Fin de la etapa de investigación preliminar. Finalización de la investigación preliminar mediante la redacción de una acusación y una acusación.

El concepto y tipos de fin de la indagación y investigación preliminar
El final de la investigación preliminar es un tipo de decisión tomada por la persona que realizó la investigación, que determina el futuro del caso.
La investigación preliminar termina con uno de los siguientes tipos de decisiones:
2) una decisión de remitir el caso al tribunal para que considere el tema de la aplicación de medidas médicas obligatorias;
3) decisión de sobreseimiento;
4) una decisión de desestimar el caso con la dirección de materiales al tribunal para la aplicación de medidas sanción administrativa(Artículo 199 del Código Procesal Penal).
La indagación en los casos en que la investigación preliminar no es obligatoria termina:
1) elaboración acusación;
2) una decisión de sobreseimiento del caso.
La indagatoria en los casos en que es obligatoria una investigación preliminar finaliza con la elaboración de una decisión para enviar el caso al investigador (artículo 124 del Código de Procedimiento Penal).

Fundamentos y orden procesal para la culminación de la averiguación previa mediante la redacción de un auto de acusación
La base para esta forma de terminación de la investigación preliminar es el establecimiento de todas las circunstancias que deben probarse en el caso (artículo 68 del Código de Procedimiento Penal), y la inexistencia de circunstancias que lleven a la terminación del caso (artículos 5 -9 del Código Procesal Penal).
El final de la investigación preliminar mediante la redacción de una acusación debe estar precedido por la familiarización de la víctima, el actor civil, el demandado civil y sus representantes con los materiales del caso.
Habiendo reconocido la investigación preliminar como concluida, y las pruebas reunidas suficientes para formular una acusación, el investigador notifica a la víctima, a su representante, al actor civil, al demandado civil o a sus representantes sobre esto y al mismo tiempo les explica que tienen la derecho a familiarizarse con los materiales del caso (artículo 200 del Código de Procedimiento Penal). Sin embargo, el conocimiento en sí solo es posible si reciben una solicitud oral o escrita. Además, el demandado civil o su representante se familiariza solo con aquellos materiales que se relacionan con la demanda mencionada.
Habiendo tomado conocimiento de los materiales del caso, la víctima, su representante, el actor civil, el demandado civil o sus representantes pueden presentar mociones para complementar la investigación. Si estas peticiones pueden ser relevantes para el caso, entonces están sujetas a satisfacción obligatoria. En caso de negativa a satisfacer la petición, el investigador emite una decisión motivada, que se comunica al solicitante (artículo 131 del Código de Procedimiento Penal).
Al familiarizarse con estas personas con los materiales del caso, se redacta un protocolo que indica con qué materiales particulares del caso se familiarizaron, qué peticiones presentaron (las peticiones escritas se adjuntan al caso).
Además, el acusado y su abogado defensor se familiarizan con el caso.
Todos los materiales del caso se les deben proporcionar en su totalidad, archivados y numerados. El acusado y su abogado tienen derecho a examinar el caso por separado. El acusado y su abogado pueden escribir cualquier información del caso y en cualquier volumen. El plazo para la familiarización del imputado y su defensa con el caso es ilimitado. Sin embargo, si el acusado y su abogado retrasan manifiestamente la familiarización, el investigador tiene derecho, mediante decisión motivada, aprobada por el fiscal, a fijar un plazo determinado.
Al familiarizar a estas personas con todos los materiales del caso, se elabora un protocolo en el que se anota la presencia o ausencia de peticiones de las personas familiarizadas.
Si hay peticiones, el investigador, o se niega a satisfacerlas y dicta una decisión motivada al efecto, que se anuncia al imputado y su defensa, o satisface la solicitud de complemento de la instrucción. En este caso, se repite nuevamente el procedimiento de familiarización con los materiales del caso.
Si hay varios acusados, cada uno de ellos se familiariza con los materiales del caso por separado y se elabora un protocolo separado al respecto.
Solo después de eso, el investigador procede a redactar una acusación.
la acusación es acto procesal, culminando la averiguación previa y formulando la acusación en caso de que la causa penal sea remitida a juicio si existen indicios que incriminen al imputado en la comisión de un delito.
Su significado es que:
- determina los límites de la acusación dentro de los cuales el tribunal puede decidir el veredicto;
- facilita la familiarización con el caso penal y el manejo de los materiales disponibles en el caso.
La acusación consta de partes descriptivas y resolutivas.
La parte descriptiva expone la esencia del caso:
- el lugar y la hora del crimen,
- sus métodos, motivos, consecuencias y otras circunstancias significativas;
- información sobre la víctima;
- pruebas que confirmen la existencia de un delito y la culpabilidad del acusado;
- circunstancias atenuantes y agravantes de la responsabilidad del imputado;
- circunstancias que caracterizan la personalidad del acusado;
- los argumentos citados por el acusado en su defensa y los resultados de la verificación de estos argumentos (generalmente dados en la parte de la acusación donde se presentan las pruebas);
- enlaces a hojas de casos para todos los documentos citados.
La resolución contiene:
- información sobre la identidad del acusado;
- redacción textual de la acusación formulada durante la investigación, indicando el artículo o artículos de la ley penal que prevén este delito;
- una indicación de qué tribunal tiene jurisdicción sobre el caso penal.
La acusación será firmada por el investigador indicando el lugar y la hora de su preparación.
Se adjuntan a la acusación:
1. Lista de personas sujetas, a juicio del investigador, a ser citadas a la sesión del tribunal. Indica su lugar de residencia o ubicación y las hojas del caso, en las que se exponen sus testimonios o conclusiones.
2. Información sobre el momento de la investigación, sobre medidas seleccionadas supresión con indicación del tiempo de detención, sobre la prueba física, sobre una demanda civil, sobre las medidas adoptadas para garantizar acción civil y posible confiscación de bienes, honorarios legales(¡La lista de referencias no es exhaustiva!).
Todos los anexos a la acusación están firmados por el investigador.

