Práctica jurídica: concepto, tipos, estructura, trascendencia en la regulación jurídica. Tipos de práctica legal Estructura de la práctica legal

Tres enfoques nacionales tradicionales del concepto de práctica jurídica:

    1. la práctica jurídica se identifica con la actividad jurídica;
    2. la práctica jurídica es sólo un resultado objetivado, o el resultado de la actividad jurídica;
    3. práctica jurídica como una unidad inseparable de "actividad jurídica y experiencia social y jurídica formada sobre su base".

Más

Ventajas de las definiciones descritas actividad juridica y la práctica legal son obvias.

Así, la actividad jurídica se considera como una especie de actividades sociales, como una interacción ordenada, conveniente, sustantiva, selectiva, sistémica y planificada de los individuos en el campo de la elaboración y aplicación del derecho. El sujeto necesario de tal actividad es un organismo estatal o un funcionario. Dicha actividad se encuentra regulada normativamente, y en cuanto a las metas y objetivos a los que se enfrenta, es positiva y está normativamente aprobada, y, además, se orienta a transformar la realidad social de acuerdo con las exigencias. Sin embargo, una distinción estricta entre actividad y resultado práctico sólo es posible en un plan especulativo.. Finalmente, con el enfoque anterior para comprender la práctica jurídica, es muy problemático distinguir entre la actividad práctica, que tiene como objetivo la transformación material de los objetos, y sus otros tipos.

Y más aún, se equivocan aquellos autores que interpretan incluso la experiencia de la actividad práctica de manera demasiado estrecha, incluyendo en la práctica solo aquellos resultados de la actividad práctica que se convierten en una especie de adicional, en comparación con regulaciones y las normas legales contenidas en ellos, componentes de la regulación de las relaciones públicas. Por ejemplo, S. N. Bratus y A. B. Vengerov cree que "es necesario rechazar con toda firmeza la idea de que práctica judicial se aplica a toda decisión del tribunal popular, la determinación de la casación o Corte o incluso la suma de las decisiones en un grupo particular de casos”. Así, S. N. Bratus y AB. Vengerov mismos resultados, resultados, experiencia. actividad judicial se ve solo en forma de disposiciones legales creadas con la ayuda de la concreción a través de la interpretación del resumen contenido en la fórmula verbal de la ley, conceptos generales. Sin embargo, los resultados de las actividades prácticas no se limitan únicamente a las disposiciones legales..


Practica legal - las actividades de las autoridades competentes y funcionarios sobre la publicación y aplicación de la ley, así como la experiencia ya acumulada y objetivada de tales actividades.

practica legal

Estructura de la práctica legal:

    • actividad juridica(lado dinámico), los elementos del contenido de los cuales son sus objetos, sujetos y participantes, acciones y operaciones legales, medios y métodos para su implementación, decisiones tomadas y resultados de las acciones;
    • experiencia social y juridica(lado estático), que como elemento incluye disposiciones legales, es decir, prescripciones bastante establecidas de carácter general desarrolladas a lo largo de muchos años de práctica, acumulando aspectos socialmente valiosos y estables de una determinada actividad jurídica.

La práctica legal se forma como resultado de un proceso largo y diverso de aplicación de la ley, es decir, poner en práctica la ley. Durante este proceso ciertos provisiones generales, tendencias, puntos de referencia, que luego se utilizan en trabajos posteriores.

En particular, la práctica crea las denominadas disposiciones legales, que se entienden como soluciones estándar bien establecidas para la aplicación de las normas jurídicas. Estas disposiciones legales adquieren efectivamente características reglas generales. Estas no son normas todavía, pero ya van más allá de la conciencia jurídica, simples juicios; estas son normas emergentes. Con el tiempo, pueden convertirse en costumbres jurídicas estables o en normas consagradas por el legislador. Esto es especialmente cierto para los precedentes.

Características esenciales de la práctica jurídica:

    1. es principalmente una actividad;
    2. esta es la unidad de dos componentes: el sujeto y el objeto, la relación del sujeto y el objeto, en la que el sujeto transforma el mundo objetivo, pero se cambia a sí mismo en el curso de esta interacción bidireccional;
    3. no es solo una actividad, sino una actividad consciente que establece metas;
    4. siempre es público.

