Aclaraciones al Decreto 1380 del 15.11. Características de la descripción de los medicamentos de uso médico, que son objeto de contratación para satisfacer las necesidades estatales y municipales

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 17 de diciembre de 2014 N 1380
"Sobre las cuestiones de establecimiento y determinación de normas de consumo utilidades"

Con cambios y adiciones de:

Gobierno Federación Rusa decide:

en el párrafo seis

agregar el siguiente párrafo:

“La norma para el consumo de los servicios públicos de abastecimiento de agua fría en Edificio de apartamentos y los edificios residenciales con uso de agua de fuentes públicas se establece sobre la base del consumo de agua promedio diario (por año) específico por habitante establecido por la legislación de la Federación Rusa.

en el párrafo 24 las palabras "definido organismo autorizado incluso sobre la base de evaluaciones de expertos y datos estadísticos" se reemplaza por las palabras "establecido por el Ministerio de Construcción y Vivienda y Servicios Comunales de la Federación Rusa";

adicionar el párrafo 26.1 con el siguiente contenido:

"26.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición colectivos, individuales o comunes (apartamentos), se determina el estándar para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua fría y el estándar para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua caliente en locales residenciales , respectivamente, por las fórmulas 23 y 25, teniendo en cuenta el factor multiplicador, que es:

desde 2017 - 1.6.";

el quinto párrafo de la cláusula 27 se reconocerá como inválido;

agréguese la cláusula 27.1 con el siguiente contenido:

"27.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición colectivos (casa general), el estándar para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua fría (caliente) para las necesidades generales de la casa se determina mediante la fórmula 26, teniendo en cuenta el factor multiplicador, cual es:

desde 2017 - 1.6.";

agréguese la cláusula 29.1 con el siguiente contenido:

"29.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición individuales en edificios residenciales ubicados en parcela con dependencias, el estándar de consumo de los servicios públicos para el suministro de agua fría (para el riego de un terreno, para cocinar para los animales de granja) se determina, respectivamente, de acuerdo con las fórmulas 27 y 28, teniendo en cuenta el factor multiplicador, que es:

desde 2017 - 1.6.";

añádase la cláusula 36.1 con el siguiente contenido:

"36.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición individuales o comunes (apartamentos), el estándar de consumo de servicios públicos para el suministro de electricidad en locales residenciales se determina mediante la fórmula 33, teniendo en cuenta el factor multiplicador, que es:

desde 2017 - 1.6.";

añádase la cláusula 37.1 con el siguiente contenido:

"37.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición colectivos (generales domiciliarios), el estándar de consumo de los servicios públicos para el suministro de energía eléctrica para las necesidades generales de la vivienda se determina mediante la fórmula 34, teniendo en cuenta el factor multiplicador, que es:

desde 2017 - 1.6.";

añádase la cláusula 39.1 con el siguiente contenido:

"39.1. Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición individuales en edificios residenciales ubicados en un terreno con dependencias, el estándar de consumo para los servicios públicos para el suministro de electricidad (para iluminación para mantener animales de granja, cocinar y calentar agua para animales de granja) es determinado en consecuencia según las fórmulas 35 y 36, teniendo en cuenta el factor multiplicador, que es:

desde 2017 - 1.6.";

r) adicionar el Apéndice No. 2 con el siguiente contenido:

"Anexo No. 2
a las Reglas para establecer y determinar
estándares de consumo de servicios públicos

tabla 1

Formulario
para establecer estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua fría (caliente) en locales residenciales

unidad de medida

Edificios de apartamentos y viviendas con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento, equipados con inodoros, lavabos, fregaderos, bañeras de asiento de 1200 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y viviendas con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, bañeras de 1500 - 1550 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y viviendas con suministro centralizado de agua fría y caliente, drenaje, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, bañeras de 1650 - 1700 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y viviendas con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento, equipados con inodoros, lavabos, fregaderos, bañeras sin ducha.

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento, equipados con inodoros, lavabos, fregaderos, duchas.

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, duchas y bañeras de 1200 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios residenciales y de apartamentos múltiples con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, duchas y bañeras de 1500 - 1550 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios residenciales y de apartamentos múltiples con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, duchas y bañeras de 1650 - 1700 mm de largo con ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios residenciales y de apartamentos múltiples con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, duchas y bañeras sin ducha

cubo metro
por mes
por persona

Edificios residenciales y de apartamentos múltiples con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua, equipados con inodoros, lavabos, lavabos, duchas

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales sin calentadores de agua con suministro de agua y alcantarillado, equipados con lavabos, lavabos e inodoros.

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales sin calentadores de agua con suministro centralizado de agua fría y saneamiento, equipados con lavabos y fregaderos.

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales con suministro centralizado de agua fría, sin saneamiento centralizado, equipados con lavabos, fregaderos, inodoros, bañeras, duchas

cubo metro
por mes
por persona

Edificios de apartamentos y residenciales con suministro centralizado de agua fría, sin saneamiento centralizado, equipados con lavabos, fregaderos, inodoros

cubo metro
por mes
por persona

Edificios multiapartamentales y residenciales con columna de agua

cubo metro
por mes
por persona

Viviendas destinadas a dormitorios, dotadas de lavabos, piletas, inodoros, con duchas con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento

cubo metro
por mes
por persona

Tabla 2

Formulario
establecer estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua fría (caliente) para las necesidades generales de la casa

unidad de medida

numero de pisos

Consumo normativo de los servicios públicos de abastecimiento de agua fría

Estándar de consumo de agua caliente sanitaria

Edificios de apartamentos con suministro centralizado de agua fría y caliente, saneamiento

cubo metro
por mes para
cuadrados metro de area total

Edificios de apartamentos con suministro centralizado de agua fría, calentadores de agua, eliminación de agua

cubo metro
por mes para
cuadrados metro de area total

Edificios de apartamentos sin calentadores de agua con suministro centralizado de agua fría y saneamiento, equipados con fregaderos, lavabos e inodoros.

cubo metro
por mes para
cuadrados metro de area total

Edificios de apartamentos con suministro centralizado de agua fría sin alcantarillado centralizado

cubo metro
por mes para
cuadrados metro de area total

Tabla 3

Formulario
para establecer estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de agua fría cuando se usa un terreno y dependencias

unidad de medida

Estándar de consumo

regando la tierra

cubo metro por mes
por metro cuadrado metro

Abastecimiento de agua y preparación de alimentos para animales de granja.