Terminación de un caso penal y reanudación de los procedimientos en un caso penal terminado
La causa penal se termina:
1) si hay motivos especificados en los artículos 5-9 del Código de Procedimiento Penal:
- circunstancias que excluyen los procedimientos en el caso del art. 5 Código de Procedimiento Penal;
- debido a un cambio en la situación - en relación con una persona que por primera vez cometió un delito de menor o menor moderar si se establece que, como consecuencia de un cambio en la situación, esta persona o el acto cometido por ella ha dejado de ser socialmente peligroso;
- en relación con el arrepentimiento activo - en relación con una persona que ha cometido un delito de menor gravedad por primera vez, en relación con el arrepentimiento activo por los motivos especificados en el art. 75 del Código Penal de la Federación Rusa;
- en relación con un menor con el uso de medidas obligatorias de influencia educativa - si ha cometido un delito de pequeña o mediana gravedad por primera vez, si se reconoce que su corrección puede lograrse mediante la aplicación de medidas obligatorias de educación influencia;
- en relación con la reconciliación con la víctima - en relación con una persona que cometió un delito de poca gravedad por primera vez, si se reconcilió con la víctima y enmendó el daño infligido dañado.
En todos estos casos (con excepción del artículo 5 del Código Procesal Penal) se requiere:
a) consentimiento del fiscal;
b) el consentimiento de la persona contra la cual se pone fin a la causa penal.
2) en caso de falta de prueba de la participación del acusado en la comisión de un delito, si todas las posibilidades de cobro evidencia adicional.
Si varios acusados ​​están involucrados en el caso, y los motivos para la desestimación del caso no se aplican a todos los acusados, entonces el investigador da por terminado el caso con respecto al acusado individual.
El investigador redacta una resolución motivada sobre la terminación del caso, que establece la esencia del caso y los motivos para la terminación.
La decisión de poner fin a la causa penal debe ser motivada, es decir, contener los fundamentos de la decisión tomada por el investigador citando pruebas establecidas durante la investigación de las circunstancias y análisis, valorándolas a la luz de lo dispuesto en el material y derecho procesal lo que lleva a la conclusión de que es necesario dar por concluido el caso penal.
La esencia del caso se establece en la decisión de tal manera que queda claro qué sirvió como pretexto y base para iniciar un caso penal, qué circunstancias particulares se establecieron durante la investigación preliminar, qué datos de hecho confirman estas circunstancias y por qué. motivos legales el caso criminal debe ser terminado.
Al presentar la esencia del caso, se hacen referencias a las hojas del caso, confirmando ciertas circunstancias. Aquí hay un análisis legal. hechos establecidos.
La parte resolutiva de la resolución formula la decisión de poner fin a la causa penal y establece los motivos para su terminación con referencia a la ley de procedimiento penal.
La decisión debe resolver la cuestión de la prueba material, la supresión de la medida de apremio y el embargo de bienes. La decisión es firmada por el investigador indicando el lugar y la hora de su preparación.
El investigador envía una copia de la decisión de sobreseimiento al fiscal. Al mismo tiempo, el investigador deberá notificar por escrito la terminación y las causales de terminación de la causa penal a la persona involucrada como imputado, a la víctima, así como a la persona o institución en virtud de cuyas declaraciones se inició la causa. y explicar el procedimiento para apelar.
Si la investigación establece hechos que requieren la aplicación de medidas disciplinarias o una sanción administrativa en relación con la persona involucrada como imputado, u otras personas, el investigador, al terminar la causa penal, pone estos hechos en conocimiento de la administración de la empresa, institución, organización para tomar medidas disciplinarias o dirigir materiales a la corte para la aplicación de sanciones administrativas.
La decisión de poner fin a la causa puede apelarse ante el fiscal o ante el tribunal dentro de los cinco días siguientes a la fecha de notificación de la terminación de la causa.

Reanudación de las actuaciones en una causa penal concluida
El fiscal tiene derecho, mediante su decisión, si hay motivos para ello, a cancelar la decisión del investigador de dar por terminado el caso penal y reanudar las actuaciones sobre el caso.
La decisión debe contener información sobre el tiempo y los motivos para la terminación de la causa penal y los motivos de la conclusión del fiscal sobre la necesidad de cancelar la decisión pertinente con referencia al Código de Procedimiento Penal. También debe indicar a quién se encomienda la investigación y determinar su duración.
Si el investigador cancela su propia decisión de terminar, entonces indica quién exactamente y por qué razones se opone a la terminación del caso penal.
Los motivos para reanudar el proceso en una causa penal terminada son:
- reconocimiento por parte del fiscal como ilegal e irrazonable de la decisión del investigador;
- recepción por parte del fiscal de nueva información que indique la necesidad de una mayor investigación;
- si el caso es terminado por el investigador en virtud de los párrafos 3 o 4 del art. 5 del Código de Procedimiento Penal, pero el imputado o la persona que cometió el hecho con indicios de delito se opone a la terminación, el investigador, por su decisión, reanuda las diligencias.
Las razones para la reanudación de la producción son:
- quejas de participantes en el proceso y otros partes interesadas;
- descubrimiento personal por parte del fiscal de las circunstancias pertinentes;
- la apelación del investigador cuando él mismo llegó a la conclusión de que era necesario reanudar la investigación, pero no estaba autorizado para hacerlo.
La reanudación de los procedimientos en un caso penal terminado solo es posible si el plazo de prescripción no ha expirado.

Fin de la investigación preliminar- esta es la etapa final de la etapa de investigación preliminar, en el marco de la cual se realizan una serie de actos procesales encaminados a valorar todas las pruebas recabadas en el caso, llenar los vacíos en la investigación, elaborar los materiales de la acusación penal caso, formulando y fundamentando las conclusiones finales.

La ley prevé tres formas de finalización de la investigación preliminar: 1) redactar una acusación y enviar el caso al fiscal (Capítulo 30, Artículos 215-220 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); 2) terminación del caso penal (Capítulo 29, Artículos 212-214 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); 3) redactar una resolución sobre el envío del caso a los tribunales para la aplicación de una medida obligatoria de carácter médico (artículo 439 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

La investigación termina: 1) elaborando acusación y enviar el caso al fiscal (artículo 225 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); 2) terminación del caso penal (Capítulo 29, Artículos 212-214 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

Dado que la investigación no se lleva a cabo en los casos de personas que han cometido un acto socialmente peligroso en estado de locura o que han contraído una enfermedad mental después de cometer un delito, no puede terminar con el envío del caso a los tribunales para la aplicación de la ley. una medida obligatoria de carácter médico.

investigación preliminar termina con la redacción de una acusación o una acusación, cuando todas las circunstancias se investigan de manera completa, completa y objetiva crimen cometido, la culpabilidad del acusado está plenamente probada y no hay motivos para poner fin a la causa penal.

Habiendo reconocido que se han llevado a cabo todas las acciones de investigación en el caso penal y que las pruebas reunidas son suficientes para redactar una acusación, el investigador notifica al acusado sobre esto y le explica el derecho a familiarizarse con todos los materiales del proceso penal. caso, tanto personalmente como con la ayuda de un abogado defensor, representante legal. Del hecho de notificación y aclaración dijo bien se elabora un protocolo.

sobre el final acciones de investigación el investigador también notifica al abogado defensor y al representante legal del acusado si participan en el caso penal. Al mismo tiempo, el investigador debe informar el lugar, fecha y hora de familiarización con los materiales del caso penal.

Además, la víctima, el demandante civil, el demandado civil y sus representantes tienen derecho a familiarizarse con los materiales del caso. El investigador está obligado a informarles sobre el final de la investigación preliminar y averiguar si desean familiarizarse con los materiales del caso penal.

