Artículo 150 corpus delicti. Características jurídico-penales de la implicación de menores en la comisión de delitos

Arte. 150 del Código Penal de la Federación Rusa habla sobre la retribución de la ley a un adulto por involucrar a un menor en la comisión de un delito. Este es un acto de ciudadanos que se consideran maduros, la ofensa más común contra los niños adolescentes. Las personas mayores tienen una influencia psicoemocional en una persona joven que aún no se ha fortalecido desde el punto de vista moral. Los adolescentes de esta edad tienen más probabilidades de caer bajo influencias extrañas. Las estadísticas muestran que cada 20 delitos son cometidos por un menor de edad o con su participación. Pero incluso si el niño ha cometido un acto ilegal, el castigo también recaerá sobre la persona madura que lo haya atraído.

Involucrar a los adolescentes en banda criminal o incitar a actos ilegales, enfrentar un proceso penal u otras sanciones prescritas.

Nueva edición del ordenamiento jurídico indica que es un hecho punible la intervención de menores por parte de una persona mayor para la comisión de un delito. Lo dispuesto en el artículo 150 del Código Penal de la Federación Rusa.

Por lo general, los ciudadanos que han cumplido los 18 años, para involucrar a menores en acciones socialmente peligrosas, utilizan:

  1. Engaño.
  2. Intimidación, chantaje.
  3. Otro tipo de influencia.

Para esto, se proporciona un castigo, los ciudadanos son encarcelados por 5 años.

La incitación a la delincuencia de los niños pequeños por parte de los padres, los maestros o las personas que los crían legalmente también está sujeta a enjuiciamiento penal.

Fijado:

  • prisión por 6 años;
  • restricción de la libre circulación durante 6 años con privación del derecho a ejercer una determinada profesión;
  • privación del derecho a realizar determinadas actividades por un período no superior a 3 años.

En algunas situaciones, solo se aplica la detención sin restricciones.

Es punible la participación de adolescentes con la ayuda de un acto violento o la amenaza de su uso, según lo señalado en los incisos 1 y 2 del vigente artículo 150 del Código Penal.

Fijado:

  1. Detención de 2 a 7 años.
  2. Restricción en la libre circulación por un período de 2 años.

Los actos, en virtud de las partes 1, 2, 3, relacionados con la participación de jóvenes en grupos delictivos o que participen en anarquía grave, especialmente grave, están sujetos a castigo.

Son punibles los actos delictivos cometidos a instigación de personas mayores que inciten al odio político, nacional, racial, religioso y a la manifestación de una posición negativa hacia cualquier estrato social.

La legislación dispone:

  • detención de 5 a 8 años;
  • truncamiento de la libertad por 2 años.

El peligro social de la anarquía radica en la intrusión en el desarrollo de la personalidad de los ciudadanos que no han llegado a la edad de llevar ante la justicia.

Cada participación de menores en ayudar a violar la ley crea una reserva para reponer el mundo de los delincuentes.

El artículo comentado incluye cuatro partes que califican la composición del delito. Las acciones de la parte 1 se clasifican como anarquía de gravedad moderada, y las partes 2 y 4 se clasifican como atrocidades graves.

El objeto de la usurpación delictiva son los lazos sociales que se asocian con:

  1. Moral.
  2. Psíquico.
  3. El desarrollo interno de los adolescentes.

Apenas están comenzando a formar una conciencia legal y a desarrollar la necesidad de conducta lícita. Un menor es un ciudadano que tiene menos de 18 años de edad.

El lado objetivo de la composición delictiva se expresa por la participación de menores en la comisión de un delito por:

  • varias promesas engañosas;
  • acciones amenazantes;
  • otro impacto.

Signos obligatorios del lado objetivo de las opciones por las cuales se cometieron violaciones de la ley, es decir, por exhortación, información engañosa, acciones amenazantes u otros métodos de influencia.

A los adolescentes se les puede prometer:

  1. Dinero en efectivo.
  2. regalos
  3. Parte de los artículos robados.
  4. Prestación de algunos servicios, consistentes en la obtención de educación, empleo, solución de problemas personales, familiares, domésticos, problemas sociales joven, sus parientes.

Además, una persona mayor puede prometer patrocinio a un joven en una carrera criminal.

El engaño consiste en dar información falsa a una joven sobre el desgobierno cometido, convenciéndola de que nada la amenaza por participar en el delito. Inspirar la idea de que no habrá consecuencias legales para él o que puede bajarse libertad condicional. En otro caso, engañan deliberadamente al niño, brindan información falsa sobre la víctima.

Los jóvenes pueden recibir amenazas de revelar información perjudicial sobre sus familiares más cercanos o personalmente. O se chantajea a un menor para que destruya, dañe la propiedad existente, lo expulse de una institución educativa o use otras medidas de advertencia. La amenaza recibida con el uso de la violencia está calificada por el apartado 3 de este artículo.