Funciones de la práctica jurídica:

    1. dirección correcta(la práctica determina la dirección general para la formación y desarrollo del derecho);
    2. especificando la ley(el significado, el contenido de las normas individuales se especifica en relación con situaciones, casos, relaciones específicas);
    3. señal e información(la práctica expresa la necesidad de cambiar ciertos actos, mejorarlos o incluso cancelarlos).

Resumiendo el análisis del concepto de práctica jurídica, es posible llegar a las siguientes conclusiones:

    1. variedad práctica social, en el cual impacto indirecto de los sujetos de práctica sobre los objetos del mundo material, ya que los sujetos actúan unos sobre otros y sólo en última instancia sobre los fenómenos de la realidad material, cambiando tanto a éstos como a sí mismos, al tiempo que adquieren nuevos rasgos y cualidades.
    2. La práctica jurídica es característica, parte de la actividad legal. Además, la composición de la práctica jurídica incluye solo el lado material-transformador de la actividad jurídica, que se expresa en los resultados acumulados o resultados objetivados de la actividad jurídica, incluida la experiencia procesal intermedia y procesal. Toda experiencia -procesal y material, intermedia y final- es una fijación de aquellos cambios que el sujeto de la práctica social (incluso jurídica) ha adquirido en el curso del dominio de la realidad con el uso de medios jurídicos.
    3. La práctica jurídica es unidad de actividad jurídica y el resultado de esta actividad, así como aquellos resultados que se acumulen en las etapas procesales intermedias de esta actividad.
    4. La práctica jurídica existe en aquellos tipos de regulación legal donde los sujetos toman una decisión expresada externamente sobre derechos y obligaciones. Estos incluyen la regulación normativa e individual de las relaciones sociales.
    5. Las relaciones jurídicas son la base para la existencia de la práctica jurídica.

Entonces, filosóficamente practica legal será una variedad y forma de práctica social de sujetos históricos específicos, encaminada a la transformación indirecta de los objetos del mundo material por medios jurídicos específicos.

En el aspecto de la teoría general del Estado y del derecho bajo practica legal es necesario comprender el lado material-transformador de las actividades jurídicas de elaboración, realización y especialmente aplicación de la ley de los sujetos de las relaciones jurídicas, durante las cuales se lleva a cabo el proceso y la experiencia de regulación normativa e individual de los derechos públicos. se acumulan relaciones públicas socialmente significativas.

4.5

Practica legal- esta es la actividad de los sujetos competentes para la adopción (interpretación, aplicación, etc.) de las prescripciones legales, tomadas en unidad con la experiencia social y jurídica acumulada.

Signos de práctica legal:

Está construido sobre la base ley;

representa parte constituyente cultura jurídica de la sociedad;

Se integra al ordenamiento jurídico;

Genera las consecuencias jurídicas correspondientes.

Estructura de la práctica jurídica:actividad juridica(lado dinámico), los elementos de cuyo contenido son sus objetos, sujetos y participantes, acciones y operaciones legales, medios y métodos de su implementación, decisiones tomadas y resultados de las acciones; experiencia social y juridica(lado estático), que como elemento incluye disposiciones legales, es decir, prescripciones bastante establecidas de carácter general desarrolladas a lo largo de muchos años de práctica, acumulando aspectos socialmente valiosos y estables de una determinada actividad jurídica.

Tipos de práctica legal según la naturaleza, método de transformación de las relaciones públicas: elaboración de leyes, aplicación de la ley, interpretación;

Tipos de práctica jurídica según las materias: legislativo, ejecutivo; judicial; investigador; notarial, etc.;

Tipos de práctica jurídica según el rol funcional: regulador; protector.

Derecho consuetudinario y costumbre jurídica.

Personalizado - esta es una regla estable de comportamiento que se ha desarrollado históricamente y se ha convertido en un hábito.

costumbre legal (Derecho consuetudinario) - una fuente histórica de derecho y una regla de conducta. Se vuelven tales si son sancionados por el estado. A su vez, la sanción se hace por referencia a la costumbre, y no por fijación textual en la ley.