Si alguna de estas personas recibe una solicitud oral o escrita a tal efecto, el investigador primero informa a la víctima y a su representante con todos los materiales del caso, y al demandante civil, al demandado civil o a sus representantes, con los materiales del caso relacionados con el reclamo presentado. .

Si el representante del demandante civil lesionado, demandado civil, por razones válidas, no puede presentarse para familiarizarse con los materiales del caso penal en el momento señalado, el investigador pospondrá la familiarización, pero no más de 5 días.

Después de familiarizar a los mencionados participantes en el proceso con los materiales de la causa penal, el investigador está obligado a familiarizarlos con el acusado y su abogado defensor. Pueden familiarizarse con el caso tanto juntos como por separado.

Si varios acusados ​​​​están involucrados en el caso, a cada uno de ellos se le presentarán los materiales del caso para su familiarización por separado.

Si el defensor, el representante legal del acusado, por razones válidas, no puede aparecer para familiarizarse con los materiales del caso penal en el momento señalado, entonces la presentación de los materiales del caso puede posponerse por un período de no más de 5 días. Si es imposible que comparezca el abogado defensor elegido por el imputado, el instructor, transcurridos 5 días, tiene derecho a proponer que se elija otro defensor o, si hay una petición del imputado, tomar las medidas para que comparezca. otro abogado defensor. Si el acusado rechaza el abogado defensor designado, el investigador le presenta los materiales del caso penal para su familiarización sin la participación del abogado defensor, excepto en los casos en que la participación del abogado defensor en el caso penal es obligatoria.

Si el acusado, que no está bajo custodia, no parece familiarizarse con los materiales del caso penal sin buenas razones, luego el investigador, después de 5 días a partir de la fecha del anuncio de la finalización de las acciones de investigación o de la fecha de finalización de la familiarización con los materiales del caso penal de otros participantes en el proceso, redacta una acusación y envía los materiales de la causa penal al fiscal.

Las reglas para familiarizarse con los materiales de un caso penal son las mismas para todos los participantes en el proceso.

Los materiales del caso se envían para su revisión en un formulario archivado y numerado. A solicitud de las personas interesadas, también se les presentan elementos de prueba, fotografías, grabaciones de audio y video y otros anexos a los protocolos de actuaciones investigativas. Sin embargo, no se podrán presentar materiales relativos a datos personales, biográficos y de otro tipo sobre los participantes en el proceso si ello es necesario para garantizar su seguridad, así como la seguridad de sus seres queridos. En caso de imposibilidad de presentar pruebas físicas (por su voluminosidad, por estar en poder de la víctima u otras personas, etc.), el investigador deberá dictar resolución al respecto.

Al familiarizarse con los materiales del caso, los participantes en el proceso tienen derecho a escribir cualquier información del mismo y en cualquier volumen, hacer copias de los documentos, incluso con la ayuda de medios tecnicos. Al mismo tiempo, no se les puede limitar en el tiempo necesario para que se familiaricen con todos los materiales del caso. Al mismo tiempo, si el acusado en prisión preventiva y su abogado defensor retrasan claramente la familiarización con los materiales del caso, el juez, a petición del investigador, puede fijar un plazo determinado para ello. Si, incluso dentro de este período, no se familiarizan con los materiales del caso sin razones válidas, el investigador tiene derecho a poner fin a la familiarización por su decisión, que se indica en el protocolo.

Al final del conocimiento de los participantes en el proceso, el investigador averigua si tienen peticiones u otras declaraciones.

El investigador está obligado a explicar al acusado el derecho de petición, si hay motivos para ello: en la consideración de su caso por un panel de tres jueces federales; juicio con jurado; sobre la aplicación de un procedimiento especial juicio judicial; para audiencias preliminares.

Si la petición formulada por cualquiera de los intervinientes en el proceso es fundada, el investigador está obligado a satisfacerla. En este caso, tiene derecho a emprender acciones de investigación adicionales y luego brindar a los participantes en el proceso la oportunidad de familiarizarse con materiales adicionales del caso penal.

En caso de negativa total o parcial a satisfacer la petición, el investigador dicta una resolución motivada al efecto, que se comunica a la persona que presentó la petición, y se le explica el procedimiento para apelarla.

Además, una vez completada la familiarización con los materiales del caso, el investigador está obligado a averiguar qué testigos, expertos, especialistas están sujetos a citación en la sesión del tribunal para confirmar la posición de la acusación o la defensa.

Se elabora un protocolo sobre la familiarización con los materiales del caso, que indica: dónde, cuándo y durante cuánto tiempo tuvo lugar la familiarización con los materiales del caso (fechas de inicio y finalización); qué tipo de materiales (número de volúmenes y hojas) se presentaron para revisión; peticiones y otras declaraciones.

Al término de la indagatoria, la víctima o su representante y, en todo caso, el imputado y su defensor, se familiarizan con la acusación y los materiales de la causa penal de la misma forma, si hubiere petición.

Después de revisar los materiales del caso de todos los participantes mencionados anteriormente, el investigador redacta una acusación y la envía junto con los materiales del caso penal al fiscal para su aprobación. El investigador redacta una acusación, que es aprobada por el jefe del órgano de investigación y, también, para su aprobación, la envía con los materiales de la causa penal al fiscal.

Acusación de cierre- es el escrito procesal final de la averiguación previa, en el cual, con base en el análisis de todas las pruebas recabadas, se confirma la redacción de la acusación y se concluye sobre la necesidad de remitir el caso al fiscal para que lo lleve a los tribunales.

Acusación- este es el documento procesal final de la investigación preliminar en forma de investigación, redactado por el investigador, que establece las circunstancias establecidas de la comisión del delito, analiza las pruebas reunidas y, sobre su base, formula una conclusión sobre la suficiencia de los datos para atraer a una persona como acusado y llevarlo a juicio.

Bajo finalización de la investigación preliminar entiende la etapa final procedimientos previos al juicio en un caso penal, cuando el investigador, el oficial interrogador evalúan la totalidad de las pruebas reunidas en el caso y, con base en ello, toman la decisión de dar por terminada la investigación penal. hechos o sobre la dirección de la esquina. casos con acusación o con acusación al tribunal para su posterior consideración y resolución. El término de la investigación preliminar comprende las siguientes actuaciones procesales:

Valoración de las pruebas recabadas en el caso en cuanto a su suficiencia para una conclusión fehaciente sobre la forma de término de la investigación; - tomar una decisión sobre la forma de poner fin a los procedimientos en un caso penal; - sistematización y correcta ejecución de los materiales de la causa penal.

Hay varias formas de organizar los materiales en un caso penal: forma sistemática consiste en la disposición de los materiales en función de qué grupo de obligaciones se establece mediante las pruebas contenidas en estos documentos. forma cronológica consiste en la disposición de los materiales en el orden en que fueron recibidos por el investigador, el oficial interrogador. manera mixta es que se toma como base el método sistemático, pero dentro de los bloques de información individuales se ordenan los materiales en orden cronológico.