Otra opción para involucrar a un niño pequeño en la comisión de una violación de la ley es:

  • desarrollo en el niño de sentimientos de venganza;
  • incitar al odio por las diferencias raciales, nacionales, religiosas;
  • provocativo, indicando que la joven tiene miedo de crecer y no toma decisiones por sí misma.

Otra opción para atraer es la solicitud de personas mayores para participar en el crimen. La composición del delito es esencialmente formal. Una acción ilegal se considera consumada cuando el niño es llamado a cometer un delito, haya ocurrido o no.

No se puede evitar una respuesta penal por involucrar a jóvenes en la participación en el delito, como actor, coejecutor, cómplice, persona mayor.

Si tomamos el lado subjetivo de la ofensa, entonces se caracteriza por culpa con intención directa. El atacante se da cuenta de que un ciudadano menor de 18 años está involucrado en la anarquía.

La decisión del Pleno en el numeral 8 de la BC N 7 establece que una persona mayor tiene la oportunidad de evitar una respuesta penal en una situación en la que, con su acto, sin saberlo, atrajo a una joven para cometer una violación de la ley. O no eran conscientes de la infancia del sujeto.

La motivación y la obtención de un fin en la calificación de una acción como delito no tienen ningún efecto. El sujeto de invasión ilegal es una persona sin desviaciones mentales de 18 años.

Un adulto es penalmente responsable por una atrocidad en la que el niño involucrado fue:

  1. Co-ejecutor.
  2. Contratista.

Asimismo, por incitar a un adulto a delinquir por un menor, se espera que enjuiciamento criminal.

En la segunda parte de esta ley, la composición del delito prevé la distinción de un sujeto especial.

  • padres;
  • maestros;
  • guardianes

Los que tienen derecho a criar a los hijos. Los padres son las personas inscritas como padre o madre en el acto de inscripción del nacimiento y cuyos derechos están establecidos por la ley.

Los padres que han arrastrado a su hijo menor al delito están sujetos a responsabilidad penal en virtud de la parte 2, independientemente de si están privados o limitados de sus deberes parentales.

Un maestro es una persona que lleva a cabo actividades educativas y de crianza:

  1. En una institución especializada de cualquier tipo.
  2. En el curso del trabajo pedagógico individual.

Otros ciudadanos que, conforme a la ley, están obligados a criar a personas que no hayan alcanzado la mayoría de edad son los padres adoptivos, tutores, padres de crianza y familias. Esto también incluye a los educadores, profesores de instituciones de todo tipo.

No se consideran otras personas las que están autorizadas por la ley para llevar la obligación de criar a los hijos:

  • padrastro;
  • madrastra;
  • abuelo abuela;
  • hermano hermana;
  • el resto de la familia.

La parte 3, que establece la calificación especial de un delito, prevé la opción de cometer una atrocidad mediante el uso de acciones violentas o chantajeando su uso. La ley implica toda manifestación de la imposición de la voluntad de una persona mayor, independientemente del daño causado a una persona menor de edad. Coacción en virtud del art. 112-116, parte 1 del art. 117-119, que cubre la parte 3 del art. 150 además no califican.

Cuando se infligen intencionadamente lesiones graves a la salud (art. 111), se practica tortura con el uso de circunstancias agravantes (art. 117, parte 2), entonces se califican junto con el art. 150 del Código Penal de la República Rusa.

La Parte 4 prevé una respuesta penal si:

  1. Participación de un menor en la comisión de un delito del Código Penal de la Federación Rusa como parte de un grupo.
  2. Iniquidad grave o especialmente grave cometida.
  3. Hubo una violación de la ley sobre la base de malentendidos raciales, nacionales, religiosos y políticos.

Tal anarquía siempre se basa en la hostilidad hacia las personas que pertenecen a otros puntos de vista étnicos e ideológicos.

Detrás de la atracción de los menores a cometer actos antisociales al margen de la ley, siempre hay una razón subyacente, la influencia de una persona mayor que quiere cometer tales violaciones de la ley, pero al mismo tiempo despierta ese deseo en un niño pequeño.

Un ciudadano maduro, bajo el influjo de promesas, amenazas de chantaje o engaño, invita a una joven a realizar un acto ilegal. mirando al rededor práctica judicial se advierte el hecho de que muchos condenados, aunque hayan cumplido los dieciocho años, no son mayores que los objetos involucrados en situaciones delictivas.