La costumbre legal está bastante extendida en ley civil. Sus normas señalan reiteradamente a la costumbre como fuente del derecho. El derecho consuetudinario no se caracteriza por la expresividad de sus exigencias en sentencias escrupulosamente precisas. Por lo tanto, las normas que emanan del derecho consuetudinario son especiales en contenido y carácter; principalmente estas son las prescripciones principales de los límites o el tipo de comportamiento legal permitido. Las costumbres se reconocían como fuente de derecho si no existían requisitos específicos expresados ​​en otras formas.



virtudes de la costumbre: existe en oral, expresado en lenguaje accesible; surge no “de arriba”, sino “de abajo”, por eso expresa más plenamente la voluntad del pueblo, sus necesidades; gran voluntariedad en el desempeño (ya que se basa en el hábito).

Defectos: incertidumbre (porque no está fijada en escribiendo); es conservador y regional.

Concepto y formas de realización del derecho.

realización del derecho Es el proceso de traducir las normas jurídicas a conducta lícita sujetos, con el fin de lograr el resultado socialmente útil previsto, que depende de una serie de factores económicos, políticos, sociocultural, profesionales y otros factores.

Las formas de realización del derecho son: observancia, ejecución, uso y aplicación de las normas jurídicas.

Cumplimiento Se expresa principalmente en la conducta pasiva de diversos sujetos, consistente en la obligación de abstenerse de cometer acciones socialmente nocivas prohibidas por la ley. El establecimiento de tal prohibición está asociado a la posibilidad de lesionar los intereses de la sociedad, el Estado o el individuo. Su significado social suele ser obvio para la mayoría de los ciudadanos. De esta forma, se implementan las normas de prohibición.

Ejecución consiste en el cumplimiento activo por parte del sujeto de los deberes que le son encomendados. Se convierte en una especie de barrera contra la arbitrariedad, la desorganización, el caos y el desconocimiento del interés general significativo. Entonces forma dada Se distingue por la personificación y el aumento de la imperatividad de las instrucciones fijadas oficialmente, que se llevan a cabo bajo pena de castigo por su incumplimiento. Implementa reglas obligatorias.

Uso consiste en el ejercicio voluntario y consecuente por parte de los sujetos de derecho de sus derechos subjetivos, que se produce en forma activa o pasiva. La realización del derecho en esta versión se produce únicamente a petición del propio sujeto, quien puede o no hacer uso de su derecho subjetivo. Se fundamenta en los principios de voluntariedad, interés, independencia y actividad social de los destinatarios de las normas jurídicas.

Aplicación de la ley es una actividad de gestión del poder estatal de las autoridades competentes del estado y algunas otras organizaciones autorizadas, que consiste en la adopción de normas jurídicas personalizadas que rigen una situación de vida específica.

Para empezar, debe subrayarse que la práctica jurídica es una actividad competente en la publicación (interpretación, ejecución, concreción, sistematización, etc.) de las prescripciones jurídicas, que se considera en unidad con la experiencia social y jurídica acumulada.

Entonces, el concepto más preferido de práctica legal es el siguiente: estos se consideran en unidad actividad juridica y la experiencia socio-jurídica formada sobre su base, sin la cual la elaboración e interpretación de leyes efectivas, la aplicación de la ley, la sistematización y especificación de normas jurídicas, llenando los vacíos en la ley son imposibles.

La práctica jurídica como una de las principales variedades de la práctica social se caracteriza tanto por rasgos específicos inherentes a cualquier práctica, así como rasgos jurídicos específicos distintivos. La práctica jurídica se simplifica mediante diversas regulaciones legales. Sin este tipo de práctica social, el surgimiento, desarrollo y funcionamiento del ordenamiento jurídico de la sociedad no tiene sentido.

La práctica legal une derechos subjetivos y obligaciones legales, ideas jurídicas y decisiones jurídicas basadas en ellas. La mayoría de las acciones prácticas y decisiones tomadas requieren fijarse en actos-documentos oficiales estrictamente definidos. A diferencia de la actividad teórica (científica), la práctica legal tiene como objetivo un cambio real y objetivo en la realidad circundante.

