Apartado 5 del artículo 14.13 de la Coap. Cambios en la legislación fiscal en materia de liquidación de deudas y procedimientos concursales

1. Ocultamiento de propiedad, derechos de propiedad u obligaciones de propiedad, información sobre la propiedad, su tamaño o ubicación, u otra información sobre la propiedad, derechos de propiedad u obligaciones de propiedad, transferencia de propiedad a otras personas, enajenación o destrucción de propiedad u ocultamiento, destrucción o falsificación de contabilidad y otros documentos contables que reflejen actividad económica entidad legal o empresario individual si estas acciones se cometen en presencia de signos de quiebra de una persona jurídica o signos de insolvencia de un empresario o ciudadano individual y no contienen actos punibles penalmente, -

2. La satisfacción ilegal de los derechos de propiedad de los acreedores individuales a expensas de la propiedad de un deudor - persona jurídica por parte del jefe de la persona jurídica o su fundador (participante) o un empresario individual o ciudadano a sabiendas en detrimento de otros acreedores, o la aceptación de tal satisfacción por los acreedores que conocen la preferencia que se les da en perjuicio de otros acreedores, si estas acciones se cometen en presencia de signos de quiebra y no contienen hechos penalmente punibles, -

implica la imposición multa administrativa para ciudadanos en la cantidad de cuatro mil a cinco mil rublos; sobre el funcionarios- de cincuenta mil a cien mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

3. Incumplimiento por parte de un administrador de arbitraje, registrador, organizador de subastas, operador plataforma electronica o el jefe de la administración provisional de un crédito u otra organización financiera obligaciones establecidas por la legislación sobre insolvencia (quiebra), si tal acción (omisión) no contiene un hecho penalmente punible, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco mil a cincuenta mil rublos; en personas jurídicas: de doscientos mil a doscientos cincuenta mil rublos.

3.1. Comisión repetida ofensa administrativa, previsto en la parte 3 Este artículo si tal acción no contiene un hecho penalmente punible, -

conlleva la inhabilitación de los funcionarios por un período de seis meses a tres años; imposición de una multa administrativa a personas jurídicas por un monto de trescientos cincuenta mil a un millón de rublos.

4. Obstrucción ilegal de las actividades de un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de un crédito u otra organización financiera, incluida la provisión inoportuna, evasión o negativa a transferir información y (o) documentos a un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de una entidad de crédito u otra entidad financiera, necesarios para el desempeño de las funciones que les han sido asignadas, y (o) bienes pertenecientes a una entidad jurídica, incluida una entidad de crédito u otra entidad financiera, en los casos en que las funciones del jefe de una entidad jurídica , incluido un crédito u otra organización financiera, se asignan al gerente de arbitraje, respectivamente, al comisionado de quiebras y al jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

4.1. Acciones (inacción) previstas en la Parte 4 de este Artículo, u ocultamiento de documentos y otros portadores de información cometidos contra representantes del Banco de Rusia o la Corporación Estatal "Agencia de Seguro de Depósitos" en relación con el ejercicio de sus poderes al analizar el financiero posición del banco de acuerdo con ley Federal de fecha 26 de octubre de 2002 N 127-FZ "Sobre la insolvencia (quiebra)", -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

5. El incumplimiento por parte del titular de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano de la obligación de presentar una solicitud de declaración de quiebra de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano, respectivamente, ante un tribunal de arbitraje en los casos previstos por la insolvencia (quiebra) legislación, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; en funcionarios - de cinco mil a diez mil rublos.

