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    BIEN- [Griego. τὸ ἀγαθόν, τὸ εὖ, τὸ καλόν; lat. bonum, bonitas], el objeto final (último) de la aspiración de una persona, el movimiento hacia el ron no necesita mayor justificación; en teología, uno de los nombres divinos (ver Nombre de Dios). Como categoría filosófica... Enciclopedia ortodoxa

    - (del otro griego aisthanomai sentir; aisthetikos percibido por los sentidos) La ciencia de una actitud contemplativa o creativa no utilitaria de una persona hacia la realidad, estudiando la experiencia específica de su desarrollo, en el proceso (y como resultado) de cual ... Enciclopedia de estudios culturales.

    SPINOSA (Spinoza, d Espinosa) Benedict (Baruch) (1632-77), filósofo holandés, panteísta. El mundo, según Spinoza, es un sistema regular, que puede ser conocido en su totalidad por el método geométrico. La naturaleza, panteístamente identificada con Dios, es una... diccionario enciclopédico

    LA BELLEZA- uno de conceptos centrales ruso pensamiento filosófico y estético. La palabra K. proviene de la belleza protoeslava. El adjetivo rojo en protoeslavo y ruso antiguo. los idiomas significaban hermoso, hermoso, brillante (de ahí, por ejemplo, rojo ... ... Filosofía Rusa: Diccionario

La subjetividad de la relación del hombre con la naturaleza se expresa en la estructura y originalidad de esta relación. No es de extrañar que digan que conocer una personalidad significa revelar su relación con la realidad.

El problema de las relaciones es uno de los problemas más prometedores y estudiados de la psicología moderna. VN Myasishchev, quien, desarrollando las ideas establecidas por A.F. Lazursky, desarrolló un sistema bastante coherente de puntos de vista sobre la naturaleza de las relaciones humanas, su estructura, originalidad, dinámica de manifestaciones. Según V. N. Myasishchev, las relaciones humanas representan "... un sistema integral de conexiones individuales, selectivas y conscientes del individuo con varios partidos realidad objetiva. Este sistema se deriva de toda la historia del desarrollo humano, expresa su experiencia personal y determina internamente sus acciones, sus experiencias. Myasishchev V. N. Personalidad y neurosis. - L., 1960. - S. 210). En el sistema de relaciones humanas, se expresan sus puntos de vista, actitudes, posiciones; en última instancia, se "capturan" sus necesidades, que determinan el significado, el "sesgo" hacia los objetos de la realidad y hacia él mismo. Las relaciones humanas son variadas. Suelen hablar de relaciones económicas, jurídicas, estéticas, morales y éticas, interpersonales y de otro tipo. VN Myasishchev distingue tres grupos principales de relaciones: a) la relación de una persona con otras personas; b) su actitud hacia sí mismo; c) actitud hacia los objetos del mundo exterior.

Entre las diversas relaciones de una persona, se destacan como su relación específica con la naturaleza. Este tipo de relación es uno de los componentes constitutivos del tema de la psicología ambiental. La relación del hombre con la naturaleza puede describirse como una especie de característica objetiva, que es importante para el análisis científico real del problema de la misma manera que una característica subjetiva, cuando se refleja la conexión objetiva entre la naturaleza y las necesidades del individuo. en su mundo interior.

Por eso, casi cualquier relación con la naturaleza adquiere la originalidad de una actitud subjetiva.

Entonces, ¿cuál es la actitud subjetiva hacia la naturaleza y cuáles son sus variedades?

Los parámetros básicos de la actitud subjetiva hacia la naturaleza son:

· latitud: fija en qué tipo de objetos y fenómenos naturales están impresas las necesidades humanas; algunos se sienten atraídos solo por ciertos fenómenos naturales, animales, otros, por una amplia variedad de objetos, la naturaleza en su conjunto;

· intensidad: indica en qué áreas y en qué medida se manifiestan las actitudes subjetivas hacia la naturaleza;

· grado de conciencia: revela en qué medida una persona es consciente de la huella de sus necesidades en los objetos y fenómenos naturales, es decir, en qué medida es consciente de ello.



