro de contratos antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley N° 44-FZ.

Un proveedor sin escrúpulos que presentó un precio más bajo en una subasta o licitación para consideración del cliente podría ganar. Pero después de la adopción de la ley descrita, se tomaron medidas antidumping, lo que significa que se verificará a cada artista si ofreció un precio más bajo que los demás participantes.

Arte. 37 de la Ley Federal 44 consta de 12 párrafos. Las últimas modificaciones al artículo se realizaron el 4 de junio de 2014, cuando se aprobó la Ley Federal número 140. Últimos cambios Se añadió al artículo el párrafo 12. El artículo 37 describe la aplicación y el uso de medidas antidumping en las subastas y concursos de adquisiciones.

Primer punto. Cuándo suma de dinero del contrato se estima en 15 millones de rublos o más, y el participante en la contratación (comprador) propone cambiar el precio en un 25% más bajo, se aplica antidumping. medidas. Esto significa que el contrato solo se puede firmar e implementar si el participante que ofreció la reducción del precio garantiza la implementación del pedido aumentando la garantía de dinero en una vez y media. Las condiciones están detalladas en el contrato. Si se indica un pago por adelantado en el contrato, entonces el monto no debe ser inferior.

En la parte 2 del art. 37 de la ley 44 describe la misma situación que en el primer párrafo. Cuando el NMTsK es de 15 millones de rublos o más, y el comprador ofrece un precio inferior en un 25% o más, se aplican medidas antidumping. A diferencia de la información proporcionada en el primer párrafo, en el segundo párrafo, en lugar de una garantía monetaria, se invita al participante a proporcionar documentación especial que confirme su buena fe. Los papeles deben ser nuevos, vigentes al momento de la firma del contrato.

En el tercer párrafo El artículo descrito contiene información sobre los valores proporcionados por el participante en la transacción para confirmar su buena fe. La información que proporciona a la otra parte de la transacción debe estar registrada en un registro especial y cumplir con ciertos requisitos.

Entre estos requisitos:

  • El proveedor debe completar tres o más pedidos dentro de un año, los contratos deben ser ejecutados y cerrados. La información no debe contener información sobre sanciones, multas, infracciones, etc.;
  • El proveedor también tiene derecho a proporcionar documentos que contengan información sobre las obligaciones cumplidas en virtud de 3 contratos dentro de los tres años. La información sobre el proveedor tampoco debe contener información sobre multas o infracciones;
  • El proveedor puede proporcionar al cliente información sobre 4 o más transacciones completadas ejecutadas dentro de dos años. El 75% de estos contratos no deben tener información sobre multas, sanciones, infracciones o mal cumplimiento de obligaciones.

El tercer párrafo dice que el principal requisito de las medidas antidumping es la relación del valor de un contrato, igual al valor ofrecido por el proveedor, no menos del 20%.

En la Ley Federal 44 h.4 art. 37 se emite información de que si el cliente realiza una licitación, entonces la información descrita en el párrafo tres debe adjuntarse junto con la solicitud de participación en la licitación. Si la información adjunta a la solicitud no se confirma oficialmente, la comisión de inspección tiene derecho a rechazar la solicitud del proveedor. Sin embargo, la comisión está obligada a explicar al licitador las razones por las que rechazó la solicitud y describirlas en el protocolo de verificación. Después de firmar el protocolo, la comisión está obligada a notificar al proveedor el rechazo de la solicitud dentro de un día hábil. Este párrafo también confirma la información redactada en el párrafo 1. Si el proveedor no ha proporcionado información sobre su propia buena fe, entonces está obligado a pagar una garantía en efectivo de 1,5 veces el monto de la garantía de ejecución del contrato para participar en la licitación.

Quinto punto. Este párrafo dice que si el cliente no organizó una licitación, sino una subasta, la información descrita en el párrafo tres es proporcionada por el proveedor al cliente en el momento de la transferencia del contrato firmado. Si el contratista no proporcionó al comprador información sobre su propia buena fe al transferir el contrato firmado o si la comisión de verificación determinó que la información proporcionada por el ganador de la subasta no es confiable, entonces se reconocerá que el proveedor ha eludido la firma del contrato. contrato y cumplimiento de obligaciones. Toda la información será ingresada por la comisión en el acta y agregada al registro correspondiente.