La investigación preliminar puede terminar con las siguientes decisiones: - Terminación del caso penal (Capítulo 29 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); - enviar un caso penal con una acusación al fiscal para su posterior remisión al tribunal (capítulo 30 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); - remisión del caso penal al fiscal con una decisión de remisión

caso penal al tribunal para la aplicación de medidas médicas coercitivas (Capítulo 51 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

La investigación termina con: - la terminación del caso penal (Capítulo 29 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa); - remisión de un caso penal con una acusación al fiscal para su posterior remisión al tribunal (Capítulo 32 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

Esta lista es exhaustiva y no se puede ampliar.

Terminación de una causa penal: causales y orden procesal.

Terminación de un caso penal- esta es una forma de finalización de la investigación preliminar, en la que el investigador completa los procedimientos en el caso penal por su decisión sin el envío posterior del caso al tribunal.

Se dará por terminada la investigación de una causa penal si, como resultado de ella, se han establecido circunstancias que excluyen la posibilidad o la necesidad de continuar con el proceso. La terminación justificada y oportuna de una causa penal protege de responsabilidad penal al inocente o excluye de la aplicación de la sanción penal a aquellas personas que por su insignificancia no representen un gran peligro público. acto cometido y posterior reconciliación con la víctima, arrepentimiento activo u otras circunstancias previstas por la ley.

La Ley de procedimiento penal prevé una lista exhaustiva de motivos para poner fin a una causa penal (artículo 212 del Código de procedimiento penal). La investigación preliminar se da por terminada:

1) si hay circunstancias que excluyen el proceso (artículo 24, párrafos 3-8 de la parte 1 del artículo 27 del Código de Procedimiento Penal);

2) se ha establecido la no participación del sospechoso o acusado en la comisión de un delito (inciso 1, parte 1, artículo 27 del Código de Procedimiento Penal);

3) existen circunstancias que permiten al investigador y al oficial de interrogatorio, con el consentimiento del fiscal, liberar a una persona de responsabilidad penal (artículos 25, 26, 28 del Código de Procedimiento Penal).

Los motivos para la terminación de la causa penal, previstos en los párrafos 1, 2 de la parte 1 del art. 24 (ausencia de hecho delictivo y ausencia de corpus delicti en el acto) y el apartado 1 de la parte 1 del art. 27 del Código Procesal Penal (no participación del sospechoso o imputado en la comisión de un delito) son rehabilitantes y significan el reconocimiento de la inocencia de una persona en la comisión de un delito. En caso de terminación del caso por estos motivos, el investigador o fiscal toma las medidas previstas por el Código de Procedimiento Penal para rehabilitar a la persona y reparar el daño causado a ella como resultado del proceso penal (parte 2 del artículo 212 del Código Procesal Penal).

El procedimiento para la terminación de una causa penal está establecido por el art. 213 Código Procesal Penal. El caso se termina por decisión del investigador, una copia de la cual se envía al fiscal. La sentencia especifica:

1) la fecha y lugar de su compilación;

2) cargo, apellido e iniciales del investigador;

3) las circunstancias que sirvieron de pretexto y fundamento para iniciar una causa penal;

4) párrafo, parte, artículo del Código Penal, que prevé el delito, por el cual se inició un caso penal;

5) los resultados de la averiguación previa, con indicación de los datos de las personas contra quienes se ejerció la acción penal;

6) las medidas preventivas aplicadas;

7) punto, parte, artículo del Código Procesal Penal sobre la base de la cual se termina el caso penal;

8) decisión de cancelar la medida de apremio, así como el embargo de bienes, correspondencia, suspensión del cargo, control y registro de negociaciones;

9) decisión sobre prueba material;

10) el procedimiento para apelar esta decisión.

Terminación de un caso penal debido a la expiración del plazo de prescripción para el enjuiciamiento penal; debido a la ausencia de una opinión judicial sobre la presencia de signos de un delito o debido a la falta de consentimiento del Consejo de la Federación, la Duma del Estado, Corte Constitucional de la Federación Rusa, la junta de calificación de jueces para iniciar un caso penal o involucrar como acusado a un círculo de personas establecido por la ley (cláusula 3.6, parte 1, artículo 24 del Código de Procedimiento Penal); en relación con la reconciliación de las partes; en relación con el arrepentimiento activo (artículos 25, 28 del Código de Procedimiento Penal), así como en relación con un acto de amnistía o una negativa por parte del Consejo de la Federación o Duma estatal al dar su consentimiento a la privación de la inmunidad de las personas establecidas por la ley (cláusulas 3, 6, parte 1, artículo 27 del Código de Procedimiento Penal) solo se permite con el consentimiento del acusado.

El investigador entrega o envía una copia de la decisión de poner fin a la causa penal a la persona respecto de la cual se ha puesto fin a la acción penal, a la víctima, al demandante civil y al demandado civil. Al mismo tiempo, se explica a la víctima, el demandante civil, el derecho a presentar una demanda en un proceso civil si el caso se termina por los motivos previstos en los párrafos 2 a 6 de la parte 1 del art. 24, art. 25, párrafos 2 a 6, parte 1, art. 27, 28 Código Procesal Penal.

En los casos en que hay varios acusados ​​en un caso penal y la acción penal se termina con respecto a uno solo de ellos, el investigador, de conformidad con el art. 27 del Código Procesal Penal dicta sentencia de sobreseimiento de la acción penal contra este imputado.

Habiendo reconocido la decisión del investigador de terminar el caso penal o el proceso penal como ilegal o irrazonable, el fiscal toma una decisión razonada de enviar los materiales relevantes al jefe organismo de investigación para resolver la cuestión de la cancelación de la decisión de poner fin a la causa penal. Habiendo reconocido la decisión del investigador de dar por terminado el caso penal o el proceso penal como ilegal o infundado, el fiscal la cancela y reanuda el proceso penal.

Si el tribunal reconoce que la decisión del investigador de dar por concluido el caso penal o el proceso penal es ilegal o infundada, toma una decisión adecuada y la envía al jefe del órgano de investigación para su ejecución.

La reanudación de los procedimientos en un caso previamente terminado puede tener lugar de acuerdo con la aparición de circunstancias nuevas o recién descubiertas, pero solo si el plazo de prescripción para responsabilizar a una persona no ha expirado.

La decisión de reanudar el proceso en un caso penal se comunica al acusado, a su abogado defensor, a la víctima, a su representante, al actor civil, al acusado civil o sus representantes, así como al fiscal.