· Emocionalidad: caracteriza la actitud de una persona a lo largo del eje "racional - emocional"; en algunas personas prevalece una actitud puramente emocional, muchas veces no controlada, en otras, las emociones van acompañadas de una comprensión de su actitud, un alto nivel de autocontrol;

· generalización: caracteriza la actitud subjetiva a lo largo del eje "privado - general"; por ejemplo, amor solo por la mascota de uno, o amor por todos los animales de una especie determinada, o amor por la naturaleza en general;

· dominio: describe la actitud subjetiva hacia la naturaleza a lo largo del eje "insignificante - significativo"; para algunas personas, las actitudes hacia las personas son más significativas, para otras, las actitudes hacia los estados del mundo interior, para otras, las actitudes hacia la naturaleza, etc.;

· coherencia(del lat. - estar en conexión): caracteriza la relación a lo largo del eje "armonía-desarmonía"; este es el grado de consistencia de todas las relaciones de personalidad: por ejemplo, el amor por la naturaleza de un guardabosques puede combinarse con su actitud hacia su profesión, o no combinarse;

· integridad: describe la actitud subjetiva a lo largo del eje "dependiente - independiente"; sin principios, por ejemplo, es la actitud de una persona que ama a su mascota, pero no interfiere en el proceso cuando otras personas torturan animales;

· conciencia: caracteriza la actitud subjetiva a lo largo del eje "inconsciente - consciente": la conciencia se manifiesta en la capacidad, por un lado, de ser consciente de la propia actitud hacia algo, por otro lado, de establecer metas de acuerdo con la propia actitud, de mostrar uno u otro nivel de actividad para lograrlo.

Un lugar especial en el concepto descrito se le da a la modalidad e intensidad de la actitud subjetiva hacia la naturaleza.

Modalidad es una característica calidad-contenido. Los autores identifican dos motivos para describir la modalidad de la relación con la naturaleza. Esto es pragmatismo: no pragmatismo y dotar a la naturaleza de propiedades de objeto o sujeto. En consecuencia, se distinguen cuatro tipos de modalidad de relación con la naturaleza:

· pragmático de objetos: la actitud hacia la naturaleza se caracteriza como un objeto de satisfacción de las propias necesidades, este es el tipo de relación más, lamentablemente, el más común;

· sujeto-pragmático: por ejemplo, el dueño de la perra la quiere, la trata bien, pero su meta es que ella gane un lugar alto en la exposición;

· objeto-no-pragmático: por ejemplo, la actitud de un asistente de circo hacia un caballo, lo cuida, lo alimenta, pero los demás la usan;

· subjetivo-no pragmático: por ejemplo, la actitud de la anfitriona hacia su gato o perro, que son los únicos amigos, interlocutores, se convierten en miembros de pleno derecho de la familia.

Los autores evalúan la intensidad de la actitud subjetiva hacia la naturaleza de acuerdo con el parámetro perceptivo-afectivo (percepción es percepción, afecto es emoción), que se caracteriza por el desarrollo estético de los objetos naturales, la capacidad de respuesta a sus manifestaciones y el desarrollo ético. El parámetro cognitivo (cognitivo) expresa el deseo de una persona de conocer la naturaleza. El componente práctico de la actitud subjetiva hacia la naturaleza encuentra expresión en la disposición de una persona para la interacción práctica con la naturaleza; el componente de acción (la estructura de las acciones) refleja la orientación de una persona hacia la naturaleza cambiante de acuerdo con su actitud subjetiva.

Aquí no hemos dado por casualidad, aunque de forma muy concisa, todas las características de la actitud subjetiva ante la naturaleza, propuesta por S.D. Deryabo y V.A. Yasvin. Primero, es el sistema teórico más lógicamente fundamentado y coherente que fija la relación del hombre con la naturaleza. En segundo lugar, te permite identificar variedades de actitudes subjetivas hacia los objetos y fenómenos naturales, para tipificarlos.

En última instancia, los científicos identifican 16 tipos de relación humana con la naturaleza, que se reflejan en la tabla.

Mesa - Tipología de la actitud subjetiva hacia la naturaleza.

