Normas de seguridad contra incendios para lugares de culto. Proyecto JV Edificios de culto

NORMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

Edificios religiosos
Requisitos contra incendios

Lugares de adoración. requisitos contra incendios

Fecha de introducción 1996-07-01

DESARROLLADO, presentado y preparado para su aprobación por el departamento normativo y técnico de la Dirección General del Estado servicio de Bomberos(GUGPS) del Ministerio del Interior de Rusia y una sucursal (San Petersburgo) del Instituto de Investigación de Defensa contra Incendios de toda Rusia (VNIIPO) del Ministerio del Interior de Rusia.

APROBADO por el Inspector Jefe del Estado Federación Rusa para la supervisión de incendios.

ACORDADO con el Ministerio de Construcción de Rusia (carta del 29.03.1995 N 13/132) y el Ministerio de Cultura de Rusia (carta del 06.05.1996 N 495-41-14).

INTRODUCIDO EN ACCIÓN por orden de la Dirección Principal del Servicio Estatal de Bomberos del Ministerio del Interior de Rusia con fecha 18 de junio de 1996 N 32.

Introducido por primera vez

1. Disposiciones generales

1.1. Estas normas se aplican al diseño, reconstrucción, restauración, revisión y operación lugares de adoración.

Al diseñar edificios de edificios religiosos, que incluyen locales industriales, residenciales y públicos, se deben tener en cuenta los requisitos de las normas y reglas pertinentes aprobadas de la manera prescrita.

1.2. Al reconstruir, restaurar y reformar un edificio religioso que es un monumento histórico y cultural, es necesario tener en cuenta los requisitos de la legislación sobre protección y uso de monumentos históricos y culturales.

Los requerimientos de los órganos rectores del Cuerpo de Bomberos del Estado en relación con los lugares de culto - monumentos de la historia y la cultura y las medidas para compensar las desviaciones de los requisitos de las normas y reglas deben resolverse conjuntamente con cuerpos gubernamentales protección de los monumentos históricos y culturales.

1.3. En un edificio religioso, las instrucciones deben desarrollarse de acuerdo con PPB 01-93 . (se dan instrucciones ejemplares en el Apéndice 3) y se garantiza la seguridad de las personas en caso de incendio.

1.4. Responsabilidad por el Cumplimiento seguridad contra incendios en las etapas de diseño, reconstrucción, restauración, revisión y operación, se determina ley Federal"Sobre la seguridad contra incendios".

2. Requisitos para la colocación de edificios, planificación del espacio,
Decisiones constructivas.
Resistencia al fuego de estructuras, estructuras, requisitos.
a materiales, rutas de escape

2.1. En las ciudades y asentamientos de tipo urbano, los edificios religiosos deben diseñarse, por regla general, de I y II grados de resistencia al fuego.

El grado de resistencia al fuego de los lugares de culto en áreas rurales debe tomarse de acuerdo con SNiP 2.01.02-85*.

2.2. La distancia de un lugar de culto a los edificios y estructuras vecinas, según su grado de resistencia al fuego, no debe ser inferior a las indicadas en la Tabla. una.

tabla 1

El grado de resistencia al fuego de un edificio religioso

Distancia entre lugares de culto y edificios vecinos, m, independientemente de su altura con el grado de resistencia al fuego del edificio vecino

La distancia desde el lugar de culto a edificios y estructuras industriales, almacenes de líquidos inflamables, líquidos inflamables y gases inflamables, gasoductos y oleoductos, etc. deben tomarse de acuerdo con los requisitos de las normas y reglas pertinentes (refiriéndose a edificios públicos).

2.3. El acceso al edificio religioso debe estar previsto para camiones de bomberos: por un lado, con un ancho del edificio de hasta 18 m y en ambos lados, con un ancho de más de 18 m.

El acceso a un edificio religioso con un ancho de más de 100 m debe estar provisto desde todos los lados.

2.4. Los pisos de la parte alta del edificio religioso con un estilobato deben estar provistos de acceso para bomberos desde escaleras mecánicas y ascensores.

2.5. La altura de la abertura desde la puerta para la entrada de camiones de bomberos al territorio del edificio religioso debe ser de al menos 4,25 my el ancho, de al menos 3,5 m.

2.6. el numero mas grande Se deben tomar los pisos de un edificio religioso y la mayor capacidad de la sala de oración dependiendo del grado de resistencia al fuego de la estructura según Tabla. 2.

Tabla 2

2.7. La decoración de las paredes de la sala de oración (a excepción de las salas ubicadas en edificios de IV, V grados de resistencia al fuego) debe estar hecha de materiales de combustión lenta o no combustibles.

peligro de incendio los materiales utilizados en los lugares de culto se determinan de acuerdo con GOST 30244-94.

2.8. Las alfombras, alfombras y otros revestimientos para pisos colocados de forma permanente en la sala de oración deben fijarse de manera segura y estar hechos de materiales que cumplan con los requisitos de SNiP 2.08.02-89* (cambio 1). No se permite el uso de moquetas combustibles en las vías de evacuación de los lugares de culto.

2.9 Las vigas, el listón del techo, las estructuras de carga de la cúpula y el campanario, hechos de materiales combustibles, en un edificio religioso deben tratarse con retardantes de llama. La reanudación del tratamiento ignífugo debe llevarse a cabo teniendo en cuenta las acciones de las propiedades ignífugas de las composiciones, pero al menos una vez cada dos años.

2.10. El límite de resistencia al fuego de las estructuras portantes (columnas, vigas) de balcones y coros en salas de oración de edificios de I-III grados de resistencia al fuego debe ser de al menos 0,75 horas.

2.11. Una escalera externa de acero contra incendios del primer tipo para subir al techo de un edificio religioso debe fabricarse de acuerdo con SNiP 2.01.02-85*.

2.12. Parte de las rejas en las aberturas de las ventanas del edificio religioso deben tener bisagras y abrirse hacia afuera.

2.13. No está permitido colocar almacenes, talleres e industrias diversas relacionadas con el almacenamiento y uso de líquidos inflamables y combustibles, gases combustibles en edificios con salas de oración.

2.14. El sótano y los pisos del sótano deben estar provistos de salidas de emergencia separadas.

Al proporcionar las instalaciones ubicadas en el sótano y los pisos del sótano con salidas de emergencia (de acuerdo con los requisitos de las normas vigentes), la conexión funcional de las instalaciones con la sala de oración se puede permitir a través del vestíbulo de acuerdo con SNiP 2.01.02-85 *.

2.15. La salida de la sala del altar no se tiene en cuenta al calcular el número y el ancho de las salidas de evacuación.

2.16. Los sillones, sillas, bancos o enlaces de ellos en la sala de oración y en los balcones con una capacidad de más de 12 asientos deben estar provistos de dispositivos para sujetarlos al piso y en filas.

2.17. Se debe tomar la mayor distancia desde cualquier punto de la sala de oración (independientemente del volumen) hasta la salida de emergencia más cercana de acuerdo con la Tabla. 3. Cuando se combinen pasajes de evacuación fuera de la sala en un pasaje común, su ancho debe ser al menos el ancho total de los pasajes combinados.

Tabla 3

2.18. Las formas de evacuación de las salas de oración en edificios religiosos de I y II grados de resistencia al fuego deben garantizar la evacuación en el tiempo requerido, que se indica en la Tabla. 4.

Tabla 4

Tiempo de evacuación requerido, t(nbe), min

del volumen de la sala de la sala, mil metros cúbicos

del edificio en su conjunto

Oración

con un altar

2.19. El tiempo requerido para evacuar a las personas de la sala del altar no debe ser superior a 1,5 minutos.

2.20. El ancho de la salida de evacuación de la sala de oración debe determinarse por la cantidad de personas que evacuan a través de la salida de acuerdo con la Tabla. 5, pero no menos de 1,2 m en un salón con capacidad para más de 50 personas.

Tabla 5

2.21. En ausencia de tambores de luz en las ventanas del nivel superior del edificio religioso, la ventilación vertical debe organizarse mediante la instalación de cúpulas, persianas o grietas con control remoto y manual en los tambores, incluso para organizar la extracción de humo en caso de incendio.

3. Categoría de habitación

4. Equipo eléctrico

4.1. El equipamiento eléctrico de un edificio religioso debe realizarse de acuerdo con los requisitos del Reglamento de Instalaciones Eléctricas.

4.2. El edificio religioso deberá disponer de protección contra el rayo, realizada teniendo en cuenta la presencia de elementos metálicos (cruz, media luna, etc.) de la estructura de acuerdo con la instrucción RD 34.21.122-87.

4.3. En un edificio religioso diseñado para 200 o más personas, debe haber iluminación de evacuación.

5. Calefacción y ventilación

La calefacción y ventilación de las instalaciones de un edificio religioso debe realizarse de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.05-91*.

6. Equipo primario de extinción de incendios y
suministro de agua contra incendios

6.1. Las normas para dotar a los edificios religiosos de medios primarios de extinción de incendios se adoptan de acuerdo con la Tabla. 6.

Tabla 6

Para otros locales, la cantidad requerida de agentes extintores primarios se determina de acuerdo con PPB 01-93

6.2. El suministro interno de agua para extinción de incendios en un edificio religioso debe proporcionarse con un volumen de construcción de 7,5 mil metros cúbicos o más.

Para un edificio religioso, el consumo mínimo de agua para la extinción de incendios debe tomarse de la Tabla. 7.

Tabla 7

6.3. El consumo de agua para la extinción de incendios externa de un edificio religioso para calcular las líneas de conexión y distribución de la red de suministro de agua debe tomarse de la Tabla. ocho.

Tabla 8

6.4. En áreas rurales, en ausencia de suministro de agua, se debe proporcionar un depósito o tanque contra incendios para garantizar la extinción del incendio dentro de las 2 horas.

6.5. Para la extinción interna de las cúpulas del templo, construidas con materiales combustibles, es necesario instalar tuberías secas con rociadores de diluvio equipados con cabezales de conexión contra incendios para el suministro de agua de los vehículos.

7. Automáticos contra incendios

7.1. Las alarmas automáticas contra incendios deben instalarse en todos los locales con la salida obligatoria de una señal a una habitación con permanencia de personas las 24 horas o al departamento de bomberos más cercano. Al elegir detectores de humo, se debe considerar el uso de incienso y velas.

7.2. Para proteger la sala de oración, la sala del altar y otras salas rituales en lugar de automáticas alarma de incendios Se pueden utilizar instalaciones automáticas de extinción de incendios por agua.

7.3. Los sistemas automáticos de extinción de incendios y alarma contra incendios deben realizarse de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.09-84.

8. Requisitos generales de seguridad contra incendios
en lugares de culto durante el funcionamiento
(además de PPB 01-93

)

8.1. Los candelabros, lámparas y otros dispositivos con fuego abierto deben instalarse sobre bases no combustibles. Deben estar bien sujetos al piso para evitar que se caigan accidentalmente.

8.2. Al operar equipos de calefacción, se deben cumplir los requisitos de PPB 01-93

Estufa de calefacción en un edificio religioso debe verificarse anualmente (antes del inicio de la temporada de calefacción) para verificar que esté listo para funcionar con la ejecución de un acto.

8.3. Los hornos deben encenderse bajo supervisión y completarse antes del comienzo de un evento con una estadía masiva de personas en un edificio religioso.

8.4. El almacenamiento de líquidos inflamables (para lámparas, lámparas, etc.) debe realizarse en gabinetes metálicos. Se permite el almacenamiento de no más de 5 litros de líquidos inflamables (FL) en el interior.

8.5. Verter GZh en lámparas y lámparas debe realizarse desde un recipiente cerrado e irrompible en una bandeja para hornear hecha de material incombustible.

Verter GZh en lámparas y lámparas debe realizarse solo en ausencia de una llama abierta y encender calentadores eléctricos a una distancia de al menos 1 m de ellos.

8.6. El suministro de GZH en la sala de oración para llenar lámparas y lámparas debe almacenarse en recipientes de metal y no debe exceder el requerimiento diario.

8.7. Está prohibido realizar cualquier trabajo de fuego en un edificio religioso cuando se realizan ceremonias en presencia de feligreses.

8.8. Los edificios de los lugares de culto deben estar equipados con sistemas de advertencia de incendios.

Lista de literatura normativa

Ley federal "Sobre seguridad contra incendios".

SNiP 2.04.02-84* "Suministro de agua. Redes y estructuras externas".

SNiP 2.04.09-84* "Automatización contra incendios de edificios y estructuras".

SNiP 2.01.02-85* "Estándares de seguridad contra incendios".

SNiP 2.04.01-85* "Abastecimiento de agua interior y alcantarillado de edificios".

SNiP 2.07.01-89* "Planificación urbana. Planificación y desarrollo de asentamientos urbanos y rurales".

SNiP 2.08.02-89* "Edificios y estructuras públicas".

SNiP 11-89-90* "Planes generales para empresas industriales".

VSN 59-88 "Equipo eléctrico de edificios residenciales y públicos".

NPB 105-95 "Determinación de categorías de locales y edificios por riesgo de explosión e incendio".

PPB 01-93 "Reglas de seguridad contra incendios

En la Federación Rusa".

RD 34.21.122-87 "Instrucción para la protección contra el rayo de edificios y estructuras".

GOST 30244-94 "Materiales de construcción. Métodos de prueba de inflamabilidad".

PUE (Normas para instalaciones eléctricas).

Carta de Gosstroy de la URSS N 28-D de fecha 28/06/1988 "Sobre la aplicación de códigos y reglamentos de construcción en la reconstrucción, restauración, conservación, reparación y adaptación al uso de monumentos históricos y culturales".

Reglamento sobre la protección y uso de monumentos históricos y culturales "(Resolución del Consejo de Ministros de la URSS del 16 de septiembre de 1982 No. 865

Instrucciones sobre la recopilación, procedimiento de elaboración, coordinación y aprobación de la documentación científica y de diseño para la restauración de los monumentos inmuebles de la historia y la cultura.

proyecto conjunto
(borrador, primera edición)

MINISTERIO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA PARA LA DEFENSA CIVIL, EMERGENCIAS Y SOCORRO EN CASO DE DESASTRES

CONJUNTO DE NORMAS

EDIFICIOS CULTURALES.


Este proyecto de norma no es aplicable hasta que haya sido aprobado.

Prefacio

Se establecen los objetivos y principios de la estandarización en la Federación Rusa, y las reglas para la aplicación de conjuntos de reglas, por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa "Sobre el procedimiento para desarrollar y aprobar conjuntos de reglas" con fecha 19 de noviembre. 2008 N 858

Sobre el conjunto de reglas

1 DESARROLLADO POR Federal agencia del gobierno"Instituto de Investigación de Defensa contra Incendios de la "Insignia de Honor" de la Orden de toda Rusia" (FGU VNIIPO EMERCOM de Rusia)

2 PRESENTADO por el Comité Técnico de Normalización TC 274 "Seguridad contra incendios"

3 APROBADO E INTRODUCIDO POR Orden del Ministerio de la Federación Rusa para defensa Civil, Emergencias y Socorro en Desastres de N

4 PRESENTADO POR PRIMERA VEZ


La información sobre los cambios a este conjunto de reglas se publica en el índice de información publicado anualmente " Estándares Nacionales", y el texto de los cambios y modificaciones - en el índice de información publicada mensualmente "Normas Nacionales". En caso de revisión (reemplazo) o cancelación de este conjunto de reglas, el aviso correspondiente se publicará en el índice de información publicada mensualmente "Normas Nacionales". Normas ". La información, notificación y textos relevantes también se colocan en el sistema de información pública, en el sitio web oficial del desarrollador (FGU VNIIPO EMERCOM de Rusia) en Internet


© Standartinform, 2010


Este conjunto de reglas no puede ser total o parcialmente reproducido, duplicado y distribuido como publicación oficial en el territorio de la Federación Rusa sin el permiso del Ministerio de Situaciones de Emergencia de Rusia y FGU VNIIPO EMERCOM de Rusia

CONJUNTO DE NORMAS

EDIFICIOS CULTURALES.

REQUISITOS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

edificios de la iglesia. requisitos de seguridad contra incendios

Fecha de introducción -

1 área de uso

1.1 Este conjunto de reglas se desarrolló de conformidad con el Artículo 4 y el Artículo 5 de la Ley Federal de la Federación de Rusia del 22 de julio de 2008 N 123-FZ "Reglamento técnico sobre requisitos de seguridad contra incendios", es un documento normativo sobre seguridad contra incendios en el campo de la estandarización aplicación voluntaria, se aplica a la construcción, operación y reconstrucción de edificios religiosos y complejos de edificios religiosos de diversas denominaciones religiosas, incluidos los construidos en edificios con otros fines funcionales y establece las principales disposiciones y requisitos para las soluciones de planificación y diseño del espacio, así como para equipos de ingeniería de edificios religiosos.

