El concepto de familia jurídica y revelar sus tipos. familia legal

una breve descripción de familias legales

familia jurídica romano-germánica se formó sobre la base de la recepción (percepción, préstamo) del derecho romano en los siglos XII-XVI. y se extendió a la Europa continental.

Las características de esta familia son las siguientes:

1) la principal fuente de derecho es un acto jurídico normativo (ley);

2) existe un único sistema jerárquico de fuentes del derecho;

3) se reconoce la división en derecho público y privado, así como en ramas del derecho;

4) la legislación está codificada;

5) existe un fondo conceptual común, es decir, la similitud de los principales conceptos y categorías, en particular, el estado de derecho se entiende como una regla de conducta emanada del Estado;

6) relativamente un sistema principios legales;

7) en la legislación, el papel principal corresponde a la constitución, que tiene la máxima autoridad legal. También existe un sistema de códigos, por ejemplo civil, penal, procesal. Entre las fuentes del derecho gran lugar asignado estatutos, costumbres y jurisprudencia. Sin embargo, el precedente no es típico de esta familia, y práctica de arbitraje más bien sirve como una fuente auxiliar que independiente: siguiendo la decisión instancia de casación no necesariamente para otros tribunales, aunque puede ser percibido por los tribunales como un modelo para resolver casos similares.

La doctrina jurídica juega un papel importante en el proceso de creación de leyes. En la aplicación de la ley, se usa solo cuando se interpretan las reglas de la ley, pero los jueces no pueden referirse a las opiniones de juristas reconocidos para fundamentar sus decisiones.

Se concede gran importancia al derecho internacional, a menudo se proclama su prioridad sobre el derecho interno (Alemania, Rusia). La familia bajo consideración tiene control constitucional en forma de tribunales constitucionales especiales u órganos similares.

En cuanto a la costumbre, suele tener un efecto limitado. Pero su aplicación está permitida en la esfera del derecho privado, y muchas veces no sólo además de la ley, sino también además de la ley, si la ley no regula tal o cual situación.

La familia jurídica romano-germánica se ha generalizado en América Latina, una parte importante de África, en los países de Oriente Medio y en Japón.

Familia de derecho común (jurisprudencia)(anglosajón) difiere significativamente de la familia jurídica romano-germánica. Aquí, la fuente principal del derecho es el precedente judicial, es decir, la regla formulada por el juez en el proceso de consideración del caso. Al mismo tiempo, los precedentes son estrictamente vinculantes para otros jueces en casos similares. De ello se deduce que los principales creadores de derecho en esta familia son los jueces, quienes, generalizando la práctica y guiados por las relaciones existentes, desarrollan sobre esta base principios jurídicos originales - precedentes que componen el sistema de derecho consuetudinario.

Además de estos, la familia de derecho consuetudinario tiene las siguientes características:

1) una comprensión peculiar de las reglas de derecho: no están separadas de la decisión judicial, por lo tanto, son de naturaleza casuística. Cada nuevo caso necesita un nuevo estado de derecho, pero no cualquier tribunal, sino solo los superiores tienen derecho a crear precedentes. tribunales, por ejemplo, el Tribunal de Apelación (que consta de dos salas: civil y penal), el Tribunal Superior (todas sus salas). Decisiones del Tribunal de la Corona, establecido en 1971 para tratar específicamente con crímenes serios, no se consideran precedentes. Los precedentes pueden ser sentados por la Cámara de los Lores, que, entre otras cosas, también tiene funciones judiciales;

2) los detalles de la estructura del derecho: no conoce la división en privado y público, y las ramas del derecho no están claramente expresadas. En la estructura del derecho inglés, existen: a) jurisprudencia; b) el derecho a la justicia; c) ley estatutaria. La ley de justicia es un conjunto de reglas formadas a partir de las decisiones del Lord Canciller, quien actuó en nombre del rey al considerar las quejas contra las decisiones de los tribunales reales ordinarios. Al mismo tiempo, sus decisiones se basaron en la "justicia real" y llenaron los vacíos en el derecho consuetudinario, hicieron ajustes a las actividades de los tribunales reales. La ley estatutaria es una ley de origen parlamentario. Una ley del Parlamento requiere interpretaciones judiciales, que se convierten en precedentes judiciales. En consecuencia, el tribunal está dotado de un amplio margen de apreciación en relación con la ley escrita;

3) dando importante formas de procedimientos legales, reglas procesales, fuentes de evidencia;

4) mayor autonomía del poder judicial en relación con otros poderes del Estado. Esto se expresa no sólo en las facultades legislativas del poder judicial, sino también en la ausencia de fiscalía y justicia administrativa;

5) el carácter no codificado de la legislación, y aunque en las últimas décadas se han adoptado leyes parlamentarias que consolidan regulaciones legales en instituciones y ramas (principalmente derecho civil), sin embargo, el derecho inglés sigue estando basado en casos por naturaleza.

Como ya se ha señalado, en la estructura del derecho consuetudinario se puede distinguir un grupo de derecho inglés, que incluye Gran Bretaña, Canadá, Nueva Zelanda, Australia, algunas ex colonias inglesas, así como el derecho estadounidense, que tiene como fuente el derecho inglés. , pero es muy original. Se manifiesta en lo siguiente:

1) a diferencia del Reino Unido, los EE. UU. tienen una constitución federal;

2) en el dualismo del ordenamiento jurídico, ya que junto a la jurisprudencia existe un ordenamiento jurídico. Pero los estatutos ingresan al sistema legal de los EE. UU. solo después de que los tribunales los han aplicado e interpretado repetidamente, y se hacen referencias a decisiones judiciales;

3 en sistema federal Los estados de EE. UU. tienen una autonomía significativa y los tribunales de un estado no tienen que referirse a las decisiones judiciales de otro estado, pero pueden tomar otras decisiones;

4) en significativa maniobrabilidad, flexibilidad, adaptabilidad del derecho a condiciones cambiantes, ya que las máximas instancias judiciales no están sujetas a sus propios precedentes;

5) en la naturaleza codificada de la legislación de muchos estados, por ejemplo, los códigos penales están en vigor en todos los estados, en muchos civiles y civiles códigos de procedimiento, y en algunos estados - y procedimiento penal;

6) la presencia de control judicial sobre la legalidad de las leyes federales y las leyes adoptadas a nivel de los estados individuales. Aquí juega un papel especial la Corte Suprema de los Estados Unidos, que tiene el derecho de interpretar la Constitución del país y las más altas instancias judiciales de los estados: las constituciones de sus estados.

familia legal eslava Empezó a ser llamado como independiente sólo muy recientemente. Se cree que incluso el abogado ruso prerrevolucionario N. M. Korkunov insistió en su asignación. En la actualidad, el prof. V. N. Sinyukov, quien formuló las características de la familia legal eslava. Al mismo tiempo, se indica que la rama eslava de la civilización legal se basa principalmente en factores nacionales, culturales y geográficos.

originalidad La familia legal eslava se define por los siguientes puntos:

identidad del estado. Como saben, los eslavos del este y del sur ya en los siglos VI-XI. tenían los suyos entidades publicas con sus tradiciones, su actitud hacia el poder del Estado, formas de su organización;

condiciones especiales vida económica, donde la forma rectora de gestión durante mucho tiempo fue la comunidad campesina, basada en la asistencia mutua, el autogobierno local, la responsabilidad según el principio " responsabilidad mutua". De ahí el desarrollo de los principios de colectivismo, cooperativismo;

la estrecha conexión del estado y la ley con la rama ortodoxa del cristianismo, que afectó significativamente y continúa afectando la vida espiritual de los pueblos eslavos, incluida la conexión entre la ley y la moralidad;

Siendo el heredero directo del Imperio bizantino, la familia legal eslava, a través de Bizancio, heredó de fuentes legales las tradiciones legislativas del derecho romano, y más tarde la recepción del derecho alemán. Por lo tanto, en términos de métodos técnicos y jurídicos, se une a la familia jurídica romano-germánica.

El lugar principal en esta familia legal pertenece al sistema legal ruso, que es una especie de entidad cultural, histórica y legal que tiene sus propios patrones de desarrollo.

familia jurídica latinoamericana Se caracteriza por el dualismo, ya que adoptó, por un lado, el modelo jurídico romano-germánico, y por otro, el sistema jurídico de los Estados Unidos, como el país más cercano a América Latina. La atracción por la familia jurídica romano-germánica se explica por el hecho de que muchos estados latinoamericanos fueron colonias de España y Portugal durante mucho tiempo, lo que transfirió el derecho de la metrópoli a estos países.

Otra característica de los estados latinoamericanos es el préstamo de los Estados Unidos de la forma presidencial de gobierno, la constitución y algunos instituciones constitucionales. En general, la esfera del derecho público entre los estados America latina formado bajo la influencia de los Estados Unidos.

Entre las características del ordenamiento jurídico latinoamericano se encuentra el importante papel de la legislación delegada, es decir, la expedición de actos de gobierno en forma de leyes, lo que se explica por los largos períodos de gobierno militar y el no funcionamiento de los parlamentos.

En los estados federales -Argentina, Brasil, Venezuela y México- el sistema legal es de naturaleza federal, pero la mayor parte es legislación federal.

La costumbre como fuente de derecho juega un papel diferente en cada país, por ejemplo, en Argentina su papel es bastante grande y en Uruguay, menos. Pero, en general, la costumbre es una fuente de derecho adicional, más que principal.