Sexto punto. Este párrafo describe que la información o el pago incluidos en los párrafos 1 y 2 deben ser proporcionados por el contratista antes de la celebración del contrato. Al igual que en el quinto párrafo, el incumplimiento de esta condición de la ley se considera una evasión de celebrar un contrato y cumplir con las propias obligaciones. De acuerdo con el artículo 37 descrito, la información sobre el proveedor es registrada por la comisión en el protocolo y enviada al registro, todos los participantes en la licitación o subasta son notificados.

En el séptimo párrafo del artículo 37 información emitida por separado para pedidos que requieran servicios científicos, de investigación, de diseño, de trabajos científico-técnicos y de consultoría. Gracias a las medidas antidumping, el cliente tiene el derecho y la oportunidad de elaborar métodos para evaluar el pedido en una licitación o subasta.

El cliente solo tiene derecho a esto si:

  • El precio del contrato es un 25% más bajo que el NMTsK;
  • El precio del contrato es más de un 25 % inferior al NMTsK.

En el octavo párrafo se emitió información de que se aplicarían medidas antidumping a los contratos en los que el precio de oferta fuera superior al 25% por debajo del NMC del contrato. En tales casos, la decisión fue designar una oferta de precio en la cantidad del 10% de las sumas de los valores de otros criterios de evaluación establecidos en el contrato.

En el apartado 9 del art. 37 de la ley 44 se emitió información sobre la aplicación de medidas antidumping en los contratos de suministro de mercancías. Si en el caso de un pedido de cualquier producto, el precio de ejecución ofrecido es más de un 25% inferior al NCMC, entonces el participante que ofreció el precio está obligado a proporcionar la confirmación del mismo.

El proveedor proporciona la siguiente lista de valores:

  • Tarjetas de garantía con información sobre el fabricante de los productos, así como una descripción del costo y el volumen;
  • Plan de cálculo y otros documentos con evidencia de que el proveedor cumple con las obligaciones a tiempo y al precio propuesto;
  • Documentos que acrediten que el participante es propietario de los bienes.

Décimo punto. En el décimo párrafo, se documentan los casos en que, al introducir medidas antidumping, un participante está obligado a proporcionar confirmación del precio que propone para cumplir con las obligaciones del contrato:

  • La provisión de confirmación ocurre por parte del participante de la contratación cuando el precio ofrecido por él es inferior al NMTsK en un 25% y superior al solicitar la participación en la licitación. La comisión verifica la información, rechaza la solicitud y toda la información sobre el proveedor se ingresa en el protocolo y luego en el registro;
  • La confirmación la proporciona el participante en la contratación que envió el contrato firmado al cliente en caso de subasta. Si el contratista no ha enviado el contrato firmado, se le considerará infractor que ha evadido el cumplimiento de sus obligaciones, y se le aplicarán medidas antidumping.

en el punto 11 del artículo descrito está escrito que las medidas antidumping y la responsabilidad se aplican al participante en su totalidad, sin concesiones, si la comisión reconoció que había eludido la celebración del contrato.

De acuerdo a ultima edicion 37 artículos, se añadió artículo número 12 . Dice que las medidas antidumping no se aplican a los participantes que compran medicamentos vitales para la población.

Descarga la versión actual de la Ley de Contrataciones Públicas

Se adoptó el artículo 37 de la Ley Federal N° 44 para regular y controlar los precios de los contratos. Este artículo regula los procesos y medidas mediante los cuales es imposible subestimar o sobreestimar artificialmente el valor de los contratos durante subastas o concursos. Para un estudio más detallado de las posibilidades de contratación, se recomienda leer la ley descrita.