  • Corte de la ciudad de Volga Región de Volgogrado Ch., de 20 años, fue condenado por dos delitos en virtud de la Parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa. Se liaba con conocidos que no habían llegado a la mayoría de edad, a los que conocía muy bien. Por persuasión, los persuadió a cometer el robo de la propiedad de otras personas, mientras les prometía una recompensa económica, lo que llevó a los menores a cometer un acto ilegal;
  • en la ciudad de Volgogrado, el órgano judicial del distrito de Sovetsky dictó sentencia contra S., de veinte años, por involucrar al menor A. en infringir la ley. De acuerdo con las disposiciones de la Parte 3 del art. 30, párrafo "a" parte 2 del art. 158 del Código Penal de la Federación de Rusia., el culpable S. fue condenado por el delito cometido en virtud de la Parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa, parte 3 del art. 30 p. "a", parte 2 del art. 158 del Código Penal de la Federación Rusa.

El mayor influye mentalmente en el adolescente desde el inicio de la propuesta de delinquir y desde la implementación de unos momentos preparatorios que contribuyen a las condiciones previas para el desarrollo de la intencionalidad en el joven para futuros actos forenses.

Siguiente ejemplo:

  • mientras visitaba el supermercado con su hijo de 15 años, al padre se le ocurrió la idea de llevar cosas a la tienda que, en principio, no necesitaban. Y como prácticamente no había recursos económicos, después de una negativa no muy larga, el niño accedió. Cuanto más vio buen ejemplo después de que su padre metió cosas robadas en sus bolsillos. Al salir de la tienda, sentado en su automóvil, el padre, “inspirado” por un resultado exitoso, sugirió que volvieran al supermercado nuevamente ya que tuvieron tanta “suerte”. Pero el hijo ya había comenzado a tener dudas, y trató de disuadir a su padre de que no volviera al lugar, pero el padre ignoró el comentario de su hijo. Al regresar a la tienda, llamaron la atención de los guardias con su comportamiento y fueron detenidos durante el crimen. Durante el procedimiento, el padre y el hijo no pudieron dar una respuesta clara de por qué se llevaron varias cosas pequeñas. Ambos fueron acusados ​​de cometer ilegalidad en virtud de la parte 3 del art. 30 p. "a", parte 2 del art. 158 del Código Penal de la Federación Rusa (intento de robo encubierto de la propiedad ajena, cometido por un grupo de personas que habían acordado previamente). Además, el padre fue acusado del artículo 150 del Código Penal de la Federación Rusa, parte 2, por dibujar a un hijo pequeño como nativo, por un ejemplo negativo para el niño. Hay que rendir homenaje al trabajo del abogado de los padres, que consiguió negociar con la tienda. Se presentó una moción para dar por terminado el proceso judicial, ya que las partes acordaron la conciliación. Por lo tanto, el acusado fue declarado no culpable de la violación de la ley en virtud de la Parte 2 del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa, fue absuelto porque no hay corpus delicti en su acción;
  • Al acusado P., que es un adulto, se le acusó de saber exactamente sobre la edad menor de edad de F. y le ofreció un acto ilegal, robar granos de un almacén ubicado en el territorio de una tienda de granos. Al menor se le prometió algo suma de dinero después de la venta de los bienes robados. Pero P. fue absuelto por el tribunal en virtud del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa, se les dijo que en la etapa investigación preliminar La acusada P. confesó plenamente su culpabilidad en la violación de la ley. También se les informó que conocían al menor F. desde la infancia y tenían un año de diferencia de edad, sin embargo, el atentado cometido con la participación de una persona menor de edad ocurrió unos meses antes de que el menor cumpliera los 18 años. de edad. No había desigualdad de edad entre los adolescentes, nadie intentaba liderar uno frente al otro. La venta de granos robados la realizaba en ese momento un menor F., quienes fueron entregados al mayor P. dinero en efectivo de la venta de bienes. El tribunal enfatizó el hecho de que la anarquía cometida conjuntamente por un adulto con un menor no constituye un delito, lo que está previsto en el art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa. Sin embargo, no a todos les gustó la decisión de la corte.

Por lo tanto, refiriéndose a abogado con experiencia ayudar a establecer el verdadero estado de cosas. En tales situaciones, es necesario analizar cuidadosamente los materiales del caso, verificar las pruebas proporcionadas y aclarar todos los motivos para la afirmación de que se desconoce la edad de una persona menor. En algunos casos, tales delitos pueden estar sujetos a responsabilidad en virtud del Código de Infracciones Administrativas.

Como muestran las estadísticas, se sabe que los hombres mayores o ciudadanos que involucran a los jóvenes en actividades delictivas en su mayoría tienen antecedentes penales y tienen una cierta orientación antisocial. Y por eso les es indiferente la edad de los adolescentes implicados en el crimen.

Al examinar los datos personales de los imputados, la autoridad judicial llama la atención sobre los materiales disponibles que caracterizan a los imputados con lado positivo. Es la presencia de actividades sociales, empleo, formación, estado civil, todos estos factores pueden afectar la posible corrección de una persona sin aislarla de la sociedad.

objeto directo Los delitos son relaciones públicas relacionadas con el cumplimiento de las normas. Alabama desarrollo físico, educación moral de un menor .

lado objetivo corpus delicti se caracteriza por actividad comportamiento dirigida a incitar el deseo de un menor de edad a participar en la comisión de uno o más delitos.