1.2 Las Reglas no se aplican al diseño de edificios religiosos ubicados temporalmente en edificios desmontables y otros similares.

2 Referencias normativas

Este conjunto de reglas utiliza referencias a los siguientes documentos reglamentarios:

GOST 12.1.004-91 * Seguridad contra incendios. Requerimientos generales.

GOST 30244-94 Materiales de construcción. Métodos de prueba para la combustibilidad.

SP 1.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Vías de escape y salidas

SP 2.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Garantizar la resistencia al fuego de los objetos protegidos

SP 3.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Sistema de control de evacuación y alerta de incendios. requisitos de seguridad contra incendios

SP 4.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Restricciones a la propagación del fuego en las instalaciones protegidas. Requisitos para la planificación de espacios y soluciones de diseño.

SP 5.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Las instalaciones de alarma y extinción de incendios son automáticas. Normas y reglas de diseño.

SP 6.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Equipo eléctrico. requisitos de seguridad contra incendios

SP 7.13130.2009. Calefacción, ventilación y aire acondicionado. Requisitos contra incendios

SP 8.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Fuentes de abastecimiento externo de agua contra incendios. requisitos de seguridad contra incendios.

SP 10.13130.2009. Sistemas de protección contra incendios. Suministro interno de agua contra incendios. requisitos de seguridad contra incendios.

SP 12.13130.2009. Definición de categorías de locales, edificios e instalaciones exteriores por riesgo de explosión e incendio

SP 31-103-99 Edificios, estructuras y complejos de iglesias ortodoxas

SNiP 23-05-95 Iluminación natural y artificial

SNiP 35-01-2001 Accesibilidad de edificios y estructuras para personas con movilidad limitada

Nota: al usar este conjunto de reglas, es recomendable verificar el efecto de los estándares de referencia en el sistema de información pública, en el sitio web oficial de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología en Internet o de acuerdo con el índice de información publicado anualmente " Normas Nacionales”, la cual fue publicada a partir del 1 de enero del año en curso, y de acuerdo a los correspondientes índices de información publicados mensualmente publicados en el año en curso. Si se reemplaza (modifica) el estándar de referencia, al usar este estándar, debe guiarse por el estándar de reemplazo (modificado). Si la norma de referencia se cancela sin reemplazo, la disposición en la que se hace referencia a la misma se aplica en la medida en que esta referencia no se vea afectada.

3 Términos y definiciones

En este conjunto de reglas, se utilizan los siguientes términos con sus respectivas definiciones:

3.1 edificio religioso (templo): Un edificio, una estructura destinada a una reunión de oración de los creyentes y ceremonias religiosas.

3.2 complejo de edificios religiosos: un conjunto de edificios, estructuras y estructuras ubicadas en el territorio de un edificio religioso, o construidas en él, asociadas funcionalmente con un edificio religioso.

3.3 iglesia catedral: Edificio de culto destinado a la estancia simultánea de más de 2 mil personas.

3.4 iglesia parroquial: Edificio de culto destinado a la estancia simultánea de no más de 2 mil personas.

3.5 iglesia en casa: Una habitación (varias habitaciones) con fines litúrgicos, incorporada (añadida) a un edificio de otro propósito funcional, destinada a la estadía simultánea de no más de 50 personas. Los términos y definiciones específicos de varias denominaciones religiosas se dan en el Apéndice A.

4 Disposiciones generales

4.1 Este Código de Reglas fue desarrollado de conformidad con la Ley Federal del 27 de diciembre de 2002 N 184-FZ "Sobre Reglamento Técnico".

4.2 Este Código de Reglas aborda los problemas de protección contra incendios de los edificios religiosos, teniendo en cuenta las características estructurales de los edificios y las ceremonias religiosas de las principales denominaciones religiosas de Rusia: Ortodoxia, Islam, Judaísmo. El diseño del sistema de protección contra incendios para otros edificios religiosos también debe realizarse teniendo en cuenta los requisitos de este SP.

4.3 Al diseñar objetos de culto, se deben tener en cuenta los requisitos de otros documentos reglamentarios en el campo de la seguridad contra incendios en la parte relacionada con objetos de edificios religiosos.

4.4 Al diseñar edificios y estructuras religiosas, se deben proporcionar dispositivos y medidas para el acceso conveniente de las personas discapacitadas y su uso de las instalaciones de acuerdo con SNiP 2.08.02-89 * y SNiP 35-01-2001.

4.5 Al utilizar este Código de prácticas para edificios y estructuras religiosas que son monumentos históricos, se deben tener en cuenta los requisitos de la legislación sobre protección y uso de monumentos históricos y culturales.

4.6 Los edificios deben contar con soluciones estructurales, de planificación espacial y de ingeniería que proporcionen en caso de incendio:

la posibilidad de evacuar a las personas, independientemente de su edad y condición física, al área adyacente al edificio (en adelante, el exterior) ante la amenaza a su vida y salud por impacto factores peligrosos fuego; la posibilidad de salvar personas; la posibilidad de acceso para el personal de los cuerpos de bomberos y el suministro de equipos de extinción de incendios al fuego, así como la realización de medidas para salvar personas y activos materiales;

no propagación del fuego a edificios adyacentes, incluido el derrumbe de un edificio en llamas;

limitación de los daños materiales directos e indirectos, incluidos los contenidos del edificio y el propio edificio, con una relación económicamente justificada de la cuantía del daño y el coste de medidas de lucha contra incendios, protección contra incendios y su equipamiento técnico.

4.7 Durante el proceso de construcción, es necesario asegurar:

implementación prioritaria de las medidas de extinción de incendios previstas por el proyecto, desarrolladas de acuerdo con las normas aplicables y aprobadas en la forma prescrita;

cumplimiento de las normas de seguridad contra incendios previstas en los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios y protección contra incendios de la instalación en construcción e instalaciones auxiliares, trabajos de construcción e instalación a prueba de incendios;

disponibilidad y mantenimiento adecuado de los equipos de extinción de incendios;

la posibilidad de evacuación y salvamento seguro de personas, así como la protección de los bienes materiales en caso de incendio en una instalación en construcción y en una obra.

4.8 Durante la operación, es necesario: garantizar el mantenimiento del edificio y la operatividad de su equipo de protección contra incendios de acuerdo con los requisitos del diseño y la documentación técnica para ellos;

asegurar la implementación de las reglas de seguridad contra incendios aprobadas en la forma prescrita;

evitar cambios en el diseño, la planificación espacial y las soluciones de ingeniería sin un proyecto desarrollado de acuerdo con las normas aplicables y aprobado en la forma prescrita;

al realizar trabajos de reparación, no permita el uso de estructuras y materiales que no cumplan con los requisitos de las normas vigentes.

Si se obtiene un permiso de construcción con la condición de que se limite el número de personas en el edificio o en cualquier parte del mismo o la carga de fuego, se deben colocar avisos sobre estas restricciones en lugares visibles dentro del edificio, y la administración del edificio debe desarrollar Medidas organizativas especiales para la prevención de incendios y la evacuación de personas en caso de incendio.

5 Requisitos de seguridad contra incendios para la colocación de edificios y estructuras. Suministro de agua al aire libre

5.1 Los pisos de la parte alta del edificio religioso con un estilobato deben estar provistos de acceso para bomberos desde escaleras mecánicas y ascensores.

5.2 Se debe permitir el acceso de los bomberos desde escaleras y elevadores de automóviles a cualquier local con ventanas y al techo de los edificios (con la excepción de superestructuras - cúpulas, torres, minaretes, etc.) a lo largo de las vías de incendio, teniendo en cuenta las capacidades técnicas de equipo de salvamento importado.

5.3 La altura de la abertura de la puerta para la entrada de camiones de bomberos al territorio del templo (complejo del templo) debe ser de al menos 4,5 m, y el ancho, de al menos 3,5 m.

5.4 Las entradas de los camiones de bomberos deben estar dispuestas para las bocas de incendios y todas las entradas al edificio, así como a los sitios de instalación de las tuberías secundarias externas de la red interna de suministro de agua contra incendios para conectar las bombas contra incendios de los vehículos.

5.5 La distancia de los edificios religiosos a los edificios y estructuras vecinos, según su grado de resistencia al fuego, debe tomarse de acuerdo con la Tabla 11 del Apéndice de la Ley Federal de la Federación Rusa "Reglamentos técnicos sobre requisitos de seguridad contra incendios".

Nota: se recomienda ajustar las distancias de fuego () para edificios religiosos del grado V de resistencia al fuego teniendo en cuenta la altura de los edificios de madera de acuerdo con la fórmula

donde está la distancia de fuego requerida, m;

- la altura del edificio del templo, m;

- altura del edificio adyacente, m;

- distancia de fuego entre edificios de acuerdo con la Tabla 11 del Apéndice del Reglamento Técnico de Seguridad contra Incendios, m;

- la operación de elegir el mayor valor.

5.6 El suministro externo de agua contra incendios debe diseñarse de acuerdo con los requisitos de SP 8.13130.

5.7 El consumo de agua para la extinción de incendios en el exterior de un edificio religioso, independientemente del grado de resistencia al fuego de la estructura, debe tomarse al menos como se indica en la Tabla 1.


tabla 1

Volumen de construcción, miles de m

Consumo de agua, l/s

sobre 25


5.8 En ausencia de una cantidad suficiente de agua en el sistema externo de suministro de agua contra incendios, se permite para estos fines proporcionar un estanque o depósito contra incendios que proporcione extinción de incendios a un caudal estándar durante 3 horas.

6 Requisitos para soluciones de planificación y diseño de espacios

6.1 Requisitos generales

6.1.1 El número máximo de plantas de los edificios religiosos y la capacidad admisible de la sala de oración deberán tomarse en función de su grado de resistencia al fuego según la Tabla 2.


Tabla 2.

Grado de resistencia al fuego

Número máximo de pisos

Capacidad permitida de la sala,
Humano

no estandarizado

no estandarizado


6.1.2 El límite de resistencia al fuego de las estructuras portantes de balcones, logias, galerías en salas de oración de edificios de grados de resistencia al fuego I-III debe ser al menos R45.

6.1.3 No está permitido construir y adosar a los edificios religiosos de IV-V grados de resistencia al fuego locales destinados a otros fines, a excepción de los locales y estructuras necesarios para cumplir la función de aviso sobre el inicio de la oración (campanarios , campanarios, minaretes).

6.1.4 Los edificios religiosos no podrán tener más de 1 sótano o planta sótano.

6.1.5 En la planta sótano o semisótano podrán ubicarse los locales del objeto principal de la edificación. Se permite la colocación de locales para otros fines funcionales de acuerdo con el Apéndice B.

6.1.6 El sótano y los pisos del sótano deberían estar provistos de salidas de emergencia separadas.

Al proporcionar las instalaciones ubicadas en el sótano y los pisos del sótano con salidas de emergencia (de acuerdo con los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios), se puede permitir la comunicación funcional de estas instalaciones con las instalaciones del 1er piso (incluida la sala de oración). a través de una escalera tecnológica, teniendo en la entrada a nivel de sótano una cerradura de tambor con sobrepresión de aire en caso de incendio, o con dispositivo de sobrepresión de aire en caso de incendio en el hueco de la escalera. La escalera indicada no se tiene en cuenta al calcular los parámetros de las rutas de escape.

6.1.7 La altura mínima de piso a techo de los locales de las salas de oración debe ser de al menos 3 m.En los locales auxiliares y en el balcón para la colocación del coro, la altura del local se puede reducir a 2,5 m. .

En las iglesias domésticas, la altura de todas las partes de la iglesia puede ser la misma y corresponder a la altura del piso del edificio en el que se construye la iglesia doméstica.

6.1.8 Al diseñar el volumen de los edificios del templo, se recomienda tomar un lugar de capacidad:

parroquias de 4 a 6

iglesias catedrales de 6 a 8

Dependiendo de las decisiones de planificación del espacio, es posible aumentar o disminuir estos valores hasta en un 20%.

6.1.9 El diseño de espacios de luces múltiples y balcones para el alojamiento de los feligreses está permitido solo para salas de oración con un número máximo de niveles no más de dos. Los balcones para el coro y los balcones tecnológicos no se tienen en cuenta al calcular el número de niveles.

6.1.10 El diseño del sistema de protección contra incendios para edificios auxiliares (iglesias, hoteles, edificios residenciales, edificios privados, escuelas dominicales y gimnasios, edificios industriales y otros), así como iglesias que incluyan estos locales, debe llevarse a cabo en de acuerdo con SP 31-103, teniendo en cuenta los requisitos de seguridad contra incendios para edificios del riesgo de incendio funcional correspondiente.

6.1.11 Un edificio religioso adjunto o construido en un edificio de otro propósito funcional debe estar separado en un compartimiento de incendios separado y provisto de salidas de emergencia separadas de acuerdo con los requisitos de esta SP.

6.1.12 Locales de iglesias en casas y espacios similares construidos en edificios para diversos fines, pueden ubicarse en sótano, sótano o en la parte sobre rasante no superior al 2° piso y deben estar provistas de salidas de emergencia independientes.

6.1.13 Los locales y edificaciones auxiliares pueden ubicarse en el solar del conjunto de edificaciones religiosas, en la parte estilóbata, adosarse o incorporarse al edificio religioso.

6.1.14 Los locales auxiliares y grupos de locales de diversos fines funcionales (escuelas dominicales, refectorios, campanarios, casas bautismales, hoteles, etc.) adjuntos o construidos en el edificio del templo deben estar separados por estructuras con un límite de resistencia al fuego estandarizado y tener Salidas de evacuación independientes al exterior. El límite de resistencia al fuego de estas estructuras debe tomarse: para edificios de I, II grados de resistencia al fuego - no inferior a REI 150, para edificios de III grado de resistencia al fuego - no inferior a REI 45. Separación de locales o grupos de No se requieren locales con permanencia simultánea de no más de 15 personas por barreras contra incendios.

6.1.15 Si es necesario comunicar los locales y grupos de locales indicados entre sí o con la sala de oración, se deben proporcionar puertas contra incendios con un límite de resistencia al fuego correspondiente al tipo de barrera en las aberturas de las barreras contra incendios.

6.1.16 Los locales con fines educativos (escuelas dominicales, gimnasios, aulas, bibliotecas, etc.), por regla general, deben estar ubicados en edificios separados.

6.1.17 Los locales con fines educativos incorporados al edificio del templo deben estar ubicados en las plantas sobre rasante, contar con luz natural y destacarse en un bloque separado con al menos dos salidas de emergencia por cada planta. No se permite el alojamiento de niños en el sótano.

6.1.18 Los locales con fines educativos (escuelas dominicales, gimnasios) con más de 100 estudiantes y habitaciones para pernoctar (hoteles) con más de 20 personas, así como los edificios residenciales, deben diseñarse en edificios separados o adjuntos a un edificio religioso y separado de él por un muro cortafuegos tipo 1.

6.1.19 Los edificios domésticos, incluidos los almacenes, talleres, garajes para vehículos, plataformas para un recolector de basura y un dispositivo de horno para quemar notas conmemorativas, deben ubicarse por separado de los edificios con otros fines funcionales y asignarse a una zona (económica) separada.

6.1.20 No está permitido colocar despensas, talleres y diversas industrias relacionadas con el almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles, gases combustibles en edificios con salas de oración, así como adyacentes y debajo de las instalaciones de la escuela dominical. Estos locales deben estar ubicados principalmente en la zona económica.

6.2 Soluciones de planificación y diseño de espacios para iglesias ortodoxas

6.2.1 Al determinar el número de pisos de un templo, el número de pisos incluye todos los pisos sobre el suelo y el piso del sótano, si la parte superior de su piso está al menos 2 m por encima de la elevación planificada promedio del suelo. de niveles de un campanario adjunto o construido no está incluido en el número de pisos de un templo.

6.3 Ordenación del espacio y soluciones constructivas de los templos musulmanes

6.3.1 Al determinar el número de pisos de una iglesia, el número de pisos incluye todos los pisos sobre el suelo y el piso del sótano, si la parte superior de su techo está al menos 2 m por encima de la elevación planificada promedio del suelo. de pisos de minaretes adjuntos o construidos no está incluido en el número de pisos del templo.

6.4 Planificación espacial y soluciones constructivas de los templos judíos

6.4.1 Al determinar el número de pisos de un templo, el número de pisos incluye todos los pisos sobre el suelo y el piso del sótano, si la parte superior de su techo está al menos 2 m por encima de la elevación planificada promedio de la tierra.

7 Garantizar la evacuación segura y el rescate de personas en caso de incendio

7.1 Requisitos generales

7.1.1 Los templos construidos en edificios con otros fines funcionales deben contar con salidas de emergencia separadas.

7.1.2 Los locales y grupos de locales para otros fines funcionales, integrados en un edificio religioso, deben estar provistos de salidas de emergencia de acuerdo con los requisitos de las normas de seguridad contra incendios.