La práctica jurídica siempre genera consecuencias jurídicas correspondientes. Además, afecta, en un grado u otro, a todas las partes vida publica; ocupa un lugar relativamente independiente en sistema legal sociedad y juegos papel importante en el mecanismo de regulación legal.

Cabe señalar que la práctica jurídica es una educación poliestructural. La estructura de la práctica jurídica es la estructura, ubicación de sus principales elementos y conexiones que aseguran su integridad, la conservación de las propiedades y funciones objetivamente necesarias cuando se exponen a diversos factores de la realidad.

Entonces, la estructura de la práctica legal incluye dos elementos principales:

1) la actividad jurídica es un lado dinámico de la práctica jurídica;

2) la experiencia social y jurídica es el lado estático de la práctica jurídica.

A su vez, también se estructura la actividad jurídica y la experiencia social y jurídica.

El análisis estructural es categoría jurídica, como "práctica jurídica", implica el estudio de su contenido y forma.

Así, los elementos del contenido de la práctica jurídica son los siguientes conceptos:


a) un objeto es aquello a lo que se dirige la práctica jurídica, es decir, acciones y operaciones jurídicas específicas de sus sujetos y participantes. El objeto de la práctica jurídica puede ser material y beneficios intangibles, relaciones públicas, acciones, otros objetos y fenómenos;

b) el sujeto es el portador principal y principal de las relaciones jurídicas (por ejemplo, un tribunal en la práctica judicial). Aquí es necesario señalar tal concepto como “participante”, estos son individuos (organizaciones) que de una forma u otra ayudan a los sujetos de la práctica jurídica en la implementación acciones legales y operaciones. Los testigos involucrados en un caso penal específico pueden actuar como participantes en la práctica legal;

c) acciones jurídicas - estas son actos exteriormente expresados ​​socialmente transformadores y que conllevan determinadas consecuencias jurídicas de los sujetos y participantes en la práctica jurídica. A su vez, se entiende por operación jurídica un conjunto de operaciones interconectadas. accion legal;

d) medios legales: estos son objetos y fenómenos permitidos por la ley, con la ayuda de los cuales se garantiza el logro del objetivo y el resultado necesario. Todos los medios legales se pueden dividir en los siguientes tipos:

público,

especiales legales,

Técnicos, que en su totalidad constituyen tecnica juridica;

e) la forma legal es una forma específica de lograr el objetivo propósito legal(resultado) con la ayuda de medios específicos y en presencia de condiciones apropiadas y requisitos previos para la actividad legal. Al mismo tiempo, relacionados, constituyendo un todo único formas legales formar un método legal de influencia, que en su totalidad constituye una táctica legal;

f) el resultado es el resultado de acciones jurídicas (operaciones), que le permite satisfacer una necesidad individual o social.

El lado dinámico de la práctica legal se consideró anteriormente. A su vez, la experiencia social y jurídica, que es el lado estático de la práctica jurídica, también tiene su propia subdivisión estructural.

Los elementos constitutivos de la experiencia jurídica, que pueden reflejar tanto el resultado acumulativo de toda actividad jurídica como sus momentos individuales, son las disposiciones jurídicas. Provisiones legales- se trata de prescripciones bastante bien establecidas de carácter general, desarrolladas a lo largo de muchos años de práctica jurídica, que acumulan aspectos socialmente valiosos y estables de una práctica particular.

Como se indicó anteriormente, análisis estructural La categoría "práctica jurídica" implica el estudio tanto de su contenido como de su forma. Así, la forma de la práctica jurídica es una forma de su organización, existencia y expresión externa de tal organización. A su vez, la forma de práctica jurídica se divide en los siguientes dos tipos:

externo es actos legales-documentos que acompañan a la práctica legal,

Interno es el diseño procesal y procesal de la práctica jurídica.


64. Relación jurídica: concepto y características

Para empezar, cabe señalar que las relaciones jurídicas son relaciones públicas reguladas por la ley y protegidas por el Estado, cuyos participantes actúan como portadores de derechos subjetivos y obligaciones jurídicas que se corresponden mutuamente.