Maneras de involucrarse :

promesas;

Amenazas (excluyendo la amenaza de violencia)

De forma diferente (persuasiones, garantías de impunidad, soborno, despertar de sentimientos de venganza, envidia, etc.).

La naturaleza del delito en que se ve implicado un menor, así como el papel para el que está siendo preparado por un adulto (artista, cómplice, etc.), para calificar la actuación del autor del art. 150 del Código Penal no importa.

Sujeto delitos, como expresamente establece el art. 150 del Código Penal, puede haber una persona sana que haya cumplido 18 años.

CON lado subjetivo delito previsto en el art. 150 del Código Penal, caracterizado intención directa : el autor es consciente de que está involucrando al menor mediante promesas, engaños, amenazas o de otro modo en la comisión de un acto punible penalmente, y desea involucrar al menor en la comisión de un delito. No se puede ser atraído por responsabilidad penal mayor de edad, si no se percató de que con sus actos estaba involucrando a un menor en la comisión de un delito o desconoció la minoría de edad de la persona involucrada en el delito (párrafo 8 de la resolución del Pleno Corte Suprema RF de 14 de febrero de 2000 N° 7).

De acuerdo con el párrafo 8 de la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación Rusa de fecha 14 de febrero de 2000 No. 7 "Sobre la práctica judicial en casos de menores", un delito en virtud del art. 150 del Código Penal, debe considerarse cumplida desde el momento en que el menor se ve involucrado en la comisión de un delito o de actos antisociales, independientemente de que haya cometido alguno de estos ilícitos. En otras palabras, este crimen es composición formal cuando el lado objetivo es, de hecho, una incitación exitosa y efectiva al crimen.

En los casos en que, a pesar del impacto, el menor no tuviera deseos de delinquir, es decir, adulto no involucró a un menor en la comisión de un delito, las acciones del autor deben ser reconocidas intento de asesinato de cometiendo esto crímenes .

pregunta sobre el momento fin del crimen es discutible, ya que el "doblado" no realizó ninguna acción que indique que el perpetrador llegó resultado real, por lo tanto, en la ciencia del derecho penal, se ha generalizado tal interpretación, según la cual el delito previsto en el art. 150 del Código Penal, se reconoce cumplida desde el momento en que el menor cometió el delito, al menos en la etapa de preparación.


Si un menor cometió un delito en el que estuvo involucrado, el autor debe ser considerado responsable en virtud de la totalidad del art. 150 del Código Penal y por incitación a un delito en el que involucró a un menor, y si al mismo tiempo él mismo participó en la comisión de este delito, como cómplice de este delito. Por la totalidad de dos delitos, un adulto también es responsable cuando, bajo su influencia, un delito fue cometido por un adolescente que no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal (el adulto es responsable del delito como autor y de involucrar a un menor en la comisión de un delito).

Escuadrones calificados . Parte 2 Arte. 150 El Código Penal prevé el mismo hecho, cometido por un padre, maestro u otra persona a quien la ley le ha encomendado la responsabilidad de criar a un menor lo que hace que el crimen sea más peligroso. signo de calificación v este caso se refiere a sujeto crímenes ( el es especial ): el culpable en relación con el menor implicado en la comisión de un delito no es un extraño, sino una persona que tiene la responsabilidad establecida por la legislación sobre la familia u otras regulaciones responsabilidad de la crianza del niño.

Otro signo calificativo de la implicación de menores en la comisión de un delito es la ley ( Parte 3 Arte. 150 Reino Unido ) considera los actos previstos en los incisos 1 y 2 del art. 150 Reino Unido, cometido con el uso de la violencia o con la amenaza de su uso (impacto físico). De esta redacción se desprende que el sujeto de este tipo de delito puede ser tanto una persona ajena al adolescente implicado en el delito, como sus padres y tutores. Calificación mismo firmar se refiere a lado objetivo y es evidente cuando la participación de un menor en un delito está asociada con violencia real o la amenaza de su uso (golpear, causar daños corporales etc). Donde imposición real daño grave La salud debe clasificarse según agregación de delitos de acuerdo con la parte 3 del art. 150 y la parte 1 del art. 111 del Código Penal.

especialmente personal calificado el delito en cuestión está previsto en la Parte 4 del art. 150 del Código Penal, que establece la responsabilidad por participación de un menor en un grupo delictivo o en la comisión de un hecho grave o especialmente delito grave . En este caso, un adolescente está involucrado en un delito que es cometido por un grupo sin concierto previo (parte 1 del artículo 35 del Código Penal), según colusión(Parte 2 del Artículo 35 del Código Penal), un grupo organizado (Parte 3 del Artículo 35 del Código Penal) o una comunidad criminal (Parte 4 del Artículo 35 del Código Penal) o en la comisión de un delito que pertenece a la categoría de grave o especialmente grave (parte 3 del artículo 35 del Código Penal).4 y parte 5 del artículo 15 del Código Penal).