Término fin de la investigación preliminar» en el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia se utiliza 12 veces. Al mismo tiempo, el art. 5 Código Procesal Penal no contiene su definición. El uso de este término en la ley se asocia más a menudo con el surgimiento del derecho de los participantes interesados ​​(la víctima, el acusado, el abogado defensor, etc.) a familiarizarse con todos los materiales del caso penal (cláusula 12, parte 2, artículo 42, cláusula 12, parte 2, artículo 47, párrafo 7, parte 2, artículo 53, artículo 54, párrafo 7, artículo 426, párrafo 6, parte 2, artículo 437 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa ). O como un hito, después del cual es imposible realizar acciones de investigación como monitorear y grabar conversaciones (parte 5 del artículo 186 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa), obtener información sobre conexiones entre suscriptores y (o) dispositivos de suscriptores ( parte 7 del artículo 186.1 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa), así como el arresto por correo y telégrafo (parte 6 del artículo 185 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa). contenido del art. 158 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa, llamado "El final de la investigación preliminar", le da al término del mismo nombre el significado del procedimiento (orden) establecido en los capítulos 29-32 del Código de Procedimiento Penal. de la Federación Rusa.

Un análisis de estas normas y otras disposiciones legales conexas nos permite considerar el “fin de la investigación preliminar” en varios aspectos:

  • (1) como condición para que los participantes interesados ​​en el proceso penal tengan derecho a familiarizarse con todos los materiales del caso penal;
  • (2) como terminación incondicional de ciertas acciones de investigación que restringen derechos constitucionales los ciudadanos;
  • (3) como una decisión procesal final en un caso penal en etapas previas al juicio proceso penal (decisión de dar por terminado el caso penal);
  • (4) como un procedimiento (procedimiento) estrictamente regulado por la ley para la finalización de los procedimientos previos al juicio en un caso penal;
  • (5) como institución de procedimiento penal, es decir, un conjunto de normas jurídicas que regulan un conjunto de relaciones sociales homogéneas.

Sin embargo, en la teoría del proceso penal, incluida la literatura educativa, al analizar el concepto de “fin de la investigación preliminar”, se suele hablar de la etapa (parte) de la investigación preliminar. En efecto, si dividimos el proceso de investigación en partes (generalmente se acepta distinguir tres partes: inicial, posterior, final), entonces el final de la investigación preliminar es su última parte, donde el investigador, el interrogador resumen los resultados de la investigación preliminar, analizar y evaluar las pruebas recabadas, comprobar la amplitud, exhaustividad y objetividad del estudio de las circunstancias de la causa penal, sistematizar los materiales de la causa penal, formular y fundamentar conclusiones sobre el fondo de la causa penal. Si es necesario, toman medidas para eliminar las lagunas en el sistema de prueba y las circunstancias establecidas del delito.

El comienzo de la parte final no está vinculado a un plazo específico. La decisión de iniciarlo se toma teniendo en cuenta los resultados de la investigación. Formalmente, la expedición por parte del investigador, oficial interrogador, de uno de los documentos procesales puede considerarse el momento inicial de la etapa final. Si la etapa inicial de la investigación siempre comienza desde el momento en que se inicia un caso penal, sobre el cual el investigador, el oficial de interrogatorio, el organismo de investigación emiten una decisión apropiada (parte 1 del artículo 156 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa ), entonces la denominación y el contenido del acto procesal que da inicio a la etapa final de la investigación dependen de la forma de la averiguación previa y de cómo ésta finalice. Si la investigación preliminar se llevó a cabo en forma de investigación preliminar, entonces este papel lo desempeña protocolo de notificación sobre la finalización de las acciones de investigación (parte 1 del artículo 215; parte 3 del artículo 439 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa), una vez finalizada la investigación - acusación(parte 1 del artículo 225 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa), al final de la investigación en forma abreviada - acusación(Artículo 226.7 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa). Si se toma la decisión de terminar el caso penal, entonces dicho documento es orden de rescisión caso penal (parte 1 del artículo 213 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

Al final de la investigación preliminar, se redactan varios documentos procesales. Dichos documentos son: (1) la acusación; (2) acusación;

(3) acusación; (4) una decisión de enviar un caso penal a los tribunales para la aplicación de medidas médicas obligatorias; (5) una decisión de dar por terminado el caso penal y el enjuiciamiento penal.

Pero el principal es el acto que contiene las conclusiones (resultados) de la investigación del caso penal.

La denominación de los actos procesales finales y su número sirven como criterio para determinar los tipos de conclusión de la investigación preliminar. Así, la ley prevé los siguientes tipos de terminación de la investigación previa:

  • (1) el final de la investigación preliminar mediante la redacción de una acusación (Capítulo 30 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa);
  • (2) finalizar la investigación preliminar con la redacción de una acusación (Capítulo 32 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa);
  • (3) finalización de la investigación preliminar mediante la redacción de una acusación (Capítulo 32.1 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa);
  • (4) finalización de la investigación preliminar mediante la emisión de una decisión de enviar el caso penal a los tribunales para la aplicación de medidas médicas coercitivas (Capítulo 51 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa);
  • (5) el final de la investigación preliminar mediante la emisión de una decisión para terminar el caso penal y el enjuiciamiento penal (Capítulo 29 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa).

Los primeros cuatro tipos indican la finalización de solo la parte previa al juicio del proceso penal. En consecuencia, continuarán las actividades procesales penales y las relaciones jurídicas en la causa penal investigada. La terminación de la causa penal atestigua no sólo la terminación de la investigación, sino también la terminación de las actividades procesales penales y de las correspondientes relaciones jurídicas en el marco de la causa penal.

El término de la investigación preliminar no es un acto de una sola vez, sino un procedimiento que comprende un conjunto de actos procesales. Al mismo tiempo, su secuencia depende del tipo de finalización de la investigación preliminar. En particular, estas acciones son:

  • (1) notificación de los participantes en el procedimiento que estén interesados ​​en el resultado del caso penal sobre la finalización de la investigación preliminar (parte 4 del artículo 213, partes 1 y 2 del artículo 215, parte 3 del artículo 439 de la Criminal Código de Procedimiento de la Federación Rusa);
  • (2) presentar los materiales del caso penal a los participantes interesados ​​​​en el proceso penal para su familiarización (Artículo 216, Artículo 217, Artículo 218, Artículo 226.7 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa, etc.);
  • (3) aceptación, registro y consideración de mociones u otras solicitudes recibidas de participantes en procesos penales (Artículo 123, Parte 4 del Artículo 217, Artículo 219, Artículo 226.7, Parte 4 del Artículo 439 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa , etc) ;
  • (4) redactar un documento procesal final que complete la investigación en un caso penal (artículos 213, 220, 227.7, 439 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa, etc.);
  • (5) presentación de una propuesta para eliminar las circunstancias que contribuyeron a la comisión de un delito u otras violaciones de la ley (parte 2 del artículo 158 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa);
  • (6) enviar el caso penal o una copia del documento final (al finalizar el caso penal) al fiscal.