5.1. La comisión reiterada de una infracción administrativa prevista en la parte 5 de este artículo -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de tres mil a cinco mil rublos; sobre los funcionarios - inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

6. Incumplimiento por parte del titular de una persona jurídica de la obligación de enviar los bienes del deudor al propietario de los bienes del deudor dentro del plazo establecido por la legislación de insolvencia (quiebras) - empresa unitaria, así como las personas facultadas para iniciar la convocatoria de una asamblea extraordinaria reunión general accionistas (participantes), información sobre la presencia de signos de quiebra, así como una copia de la solicitud del deudor al presentarla ante el tribunal de arbitraje, la respuesta del deudor a la solicitud de declaración de quiebra del deudor -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

7. Obstrucción ilegal por un empresario individual o un ciudadano de las actividades de un administrador de arbitraje aprobado Corte de arbitraje en el caso de quiebra de un empresario individual o un ciudadano, incluida la evasión o la negativa a proporcionar información en los casos previstos por la legislación de insolvencia (quiebra), transferir al gerente de arbitraje los documentos necesarios para el desempeño de las funciones que le han sido asignadas, si estas acciones (inacción) no contienen hechos punibles penalmente -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; sobre funcionarios: de cinco mil a diez mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

8. Incumplimiento de la persona que celebró efecto legal acto judicial al llevar a las personas que controlan al deudor a responsabilidad subsidiaria por las obligaciones del deudor, declarado en quiebra, siempre que dicha acción no contenga un hecho penalmente punible, salvo en los casos en que este acto judicial sea objeto de recurso ante el tribunal. instancia de casación y el tribunal de la instancia de casación no ha emitido un acto judicial al respecto, o el plazo para apelar ante el tribunal de la instancia de casación contra el acto judicial de responsabilidad subsidiaria no ha expirado, -

implica para los funcionarios la inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

Las disposiciones del Artículo 14.13 del Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia se utilizan en los siguientes artículos:
  • Sanción administrativa
  • jueces
  • Autoridades fiscales
    1. Las autoridades fiscales consideran los casos de infracciones administrativas previstas en las partes 2, 4 - 15 del artículo 14.5, parte 5 del artículo 14.13, artículo 15.1, partes 1 - 3 del artículo 15.27 (dentro de sus competencias), artículo 19.7.6 de la Código de Infracciones Administrativas de la Federación Rusa.

1. Ocultamiento de bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, información sobre bienes, su tamaño o ubicación u otra información sobre bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, transferencia de bienes a otras personas, enajenación o destrucción de bienes u ocultamiento, destrucción o falsificación de contabilidad y otros documentos contables que reflejen las actividades económicas de una persona jurídica o un empresario individual, si estas acciones se cometieron en presencia de signos de quiebra de una persona jurídica o signos de insolvencia de un empresario individual o ciudadano y no contienen hechos penalmente punibles, -

El carácter general de una norma por sí solo no puede atestiguar su inconstitucionalidad, ya que las normas reglamentarias que establecen ciertas reglas de conducta no necesariamente tienen que estar contenidas en la misma. acto normativo, que son las normas que establecen responsabilidad legal por su violación (Definición Corte Constitucional Federación Rusa de fecha 21 de abril de 2005 N 122-O sobre la negativa a admitir a trámite la denuncia del ciudadano N.V. Ionov para violarlo derechos constitucionales parte 3

Artículo 14.13. Mala conducta de bancarrota

1. Ocultamiento de bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, información sobre bienes, su tamaño o ubicación u otra información sobre bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, transferencia de bienes a otras personas, enajenación o destrucción de bienes u ocultamiento, destrucción o falsificación de contabilidad y otros documentos contables que reflejen las actividades económicas de una persona jurídica o un empresario individual, si estas acciones se cometieron en presencia de signos de quiebra de una persona jurídica o signos de insolvencia de un empresario individual o ciudadano y no contienen hechos penalmente punibles, -

2. La satisfacción ilegal de los derechos de propiedad de los acreedores individuales a expensas de la propiedad de un deudor - persona jurídica por parte del jefe de la persona jurídica o su fundador (participante) o un empresario individual o ciudadano a sabiendas en detrimento de otros acreedores, o la aceptación de tal satisfacción por los acreedores que conocen la preferencia que se les da en perjuicio de otros acreedores, si estas acciones se cometen en presencia de signos de quiebra y no contienen hechos penalmente punibles, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de cuatro mil a cinco mil rublos; sobre funcionarios: de cincuenta mil a cien mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

3. El incumplimiento por parte de un administrador de arbitraje, registrador, organizador de subastas, operador de un sitio electrónico o jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera de cumplir con las obligaciones establecidas por la legislación sobre insolvencia (quiebra), si tal acción ( inacción) no contiene un hecho penalmente punible, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco mil a cincuenta mil rublos; en personas jurídicas: de doscientos mil a doscientos cincuenta mil rublos.