Se presta seria atención a la institución del control judicial sobre la constitucionalidad de las leyes.

América Latina, habiendo tomado prestado el sistema judicial de los Estados Unidos, lo ha cambiado seriamente y no considera la práctica judicial como fuente de derecho. La literatura indica que los estados latinoamericanos utilizan cada vez más instituciones de origen local y nacional.

familia legal escandinava cubre cinco estados: Suecia, Noruega, Finlandia, Islandia y Dinamarca y se distingue por su gran originalidad. A pesar de su proximidad a la Europa continental, estos países no aceptaron plenamente el modelo romano-germánico. Por ejemplo, la jurisprudencia juega un papel más importante en los países escandinavos que en los países pertenecientes a la familia jurídica romano-germánica. El derecho escandinavo no conoce la división en derecho público y privado.

La ley escandinava opera como un sistema único, se caracteriza por un gran número unificado actos que son igualmente válidos en todos los estados escandinavos. Esto se debe a la similitud de su lengua, cultura, desarrollo historico, localización geográfica y potencial económico, la ausencia de una diferencia política general, que aseguraba una estrecha cooperación jurídica estos estados Al mismo tiempo, los ordenamientos jurídicos de los países escandinavos suelen dividirse en dos grupos. El primer grupo incluye a Dinamarca, Noruega e Islandia, cuya ley se desarrolló históricamente sobre compilaciones idénticas de la ley danesa y noruega en la segunda mitad del siglo XVIII. El segundo grupo incluye a Suecia y Finlandia, cuyos sistemas legales se basan principalmente en la ley del estado sueco.

La familia jurídica escandinava se caracteriza por la ausencia de códigos que sistematicen ciertas ramas del derecho. La ley es la principal fuente del derecho. El papel de la corte es tradicionalmente importante en los países escandinavos, las funciones de un juez no se limitan a la aplicación de la ley. El juez tiene gran libertad en la interpretación de las leyes y los tratados, pero formalmente no puede crear normas jurídicas al resolver una disputa en particular.

Ley islámica se refiere a los sistemas legales religiosos, ya que se basa en el Islam. Se distingue por su complejidad, gran originalidad, fuentes inusuales, estructura, términos, etc., e incluye no solo normas legales, sino también religiosas, reguladoras morales y costumbres.

Las características de la ley islámica son las siguientes.

1. El estado de derecho se percibe como una regla dirigida a todos los musulmanes por Alá, quien se lo reveló al hombre a través de su profeta Mahoma. Debido al origen divino de esta regla, no está sujeta a cambios, pero necesita aclaración e interpretación para su uso práctico. Según el contenido, las normas del derecho musulmán no tienen carácter prescriptivo ni prohibitivo, sino que representan una obligación, un deber de realizar determinadas acciones. Así, la ley musulmana define las oraciones que un musulmán debe saber; puestos a observar; limosna para dar; peregrinaciones a realizar. En este caso, no se puede forzar el cumplimiento de las normas establecidas.

2. Hay cuatro fuentes principales de la ley islámica: Corán- el libro sagrado de los musulmanes, que contiene los discursos y sermones del profeta Mahoma; está dedicado a temas de religión, moralidad y solo en una parte muy pequeña toca los temas de las relaciones legales entre musulmanes. La segunda fuente - sunnah- una colección de tradiciones sobre la vida del profeta, su forma de pensar y actuar. La Sunnah también está dominada por disposiciones morales y religiosas. Contiene, en esencia, interpretaciones y explicaciones de las reglas del Corán. Tercera fuente - Ijma- el consentimiento de la comunidad musulmana sobre los deberes de un musulmán. La cuarta fuente Kiyas (kiyas)- juicio por analogía, es decir, aplicación a nuevos casos similares de las reglas establecidas por el Corán, la Sunnah y el Ijma.

Las fuentes secundarias incluyen la ley, que no puede contradecir el Islam y la doctrina religiosa y legal. Al examinar un caso, el juez no se remite al Corán ni a la Sunnah, sino únicamente al autor, cuya autoridad es generalmente aceptada.

3. En la estructura del derecho islámico no existe el derecho público y el privado, sin embargo, en la época moderna, se destacan como ramas principales el derecho penal, judicial y de familia. musulmán derecho penal distingue entre penas fijas (por hurto, homicidio, adulterio, embriaguez, etc.) y discrecionales, designadas a discreción del juez, que puede castigar cualquier otra infracción de la ley.

El poder judicial en la ley islámica es simple, ya que el juez considera por sí solo cualquier categoría de casos. Pero los jueces se mantienen en alto requisitos de calificación especialmente en lo que se refiere a su formación religioso-jurídica. Algunos estados musulmanes no conocen la jerarquía de los tribunales, pero en Sudán, por ejemplo, hay varios tribunales.

El derecho de familia está representado por la “ley del estado personal” y regula no solo la familia, sino también las relaciones hereditarias y algunas otras. De acuerdo con la ley musulmana, la posición legal de una persona está determinada por su religión. Sólo los musulmanes tienen pleno estatus personal. Un rasgo característico del derecho al estatus personal es la desigualdad entre hombres y mujeres. El matrimonio es visto como una obligación religiosa para un musulmán.

La familia de la ley musulmana incluye Irán, Irak, Pakistán, Arabia Saudita, Líbano, Sudán, etc. En varios estados musulmanes, la ley musulmana retuvo su importancia solo en ciertas áreas (Argelia, Egipto, Siria), pero en Turquía, para ejemplo, que se autoproclamó estado laico, las normas del derecho musulmán son significativamente suplantadas por el derecho romano-germánico prestado.

familia legal hindú se basa en una especie de complejo religioso: el hinduismo y es una de las familias de leyes religiosas y tradicionales. Esta familia incluye los sistemas legales de los estados: Bangladesh, Nepal, Guyana, Birmania, Singapur, Malasia, algunos países de la costa este de África, como Tanzania, Uganda, Kenia.

El sistema legal hindú se formó hace más de dos mil años y, después de haber pasado por un difícil camino de desarrollo, ha conservado su importancia normativa hasta el día de hoy. Esta familia jurídica se caracteriza por:

1. Conexión con el sistema de castas, cuyo dogma principal es la posición de que todas las personas desde el nacimiento se dividen en ciertos grupos sociales jerárquicos: castas, cada una de las cuales tiene sus propios derechos, deberes, su propia cosmovisión y moralidad. Las castas viven según sus costumbres, y la asamblea de la casta resuelve las disputas dentro de su grupo mediante votaciones, utilizando medidas coercitivas. La más severa de ellas es la excomunión de la casta.

2. La fuente de la ley y la religión son los Vedas: colecciones de canciones, oraciones e himnos religiosos indios que contienen, en esencia, las reglas de conducta.

3. El derecho hindú se basaba en las costumbres para regular las cuestiones del derecho de sucesiones, el régimen jurídico de los bienes de los miembros individuales de una familia indivisa y la división de los bienes familiares. Por lo tanto, durante el período de la colonización británica, incluso después de la introducción del sistema de derecho consuetudinario, la familia y ley de sucesiones gobernado principalmente por las costumbres.

4. Los establecimientos normativos y las decisiones de la práctica judicial no constituyen la fuente del derecho hindú, que se basa en las obras y comentarios de los científicos, que es una descripción del derecho consuetudinario.

5. Después de que la India y otras colonias británicas obtuvieran la independencia, se llevó a cabo un proceso de codificación de la ley hindú, se adoptaron una serie de leyes que unificaron la ley del matrimonio de los hindúes y la adaptaron a la cosmovisión moderna, se adoptaron leyes sobre la tutela de menores , sobre sucesiones, sobre adopciones, etc., por las cuales los jueces modernos se guían por la consideración de casos específicos. En lo que respecta a los casos de castas, el tribunal no tiene derecho a revisar las reglas de castas, solo supervisa su observancia y correcta aplicación. Pero el tribunal puede anular la decisión de la asamblea de castas si contiene "un desafío a la justicia nacional".

Familia de derecho consuetudinario (tradicional) cubre los países de Centro y Sudáfrica y Madagascar, incluidos los estados de Ghana, Sierra Leona, Gambia, Malawi, Senegal, Costa de Marfil, Togo, Camerún, etc. Los ordenamientos jurídicos nacionales de esta familia se caracterizan por la regulación de la vida costumbres. Estas costumbres son numerosas, y cada comunidad, tribu, etnia tenía sus propias costumbres y tradiciones. La obediencia a la costumbre era voluntaria debido al respeto a la memoria de los antepasados, así como al miedo a las fuerzas sobrenaturales. La costumbre africana difiere significativamente de las costumbres de los pueblos europeos. Para los africanos, la obediencia a la costumbre significa respeto por los antepasados, cuyos restos se fusionaron con el suelo, y el espíritu se cierne sobre los vivos. La violación de la costumbre puede provocar una reacción negativa de los espíritus de la tierra, ya que lo natural y lo sobrenatural, es decir, el comportamiento humano y los fenómenos naturales, están interconectados.