El objeto genérico de los delitos del art. 150, 151 del Código Penal de la Federación Rusa son relaciones públicas que garantizan los derechos e intereses del individuo (el derecho a la seguridad de la vida, la salud, la dignidad, el honor, la libertad sexual y la inviolabilidad, derechos constitucionales y libertad, etc.).

La especie objeto -relaciones públicas que aseguren la correcta crianza del menor, el desarrollo y conservación de la familia como institución social que forma la personalidad del menor- conjuga los delitos de la misma dirección, previstos en el Capítulo 20 del Código Penal. de la Federación Rusa.

El principal objeto directo de involucrar a un menor en la comisión de un delito debe ser reconocido como relaciones sociales que aseguren el derecho del menor a la protección de información perjudicial para su desarrollo moral y espiritual. Un objeto adicional del delito son las relaciones públicas que garantizan la seguridad de la propiedad - en caso de amenaza de destrucción o daño a la propiedad, la seguridad del honor y la dignidad - en caso de chantaje (partes 1.2 del artículo 150 del Código Penal de la Federación Rusa). Un objeto opcional son las relaciones sociales que aseguran la salud o la libertad - en la aplicación de la violencia; o relaciones públicas que garanticen la seguridad de estos beneficios, en caso de amenaza de violencia (parte 3 del artículo 150 del Código Penal de la Federación Rusa).

La implicación de un menor en la comisión de un delito es toda acción deliberada encaminada a incitarle a cometer un delito, despertando su deseo de cometerlo.

En la parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia, se registran tales métodos de cometer un delito como promesa, engaño, amenaza y otros métodos.

Una promesa es la aceptación por parte del culpable de una obligación de proporcionar al menor cualquier beneficio en el futuro, por ejemplo, para ayudarlo a encontrar un trabajo o estudiar.

El engaño es una tergiversación deliberada mediante la transferencia de información que no corresponde a la realidad o el silencio sobre varios hechos, cosas, fenómenos de la realidad con el fin de persuadir a un menor de edad para que cometa un delito.

La amenaza es la intimidación. victima causando cualquier daño a él, en particular, destrucción o daño a la propiedad, divulgación de información que constituya un secreto personal o familiar. La realidad de la amenaza se valora teniendo en cuenta diversas circunstancias: la percepción de la amenaza por parte de la víctima (factor subjetivo), y todas las circunstancias que caracterizan la intención del perpetrador ( factor objetivo): la forma de expresar la amenaza, la identidad del autor, su conducta anterior, el lugar de expresión de la amenaza, una clara superioridad de poder a favor del autor, la naturaleza de la relación anterior entre el autor y la víctima (por ejemplo, la persecución sistemática de la víctima), la caracterización de la personalidad del perpetrador en general, la presencia de antecedentes penales, etc. La amenaza puede expresarse verbalmente o escribiendo transmitida por otros medios de comunicación: teléfono, fax, Email; gestos, etc Derecho penal Federación Rusa. parte especial/ editado por B.V. Zdravomyslova M.: "Jurista", 1999 - P.123

Otra forma de involucrar a un menor puede ser la persuasión, el soborno, dar consejos, incitar cualquier motivo bajo (envidia, ira, venganza) en un menor.

Como se indica en la resolución del Pleno de la Corte Suprema de la Federación Rusa No. 7 "Sobre la práctica judicial en casos de delitos juveniles" del 14 de febrero de 2000, la composición de involucrar a un menor en la comisión de un delito es formal.

Parece posible en la disposición de la Parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia, el término "participación" debe reemplazarse por "declinación". Esto permitirá conectar el momento del final de este acto con el despertar del deseo del menor de delinquir.

El párrafo 9 de dicha resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación Rusa establece: “Cuando se incita a un menor a cometer un delito, las acciones de una persona adulta en presencia de signos de dicho crimen debe calificar según el art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia, así como en virtud de la ley que establece la responsabilidad por complicidad (en forma de incitación) en la comisión de un delito específico. Los culpables de involucrar a menores en la comisión de delitos en la mayoría de los casos (96%) fueron considerados responsables no solo en virtud del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa, sino también en conjunto por un delito cometido conjuntamente con un menor.