Información sobre cambios:

La Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015 complementó el Artículo 14.13 de este Código con la parte 3.1

3.1. La reincidencia en la comisión de una infracción administrativa prevista en el apartado 3 de este artículo, si dicha acción no contiene un acto penalmente punible, -

conlleva la inhabilitación de los funcionarios por un período de seis meses a tres años; imposición de una multa administrativa a personas jurídicas por un monto de trescientos cincuenta mil a un millón de rublos.

4. Obstrucción ilegal de las actividades de un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de un crédito u otra organización financiera, incluida la provisión inoportuna, evasión o negativa a transferir información y (o) documentos a un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de una entidad de crédito u otra entidad financiera, necesarios para el desempeño de las funciones que les han sido asignadas, y (o) bienes pertenecientes a una entidad jurídica, incluida una entidad de crédito u otra entidad financiera, en los casos en que las funciones del jefe de una entidad jurídica , incluido un crédito u otra organización financiera, se asignan al gerente de arbitraje, respectivamente, al comisionado de quiebras y al jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

Información sobre cambios:

La Ley Federal N° 484-FZ del 29 de diciembre de 2014 complementó el Artículo 14.13 de este Código con la parte 4.1

4.1. Acciones (inacción) previstas en la Parte 4 de este Artículo, u ocultamiento de documentos y otros portadores de información cometidos contra representantes del Banco de Rusia o la Corporación Estatal "Agencia de Seguro de Depósitos" en relación con el ejercicio de sus poderes al analizar el financiero posición del banco de acuerdo con la Ley Federal No. 127-FZ del 26 de octubre de 2002 "Sobre la Insolvencia (Quiebra)", -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

5. El incumplimiento por parte del titular de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano de la obligación de presentar una solicitud de declaración de quiebra de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano, respectivamente, ante un tribunal de arbitraje en los casos previstos por la insolvencia (quiebra) legislación, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; en funcionarios - de cinco mil a diez mil rublos.

Información sobre cambios:

La Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015 complementó el Artículo 14.13 de este Código con la Parte 5.1

5.1. La comisión reiterada de una infracción administrativa prevista en la parte 5 de este artículo -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de tres mil a cinco mil rublos; sobre los funcionarios - inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

6. Incumplimiento por parte del jefe de una persona jurídica dentro del plazo establecido por la legislación de insolvencia (quiebra) de la obligación de enviar al propietario de la propiedad del deudor - una empresa unitaria, así como a las personas con derecho a iniciar la convocatoria de una asamblea general extraordinaria de accionistas (participantes), información sobre la presencia de signos de quiebra, así como copias de la solicitud del deudor al presentarla ante el tribunal de arbitraje, la respuesta del deudor a la solicitud de declaración de quiebra del deudor -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

7. Obstrucción ilegal por parte de un empresario individual o ciudadano de las actividades de un administrador de arbitraje aprobado por un tribunal de arbitraje en un caso de quiebra de un empresario individual o ciudadano, incluida la evasión o la negativa a proporcionar información en los casos previstos por la legislación de insolvencia (quiebra). , transferencia de documentos necesarios para la ejecución a un administrador de arbitraje deberes asignados a él, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; sobre funcionarios: de cinco mil a diez mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

Información sobre cambios:

La Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015 complementó el Artículo 14.13 de este Código con la Parte 8