7.1.3 Deben proporcionarse salidas de incendios externas de acuerdo con los requisitos de SP 1.13130.

7.1.4 El acabado de las paredes y los pisos de la sala de oración (a excepción de las salas ubicadas en edificios de IV, V grados de resistencia al fuego) debe estar hecho de materiales de un grupo de combustibilidad de al menos G1. El peligro de incendio de los materiales utilizados se determina de acuerdo con GOST 30244.

7.1.5 El acabado de las rutas de evacuación de los locales de los edificios religiosos ubicados en el sótano y los pisos del sótano deben proporcionarse solo con materiales no combustibles.

7.1.6 Las alfombras, tapetes y otros revestimientos para pisos colocados de forma permanente en la sala de oración deben sujetarse de manera segura y estar hechos de materiales que cumplan con los requisitos de los documentos reglamentarios.

7.1.7 La mayor distancia desde cualquier punto de la sala de oración hasta la salida de emergencia más cercana debe tomarse de acuerdo con la Tabla 3.


Tabla 3

Volumen del edificio (piso), miles de m

Grado de resistencia al fuego

Distancia a las salidas de emergencia, m

5 a 10

más de 10


7.1.8 Al combinar pasajes de evacuación en un pasaje común, su ancho no debe ser menor que el ancho total de los pasajes combinados.

7.1.9 El ancho de la salida de evacuación desde la sala de oración hacia el exterior o hacia el corredor que conduce al exterior debe determinarse por el número de personas que evacuan a través de la salida de acuerdo con la Tabla 4, pero no menos de 1,2 m para una sala con un capacidad de más de 50 personas en un edificio de cualquier grado de resistencia al fuego.


Tabla 4

Grado de resistencia al fuego

Volumen de la sala, mil m3

Número de personas por 1 m de ancho de la salida de emergencia, personas

5 a 10

más de 10

5 a 10


7.1.10. El ancho de la puerta a la luz de las principales salidas de evacuación del templo debe ser de al menos 1,2 m.

7.1.11 El ancho del vestíbulo de entrada al edificio debe exceder el ancho de la puerta en al menos 0,15 m de cada lado, y la profundidad del vestíbulo debe exceder el ancho de la hoja de la puerta en al menos 0,2 m.

7.1.12 No se permite el dispositivo de umbrales con una altura superior a 2 cm en las puertas que conectan los locales del propósito litúrgico.

7.1.13 Las escaleras exteriores deben tener un ancho mínimo de 2,2 m, y las plataformas con una altura superior a 0,45 m desde el nivel del suelo, ubicadas en las entradas a los templos, deben tener cercos con una altura de al menos 0,9 m.

7.1.14 En instalaciones con una estadía simultánea de más de 100 personas, se debe proporcionar iluminación de evacuación de acuerdo con los requisitos de SNiP 23-05-95.

Se debe proporcionar iluminación de evacuación en las instalaciones del templo; en locales auxiliares; Cubo de la escalera.

7.1.15 Desde cualquier punto de las rutas de evacuación, debería ser visible un letrero de la dirección de evacuación de las personas en caso de incendio.

7.2 Garantizar la evacuación segura y el rescate de personas en caso de incendio en iglesias ortodoxas

7.2.1 Desde una sala del altar con un área de más de 100 metros cuadrados, por regla general, se debe proporcionar una salida directamente al exterior con un ancho de al menos 0,7 m.

7.2.2 Se permite habilitar 1 salida de emergencia desde el balcón destinado a la colocación del coro con una permanencia simultánea de no más de 10 personas.

7.2.3 Las salidas desde el balcón destinado a la ubicación del coro se pueden proporcionar a través de escaleras abiertas hechas de materiales incombustibles directamente a las instalaciones de la sala de oración. En edificios de grado IV-V de resistencia al fuego, estas escaleras pueden ser combustibles. El ancho de las marchas de estas escaleras debe ser de al menos 0,9 m.. Si el número de personas que permanecen simultáneamente en el balcón no es más de 10 personas, se permite hacer una escalera abierta con peldaños de caracol o de caracol. Al mismo tiempo, el ancho de la banda de rodadura en el medio debe ser de al menos 0,18 m.

7.2.4 Al organizar una plataforma de observación en el campanario, si hay 1 salida, su capacidad puede preverse para no más de 30 personas. La escalera destinada a la evacuación desde la plataforma de observación del campanario debe tener una salida directa al exterior y cumplir con los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

7.2.5 Se permite prever una salida de emergencia desde los niveles del campanario. En este caso, es necesario proporcionar:

dispositivo de salida del campanario directamente al exterior;

las salidas de las instalaciones en los niveles del campanario a la escalera común (escalera del campanario) deben proporcionarse a través de puertas contra incendios del segundo tipo;

el número de personas simultáneamente en las instalaciones del campanario no debe exceder las 20 personas;

los locales del campanario, incluidos los locales incorporados de las iglesias, deben estar separados de los locales de los edificios adyacentes mediante tabiques ignífugos del 1er tipo.

7.2.6 Las puertas de las salidas de evacuación durante el funcionamiento del templo deben abrirse libremente sin llave en la dirección de evacuación.

7.2.7 Al calcular las rutas de evacuación, el número de fieles en el templo debe determinarse con base en la dependencia de 0,25 por persona. Al calcular los parámetros de las rutas de evacuación, no se tiene en cuenta la salida al exterior de la sala del altar.

7.2.8 El ancho de las escaleras del campanario debe ser de al menos 0,8 m.

7.3 Garantizar la evacuación segura y el rescate de personas en caso de incendio en templos musulmanes

7.3.1 Al calcular las rutas de evacuación, el número de fieles en el templo debe determinarse en función de la dependencia de 0,5 por persona.

7.3.2 Se debe duplicar el número y ancho total de las salidas de evacuación de la sala de oración con respecto a las calculadas.

7.4 Garantizar la evacuación segura y el rescate de personas en caso de incendio en templos judíos

7.4.1 Los sillones, sillas, bancos o enlaces de ellos en la sala de oración y en los balcones con una capacidad de más de 12 asientos deben estar provistos de dispositivos de fijación al suelo.

7.4.2 Al calcular las rutas de evacuación, el número de fieles en la iglesia debe determinarse en función del número de asientos.

7.4.3 Las vías de evacuación de las salas de oración en edificios de I y II grados de resistencia al fuego deben garantizar la evacuación en el tiempo requerido, (), indicado en la Tabla 5.


Tabla 5

Volumen de la sala, mil m

Tiempo de evacuación requerido, min

5 a 10

10 a 20

de 20 a 25

de 25 a 40

de 40 a 60

del edificio en su conjunto


7.4.4 El tiempo requerido para la evacuación de personas de las instalaciones del altar no debe ser superior a 1,5 minutos.

7.4.5 El tiempo estimado para la evacuación de personas en caso de incendio de templos y otras estructuras ubicadas en el territorio del templo debe determinarse mediante cálculo de acuerdo con la metodología de GOST 12.1.004 o.

7.4.6 Soluciones de planificación espacial para edificios, los sistemas de ingeniería de protección contra incendios deben garantizar las condiciones para la evacuación segura de personas en caso de incendio: el tiempo de evacuación estimado debe ser menor que el tiempo de evacuación requerido.

7.4.7 El tiempo de bloqueo de las rutas de escape se establece mediante cálculo de acuerdo con GOST 12.1.004 o. El tiempo se define como , donde es el factor de seguridad.

En ausencia de la posibilidad de determinar por cálculo, se permite tomar el valor de acuerdo con la Tabla 5.

8 Sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios

8.1 Requisitos generales

8.1.1 Los edificios religiosos están sujetos a equipos obligatorios con sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios.

8.1.2 A falta de viabilidad técnica para equipar edificios religiosos con sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios de acuerdo con los requisitos de seguridad contra incendios (imposibilidad de instalar detectores de incendios en un espacio de doble altura o abovedado, imposibilidad de prever medidas para eliminar el humo de un doble -altura o espacio del domo, grandes altitudes, etc.), es necesario prever medidas adicionales para la protección contra incendios, de acuerdo con las autoridades estatales de supervisión de incendios.

8.2 Requisitos para la plomería contra incendios

8.2.1 El suministro interno de agua contra incendios en un edificio religioso debe proporcionarse con un volumen de construcción de 7,5 mil m3 o más.

El suministro interno de agua contra incendios debe realizarse de acuerdo con los requisitos de SP 10.13130.

8.2.2 Para un edificio religioso, el consumo mínimo de agua para la extinción de incendios internos debe tomarse de la Tabla 6.


Tabla 6

Edificios icónicos en volumen,
mil metros

Número de chorros

Consumo mínimo de agua para interior
extinción de incendios (por jet), l/s

Sobre 25


8.2.3. En áreas rurales, en ausencia de suministro de agua, se debe proporcionar un depósito o tanque contra incendios para garantizar la extinción del incendio dentro de las 2 horas.

El suministro externo de agua contra incendios debe realizarse de acuerdo con los requisitos de SP 8.13130.

8.2.4. Para la extinción interna de las cúpulas de las iglesias ortodoxas, mezquitas musulmanas, minaretes y torres de materiales combustibles, es necesario instalar tuberías secas con rociadores de diluvio equipados con cabezales de conexión contra incendios para el suministro de agua de los camiones de bomberos.

8.3 Calefacción, ventilación y protección contra el humo

8.3.1. Medidas para la seguridad contra incendios de calefacción, ventilación y protección contra el humo proporcionar de acuerdo con los requisitos del Reglamento Técnico sobre requisitos de seguridad contra incendios y SP 7.13130.

8.3.2. Al diseñar, construir, reconstruir edificios religiosos, no se permite calentar estufas.

8.4 Sistemas automáticos de alarma contra incendios, gestión de advertencia y evacuación de incendios y extinción automática de incendios

8.4.1. Las alarmas automáticas contra incendios deben instalarse en todos los locales con la salida obligatoria de una señal a una habitación con permanencia de personas las 24 horas o al departamento de bomberos más cercano. Al elegir detectores de humo, se deben tener en cuenta las características específicas del uso del local (uso de incienso, velas, etc.).

8.4.2. Para proteger la sala de oración, la sala del altar y otras instalaciones ceremoniales, en lugar de alarmas contra incendios automáticas, se pueden utilizar instalaciones automáticas de extinción de incendios por agua.

8.4.3. Los sistemas automáticos de extinción de incendios y alarma contra incendios deben fabricarse de acuerdo con los requisitos de SP 5.13130.

8.4.4. Los edificios religiosos deben estar equipados con sistemas de advertencia de incendios. Los sistemas de gestión de evacuación y advertencia de incendios deben implementarse de acuerdo con los requisitos de SP 3.13130.

9 Seguridad contra incendios de equipos eléctricos. protección contra rayos

9.1 Se deben proporcionar medidas para la protección contra incendios de equipos eléctricos de acuerdo con el PUE.

9.2 En los lugares de culto, se deben tomar medidas para garantizar la protección contra rayos de acuerdo con los requisitos de SO 153-34.21.122.

10 Medidas organizativas y técnicas. Requisitos operativos

10.1 Requisitos generales

10.1.1 Las medidas organizativas y técnicas durante la operación de edificios religiosos deben proporcionarse de acuerdo con los requisitos de PPB 01.

10.1.2 Los locales de los edificios religiosos deben estar equipados con equipos primarios de extinción de incendios de acuerdo con los requisitos del PPB 01, teniendo en cuenta los requisitos de la Tabla 7.


Tabla 7

Salones y locales

área

Extintores de diferentes tipos, piezas

salas de oración

Altares

* Al menos dos por piso.

** Mínimo dos por habitación.


10.1.3 En bibliotecas, colecciones, se deben utilizar extintores de dióxido de carbono, polvo, agua fina.

10.1.4 En las instalaciones con una estancia simultánea de más de 200 personas, se debe organizar un puesto de bomberos de los empleados de la instalación. La estación de bomberos debe estar en servicio las 24 horas del día. Se permite combinar las instalaciones del puesto de bomberos con las instalaciones de los guardias, y las funciones de los empleados del puesto de bomberos se asignan a los guardias, sujeto a la capacitación adecuada.

10.1.5 Es necesario proporcionar una conexión telefónica directa de la estación de bomberos (en servicio) con el cuerpo de bomberos.

10.1.6 En los locales de seguridad, administración y servicio permanente del personal, se deberá disponer de comunicación telefónica.

10.1.7 Al operar equipos de calefacción, se deben cumplir los requisitos de PPB 01. La estufa de calefacción en edificios, estructuras y complejos de iglesias ortodoxas debe verificarse dos veces al año (antes y durante la temporada de calefacción) para verificar que esté lista para operar con la ejecución de un acto.

10.1.8 El encendido de los hornos debe realizarse en presencia de una persona responsable y completarse antes del inicio del evento con una permanencia masiva de personas en el edificio del templo.

10.1.9 No se permite el almacenamiento de líquidos inflamables en el recinto, con excepción de los líquidos inflamables destinados a ceremonias.

10.1.10 Está prohibido realizar cualquier trabajo pirotécnico en la construcción del templo cuando se realicen ritos en presencia de feligreses.

10.1.11 En la instalación, se debe desarrollar un plan operativo de extinción de incendios, acordado en la forma prescrita.

10.1.12 Se deben desarrollar e implementar instrucciones que determinen el procedimiento para la interacción de los empleados de la instalación con las autoridades de extinción de incendios.

10.1.13 Al menos una vez cada seis meses, es necesario realizar ejercicios táctico-operativos para implementar planes operativos de extinción de incendios y elaborar planes para evacuar personas en caso de incendio del edificio.

10.1.14 Antes de abrir la instalación, se deben revisar las vías de evacuación de personas, las salidas de evacuación y de emergencia.

10.1.15 En una instalación con una estadía simultánea de más de 200 personas, se deben desarrollar reglas especiales adicionales de seguridad contra incendios, teniendo en cuenta las características específicas del riesgo de incendio de la instalación, determinando, entre otras cosas, las acciones del personal en el caso de incendio y detección.

10.1.16 Notificación automática de incendios al panel "01" localidad deberá ser duplicado telefónicamente por el servicio de seguridad de guardia de la instalación.

10.1.17 Los empleados involucrados en la seguridad contra incendios en la instalación deben estar capacitados en los conceptos básicos de seguridad contra incendios en cursos especiales.

10.1.18 Al realizar servicios de celebración con asistencia masiva de personas, prevea medidas organizativas adicionales para combatir incendios (por ejemplo: designar empleados o feligreses permanentes que cuiden un área determinada del templo con la información adecuada).

10.1.19 Las rejas en las ventanas de las salas de oración, las escuelas dominicales y otras salas con estancia simultánea de más de 10 personas deben abrirse libremente desde el interior con una llave.

Al mismo tiempo, la altura de los alféizares de las ventanas que se abren no debe ser superior a 1,5 m desde el nivel del suelo del local.

10.1.20 No está permitido el uso de calzadas y sitios de instalación de camiones de bomberos para estacionamiento de vehículos.

10.2 Medidas y requisitos organizativos y técnicos para el funcionamiento de las iglesias ortodoxas

10.2.1 Los candelabros, lámparas y otros dispositivos con llama abierta deben instalarse sobre bases no combustibles. Se recomienda prever la fijación de los candelabros al suelo. Al mismo tiempo, al mover (limpiar) el candelero, las partes de los soportes instalados directamente en el piso deben poder desmontarse u ocultarse rápidamente para excluir la presencia de partes que sobresalgan del piso.

10.2.2 El almacenamiento de líquidos inflamables (para lámparas, lámparas) debe realizarse en gabinetes metálicos. Se permite el almacenamiento de no más de 5 litros de líquidos inflamables (FL) en el interior.

10.2.3 Verter GZh en lámparas y lámparas debe realizarse desde un recipiente irrompible cerrado en una bandeja para hornear hecha de material incombustible.

Verter GZh en lámparas y lámparas debe realizarse solo en ausencia de una llama abierta y encender calentadores eléctricos a una distancia de al menos 1 m de ellos.

10.2.4 El suministro de GZH en la sala de oración para llenar lámparas y lámparas debe almacenarse en contenedores de metal y no debe exceder el requerimiento diario.

10.2.5 No está permitido proporcionar perchas para la ropa de los feligreses y guardar la ropa muy cerca (menos de 2,5 m) de candelabros y fuentes de fuego abierto, de estufas y campanas extractoras.

10.2.6 Cuando se celebren los servicios más visitados (por ejemplo, en Grandes Fiestas), se debe reducir al máximo el número de candelabros colocados en el templo.

10.2.7 Una carga combustible colocada temporalmente en la sala de oración (píceas, hierba fresca, etc.) no debe ubicarse cerca de un fuego abierto (al menos 2,5 m).