La calificación de las actuaciones de un adulto infractor depende también de las características del menor implicado en la comisión de un acto socialmente peligroso. El Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia llamó la atención sobre el hecho de que “la comisión de un delito utilizando a una persona que no está sujeta a responsabilidad penal por edad (artículo 20 del Código Penal de la Federación de Rusia) o locura ( El artículo 21 del Código Penal de la Federación Rusa) no crea complicidad. Al mismo tiempo, cuando un delito sea cometido por un menor que no esté sujeto a responsabilidad penal por las causales anteriores, la persona que involucró al menor en la comisión de este delito, en virtud de la Parte 2 del art. 33 del Código Penal de la Federación Rusa es responsable como artista intérprete o ejecutante a través de un desempeño mediocre.

La participación de un menor en la comisión de un delito se caracteriza por la intención directa: una persona que ha cumplido los dieciocho años es consciente del lado fáctico y social de involucrar a un menor en la comisión de un delito y lo desea. La citada decisión del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación Rusa establece que si un adulto no sabía acerca de la minoría de edad de la persona involucrada en la comisión de un delito, no puede ser considerado responsable en virtud del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa.

El sujeto del delito de conformidad con la Parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa es una persona física sana que ha cumplido dieciocho años. Implicación en la comisión de un delito por un menor de otro menor esta composicion no constituye un delito.

El corpus delicti es formal. En la resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación Rusa No. 7 "Sobre la práctica judicial en casos de delitos juveniles" del 14 de febrero de 2000, se señala que el delito se considera consumado desde el momento en que el menor está involucrado en la comisión del delito, independientemente de si cometió alguno de los actos ilegales especificados Comentario artículo por artículo del Código Penal de la Federación Rusa de 1996 (bajo la dirección editorial de Naumov AV) - M .: "Gardarika", Legal Fundación Cultura 2003 - P.288.

En la parte 2 del art. 150 y el apartado 2 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa establece una mayor responsabilidad por involucrar a un menor en la comisión de un delito (acciones antisociales) tema especial- por un padre, maestro u otra persona a quien la ley le ha encomendado la responsabilidad de criar a un menor. En este caso, se entiende por padres a los padres plenamente capaces, así como a los padres privados de la patria potestad o limitados en ella conforme a la código de la Familia radiofrecuencia Un docente es una persona que ocupa un cargo propio en una institución educativa o educativa estatal o no estatal, a quien se le encomienda realizar una labor educativa con un adolescente involucrado en la comisión de un delito. "Otra persona" es un tutor (custodio), padrastro, madrastra, padres adoptivos, empleados de comisiones de menores, colonias educativas, instituciones educativas y educativas y médicas educativas y otras personas que están encargadas por ley de la responsabilidad de criar a un menor. De acuerdo con la parte 3 del art. 150, apartado 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa, surge la responsabilidad por involucrar a un menor en un delito (acciones antisociales) cometido con el uso de violencia o con la amenaza de su uso.

La violencia, en el sentido de la parte 3 del art. 150 y el apartado 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa, puede expresarse en palizas, así como otras acciones violentas relacionadas con causar dolor físico a la víctima o restringir su libertad - atarlo, encerrarlo en una habitación, golpearlo, causarle daño leve, moderado daño a la salud. En caso de causar daños corporales graves, el hecho forma un conjunto de delitos en virtud de la Parte 3 del art. 150 o la parte 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación de Rusia y el art. 111 del Código Penal de la Federación Rusa. La corrección de esta calificación se evidencia por una comparación de las sanciones de estas normas.

La amenaza de violencia incluye la amenaza de palizas, causando daño a la salud de cualquier gravedad, así como la amenaza de asesinato, violación, agresión sexual. Tal amenaza está completamente cubierta por la composición de "participación" y no requiere calificación adicional bajo el art. 119 del Código Penal de la Federación Rusa.

Este tipo de amenaza debe tener signos de concreción y realidad y puede expresarse de forma oral o escrita, transmitida por otros medios de comunicación: teléfono, fax, correo electrónico; gestos, haciendo ciertas acciones- demostración de armas de fuego y armas blancas, elementos utilizados como armas. Como muestra el estudio de los materiales de práctica, en muchos casos hay una combinación de diferentes formas de expresar amenazas de muerte. Por ejemplo, al amenazar verbalmente de muerte, el perpetrador realiza algunas acciones (muestra armas frías o de fuego, etc.), reforzando la seriedad de las intenciones.

En la parte 4 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia establece una mayor responsabilidad por la comisión de actos previstos en las Partes 1, 2, 3 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia relacionado con la participación de un menor en un grupo delictivo o en la comisión de un delito grave o especialmente grave.

La redacción de esta norma es infructuosa, pues su interpretación literal da la siguiente disposición: “Participación de un menor en la comisión de un delito asociado a la participación de un menor en un grupo delictivo o en la comisión de un delito grave o especialmente grave. ." Quizás la parte 4 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia debería haberse redactado de la siguiente manera: "Rechazar a un menor a participar en un grupo delictivo o a cometer un delito grave o especialmente grave".