8. La no ejecución de un acto judicial que haya entrado en vigor al obligar a las personas que controlan al deudor a responder subsidiariamente de las obligaciones de un deudor declarado en quiebra, siempre que tal acto no contenga un hecho penalmente punible, salvo en los casos en que este acto judicial es apelado ante un tribunal de casación y un tribunal de casación no ha dictado un acto judicial sobre él, o no ha expirado el plazo para apelar ante un tribunal de casación contra un acto judicial de responsabilidad subsidiaria, -

implica para los funcionarios la inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

1. Ocultamiento de bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, información sobre bienes, su tamaño o ubicación u otra información sobre bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, transferencia de bienes a otras personas, enajenación o destrucción de bienes u ocultamiento, destrucción o falsificación de contabilidad y otros documentos contables que reflejen las actividades económicas de una persona jurídica o un empresario individual, si estas acciones se cometieron en presencia de signos de quiebra de una persona jurídica o signos de insolvencia de un empresario individual o ciudadano y no contienen hechos penalmente punibles, -

2. La satisfacción ilegal de los derechos de propiedad de los acreedores individuales a expensas de la propiedad de un deudor - persona jurídica por parte del jefe de la persona jurídica o su fundador (participante) o un empresario individual o ciudadano a sabiendas en detrimento de otros acreedores, o la aceptación de tal satisfacción por los acreedores que conocen la preferencia que se les da en perjuicio de otros acreedores, si estas acciones se cometen en presencia de signos de quiebra y no contienen hechos penalmente punibles, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de cuatro mil a cinco mil rublos; sobre funcionarios: de cincuenta mil a cien mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

3. El incumplimiento por parte de un administrador de arbitraje, registrador, organizador de subastas, operador de un sitio electrónico o jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera de cumplir con las obligaciones establecidas por la legislación sobre insolvencia (quiebra), si tal acción ( inacción) no contiene un hecho penalmente punible, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco mil a cincuenta mil rublos; en personas jurídicas: de doscientos mil a doscientos cincuenta mil rublos.

3.1. La reincidencia en la comisión de una infracción administrativa prevista en el apartado 3 de este artículo, si dicha acción no contiene un acto penalmente punible, -

conlleva la inhabilitación de los funcionarios por un período de seis meses a tres años; imposición de una multa administrativa a personas jurídicas por un monto de trescientos cincuenta mil a un millón de rublos.

4. Obstrucción ilegal de las actividades de un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de un crédito u otra organización financiera, incluida la provisión inoportuna, evasión o negativa a transferir información y (o) documentos a un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de una entidad de crédito u otra entidad financiera, necesarios para el desempeño de las funciones que les han sido asignadas, y (o) bienes pertenecientes a una entidad jurídica, incluida una entidad de crédito u otra entidad financiera, en los casos en que las funciones del jefe de una entidad jurídica , incluido un crédito u otra organización financiera, se asignan al gerente de arbitraje, respectivamente, al comisionado de quiebras y al jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

4.1. Acciones (inacción) previstas en la Parte 4 de este Artículo, u ocultamiento de documentos y otros portadores de información cometidos contra representantes del Banco de Rusia o la Corporación Estatal "Agencia de Seguro de Depósitos" en relación con el ejercicio de sus poderes al analizar el financiero posición del banco de acuerdo con la Ley Federal No. 127-FZ del 26 de octubre de 2002 "Sobre la Insolvencia (Quiebra)", -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

5. El incumplimiento por parte del titular de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano de la obligación de presentar una solicitud de declaración de quiebra de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano, respectivamente, ante un tribunal de arbitraje en los casos previstos por la insolvencia (quiebra) legislación, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; en funcionarios - de cinco mil a diez mil rublos.