Al regular ciertas relaciones sociales, la ley les da así forma jurídica, como resultado de lo cual tales relaciones sociales adquieren una nueva calidad y tipo especial, es decir, pasan a ser legales, controlados y gestionados por el Estado. Los participantes en las relaciones jurídicas están dotados de personalidad jurídica, derechos subjetivos especiales y obligaciones jurídicas.

Las relaciones jurídicas son una consecuencia del funcionamiento del derecho como institución social y estatal. Si bien las relaciones jurídicas surgen no simplemente porque existe un estado de derecho, sino porque ciertas relaciones sociales necesitan ser regulacion legal sin embargo, no tienen significado sin ley y fuera de la ley.

Los siguientes tres criterios subyacen a la selección de relaciones jurídicas de toda la masa de relaciones sociales:

necesidad social,

interés estatal,

Posibilidad de control externo.

De acuerdo con esto, se pueden distinguir las principales características de las relaciones jurídicas:

1. Surgen, cesan o cambian sólo sobre la base de normas jurídicas que dan origen directamente a estas relaciones jurídicas y se realizan a través de ellas.

2. Los sujetos de las relaciones jurídicas están interconectados por derechos subjetivos y obligaciones jurídicas. Derecha de un lado relación legal se opone a la obligación legal de la otra parte.

3. Son volitivos, en primer lugar, porque reflejan testamento del estado sociedad, y en segundo lugar, porque antes de formarse, las relaciones jurídicas pasan por la conciencia y la voluntad de las personas.

4. Las relaciones jurídicas están protegidas por el Estado mediante medidas coercitivas.

5. Se distinguen por la individualización de los sujetos de las relaciones jurídicas, la estricta certeza de su comportamiento mutuo, la personificación de los derechos y obligaciones.

En el marco de la teoría del Estado y del derecho, se distinguen los siguientes tipos de relaciones jurídicas:

a) por industria - derecho civil, derecho penal, derecho administrativo, etc.;

b) por finalidad funcional:

Las relaciones jurídicas reglamentarias generales son relaciones que expresan vínculos jurídicos más nivel alto entre el Estado y los ciudadanos, entre los propios ciudadanos. Estas relaciones jurídicas son básicas;

Las relaciones jurídicas protectoras son relaciones que tienen por objeto proteger derechos subjetivos y obligaciones jurídicas establecidas;

c) por composición temática:

Relación jurídica absoluta: en tal relación, solo un lado está definido con precisión,

Relaciones jurídicas relativas: en tales relaciones, todas las partes están definidas con precisión;

d) por la naturaleza de las obligaciones legales:

Relación jurídica activa: la obligación es realizar una determinada acción,

Relación jurídica pasiva - la obligación se expresa en abstenerse de cometer ciertas acciones;

e) por el número de sujetos:

Relaciones jurídicas simples: se forman entre dos sujetos,

Relaciones jurídicas complejas: se forman entre tres o más sujetos;

e) por duración - a corto plazo ya largo plazo.

Cabe señalar que en toda relación jurídica existen tres tipos de contenidos:

El contenido real es la esencia misma de la relación jurídica,

El contenido jurídico son los derechos subjetivos y las propias obligaciones jurídicas,

Y finalmente, la composición de toda relación jurídica debe incluir los siguientes cuatro elementos: sujetos, objeto, derecho subjetivo y obligación jurídica.

Práctica - este es un proceso histórico que cubre toda la sociedad humana a lo largo de la historia centenaria de su desarrollo, y tiene como objetivo crear riqueza material, transformar la naturaleza o la sociedad (V.M. Syrykh).

Práctica esta es una actividad intencional, sensual-objetiva de las personas destinadas a crear riqueza material, transformar la naturaleza o la sociedad (T.L. Vorotilina).

Práctica social - esta es la actividad de las personas dirigida a la transformación real de las relaciones e instituciones sociales (Petrov A.V.).

Practica legal como un tipo de práctica social es una actividad transformadora sustantiva de los sujetos de la vida pública asociada con la creación y funcionamiento de las instituciones estatales, la formación e implementación del derecho, la protección sistema político, cumplimiento de la ley. Una característica de la práctica legal como parte de la práctica social es que, dentro de su marco, las actividades de los sujetos de la vida pública tienen como objetivo crear y transformar varios elementos del sistema legal estatal de la sociedad (A.V. Petrov).