Otra característica del derecho consuetudinario africano es que derecho de grupos, comunidades, y no el derecho de los individuos, no los derechos subjetivos de un individuo. Por tanto, en el ámbito africano, lo que se considera justo es aquello que contribuye a la cohesión del grupo, restablece la armonía y las relaciones entre sus miembros. Por lo tanto, otra característica del derecho consuetudinario - la idea de la reconciliación lados, partes interesadas. Y si un tribunal a la europea establecía el derecho de un individuo a algo, éste no podía ejercerlo, ya que para él era más importante mantener la cohesión del grupo al que pertenecía.

De acuerdo con el derecho consuetudinario africano, un contrato de matrimonio es un acuerdo entre dos grupos familiares y no una unión de dos personas, por lo tanto, el divorcio solo es posible con el consentimiento de las familias. La propiedad de la tierra pertenece a todo el grupo social, y por herencia la propiedad no pasa a un individuo, sino a una familia u otro grupo. Por lo tanto, la idea de que un individuo pueda ser propietario de la tierra es contraria a las costumbres existentes.

La compensación por los daños causados ​​a uno de los miembros del clan se paga a toda la familia oa otro grupo.

Así, en el derecho consuetudinario, la regulación se reduce principalmente a la esfera del derecho privado - relaciones familiares, obligaciones de carácter civil, sucesiones, relaciones de propiedad de la tierra.

Como resultado de la colonización de África, dualista sistema de derecho, incluido el derecho metropolitano y el derecho consuetudinario. Las metrópolis buscaron principalmente prohibir ciertas costumbres bárbaras, y también regularon relaciones administrativas introdujo el derecho penal y mercantil. Hubo una reforma de los tribunales, junto con tribunales europeos también había tribunales nativos que resolvían las disputas sobre la base del derecho consuetudinario. Después de que los países africanos obtuvieran la independencia, la existencia de dos tipos de justicia en un solo estado resultó ser inaceptable. Por lo tanto, en algunos estados se abolieron los tribunales nativos (Senegal, Malí, Burundi), en otros se mantuvieron temporalmente, pero en la mayoría de los estados no existen tribunales de derecho consuetudinario. Algunos países han decidido codificar las costumbres (Madagascar, Senegal, Tanganyika, Nigeria). Pero el propio derecho consuetudinario también está experimentando una evolución, ya que estaba destinado a servir a comunidades cerradas. Las relaciones internacionales extensivas, las realidades de una economía de mercado, el surgimiento de un mercado fuerza de trabajo, la difusión de la educación, el aumento de las oportunidades de comunicación, los contactos con los europeos crean los requisitos previos para la transformación del derecho consuetudinario africano y reformas fundamentales de los sistemas legales nacionales.

Familia legal del Lejano Oriente incluye China, Japón, Hong Kong, Indonesia, Corea, etc.

Esta familia jurídica se caracteriza en primer lugar, una actitud negativa hacia la ley en general. Los japoneses, por ejemplo, identifican tradicionalmente el derecho exclusivamente con el derecho penal, que asocian con la prisión. en segundo lugar, las sociedades del Lejano Oriente están dominadas por la idea de la reconciliación, un acuerdo voluntario entre las partes en disputa, es decir, prefieren resolver los conflictos fuera de los tribunales. Pero cuando se resuelven disputas en los tribunales, la mayoría de las veces terminan con la reconciliación de las partes en la disputa. Recurren a los tribunales después de que se hayan agotado todas las demás formas de resolver el conflicto. En tercer lugar, la visión tradicional de orden publico como armonía entre el hombre y la naturaleza, entre las personas mismas. Por lo tanto, su protección debe llevarse a cabo por métodos de persuasión, mediación, evaluaciones autocríticas del comportamiento y no puede encasillarse en el marco de esquemas legales. En consecuencia, las leyes no son un medio normal de resolución de conflictos. Su función útil se limita a ofrecer patrones de conducta y advertir a quienes pretendan cometer un acto antisocial. Cuatro, la mayoría de los países de la región del Lejano Oriente se caracterizan por la ideología del confucianismo, según la cual la unidad principal de la sociedad es la familia con una organización jerárquica y poder absoluto del cabeza de familia, con la subordinación de los más jóvenes a los ancianos y la prohibición de cualquier disturbio. Y aunque en el siglo III. antes de Cristo mi. en China, en particular, la escuela legalista predicó que el poder debe basarse no tanto en la virtud como en la obediencia a la ley, la posición del confucianismo en su conjunto no ha sido sacudida significativamente y su dominio es permanente. Las ideas del confucianismo tuvieron un gran impacto en la ideología oficial de Japón.

Sin embargo, luego del establecimiento del sistema republicano en China, y especialmente luego de la proclamación de China en 1949 por la República Popular, el sistema legal chino comenzó a desarrollarse según el modelo socialista. En la actualidad, la Constitución de 1982 está en vigor en China, han aparecido leyes importantes en el campo del derecho penal, procedimientos penales y civiles, leyes sobre patentes, empresas extranjeras y se han desarrollado los principios básicos del derecho civil, es decir, la actividad legislativa. se está intensificando. Pero esto no da motivos para olvidar la mentalidad china y las tradiciones chinas centenarias.

En cuanto a Japón, después de la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos tuvo una influencia significativa en el desarrollo de su sistema legal. Apareció, en particular, la Constitución de 1947, así como la legislación económica (Ley de Sociedades Anónimas, leyes antimonopolio). Japón eligió el camino de la legislación codificada con la influencia predominante de la familia jurídica romano-germánica; El precedente no es fuente del derecho, pero la fuente principal es el derecho. La práctica judicial también aparece como fuente del derecho, especialmente la interpretación de las leyes. Corte Suprema. La estructura de la ley japonesa es sectorial. Las ramas principales incluyen el derecho civil y comercial; familiares y hereditarios; labor; Correcto seguridad Social; procedimiento penal y penal. A pesar de la legislación desarrollada, el sistema legal nacional de Japón es un entretejido complejo del efecto de los actos legislativos y las ideas tradicionales sobre la moralidad, el deber, la conciencia, la dignidad y el honor, y el bien común se valora por encima de los intereses personales.

Familia de derecho socialista se origina en la Revolución de Octubre de 1917 en Rusia y la formación de varios estados socialistas en Europa del Este y Asia. Esta familia jurídica tiene las siguientes características distintivas:

es un tipo de derecho ideologizado, ya que se basa en la ideología del marxismo-leninismo y en la concepción del derecho socialista como tipo supremo;

tiene un marcado carácter de clase, ya que tiene como dirección la incorporación en las leyes de los intereses de las clases en el poder: el proletariado y el campesinado. De hecho, los objetivos de la ley formalmente declarados se reducen a asegurar los intereses de la élite del partido-estado;

establece una estrecha comprensión normativa del derecho, identifica derecho y derecho, entiende el derecho como proveniente exclusivamente del Estado;

declara la principal fuente de normativa actos legales, y en la práctica, se da prioridad no a las leyes, sino a los actos departamentales, que muchas veces vulneran los derechos y libertades de la población;

carácter imperativo de los establecimientos jurídicos normativos. Para regular las relaciones sociales se utilizan principalmente prohibiciones y obligaciones que no otorgan al individuo la libertad de elegir una variante de conducta;

niega el precedente judicial como fuente de derecho. Judicial sólo se le asigna el papel de ejecutor de la ley, y aunque se proclama el principio de la independencia de los jueces, rama Judicial no ocupaba un lugar independiente entre otros agencias gubernamentales. No hay control constitucional en el país;

niega la división del derecho en privado y público, todas las esferas de su acción son declaradas públicas;

se declara prioridad intereses públicos ante personal y público, en particular por robo propiedad del Estado la ley penal establece responsabilidades más estrictas que por el hurto de bienes muebles de los ciudadanos;

centraliza la gestión de la vida económica y regula en detalle relación contractual, normaliza actividad laboral y distribución de beneficios sociales;

niega su continuidad desde otros ordenamientos jurídicos, incluso desde el anterior. Proclama su exclusividad.

En la actualidad, China, Corea del Norte, Cuba y Vietnam se pueden atribuir a esta familia. Estos estados tienen constituciones y leyes de carácter socialista.

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El concepto de familia jurídica. Características de la técnica jurídica en diversas familias jurídicas

Hoy hay más de 250 estados en el mundo. Todos utilizan la ley como medio de regulación. vida publica. ¿Hay algo en común entre todos estos sistemas nacionales de derecho?

esta pregunta esta respondida análisis comparativo sistemas legales diferentes paises. El derecho de los estados se puede clasificar en grupos o familias.

Ley familiar(o el sistema legal del mundo) son grupos de sistemas legales nacionales que tienen características legales y técnicas similares, la principal de las cuales es la forma de la ley.

Además, a la hora de distinguir familias de derecho, hay que tener en cuenta:

  • ideas jurídicas globales;
  • estructura de la ley;
  • cultura jurídica;
  • tradiciones legales;
  • características del origen y evolución de varios sistemas de derecho, etc.

Tipos de familias legales

No hay consenso entre los estudiosos sobre este tema. Se pueden distinguir varias posiciones.

primer punto de vista expresado por el científico francés R. David. Fue un "pionero" en esta área y en los años 60. siglo 20 creado ley comparativa. Su clasificación de las familias de derecho consta de dos partes:

1. principales familias jurídicas:

  • socialista;

2. Derechos familiares adicionales:

  • religioso, es decir, islámico;
  • tradicional, es decir, la familia consuetudinaria;
  • Lejano este;
  • Hindú.