5.1. La comisión reiterada de una infracción administrativa prevista en la parte 5 de este artículo -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de tres mil a cinco mil rublos; sobre los funcionarios - inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

6. Incumplimiento por parte del jefe de una persona jurídica dentro del plazo establecido por la legislación de insolvencia (quiebra) de la obligación de enviar al propietario de la propiedad del deudor - una empresa unitaria, así como a las personas con derecho a iniciar la convocatoria de una asamblea general extraordinaria de accionistas (participantes), información sobre la presencia de signos de quiebra, así como copias de la solicitud del deudor al presentarla ante el tribunal de arbitraje, la respuesta del deudor a la solicitud de declaración de quiebra del deudor -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

7. Obstrucción ilegal por parte de un empresario individual o ciudadano de las actividades de un administrador de arbitraje aprobado por un tribunal de arbitraje en un caso de quiebra de un empresario individual o ciudadano, incluida la evasión o la negativa a proporcionar información en los casos previstos por la legislación de insolvencia (quiebra). , transferencia de documentos necesarios para la ejecución a un administrador de arbitraje deberes asignados a él, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; sobre funcionarios: de cinco mil a diez mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

8. La no ejecución de un acto judicial que haya entrado en vigor al obligar a las personas que controlan al deudor a responder subsidiariamente de las obligaciones de un deudor declarado en quiebra, siempre que tal acto no contenga un hecho penalmente punible, salvo en los casos en que este acto judicial es apelado ante un tribunal de casación y un tribunal de casación no ha dictado un acto judicial sobre él, o no ha expirado el plazo para apelar ante un tribunal de casación contra un acto judicial de responsabilidad subsidiaria, -

implica para los funcionarios la inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

Comentarios al art. 14.13 Código de Infracciones Administrativas de la Federación Rusa


1. La quiebra es la incapacidad del deudor reconocida por el tribunal de arbitraje para satisfacer plenamente las reclamaciones de los acreedores por obligaciones monetarias y (o) para cumplir con la obligación de pagar pagos obligatorios(Artículo 2 de la Ley Federal de 26 de octubre de 2002 N 127-FZ "Sobre la Insolvencia (Quiebra)" (modificada y completada)).

Se considera que una entidad jurídica no puede satisfacer los créditos de los acreedores por obligaciones monetarias y (o) cumplir con la obligación de hacer pagos obligatorios si las obligaciones pertinentes y (o) la obligación no se cumplen dentro de los tres meses a partir de la fecha en que deberían haber cumplido (párrafo 2 del Art. 3 de la citada Ley Federal).

La legislación de la Federación Rusa sobre insolvencia (quiebra) establece una serie de características para declarar a un deudor en quiebra o declarar su insolvencia para organizaciones financieras (párrafo 4 del Capítulo IX de la Ley Federal del 26 de octubre de 2002 N 127-FZ "Sobre Insolvencia (Quiebra)" (con modificaciones y complementos), Ley Federal N° 40-FZ del 25 de febrero de 1999 "Sobre la Insolvencia (Quiebra) de Instituciones de Crédito" (con modificaciones y complementos)). Al mismo tiempo, las instituciones financieras se entienden como entidades de crédito y las compañías de seguros, participantes profesionales del mercado papeles valiosos, fondos de pensiones no estatales, sociedades gestoras de fondos de inversión, fondos mutuos y no estatales Fondos de la pensión(Artículo 180 de la Ley Federal "Sobre Insolvencia (Quiebra)").

2. El delito previsto en el artículo comentado incurre en orden establecido quiebra, que es condición necesaria recuperación económica, así como la protección de los derechos y intereses legítimos propietarios de organizaciones, deudores y acreedores.

3. La parte 1 del artículo comentado establece responsabilidad administrativa para el ocultamiento de bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, información sobre bienes, su tamaño, ubicación u otra información sobre bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, transferencia de bienes a otras personas, enajenación o destrucción de bienes, así como encubrimiento , destrucción, falsificación de la contabilidad y otros documentos contables que reflejen la actividad económica de una persona jurídica o de un empresario individual.