Practica legal - esta es la experiencia objetivada de las actividades legales individuales de las autoridades competentes (tribunales, otros órganos para la aplicación de la ley), que se desarrolla como resultado de la aplicación de la ley en la resolución de casos legales (S.S. Alekseev).

Practica legal - como un tipo de práctica - representa todas las actividades prácticas de las personas en la esfera legal de la sociedad - sobre la adopción e implementación de normas legales, elaboración de leyes, aplicación de la ley, aplicación de la ley, comportamiento legal e ilegal de sujetos de derecho , procesos de formación de leyes, actividades de varias organizaciones (Vorotilina TL).

Practica legal es una actividad social material (objetiva - producción legal - legislación, aplicación de la ley, aplicación de la ley) y espiritual (ideología y psicología jurídica) de las personas asociadas con el funcionamiento y desarrollo de los fenómenos jurídico-estatales (Vorotilina T.L.).

La práctica jurídica es la actividad de los órganos estatales competentes en la adopción (interpretación, aplicación) de las normas jurídicas, tomadas en unidad con la experiencia social y jurídica acumulada (Malko A.V.).

Signos de práctica legal:

    es una especie de práctica socio-histórica. dirigido a un cambio objetivo en la realidad circundante;

    une en un todo: prescripciones legales legales e individuales, derechos subjetivos y obligaciones legales, ideas legales y decisiones tomadas sobre su base.

    expresado en el sistema de instituciones jurídicas, otros componentes del sistema jurídico de una sociedad dada.

    con base en las normas de derecho. Procede en la esfera del funcionamiento de los fenómenos jurídico-estatales, es decir, es de carácter jurídico;

    es en interacción estructural con otras áreas de práctica pública;

    es parte integral de la cultura jurídica de la sociedad;

    integra el sistema legal;

    da lugar a las consecuencias jurídicas correspondientes.

Hay 3 puntos de vista sobre el concepto de "práctica jurídica":

    la práctica legal es una actividad legal;

    la práctica jurídica es una experiencia social y jurídica;

    la práctica jurídica es una actividad jurídica junto con la experiencia social y jurídica. Este punto de vista es compartido por la mayoría de los estudiosos del derecho.

Estructura de la práctica legal:

    actividad juridica(lado dinámico), los elementos del contenido de los cuales son sus objetos, sujetos y participantes, acciones y operaciones legales, medios y métodos para su implementación, decisiones tomadas y resultados de las acciones.

    experiencia social y juridica(lado estático), que como elemento incluye disposiciones legales, es decir, prescripciones bastante bien establecidas de carácter general, desarrolladas en el curso de muchos años de práctica, acumulando aspectos socialmente valiosos y estables de una actividad legal particular (Kartashov VN ).

La estructura de la práctica legal (Syrykh V.M.):

    propósito - logro de un estado de orden de las relaciones sociales en la dirección necesaria para la sociedad como resultado de la regulación legal y el poder estatal.

    resultados- conjunto de normas jurídicas aceptadas, agencias gubernamentales, reglas y procedimientos, etc.

    instalaciones - instrumentos y mecanismos de regulación jurídica y ejercicio del poder estatal.

4. actividad juridica - esta es la actividad de los órganos estatales competentes para la adopción (interpretación, aplicación) de las normas jurídicas.

Tipos de práctica legal:

      Según la naturaleza, el método de transformación de las relaciones sociales: elaboración de leyes, aplicación de la ley, interpretación;

      Dependiendo de los temas - legislativo, ejecutivo, judicial, de investigación, notarial, etc.

      Dependiendo del papel funcional - regulador y protector.

Funciones de la práctica jurídica: señal-información y concreción.

La práctica es una actividad intencional de las personas destinada a crear riqueza material, transformar la naturaleza o la sociedad. La práctica es un sistema integral, cuyos componentes son las metas, los medios, el resultado, el proceso de la actividad misma. Ninguno de los elementos constitutivos de la práctica es en sí mismo una práctica jurídica y no tiene sus funciones.

El objeto de la tgp es la interacción de la sociedad, el estado y la ley, el papel y el lugar de la GP en el sistema social. En general, el objeto de la TGP es la práctica jurídica.