Puede descargar el texto de la Ley Federal de 05.04.2013 N 44-FZ "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales"

De acuerdo con la Parte 2 del Artículo 37 de la Ley Federal del 5 de abril de 2013 N 44-FZ "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" (en adelante, "Ley No. 44 -FZ"): si durante una licitación o subasta, el precio inicial (máximo) del contrato es de 15.000.000,00 rublos o menos y el participante en la contratación con quien se celebra el contrato ofrece un precio del contrato que es un 25% o más inferior al precio inicial precio (máximo) del contrato, el contrato se celebra solo después de que dicho participante garantice la ejecución del contrato por un monto superior a 1,5 veces el tamaño de la garantía para la ejecución del contrato especificado en la documentación de la oferta o subasta, o información que confirme la buena fe de dicho participante a partir de la fecha de presentación de la solicitud de conformidad con la Parte 3 del Artículo 37 de la Ley No. 44-FZ. A su vez, de acuerdo con la Parte 3 del Artículo 37 de la Ley No. 44-FZ, la información que confirma la buena fe de un participante en la contratación incluye la información contenida en el registro de contratos celebrados por clientes y que confirma la ejecución por dicho participante, a elección del participante, una de las opciones: - dentro de 1 año antes de la fecha de presentación de una solicitud de participación en una licitación o subasta de 3 o más contratos (en este caso, todos los contratos deben ejecutarse sin aplicar sanciones (multas, sanciones ) a dicho participante); - dentro de los 2 años anteriores a la fecha de presentación de una solicitud de participación en la licitación o subasta de 4 o más contratos (al mismo tiempo, al menos el setenta y cinco por ciento de los contratos deben ejecutarse sin la aplicación de sanciones (multas, sanciones) a dicho participante; - dentro de los 3 años anteriores a la fecha de presentación de una solicitud de participación en el concurso o subasta 3- x o más contratos (en este caso, todos los contratos deben ejecutarse sin la aplicación de sanciones (multas, sanciones) a dicho participante. En estos casos, el precio de uno de los contratos debe ser no menos del 20% del precio al que se invita al participante en la contratación a celebrar un contrato de conformidad con la parte 2 de este artículo. De acuerdo con el inciso 2 del artículo 103 de la Ley N° 44-FZ, el registro de contratos debe contener información:

1) nombre del cliente;

2) fuente de financiación;

3) método de determinación del proveedor (contratista, ejecutante);

4) la fecha de resumen de los resultados de la determinación del proveedor (contratista, ejecutante) y los detalles del documento que confirma la base para la celebración del contrato;

5) fecha de celebración del contrato;

6) el objeto de la contratación, el precio del contrato y el plazo de su ejecución, el precio de una unidad de bienes, obras o servicios, el nombre del país de origen o información sobre el fabricante de los bienes en relación con la contrato ejecutado;

7) nombre, nombre de la marca(si lo hay), ubicación (para entidad legal), apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere), lugar de residencia (para una persona física), número de identificación fiscal del proveedor (contratista, ejecutante) o para persona extranjera de acuerdo con la legislación de la respectiva país extranjero análogo al número de identificación fiscal del proveedor (contratista, ejecutante), excepto para la información sobre individual- proveedor Propiedad cultural, incluidos artículos de museo y colecciones de museo, así como publicaciones raras y valiosas, manuscritos, documentos de archivo(incluidas sus copias) que tengan un significado histórico, artístico o cultural y estén destinados a reponer el museo estatal, la biblioteca, fondos de archivo, fondos de cine, fotografía y fondos similares;

8) al cambiar el contrato, indicando los términos del contrato que han sido cambiados;

9) sobre la ejecución del contrato, incluida la información sobre el pago del contrato, sobre la acumulación de sanciones (multas, sanciones) en relación con rendimiento inadecuado obligaciones estipuladas por el contrato por la parte del contrato;

10) a la terminación del contrato, indicando las causas de su terminación. Al mismo tiempo, la ley no define la forma de presentación de la información que acredite la buena fe del participante.

En nuestra opinión, dicha información se puede proporcionar en forma de una carta oficial (si es posible en membrete organización), firmado por el responsable y certificado por el sello de la organización. Al mismo tiempo, la carta debe contener información sobre los contratos celebrados contenidos en el registro de contratos de conformidad con los requisitos de la parte 2 del artículo 103 de la Ley No. 44-FZ.