Las acciones especificadas en la disposición de la parte 1 del artículo comentado serán ilegales solo si se cometen en presencia de signos de quiebra, es decir. si la entidad legal relevante (empresario individual) cae bajo los signos del párrafo 2 del art. 3 de la Ley Federal "Sobre la Insolvencia (Quiebra)".

4. La parte 2 del artículo comentado establece la responsabilidad administrativa por la satisfacción ilícita de los créditos patrimoniales de los acreedores individuales a expensas de los bienes de un deudor - una persona jurídica a sabiendas en perjuicio de otros acreedores, así como la aceptación de tales satisfacción por parte de los acreedores que conocen la preferencia que se les da en detrimento de los demás acreedores.

Estas acciones son ilegales si se cometen en presencia de signos de quiebra, es decir. si la entidad legal relevante (empresario individual) cae bajo los signos del párrafo 2 del art. 3 de la Ley Federal "Sobre la Insolvencia (Quiebra)".

5. La parte 3 del artículo comentado establece la responsabilidad administrativa por el incumplimiento por parte del gerente de arbitraje o del jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera de las obligaciones establecidas por la legislación de insolvencia (quiebra).

Un gerente de arbitraje es un ciudadano de la Federación Rusa que es miembro de una organización autorregulada de gerentes de arbitraje (artículo 2 de dicha Ley). El gerente de arbitraje es un sujeto de actividad profesional y lleva a cabo regulado por la Ley Federal "Sobre Insolvencia (Quiebra)" actividad profesional haciendo practica privada. El procedimiento para la aprobación de un administrador de arbitraje está determinado por el art. 45 de esta Ley.

Las obligaciones del administrador del arbitraje están establecidas por el art. 20.3 de la citada Ley. El administrador concursal está obligado, en particular, a tomar medidas para proteger los bienes del deudor, analizar la situación financiera del deudor y los resultados de sus actividades financieras, económicas y de inversión, llevar un registro de los créditos de los acreedores, incurrir de forma razonable y razonable en gastos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones que se le asignan en caso de quiebra, etc.

En cuanto a la administración provisional - véase el comentario al art. 14.14 del Código.

6. El apartado 4 del artículo comentado establece la responsabilidad administrativa por la obstrucción ilícita de las actividades de un gestor de arbitraje o la administración temporal de una entidad de crédito u otra entidad financiera.

lado objetivo esta ofensa incluye, en particular, eludir o negarse a transferir a un administrador de arbitraje o administración temporal institución de crédito los documentos necesarios para el desempeño de sus funciones, o los bienes pertenecientes a una persona jurídica, incluida una organización financiera, en los casos en que las funciones del jefe de una persona jurídica, incluida una organización financiera, se asignen, respectivamente, al administrador del arbitraje o el jefe de la administración temporal de una de las organizaciones indicadas anteriormente.

Tenga en cuenta que lado objetivo Este delito está formulado de tal manera que comprende aquellos hechos por los que se prevé responsabilidad de conformidad con el art. 14.14 del Código (en términos de obstruir las actividades de la administración temporal de la organización).

Un análisis sistemático de estas normas permite extraer una conclusión sobre la distinta composición subjetiva de los delitos por los que establecen responsabilidad: la responsabilidad del art. 14.14 están sujetas únicamente a los funcionarios de crédito y otras instituciones financieras. Así, el art. 14.14 es especial en relación con el artículo comentado. Al respecto, la posición del legislador no es del todo clara y justificada, ya que la sanción prevista por el art. 14.14, significativamente inferior a la sanción establecida por el apartado 4 del artículo comentado, que contradice regla general correlación de las normas generales y especiales de aplicación de la ley.