cubo metro por mes
en la cabeza del animal

Suministro de agua para piscinas de verano al aire libre (cubiertas) varios tipos y estructuras, así como baños, saunas, piscinas cubiertas adyacentes a un edificio residencial y (o) por separado en un terreno común con un edificio residencial

cubo metro por mes
por persona

Suministro de agua de otras dependencias, incluidos garajes, invernaderos (jardines de invierno), otras instalaciones

cubo metro por mes
por persona

Tabla 4

Formulario
establecer normas para el consumo de los servicios públicos de suministro de gas

unidad de medida

Consumo estándar*

1. Cocinar

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con una estufa de gas, cuando se alimentan con gas de hidrocarburo licuado

kilogramo
por persona
por mes

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con una estufa de gas, con suministro de gas natural

cubo metro
por persona
por mes

2. Para calentamiento de agua

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con un calentador de agua a gas (en ausencia de un suministro centralizado de agua caliente), cuando se alimentan con gas de hidrocarburo licuado

kilogramo
por persona
por mes

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con un calentador de agua a gas (en ausencia de suministro centralizado de agua caliente), con suministro de gas natural

cubo metro
por persona por mes

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con una estufa de gas y no equipados con un calentador de gas (en ausencia de un suministro centralizado de agua caliente), cuando se alimentan con gas de hidrocarburo licuado

kilogramo
por persona por mes

Edificios de apartamentos y residenciales equipados con una estufa de gas y no equipados con un calentador de gas (en ausencia de suministro centralizado de agua caliente), con suministro de gas natural

cubo metro
por persona por mes

3. Para calefacción residencial

Edificios multiapartamentales y residenciales con suministro de gas natural

cubo metro por metro cuadrado metros de área residencial total por mes

Edificios multiapartamentales y residenciales con suministro de gas con gas licuado de petróleo

kilogramo por metro cuadrado metros de área residencial total por mes

_____________________________

* Para diferencias en condiciones climáticas, en el que se encuentran Edificio de apartamentos o edificios residenciales en una entidad constitutiva de la Federación Rusa, los estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de gas para calentar locales residenciales se establecen para cada zona climática por separado.

Tabla 5

Formulario
para establecer estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de gas cuando se usa un terreno y dependencias

Dirección de uso del recurso comunal

unidad de medida

Consumo estándar*

Calefacción de dependencias ubicadas en un terreno con suministro de gas natural

cubo metro
por mes
por metro cuadrado medidor de área

Calefacción de dependencias ubicadas en un terreno, cuando el gas se suministra con gas licuado de petróleo

kilogramo
por mes por m2 medidor de área

Cocción y calentamiento de agua para ganado con suministro de gas natural

cubo metro
por mes
en la cabeza del animal

Cocción y calentamiento de agua para ganado con suministro de GLP

kilogramo
por mes
en la cabeza del animal

Cocinar y calentar agua para otros animales de granja con suministro de gas natural

cubo metro
por mes
en la cabeza del animal

Agua para cocinar y calentar para otros animales de granja cuando se suministra con gas licuado de petróleo

kilogramo
por mes
en la cabeza del animal

_____________________________

* Con las diferencias en las condiciones climáticas en las que se ubican los edificios de apartamentos o residenciales en una entidad constitutiva de la Federación Rusa, los estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de gas para calefacción de dependencias se establecen para cada zona climática por separado.

Tabla 6

Formulario
establecer normas para el consumo de los servicios públicos de calefacción

Estándar de consumo
(Gcal por 1 metro cuadrado de la superficie habitable total por mes)*

edificios multiapartamentales y residenciales con paredes de piedra, ladrillo

edificios residenciales y de apartamentos múltiples con paredes hechas de paneles, bloques

edificios de apartamentos y edificios residenciales con paredes de madera, mixtos y otros materiales

numero de pisos

edificios de apartamentos y residenciales construidos antes de 1999 inclusive

16 o más

numero de pisos

edificios residenciales y de apartamentos múltiples construidos después de 1999

12 o más

_____________________________

Tabla 7

Formulario
para establecer el estándar para el consumo de servicios públicos para calefacción cuando se utilizan dependencias ubicadas en una parcela de tierra

_____________________________

* Con diferencias en las condiciones climáticas en las que se ubican edificios de apartamentos o edificios residenciales en una entidad constitutiva de la Federación Rusa, los estándares de consumo para los servicios de calefacción se establecen para cada zona climática por separado.

Tabla 8

Formulario
establecer normas para el consumo de los servicios públicos de suministro de energía eléctrica en locales residenciales Edificio de apartamentos y edificios residenciales, incluidos los dormitorios tipo apartamento

unidad de medida

Número de habitaciones en la vivienda

Estándar de consumo

número de personas que viven en el local

Edificios de apartamentos múltiples, edificios residenciales, dormitorios tipo apartamento no equipados con a su debido tiempo cocinas eléctricas estacionarias para cocinar, calefacción eléctrica, instalaciones de calefacción eléctrica para suministro de agua caliente

por persona por mes

Edificios de apartamentos múltiples, edificios residenciales, dormitorios tipo apartamento, equipados de la manera prescrita con estufas eléctricas estacionarias para cocinar y no equipados con calefacción eléctrica e instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente

por persona por mes

Edificios de apartamentos múltiples, edificios residenciales, dormitorios tipo apartamento no equipados con estufas eléctricas estacionarias, pero equipados de acuerdo con el procedimiento establecido con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente, durante el período de calefacción

por persona por mes

Edificios de apartamentos múltiples, edificios residenciales, dormitorios tipo apartamento no equipados con estufas eléctricas estacionarias, pero equipados de acuerdo con el procedimiento establecido con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente, fuera del período de calefacción

por persona por mes

Edificios de apartamentos múltiples, edificios residenciales, dormitorios tipo apartamento, equipados de la manera prescrita con estufas eléctricas estacionarias, calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente

por persona por mes

Tabla 9

Formulario
para establecer estándares para el consumo de servicios públicos para el suministro de electricidad en locales residenciales en edificios de apartamentos múltiples, incluidos dormitorios tipo apartamento, pasillo, hotel y dormitorios seccionales

unidad de medida

Número de personas que viven en el local

Estándar de consumo

Dormitorios que no estén equipados en la forma establecida con estufas eléctricas fijas para cocinar e instalaciones de calefacción eléctrica y calefacción eléctrica para efectos de suministro de agua caliente

Por mes
por persona

Dormitorios equipados de acuerdo con el procedimiento establecido con estufas eléctricas fijas para cocinar y no equipados con calefacción eléctrica e instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente.