Es necesario mejorar las normas que prevén la responsabilidad por tipos calificados de participación de menores en la comisión de delitos u otras acciones antisociales. Así, es necesario diferenciar la responsabilidad penal por la implicación de menores en la comisión de delitos u otros actos antisociales, en función de:

a) la edad de la víctima, ya que la implicación de un menor en la comisión de hechos penalmente punibles o antisociales entraña una peligrosidad social superior a la de cualquier otro menor. Para ello, se sigue en la Parte 3 del art. 150 y el apartado 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa para prever el castigo por inducir a una persona que se sabe que es menor de 14 años;

b) la forma de participación. Para esto, se encuentra en la Parte 2 del art. 150 y el apartado 2 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa para prever el castigo por el uso de violencia que no sea peligrosa para la vida y la salud o la amenaza de su uso, y en la Parte 3 del art. 150 y el apartado 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa - por violencia peligrosa para la vida y la salud o la amenaza de su uso;

c) consecuencias. Así, en la parte 3 del art. 150 del Código Penal de la Federación Rusa, es necesario prever un castigo más severo si un menor ha cometido un delito, y en la Parte 3 del art. 151 del Código Penal de la Federación de Rusia: para establecer una mayor responsabilidad por un acto que tuvo graves consecuencias (alcoholismo, abuso de sustancias, etc.).

La participación de menores en la comisión de actos antisociales debe distinguirse de los delitos conexos. En particular, existe el problema de distinguir entre los delitos previstos en el art. 151 y art. 230 del Código Penal de la Federación de Rusia (rechazo al consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas). Para calificar las acciones de una persona como involucrando a un menor en el uso de sustancias embriagantes, es necesario establecer que, en primer lugar, los estupefacientes no eran estupefacientes ni sustancias psicotrópicas; en segundo lugar, había una naturaleza sistemática de tales acciones. La participación de un adolescente en el consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas debe ser calificada en el inciso “c” de la Parte 2 del art. 230 del Código Penal de la Federación Rusa, incluso con una comisión única de un acto Curso de derecho penal. En 5 tomos. Tomo 2. La teoría de la sanción penal / ed. los doctores ciencias juridicas, Profesor G.N. Borzenkov y Doctor en Derecho, Profesor V.S. Komissarov) - M.: IKD "Zertsalo-M", 2005 - P.188.

En el caso de la participación de un menor en la prostitución, es necesaria la escritura, teniendo en cuenta las modificaciones del art. 151 del Código Penal de la Federación Rusa califican solo por horas 3 Artículo. 240 del Código Penal de la Federación Rusa. Objeto directo previsto por el art. 240 del Código Penal de la Federación Rusa, es la moralidad pública, es decir, la totalidad relaciones públicas, que determinan la idea en una sociedad dada del bien y del mal, de la decencia y la obscenidad, de lo humano y lo inhumano, de lo justo y lo injusto. Métodos de participación en la prostitución en el sentido del art. 240 del Código Penal de la Federación Rusa son diversas, incluso como el uso de la violencia o la amenaza de su uso, que forman un tipo calificado de delito (parte 2 del artículo 240 del Código Penal de la Federación Rusa).

Cuando la participación de un menor en la comisión de un delito u otras acciones antisociales esté precedida de su compra y venta o captación, transporte, traslado, acogida o recepción, cometidos con el fin de su explotación, todos los hechos están sujetos a calificación bajo Arte. 150 (Art. 151) y el inciso "b" parte 2 del art. 1271 del Código Penal de la Federación de Rusia "Trata de seres humanos".

responsabilidad por delitos menores

Hace relativamente poco tiempo, en una conferencia internacional sobre los derechos del niño, se dijo que de todos los delincuentes juveniles en Rusia, dos tercios van a rehabilitación y solo un tercio va a los tribunales. Aproximadamente uno de cada diez acaba en la cárcel.

Se pueden dar otras cifras: cada año, los adolescentes mayores de catorce años (la edad de responsabilidad penal de muchos delitos), pero menores de dieciocho, cometen unas sesenta mil atrocidades. Sin embargo, no siempre los niños recientes llegan a pensamientos sobre. A menudo esto sucede con la participación de adultos, a veces muy adultos.

Características del crimen.

Suena aterrador, pero la complicidad en varios delitos de adolescentes es muy popular en mundo criminal. La razón principal es la relativa indulgencia de las penas para los menores, especialmente para el primer delito.

No es raro que los adolescentes asuman toda la culpa. Esto aumenta su autoridad en círculos específicos. Y los verdaderos delincuentes, a menudo reincidentes, se salvan de un merecido castigo.

Este fenómeno suele ser grupos criminales niveles diferentes. Pero también hay muchos otros casos. El artículo 150 del Código Penal de la Federación Rusa está dedicado a la participación de un menor en la comisión de un delito.

Conociendo el concepto de involucrar a un menor en la comisión de un delito, hablemos de sus signos.