7. El artículo 9 de la Ley Federal "Sobre la insolvencia (quiebra)" establece que el jefe del deudor o un empresario individual está obligado a presentar una solicitud de deudor ante un tribunal de arbitraje si la satisfacción de los reclamos de un acreedor o varios acreedores conduce a la imposibilidad del deudor de cumplir obligaciones dinerarias u obligaciones en virtud del pago de pagos obligatorios y (u) otros pagos en su totalidad a otros acreedores; si el organismo del deudor, autorizado de acuerdo con sus documentos constitutivos para tomar una decisión sobre la liquidación del deudor, decide acudir al tribunal de arbitraje con la solicitud del deudor; si el organismo autorizado por el propietario de la propiedad del deudor, una empresa unitaria, decide acudir al tribunal de arbitraje con la solicitud del deudor; si la ejecución hipotecaria de la propiedad del deudor complicaría significativamente o imposibilitaría actividad económica deudor; si el deudor reúne los indicios de insolvencia y (o) indicios de insuficiencia de bienes, así como en los demás casos establecidos por esta Ley. Por ejemplo, el jefe del deudor está obligado a presentar dicha solicitud si el valor de la propiedad del deudor, la persona jurídica respecto de la cual se tomó la decisión de liquidación, es insuficiente para satisfacer los reclamos de los acreedores, y esto La circunstancia se descubrió después de que se tomó la decisión de liquidar la persona jurídica y antes de la creación de la comisión de liquidación (designación de un liquidador).

(modificado por la Ley Federal N° 161-FZ del 19 de diciembre de 2005)

1. Ocultamiento de bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, información sobre bienes, su tamaño o ubicación u otra información sobre bienes, derechos de propiedad u obligaciones de bienes, transferencia de bienes a otras personas, enajenación o destrucción de bienes u ocultamiento, destrucción o falsificación de contabilidad y otros documentos contables que reflejen las actividades económicas de una persona jurídica o un empresario individual, si estas acciones se cometieron en presencia de signos de quiebra de una persona jurídica o signos de insolvencia de un empresario individual o ciudadano y no contienen hechos penalmente punibles, -

(Parte 1 modificada por la Ley Federal N° 154-FZ del 29 de junio de 2015)

2. La satisfacción ilegal de los derechos de propiedad de los acreedores individuales a expensas de la propiedad de un deudor - persona jurídica por parte del jefe de la persona jurídica o su fundador (participante) o un empresario individual o ciudadano a sabiendas en detrimento de otros acreedores, o la aceptación de tal satisfacción por los acreedores que conocen la preferencia que se les da en perjuicio de otros acreedores, si estas acciones se cometen en presencia de signos de quiebra y no contienen hechos penalmente punibles, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de cuatro mil a cinco mil rublos; sobre funcionarios: de cincuenta mil a cien mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

(Parte 2 modificada por la Ley Federal N° 154-FZ del 29 de junio de 2015)

3. El incumplimiento por parte de un administrador de arbitraje, registrador, organizador de subastas, operador de un sitio electrónico o jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera de cumplir con las obligaciones establecidas por la legislación sobre insolvencia (quiebra), si tal acción ( inacción) no contiene un hecho penalmente punible, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco mil a cincuenta mil rublos; en personas jurídicas: de doscientos mil a doscientos cincuenta mil rublos.

(Parte 3 modificada por la Ley Federal N° 482-FZ del 29 de diciembre de 2014)

3.1. La reincidencia en la comisión de una infracción administrativa prevista en el apartado 3 de este artículo, si dicha acción no contiene un acto penalmente punible, -

conlleva la inhabilitación de los funcionarios por un período de seis meses a tres años; imposición de una multa administrativa a personas jurídicas por un monto de trescientos cincuenta mil a un millón de rublos.