Por mes
por persona

Dormitorios no equipados con estufas eléctricas estacionarias, pero equipados de acuerdo con el procedimiento establecido con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente, durante el período de calefacción

Por mes
por persona

Dormitorios no equipados con estufas eléctricas estacionarias, pero equipados de acuerdo con el procedimiento establecido con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente, fuera del período de calefacción

Por mes
por persona

Tabla 10

Formulario
establecer normas para el consumo de los servicios públicos de suministro de electricidad para las necesidades generales de la vivienda

unidad de medida

Estándar de consumo

Edificios de apartamentos no equipados con ascensores y calefacción eléctrica e instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente

Por mes
por metro cuadrado metro

Edificios de apartamentos equipados con ascensores y no equipados con calefacción eléctrica e instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente

Por mes
por metro cuadrado metro

Edificios de apartamentos no equipados con ascensores y equipados con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente durante el período de calefacción

Por mes
por metro cuadrado metro

Edificios de apartamentos no equipados con ascensores y equipados con calefacción eléctrica y (o) instalaciones de calefacción eléctrica para el suministro de agua caliente, fuera del período de calefacción

Por mes
por metro cuadrado metro

Tabla 11

Formulario
para establecer estándares para el consumo de servicios públicos de electricidad cuando se utilizan dependencias ubicadas en un terreno

Dirección de uso del recurso comunal

unidad de medida

Estándar de consumo

Iluminación para mantener animales de granja.

Por mes
por metro cuadrado metro

Iluminación de otras dependencias, incluidos baños, saunas, piscinas, garajes, invernaderos (jardines de invierno)

Por mes
por metro cuadrado metro

Cocinar y calentar agua para animales de granja.

Por mes
en la cabeza del animal

2. En el segundo párrafo de la cláusula 6 del Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 6 de mayo de 2011 N 354 "Sobre la provisión de servicios públicos a propietarios y usuarios de locales en edificios de apartamentos y edificios residenciales" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2011, N 22, Art. 3168, 2012, N 23, artículo 3008, N 36, artículo 4908, 2013, N 16, artículo 1972, N 21, artículo 2648, N 31, artículo 4216, N 39, artículo 4979 ; 2014, N 8 , artículo 811; N 9, artículo 919; N 14, artículo 1627; N 40, artículo 5428) las palabras “a partir del 1 de enero de 2015”. sustitúyase por las palabras "desde el 1 de julio de 2016".

Orden aclarado establecer normas para el consumo de los servicios públicos.

Se está introduciendo una lista de categorías de edificios residenciales y de apartamentos múltiples. Al mismo tiempo, se tienen en cuenta el diseño y los parámetros técnicos del objeto, el grado de mejora y las instrucciones para usar el servicio. Esto ayudará a calcular objetivamente los estándares.

Se está completando la lista de parámetros constructivos y técnicos de la casa. Estamos hablando, por ejemplo, de equipar locales residenciales con dispositivos de plegado de agua y equipos sanitarios (en relación con el suministro de agua fría y caliente); sobre el área de la casa, el desgaste de los sistemas de ingeniería internos (en relación con el suministro de energía), en lugar de la altura de las instalaciones.

Se introduce una obligación para los proveedores de servicios públicos de proporcionar información y aclarar el momento de tomar lecturas de medidores.

Se proporcionan coeficientes crecientes para la norma de consumo de servicios de calefacción en viviendas y locales no residenciales. Estamos hablando de casos en los que existe la posibilidad técnica de instalar dispositivos de medición colectivos (casa común). Del 1 de enero de 2015 al 30 de junio de 2015, el coeficiente es 1,1. Hasta finales de 2015 - 1.2. Del 1 de enero de 2016 al 30 de junio de 2016 - 1.4. Hasta finales de 2016 - 1.5. Desde 2017 - 1.6.

Si es técnicamente posible instalar dispositivos de medición individuales en edificios residenciales ubicados en un terreno con dependencias, el estándar para el consumo de servicios de calefacción también se calcula con un factor multiplicador. Estamos hablando de suministro de energía en ciertos casos.

Se fijan las disposiciones sobre la norma para el consumo de los servicios de agua fría en viviendas con agua de grifos. Se fija en función del consumo específico medio diario (anual) de agua por habitante.

Las autoridades estatales de las regiones tienen el derecho de decidir sobre una transición gradual a estándares uniformes para el consumo de servicios en relación con todos o algunos municipios ubicado en el sujeto. Dicha transición deberá completarse a más tardar el 31 de diciembre de 2016.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 17 de diciembre de 2014 N 1380 "Sobre los temas de establecimiento y determinación de estándares para el consumo de servicios públicos"


Esta resolución entra en vigor 7 días después del día de su publicación oficial.


Decisión Corte Suprema RF de fecha 25 de mayo de 2015 N AKPI15-365, se reconoce que esta resolución no contradice legislación actual


De conformidad con la parte 5 del artículo 33 ley Federal"O sistema de contrato en el ámbito de la contratación de bienes, obras, servicios para garantizar la seguridad pública y necesidades municipales"El Gobierno de la Federación Rusa decide:

1. Aprobar las descripciones adjuntas medicamentos para uso médico, que son objeto de contratación para atender necesidades estatales y municipales.

2. El Ministerio de Salud de la Federación Rusa, el Ministerio de Finanzas de la Federación Rusa y el Servicio Federal Antimonopolio, si es necesario, brindan aclaraciones sobre la aplicación del documento aprobado por esta resolución.

Peculiaridades
descripciones de medicamentos de uso médico que son objeto de contratación para satisfacer necesidades estatales y municipales

1. Este documento establece las características de la descripción de medicamentos para uso médico, que son objeto de adquisición para necesidades estatales y municipales (en adelante, medicamentos), en la documentación para la adquisición de medicamentos en el curso de tales adquisiciones (en adelante, respectivamente, documentación de adquisiciones, adquisiciones).