Componente de relación Característica del objeto característica subjetiva Modalidad de relación
Perceptivo-afectivo Objeto perceptivo-no pragmático Perceptivo subjetivo-no pragmático no pragmático
cognitivo Objeto cognitivo no pragmático Sujeto cognitivo-no pragmático
Práctico Objeto práctico-no pragmático Tema práctico-no pragmático
Progresivo Objeto progresivo no pragmático Sujeto accional-no pragmático
Perceptivo-afectivo Objeto perceptivo-pragmático Sujeto perceptivo-pragmático pragmático
cognitivo Cognitivo objetal-pragmático Cognitivo sujeto-pragmático
Práctico Objeto práctico-pragmático Tema práctico-pragmático
Progresivo Objeto-pragmático progresivo Sujeto procesal-pragmático

De acuerdo con los parámetros seleccionados de la actitud subjetiva hacia la naturaleza, es fácil caracterizar todo tipo de relaciones. Por ejemplo, nos limitaremos a describir solo dos tipos:

Tipo perceptivo-afectivo de objeto-no pragmático: cuando está en contacto con la naturaleza, tal persona no persigue el objetivo de obtener ningún producto útil de ella, prevalece la motivación no pragmática: relajarse en la naturaleza, respirar aire limpio, admirar la belleza, etc. .;

Actuación de tipo subjetivo-no pragmático: una persona con este tipo se caracteriza por una percepción subjetiva de la naturaleza, la cual está regulada por altos estándares éticos, al igual que sus relaciones con otras personas; ya hemos señalado que tal actitud fue característica de grandes humanistas, como M. Gandhi, L. Tolstoi, A. Schweitzer y otros; este tipo de actitud se manifiesta en las acciones correspondientes del individuo, su actividad para cambiar la realidad circundante, en actividades de protección ambiental dirigidas tanto a preservar los objetos naturales en sí mismos como (me gustaría enfatizar especialmente esto) a las personas que interactúan con la naturaleza. .

En conclusión, cabe señalar que aquí solo se presenta un concepto, que describe la originalidad de la relación subjetiva del hombre con la naturaleza, es decir. concepto propuesto por S.D.Deryabo y V.A. Yasvin. Esto es debido a una serie de razones. En primer lugar, en la psicología ambiental doméstica moderna, aún no se han formado otros enfoques que proporcionen alguna alternativa a los puntos de vista descritos. En segundo lugar, este concepto, por un lado, es de naturaleza bastante general, por otro lado, es fácilmente aplicable a la descripción de fenómenos específicos que caracterizan la singularidad de la interacción humana con la naturaleza, permite analizar y diagnosticar prácticamente el relación específica de una persona con objetos y fenómenos naturales.

Entonces, podemos decir que la actitud subjetiva de una persona hacia la naturaleza es una esfera bastante compleja de interacción entre una persona y el mundo desde un punto de vista psicológico, donde se expresa la posición del individuo, sus puntos de vista y actitudes, debido a el nivel de desarrollo de la conciencia ambiental y el nivel de crianza. Se ha fijado algún modelo ideal de este tipo de relación, a partir del cual es posible organizar el proceso de educación y formación ambiental de las jóvenes generaciones, cuyo fin es formar una personalidad que dote a la naturaleza de signos de subjetividad y sea caracterizada por un tipo de interacción no pragmática, realizando consciente y responsablemente no sólo sus acciones en relación con la naturaleza, sino también cometiendo actos que conllevan una alta carga de moralidad y decencia, espiritualidad en el sentido amplio de la palabra.

CAPITULO PRIMERO

§ 1. El estatuto lingüístico de las formaciones subjetivo-evaluativas.12

§ 2. Significado derivacional de la evaluación subjetiva.22

§ 3. Educación subjetivo-evaluativa en un contexto lingüístico.30

§ 4. Aparición en formaciones subjetivo-evaluativas de funciones inusuales para ellos.45

§ 5. Simplificación de las formaciones subjetivo-evaluativas.52

§ 6. Derivados subjetivamente evaluativos y sus generadores como miembros de oposiciones de construcción de palabras.65