La práctica legal es toda la actividad práctica de las personas en la esfera legal de la sociedad en la adopción e implementación de normas legales de elaboración y aplicación de la ley y el comportamiento ilegal de los sujetos, los procesos de formación de la ley, las actividades de varias organizaciones.

Habiendo agrupado las opiniones sobre el concepto de práctica jurídica existentes en la jurisprudencia, podemos distinguir tres grupos de ellas. Algunos autores identifican la práctica con la actividad legal (I. Ya. Dyuryagin, V. P. Kazimirchuk, Yu. I. Grevtsov). El segundo grupo de autores, buscando distinguir la práctica jurídica de la actividad jurídica y presentarla como un fenómeno relativamente independiente, se refiere a ella solo a ciertos resultados, la experiencia objetivada de la actividad jurídica (S. S. Alekseev, S. I. Vilnyansky, etc.). Y, por último, la tercera posición, que parece ser la más preferible, es cuando se considera cualquier tipo de práctica jurídica en la unidad inseparable de la actividad jurídica y la experiencia social y jurídica formada a partir de ella (V.K. Babaev, V.I. Leushin, V.P. Reutov, etc.)

Alekseev

De acuerdo con sus características principales, la práctica jurídica es una experiencia objetivada de las actividades jurídicas individuales de las autoridades competentes (tribunales, otros órganos de aplicación del derecho), que se desarrolla como resultado de la aplicación del derecho en la resolución de casos jurídicos. Así, el significado social de la práctica jurídica es, ante todo, asegurar una conexión más estrecha entre el derecho y la vida, con la actividad práctica.

Signos de práctica legal:

    se caracteriza por rasgos inherentes a toda práctica, práctica social, cualidades jurídicas que intervienen en el proceso de regulación jurídica, lo que permite considerarla como un tipo de práctica independiente.

    La actuación de los sujetos de la práctica jurídica se encuentra agilizada por las normas jurídicas y otras normas jurídicas

    sin práctica legal, el desarrollo y funcionamiento del sistema legal de la sociedad es imposible.

    La mayoría de las acciones y decisiones prácticas requieren fijarse en actos oficiales.

    La práctica jurídica está condicionada por otros tipos de práctica social e implica una forma de cooperación entre sus participantes.

    La práctica jurídica está dirigida a cambios objetivos en la realidad circundante.

    La práctica jurídica siempre genera consecuencias jurídicas adecuadas

Kartashov (características adicionales)

    Forma parte esencial de la cultura jurídica de la sociedad.

    Carácter público y colectivo de la práctica.

    Contribuye al cambio intencionado de la vida social.

    Varios cambios materiales, políticos, sociales y otros ocurren en el proceso.

    Sus principales variedades son de producción específica, debidamente organizada y planificada.

Estructura de la Práctica Jurídica:

la estructura del SP se entiende como tal su estructura, la disposición de los elementos principales y las conexiones que aseguran su integridad, la conservación de las propiedades y funciones objetivamente necesarias cuando se exponen a diversos factores de la realidad.

Se distinguen los siguientes elementos de UP:

    objetos de la práctica: a qué se dirigen las acciones y operaciones legales de sus sujetos y participantes. Pueden ser bienes tangibles e intangibles, relaciones sociales, acciones de personas, etc.

    Los sujetos son los principales portadores de las relaciones jurídicas, sin las cuales es impensable la existencia de la práctica.

    Los miembros de una UP son personas u organizaciones que ayudan a las entidades a cumplir con los requisitos legales.

    Acciones legales: expresiones externas que implican ciertas consecuencias legales, actos de sujetos y participantes.

    Las operaciones son un conjunto de acciones jurídicas interrelacionadas unidas por un fin local.

    Medios: objetos y fenómenos permitidos por la ley, con la ayuda de los cuales se garantiza el logro del objetivo y el resultado final.

    Formas: formas específicas de lograr el objetivo o resultado deseado con la ayuda de medios específicos y en presencia de condiciones y requisitos previos apropiados para la actividad.

    Resultados - los resultados de las operaciones legales que permiten satisfacer una cierta dificultad.