10.2.8 Está permitido colocar césped sobre el área de la sala de oración en la fiesta de la Santísima Trinidad por no más de un día con reemplazo adicional.

10.2.9 Al realizar servicios divinos y rituales relacionados con la necesidad de encender velas para cada feligrés, se deben tomar medidas para limitar el número de personas en el templo. El aforo máximo del templo deberá tomarse a razón de 0,5 m3 por persona.

ANEXO A (informativo). Términos y definiciones

APÉNDICE A
(referencia)

iglesias ortodoxas

Altar(lat. - altar mayor) - separado por un iconostasio y ubicado en una colina, la parte principal del templo, destinado al clero, en el que se encuentra el trono; lugar de celebración del sacramento de la Eucaristía; simboliza la esfera celestial, el Paraíso.

púlpito(Griego - ascender) - una parte de la suela que sobresale en el centro del templo frente a las Puertas Reales, destinada a la lectura del Evangelio, los sermones y la comunión durante la Liturgia.

púlpito del obispo- un alzado cuadrangular en el centro del templo, sobre el que se coloca la silla del obispo durante el culto.

Ábside- la parte orientada al este del altar de forma semicircular o poliédrica, cubierta por una semicúpula o una semibóveda cerrada (conha). En un altar de tres cuerpos, se puede utilizar para el altar mismo, para la sacristía y para el altar.

Tambor- la parte de remate del templo, con cúpula o bóveda cerrada polifacética y de forma cilíndrica o poliédrica. En la mayoría de los casos, tiene aberturas de ventanas. Un tambor ciego sin ventanas se llama cuello.

Adoración- se realiza mediante una combinación de oraciones, himnos, lecturas y ritos sagrados realizados por el clero según el orden establecido por la Iglesia. Es un medio para que los cristianos expresen su fe religiosa y se comuniquen misteriosamente con Dios.

Capítulo- la parte exterior de la cúpula del tambor, generalmente en forma de casco o cebolla.

lugar de montaña- la parte oriental del ábside del altar, donde se encuentra el lugar del obispo en las catedrales en una colina.

Gulbishche- un desvío abierto o cubierto que rodea el edificio del templo.

puertas de diácono- dos puertas de una hoja ubicadas en las partes laterales del iconostasio (en los iconostasios estrechos, la puerta del diácono está hecha en un lado norte).

Altar- una sala situada en la parte norte del altar, donde se realiza sobre la mesa-altar la primera parte de la Liturgia, la Proskomidia;

- una mesa cuadrangular situada a la izquierda del Lugar Alto en el altar.

Zhuravets- un elemento del marco de la cabeza, unido al pilar central que lleva la Cruz, en forma de plantilla de madera con un contorno de la superficie de rotación de la cabeza.

Zakomara- Terminación semicircular o en quilla de la parte superior de un ramal del muro del templo, generalmente correspondiente a la forma de la bóveda interior.

Campanario- una estructura independiente, adosada al templo o construida sobre el templo o su parte occidental, una estructura abierta o una pared con aberturas diseñadas para colgar campanas.

Iconostasio- una barrera (tabique) que separa el altar del resto del espacio del templo, llena de 1-5 filas de íconos unidos a barras horizontales - tablas, que terminan en la parte superior con la Crucifixión.

Canon(Griego - norma, regla) - un conjunto de firmemente reglas establecidas, predeterminando las normas de composición y color, el sistema de proporciones o la iconografía de un determinado tipo de imagen. En la arquitectura del templo, el papel del canon lo desempeña la "tradición canónica": estructuras ejemplares adoptadas por la Iglesia como reflejo del contenido teológico del templo por medio de la arquitectura.

Catedral- el templo de la ciudad, en el que se encuentra la silla del obispo.

Kivory- un baldaquín sobre el trono del altar en forma de cúpula, a base de pilares y rematado por una Cruz. Se instala en catedrales y grandes templos.

Coro- la parte lateral de la sal, destinada al clero de la iglesia (coros de canto y lectores).

Kokoshniki- Zakomaras decorativas semicirculares o en forma de quilla con rico perfilado o arcos perfilados con un campo relleno, a veces con una parte superior apuntada, que sirven como remate decorativo de paredes, bóvedas, vanos de ventanas, enmarcando las bases de tambores, carpas, cúpulas, con Diseño externo de bóvedas en forma de colina de kokoshniks.

campanario- independiente o adosada al templo, una estructura en forma de torre alta de varios niveles, diseñada para colgar campanas, que termina en una cúpula.

Conha(Griego - concha) - la superposición del ábside en forma de semicúpula o semiarco cerrado.

Barco(nave) - una parte alargada del templo, separada en dirección longitudinal por columnatas, arcadas o pilares. Hay naves medias y laterales.

Iglesia con cúpula cruzada- tiene cuatro pilares en el centro, sobre los que se apoyan arcos de medio punto, que sostienen una bóveda con cúpula en tambor ligero, cuya transición son las velas. En planta, el templo con cúpula cruzada forma una cruz espacial. Los extremos del crucero, de planta rectangular, cubiertos con bóvedas de medio cilindro, adosan al cuadrado central, entre los cuales hay cuartos de esquina, cubiertos con bóvedas. El templo de crucería tiene una versión de tres o cinco naves.

bautismal- un edificio o habitación equipada con una pila, destinada a que se celebre en ella el sacramento del Bautismo.

Cripta- una cámara funeraria debajo del templo o sobre la cual se está construyendo una capilla.

Hazme- una cubierta hemisférica de un edificio (o parte del mismo) de forma redonda, cuadrada o poligonal. Las cúpulas también se denominan bóvedas cerradas de varias partes. El nombre "cúpula" se refiere a las cubiertas exteriores de los templos.

Liturgia- el culto público más importante Iglesia Ortodoxa durante el cual se realiza el Sacramento de la Comunión. Se puede realizar en el templo en un trono solo una vez al día. Fuera del templo, se permite celebrar la liturgia en casos especiales sobre tronos y antimensiones portátiles en estructuras adaptadas y en un lugar abierto.

Bulbo- ver "CAPÍTULO".

Nave- ver "ENVÍO".

Candelabro, horos (griego - muchas velas) - un candelabro central con muchas lámparas (más de 12), suspendido en el centro del templo.

Porche- una plataforma o pórtico frente a la entrada del templo, a veces cubierto o cubierto con paredes, así como una galería dispuesta en dos o tres lados del templo (excepto el este).

Vela- un diseño en forma de triángulo esférico cóncavo, que es la transición de una base rectangular a una cubierta de cúpula o tambor de planta redonda.

Recubrimiento de mosquitos- techo colocado directamente sobre las bóvedas ("mosquitos").

policadilo- una araña de hasta 12 lámparas, suspendida en las naves laterales del templo.

Ponomarká- cuarto de servicio en el altar.

Trono- una mesa cuadrangular, que se encuentra en medio del altar. En catedrales e iglesias grandes, se instala un dosel (kivorium) sobre el trono.

pasillo - habitacion adicional con altar, dispuestos en el interior del templo principal o en dependencias laterales.

vestíbulo- una habitación adosada, por regla general, al muro occidental del templo, que sirve como vestíbulo de entrada. Se puede desarrollar con la adición de un refectorio que sirva para acomodar a los fieles. Simboliza, en particular, la tierra pecadora.

Pryaslo- parte del muro del templo, encerrado entre dos pilastras u omóplatos.

Sacristía(diakonnik) - una habitación en la parte sur del altar o debajo del altar, destinada a guardar las vestimentas del clero, accesorios litúrgicos y utensilios de la iglesia.

Código- estructura de pavimento de piedra, ladrillo u hormigón con contornos curvilíneos.

pabellón- un dosel sobre pilares sobre el trono o la pila bautismal.

Sketch satírico- una rama del monasterio, destinada a la vida ascética de los monjes, que incluye un templo o una capilla y celdas monásticas.

Chisme- aberturas abiertas en la cubierta de la tienda de los campanarios, enmarcadas como aberturas de ventanas con bandas de plataforma.

La Catedral- el templo principal de la ciudad o monasterio, diseñado para el culto del obispo.

soleá- una parte del templo frente al iconostasio, ubicada al nivel del piso del altar, destinada a las salidas del clero durante el culto. En el medio de la sal hay una repisa semicircular: el púlpito y, a los lados, los coros.

Parte media del templo- la sala principal destinada a los adoradores, que simboliza un mundo renovado y sin pecado, cuya parte inferior significa lo terrenal, y la parte superior, el reino celestial del ser.

Pilar- un soporte macizo, de planta rectangular, redonda o cruciforme, que soporta las bóvedas.

Refectorio- una sala adjunta a la parte occidental del templo, que sirve para acomodar a los fieles;

- un edificio en un monasterio o una habitación en una casa de la iglesia-clero en la que se lleva a cabo una comida.

Tribuna- la base cuadrada del tambor de la cabeza del templo.

coros- entrepisos ubicados dentro de los templos, por regla general, sobre las puertas occidentales y destinados principalmente al coro de la iglesia.

templo (iglesia)- un edificio destinado a una reunión de oración de los creyentes, la celebración de la Liturgia y tener un trono, que simboliza el Reino de los Cielos en su conjunto, el Universo transfigurado, el Paraíso devuelto a la humanidad justificada.

puertas reales- una puerta de doble hoja especialmente decorada en la parte central del iconostasio, ubicada frente al altar, a través de la cual se sacan los Santos Dones para la Comunión durante la Liturgia.

Capilla- un edificio destinado a la oración pública y privada. A diferencia de una iglesia, una capilla no está diseñada para celebrar la liturgia y, por lo tanto, no tiene un altar.

jueves- la parte inferior del templo, que tiene planta cuadrada.

marquesina- cubierta en forma de pirámide tetraédrica u octaédrica alta.

manzana- la base de la cruz, que se instala en la cabeza del templo.

templos musulmanes

(árabe.- mezquita- un lugar de culto, Tat. ) es una estructura arquitectónica litúrgica musulmana.

Es un edificio separado con una cúpula gambiz, a veces la mezquita tiene un patio. Las torres-minaretes numeradas del uno al nueve están adosadas a la mezquita como un edificio anexo. La sala de oración está desprovista de imágenes, pero las líneas del Corán en árabe pueden estar inscritas en las paredes. La pared que da a La Meca está marcada por un nicho vacío, el mihrab. A la derecha del mihrab hay un púlpito-minbar, desde el cual el imán predicador lee sus sermones a los creyentes durante las oraciones del viernes. En las mezquitas, por regla general, hay escuelas madrazas.

Iván- esta es una habitación abovedada en forma de nicho profundo o sala sin pared frontal.

Añaza("flecha"): una pared, un tablero de mármol tallado o un nicho de madera cerca de la entrada a la mezquita, una especie de mihrab en el patio;

hipóstila (hipostylos, Griego - "soportado por columnas") - una gran sala cubierta, cuyo techo descansa sobre numerosas columnas, a menudo colocadas.

dikka- plataformas especiales, de pie sobre las cuales los muecines repiten los movimientos del imán y, por lo tanto, dirigen los movimientos de los fieles;

Imán(Árabe - líder) - en el Islam, el clérigo que administra la mezquita realiza los ritos. Imam: también puede significar "modelo a seguir". Durante la oración obligatoria general, se elige un imán para que la dirija. Cualquier musulmán que haya cumplido los 8 años puede convertirse en imán en la oración.

Kaaba(Árabe) - un santuario musulmán en forma de edificio cúbico en el patio de la Mezquita Prohibida (La Meca). La Kaaba contiene una piedra negra. Tawaf se realiza alrededor de la Kaaba durante el Hajj. La Kaaba sirve como qibla, un punto de referencia al que los musulmanes de todo el mundo vuelven sus rostros en el tiempo.

Capital(desde finales de lat. capitela- "cabeza") - la parte de coronación de una columna de un pilar o pilastra.

alquibla(árabe.) - dirección hacia la Kaaba. En la práctica religiosa musulmana, se requiere que los fieles miren en esta dirección mientras oran. En la mezquita, se hace un letrero especial para determinar la qibla: el mihrab.

Consola- (Francés - consola) elemento de soporte de las partes sobresalientes del edificio (cornisa, balcón, etc.).

Contrafuerte(del francés contre-force - "contra la fuerza") - una pared vertical, generalmente construida en ángulo recto con la estructura de soporte.

Conha (konche- Griego, "cáscara") - una semicúpula, que sirve para cubrir partes semicilíndricas, por ejemplo, nichos. En este caso, la parte superior del mihrab.

kursi- atril para el Corán.

Maksura- se trata de un cuadrado en planta, cercado por un tabique de madera tallada o de metal del espacio principal en las inmediaciones del mihrab y minbar;

(Árabe, literalmente, "un lugar donde estudian"): una institución educativa musulmana que sirve como escuela secundaria y seminario teológico musulmán. La educación en la madraza es independiente y gratuita. Los graduados de Madrasah tienen derecho a ingresar a la universidad.

(Árabe. La Meca, además Makka al-Mukkarrama escuchar)) es una ciudad de 1,4 millones (2003) en el oeste de Arabia Saudita, a unos 100 km del Mar Rojo. Es un centro de peregrinación para los musulmanes (ver Hajj). Los no musulmanes no pueden ingresar a La Meca.

(Árabe., manara, "faro") - en la arquitectura del Islam, una torre (redonda, cuadrada o de sección multifacética), desde la cual el muecín llama a los fieles a la oración. El minarete se coloca junto a la mezquita o se incluye en su composición. Los primeros minaretes a menudo tenían una escalera de caracol o una rampa en el exterior (minaretes en espiral), en los posteriores, en el interior de la torre.

minbar(Árabe) - un púlpito o plataforma en una mezquita desde la cual el imán lee sus sermones. Situada a la derecha del mihrab. Tiene forma de escalera.

(árabe.) - en el Islam: un sirviente de la mezquita, llamando a los musulmanes desde el minarete a la oración.

- un nicho en la pared de una mezquita, a menudo decorado con dos columnas y un arco, que indica la qibla, es decir, la dirección en la que se encuentra la Kaaba en La Meca. Los musulmanes lo enfrentan durante la oración. A menudo se encuentra en el medio de una pared.

Nave (nef, francés) - la parte longitudinal del edificio, dividida por una columnata o arcada en pasillos o naves.

Vela- un elemento de la estructura de la cúpula, que proporciona una transición del cuadrado en términos de espacio de la cúpula a la circunferencia de la cúpula o su tambor. Tiene la forma de un triángulo esférico, con la parte superior doblada hacia abajo. Una de las estructuras raíz de la arquitectura bizantina.

Pilón (pilón, griego) - grandes pilares que soportan las bóvedas o ubicados a los lados del portal del edificio.

Pishtak(pers.) - un gran portal en forma de aivan, donde se encuentra la entrada a una mezquita, madraza o mausoleo.

Tímpano (tímpano, griego) - en arquitectura - un campo triangular o semicircular de un frontón (limitado a los lados por las pendientes del techo) o una superficie de pared sobre un arco de entrada o ventana.

Tarnsept(Latín tardío - transepto) - una nave transversal que cruza el volumen longitudinal del edificio.

trompeta (trampantojo- Francés) - una estructura abovedada en forma de parte de un cono, la mitad o un cuarto de una cúpula esférica.

estalactitas(del griego. estalactos- "gota a gota") - formas prismáticas decorativas ubicadas en filas que cuelgan unas sobre otras en las bóvedas de nichos, trampolines, cornisas, etc. Las estalactitas facilitan la transición de un plano cuadrado a uno esférico. Se utiliza principalmente en la arquitectura de los países de Bl. y miércoles Este.

Howza- una habitación fuera de la mezquita o fuentes en el patio, destinadas al lavado ritual antes de entrar en la mezquita.

templos judíos

bar mitzvah- llegar a la edad adulta.

judaísmo- una religión que surgió en el 1er milenio antes de Cristo. en Palestina, común entre los judíos.

Mikvé- un tanque de agua para la ablución.

Minyan- un quórum de 10 hombres (mayores de 13) para el culto público y otras ceremonias religiosas.

Mishná- la parte más antigua del Talmud.

atril- soporte para notas integradas en un instrumento musical.

Pentateuco- Los cinco primeros libros de la Biblia (las enseñanzas de la Torá): Génesis, Éxodo, Levítico, Números y Deuteronomio.

Desplazarse- un manuscrito en forma de cinta de papiro, pergamino o papel, doblado en un tubo (uno de los tipos de libros más antiguos).

Sinagoga- una comunidad de creyentes y una casa de oración (en el judaísmo).

Talmud- una colección de propuestas religiosas - éticas y legales del judaísmo.

Tora- el nombre hebreo tradicional para el Pentateuco (o rollo de pergamino con el texto del Pentateuco).

Jánuca- fiesta de consagración, renovación.