La decisión de iniciar estas actuaciones procesales la toma el investigador o el oficial interrogador después de analizar y evaluar los materiales de la causa penal, cerciorándose de que estén establecidas todas las circunstancias a probar, y que la prueba recabada sea suficiente para formular y fundamentar la acto procesal final.

Así, la finalización de la averiguación previa es un procedimiento (etapa) dilatado, que comprende un conjunto de actos procesales destinados a verificar la exhaustividad, exhaustividad y objetividad de la investigación y garantizar los derechos y intereses legítimos intervinientes en el proceso, formulando y fundamentando las conclusiones de la causa penal en el escrito final de instrucción y el envío de la causa a su destino.

La finalización de la investigación preliminar es la etapa final de los procedimientos previos al juicio en un caso penal. En esta etapa, se valoran las pruebas reunidas, se analizan y formalizan los resultados de la investigación de las circunstancias del caso, el derecho de los participantes en el proceso penal a familiarizarse con los materiales del caso penal, a aplicar y satisfacer peticiones para acciones investigativas y procesales adicionales está asegurada.

De conformidad con la ley, la investigación preliminar puede ser completada:

  • terminación de un caso penal y (o) proceso penal;
  • enviar un caso penal con una acusación al fiscal y luego al tribunal;
  • mediante el envío de la causa penal al fiscal para la aprobación de la acusación y la emisión de una presentación sobre orden especial tenencia sesión de la corte y reflejando en él la conclusión sobre la observancia por parte del imputado de las condiciones y cumplimiento de las obligaciones estipuladas por el acuerdo previo al juicio sobre cooperación (incisos 1 y 2 del artículo 317.5 del Código de Procedimiento Penal);
  • enviar un caso penal con la conclusión del fiscal al tribunal para la aplicación de medidas coercitivas de carácter médico.

Los motivos, el procedimiento y las formas para la terminación de los procedimientos previos al juicio están regulados por el cap. 4, 29, 30, 40.1 y art. 427, 439, 448 Código Procesal Penal.

La causa penal y el enjuiciamiento penal se dan por terminados. en presencia de los motivos previstos por el art. 24-28.1 Código de Procedimiento Penal. Las causales de terminación de una causa penal pueden ser rehabilitatorias (por ejemplo, la ausencia de corpus delicti, etc.) y no rehabilitadoras (por ejemplo, en relación con la reconciliación de las partes o el arrepentimiento activo). La terminación de una causa penal implica, al mismo tiempo, la terminación de la persecución penal.

La terminación del proceso penal contra un sospechoso o acusado se lleva a cabo solo en relación con una persona específica por los motivos enumerados en el art. 27 Código Procesal Penal.

Terminación de la persecución penal contra los sospechosos o acusados ​​en casos de delitos en el campo de la actividad económica(artículo 28.1 UG1K) se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes requisitos de la ley.

El investigador, con el consentimiento del jefe del órgano de investigación, da por terminado el proceso penal contra una persona sospechosa o acusada de cometer un delito en virtud del art. 198-199.1 del Código Penal, si concurren las causales previstas en el art. 24 y 27 del Código de Procedimiento Penal o la Parte 1 del art. 76.1 del Código Penal, en el caso de que antes de la citación de una sesión judicial, el daño causado sistema presupuestario Federación Rusa como consecuencia del delito, indemnizado en su totalidad.

La compensación por los daños causados ​​al sistema presupuestario de la Federación Rusa se entiende como el pago total de los atrasos, sanciones y multas por el monto determinado de conformidad con la legislación de la Federación Rusa sobre impuestos y tasas, teniendo en cuenta la información presentada. autoridad fiscal cálculo de la cuantía de las sanciones y multas (parte 2 del artículo 28.1 del Código de Procedimiento Penal).

Además, el investigador, con el consentimiento del jefe del organismo de investigación o el oficial de interrogatorio, con el consentimiento del fiscal, da por terminado el proceso penal contra una persona sospechosa o acusada de cometer un delito en virtud del art. 170.2, apartado 1 del art. 171, apartados 1-3 del art. 171.1, apartados 1 y 2 del artículo 185, art. 185.1, apartado 1 del art. 185.2, apartado 3 del art. 185.3, apartado 1 del art. 185.4, apartado 1 del art. 185.6, apartado 1 del art. 191, art. 192, apartado 1 y 1.1 del art. 193, apartados 1 y 2 del art. 194, art. 195-197 y 199.2 del Código Penal, si concurren las causales previstas en el art. 24 y 27 del Código de Procedimiento Penal, y en los casos previstos por la Parte 2 del art. 76.1 CC.

El investigador, con el consentimiento del jefe del órgano de investigación, da por terminado el proceso penal contra una persona sospechosa o acusada de cometer un delito en virtud del art. 193, apartados 1 y 2 del art. 194, art. 198-199.2 del Código Penal si existen los motivos previstos en la Parte 3 del art. 76.1 CC.

En caso de desacuerdo del jefe del organismo de investigación con la terminación de la persecución penal de conformidad con la Parte 3.1 del art. 28.1 deberán presentar una resolución motivada denegando la terminación de la persecución penal. O decisión la persona contra la cual se ha iniciado un caso penal, se notifica inmediatamente al Fiscal General de la Federación Rusa y al Comisionado del Presidente de la Federación Rusa para la Protección de los Derechos de los Empresarios.

Terminación de la persecución penal por los motivos especificados en las partes 1, 3, 3.1 del art. 28.1 del Código de Procedimiento Penal no está permitido si la persona contra quien se pone fin al proceso penal se opone a ello. V este caso El proceso penal continúa como de costumbre.

El caso penal termina con la decisión del investigador (investigador), una copia de la cual se envía al fiscal. La decisión de terminar el caso penal (proceso penal) se redacta de conformidad con los requisitos del art. 213 Código Procesal Penal. En los casos en que la terminación de una causa penal sólo se permite con el consentimiento del acusado o de la víctima, la existencia de dicho consentimiento se refleja en la decisión.

Una copia de la decisión de poner fin a la causa penal será entregada o enviada por el investigador (investigador) a la persona respecto de la cual se ha puesto fin a la causa penal, a la víctima, al demandante civil y al demandado civil. Si hubiere motivos para ello, se explicará a la víctima, querellante civil, el derecho a presentar una demanda en el proceso civil.

En los casos en que los motivos para la terminación del enjuiciamiento penal no se aplican a todos los sospechosos (acusados) en un caso penal, el investigador (inquirer) emite una decisión para poner fin al enjuiciamiento penal con respecto a una persona en particular. Mientras tanto, el proceso penal está en curso.