Poco quedó de la familia jurídica socialista después de la destrucción de la URSS (a excepción de la ley de Cuba y Corea del Norte). Podemos decir que esta familia jurídica casi ha desaparecido.

segundo punto de vista expresado por los científicos alemanes K. Zweigert y X. Koetz.

Distinguen las siguientes ocho familias (círculos, estilos):

  • Románico;
  • Germánico;
  • Escandinavo;
  • angloamericano;
  • socialista;
  • Islámico;
  • Hindú;
  • Lejano Oriente.

seguidor tercer punto de vista, el científico estadounidense K. Osakwe, une los sistemas nacionales en tres grupos, en los que tiene un total de 13 familias jurídicas:

1. Familias occidentales (seculares) del mundo:

  • Románico;
  • Germánico;
  • Escandinavo;
  • Inglés;
  • Americano;
  • Ruso;
  • socialista;

2. otras familias no occidentales del mundo:

  • Sureste;
  • Africano;

3. familias religiosas del mundo:

  • Judío;
  • canónico;
  • Hindú.

cuarto punto de vista expresado por H. Behruz. Considera que todas las familias son las principales y las llama siete:

  • derecho consuetudinario (derecho consuetudinario africano);
  • ley ética tradicional (ley china, japonesa);
  • ley religiosa (judía, hindú, ley islámica);
  • ley legislativa(derecho romano-alemán);
  • jurisprudencia (inglés, derecho estadounidense);
  • derecho mixto (derecho latinoamericano, derecho escandinavo);
  • sistemas legales postsoviéticos.

Y finalmente quinto punto de vista presentado por el científico francés R. Leger, quien clasifica todos los sistemas legales del mundo en dos grupos:

  • propiedad Imperio de la ley(con una larga tradición jurídica);
  • pertenecientes a estados que han subordinado el derecho a la religión o la ideología (no poseedores de tradiciones jurídicas).

Tomemos como base la clasificación propuesta por R. David, corrigiéndola ligeramente, teniendo en cuenta los cambios que se han producido en el mundo.

así que en mundo moderno Se distinguen claramente cuatro familias jurídicas:

  • romano-germánico (continental);
  • anglosajón (familia de derecho consuetudinario);
  • árabe (musulmán);
  • Africano (familia consuetudinaria).

Considere las características de cada una de estas familias.

Familia de derecho romano-germánica (continental) (o derecho profesoral)

Esta familia incluye sistemas nacionales que surgieron en la Europa continental a partir de la combinación de tradiciones romanas, canónicas y locales (Francia, Alemania, España, Suecia, etc.). Todos estos países, en un grado u otro, han recibido, es decir, tomado como base, derecho romano, pero no normas específicas, sino sus principios. Si tomamos la forma de la ley como base, entonces apariencia esta familia se parecerá a la que se muestra en la Figura 3.4.

Esquema 3.4. Familia de derecho romano-germánica (continental) (o derecho profesoral)

La principal fuente del derecho (forma del derecho) es acto normativo que ocupa al menos el 70% numero total otras formas de derecho. También se utiliza un precedente legal (cuando la ley es poco clara, contradictoria), pero no más del 15%. Las costumbres no se descartan, aunque se las considera una fuente de derecho obsoleta. En comparación con otras familias, la doctrina jurídica se usa mucho aquí, por lo que esta familia de leyes también se denomina derecho profesoral. Los académicos ayudan activamente a los órganos jurisdiccionales en el proceso de resolución de casos complejos.

En cuanto al contenido, los sistemas nacionales de este grupo son lógicos y doctrinarios. Los científicos, junto con los representantes de los organismos estatales, participan no solo en la resolución de casos complejos o casos para los que no existen disposiciones legales, sino también en la elaboración de proyectos de ley. A menudo se convierten en los iniciadores de la publicación de un acto normativo particular. No hace falta hablar del hecho de que los científicos crean un aparato conceptual para legislar.

Por estructura, el derecho continental se divide en industrias, y éstos, a su vez, subsectores Y instituciones Teniendo en cuenta la estafa
En un caso específico, el encargado de hacer cumplir la ley debe, en primer lugar, decidir a qué rama del derecho pertenece el caso y luego buscar la regla de derecho apropiada en su composición.

El derecho de los países de esta familia jurídica está bien sistematizado. Las antiguas ramas establecidas del derecho están sujetas a codificación, es decir, un procesamiento profundo, como resultado del cual se crea un acto orgánico, generalmente llamado código.

Entre reglamentos hay dependencia jerárquica, cuyo significado es el siguiente: un acto normativo adoptado por un órgano superior prevalece sobre un acto normativo adoptado por un órgano inferior en la jerarquía estatal y, en caso de conflicto entre ellos, anula las disposiciones del acto inferior . También existe una jerarquía entre las fuentes del derecho: actos legislativos tienen prioridad sobre todas las demás formas de derecho (precedente, costumbre). El caso es que en estos países regulacion legal gran papel del estado.

El derecho sustantivo es más importante que el procesal diseñado para servir a su aplicación. Esto significa que si no hay pruebas en el caso, uno no puede negarse a aceptarlas para su consideración. Sin embargo, si la evidencia no está disponible durante el juicio, el caso se perderá.

Esta regla existe en parte porque los países de este sistema utilizan proceso inquisitorial cuando el tribunal es sujeto activo en el proceso y realiza por sí mismo las diligencias de recaudo de prueba. EN proceso civil Por supuesto, el papel de la competitividad es excelente, pero incluso aquí la cancha puede ser muy activa.

En estos países sistema jerárquico y judicial(juzgados locales, apelación, casación, superior). Todos los tribunales están controlados por el Ministerio de Justicia.

Derecho anglosajón (familia del common law, jurisprudencia, derecho judicial)

La familia legal anglosajona incluye Gran Bretaña y países que históricamente formaron parte del sistema colonial británico (EE. UU., Australia, Canadá, etc.). Actualmente, la Commonwealth británica incluye 36 estados, un tercio del mundo. El derecho anglosajón no fue desarrollado por eruditos legales, sino por abogados en ejercicio sobre la base de su consideración de casos legales específicos.

Las características del common law son las siguientes (Esquema 3.5). La principal fuente del derecho es precedente. Hoy representa alrededor del 50% del número total de otras formas de derecho, pero anteriormente este porcentaje era mucho más alto. Las leyes (estatutos) se utilizan cada vez más en la regulación legal. Su participación ya es de alrededor del 40%. Si en Europa se considera el derecho como un conjunto estatutario reglas, para un inglés, la ley es básicamente a lo que conducirá un juicio. Además, la ley no se considera como tal hasta que la jurisprudencia la aprueba y hasta que se acumula la experiencia de su aplicación.

También se utilizan las costumbres, pero son de importancia secundaria.

La doctrina legal en el Reino Unido está subestimada, ya que la ley inglesa le debe más a los jueces que a los académicos.

La familia de casos es inherente pragmatismo. Esto significa que se debe poner fin a cualquier caso, incluso si no existe un estado de derecho.

Esquema 3.5. derecho anglosajón

casuística El derecho inglés está relacionado con el hecho de que se crean precedentes en relación con un caso específico. El principio de resolver el caso se formula después de describir todas las características del caso y examinar todas las pruebas. El otro juez, antes de aplicar este principio, deberá comparar la situación de que se trata con la descrita en la jurisprudencia.

La noción de que un precedente encadena a un juez es en gran parte engañosa precisamente porque el juez mismo decide si una situación determinada coincide o no con aquella en la que se basó el precedente. Dado que nunca hay una coincidencia perfecta, el juez puede descartar el precedente.

La ausencia de un sistema pronunciado de normas jurídicas es una característica distintiva.

Esto se aplica no solo a los precedentes que se crearon según la necesidad, sino también a los estatutos, ya que las leyes se formaron bajo la influencia de una práctica judicial que no fue sistemática. No hay división del derecho en ramas. Es cierto que existe tal cosa como "instituciones de derecho". La cuestión de a qué rama del derecho pertenece este o aquel incidente desconcertará a cualquier abogado inglés. Sin embargo, no se debe negar la sistematización en forma de recopilaciones y reseñas de la práctica judicial.

La jurisprudencia no acepta la división del derecho en privado y público.

No hay jerarquía entre los casos. De hecho, dominan las leyes en el sentido de que una ley que no ha recibido interpretación judicial, es decir, “no superada” o no mediada por precedentes, aún no se considera una ley real. Llegará a serlo cuando se presente en el contexto de un caso específico.

Todo esto significa que el Estado juega un papel mínimo en la elaboración de leyes.

derecho procesal en los países que forman esta familia, tiene prioridad sobre el material. Este es el resultado de una regla estricta: cualquier negocio debe ser aprobado. Que no norma material, el juez puede crearlo, pero si no hay prueba, nada ayudará: después de todo, la decisión debe ser motivada y diferir en un análisis detallado de la prueba.

Proceso de caso contradictorio Esto se aplica tanto a procedimientos civiles como penales.

Por el resultado del caso el vino realmente no importa. La atención del juez se centra principalmente en averiguar si el hecho en sí (delito, daño) realmente tuvo lugar. Tal vez por eso en familia anglosajona los acuerdos legales sobre la culpabilidad son comunes (no podemos probar el hecho del asesinato, pero castigaremos al acusado por no pagar los impuestos).