2. Al describir en la documentación de contratación, los clientes, además de la información prevista en la cláusula 6 de la parte 1 del artículo 33 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratación en el campo de la contratación de bienes, obras, servicios para cumplir con el estado y necesidades municipales", indican:

a) la forma farmacéutica del fármaco, incluidas las formas farmacéuticas equivalentes, con excepción de la descripción de la forma farmacéutica y sus características contenida en las instrucciones de uso de los medicamentos e indicando un fabricante específico (por ejemplo, una descripción del color , forma, sabor, etc.);

b) la dosificación del medicamento con la posibilidad de suministrar el medicamento en una dosificación múltiple y cantidad doble(por ejemplo, al comprar una tableta con una dosis de 300 mg, la documentación de adquisición indica: 1 tableta con una dosis de 300 mg o 2 tabletas con una dosis de 150 mg), así como con la posibilidad de suministrar un medicamento en múltiples dosis equivalentes que permitan lograr el mismo efecto terapéutico (por ejemplo, viales de 2,5 mg, o 3 mg, o 3,5 mg), se permite indicar la concentración del medicamento sin establecer la multiplicidad;

c) la vida útil restante del medicamento, expresada en unidades de tiempo (por ejemplo, "no antes del 1 de enero de 2020" o "al menos 12 meses a partir de la fecha de celebración del contrato", etc.).

3. Cuando se describa el objeto de la contratación en relación con:

a) medicamentos en cartuchos o en otras formas de liberación compatibles con dispositivos de inyección (aplicación) - debe indicarse la posibilidad de suministrar medicamentos con la condición de transferencia gratuita de dispositivos de inyección compatibles a los pacientes en una cantidad correspondiente al número de pacientes para los que se compran los medicamentos en cartuchos;

b) medicamentos multicomponentes (combinados), que son una combinación de 2 o más principios activos (es decir, principios activos que forman parte de un medicamento combinado y registrados como parte de medicamentos de un solo componente), así como conjuntos de medicamentos registrados productos: debe haber una indicación de la posibilidad de suministro de medicamentos de un solo componente;

c) medicamentos para los que se puedan establecer requisitos para su cumplimentación con un disolvente o un dispositivo para diluir y administrar el medicamento, así como para la disponibilidad de herramientas para abrir ampollas (por ejemplo, limas), - debe existir una indicación de la posibilidad de suministrar componentes individuales de tal configuración;

d) medicamentos en formas de liberación: "jeringa", "jeringa precargada", "jeringa-tubo", "jeringa-pluma" - debe haber una indicación de la posibilidad de suministrar el medicamento con un dispositivo de inyección correspondiente a el volumen del medicamento administrado (por ejemplo, cuando para la compra de una jeringa precargada de 1 ml, se puede indicar el formulario de liberación "ampolla" con el suministro de una jeringa de 1 ml o 2 ml), a menos que la documentación de adquisición contiene una justificación de la necesidad de comprar un medicamento de una forma de liberación específica.

4. Al describir el objeto de la contratación, se permite para los medicamentos:

a) necesario para la cita al paciente en presencia de indicaciones médicas (intolerancia individual, según indicaciones vitales) por decisión comisión médica organizacion medica, - indicación de nombres comerciales;

b) previsto para uso parenteral - una indicación de la vía de administración del medicamento (para inyecciones o infusiones);

c) destinado exclusivamente para uso en la práctica pediátrica: una indicación de la edad del niño (desde 0, desde 3 meses, desde 12 meses, etc.).

5. Al describir el objeto de contratación, no se permite indicar:

a) dosis equivalentes del medicamento, previendo la necesidad de dividir la forma farmacéutica sólida del medicamento;

b) la dosis del medicamento en ciertas unidades de medida, si es posible convertir a otras unidades de medida (por ejemplo, "UI" (unidad internacional) se puede convertir a "mg" o "porcentaje" se puede convertir a "mg/ml", etc.);

c) el volumen de llenado del envase primario del medicamento, con excepción de las soluciones para infusión;

d) la presencia (ausencia) de excipientes;

e) fijo régimen de temperatura almacenamiento de medicamentos en presencia de una alternativa;

f) forma de liberación (empaque primario) del medicamento (por ejemplo, "ampolla", "vial", "blister", etc.);

g) el número de unidades (comprimidos, ampollas) del medicamento en el embalaje secundario, así como el requisito para la entrega cantidad específica envases en lugar de la cantidad del medicamento;

h) requisitos para indicadores de farmacodinámica y (o) farmacocinética del medicamento (por ejemplo, tiempo de inicio de la acción, manifestación del efecto máximo, duración de la acción del medicamento);

i) Otras características de los medicamentos contenidas en las instrucciones de uso de los medicamentos, indicando un fabricante específico del medicamento.

6. La descripción del objeto de contratación podrá contener una indicación de las características previstas en este documento, si no existe otra forma de describir los medicamentos. En este caso, la documentación de la contratación deberá contener:

a) justificación de la necesidad de indicar tales características;

b) indicadores que permitan determinar la conformidad de los medicamentos comprados con las características establecidas y los valores máximos y (o) mínimos de dichos indicadores, así como los valores de los indicadores que no se pueden modificar.

Descripción general del documento

Se establecen las características de la descripción de los medicamentos de uso médico, que son objeto de contratación para atender necesidades estatales y municipales.

La documentación de adquisición debe indicar la forma de dosificación del medicamento, su dosificación y la vida útil restante. También se permite indicar la vía de administración del medicamento y, para medicamentos para uso en la práctica pediátrica, la edad del niño.

Se introduce una prohibición sobre la indicación de determinadas unidades de dosificación con posibilidad de conversión a otras unidades de medida, el volumen de llenado del envase primario y la forma de liberación, los excipientes, un régimen de almacenamiento a temperatura fija en presencia de una alternativa, el número de unidades del fármaco en el envase secundario, la obligación de suministrar un número determinado de envases en lugar de la cantidad del fármaco, así como otras características del fármaco contenidas en las instrucciones de uso, indicando un fabricante específico.

Al mismo tiempo, se permite el uso de tales características al describir el objeto de adquisición, cuando no haya otra forma de describir el medicamento. En este caso, la documentación de adquisición deberá contener una justificación de la necesidad de indicar tales características e indicadores que permitan determinar la conformidad de los medicamentos adquiridos con las características establecidas.

Obtención medicamentos en la Ley N° 44-FZ se da Atención especial y esto no es casualidad. El volumen de tales compras es de alrededor del 6% de todas las compras realizadas bajo la Ley No. 44-FZ, lo que en términos monetarios equivale a unos 350 mil millones de rublos al año (según el UIS). Por lo tanto, la Ley N° 44-FZ y adoptada de conformidad con ella regulaciones establecer caracteristicas individuales hacer tales compras.