Si el fiscal reconoce que la decisión del investigador de dar por terminado el caso penal o el enjuiciamiento penal es ilegal o irrazonable, toma la decisión razonada de enviar los materiales pertinentes al jefe del órgano de investigación para resolver el problema de cancelar la decisión de dar por terminado el proceso. caso criminal. Si el fiscal reconoce que la decisión del funcionario que interrogó de dar por concluida la causa penal o el proceso penal es ilegal o infundada, la anula y reanuda personalmente las actuaciones en la causa penal. A su vez, el jefe del órgano de investigación, habiendo reconocido la decisión del investigador de poner fin a la causa penal o al proceso penal como ilícita o infundada, la cancela y reanuda las actuaciones sobre la causa penal.

Si el tribunal, sobre la base de las denuncias de los participantes interesados ​​en el proceso penal, reconoce que la decisión del investigador de dar por terminado el caso penal (enjuiciamiento penal) es ilegal o irrazonable, toma una decisión adecuada y la envía al jefe del órgano de investigación para su ejecución. (parte 2 del artículo 214 del Código de Procedimiento Penal).

La investigación preliminar puede completarse mediante la redacción de una acusación con la dirección del caso penal al fiscal para que tome una decisión adecuada al respecto (capítulo 30, 31 del Código de Procedimiento Penal).

Si el investigador llega a la conclusión de que se han llevado a cabo todas las actuaciones de investigación en la causa penal y que las pruebas reunidas son suficientes para formular una acusación, lo notificará al acusado y le explicará el derecho a conocer todas las los materiales del caso penal, tanto personalmente como con la ayuda de un abogado defensor, un representante legal, sobre el cual se elabora un protocolo de conformidad con el art. 166 y 167 del Código Procesal Penal. El investigador también deberá notificar a la defensa, al representante legal del imputado, si estuviesen involucrados en la causa penal, así como a la víctima, al querellante civil, al querellante civil y a sus representantes sobre la culminación de las diligencias investigativas.

Si, por razones válidas, los participantes enumerados en el proceso penal no pueden presentarse para familiarizarse con los materiales del caso en el momento señalado, el investigador pospondrá la familiarización por un período que no exceda los cinco días.

Si es imposible que el abogado defensor elegido por el acusado comparezca para familiarizarse con los materiales del caso, el investigador, después de cinco días, tiene derecho a proponer al acusado que elija otro abogado defensor o, a petición de éste, tomar medidas para la comparecencia de otro abogado defensor. Si el acusado rechaza el abogado defensor designado, entonces el investigador le presenta los materiales del caso para que se familiarice sin la participación del abogado defensor, excepto en los casos en que la participación del abogado defensor en el caso es obligatoria (parte 4 del artículo 215 de el Código Procesal Penal).

En caso de que el imputado, que no esté bajo custodia, no parezca familiarizarse con los materiales del caso sin razones válidas o de otra manera eluda esta acción, el investigador, después de cinco días a partir de la fecha del anuncio del final de la investigación. o desde la fecha de finalización de la familiarización con los materiales del caso de otros participantes en el proceso redacta una acusación y envía el caso al fiscal.

Si hay una solicitud la víctima, el demandante civil, el demandado civil y sus representantes, el investigador presenta a estas personas los materiales del caso en su totalidad o en parte, con excepción de los documentos enumerados en la Parte 2 del art. 317.4 Código de Procedimiento Penal. El demandante civil, el demandado civil o sus representantes se familiarizan con los materiales del caso en la parte que se relaciona con la demanda civil.

Después de que los participantes en el proceso penal antes mencionados se hayan familiarizado con los materiales del caso y se haya elaborado un protocolo adecuado al respecto, el investigador presenta los materiales archivados y numerados del caso penal, así como las pruebas materiales, al acusado y su abogado defensor para la familiarización. Las fotografías, materiales de grabación de audio y (o) video, filmaciones y otros anexos a los protocolos de las acciones de investigación se les presentan para su revisión solo previa solicitud. Si fuere imposible presentar prueba material, el investigador deberá emitir una decisión al respecto. A petición del acusado y su abogado, les brinda la oportunidad de familiarizarse con los materiales del caso penal por separado.

El acusado y su abogado no pueden estar limitados en el tiempo que necesitan para familiarizarse con los materiales del caso. Si el acusado bajo custodia y su abogado defensor obviamente retrasan el tiempo de familiarización, entonces sobre la base de juicio se establece un cierto período para la familiarización con los materiales del caso. Si el acusado y su abogado, sin una buena razón, no se familiarizaron con los materiales del caso en ordenado por la corte plazo, el investigador tiene derecho a poner fin a este acción procesal, sobre el cual se toma la decisión correspondiente.

Al final del conocimiento del acusado y su abogado con los materiales del caso, el investigador averigua qué peticiones o declaraciones tienen; qué testigos, peritos, especialistas han de ser convocados a la sesión del tribunal para interrogarlos y confirmar la posición de la defensa. Al mismo tiempo, el investigador explica al acusado su derecho a solicitar la consideración del caso penal por un tribunal con la participación de jurados; características de su consideración por este tribunal; los derechos del acusado en el juicio; procedimiento para apelar una decisión judicial, otros regulaciones Arte. 217 del Código de Procedimiento Penal, así como su derecho a que su caso sea oído por un panel de tres jueces de tribunales federales jurisdicción general; sobre la aplicación de un orden especial del juicio, previsto por el art. 314 Código Procesal Penal; realización de audiencias preliminares en los casos previstos en el art. 229 Código Procesal Penal.

Si el investigador satisfizo las peticiones presentadas por uno de los participantes en el proceso, complementa los materiales del caso, lo que no impide que otras personas que participen en él continúen familiarizándose con los materiales. En los casos en que el investigador se niegue total o parcialmente a satisfacer la petición formulada, tomará una decisión al respecto, la señalará al solicitante y le explicará el procedimiento para apelar esta decisión.

El curso y los resultados de la investigación preliminar son establecidos por el investigador en acusación. La ley impone requisitos específicos a este documento, que se detallan en el art. 220 Código Procesal Penal.

La acusación debe contener referencias a los volúmenes y páginas de la causa penal. Está firmado por el investigador indicando el lugar y la fecha de su compilación. Se acompañará de una lista de las personas que serán citadas a la sesión del tribunal por parte de la acusación y la defensa, indicando su lugar de residencia y (o) ubicación. La acusación también va acompañada de un certificado de la duración de la investigación, de las medidas preventivas elegidas, indicando el tiempo de detención y arresto domiciliario, evidencia física, acción civil, medidas tomadas para asegurar una acción civil y posible confiscación de bienes, costas procesales, y si el acusado, la víctima tiene dependientes - de las medidas adoptadas para garantizar sus derechos.

Después de que el investigador firma la acusación, el caso, con el consentimiento del jefe del organismo de investigación, se envía inmediatamente al fiscal. En los casos previstos por el art. 18, apartado 6 del art. 220 del Código de Procedimiento Penal, el investigador proporciona una traducción de la acusación al idioma que hablan el acusado, así como su abogado defensor y la víctima.