Familia de derecho consuetudinario (derecho africano)

El derecho consuetudinario cubre principalmente los estados del continente africano.

La ley tradicional de África es un conjunto de reglas de conducta no escritas, transmitidas oralmente de generación en generación y protegidas por el estado.

Esquema 3.7. Ley Africana

Considere las principales características de la familia del derecho consuetudinario (Esquema 3.7).

La principal fuente del derecho es costumbres.

Ha muerto el director de un bufete de abogados con sede en Kampala, Uganda. Había una pregunta sobre la herencia. El tribunal, utilizando las normas del derecho consuetudinario, adjudicó la propiedad a la comunidad de donde procedía el difunto, y la esposa del difunto (de origen europeo) a su hermano mayor.

Inicialmente, la costumbre abarcaba toda la vida social y actuaba en los ámbitos económico, político, patrimonial, familiar y social. áreas criminales. Sin embargo, la conquista de los países africanos por parte de los europeos y la ampliación de los lazos con otros estados hicieron que la costumbre fuera insuficiente. Los europeos comenzaron a ayudar a los pueblos de África a crear el derecho a su manera (crear leyes y tribunales). La intervención afectó:

  • servicios financieros;
  • servicios de policía;
  • cuidado de la salud;
  • educación;
  • trabajos públicos;
  • actos criminales.

Como resultado, el derecho consuetudinario se redujo al campo intimidad(familia, tierra, propiedad, herencia y otras relaciones). En algunos lugares, el derecho consuetudinario se conservó en las relaciones jurídicas penales.

La nueva ley reflejaba la tradición legal del país metropolitano: donde estaban presentes los británicos, la práctica judicial (precedentes) estaba más desarrollada, y donde estaban los franceses, el énfasis estaba en la legislación.

Sin embargo, cualquier ley nueva encuentra la oposición de la población. Fuera de las capitales, la gente sigue viviendo según las costumbres.

La actitud de las personas hacia el derecho (conciencia jurídica) también es peculiar: sienten respeto y, sin duda, obediencia a las costumbres. Esto se ve facilitado por la conciencia colectivista en general, que distingue a los pueblos africanos.

Lo principal en el derecho consuetudinario es la observancia de los deberes. Los derechos subjetivos son prácticamente desconocidos para los africanos.

Las normas del derecho consuetudinario están principalmente en la memoria de los líderes. Ellos son sus guardianes. Además, en ausencia de especial cumplimiento de la ley, en particular los tribunales, los líderes consideran e incidentes legales. En los países en cuestión, no solo las instituciones jurídicas, las profesiones jurídicas, sino también la ciencia jurídica no están desarrolladas.

En la actualidad, el derecho africano es un "pastel de dos capas", en el que la primera capa es el derecho consuetudinario, la segunda es el derecho europeo, mientras que la segunda capa es claramente inferior en grosor a la primera.

La formación de asociaciones interestatales en África (por ejemplo, la OUA, la Organización para la Unidad Africana) contribuyó al inicio del proceso de formación de una ley territorial (continental) general, pero sus fuentes aún no se han formado.

El ordenamiento jurídico ruso en el contexto de las familias jurídicas mundiales

¿A qué familia legal pertenece? ley rusa? Hay dos puntos de vista al respecto.

La mayoría de los científicos se adhieren al punto de vista según el cual el derecho ruso surgió del seno del sistema legal romano-germánico (es decir, el período prerrevolucionario del desarrollo de la familia nacional rusa), y después de las metamorfosis que se produjeron en él. periodo soviético, que se prolongó durante varias décadas, está volviendo gradualmente a esta familia de leyes.

El segundo punto de vista es defendido por V. N. Sinyukov. La esencia de su posición es la siguiente: la familia legal rusa es el centro de la familia legal eslava, que puede considerarse independiente y original.

La originalidad del estado ruso radica en la intervención tradicional del estado en todas las esferas de la vida pública (la ley en Rusia está formada principalmente por el estado, al menos la conexión entre la ley y el estado siempre ha sido estrecha).

El grupo eslavo de países rastrea Términos Generales y Condiciones desarrollo económico (un gran lugar lo ocupan las formas colectivas de gestión).

También hay un tipo especial. estatus social personalidad (no hay una línea clara entre los intereses del individuo y los del estado). Los países eslavos tienen una comunidad cultural e histórica. Tienen tanto una comunidad moral y psicológica (bondad, piedad, conciencia colectivista, etc.) como una comunidad religiosa y ética (la rama ortodoxa del cristianismo domina en estos países).

Sin embargo, creo que esto se aplica a la caracterización de la conciencia de las personas en general y de la conciencia jurídica en particular. Todo lo anterior se relaciona indirectamente con el derecho como sistema de normas imperativas, y más aún con la técnica jurídica.

Parece que Rusia todavía se está fusionando en la familia continental del derecho, aunque lentamente y permitiendo digresiones y errores. Rusia tendrá que resolver muchos más problemas para convertirse en parte de la familia del derecho continental. Dos de ellos son de máxima prioridad:

  • extender el uso del precedente;
  • eliminar restos ideológicos en los actos normativos (tanto en los preámbulos como en el contenido de los actos normativos).

familias legales. Tipos de familias jurídicas.

Las familias de leyes (o el sistema legal del mundo) son grupos de sistemas legales nacionales que tienen características legales y técnicas similares, la principal de las cuales es la forma de la ley. Uno de conceptos centrales ley comparativa; representa un conjunto más o menos amplio de ordenamientos jurídicos nacionales que combinan una fuente común del derecho, los conceptos básicos, la estructura del derecho y el camino histórico de su formación. La familia jurídica es un conjunto de sistemas jurídicos nacionales identificados sobre la base de la similitud de sus diversas características y características.

La forma del derecho son sus manifestaciones externas determinadas por el poder estatal, en las que el contenido de los principios y normas jurídicas se fija y adquiere la calidad de certeza formal. De ahí extraemos el conocimiento sobre el derecho, de lo contrario, es una forma de formar, de consolidar normas jurídicas.

El derecho comparado es una rama (sección) de la jurisprudencia (ciencia jurídica) que estudia los sistemas jurídicos varios estados comparando el estado epónimo y instituciones legales, sus principales principios y categorías.

El término familia jurídica en sí mismo fue introducido en la circulación científica por el científico alemán Gottfried Leibniz, quien publicó su obra “Nuevos métodos de estudio y enseñanza del derecho” en 1667 en latín. Esta obra contiene el § 7 titulado “Representación del derecho como proyecto: todos los pueblos, países y épocas”. Fue en este trabajo, utilizando el enfoque de parentesco genético, que Leibniz planteó la idea de la posible unificación de la ley de varios países en familias peculiares, enfatizando una fuente única y similitud de desarrollo. Algo antes, Leibniz planteó una idea similar en relación con las lenguas, acuñando el término, familia lingüística(familia de lenguas).

Cada familia jurídica es única, sin embargo, el derecho comparado permite, habiendo averiguado sus similitudes y diferencias, producir una tipología de sistemas jurídicos. De esta manera, se forman tipos de sistemas jurídicos denominados familias jurídicas. Los criterios son:

    correlación y uso de las fuentes del derecho,

    el papel de la corte en el establecimiento de precedentes,

    origen y desarrollo del sistema de derecho.

Además del significado histórico, la selección le permite navegar en fenómenos legales específicos, usar razonablemente la experiencia extranjera, capturar y comprender las tendencias generales en el desarrollo legal de la humanidad y enriquecer su cultura legal y política.

No existe una clasificación única de los sistemas legales por una razón similar: los científicos se basan en diferentes tipos de criterios.

1. Uno de los puntos de vista fue expresado por los científicos alemanes K. Zweigert y X. Koetz. Un destacado científico alemán propone como criterio de clasificación el concepto de “estilo jurídico. El científico cree que un cierto estilo es inherente a los sistemas legales individuales y sus grupos. El derecho comparado busca identificar estos estilos legales y, dependiendo de los elementos de estilo decisivos, ubicar sistemas legales individuales en círculos legales. El "estilo de la ley" como criterio para clasificar los sistemas legales está determinado, según K. Zweigert, por cinco factores: 1) el origen histórico y el desarrollo del sistema legal; 2) la doctrina dominante del pensamiento jurídico y sus especificidades; 3) instituciones legales originales;

4) fuentes legales y métodos de su interpretación; 5) factores ideológicos. Sobre esta base, K. Zweigert distinguió ocho familias legales: romance, germánica, escandinava, angloamericana, socialista, islámica, hindú, del Lejano Oriente.

2. Cabe destacar la clasificación de los sistemas jurídicos propuesta por K. Osakwe, construida sobre los principios de criterios múltiples y una combinación de factores objetivos y subjetivos. Esta clasificación de los sistemas jurídicos refleja la teoría americana del derecho, según la cual la clasificación debe realizarse en tres niveles, es decir, en dos niveles de macroclasificación según tradiciones jurídicas, y en un nivel de microclasificación según familias jurídicas. En el primer nivel de macroclasificación, según el criterio de la orientación religiosa, se distinguen los ordenamientos jurídicos religiosos de los no religiosos. Los principales sistemas legales religiosos incluyen la ley musulmana (islámica), la ley judía (judía), la ley canónica de la Iglesia Católica y la ley hindú. En el segundo nivel de macroclasificación, los sistemas jurídicos no religiosos, según el criterio de la comprensión jurídica y el papel del derecho en la sociedad, se dividen en dos tradiciones principales: occidental y no occidental. A nivel de microclasificación, la tradición jurídica occidental (es decir, el derecho occidental) se divide a su vez en tres familias jurídicas, a saber: romano-germánica, angloamericana y escandinava (norteeuropea). El concepto de tradición jurídica extraoccidental combina el derecho del sudeste asiático, el derecho consuetudinario africano y el derecho tribal de los indios americanos.