Uno de estos documentos es el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de noviembre de 2017 No. 1380 (en adelante, el Decreto No. 1380), que determina las características de la descripción de los medicamentos cuando el cliente forma los términos de referencia. (en lo sucesivo, Descripción Características). El Decreto es de aplicación obligatoria para todos los clientes a partir del 1 de enero de 2018.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de noviembre de 2017 No. 1380
“De las características de la descripción de los medicamentos de uso médico, que son objeto de contratación para atender necesidades estatales y municipales”

Decreto N° 1380 aplica a solicitudes de cotizaciones

A pesar de que, de acuerdo con el numeral 1 de la Descripción de Características aprobada por Decreto N° 1380, dichas características se aplican al compilar documentación de adquisiciones (nota: la cual, como es de su conocimiento, no se desarrolla al momento de realizar una solicitud de cotización), el Decreto N° 1380 aplica plenamente a esta modalidad de contratación.

Esto se explica por el párrafo 2 de la parte 2 del art. 82.2 de la Ley N° 44-FZ, que remite al inciso 2 del art. 42 de la Ley N° 44-FZ, según el cual la descripción del objeto de contratación en el aviso de contratación se realiza teniendo en cuenta todos los requisitos del art. 33 de la Ley N° 44-FZ (incluidos los requisitos del Apartado 5 del Artículo 33 de la Ley N° 44-FZ).

La indicación de marcas comerciales de medicamentos comprados es inaceptable incluso con las palabras “o equivalente”

El Decreto N° 1380 permite la indicación de nombres comerciales (marcas registradas) de medicamentos adquiridos sólo en un caso: cuando se adquieran medicamentos necesarios para prescribir a un paciente en presencia de indicaciones médicas (intolerancia individual, por razones de salud) por decisión del comisión médica de una organización médica (cláusulas " a "p. 4 Características de la descripción).

Disposiciones similares están contenidas en el párrafo 6 de la parte 1 del art. 33 de la Ley N° 44-FZ, que le permite indicar los nombres comerciales de los medicamentos comprados en el caso descrito anteriormente durante la contratación por el método de solicitud de propuestas. Por lo tanto, en vista de la presencia de estas características, la indicación de marcas comerciales de medicamentos comprados con las palabras “o equivalente” es inaceptable durante cualquiera de los procedimientos competitivos.

Al compilar la parte descriptiva, el cliente no indica en absoluto la marca o la indica, pero sin el prefijo “o equivalente”.

Debido a la falta de una lista de medicamentos que se pueden comprar por sus nombres comerciales, el segundo caso es posible solo cuando compre medicamentos recetados al paciente por una comisión médica, y solo con la condición de que el cliente realice una solicitud de propuestas (de conformidad con el inciso 7, inciso 2, artículo 83, inciso 3, inciso 2, artículo 83.1 de la Ley N° 44-FZ).

Si el cliente ha elegido subasta electronica, compra de medicamentos indicando marca comercial No se permite.

El lector puede tener una pregunta: ¿qué hacer con los casos en que los pacientes necesitan medicamentos de un fabricante específico en ausencia de una decisión de la comisión médica? En primer lugar, estamos hablando de insulinas y ciclosporinas. La solución a este problema dependerá principalmente de la autoridad sanitaria de la entidad constitutiva de la Federación Rusa (cliente) que realiza la compra, y de su coraje para ir en contra de la posición. autoridad antimonopolio.

El hecho es que FAS Rusia cambió fundamentalmente su posición con respecto a la compra de insulinas y ciclosporinas después de la entrada en vigor de la Ley No. 44-FZ. Anteriormente, durante el período de la Ley No. 94-FZ, la FAS Rusia consideró posible comprar insulinas y ciclosporinas en subasta por nombres comerciales en ausencia de una lista de medicamentos que se pueden comprar por nombres comerciales.

Las normas de la Ley N° 44-FZ no han sufrido cambios en comparación con las normas de la Ley N° 94-FZ, solo ha cambiado la posición del órgano antimonopolio sobre este tema. El Servicio Federal Antimonopolio de Rusia no detiene ni siquiera el fallo del Tribunal Supremo de la Federación Rusa No. 310-KG17-1939 del 23 de junio de 2017 en el caso No. A08-1545/2016, en el que el tribunal expresó su opinión sobre la admisibilidad de comprar insulinas con un nombre comercial específico mediante la celebración de una subasta:

"La ausencia de una lista de medicamentos aprobados de conformidad con la cláusula 6, parte 1, artículo 33 de la Ley No. 44-FZ no excluye la posibilidad de que el cliente adquiera medicamentos por nombre comercial, siempre que exista una justificación para la necesidad de tal se proporciona una compra, teniendo en cuenta la necesidad objetiva de los medicamentos correspondientes, y no puede constituir un obstáculo insuperable para la resolución cuestiones contenciosas si la realización de los derechos derivados de la Constitución de la Federación Rusa y intereses legítimos ciudadanos (decreto Corte Constitucional de la Federación Rusa de fecha 02.02.1999 No. 3-P)”.

Sin embargo, después del lanzamiento dicha definición, FAS Rusia Una vez más confirmó su adhesión a la posición sobre la inadmisibilidad de la indicación de marcas en este caso:

del fallo del Tribunal Supremo de la Federación Rusa del 23 de junio de 2017 No. 310-KG17-1939

“...FAS Rusia explica que la compra de insulina por nombres comerciales actualmente solo es posible cuando se compran medicamentos que son necesarios para prescribir a un paciente en presencia de indicaciones médicas (intolerancia individual, por razones de salud) por decisión de la comisión médica , que se registra en documentos medicos paciente y el diario de la comisión médica mediante la realización de una solicitud de propuestas (solicitud de propuestas en formulario electronico) o compras de único proveedor. Por tanto, la indicación en la documentación del nombre comercial del medicamento (incluida la insulina) cuando el cliente opta por una modalidad de compra distinta puede tener indicios de infracción de la Ley de régimen contractual y de la Ley de Defensa de la Competencia.”

de la carta de FAS Rusia del 6 de noviembre de 2018 No. АЦ/89653/18

Por lo tanto, si el cliente está dispuesto a defender los intereses de los pacientes en los tribunales ante una decisión negativa de la autoridad antimonopolio, la compra de insulina se realizará bajo el nombre comercial. Sin embargo, desafortunadamente, la mayoría de los clientes no están dispuestos a ir en contra de la posición de la FAS y comprar insulinas y ciclosporinas sin especificar el nombre comercial. Es imposible proporcionar a todos los pacientes la insulina o la ciclosporina necesarias según la decisión de la comisión médica, porque. en este caso, la Ley No. 44-FZ prescribe una solicitud de propuestas para cada paciente individualmente. Esta es una de las razones por las que en la mayoría de los sujetos de la Federación Rusa hay un problema en la provisión de tales medicamentos a los pacientes.