Anexo B (obligatorio). Lista de locales, cuya colocación está permitida en el sótano y los pisos del sótano de edificios y estructuras religiosas

Anexo B
(obligatorio)

Suelos de sótano

1. Caldera, bomba de abastecimiento de agua y alcantarillado; cámaras de ventilación y aire acondicionado; unidades de control y otros locales para la instalación y control de equipos tecnológicos y de ingeniería de edificios; sala de máquinas del ascensor.

2. Vestíbulo con salida del mismo al exterior por la primera planta; vestidores, letrinas, baños, duchas; de fumar; vestidores; cabinas de higiene personal de mujeres.

3. Depósitos y cuartos de almacenamiento (excepto los cuartos para almacenar líquidos inflamables y combustibles).

4. Establecimientos de restauración (comedores).

5. Gabinetes de trabajo y seguridad; ropa interior; locales para el almacenamiento temporal de cadáveres; descarga; desempacar; locales para almacenamiento y lavado de carros calentadores de alimentos, yeso; recipientes de esterilización y hules; salas para desinfección de camas y esterilización de equipos; locales de almacenamiento, regeneración y calentamiento de lodos terapéuticos; salas de lavado y secado de sábanas, lonas y lonas; compresor.

6. Salas de planchado y limpieza; cuartos para secar ropa y zapatos; ropa sucia.

7. Laboratorios y aulas para el estudio de materias especiales con equipamiento especial.

8. Talleres excepto para las categorías de riesgo de explosión e incendio A y B.

9. Complejos puntos de recepción de servicios al consumidor; salas de visitas, showrooms, salas de filmación, estudios fotográficos con laboratorios: locales para oficinas de alquiler, salones para celebraciones familiares.

10. Centros de radio, laboratorios de cine y fotografía; locales para sistemas de circuito cerrado de televisión.

11. Campos de tiro para tiro con bala; pabellones deportivos y locales para entrenamiento y clases de cultura física y salud (sin gradas para espectadores); guardaesquís; salas de billar; salas de tenis de mesa

12. depósitos de libros; archivo..

13. Cines o sus salas de hasta 300 butacas: salas de exposiciones; salones para clases circulares de adultos, foyer.

14. Locales para juegos de mesa, salas de ensayo (con el número de visitantes únicos en cada compartimento no más de 100 personas). En este caso, es necesario prever el acabado de paredes y techos con materiales incombustibles.

15. La bodega del escenario, escenario y arena, foso de orquesta, salas para el director de orquesta y músicos.

Planta baja

1. Todos los locales, cuya colocación está permitida en los sótanos.

2. Servicio y espacio para oficinas.

BIBLIOGRAFÍA

Normas de seguridad contra incendios en la Federación Rusa


UDC 614.841.3:006.354 OK 13.220.01

Palabras clave: lugares de culto, iglesias ortodoxas, iglesias musulmanas, iglesias judías, seguridad contra incendios, evacuación segura.


Líder de la organización de desarrolladores:
Jefe de FGU VNIIPO EMERCOM de Rusia
doctor en ciencias técnicas, profesor N.P. Kopylov

Líder del tema:
Investigador Jefe
FGU VNIIPO EMERCOM de Rusia
doctor en ciencias técnicas, profesor V.I.Prisadkov

Ejecutor:
Investigador senior
Institución del Estado Federal VNIIPO EMERCOM de Rusia A.S. Baranovsky

“Sobre la Aprobación del Código de Prácticas “Objetos de Finalidad Religiosa. requisitos de seguridad contra incendios

De conformidad con la Ley Federal del 22 de julio de 2008 N 123-FZ "Reglamento técnico sobre requisitos de seguridad contra incendios", Decreto del Presidente de la Federación Rusa del 11 de julio de 2004 N 868 "Problemas del Ministerio de la Federación Rusa para Asuntos Civiles Consecuencias de defensa, emergencias y liquidación de desastres naturales" y por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 1 de julio de 2016 N 624 "Sobre la aprobación de las Reglas para el Desarrollo, Aprobación, Publicación, Enmienda y Cancelación de Códigos de Reglas" I pedido:

Aprobar y poner en vigor a partir del 1 de enero de 2017 el reglamento adjunto "Objetos de Finalidad Religiosa. Requisitos de Seguridad contra Incendios".

VIRGINIA. puchkov

Conjunto de normas
"OBJETOS DE FINALIDAD RELIGIOSA. REQUISITOS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS"
SP-258.1311500.2016

Edificios para uso en fines religiosos. requisitos de seguridad contra incendios

Introducido por primera vez

Prefacio

Los objetivos y principios de la estandarización en la Federación Rusa están establecidos por la Ley Federal del 29 de junio de 2016 N 162-FZ "Sobre la estandarización en la Federación Rusa", y las reglas para aplicar los conjuntos de reglas, por el Decreto del Gobierno. de la Federación Rusa "Sobre la Aprobación de las Reglas para el Desarrollo, Aprobación, Publicación, Cambio y cancelación de conjuntos de reglas" con fecha 1 de julio de 2016 N 624

Sobre el conjunto de reglas

1 Desarrollado e introducido por el gobierno federal institución presupuestaria Insignia de honor de la "Orden de toda Rusia" "Instituto de investigación de defensa contra incendios EMERCOM de Rusia" (FGBU VNIIPO EMERCOM de Rusia)

2 Aprobado y puesto en vigor por orden del Ministerio de Defensa Civil, Situaciones de Emergencia y Eliminación de Consecuencias de Desastres Naturales de la Federación Rusa (EMERCOM de Rusia) con fecha 23 de noviembre de 2016 N 615

3 Registrado por la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología

4 Presentado por primera vez

Introducción

Los requisitos de este conjunto de reglas no se aplican a los objetos de protección (incluidos los objetos del patrimonio cultural) que se han puesto en funcionamiento o documentación del proyecto para lo cual se envió a examen antes del día en que entren en vigor las disposiciones pertinentes de la Ley Federal del 22 de julio de 2008 N 123-FZ "Reglamento técnico sobre requisitos de seguridad contra incendios".

Requisitos de seguridad contra incendios que establecen las reglas del comportamiento humano, el procedimiento para organizar la producción y (o) el mantenimiento de territorios, edificios, estructuras, locales y otros objetos de finalidad religiosa para todas las categorías de objetos de protección (incluidos los objetos del patrimonio cultural) , independientemente de la época de su construcción, se establecen en el Reglamento régimen de incendios en la Federación Rusa, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 25 de abril de 2012 N 390.

1 área de uso

1.1 Este conjunto de reglas establece los requisitos de seguridad contra incendios en el diseño, la construcción de edificios, estructuras y locales de instalaciones religiosas de nueva construcción y reconstruidos.

1.2 Este conjunto de reglas no se aplica al diseño de instalaciones religiosas ubicadas temporalmente en edificios desmontables y otros edificios similares.

1.3 Este conjunto de reglas no se aplica al diseño de instalaciones religiosas con una altura superior a 50 m, determinada de acuerdo con 3.16, así como a instalaciones religiosas con más de un piso subterráneo, excepto en los casos en que los pisos subterráneos especificados contienen partes del edificio para las que se han desarrollado documentos normativos en el campo de la seguridad contra incendios, teniendo en cuenta su ubicación subterránea, así como la ubicación conjunta con objetos religiosos.

1.4 Este conjunto de reglas no se aplica a los edificios de veneración religiosa (peregrinación), así como a los locales residenciales cuando en ellos se celebren servicios de culto y otros ritos y ceremonias religiosas. Los requisitos de seguridad contra incendios para las instalaciones residenciales mencionadas se establecen de acuerdo con su clase funcional de riesgo de incendio.

1.5 En cuanto a los edificios en los que se desarrollen actividades educativas por parte de los organizaciones educativas, sujeto a licencia de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa, así como en relación con edificios destinados a la enseñanza de religión, se aplican los requisitos de seguridad contra incendios establecidos para edificios de organizaciones educativas.

2 Referencias normativas

GOST R 53292-2009 Composiciones y sustancias ignífugas para madera y materiales a base de ella. Requerimientos generales. Métodos de prueba

SP 1.13130.2009 Sistemas de protección contra incendios. Vías de escape y salidas

SP 2.13130.2012 Sistemas de protección contra incendios. Garantizar la resistencia al fuego de los objetos protegidos

SP 3.13130.2009 Sistemas de protección contra incendios. Sistema de control de evacuación y alerta de incendios. requisitos de seguridad contra incendios

SP 4.13130.2013 Sistemas de protección contra incendios. Restricciones a la propagación del fuego en las instalaciones protegidas. Requisitos para las soluciones de planificación y diseño de espacios

SP 5.13130.2009 Sistemas de protección contra incendios. Las instalaciones de alarma y extinción de incendios son automáticas. Normas y reglas de diseño.

SP 6.13130.2013 Sistemas de protección contra incendios. Equipo eléctrico. requisitos de seguridad contra incendios

SP 7.13130.2013 Calefacción, ventilación y aire acondicionado. Requisitos contra incendios

SP 8.13130.2009 Sistemas de protección contra incendios. Fuentes de abastecimiento externo de agua contra incendios. requisitos de seguridad contra incendios

SP 10.13130.2009 Sistemas de protección contra incendios. Suministro interno de agua contra incendios. requisitos de seguridad contra incendios

SP 12.13130.2009 Definición de categorías de locales, edificios e instalaciones al aire libre para riesgo de explosión e incendio

SP 31-103-99 Edificios, estructuras y complejos de iglesias ortodoxas

SP 31-110-2003 Diseño e instalación de instalaciones eléctricas de edificios residenciales y públicos

SP 52.13330.2011 Iluminación natural y artificial. Edición actualizada de SNiP 23-05-95

SP 118.13330.2012 Edificios y estructuras públicas. Versión actualizada de SNiP 31-06-2009

Nota: al usar este conjunto de reglas, es recomendable verificar el efecto de los estándares de referencia y los conjuntos de reglas en el sistema de información pública, en el sitio web oficial de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología en Internet o de acuerdo con el año. índice de información publicada "Estándares nacionales", que se publica a partir del 1 de enero del año en curso, y de acuerdo con los carteles de información publicados mensuales correspondientes publicados en el año en curso. Si se reemplaza (modifica) el documento de referencia, al usar este conjunto de reglas, uno debe guiarse por el documento de reemplazo (modificado). Si el documento de referencia se cancela sin reemplazo, la disposición en la que se proporciona el enlace al mismo se aplica en la medida en que este enlace no se vea afectado.

3 Términos y definiciones

En este conjunto de reglas, se utilizan los siguientes términos con sus respectivas definiciones:

3.1 objetos de propósito religioso: Edificios, estructuras, locales, monasterios, templos y (u) otros complejos religiosos construidos o rediseñados (cuyo propósito ha sido modificado) para la implementación y (o) provisión de tales tipos de actividades organizaciones religiosas como la realización de servicios divinos, otros ritos y ceremonias religiosas, la celebración de reuniones de oración y religiosas, la enseñanza de la religión, la educación religiosa profesional, la vida monástica, la veneración religiosa (peregrinación).

3.2 edificio religioso: Un edificio, una estructura destinada a una reunión de oración de los creyentes y ceremonias religiosas.

3.3 complejo de edificios religiosos: Conjunto de edificios y estructuras ubicados en el territorio adyacente a un edificio religioso, o construidos en él, funcionalmente asociados con un edificio religioso.

3.4 iglesia en casa: Una habitación (varias habitaciones) con fines litúrgicos, empotrada (adosada, adosada) a un edificio de otro propósito funcional, con una estadía simultánea de no más de 50 personas.

3.5 Sala de oración de un edificio religioso: La sala principal de un edificio religioso, destinada a la estancia de los creyentes durante la realización de ritos religiosos.

3.6 escalera tecnológica (escalera): Una escalera (escalera) destinada a la conexión funcional de pisos, habitaciones o niveles, y (o) utilizada para trabajos de mantenimiento o reparación de equipos. La escalera tecnológica (escalera) no es de evacuación.

3.7 Balcón tecnológico: Una estructura de edificio en forma de balcón, utilizada únicamente para la instalación o mantenimiento regular de equipos tecnológicos y no destinada a la estadía de los visitantes de la instalación.

3.8 edificios auxiliares (locales): Edificios (locales) incorporados (adosados, construidos sobre) en un edificio religioso o ubicados en el territorio adyacente al edificio religioso, destinados a su funcionamiento, o funcionalmente asociados con él (tiendas de la iglesia, locales de seguridad, edificios residenciales, hoteles, escuelas, gimnasios, cuartos de servicio, almacenes, cuartos de servicio, estacionamientos, garajes, talleres).

3.9 estilobato (parte estilobada de un edificio): La parte inferior (base) de un edificio escalonado.

3.10 zona económica: Parte del territorio adyacente a un edificio religioso utilizado para albergar estructuras económicas, incluidos almacenes, talleres, estacionamientos, estacionamientos, garajes para vehículos y equipos de limpieza, una plataforma para un recolector de basura.

3.11 locales para el culto y otros ritos y ceremonias religiosas: Sala para el culto y otros ritos y ceremonias religiosas.

3.12 cúpula: La cubierta de un edificio (o parte de él) de forma redonda, cuadrada, poligonal, hemisférica u otra forma geométrica compleja.

Nota: la terminación arquitectónica del edificio del templo en forma de cebolla, tienda de campaña, casco, aguja, etc. no son una cúpula y son una estructura arquitectónica sin calefacción.

3.13 Campanario: Una estructura abierta o una pared con aberturas destinadas a colgar campanas, separadas, adosadas a un edificio de culto o construidas sobre un edificio de culto o parte de él.

3.14 campanario: Estructura separada o adosada (construida) a un edificio de culto en forma de torre de varios niveles, diseñada para colgar campanas.

3.15 alminar: Torre redonda, cuadrada o polifacética diseñada para anunciar el comienzo de una ceremonia religiosa.

3.16 la altura del edificio religioso: A los efectos de este reglamento, se determina de acuerdo con SP 1.13130.2009.

Nota: si hay una entrada para los departamentos de bomberos a lo largo del estilobato, la altura del edificio se determinará a partir de la cubierta del pasaje a lo largo del estilobato. La altura de los campanarios y minaretes que no están destinados a plataformas de observación no se tiene en cuenta al determinar la altura de un edificio. La altura del edificio viene determinada por la altura del antepecho de la ventana del vano del último nivel aprovechado con permanencia permanente de personas, a excepción de los campanarios y minaretes.

4 Requisitos generales

4.1 Este conjunto de reglas se ocupa de cuestiones de protección contra incendios y establece los requisitos de seguridad contra incendios para objetos religiosos de organizaciones religiosas registradas en la Federación Rusa de la manera prescrita. Para algunas denominaciones, Requerimientos adicionales, teniendo en cuenta los detalles de la estructura de los edificios y la realización de ritos religiosos.

4.2 Al diseñar edificios religiosos, se deben tener en cuenta los requisitos de los documentos reglamentarios en el campo de la seguridad contra incendios de acuerdo con la clase de riesgo de incendio funcional en la parte que no contradice este conjunto de reglas.

5 Requisitos de seguridad contra incendios para la colocación de edificios y estructuras. Suministro de agua al aire libre

5.1 El acceso de los camiones de bomberos a las instalaciones religiosas debe proporcionarse de acuerdo con los requisitos de la Sección 8 de SP 4.13130.

Un edificio religioso con un ancho de más de 100 m debe estar provisto de camiones de bomberos desde todos los lados, independientemente de su altura.

5.2 Se debe permitir el acceso de los bomberos desde escaleras (elevadores de automóviles) a cualquier local (a lo largo de los pasajes de incendios) que tenga ventanas y al techo de los edificios (con la excepción de las superestructuras: cúpulas, torres, minaretes, etc.), teniendo en cuenta cuenta las capacidades de la tecnología. Los pisos de la parte alta del edificio religioso con un estilobato también deben estar provistos de acceso para bomberos desde escaleras y elevadores de automóviles. Si es necesario utilizar techos estilóbatos para el acceso de camiones de bomberos, las estructuras estilóbatas deben estar diseñadas para la carga correspondiente.

5.3 La altura de la abertura de la puerta para la entrada de camiones de bomberos en el territorio de un edificio religioso (complejo de edificios religiosos) debe ser de al menos 4,5 m, y el ancho, de al menos 3,5 m.

5.4 Las entradas de los camiones de bomberos deben estar dispuestas hacia las bocas de incendio y las salidas principales de evacuación del edificio, así como hacia los sitios de instalación de los ramales externos de la red interna de suministro de agua contra incendios para conectar las bombas contra incendios de los vehículos.

5.5 La distancia de los edificios religiosos a los edificios y estructuras vecinas, en función de su grado de resistencia al fuego, debe tomarse de acuerdo con SP 4.13130.

5.6 La disposición de una tubería de agua de extinción de incendios externa debe proporcionarse de acuerdo con los requisitos de SP 8.13130.