Una clasificación más estrecha de los sistemas jurídicos incluidos en la tradición jurídica occidental se refiere a la microclasificación. En este nivel, según K. Osakwe, los criterios para clasificar los sistemas jurídicos se reducen a cinco factores, como son la ideología jurídica, el estilo jurídico, la filosofía del derecho procesal, la arquitectura del sistema judicial y la infraestructura del derecho. La ideología jurídica se refiere a aquellos principios filosóficos fundamentales del derecho que regulan las relaciones políticas, económicas y sociales en la sociedad.

3. G. J. Berman propone crear una jurisprudencia integrada y unificada que une las escuelas tradicionales y va más allá de ellas. Para llevar a cabo una clasificación de los sistemas jurídicos con base científica, teniendo en cuenta factores tanto objetivos como subjetivos, es necesario distinguir los siguientes grupos de criterios de clasificación de los sistemas jurídicos: criterios civilizatorios generales y criterios jurídicos. Los criterios civilizatorios, en un sentido amplio, reflejan las características ideológicas, políticas, religiosas y culturales de la formación y desarrollo de la sociedad, que inciden más directamente en el proceso de surgimiento, desarrollo y funcionamiento de los sistemas jurídicos. Los criterios jurídicos para la clasificación de los sistemas jurídicos son la conectividad elementos legales un orden jurídico general de un tipo específico. (tradición, ideas, conceptos, funcionamiento, evolución, rasgos de origen). Con base en los criterios anteriores, se pueden distinguir las siguientes familias jurídicas: familia de derecho tradicional: familia de derecho consuetudinario; familia de derecho ético tradicional: derecho del Lejano Oriente; familia de leyes religiosas: ley judía, ley hindú y ley islámica; familia de derecho legislativo: familia jurídica romano-germánica; familia de jurisprudencia: familia de derecho consuetudinario; familia jurídica mixta: familia jurídica latinoamericana y familia jurídica escandinava. El libro de texto de 2008 trata a estas familias como básicas.

4. El científico francés R. Leger clasifica todos los sistemas jurídicos del mundo en dos grupos:

pertenencia al estado de derecho (con una larga tradición jurídica);

pertenecientes a estados que han subordinado el derecho a la religión o la ideología (no poseedores de tradiciones jurídicas).

5. La clasificación creada por Rene David es la más conocida y popular. Se parte de la idea de que la clasificación de los sistemas jurídicos debe basarse en una combinación de dos criterios: el factor ideológico, que incluye características religiosas, filosóficas, estructuras económicas y sociales, y la técnica jurídica, que incluye las fuentes del derecho como principal componente. Sobre esta base, se distinguen tres familias jurídicas principales, a saber: romano-germánica, anglosajona y socialista, a las que se unen otras familias jurídicas, a saber: sistemas jurídicos religiosos y tradicionales, en particular, el derecho musulmán y judío, el derecho de los países del Lejano Oriente, y también los sistemas legales de los países africanos

5.1. familia romano-germánica. Esta familia incluye sistemas nacionales que surgieron en la Europa continental a partir de la combinación de tradiciones romanas, canónicas y locales (Francia, Alemania, España, Suecia, etc.). Todos estos países en alguna medida recibieron, es decir, tomaron como base, el derecho romano, pero no normas específicas, sino sus principios. Si tomamos la forma de ley como base, entonces la apariencia de esta familia se verá como la que se muestra en el diagrama.

La principal fuente del derecho es un acto normativo. Se caracteriza por una clara división del derecho en ramas, y todas las ramas se dividen en dos subsistemas: derecho privado y derecho público. La esfera del derecho público incluye el derecho administrativo, penal, constitucional, público internacional. Privado incluye civil, familiar, laboral, privado internacional. En el sistema de órganos estatales, se hace una distinción clara entre los órganos legislativos y los encargados de hacer cumplir la ley. Las funciones legislativas constituyen el monopolio del legislador. La mayoría de los países de este sistema se caracterizan por la presencia de una constitución escrita. En el marco del ordenamiento jurídico romano-germánico se distinguen los siguientes grupos: el grupo del derecho romano (los ordenamientos jurídicos de Francia, Italia, Bélgica, España, Rumanía, el derecho de los países latinoamericanos); grupo de derecho alemán (sistemas jurídicos de Alemania, Austria, Hungría, Suiza, Grecia, Portugal, Turquía, Japón); grupo de derecho escandinavo (sistemas legales de Dinamarca, Noruega, Suecia). Algunos investigadores distinguen un grupo independiente de derecho eslavo que, en su opinión, tiene su propio camino histórico único de desarrollo, que difiere de las tradiciones legales europeas. El derecho eslavo se basa en gran medida en la recepción del derecho romano, teniendo en cuenta sus características nacionales y culturales. Inicialmente, se formó bajo la fuerte influencia del derecho bizantino, luego se acercó al derecho romano-germánico, basado en el modelo de los principales estados europeos, y el derecho socialista también jugó un papel especial en él.

5.2 anglosajón. El common law domina los sistemas legales nacionales de Gran Bretaña (excepto Escocia), Canadá, Estados Unidos, Jamaica, Australia, etc. Inglaterra fue la progenitora de esta familia legal. En el corazón de este ordenamiento jurídico se encuentra el principio, lo que significa que en el desarrollo de una decisión del tribunal, la fuerza dominante pertenece al precedente. La principal fuente de derecho en el ordenamiento jurídico anglosajón es la costumbre (confirmada por precedente judicial), la legislación es considerada como una especie de contrato. Así, a diferencia del sistema romano-germánico, las decisiones judiciales juegan un papel importante en la formación real del derecho, mientras que el sistema romano-germánico deja la función de interpretar y aplicar el derecho a los tribunales.

En Estados Unidos se tiende a mezclar los principios de los ordenamientos jurídicos anglosajón y romano-germánico: el primero está muy extendido a nivel de base, pero a medida que aumenta el nivel de jurisdicción se tiende a codificar el derecho . En Canadá, el derecho privado es jurisprudencia, mientras que el derecho penal está codificado.

5.3 Socialista. Estrictamente hablando, el sistema legal socialista no es un sistema independiente, sino solo una rama del sistema legal romano-germánico. El sistema socialista se caracteriza por el control estatal de muchas esferas de la vida social y económica a cambio de la consolidación legislativa de un gran número de garantías sociales, así como un procedimiento simplificado para los procesos judiciales con denegación efectiva de la competencia. Al mismo tiempo, todas las características formales del sistema legal romano-germánico se conservaron en casi todos los estados socialistas. En el marco del sistema anglosajón no se observó un desarrollo hacia el sistema socialista. Una de las instituciones características, aunque secundarias, del derecho socialista era el tribunal de camaradas.

5.4. Contiguo: religioso. Un sistema legal religioso es un sistema legal donde la principal fuente de derecho es la Sagrada Escritura.

5.4.1 Características de la ley musulmana: La ley musulmana es un sistema de normas que expresan en forma religiosa la voluntad y los intereses de la nobleza religiosa, que originalmente fueron sancionados y apoyados por un estado musulmán democrático.

Según los dogmas del Islam, la ley musulmana proviene de Alá, quien descubrió este derecho y lo trajo a toda la sociedad a través del Profeta Mahoma, cuya personalidad ocupa un lugar importante en la doctrina religiosa del Islam. La fuente principal es el Corán, el principal libro sagrado de los musulmanes, que contiene principalmente mandamientos generales. Además, la fuente más importante es la Sunnah, una colección de adats, tradiciones sobre las acciones y declaraciones de Mahoma. La Sunnah es una especie de resumen de la interpretación del Corán, no contiene disposiciones normativas pronunciadas, indicaciones claras de los derechos y obligaciones de las partes. Ijma: la conclusión acordada de los antiguos juristas sobre los deberes de los fieles. Actúa como una forma de llenar los vacíos en la ley musulmana en los casos en que ni el Corán ni la Sunnah pueden dar una respuesta convincente a las preguntas que surgen. La adaptación de la ley islámica a las condiciones cambiantes tuvo lugar no solo con la ayuda de los actos del soberano, sino también con la ayuda de costumbres, acuerdos, estratagemas legales y ficciones. Recientemente, en ámbitos que no afectan al estado personal (persona, familia, herencia), la aplicación de las normas del derecho musulmán ha dado paso a la aplicación de normas tomadas de las familias romano-germánicas o anglosajonas.