Determinación de la unidad de medida del medicamento adquirido

La determinación de la unidad de medida del medicamento adquirido es fundamental en la planificación, adquisición y contratación. Al formar el contrato NMCC, la unidad de medida no es tan importante y puede no coincidir con la unidad de medida indicada en el cronograma de adquisiciones y en la documentación de adquisiciones.

Por ejemplo, en el caso de que la unidad de medida indicada en el programa (por ejemplo, "mg") a un precio sea inferior a un kopeck. En este caso, para justificar el NMTsk, el cliente debe elegir cualquier otra unidad de medida que le resulte conveniente.

El Decreto N° 1380 no contiene reglas por las cuales el cliente deba determinar la unidad de medida del medicamento adquirido. Sin embargo, dichas normas están establecidas por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 8 de febrero de 2017 No. 145, que determina las reglas para aplicar el catálogo de bienes, obras, servicios (en adelante, KTR). Recuerde que si el medicamento comprado está incluido en el KTR, la unidad de medida y las características de dicho medicamento deben ser especificadas por el cliente en estricta conformidad con las KTR.

Para nuestros lectores, hemos preparado un artículo especial sobre la aplicación de KTR: "". Le recomendamos encarecidamente que se familiarice con él después de leer este material.

La principal dificultad surge en la determinación de la unidad de medida en la celebración y ejecución del contrato. De acuerdo con la Ley No. 44-FZ, el contrato debe ser concluido por el cliente en los términos especificados en los documentos de contratación y contenidos en la propuesta del participante. Teniendo en cuenta el hecho de que el participante regla general, no puede exigir la indicación de información sobre el embalaje como parte de la solicitud, respectivamente, el contrato se celebra sobre la base de la unidad de medida especificada en términos de referencia(por ejemplo, "mg").

Sin embargo, los proveedores no suministran medicamentos en miligramos. Forman cartas de porte en paquetes.

Para excluir contradicciones entre los documentos de envío y el contrato, incluidos los términos del contrato reflejados en el registro de contratos, se recomienda al cliente especificar dos unidades de medida en el contrato a la vez: "mg" - como en los términos de referencia; "embalaje" - como estará en las notas de entrega (en términos de "ml" para paquetes).

Problemas para determinar la forma de dosificación del medicamento comprado.

Según Decreto N° 1380 el cliente, al describir el medicamento adquirido, debe indicar su forma de dosificación, incluyendo formas de dosificación equivalentes , con excepción de la descripción de la forma de dosificación y sus características contenida en las instrucciones de uso de los medicamentos e indicando un fabricante específico (por ejemplo, una descripción de color, forma, sabor, etc.) (cláusula "a" , cláusula 2 de las Características de la descripción). Como puede verse en el requisito anterior, las formas de dosificación equivalentes deben enumerarse directamente en los términos de referencia, pero ¿cómo se puede hacer esto?

problema 1 Contabilización de los requisitos de KTR

Como se señaló anteriormente, al describir el medicamento adquirido, el cliente debe guiarse por el KTR. Deberá justificarse la indicación de cualquier característica adicional no contenida en el KTR, incluida la indicación de formas farmacéuticas equivalentes.

Puede justificar la indicación de formas farmacéuticas equivalentes simplemente refiriéndose al Decreto N° 1380: “la indicación de formas farmacéuticas adicionales (equivalentes) obedece a las exigencias del Decreto N° 1380”.

Problema 2 Definición de formas farmacéuticas equivalentes

¿Qué formas de dosificación son equivalentes? Esta pregunta surge para cualquier cliente que forma los términos de referencia. La Ley Federal del 12 de abril de 2010 No. 61-FZ "Sobre la Circulación de Medicamentos" da la siguiente definición de formas de dosificación equivalentes:

“Se entiende por formas farmacéuticas equivalentes, las diferentes formas farmacéuticas que tienen la misma vía de administración y método de administración, tienen características farmacocinéticas y efectos farmacológicos comparables, y además aseguran el logro del efecto clínico deseado. Las diferencias en las formas farmacéuticas no son un obstáculo para su intercambiabilidad, si durante el estudio de la bioequivalencia del medicamento o si es imposible realizar este estudio, el estudio de la equivalencia terapéutica del medicamento prueba la ausencia de diferencias clínicamente significativas. en la farmacocinética y (o) seguridad y eficacia del medicamento para uso médico "

del párrafo 2 de la parte 1 del artículo 27.1 de la Ley Federal de 12.04.2010 No. 61-FZ
"Sobre la circulación de medicamentos"

Sin embargo, FAS Rusia se adhiere a una interpretación más estrecha, considerando que todas las formas de dosificación correspondientes a una vía de administración son intercambiables ( regla general). Al mismo tiempo, los medicamentos de la misma DCI deben tener el mismo efecto terapéutico, independientemente de la presencia de diferencias en las instrucciones de uso médico.

“Se entiende por forma farmacéutica el estado del medicamento, correspondiente a las formas de su administración y uso. Las diferentes formas de dosificación (por su nombre) correspondientes al mismo método de administración y uso deben denominarse formas de dosificación intercambiables.

de la carta de la FAS Rusia del 12 de agosto de 2016 No. RP/55517/16

Al realizar compras, se recomienda al cliente que se adhiera a la posición de FAS Rusia con miras a práctica de aplicación de la ley, que se suma en un tema particular de la Federación Rusa. Al determinar la equivalencia de las formas de dosificación, también es importante tener en cuenta los requisitos para prescribir y usar medicamentos. Por ejemplo, cuando se brinda atención hospitalaria, los medicamentos incluidos en la Lista de Medicamentos Vitales y Esenciales están sujetos a prescripción y uso. En consecuencia, al adquirir medicamentos para la atención hospitalaria, los medicamentos incluidos en la lista de Medicamentos Vitales y Esenciales y no incluidos en dicha lista no pueden ser reconocidos como equivalentes, incluso si sus formas de dosificación corresponden a la misma vía de administración.

Determinación de la dosis del medicamento adquirido.