5.7 El consumo de agua para la extinción de incendios en el exterior de un edificio religioso debe tomarse al menos como se especifica en SP 8.13130. Para edificios religiosos con un volumen de 25.000 m 3 a 150.000 m 3, el consumo de agua para la extinción de incendios exterior debe tomarse al menos 25 l / s.

6 Requisitos para soluciones de planificación y diseño de espacios

6.1 El grado de resistencia al fuego, la clase de riesgo de incendio constructivo, la altura admisible de los edificios y el área del piso dentro del compartimiento de incendios para lugares de culto deben tomarse de acuerdo con los requisitos de SP 2.13130. El piso máximo para la ubicación de las salas de oración y su capacidad permitida debe tomarse de acuerdo con la Tabla 1.

6.2 El límite de resistencia al fuego de las estructuras portantes de balcones, logias, galerías en salas de oración de edificios de I-III grados de resistencia al fuego debe ser al menos R45, en salas de oración de IV grado de resistencia al fuego - R15. En las salas de oración de IV-V grados de resistencia al fuego, no se permite la colocación de visitantes en balcones, logias, galerías.

tabla 1

Nota: en edificios de I, II grados de resistencia al fuego de clases constructivas de riesgo de incendio no inferiores a C1, el piso máximo para la ubicación de salas de oración con una capacidad de menos de 50 personas no está estandarizado.

6.3 No está permitido construir en edificios religiosos de IV-V grados de resistencia al fuego y adosarles locales para otros fines, a excepción de los locales y estructuras necesarios para anunciar el inicio de la oración (campanarios, espadañas, minaretes, etc.) .), con una estancia simultánea en ellos de no más de 5 personas, y también con excepción de otros locales (excepto los de clase funcional de riesgo de incendio F5) con un número total de personas superior a 15 personas. Los locales de la clase de riesgo de incendio funcional F5 se pueden construir en los lugares de culto especificados y adjuntarlos de acuerdo con los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

6.4 El número de pisos y los requisitos para la ubicación de locales en los pisos subterráneo y sótano deben determinarse de acuerdo con SP 118.13330. El número de plantas de un edificio religioso no incluye el número de hileras de partes adosadas o edificadas del edificio sin permanencia permanente de personas (campanario, campanario, alminar, etc.), salvo el caso de posible permanencia simultánea de más de 5 personas (plataforma de observación), así como balcones y galerías con una superficie inferior al 40 % de la superficie construida de la sala.

6.5 Los edificios religiosos de IV-V grados de resistencia al fuego no pueden tener más de un piso, enterrados por debajo del nivel del suelo previsto por más de 0,5 m. No más de 20 personas pueden permanecer en el piso especificado al mismo tiempo.

6.6 Se permite la colocación de una sala de oración con una capacidad total de no más de 300 personas por debajo del nivel de planificación del terreno en los lugares de culto. edificios I-III grados de resistencia al fuego. Al mismo tiempo, la ubicación de la sala de oración no debe ser más baja que el piso del sótano y, en ausencia de un sótano y la presencia de pisos subterráneos, no más baja que el primer piso subterráneo. Si hay un piso de sótano de más de 0,5 m de profundidad, la ubicación de la sala de oración puede proporcionarse no más abajo que este piso de sótano. Se permite la colocación de locales que no sean el propósito funcional principal en el sótano, sótano, pisos subterráneos de acuerdo con los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

6.7 Los pisos de sótanos y subterráneos, así como los pisos de sótanos de más de 0,5 m de profundidad, con la excepción de las salas para ceremonias religiosas, deben estar divididos en compartimentos y provistos de evacuación y evacuación separadas. salidas de emergencia de acuerdo con los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

La comunicación funcional de los locales ubicados en el primer piso o sótano, enterrados a menos de 0,5 m (incluso con una sala de oración), con los locales del piso inferior se permite realizar a través de una escalera tecnológica, separada por tabiques contra incendios del 1. escriba en el nivel del piso de abajo. La escalera especificada debe tener una cerradura de vestíbulo con sobrepresión de aire en caso de incendio en la entrada al nivel del piso subyacente, o debe proporcionarse sobrepresión de aire en la escalera en caso de incendio. La escalera indicada no se tiene en cuenta al calcular los parámetros de las rutas de escape. Al diseñar un sistema de refuerzo de aire, se deben seguir los requisitos de SP 7.13130. Se permite proporcionar una escalera abierta para conectar la sala de oración (altar) con las instalaciones litúrgicas del piso inferior con una estadía simultánea de no más de 15 personas.

6.8 La altura mínima de piso a techo de los locales de las salas de oración debe ser de al menos 3 m.En los locales auxiliares y en el balcón para la colocación del coro, la altura del local se puede reducir a 2,5 m.

La altura de todas las partes de la iglesia en casa puede ser la misma y corresponder a la altura del piso del edificio en el que se construye la iglesia en casa.

6.9 El uso de espacios multiiluminados y balcones (galería, etc.) para acomodar a más de 15 personas está permitido solo para salas de oración con un número máximo de niveles no más de dos (incluido el piso de la sala de oración). Los balcones para la colocación del coro y los balcones tecnológicos (galerías, etc.) no se tienen en cuenta al calcular el número de niveles.

6.10 El diseño del sistema de protección contra incendios para edificios auxiliares, incluidos los construidos en un edificio religioso, debe llevarse a cabo teniendo en cuenta los requisitos de seguridad contra incendios para edificios de la clase correspondiente de riesgo de incendio funcional.

6.11 Un edificio religioso adjunto a un edificio de otro propósito funcional o construido en él debe asignarse a un compartimento de incendios separado y estar provisto de salidas de emergencia separadas, excepto lo dispuesto por este conjunto de reglas. Al mismo tiempo, el grado de resistencia al fuego de un edificio religioso no debe ser inferior al grado de resistencia al fuego del edificio al que está adosado (empotrado).

6.12 Los locales de iglesias domésticas y locales similares con una capacidad total de no más de 50 personas pueden construirse en edificios para diversos fines, con la excepción de edificios de clase F5, y ubicados en el sótano, sótano o en la parte sobre el suelo de acuerdo con los requisitos de la Tabla 1. A estos locales se les deben asignar pisos contra incendios del 3er tipo, paredes contra incendios del 2º tipo (o particiones contra incendios del 1er tipo) con el relleno apropiado de las aberturas y están provistos de salidas de evacuación independientes.

En los vestíbulos de aeropuertos y estaciones de ferrocarril, se permite la colocación de iglesias domésticas en la parte del recinto vallada por tabiques móviles con un límite de resistencia al fuego no estandarizado. Al mismo tiempo, se deben cumplir los requisitos restantes de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

6.13 Los locales y edificios auxiliares pueden estar ubicados en el sitio del complejo de edificios religiosos en la parte estilóbata, pueden estar adosados ​​o incorporados al edificio religioso.

6.14 Los locales auxiliares y grupos de locales para diversos fines, asociados funcionalmente a un edificio religioso, pueden construirse en edificios religiosos o adjuntarse a ellos, teniendo en cuenta los requisitos de los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios y los requisitos de las secciones 6, 7 de este conjunto de normas.

6.15 Locales (agrupaciones de locales) de diversa finalidad funcional, con excepción de las salas de oración, con una capacidad total de más de 50 personas y locales para estancia de personas las 24 horas (hoteles, celdas, etc.) con una capacidad total El número de más de 20 personas que permanezcan al mismo tiempo debe diseñarse en edificios separados o destacarse en compartimentos contra incendios independientes.

6.16 Los locales (grupos de locales) destinados a la enseñanza de religión y/o actividades culturales y educativas con una capacidad total de más de 15 personas, integrados en un edificio religioso, deberán estar ubicados en las plantas sobre rasante, contar con iluminación natural y stand en bloque separado con tabiques ignífugos de 1º tipo y techos ignífugos de 3º tipo, disponiendo al menos de dos salidas de evacuación independientes por cada planta.

No se permite la colocación de locales especialmente diseñados para la estancia de niños en el sótano.

6.17 Las puertas de entrada a las despensas para almacenar aceite de lámpara en una cantidad superior a 20 litros deben estar equipadas con umbrales de no menos de 2 cm de altura.

6.18 Está permitido proporcionar salidas al techo desde el campanario (campanario) si hay una escalera que conduce a él con un ancho de marcha de al menos 1,2 metros a través de una abertura de al menos 1,50 x 0,75 metros.

6.19 En edificios de I - III grados de resistencia al fuego de la clase de riesgo de incendio constructivo C0, techos y estructuras de cúpula (sistemas de vigas, listones, aislamiento), separados del resto del edificio por techos con una clasificación de resistencia al fuego de al menos REI 45, pueden estar hechos de materiales combustibles. En este caso, no se requiere el acceso al techo ni la instalación de cercas en el techo.

No se permite el tendido de redes eléctricas, con excepción de la protección contra rayos, en las estructuras anteriores.

7 Garantizar la evacuación segura y el rescate de personas en caso de incendio

7.1 Las salas de oración deben tener al menos dos salidas de evacuación en caso de:

Estancia simultánea de más de 50 personas;

Estancia simultánea de más de 15 personas en edificios religiosos integrados en edificios de clase F1.1 o ubicados en su territorio.

7.2 Los edificios religiosos (con la excepción de las iglesias domésticas) integrados en edificios con otros fines funcionales deben estar provistos de salidas de emergencia separadas.

7.3 Los locales y grupos de locales destinados a otros fines funcionales, integrados en un edificio religioso o adosados ​​a él, deberán estar provistos de salidas de emergencia de acuerdo con los requisitos de los apartados 6, 7 de este reglamento de seguridad contra incendios.

7.4 Los pisos del edificio religioso, enterrados a más de 0,5 m, deben tener salidas de emergencia separadas de los pisos superiores. Al mismo tiempo, los pisos con una profundidad superior a 0,5 m, en los que se ubican locales para fines litúrgicos, por regla general, deben estar provistos de salidas de emergencia separadas de los pisos con locales para otros fines (incluso desde los pisos inferiores). Se permite proporcionar escaleras comunes con un piso subyacente, destinado solo a la colocación de redes de ingeniería.

7.5 El acabado de las paredes, techos y pisos de la sala de oración, así como las rutas de evacuación, debe realizarse de acuerdo con los requisitos de los actos legales reglamentarios y los documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

7.6 La mayor distancia desde cualquier punto de la sala de oración sin el número estimado de asientos hasta la salida de emergencia más cercana debe tomarse de la Tabla 2.

Tabla 2

Nota: un guión en la tabla significa una combinación inaceptable del volumen especificado de la sala, el grado de resistencia al fuego y la clase de riesgo de incendio estructural del edificio.

7.7 Al combinar pasajes de evacuación en un pasaje común, su ancho no debe ser menor que el ancho total de los pasajes combinados.

7.8 El ancho de las salidas de evacuación de la sala de oración sin el número de asientos estimado está determinado por el número de personas que evacuan por la salida según la Tabla 3, mientras que debe ser de al menos 1,2 m para una sala con una capacidad de más de 50 personas en un edificio de cualquier grado de resistencia al fuego.

Tabla 3

7.9 El ancho de la salida de evacuación desde el pasillo hasta el hueco de la escalera, así como el ancho de los tramos de escaleras, deben establecerse en función del número de evacuados a través de esta salida, en base a 1 m del ancho de la salida, el grado de fuego resistencia y la clase de riesgo de incendio estructural de acuerdo con la Tabla 4. Al mismo tiempo, el ancho de los tramos de escaleras que conducen a los pisos con sala de oración y destinados a los feligreses debe ser de al menos 1,35 m.

Tabla 4

7.10 Los parámetros de las rutas de evacuación y las salidas de las salas de oración con el número estimado de asientos deben determinarse mediante cálculo.

Las rutas de evacuación de las salas de oración deben proporcionar las condiciones para la evacuación segura de personas en caso de incendio: la suma del tiempo de evacuación estimado t p y el tiempo de inicio de la evacuación t ne debe ser menor que el tiempo de evacuación requerido t n. Al mismo tiempo, el ancho de las salidas de evacuación de la sala de oración con capacidad para más de 50 personas debe ser de al menos 1,2 m, el ancho de los tramos de escaleras que conducen a las salas de oración y están destinados a los feligreses: al menos 1,35 metro.

El tiempo t n se define como 0,8 t bl, donde t bl es el tiempo de bloqueo de las rutas de escape de la sala. t bl se establece mediante cálculo de acuerdo con la metodología.

En ausencia de la posibilidad de determinar t bl por cálculo, se permite tomar el valor de t n de acuerdo con la tabla 5, teniendo en cuenta los requisitos de la subsección 6.1 de SP 1.13130.

El tiempo de evacuación requerido del edificio en su conjunto no debe ser superior a 6,5 ​​minutos.

Tabla 5

El tiempo estimado de evacuación de personas en caso de incendio t p y el tiempo de inicio de evacuación t ne se debe determinar de acuerdo con la metodología.

7.11 El ancho libre de las principales salidas de evacuación del edificio religioso al exterior del territorio adyacente debe ser de al menos 1,2 m.

7.12 El ancho del vestíbulo de entrada al edificio religioso debe exceder el ancho de la puerta en al menos 0,15 m de cada lado, y la profundidad del vestíbulo debe exceder el ancho de la hoja de la puerta en al menos 0,2 m.

7.13 No está permitido el dispositivo de umbrales con una altura superior a 2 cm en las puertas de salida de evacuación de los locales con fines litúrgicos.

7.14 El ancho de marcha de la escalera exterior del grupo de entrada al edificio religioso debe ser de al menos 2,2 m, y las plataformas con una altura superior a 0,45 m desde el nivel del suelo, ubicadas en las entradas a los edificios religiosos, deben tener vallas con una altura de al menos 0,9 m.

7.15 En instalaciones con una estadía simultánea de más de 50 personas, se debe proporcionar iluminación de evacuación de acuerdo con los requisitos de SP 31-110 y SP 52.13330.

7.16 La evacuación de estructuras destinadas a anunciar el comienzo de la oración (torres campanarios, campanarios, minaretes), con una presencia simultánea de no más de 5 personas, se puede realizar a lo largo de una escalera de caracol con un ancho de al menos 0,7 m. una plataforma de observación con una salida, su capacidad puede ser proporcionada no más de 30 personas. Las escaleras destinadas a la evacuación de la plataforma de observación deben tener una salida directa al exterior y cumplir con los requisitos de las normas de seguridad contra incendios.

Para un campanario ubicado a una altura de no más de 28 m, no destinado a albergar una plataforma de observación, se permite proporcionar acceso a la sala inferior, provista de salidas de emergencia de acuerdo con los requisitos de las normas o este conjunto de reglas. , a lo largo de una escalera vertical u ordinaria a través de una escotilla contra incendios con dimensiones de al menos 0,6 x 0,8 m o una puerta con dimensiones de al menos 1,50 x 0,75 m La altura de la escalera vertical no debe exceder los 2 m, y la escalera habitual - 5 m La escotilla de resistencia al fuego en edificios I-II los niveles de resistencia al fuego deben ser al menos EI60, en edificios de niveles de resistencia al fuego III-V - al menos EI30.

7.17 Desde el balcón, no destinado al alojamiento de feligreses, con una estancia simultánea de no más de 15 personas, se permite proporcionar una salida de emergencia. La salida indicada puede proporcionarse a través de una escalera abierta hecha de materiales incombustibles directamente a las instalaciones de la sala de oración. Está permitido proporcionar las escaleras especificadas de materiales combustibles en edificios de IV y V grados de resistencia al fuego. En edificios de I-III grados de resistencia al fuego, se permite proporcionar escaleras de madera tratadas con retardantes de fuego del primer grupo de eficiencia retardante de fuego de acuerdo con GOST 53292. Al mismo tiempo, se deben tomar medidas para proteger los escalones de la abrasión. mediante el uso de recubrimientos especiales. El ancho de los tramos de escaleras debe ser de al menos 0,8 m.. Si el número de personas que permanecen simultáneamente en el balcón no es más de 10 personas, se permite hacer una escalera abierta con peldaños de caracol o de caracol. En este caso, el ancho de la banda de rodadura en el medio debe ser de al menos 0,18 m.

7.18 Las puertas de las salidas de evacuación, por regla general, deben abrirse en la dirección de evacuación, excepto en los casos estipulados en las normas de seguridad contra incendios. La dirección de apertura de la puerta no está estandarizada para las habitaciones destinadas únicamente a acomodar al clero y al personal religioso durante el culto.

7.19 Al calcular los parámetros de las rutas de evacuación y las salidas de evacuación, el número de fieles en los edificios religiosos debe tomarse de la siguiente manera:

para salas de oración de edificios religiosos con un número estimado de visitantes, basado en la cantidad de asientos más la cantidad de personas determinadas a razón de 0,8 m 2 del área de la sala de oración por persona, no ocupada por equipo;

para salas de oración de edificios religiosos con un número de visitantes fuera del diseño, a razón de 0,5 m 2 del área de la sala de oración por persona, incluida el área ocupada por el equipo;

para el altar - a razón de 5 m 2 del área del altar por persona, incluida el área ocupada por el equipo;

para otros locales, de acuerdo con el propósito funcional de estos locales.