    La experiencia legal se forma en el proceso de resaltar los elementos más racionales de la experiencia en acciones legales. el fenómeno de la posición jurídica es una prescripción de carácter general que contiene fragmentos de actividad práctica.

La estructura de la práctica legal incluye dos elementos principales: (en bruto)

1) la actividad jurídica es un lado dinámico de la práctica jurídica;

2) la experiencia social y jurídica es el lado estático de la práctica jurídica.

La actividad jurídica se caracteriza principalmente por la presencia de un sujeto de la actividad, un objeto y acciones jurídicas. Los objetos de la práctica son aquello a lo que se dirigen las acciones y operaciones jurídicas de sus sujetos y participantes. Las acciones jurídicas son actos exteriormente expresados, socialmente transformadores y que conllevan determinadas consecuencias jurídicas de los sujetos y partícipes.

La experiencia legal es un elemento muy importante de la práctica legal, así que analicemos esto con más detalle. La experiencia legal puede reflejar tanto el resultado acumulativo de todas las actividades prácticas como sus momentos individuales.

Las disposiciones jurídicas son elementos constitutivos de la experiencia jurídica social.

Formulario ARRIBA- formas de organizar la existencia y las expresiones externas En el contenido del SP, existen: formas externas e internas.

Forma externa: los actos jurídicos son documentos en los que se fijan las acciones jurídicas.

La forma interna es el diseño procedimental y procedimental de la práctica, que determina el círculo de sus sujetos y participantes.

Alekseev

Las siguientes tres formas de práctica legal se distinguen claramente en el sistema legal soviético (nombres nominales): a) actual, b) precedente, c) guía

Actual– experiencia en la aplicación de la legislación, expresada en decisiones judiciales en casos legales específicos.

Esta experiencia, a pesar de toda su inestabilidad, a veces incertidumbre, se distingue al mismo tiempo por la frescura del contacto directo entre la ley y la vida.

precedente– experiencia en la aplicación de la legislación, expresada en las decisiones y fallos de los más altos órganos judiciales, así como arbitrales y algunos otros en casos concretos de carácter fundamental. A diferencia del precedente como fuente del derecho, la práctica de casos no conduce a la creación de un nuevo norma juridica, pero está conectado con una explicación de una regla de derecho ya existente, con el desarrollo de una cierta disposición "establecida" sobre la aplicación de una regla de derecho en casos similares. Un tipo especial de práctica de casos son las disposiciones legales que se desarrollan como resultado de la aplicación de la ley por analogía.

Principal- la experiencia en la aplicación de la legislación, expresada en actos especiales del poder judicial central y otros órganos jurisdiccionales, en los que se generalicen estas prácticas, formuladas "secundariamente" en forma de instrucciones reglamentarias específicas. Las disposiciones legales que forman esta práctica secundaria actúan en forma de prescripciones concretas, formalmente definidas y, por lo tanto, revelan más plenamente su contenido intelectual y volitivo, se acercan a las prescripciones normativas de la creación de leyes, las normas de derecho. Además, en esencia, tales prescripciones a veces concretan la ley en los puntos más importantes y, por lo tanto, son disposiciones “dignas” de tener el rango de normas jurídicas.

Matuzov, Malko

La práctica legal se forma como resultado de un proceso largo y diverso de aplicación de la ley, es decir, poner en práctica la ley. Durante este proceso, se desarrollan ciertas disposiciones generales, tendencias, pautas, que luego se utilizan en trabajos posteriores.

En particular, la práctica crea las denominadas disposiciones legales, que se entienden como soluciones estándar bien establecidas para la aplicación de las normas jurídicas. Estas disposiciones legales adquieren en realidad los rasgos de normas generales. Esto es especialmente cierto para los precedentes.

El valor de la práctica jurídica radica en que muestra cuán perfecta o imperfecta es nuestra legislación, cuáles son sus ventajas y desventajas, sus pros y sus contras, su eficiencia o ineficiencia, ayuda a eliminar conflictos y vacíos en ella. La práctica es constantemente estudiada, generalizada. Sobre esta base, se elaboran las conclusiones y previsiones necesarias para el futuro. La práctica jurídica es un tipo de práctica socio-histórica y por lo tanto lleva su sello.