La Resolución N° 1380 no contiene restricción alguna para que el cliente fije la dosificación del medicamento adquirido, pero al mismo tiempo establece la obligación del cliente de prever en los términos de referencia la posibilidad de que el proveedor suministre el medicamento necesario. producto en una dosis equivalente. Dependiendo de la forma de dosificación, el Decreto N° 1380 define las siguientes reglas.

Para formas de dosificación sólidas (por ejemplo, "tabletas") – es necesario prever la posibilidad de suministrar una forma de dosificación equivalente (ver arriba) en dosificación múltiple y en doble cantidad (por ejemplo, al comprar una tableta con una dosis de 300 mg, la documentación de compra indica: 1 tableta con una dosis de 300 mg o 2 tabletas con una dosis de 150 mg (en presencia de tales tabletas en el GRLS) ).

Tres tabletas de 100 mg no equivaldrán a una tableta de 300 mg, porque no se cumple la condición de dualidad.

Las tabletas de 200 mg y 100 mg tampoco son equivalentes a la tableta de 300 mg, porque la condición de multiplicidad no se cumple. Si el GRLS contiene solo tabletas con una dosis de 200 mg y 500 mg, el cliente tiene derecho a indicar la necesidad de suministrar un medicamento de 500 mg, incluso si solo un fabricante produce el medicamento con esta característica. En otras palabras, determinar el valor máximo de dosificación es derecho del cliente.

Para formas de dosificación blandas y líquidas (por ejemplo, "solución para administración subcutánea") – El Decreto N° 1380 otorga al cliente el derecho de determinar de manera independiente la posibilidad de suministrar dichos medicamentos en dosis múltiples y en cantidades dobles. Si el cliente proporciona tal posibilidad en los términos de referencia, entonces el proveedor tiene derecho a ofrecer múltiples dosis, de lo contrario, no.

Para formas farmacéuticas sólidas, blandas y líquidas – El Decreto N° 1380 prevé la posibilidad general de suministrar un medicamento en una posología requerida no múltiple, siempre que tal posibilidad:

  • proporcionada por el cliente;
  • esta dosis le permite lograr un efecto terapéutico similar.

Fecha de caducidad de los medicamentos comprados

La vida útil restante de los medicamentos comprados no puede establecerse como un porcentaje, sino que debe expresarse en unidades de medida. Por ejemplo, "no antes del 1 de enero de 2020" o "al menos 12 meses a partir de la fecha de celebración del contrato" etc. Cabe señalar que incluso al establecer la fecha de vencimiento en unidades de medida, el cliente no debe hacer que dicho período sea demasiado largo. Sí, tal período puede ir más allá del alcance del contrato, pero ciertamente no debe exceder un año, porque. el cliente tiene todas las posibilidades de comprar el medicamento correspondiente el próximo año.

Adicionalmente, se debe prestar atención al caso de la compra por parte del cliente de drogas de origen extranjero. A veces, la vida útil restante la establece el cliente de tal manera que ninguno de los proveedores tiene los medicamentos correspondientes en stock. Esto se debe al hecho de que al importar medicamentos a la Federación Rusa, ya tienen una vida útil residual menor que la establecida por el cliente en los términos de referencia. En este caso, el cliente no tiene derecho a aceptar que no cumpla con los términos del contrato. En consecuencia, sufrirán dos partes: el cliente, que se quedará sin medicamentos, y el proveedor, que no podrá suministrar los bienes necesarios.

Requisitos adicionales para la descripción de medicamentos establecidos por el Decreto N° 1380

El Decreto N° 1380 establece Requerimientos adicionales a la descripción de los medicamentos individuales:

a) al comprar medicamentos en cartuchos o en otras formas de liberación compatibles con dispositivos de inyección (uso), debe haber una indicación de la posibilidad de suministrar medicamentos con la condición gratuito proporcionar dispositivos de inserción compatibles a los pacientes en una cantidad correspondiente al número de pacientes para los que se compran medicamentos en cartuchos;

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

ACERCA DE LAS CARACTERÍSTICAS

De conformidad con la parte 5 del Artículo 33 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales", el Gobierno de la Federación Rusa decide:

1. Aprobar las características adjuntas de la descripción de los medicamentos de uso médico, que son objeto de contratación para atender necesidades estatales y municipales.

2. El Ministerio de Salud de la Federación Rusa, el Ministerio de Finanzas de la Federación Rusa y el Servicio Federal Antimonopolio, si es necesario, brindan aclaraciones sobre la aplicación del documento aprobado por esta resolución.

primer ministro

Federación Rusa

D. MEDVEDEV

Aprobado

Decreto del Gobierno

Federación Rusa

PECULIARIDADES

DESCRIPCIONES DE MEDICAMENTOS PARA MÉDICOS

SOLICITUDES SUJETAS A CONTRATACIÓN

NECESIDADES ESTATALES Y MUNICIPALES

1. Este documento establece las características de la descripción de medicamentos para uso médico, que son objeto de adquisición para necesidades estatales y municipales (en adelante, medicamentos), en la documentación para la adquisición de medicamentos en el curso de tales adquisiciones (en adelante, respectivamente, documentación de adquisiciones, adquisiciones).

2. Al describir en la documentación de contratación, los clientes, además de la información prevista en la cláusula 6 de la parte 1 del artículo 33 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratación en el campo de la contratación de bienes, obras, servicios para cumplir con el estado y necesidades municipales", indican:

a) la forma farmacéutica del fármaco, incluidas las formas farmacéuticas equivalentes, con excepción de la descripción de la forma farmacéutica y sus características contenida en las instrucciones de uso de los medicamentos e indicando un fabricante específico (por ejemplo, una descripción del color , forma, sabor, etc.);

b) la dosificación del medicamento con la posibilidad de suministrar el medicamento en una dosis múltiple y una cantidad doble (por ejemplo, al comprar una tableta con una dosis de 300 mg, la documentación de adquisición indica: 1 tableta con una dosis de 300 mg o 2 comprimidos con una dosis de 150 mg), así como con la posibilidad de suministrar el medicamento en dosis equivalentes no múltiples, que permitan conseguir el mismo efecto terapéutico (por ejemplo, viales de 2,5 mg, o de 3 mg , o 3,5 mg), se permite indicar la concentración del medicamento sin fijar la multiplicidad;

c) la vida útil restante del medicamento, expresada en unidades de tiempo (por ejemplo, "no antes del 1 de enero de 2020" o "al menos 12 meses a partir de la fecha de celebración del contrato", etc.).