5.4.2. La ley judía es uno de los sistemas legales religiosos más antiguos que existen en el mundo moderno. El inicio de la formación y desarrollo del sistema legal judío se considera aproximadamente en el siglo I a.C. mi. La ley judía es un conjunto de obligaciones que cubren todos los aspectos de la vida judía. En primer lugar, este complejo se refiere a las normas de derecho público. En relación con la fe judía, el principal deber de un judío es la estricta observancia de los cánones religiosos y la fidelidad a Dios. La ley judía tiene funciones específicas. En primer lugar, estas son las funciones asociadas con la formación de la comunidad judía y su mantenimiento en la unidad espiritual, moral y religiosa. La ley judía afecta las esferas económicas, políticas y sociales de la sociedad. Hay un grupo de funciones que está relacionado con el impacto en la ley israelí moderna. A diferencia de otros sistemas legales, la ley judía influye de cierta manera, pero no regula directamente todo. relaciones públicas sociedad israelí. El objeto principal de la regulación es el matrimonio y las relaciones familiares. El ordenamiento jurídico judío tiene las siguientes fuentes de derecho: la Biblia, el Talmud, las tradiciones y costumbres religiosas, la doctrina jurídica.

5.5. Los sistemas legales tradicionales todavía se encuentran en algunos países de África Central y Meridional, el Sudeste Asiático, Australia y Oceanía. Se caracterizan porque dentro de una comunidad tribal o grupo étnico, la regulación de las relaciones sociales se da a través de numerosas costumbres y tradiciones. Son para ellos normas de comportamiento no escritas que se han desarrollado durante mucho tiempo y se han convertido en un hábito como resultado del uso repetido. La obediencia al derecho consuetudinario es voluntaria y se basa en el respeto a los espíritus ancestrales oa los espíritus de la naturaleza. El derecho consuetudinario regula, por regla general, la conducta del colectivo, y no del individuo, por lo tanto es un derecho de los grupos y comunidades, y no es un derecho de los individuos (es decir, no es un derecho subjetivo). Afecta a la formación autoridades locales, regula el matrimonio y las relaciones familiares, las cuestiones de propiedad de la tierra, la propiedad y la herencia, determina el orden y la organización de la justicia dentro de la comunidad. Por ejemplo, el matrimonio no es una unión entre un hombre y una mujer, sino un acuerdo entre diferentes tribus y clanes.

La justicia se lleva a cabo por ancianos, sacerdotes o líderes, incluso el juicio puede ser llevado a cabo por la propia víctima. Al cometer un delito grave, la venganza está permitida según el principio de "ojo por ojo".

5.6. Lejano Oriente. Sistemas jurídicos nacionales de los países Lejano Oriente tienen muchas similitudes. Se basan en enseñanzas filosóficas, principalmente la ideología del confucianismo (para China, también el taoísmo y el legalismo), que presta especial atención al papel de la familia en una sociedad donde el cabeza de familia tiene el poder absoluto, y los más jóvenes obedecen siempre. los mayores. Se otorga un lugar especial a las normas y tradiciones morales, y todos los conflictos deben resolverse preferentemente fuera de los tribunales, cuando las partes en conflicto lleguen a la reconciliación mediante acuerdos y compromisos. Se acostumbra acudir al tribunal sólo cuando se han agotado todos los demás métodos de reconciliación. En general, se considera que el estado de derecho logra la armonía entre las personas, así como entre el hombre y la naturaleza. Recientemente, los ordenamientos jurídicos de los países del Lejano Oriente se han transformado y han comenzado a gravitar hacia las tradiciones jurídicas europeas. En China y la RPDC, las instituciones inherentes al derecho socialista también ocupan un lugar especial. La ley japonesa estuvo algo influenciada por la ley de los Estados Unidos.

En los sistemas legales de los estados africanos (ley africana), las principales características del derecho consuetudinario, el derecho musulmán, así como los derechos de los antiguos colonizadores, romano-germánico o anglosajón, están estrechamente entrelazados.

Hay muchos sistemas legales en el mundo, y cada uno de ellos tiene sus propias ventajas y desventajas. Recientemente, como resultado del desarrollo del derecho internacional, el comercio y las relaciones económicas entre países, la tendencia hacia la convergencia de los sistemas legales de varios países se ha incrementado notablemente. Hasta el momento, lamentablemente, la humanidad no ha creado un sistema legal ideal que satisfaga absolutamente todos los estándares legales, económicos, sociales y morales. En mi opinión, para crear tal sistema, es necesario construir sobre las características y características positivas de los sistemas legales del mundo: en este caso, uno puede esperar lograr la justicia en la sociedad.

un conjunto de sistemas legales nacionales que tienen características legales similares dentro del mismo tipo de ley. PD. une la comunidad de las fuentes del derecho, los conceptos básicos, la estructura del derecho y el camino histórico de su formación. Por ejemplo, la familia jurídica romano-germánica, que incluye el derecho romano (Francia, Italia) y el derecho alemán (Alemania, Austria, Suiza). En el sistema de fuentes del derecho, el derecho ocupa una posición de liderazgo en esta familia, y el concepto de "estado de derecho" se implementa con mayor plenitud en estos países. La familia jurídica angloamericana se diferencia en que aquí la ley se basa en la jurisprudencia creada por los tribunales. Esta familia incluye los EE. UU., Inglaterra, Irlanda del Norte, Canadá, Nueva Zelanda.

Gran definición

Definición incompleta ↓

familia legal

es una combinación de varios ordenamientos jurídicos nacionales, identificados sobre la base de fuentes comunes, la estructura del derecho y el camino histórico de su formación.

Por lo general, hay cuatro familias legales principales.

1. Familia jurídica romano-germánica (sistemas jurídicos de Italia, Francia, España, Alemania, Austria, Suiza, Rusia, etc.). Se caracteriza por: un único sistema construido jerárquicamente de fuentes de derecho escrito, dominado por regulaciones(legislación); el papel principal en la formación de la ley se asigna al legislador, mientras que el encargado de hacer cumplir la ley (juez, órganos administrativos, etc.) solo está llamado a implementar con precisión estas normas generales en actos específicos de aplicación de la ley; hay constituciones escritas que tienen la más alta fuerza legal; nivel alto las generalizaciones normativas se logran con la ayuda de actos normativos codificados; división del sistema de derecho en público y privado, así como en ramas; costumbre legal y acto de precedente legal como fuentes auxiliares, adicionales; La doctrina jurídica es de particular importancia.

2. Familia legal anglosajona (sistemas legales nacionales de Inglaterra, EE. UU., Canadá, Australia, Nueva Zelanda). Características de esta familia: la principal fuente del derecho es el precedente judicial (reglas de conducta formuladas por los jueces en sus decisiones en un caso particular y aplicables a casos similares); el papel principal en la formación de la ley (en la elaboración de leyes) se asigna a los tribunales, que en este sentido ocupan una posición especial en el sistema de órganos estatales; el derecho procesal (procesal, probatorio), que determina en gran medida el derecho sustantivo, es de suma importancia; falta de ramas codificadas del derecho; la ausencia de la clásica división del derecho en privado y público; la ley estatutaria (legislación) y las costumbres legales actúan como fuentes auxiliares adicionales; la doctrina jurídica, por regla general, es puramente pragmática, de naturaleza aplicada.

3. La familia de la ley religiosa (los sistemas legales de países musulmanes como Irán, Pakistán, Sudán, así como la ley hindú de las comunidades de India, Singapur, Birmania, Malasia, etc.) - Signos: el principal creador de la ley es Dios, y no la sociedad, el estado, por lo tanto las prescripciones legales están dadas de una vez por todas, deben observarse estrictamente; las fuentes del derecho son las normas y valores religiosos y morales contenidos, en particular, en el Corán, la Sunnah, la Ijma y aplicables a los musulmanes, o en los Shastras, Vedas, las leyes de Manu, etc. y actuar contra los hindúes; tejido apretado provisiones legales con los postulados religiosos, filosóficos y morales, así como con las costumbres locales, forma en su totalidad reglas uniformes de conducta; un lugar especial en el sistema de fuentes del derecho lo ocupan las obras de los juristas (doctrina), que subyacen soluciones específicas; los actos jurídicos reglamentarios (legislación) son de importancia secundaria; domina la idea de deberes más que de derechos humanos.

4. Familia de derecho tradicional (sistemas jurídicos de Madagascar, varios países de África y el Lejano Oriente). Signos: el lugar dominante en el sistema de fuentes del derecho lo ocupan las costumbres y tradiciones, que, por regla general, tienen un carácter no escrito y se transmiten de generación en generación; las costumbres y tradiciones son una síntesis de prescripciones jurídicas, morales, míticas, que se han desarrollado de forma natural y reconocido por el estado; los actos normativos son de importancia secundaria, aunque últimamente se han adoptado cada vez más; el precedente legal no actúa como fuente principal del derecho; el poder judicial se guía por la idea de la reconciliación, restableciendo la armonía en la comunidad y asegurando su cohesión; la doctrina jurídica no juega un papel significativo en la vida jurídica de estas sociedades; arcaísmo de muchas de sus costumbres y tradiciones.

Gran definición

Definición incompleta ↓

El concepto del sistema legal de la sociedad, su estructura.

Bajo sistema legal se entiende como un conjunto de medios jurídicos (fenómenos) socialmente homogéneos, interconectados, acordados internamente, con la ayuda de los cuales la autoridad pública tiene un efecto regulador, organizador y estabilizador de las relaciones sociales, el comportamiento de las personas y sus asociaciones (fijación, regulación, permiso, obligación, estimulación y restricción, responsabilidad).

La estructura del sistema legal incluye los siguientes elementos principales:

1. ley (legislación);

2. práctica legal;

3. ideología dominante.