El fiscal, habiendo considerado el caso penal con la acusación recibida del investigador, dentro de los 10 días toma una de las siguientes decisiones al respecto:

  • aprueba la acusación y envía el caso a los tribunales;
  • devuelve el caso al investigador para que realice una investigación adicional, cambiando el alcance de la acusación o calificando las acciones del acusado o redibujando la acusación y eliminando las deficiencias identificadas;
  • envía el caso a un fiscal superior para la aprobación de la acusación, si está dentro de la jurisdicción de un tribunal superior.

Habiendo considerado en la forma prescrita por el art. 317.5 del Código de Procedimiento Penal, un caso penal recibido del investigador con respecto al acusado con quien se ha celebrado un acuerdo de cooperación previa al juicio, así como materiales que confirman el cumplimiento por parte del acusado de las condiciones y el cumplimiento de las obligaciones estipulado por este acuerdo, y si el acusado está de acuerdo con la acusación, el fiscal, si la acusación es aprobada, emite la presentación de un procedimiento especial para celebrar una sesión judicial y emitir una decisión judicial en este caso penal. En tal representación, se debe indicar (reflejar) lo siguiente:

  • la naturaleza y el alcance de la asistencia del acusado a la investigación en la detección e investigación del delito, la exposición y el enjuiciamiento penal de otros cómplices del delito, la búsqueda de bienes obtenidos por medios delictivos;
  • la importancia de la cooperación con el acusado para la revelación e investigación del delito, la exposición y enjuiciamiento de otros cómplices del delito, la búsqueda de bienes obtenidos como resultado del delito;
  • crímenes o casos criminales descubiertos o iniciados como resultado de la cooperación con el acusado;
  • el grado de amenaza a la seguridad personal al que estuvieron expuestos el acusado, como resultado de la cooperación con la fiscalía, sus parientes cercanos, parientes y personas cercanas.

En esta presentación, el fiscal también certifica la integridad y veracidad de la información proporcionada por el acusado en el curso de su cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el acuerdo previo al juicio sobre cooperación celebrado con él.

Copia de la presentación hecha por el fiscal será entregada al imputado, a su defensor y representante legal. Tienen derecho a presentar sus observaciones, las cuales son tenidas en cuenta por el fiscal si existen motivos para ello. El fiscal, a más tardar tres días después de que el imputado y su defensor tomen conocimiento de la presentación, remitirá la causa penal y la presentación al tribunal.

De acuerdo con la Parte 4 del art. 221 del Código de Procedimiento Penal, la decisión del fiscal de devolver la causa penal al investigador puede ser apelada por él dentro de las 72 horas desde el momento en que recibió la causa penal con el consentimiento del jefe del órgano de investigación a una instancia superior. fiscal, y si no está de acuerdo con su decisión - Fiscal General RF con el consentimiento del Presidente Comité de Investigación Federación de Rusia o el jefe del organismo de investigación de la correspondiente organismo federal poder Ejecutivo. En esta situación fiscal superior dentro de los 10 días siguientes a la recepción de dichos materiales, emite una de las siguientes decisiones: 1) negarse a satisfacer la petición del investigador; 2) sobre la anulación de la decisión del fiscal inferior. En este último caso, el fiscal superior aprueba la acusación y remite la causa penal al tribunal para su consideración de fondo.

Después de la aprobación de la acusación, el fiscal envía el caso al tribunal, informando al acusado, su abogado defensor, la víctima, el querellante civil, el acusado civil y (o) sus representantes, y les explica el derecho a presentar una petición de celebración audiencia preliminar. Una copia de la acusación con sus anexos, de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley, es entregada por el fiscal al imputado, así como a la defensa y a la víctima, si así lo solicitan.

En caso de que el imputado se negara a recibir copia de la acusación o no se presentara al ser citado o de otra forma eludiera recibir copia de este documento, el fiscal remitirá el caso al tribunal indicando las razones por las cuales no se entregó la copia de la acusación. sobre el imputado (parte 4 del art. 222 Código Procesal Penal).

Investigación preliminar en causas penales contra personas que hayan cometido actos prohibidos por la ley penal en un estado de locura, así como las personas que, después de cometer un delito se ha producido un trastorno mental, imposibilitando la imposición de una pena o su ejecución, puede cumplirse de dos formas:

  • terminación del caso por los motivos especificados en el art. 24 y 27 del Código de Procedimiento Penal, así como en los casos en que la naturaleza del hecho cometido y el trastorno mental de la persona no estén asociados con un peligro para ella o para otras personas o con la posibilidad de causarles otro daño sensible ;
  • enviar un caso penal a los tribunales para la aplicación de una medida obligatoria de carácter médico (parte 1 del artículo 439 del Código de Procedimiento Penal).

Si el investigador establece que el trastorno mental de una persona reconocida como demente, o de una persona que se produjo después de la comisión de un delito, se asocia con un peligro para él o para otras personas o con la posibilidad de causarles otro daño significativo, entonces él, de conformidad con el art. 439 del Código de Procedimiento Penal redacta una decisión sobre el envío del caso penal a los tribunales para la aplicación de una medida obligatoria de carácter médico. De acuerdo con los requisitos de la ley, la resolución debe contener:

  • circunstancias a que se refiere el art. 434 del Código Procesal Penal y establecido en la presente causa penal;
  • motivos para aplicar una medida obligatoria de carácter médico;
  • alegatos de la defensa, del representante legal y de la persona respecto de la cual se sigue el proceso sobre la aplicación de una medida compulsiva de carácter médico, controvirtiendo los motivos de su aplicación, si se expresaron (inciso 4 del artículo 439 de el Código Procesal Penal).

Luego, el investigador presenta el caso penal, junto con la decisión de enviarlo al tribunal, al fiscal, quien toma una de las siguientes decisiones:

  • sobre la aprobación de la decisión del investigador y sobre la dirección de la causa penal al tribunal para la aplicación de una medida compulsoria de carácter médico;
  • sobre la devolución del caso penal al investigador para la realización de una investigación adicional y la eliminación de las deficiencias identificadas con sus instrucciones escritas;
  • sobre la terminación de la causa penal por los motivos previstos en el párrafo 1 h.1 Artículo. 439 PEC.

La persona respecto de la cual se tomó tal decisión, el representante legal, el abogado defensor y la víctima serán notificados sobre la dirección de la causa penal al tribunal para la aplicación de una medida compulsoria de carácter médico. Una copia de esta decisión se entrega al defensor, al representante legal ya la persona procesada por la aplicación de las medidas médicas obligatorias. El hecho de recibir copia de la resolución se certifica mediante sus firmas en el documento original.

  • Para más información sobre los procedimientos en los casos de aplicación de medidas médicas obligatorias, ver Cap. 22 de este libro de texto.