3. Cuando se describa el objeto de la contratación en relación con:

a) medicamentos en cartuchos o en otras formas de liberación compatibles con dispositivos de inyección (aplicación) - debe indicarse la posibilidad de suministrar medicamentos con la condición de transferencia gratuita de dispositivos de inyección compatibles a los pacientes en una cantidad correspondiente al número de pacientes para los que se compran los medicamentos en cartuchos;

b) medicamentos multicomponentes (combinados), que son una combinación de 2 o más principios activos (es decir, principios activos que forman parte de un medicamento combinado y registrados como parte de medicamentos de un solo componente), así como conjuntos de medicamentos registrados productos: debe haber una indicación de la posibilidad de suministro de medicamentos de un solo componente;

c) medicamentos para los que se puedan establecer requisitos para su cumplimentación con un disolvente o un dispositivo para diluir y administrar el medicamento, así como para la disponibilidad de herramientas para abrir ampollas (por ejemplo, limas), - debe existir una indicación de la posibilidad de suministrar componentes individuales de tal configuración;

d) medicamentos en formas de liberación: "jeringa", "jeringa precargada", "jeringa-tubo", "jeringa-pluma" - debe haber una indicación de la posibilidad de suministrar el medicamento con un dispositivo de inyección correspondiente a el volumen del medicamento administrado (por ejemplo, cuando para la compra de una jeringa precargada de 1 ml, se puede indicar el formulario de liberación "ampolla" con el suministro de una jeringa de 1 ml o 2 ml), a menos que la documentación de adquisición contiene una justificación de la necesidad de comprar un medicamento de una forma de liberación específica.

4. Al describir el objeto de la contratación, se permite para los medicamentos:

a) necesario para citar al paciente en presencia de indicaciones médicas (intolerancia individual, según indicaciones vitales) por decisión de la comisión médica de la organización médica, - una indicación de los nombres comerciales;

b) previsto para uso parenteral - una indicación de la vía de administración del medicamento (para inyecciones o infusiones);

c) destinado exclusivamente para uso en la práctica pediátrica: una indicación de la edad del niño (desde 0, desde 3 meses, desde 12 meses, etc.).

5. Al describir el objeto de contratación, no se permite indicar:

a) dosis equivalentes del medicamento, previendo la necesidad de dividir la forma farmacéutica sólida del medicamento;

b) la dosis del medicamento en ciertas unidades de medida, si es posible convertir a otras unidades de medida (por ejemplo, "UI" (unidad internacional) se puede convertir a "mg" o "porcentaje" se puede convertir a "mg/ml", etc.);

c) el volumen de llenado del envase primario del medicamento, con excepción de las soluciones para infusión;

d) la presencia (ausencia) de excipientes;

e) un régimen de temperatura fija para el almacenamiento de medicamentos en presencia de una alternativa;

f) forma de liberación (empaque primario) del medicamento (por ejemplo, "ampolla", "vial", "blister", etc.);

g) el número de unidades (comprimidos, ampollas) del medicamento en el envase secundario, así como la obligación de suministrar un número determinado de envases en lugar de la cantidad del medicamento;

h) requisitos para indicadores de farmacodinámica y (o) farmacocinética del medicamento (por ejemplo, tiempo de inicio de la acción, manifestación del efecto máximo, duración de la acción del medicamento);

i) Otras características de los medicamentos contenidas en las instrucciones de uso de los medicamentos, indicando un fabricante específico del medicamento.

6. La descripción del objeto de contratación podrá contener una indicación de las características previstas en los incisos "c" - "y" del apartado 5 de este documento, si no existe otra forma de describir los medicamentos. En este caso, la documentación de la contratación deberá contener:

a) justificación de la necesidad de indicar tales características;

b) indicadores que permitan determinar la conformidad de los medicamentos comprados con las características establecidas y los valores máximos y (o) mínimos de dichos indicadores, así como los valores de los indicadores que no se pueden modificar.

El documento tiene por objeto el cumplimiento de la norma establecida en el apartado 5 del art. 33 No. 44-FZ, donde tales acciones se asignan al Gobierno de la Federación Rusa.

El Decreto 1380 del 15 de noviembre de 2017 contiene características de la descripción de medicamentos en documentación de la licitación adquirida en virtud de un acuerdo del gobierno.

El documento, además del artículo anterior, afecta el párrafo 6 de la parte 1 del art. 33 N° 44-FZ, que se refiere a las reglas para indicar nombres de medicamentos: nombres comunes internacionales o específicos marcas registradas bajo ciertas condiciones.

El Decreto 15 de noviembre de 2017 1380 consta de dos partes. En el primero afirmar características. También se instruye a brindar aclaraciones sobre tales temas a los Ministerios de Salud y de Hacienda, al Servicio Antimonopolio Federal. También se indica la fecha de inicio. acto normativo(vigente a partir del 01.01.2018.).

La segunda parte contiene características de la descripción de medicamentos en el ámbito de la contratación pública. Entonces, en los términos de referencia es necesario especificar:

  1. forma medicinal.
  2. Dosis.
  3. Vida útil restante.

Para los puntos primero y segundo, además, es necesario prescribir parámetros de equivalencia.

El Decreto Gubernativo 1380 del 15/11/17 establece casos en los que se permite indicar un fabricante específico (por razones médicas), el método de administración del medicamento (inyección o infusión), así como la edad del niño para medicamentos pediátricos.

Le sigue el punto de características N° 5, que contiene prohibiciones de indicar alguna información (dosis equivalentes que deben dividirse, unidades de medida generalmente aceptadas, volumen de llenado del envase, etc.).

En el último párrafo, se permite hacer referencia a un fabricante específico al justificar tal paso y establecer un rango de características (máximas, mínimas y sin cambios).

que tareas hace

El reglamento ayudará a los clientes a redactar la descripción correcta de los productos médicos al realizar sus compras. Y los proveedores pueden verificar el documento antes de presentar una queja ante la FAS si sospechan que el comprador podría ser deshonesto.

El documento exige especificar parámetros de equivalencia en la mayoría de los casos o justificar la imposibilidad de especificarlos; está prohibido tomar información de las instrucciones de los medicamentos, lo que puede conducir a una indicación de un fabricante específico. Esto lleva a la conclusión de que el documento es anticorrupción por naturaleza y no permite que los clientes reduzcan injustificadamente el círculo de licitadores en esta área.