(Parte introducida por la Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015)

4. Obstrucción ilegal de las actividades de un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de un crédito u otra organización financiera, incluida la provisión inoportuna, evasión o negativa a transferir información y (o) documentos a un administrador de arbitraje, comisionado de quiebras o administración temporal de una entidad de crédito u otra entidad financiera, necesarios para el desempeño de las funciones que les han sido asignadas, y (o) bienes pertenecientes a una entidad jurídica, incluida una entidad de crédito u otra entidad financiera, en los casos en que las funciones del jefe de una entidad jurídica , incluido un crédito u otra organización financiera, se asignan al gerente de arbitraje, respectivamente, al comisionado de quiebras y al jefe de la administración temporal de un crédito u otra organización financiera, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

(modificado por la Ley Federal N° 482-FZ del 29 de diciembre de 2014)

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

(Parte 4 modificada por la Ley Federal N° 92-FZ del 19 de mayo de 2010)

4.1. Acciones (inacción) previstas en la Parte 4 de este Artículo, u ocultamiento de documentos y otros portadores de información cometidos contra representantes del Banco de Rusia o la Corporación Estatal "Agencia de Seguro de Depósitos" en relación con el ejercicio de sus poderes al analizar el financiero posición del banco de acuerdo con la Ley Federal No. 127-FZ del 26 de octubre de 2002 "Sobre la Insolvencia (Quiebra)", -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de cuarenta mil a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a un año.

(La Parte 4.1 fue introducida por la Ley Federal N° 484-FZ del 29 de diciembre de 2014)

5. El incumplimiento por parte del titular de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano de la obligación de presentar una solicitud de declaración de quiebra de una persona jurídica o de un empresario individual o ciudadano, respectivamente, ante un tribunal de arbitraje en los casos previstos por la insolvencia (quiebra) legislación, -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; en funcionarios - de cinco mil a diez mil rublos.

(Así modificado por la Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015)

(Parte 5 modificada por la Ley Federal N° 154-FZ del 29 de junio de 2015)

5.1. La comisión reiterada de una infracción administrativa prevista en la parte 5 de este artículo -

implicará la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de tres mil a cinco mil rublos; sobre los funcionarios - inhabilitación por un período de seis meses a tres años.

(La Parte 5.1 fue introducida por la Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015)

6. Incumplimiento por parte del jefe de una persona jurídica dentro del plazo establecido por la legislación de insolvencia (quiebra) de la obligación de enviar al propietario de la propiedad del deudor - una empresa unitaria, así como a las personas con derecho a iniciar la convocatoria de una asamblea general extraordinaria de accionistas (participantes), información sobre la presencia de signos de quiebra, así como copias de la solicitud del deudor al presentarla ante el tribunal de arbitraje, la respuesta del deudor a la solicitud de declaración de quiebra del deudor -

implicará la imposición de una multa administrativa a los funcionarios por un monto de veinticinco a cincuenta mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

(La Parte 6 fue introducida por la Ley Federal N° 482-FZ del 29 de diciembre de 2014)

7. Obstrucción ilegal por parte de un empresario individual o ciudadano de las actividades de un administrador de arbitraje aprobado por un tribunal de arbitraje en un caso de quiebra de un empresario individual o ciudadano, incluida la evasión o la negativa a proporcionar información en los casos previstos por la legislación de insolvencia (quiebra). , transferencia de documentos necesarios para la ejecución a un administrador de arbitraje deberes asignados a él, si estas acciones (inacción) no contienen actos punibles penalmente, -

implicará una advertencia o la imposición de una multa administrativa a los ciudadanos por un monto de mil a tres mil rublos; sobre funcionarios: de cinco mil a diez mil rublos o inhabilitación por un período de seis meses a dos años.

(Así modificado por la Ley Federal N° 391-FZ del 29 de diciembre de 2015)

(La Parte 7 fue introducida por la Ley Federal N° 154-FZ del 29 de junio de 2015)

8. La no ejecución de un acto judicial que haya entrado en vigor al obligar a las personas que controlan al deudor a responder subsidiariamente de las obligaciones de un deudor declarado en quiebra, siempre que tal acto no contenga un hecho penalmente punible, salvo en los casos en que este acto judicial es apelado ante un tribunal de casación y un tribunal de casación no ha dictado un acto judicial sobre él, o no ha expirado el plazo para apelar ante un tribunal de casación contra un acto judicial de responsabilidad subsidiaria, -

implica para los funcionarios la inhabilitación por un período de seis meses a tres años.