El concepto de "derecho" y "sistema jurídico" se relacionan como parte y todo. Si el derecho se entiende como un sistema de obligaciones, formalmente definidas, normas legales establecido y provisto por el estado, luego bajo el sistema legal - un fenómeno que refleja toda la función legal de la sociedad, una parte integral validez legal, el sistema de medios legales por los cuales el poder oficial ejerce impacto legal sobre el comportamiento de las personas.

La ley es el núcleo y marco normativo ordenamiento jurídico, su vínculo. Por la naturaleza de la ley en una sociedad, también se puede juzgar la esencia de todo el sistema legal de una sociedad determinada.

además de la ley practica legal y la ideología dominante (como elementos principales del ordenamiento jurídico), también incluye otros componentes, como la elaboración del derecho, las relaciones jurídicas, la legalidad, instituciones legales y etc.

El concepto de un sistema legal expresa una evaluación integral de la esfera legal de la vida en una sociedad particular.

Tratan de poner toda la variedad de sistemas jurídicos en "familias jurídicas", sobre la base de las características jurídicas similares inherentes a estos sistemas. Esto tiene en cuenta los puntos de vista legales que existen tradiciones legales, cultura jurídica, etc. De suma importancia se le da a donde se supone que debe buscar las normas jurídicas, cuál es el procedimiento para resolver las controversias, a quién se considera competente para formular las normas jurídicas, a quién interpreta la ley. Es cierto que a veces no se limitan a cuestiones de técnica jurídica y luego se centran en qué valores sociales protege este o aquel sistema: el individualismo o el colectivismo, la propiedad privada o pública, la libertad personal o de grupo (de clase), etc.

familia legal- este es un conjunto de sistemas legales nacionales basados ​​​​en la comunidad de fuentes, la estructura de la ley y el camino histórico de su formación.

Sistema legal nacional- esto es específicamente - la totalidad histórica de la ley (legislación), la práctica legal y la ideología legal dominante de un país (estado) en particular.


De acuerdo con estos criterios, se pueden distinguir las siguientes familias jurídicas:

common law (familia jurídica anglosajona);

Romano-germánico o familia de "derecho continental";

Familia de derecho religioso y tradicional;

Familia de derecho socialista.

Ninguna de las calificaciones de familias jurídicas es exhaustiva para los ordenamientos jurídicos del mundo, por lo que en la literatura se puede encontrar una variedad de divisiones tipológicas de familias de derecho nacional. En la clasificación anterior, la originalidad de la familia jurídica está determinada por la naturaleza de sus fuentes: jurídica, espiritual (religión, ética) y cultural-histórica. Una de estas características puede predominar en la delimitación de las familias jurídicas. Así, la forma, lista y jerarquía de las fuentes jurídicas del derecho (formas de derecho) se consideran tradicionalmente como la principal diferencia entre la familia del common law y la familia romano-germánica.

1.7.Romano - la familia jurídica alemana, o la familia del "derecho continental".

La familia jurídica romano-germánica, o sistema de derecho continental (Francia, Alemania, Italia, España y otros países), tiene una larga historia jurídica. Se ha desarrollado en Europa como resultado de los esfuerzos de los científicos de las universidades europeas, que se han desarrollado y desarrollado desde el siglo XII. basado en la codificación del emperador Justiniano común a todos ciencia jurídica adaptado a las condiciones del mundo moderno.

La familia jurídica romano-germánica es fruto de la recepción del derecho romano y en la primera etapa doctrinal era exclusivamente producto de la cultura, tenía un carácter independiente de la política. En la etapa siguiente, esta familia comenzó a obedecer las conexiones naturales generales del derecho con la economía y la política, principalmente con las relaciones de propiedad, el intercambio y la transición de la coerción no económica a la económica.

Entre los signos de la familia jurídica romano-germánica, se pueden distinguir los siguientes:

un único sistema de fuentes de derecho escrito construido jerárquicamente, en el que dominan los actos normativos (legislación);

El papel principal en la formación de la ley se asigna al legislador, quien crea reglas legales conducta; el encargado de hacer cumplir la ley solo está llamado a implementar con precisión estas normas generales en situaciones específicas;

· hay constituciones escritas con la más alta fuerza legal;

· se logra un alto nivel de generalización con la ayuda de reglamentos codificados;

un lugar significativo lo ocupan los estatutos;

división del sistema legal en general y público, así como en ramas;

la costumbre legal y los actos precedentes legales como fuente auxiliar y adicional;

Los derechos de una persona están en primer lugar, no sus deberes.

La familia legal romano-germánica incluye los sistemas legales de Italia, Francia, España, Suiza y otros. El sistema legal moderno de la Federación Rusa, con todas sus características, es el más cercano a la familia legal romano-germánica.

1.8. Anglo: familia legal estadounidense o familia de "derecho consuetudinario".

A diferencia del estado de la familia jurídica germano-romana, donde la principal fuente de derecho es el derecho, en los estados de la familia jurídica angloamericana, la principal fuente de derecho es el precedente judicial, es decir, normas formuladas por los jueces en sus decisiones. El "common law" angloamericano incluye, en primer lugar, un grupo de leyes inglesas con una forma de pensar pragmático-racionalista característica de Inglaterra, inherente a la burguesía en países donde nunca ha habido tradiciones de cosmovisión de creación de teorías sociofilosóficas globales. y donde, por las características históricas del desarrollo del capitalismo, una clara preocupación por poder supremo, a su concentración y mantuvo frente a ella el prestigio del poder judicial. Esta circunstancia en ciertas condiciones encontró su manifestación en la vida de los Estados Unidos y los antiguos dominios del Imperio Británico. La familia bajo consideración incluye, junto con Estados Unidos e Inglaterra, Irlanda del Norte, Canadá, Austria, Nueva Zelanda, así como 36 estados miembros de la Commonwealth británica.

La "familia del derecho consuetudinario", así como el derecho romano, se desarrolló sobre la base del principio: "El derecho es donde existe su protección". A pesar de todos los intentos de codificar, complementar y mejorar las disposiciones de la "ley de equidad", es básicamente la jurisprudencia creada por los tribunales. Esto no excluye el papel cada vez mayor de la ley de estatus (legislativa). Contrariamente a las costumbres locales, este derecho es común a toda Inglaterra. Fue creado por las cortes reales, generalmente llamadas Westminster, por el lugar donde se sentaban desde el siglo XIII. En las actividades de las cortes reales, se desarrolló gradualmente una suma de decisiones, por las cuales se guiaron en el futuro. Surgió una regla precedente, es decir, una vez formulada juicio pasó a ser obligatorio para todos los demás jueces. Por lo tanto, se considera que el "common law" inglés forma el sistema clásico de jurisprudencia, o derecho creado por los tribunales. Rasgos de personaje el derecho de entendimiento en esta familia jurídica se expresa mediante la fórmula: "Se entiende por protección judicial más importante que la ley", ya que la principal dificultad era poder acudir a la Audiencia Real.

A finales del siglo XIII el papel y la importancia del derecho escrito están aumentando, en relación con lo cual el papel legislativo de los jueces se ha vuelto algo restringido. En los siglos XIV - XV. en relación con el desarrollo de las relaciones burguesas, se hizo necesario ir más allá del rígido marco de los precedentes. El papel de la corte fue asumido por el canciller real, quien comenzó a resolver disputas sobre apelaciones al rey de acuerdo con un procedimiento determinado. Como resultado, junto con la ley común, se desarrolló "el derecho a la justicia".

En la familia jurídica anglosajona, el concepto mismo de derecho, el sistema de fuentes del derecho, el lenguaje jurídico son completamente diferentes que en los sistemas jurídicos de la familia jurídica germano-romana. No hay división del derecho en público y privado. Se reemplaza por la división en "derecho consuetudinario" y "derecho de equidad". No existe una división pronunciada de la ley en ramas, ya que los tribunales pueden tratar diferentes categorías de casos: derecho público y privado: civil, comercial, penal y también debido a la falta de códigos de tipo europeo. Por lo tanto, para un abogado inglés, la ley parece ser homogénea. La doctrina no conoce discusiones sobre las divisiones estructurales del derecho. Prefiere el resultado a la justificación teórica, es decir. es pragmático. Una vez que se toma una decisión, es la norma para todas las consideraciones posteriores de casos similares. Sin embargo, el grado de precedente vinculante depende del lugar en la jerarquía judicial del tribunal que considera este caso, y del tribunal, cuya decisión puede convertirse en un precedente en este caso, es decir, a lo especificado regla general se requiere corrección en la práctica. Con la organización actual del poder judicial, esto significa:

1. soluciones máxima autoridad- Cámaras de los Lores - obligatoria para todos los tribunales;

2. Tribunal de Apelación, que consta de dos ramas (civil y penal), está obligada a observar los precedentes de la Cámara de los Lores y los suyos propios, y sus decisiones son vinculantes para todos los tribunales inferiores;

3. Corte Suprema obligado por los precedentes de ambos autoridades superiores y sus decisiones son vinculantes para todos los tribunales inferiores;

4. Los tribunales de distrito y de magistrados están obligados a seguir los precedentes de todas las instancias superiores, y sus propias decisiones no crean precedentes.

La regla del precedente ha sido tradicionalmente considerada en Inglaterra como "dura", pero existen hechos de rechazo de este principio en relación a sí mismos, por ejemplo, por parte de la Cámara de los Lores.