El área de locales auxiliares, así como parte del área de la sala de oración, que no están destinadas a albergar fieles, no se tienen en cuenta al determinar el número de personas en un edificio religioso.

Al calcular el número y los parámetros de las salidas de evacuación de la sala de oración, no se tienen en cuenta las salidas al exterior de las habitaciones destinadas únicamente al alojamiento del clero.

7.20 Si en base a las características del servicio, la salida de los feligreses del edificio religioso no puede ser por las puertas de entrada, no se permite tener en cuenta las entradas al edificio religioso para determinar el número y ancho de las salidas de evacuación.

7.21 Se permite que la escalera que conduce al campanario (campanario) al lugar de trabajo del campanero o al nivel del coro (no más de 15 personas), brinde iluminación natural a través de aberturas de luz con un área total de al menos menos 0,6 m 2.

7.22 Los requisitos para rutas de escape y salidas de emergencia no especificados en este conjunto de reglas deben adoptarse de acuerdo con SP 1.13130.

8 Sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios

8.1 Requisitos generales

8.1.1 Los edificios religiosos están sujetos a equipos con sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios de acuerdo con los requisitos de esta sección, actos legales reglamentarios y documentos reglamentarios sobre seguridad contra incendios.

8.1.2 A falta de la viabilidad técnica de equipar edificios religiosos con sistemas de ingeniería de seguridad contra incendios de acuerdo con los requisitos de las normas de seguridad contra incendios (dificultad para instalar detectores de incendios en un espacio de doble altura o bajo el domo, incapacidad para proporcionar medidas para retirar humo de un espacio de doble altura o bajo domo por falta de acceso para mantenimiento, etc.), es necesario prever el cálculo del riesgo de incendio de acuerdo con la metodología para confirmar la condición de cumplimiento del objeto de protección con requisitos de seguridad contra incendios.

8.2 Requisitos para la plomería interna contra incendios

8.2.1 El suministro interno de agua contra incendios en un edificio religioso debe tener un volumen de construcción de 7500 m 3 o más.

La necesidad de un suministro interno de agua contra incendios y consumo de agua para edificios divididos en partes por muros cortafuegos de tipos I y II está determinada por las características de la parte del edificio donde se requiere el mayor consumo de agua.

En los edificios religiosos de la clase constructiva de riesgo de incendio C0, está permitido no prever la instalación de bocas de incendio en las salas de oración (a excepción de las salas de oración con iconostasio de materiales combustibles).

El número de boquillas contra incendios y el consumo de agua para la extinción interna de incendios de partes de un edificio con otros fines funcionales asignados a un compartimento de incendios independiente debe proporcionarse de acuerdo con los requisitos de los documentos reglamentarios para objetos de protección de la clase correspondiente de riesgo de incendio funcional.

8.2.2 Para un edificio religioso, el consumo mínimo de agua para la extinción de incendios internos debe tomarse de la Tabla 6.

Tabla 6

8.2.3 Para la extinción interna de cúpulas y estructuras bajo cúpulas hechas de materiales combustibles (con la excepción de edificios de IV y V grados de resistencia al fuego, así como edificios con un volumen de sala de oración inferior a 7,5 mil m 3), es necesario instalar tuberías secas con rociadores de diluvio equipados con ramales sacados, equipados con cabezales de conexión GM 80 para conectar equipos contra incendios. El consumo y la intensidad de riego del área protegida, así como la duración del suministro de agua deben tomarse como para el 1er grupo de locales de acuerdo con los requisitos de SP 5.13130. Se permite no equipar estas tuberías secas con ramales que salgan al exterior cuando se combinan con un suministro interno de agua contra incendios. Al mismo tiempo, se debe asegurar el caudal total requerido para ambos sistemas, y la conexión de las tuberías secas al suministro interno de agua contra incendios se debe realizar mediante un dispositivo de bloqueo con arranque automático o manual. Los dispositivos para el arranque manual deben colocarse cerca de las salidas de evacuación de la sala de oración.

Los espacios bajo la cúpula separados del resto del edificio por techos cortafuegos (de acuerdo con el grado de resistencia al fuego del edificio) no pueden estar equipados con un sistema de extinción de incendios. Al mismo tiempo, las aberturas en estos techos deben estar provistas de relleno con escotillas contra incendios con una clasificación de resistencia al fuego de al menos EI 30.

8.2.4 El dispositivo de suministro interno de agua contra incendios debe proporcionarse de acuerdo con los requisitos de SP 10.13130.

8.2.5 En los locales de salas de oración en edificios de clase constructiva de riesgo de incendio C0, la altura de la parte compacta del chorro puede tomarse teniendo en cuenta la provisión de riego de la parte superior del iconostasio o estructuras de construcción hechas de material combustible. materiales

8.3 Calefacción, ventilación y protección contra el humo

8.3.1 Se deben proporcionar medidas para la seguridad contra incendios de los sistemas de calefacción, ventilación y protección contra humo de acuerdo con los requisitos de SP 7.13130.

8.3.2 La posibilidad de utilizar el calentamiento del horno y sus características deben proporcionarse de acuerdo con los requisitos de SP 7.13130.

8.3.3 Para proteger la sala de oración, se permite proporcionar sistemas de ventilación de extracción de humos con inducción de tiro natural a través de pozos con compuertas cortafuego normalmente cerradas o escotillas de humo (incluso como parte de tragaluces o ventanas de tambores ligeros) ubicados en el techo de la sala de oración, independientemente del número de pisos del edificio en sí. Para compensar el volumen removido con aire de suministro, se pueden usar puertas de salidas externas que se abren automática y remotamente en caso de incendio.

8.4 Sistemas automáticos de alarma contra incendios, extinción automática de incendios, advertencia de incendios y control de evacuación

8.4.1. La necesidad de equipar edificios con alarmas automáticas contra incendios e instalaciones automáticas de extinción de incendios, así como los requisitos para ellos, están determinados por SP 5.13130.

8.4.2. Al elegir los detectores, se deben tener en cuenta los detalles del uso de las instalaciones (el uso de incienso, velas, etc.)

8.4.3 Los edificios religiosos deben estar equipados con sistemas de advertencia de incendios para personas. El tipo de sistema de alerta se determina de acuerdo con los párrafos 6 o 7 de la Tabla 2 de SP 3.13130, dependiendo del tipo de edificio religioso (con o sin el número estimado de lugares para visitantes).

Los sistemas de gestión de evacuación y advertencia de incendios deben implementarse de acuerdo con los requisitos de SP 3.13130.

9 Seguridad contra incendios de equipos eléctricos. protección contra rayos

9.1 Se deben proporcionar medidas para la protección contra incendios de equipos eléctricos de acuerdo con los requisitos de SP 6.13130, SP 31-110, PUE.

9.2 En los lugares de culto, se deben tomar medidas para garantizar la protección contra rayos de acuerdo con los requisitos de SO 153-34.21.122.

Bibliografía

NPB 108-96

MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA
SERVICIO DE BOMBEROS DEL ESTADO
NORMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

Edificios culturales. Requisitos contra incendios

CONTENIDO

DESARROLLADO, presentado y preparado para su aprobación por el departamento normativo y técnico de la Dirección Principal del Servicio Estatal de Bomberos (GUGPS) del Ministerio del Interior de Rusia y la sucursal (San Petersburgo) del Instituto de Investigación de Bomberos de toda Rusia Defensa (VNIIPO) del Ministerio del Interior de Rusia.
APROBADO por el inspector estatal jefe de la Federación Rusa para la supervisión de incendios.
ACORDADO con el Ministerio de Construcción de Rusia (carta del 29.03.1995 No. 13/132) y el Ministerio de Cultura de Rusia (carta del 06.05.1996 No. 495-41-14).
INTRODUCIDO POR Orden No. 32 de GUGPS del Ministerio del Interior de Rusia con fecha 18 de junio de 1996.
Introducido por primera vez

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. Estas reglas se aplican al diseño, reconstrucción, restauración, revisión y operación de lugares de culto.
Al diseñar edificios de edificios religiosos, que incluyen locales industriales, residenciales y públicos, se deben tener en cuenta los requisitos de las normas y reglas pertinentes aprobadas de la manera prescrita.
1.2. Al reconstruir, restaurar y reformar un edificio religioso que es un monumento histórico y cultural, es necesario tener en cuenta los requisitos de la legislación sobre protección y uso de monumentos históricos y culturales.
Los requisitos de los órganos rectores del Servicio de Bomberos del Estado en relación con los edificios religiosos - monumentos de historia y cultura y las medidas para compensar las desviaciones de los requisitos de las normas y reglas deben decidirse conjuntamente con los órganos estatales para la protección de los bienes históricos y culturales. monumentos
1.3. En un edificio religioso, las instrucciones deben desarrollarse de acuerdo con el PPB 01-93. (se dan instrucciones ejemplares en el Apéndice 3) y se garantiza la seguridad de las personas en caso de incendio.
1.4. La responsabilidad de cumplir con los requisitos de seguridad contra incendios en las etapas de diseño, reconstrucción, restauración, revisión y operación está determinada por la Ley Federal "Sobre seguridad contra incendios".

2. REQUISITOS PARA LA COLOCACIÓN DE EDIFICIOS, ORDENACIÓN ESPACIAL, SOLUCIONES ESTRUCTURALES. RESISTENCIA AL FUEGO DE EDIFICIOS, ESTRUCTURAS, REQUISITOS A MATERIALES, VÍAS DE EVACUACIÓN

2.1. En las ciudades y asentamientos de tipo urbano, los edificios religiosos deben diseñarse, por regla general, de I y II grados de resistencia al fuego. El grado de resistencia al fuego de los lugares de culto en áreas rurales debe tomarse de acuerdo con SNiP 2.01.02-85*.
2.2. La distancia de un lugar de culto a los edificios y estructuras vecinas, según su grado de resistencia al fuego, no debe ser inferior a las indicadas en la Tabla. una.

tabla 1

El grado de resistencia al fuego de un edificio religioso Distancia entre lugares de culto y edificios vecinos, m, independientemente de su altura, dado el grado de resistencia al fuego del edificio vecino
yo, yo tercero IV, V
yo, yo9 9 12
tercero9 12 15
IV, V12 15 18

La distancia desde el lugar de culto a edificios y estructuras industriales, almacenes de líquidos inflamables, líquidos inflamables y gases inflamables, gasoductos y oleoductos, etc. deben tomarse de acuerdo con los requisitos de las normas y reglas pertinentes (refiriéndose a edificios públicos).
2.3. El acceso al edificio religioso debe estar previsto para camiones de bomberos: por un lado, con un ancho del edificio de hasta 18 m y en ambos lados, con un ancho de más de 18 m.
El acceso a un edificio religioso con un ancho de más de 100 m debe estar provisto desde todos los lados.
2.4. Los pisos de la parte alta del edificio religioso con un estilobato deben estar provistos de acceso para bomberos desde escaleras mecánicas y ascensores.
2.5. La altura de la abertura desde la puerta para la entrada de camiones de bomberos al territorio del edificio religioso debe ser de al menos 4,25 my el ancho, de al menos 3,5 m.
2.6. Se debe tomar el mayor número de pisos de un edificio religioso y la mayor capacidad de la sala de oración dependiendo del grado de resistencia al fuego de la estructura según Tabla. 2.

Tabla 2


2.7. La decoración de las paredes de la sala de oración (a excepción de las salas ubicadas en edificios de IV, V grados de resistencia al fuego) debe estar hecha de materiales de combustión lenta o no combustibles.
El peligro de incendio de los materiales utilizados en los lugares de culto se determina de acuerdo con GOST 30244-94.
2.8. Las alfombras, alfombras y otros revestimientos para pisos colocados de forma permanente en la sala de oración deben fijarse de manera segura y estar hechos de materiales que cumplan con los requisitos de SNiP 2.08.02-89* (cambio 1). No se permite el uso de moquetas combustibles en las vías de evacuación de los lugares de culto.
2.9 Las vigas, el listón del techo, las estructuras de carga de la cúpula y el campanario, hechos de materiales combustibles, en un edificio religioso deben tratarse con retardantes de llama. La reanudación del tratamiento ignífugo debe llevarse a cabo teniendo en cuenta las acciones de las propiedades ignífugas de las composiciones, pero al menos una vez cada dos años.
2.10. El límite de resistencia al fuego de las estructuras portantes (columnas, vigas) de balcones y coros en salas de oración de edificios de I-III grados de resistencia al fuego debe ser de al menos 0,75 horas.
2.11. Una escalera externa de acero contra incendios del primer tipo para subir al techo de un edificio religioso debe fabricarse de acuerdo con SNiP 2.01.02-85*.
2.12. Parte de las rejas en las aberturas de las ventanas del edificio religioso deben tener bisagras y abrirse hacia afuera.
2.13. No está permitido colocar almacenes, talleres e industrias diversas relacionadas con el almacenamiento y uso de líquidos inflamables y combustibles, gases combustibles en edificios con salas de oración.
2.14. El sótano y los pisos del sótano deben estar provistos de salidas de emergencia separadas.
Al proporcionar las instalaciones ubicadas en el sótano y los pisos del sótano con salidas de emergencia (de acuerdo con los requisitos de las normas vigentes), la conexión funcional de las instalaciones con la sala de oración se puede permitir a través del vestíbulo de acuerdo con SNiP 2.01.02-85 *.
2.15. La salida de la sala del altar no se tiene en cuenta al calcular el número y el ancho de las salidas de evacuación.
2.16. Los sillones, sillas, bancos o enlaces de ellos en la sala de oración y en los balcones con una capacidad de más de 12 asientos deben estar provistos de dispositivos para sujetarlos al piso y en filas.
2.17. Se debe tomar la mayor distancia desde cualquier punto de la sala de oración (independientemente del volumen) hasta la salida de emergencia más cercana de acuerdo con la Tabla. 3. Cuando se combinen pasajes de evacuación fuera de la sala en un pasaje común, su ancho debe ser al menos el ancho total de los pasajes combinados.

Tabla 3


2.18. Las formas de evacuación de las salas de oración en edificios religiosos de I y II grados de resistencia al fuego deben garantizar la evacuación en el tiempo requerido, que se indica en la Tabla. 4.


Tabla 4


2.19. El tiempo requerido para evacuar a las personas de la sala del altar no debe ser superior a 1,5 minutos.
2.20. El ancho de la salida de evacuación de la sala de oración debe determinarse por la cantidad de personas que evacuan a través de la salida de acuerdo con la Tabla. 5, pero no menos de 1,2 m en un salón con capacidad para más de 50 personas.


Tabla 5

Salones y locales El grado de resistencia al fuego de la estructura. Número de personas por 1 m del ancho de la salida de emergencia en la sala con un volumen, mil m³
hasta 5 S t. 5 a 10 S t. 10
Salas de oración con una densidad de flujo en cada pasillo principal de no más de 5 personas/m²yo, yo165 220 275
tercero115 155 -
IV, V80 - -
Local auxiliaryo, yo75 100 125
tercero50 70 -
IV, V40 - -

2.21. En ausencia de tambores de luz en las ventanas del nivel superior del edificio religioso, la ventilación vertical debe organizarse mediante la instalación de cúpulas, persianas o grietas con control remoto y manual en los tambores, incluso para organizar la extracción de humo en caso de incendio.

3. CATEGORÍA DEL LOCAL

4. EQUIPOS ELÉCTRICOS

4.1. El equipamiento eléctrico de un edificio religioso debe realizarse de acuerdo con los requisitos del Reglamento de Instalaciones Eléctricas.
4.2. El edificio religioso deberá disponer de protección contra el rayo, realizada teniendo en cuenta la presencia de elementos metálicos (cruz, media luna, etc.) de la estructura de acuerdo con la instrucción RD 34.21.122-87.
4.3. En un edificio religioso diseñado para 200 o más personas, debe haber iluminación de evacuación.

5. CALEFACCIÓN Y VENTILACIÓN

La calefacción y ventilación de las instalaciones de un edificio religioso debe realizarse de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.05-91*.

6. EQUIPOS PRIMARIOS CONTRA INCENDIOS Y SUMINISTRO DE AGUA CONTRA INCENDIOS

6.1. Las normas para dotar a los edificios religiosos de medios primarios de extinción de incendios se adoptan de acuerdo con la Tabla. 6.

Tabla 6

*Al menos dos por habitación. 5 1*

Para otros locales, la cantidad requerida de agentes extintores primarios se determina de acuerdo con PPB 01-93.
6.2. interno suministro de agua contra incendios en un edificio religioso debe preverse con un volumen de construcción de 7,5 mil metros cúbicos o más.
Para un edificio religioso, el consumo mínimo de agua para la extinción de incendios debe tomarse de la Tabla. 7.