De forma accesible, el siguiente video visual contará sobre la participación de un menor en la comisión de un delito:

Características que califican

El artículo se divide en cuatro partes. Cada uno de ellos está dedicado a un delito con determinadas características:

  1. El agresor es un adulto. Sus métodos son, el engaño de un menor, cualquier promesa.
  2. Un menor está involucrado por aquellos que, por cualquier razón, están obligados a educarlo: padres, maestros, etc.
  3. El delito va acompañado de amenazas reales o de esta naturaleza.
  4. Los tres puntos anteriores más las características especiales de calificación. Por ejemplo, si un adolescente se une a un grupo de intrusos, comete un delito grave o especialmente grave. O el motivo será el odio racial, religioso, ideológico.

Hablaremos de formas de involucrar a menores en la comisión de delitos más adelante.

Maneras de involucrarse

Se pueden encontrar ideas sobre este tema y algunas explicaciones en los comentarios al artículo 150. Si hablamos de violencia o su amenaza, entonces todo está relativamente claro aquí. Las preguntas suelen surgir de otras maneras.

Por ejemplo, una promesa puede relacionarse con cualquier cosa: bienes materiales, servicios, ayuda posterior. El engaño se utiliza a menudo para formar una actitud negativa hacia una víctima potencial de un delito futuro.

Las amenazas (a excepción de las relacionadas con la violencia) pueden ser muy diversas. Por ejemplo, las perspectivas, el daño a la reputación y muchos otros pueden resumirse a un menor.

Sobre qué es objeto, sujeto, es decir, sobre la composición del delito de involucrar a un menor en la comisión de un delito, sigue leyendo.

cuerpo del delito

  • Los expertos denominan objeto del delito de involucrar a un menor en la comisión de un delito al normal desarrollo físico y mental de un adolescente involucrado. Es difícil discutir esto, ya que un crimen puede paralizar una psique semi-infantil e inestable. El uso de la violencia puede dañar la salud de un menor (esto se califica por separado).
  • La motivación de un adolescente para delinquir es un aspecto objetivo.
  • El lado subjetivo es la intención directa y la comprensión de que es el adolescente quien trama el crimen. Si el imputado prueba que desconocía a la minoría de los imputados, no se forma el corpus delicti previsto en el artículo 150.

Los abogados aún discuten sobre el momento en que terminó el crimen. Algunos creen que la composición es formal: un adulto es culpable, apenas realiza al menos algún tipo de acción envolvente. Otros insisten en la composición material, es decir, el adolescente involucrado debe al menos comenzar a prepararse para el crimen.

Responsabilidad por involucrar a un menor en la comisión de un delito

Aquí todo está determinado por signos calificativos. Según la naturaleza, los métodos y otras características de la participación del adolescente, el tribunal puede ordenar (en orden descendente):

  • prisión, máximo - ocho años;
  • restricción de la libertad (dos años como máximo) a discreción del tribunal;
  • la prohibición de ejercer determinados cargos (ciertos tipos de actividades) por un período no superior a tres años, facultativo.

La participación de un menor en la comisión de un delito tiene su propia práctica judicial. Hablaremos de ello más adelante.

Con más detalle sobre la responsabilidad de involucrar a un menor en la comisión de un delito, los expertos lo cuentan en el siguiente video:

Práctica de arbitraje

Ejemplo 1 A. V. trabajaba como profesor, pero un día decidió “ganar un dinero extra” no en su especialidad. Para ello convenció al menor F. para que robara rodillos metálicos para cintas transportadoras en la fábrica.

F. se dirigió a la planta a través de un agujero en la pared, recogió los rodillos, después de lo cual A.V. condujo hasta el agujero y tomó el "botín". En total, se robaron más de diez mil rublos en videos. Por cada robo, A.V. le dio a F. pequeñas sumas de dinero.

Tras el arresto, A.V. admitió su culpabilidad, se arrepintió y fue totalmente indemnizado daño material. El tribunal lo declaró culpable de robo, así como de involucrar a un menor en la comisión de un delito (en virtud de la segunda parte del artículo 150, ya que A.V. era profesor). La sentencia general es una sentencia suspendida de tres años, la prohibición de actividad pedagógica dentro de uno tres años meses.

Ejemplo 2 P.P. encontró una parcela entera de cáñamo silvestre en el bosque, la cosechó, la secó en el patio de la casa de un menor T.E., donde vivía en ese momento. El cáñamo seco resultante se envolvió en un periódico y se escondió en el ático.

Después de un tiempo, P.P. fue detenido, estuvo en un centro de detención temporal. Por teléfono, le pidió a T.E. que le trajera un paquete del ático, escondiéndolo en un paquete de comestibles. TE cumplió con la solicitud de PP, escondió la bolsa de cannabis en un recipiente de plástico con papas y arenques. Más tarde, se descubrió el "paquete".