Tabla 7


6.3. El consumo de agua para la extinción de incendios externa de un edificio religioso para calcular las líneas de conexión y distribución de la red de suministro de agua debe tomarse de la Tabla. ocho.


Tabla 8


6.4. En áreas rurales, en ausencia de suministro de agua, se debe proporcionar un depósito o tanque contra incendios para garantizar la extinción del incendio dentro de las 2 horas.
6.5. Para la extinción interna de las cúpulas del templo, construidas con materiales combustibles, es necesario instalar tuberías secas con rociadores de diluvio equipados con cabezales de conexión contra incendios para el suministro de agua de los vehículos.

7. AUTOMATIZACIÓN CONTRA INCENDIOS

7.1. Las alarmas automáticas contra incendios deben instalarse en todos los locales con la salida obligatoria de una señal a una habitación con permanencia de personas las 24 horas o al departamento de bomberos más cercano. Al elegir detectores de humo, se debe considerar el uso de incienso y velas.
7.2. Para proteger la sala de oración, la sala del altar y otras instalaciones ceremoniales, en lugar de alarmas contra incendios automáticas, se pueden utilizar instalaciones automáticas de extinción de incendios por agua.
7.3. Los sistemas automáticos de extinción de incendios y alarma contra incendios deben realizarse de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.09-84.

8. REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD EN EDIFICIOS RELIGIOSOS DURANTE LA OPERACIÓN (además del PNB 01-93)

8.1. Los candelabros, lámparas y otros dispositivos con fuego abierto deben instalarse sobre bases no combustibles. Deben estar bien sujetos al piso para evitar que se caigan accidentalmente.
8.2. Al operar equipos de calefacción, se deben cumplir los requisitos de PPB 01-93. La estufa de calefacción en un edificio religioso debe verificarse anualmente (antes del comienzo de la temporada de calefacción) para verificar que esté lista para funcionar con la ejecución de un acto.
8.3. Los hornos deben encenderse bajo supervisión y completarse antes del comienzo de un evento con una estadía masiva de personas en un edificio religioso.
8.4. El almacenamiento de líquidos inflamables (para lámparas, lámparas, etc.) debe realizarse en gabinetes metálicos. Está permitido almacenar no más de 5 litros de líquidos inflamables en el interior.
8.5. El vertido de líquidos inflamables en lámparas y lámparas debe realizarse desde un recipiente irrompible cerrado en una bandeja para hornear hecha de material incombustible.
El vertido de líquidos inflamables en lámparas y lámparas debe realizarse solo en ausencia de una llama abierta y calentadores eléctricos encendidos a una distancia de al menos 1 m de ellos.
8.6. El stock de líquidos inflamables en la sala de oración para recargar lámparas y lámparas debe almacenarse en recipientes de metal y no debe exceder el requerimiento diario.
8.7. Está prohibido realizar cualquier trabajo de fuego en un edificio religioso cuando se realizan ceremonias en presencia de feligreses.
8.8. Los edificios de los lugares de culto deben estar equipados con sistemas de advertencia de incendios.

Lista de literatura normativa

Ley federal "Sobre seguridad contra incendios".
SNiP 2.04.02-84 Abastecimiento de agua. Redes y estructuras externas.
SNiP 2.04.09-84* "Automatización contra incendios de edificios y estructuras".
SNiP 2.01.02-85* "Estándares de seguridad contra incendios".
SNiP 2.04.01-85 Abastecimiento interno de agua y alcantarillado de edificios.
SNiP 2.07.01-89 Urbanismo. Planificación y desarrollo de asentamientos urbanos y rurales.
SNiP 2.08.02-89* "Edificios y estructuras públicas".
SNiP 11-89-90* "Planes generales para empresas industriales".
VSN 59-88 Códigos de construcción departamentales. Equipos eléctricos de edificios residenciales y públicos. Estándares de diseño.
NPB 105-95 "Determinación de categorías de locales y edificios por riesgo de explosión e incendio".
PPB 01-03 Reglas de seguridad contra incendios en la Federación Rusa.
RD 34.21.122-87 "Instrucción para la protección contra el rayo de edificios y estructuras".
GOST 30244-94 "Materiales de construcción. Métodos de prueba de inflamabilidad".
PUE Reglas para la instalación de instalaciones eléctricas”.
Carta de Gosstroy de la URSS No. 28-D de fecha 28/06/1988 "Sobre la aplicación de códigos y reglamentos de construcción en la reconstrucción, restauración, conservación, reparación y adaptación al uso de monumentos históricos y culturales".
Reglamento sobre la protección y uso de los monumentos históricos y culturales" (Resolución del Consejo de Ministros de la URSS del 16 de septiembre de 1982 No. 865).
Instrucciones sobre la recopilación, procedimiento de elaboración, coordinación y aprobación de la documentación científica y de diseño para la restauración de los monumentos inmuebles de la historia y la cultura.

Sistema de documentos normativos

Servicio Estatal de Bomberos del Ministerio del Interior de Rusia

NORMAS DEL SERVICIO DE BOMBEROS DEL ESTADO

MIA RUSIA

EDIFICIOS RELIGIOSOS

REQUISITOS DE FUEGO

NPB 108-96

SEDE

SERVICIO DE BOMBEROS DEL ESTADO

MIA RUSIA

DESARROLLADO, PRESENTADO Y PREPARADO PARA APROBACIÓN por el departamento normativo y técnico de GUGPS del Ministerio del Interior de Rusia y la sucursal de San Petersburgo de VNIIPO del Ministerio del Interior de Rusia.

ACORDADO por la carta del Ministerio de Construcción de Rusia No. 13/132 del 29.03.95 y la carta del Ministerio de Cultura de Rusia No. 495-41-14 del 06.05.96

APROBADO por el Inspector Jefe del Estado de la Federación Rusa para la Supervisión de Incendios,

Ingresó por primera vez.

2.2. Las distancias de los lugares de culto a los edificios y estructuras vecinas, según su grado de resistencia al fuego, no deben ser inferiores a las indicadas en la Tabla. una.

tabla 1

El grado de resistencia al fuego del culto.

estructuras

Distancia entre lugares de culto y edificios vecinos, m, independientemente de su altura, dado el grado de resistencia al fuego del edificio vecino

La distancia de los lugares de culto a edificios y estructuras industriales, almacenes de líquidos inflamables, líquidos inflamables y gases inflamables, gasoductos y oleoductos, etc. deben tomarse de acuerdo con los requisitos de las normas y reglas pertinentes (refiriéndose a edificios públicos).

2.3. Se debe proporcionar acceso a los lugares de culto a los camiones de bomberos: por un lado, con un ancho de la estructura de hasta 18 my en ambos lados, con un ancho de más de 18 m.

Para estructuras con un ancho de más de 100 m, la entrada de camiones de bomberos debe proporcionarse desde todos los lados.

2.4. Los pisos de la parte alta de los edificios religiosos con un estilobato deben estar provistos de acceso para bomberos desde escaleras mecánicas y ascensores.

2.5. La altura de la apertura de la puerta para la entrada de camiones de bomberos en el territorio de los lugares de culto debe ser de al menos 4,25 my el ancho, de al menos 3,5 m.

2.6. Se debe tomar el mayor número de pisos de edificios religiosos y la mayor capacidad de salas de oración dependiendo del grado de resistencia al fuego de la estructura según la Tabla 2.

Tabla 2

2.7. Acabado de las paredes de las salas de oración (a excepción de las colocadas en edificios IV, V grados de resistencia al fuego) deben estar hechos de materiales de combustión lenta o no combustibles.

El peligro de incendio de los materiales utilizados en los lugares de culto se determina de acuerdo con GOST 30244-94.

2.8. Las alfombras, alfombras y otros revestimientos para pisos colocados de forma permanente en las salas de oración deben fijarse de manera segura y estar hechos de materiales que cumplan con los requisitos de SNiP 2.08.02-89* (cambio 1). No se permite el uso de alfombras combustibles en las vías de evacuación de estructuras.

2.9. Las vigas, los listones de techo, las estructuras portantes de cúpulas y campanarios de materiales combustibles en los lugares de culto deben tratarse con retardantes de llama. La reanudación del tratamiento ignífugo debe llevarse a cabo teniendo en cuenta las acciones de las propiedades ignífugas de las composiciones, pero al menos una vez cada dos años.

2.10. El límite de resistencia al fuego de las estructuras portantes (columnas, vigas) de balcones y coros en salas de oración de edificios de I-III grados de resistencia al fuego debe ser de al menos 0,75 horas.

2.11. Una escalera de incendios de acero externa del primer tipo para subir al techo de un edificio religioso debe fabricarse de acuerdo con SNiP 2.01.02-85 *.

2.12. Parte de los barrotes de las aberturas de las ventanas de los lugares de culto deben tener bisagras y abrirse hacia el exterior.

2.13. No está permitido colocar almacenes, talleres e industrias diversas relacionadas con el almacenamiento y uso de líquidos inflamables y combustibles, gases combustibles en edificios con salas de oración.

2.14. El sótano y los pisos del sótano deben estar provistos de salidas de emergencia separadas.

Al proporcionar locales en el sótano y los pisos del sótano con salidas de evacuación de acuerdo con los requisitos de las normas vigentes, se puede permitir su comunicación funcional con la sala de oración a través del vestíbulo de acuerdo con SNiP 2.01.02-85 *.

2.15. La salida de la sala del altar, al calcular el número y el ancho de las salidas de evacuación, no se tiene en cuenta.

2.16. Los sillones, sillas, bancos o enlaces de ellos en salas de oración y en balcones con una capacidad de más de 12 asientos deben estar provistos de dispositivos para sujetarlos al piso y en filas.

2.17. Se debe tomar la mayor distancia desde cualquier punto de las salas de oración, independientemente del volumen, hasta la salida de emergencia más cercana de acuerdo con la Tabla. 3. Cuando se combinen pasajes de evacuación fuera de la sala en un pasaje común, su ancho debe ser al menos el ancho total de los pasajes combinados.

Tabla 3

Grado de resistencia al fuego

Distancia, m, en pasillos

volumen, mil m 3

Oración

2.18. Rutas de escape de las salas de oración en los lugares de culto I y II grados de resistencia al fuego deben asegurar la evacuación en el tiempo requerido,t nbe dado en la Tabla. 4.

Tabla 4

Tiempo de evacuación requerido t nbe, min

desde el salón de su

volumen, mil m 3

del edificio

Salas de oración con altar

2.19. El tiempo requerido para evacuar a las personas de la sala del altar no debe ser superior a 1,5 minutos.

2.20. El ancho de la salida de evacuación de las salas de oración debe determinarse por la cantidad de personas que evacuan a través de la salida de acuerdo con la Tabla. 5, pero no inferior a 1,2 m en salas con capacidad superior a 50 personas.

Tabla 5

Salones y locales

Grado de resistencia al fuego

Número de personas por 1 m de ancho

Salida de emergencia

en naves con un volumen, mil m 3

estructuras

hasta 5

más de 5 a 10

calle 10

1. Salas de oración en densidad

yo, yo

flujo en cada pasillo principal

no más de 5 personas / m 2

IV, V

2. Locales auxiliares

yo, yo

IV, V

2.21. En ausencia de tambores de luz en las ventanas del nivel superior en los lugares de culto, la ventilación vertical debe organizarse mediante la instalación de cúpulas, persianas o grietas con control remoto y manual en los tambores, incluso para organizar la extracción de humo en caso de incendio.

3. CATEGORÍA DE LOCALES

4. EQUIPOS ELÉCTRICOS

4.1. El equipamiento eléctrico de los lugares de culto debe realizarse de acuerdo con los requisitos del Reglamento de Instalaciones Eléctricas.

4.2. Los edificios religiosos deberán disponer de protección contra el rayo, que deberá realizarse teniendo en cuenta la presencia de elementos metálicos (cruz, media luna, etc.) del edificio religioso de acuerdo con la instrucción RD 34.21.122-87.

4.3. En los lugares de culto diseñados para 200 o más personas, debe haber iluminación de evacuación.

5. CALEFACCIÓN Y VENTILACIÓN

La calefacción y ventilación de los locales de los lugares de culto debe realizarse de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.05-91*.

6. REEMBOLSO PRIMARIO SUMINISTRO DE AGUA CONTRA INCENDIOS Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS

6.1. Las normas para dotar a los lugares de culto de medios primarios de extinción de incendios se adoptan de acuerdo con la Tabla. 6.

Tabla 6

Para otras instalaciones, la cantidad requerida de equipo primario de extinción de incendios se determina de acuerdo con PPB 01-93.

6.2. El suministro interno de agua contra incendios en lugares de culto debe proporcionarse con un volumen de construcción de 7,5 mil m 3 o más.

Para edificios religiosos, el consumo mínimo de agua para la extinción de incendios debe tomarse de la Tabla. 7.

Tabla 7

6.3. El consumo de agua para la extinción de incendios externos de lugares de culto para el cálculo de las líneas de conexión y distribución de la red de suministro de agua debe tomarse de acuerdo con la Tabla. ocho.

Tabla 8

6.4. En áreas rurales, en ausencia de agua corriente, se debe proporcionar un depósito o tanque contra incendios para garantizar la extinción del incendio en 2 horas.

6.5. Para la extinción interna de las cúpulas de los templos hechos de materiales combustibles, es necesario instalar tuberías secas con rociadores de diluvio equipados con cabezales de conexión contra incendios para el suministro de agua de los vehículos.

7. AUTOMATIZACIÓN CONTRA INCENDIOS

7.1. Se deben instalar alarmas automáticas contra incendios en todos los locales con la salida obligatoria de una señal a los locales con permanencia de personas las 24 horas o al departamento de bomberos más cercano. Al elegir detectores de humo, se debe considerar el uso de incienso y velas.

7.2. Para proteger la sala de oración, el altar y otras instalaciones ceremoniales, en lugar de alarmas contra incendios automáticas, se pueden utilizar instalaciones automáticas de extinción de incendios por agua.

7.3. Los sistemas automáticos de extinción de incendios y alarma contra incendios deben llevarse a cabo de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.09-84.

8. REQUISITOS GENERALES PARA LA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN EDIFICIOS RELIGIOSOS DURANTE LA OPERACIÓN (ANEXO A PPB 01 -93)

8.1. Los candelabros, lámparas y otros dispositivos con fuego abierto deben instalarse sobre bases no combustibles. Deben estar bien sujetos al piso para evitar que se caigan accidentalmente.

8.2. Al operar equipos de calefacción, se deben cumplir los requisitos de PPB 01-93. La calefacción de estufas en edificios religiosos debe verificarse anualmente antes del inicio de la temporada de calefacción para verificar que esté lista para funcionar con la ejecución de un acto.

8.3. Los fogones de tonka deben realizarse bajo supervisión y finalizar antes del inicio del evento con una estancia masiva de personas en un edificio religioso.

8.4. El almacenamiento de líquidos inflamables (para lámparas, lámparas, etc.) debe realizarse en gabinetes metálicos. Se permite el almacenamiento de no más de 5 litros de líquidos inflamables (FL) en el interior.

8.5. Verter GZh en lámparas y lámparas debe realizarse desde un recipiente cerrado e irrompible en una bandeja para hornear hecha de material incombustible.

Embotellado GZh en lámparas y lámparas debe llevarse a cabo solo en ausencia de una llama abierta y encender calentadores eléctricos a una distancia de al menos 1 m de ellos.

8.6. El suministro de GZH en la sala de oración para llenar lámparas y lámparas debe almacenarse en recipientes de metal y no debe exceder el requerimiento diario.

8.7. Está prohibido realizar cualquier trabajo con fuego en los lugares de culto cuando se realizan rituales en presencia de feligreses.

8.8. Los edificios de los lugares de culto deben estar equipados con sistemas de advertencia de incendios.

LISTA DE LITERATURA REGLAMENTARIA. Instrucciones para el dispositivo de protección contra rayos de edificios y estructuras.

13. GOST 30244-94. Materiales de construcción. Métodos de prueba para la combustibilidad.

14. Normas para la instalación de instalaciones eléctricas.

15. Carta de Gosstroy de la URSS No. 28-D del 28 de junio de 1988 “Sobre la aplicación de códigos y reglamentos de construcción en la reconstrucción, restauración, conservación, reparación y adaptación de monumentos históricos y culturales para su uso”.

16 Reglamento sobre la protección y uso de monumentos históricos y culturales (Decreto del Consejo de Ministros de la URSS No. 865 del 16 de septiembre de 1982).

17. Instrucciones sobre la recopilación, procedimiento de elaboración, coordinación y aprobación de la documentación científica y de diseño para la restauración de los monumentos inmuebles de la historia y la cultura... 4