§ 7. Paradigmática de las formaciones subjetivo-evaluativas.77

CAPITULO DOS

Estilística de las formaciones valorativas subjetivas.83

§ 1. Antecedentes.83 /

§ 2. Significados derivativos y estilísticos. 88

§ 3. Morfemas estilísticos.89

§ 4. "Color" y "tono".90

§ 5. Valoración subjetiva y connotación.92 f,

§ 6. Formaciones subjetivo-evaluativas como medio de expresión de la ironía.95

§ 7. Funciones estilísticas de las formaciones valorativas subjetivas.96

§ 8. Formaciones subjetivo-evaluativas y estilos funcionales.100

§ 9. Formaciones subjetivo-evaluativas en formas no literarias del idioma ruso.107

§ 10. Formaciones subjetivo-evaluativas en el contexto de la psicología lingüística, nacional e individual". 111 ^

CAPÍTULO TRES

Sustantivo.118

§ 1. Valoración subjetiva de la materia. .118

§ 2. Variedades del significado subjetivo-evaluativo de los sustantivos. 119

§ 3. Los sufijos diminutivos más antiguos.133

§ 4. Sufijos de sustantivos utilizados en la escritura rusa desde el siglo XV. 157

§ 5. Sufijos subjetivo-evaluativos que ingresaron a la lengua literaria rusa en el siglo XIX, y otros.172

§ 6. Sufijos de sustantivos cuyo significado subjetivo-valorativo no sea el principal.185

§ 7. Prefijos subjetivamente valorativos de sustantivos.192

§ 8. Nombres propios personales subjetivamente evaluativos.193

CAPÍTULO CUATRO

Adjetivo.199

§ 1. Evaluación subjetiva de la calidad.199

§ 2. Variedades de significado subjetivo-evaluativo de los adjetivos.201

§ 3. Sufijos subjetivamente evaluativos de adjetivos.204

§ 4. Prefijos subjetivamente evaluativos de adjetivos.211

CAPÍTULO CINCO

Adverbio.215

§ 1. Signo de un signo y su apreciación subjetiva.216

§ 2. Sufijos subjetivamente valorativos de los adverbios.217

§ 3. Prefijos y confijos de adverbios subjetivamente evaluativos.220

CAPÍTULO SEIS

Verbo.222

§ 1. Valoración subjetiva de la acción.222

§ 2. Verbos subjetivamente valorativos: trasfondo.223

§ 3. Sufijos subjetivo-evaluativos de los verbos.225

§ 4. Prefijos subjetivo-evaluativos de los verbos.228

§ 5. Confijos subjetivo-evaluativo de los verbos.232

CAPÍTULO SIETE

Método semántico de formación de palabras subjetivo-evaluativo.237

Lista recomendada de tesis

  • Funciones expresivas y de actividad de la formación de palabras sustantivas en el lenguaje de V. Shukshin: Emocional.-evaluativo. sufijo 1997, candidato de ciencias filológicas Filippova, Svetlana Ivanovna

  • Sustantivos con significados de modificación en ruso 2002, candidata de ciencias filológicas Baranova, Natalia Alekseevna

  • Palabras que terminan en -IN(a) en el habla popular: un estudio exhaustivo basado en el material de los dialectos de Pskov 2000, candidato de ciencias filológicas Garnik, Yulia Ivanovna

  • Variación en el Uso de Sufijos de Evaluación en Portugués 2005, candidato de ciencias filológicas Bykov, Alexander Nikolaevich

  • Palabras y morfemas con -o en alemán moderno 2002, candidata de ciencias filológicas Satkovskaya, Olga Nikolaevna

Introducción a la tesis (parte del resumen) sobre el tema "Categoría de evaluación subjetiva en el idioma ruso"

La relevancia de la investigación. Este trabajo es el primer estudio sistemático de una de las categorías de construcción de palabras del idioma ruso moderno: la categoría de evaluación subjetiva. Se analizan las formas de su formación, la composición del iktur, se determina el lugar entre otras categorías lingüísticas.

El comienzo del estudio de las formaciones subjetivo-evaluativas ya se emprendió en la primera gramática científica rusa: la "Gramática rusa" de M. V. Lomonosov. Primero describe sustantivos y adjetivos con sufijos diminutivos y aumentativos. En el futuro, este grupo de palabras atrajo la atención de científicos como Barsov, Grech, Vostokov, Pavsky, Buslaev, Aksakov, Shakhmatov, Vinogradov y otros. Solo se analizaron los nombres y, en parte, los adverbios. Se prestó atención principal a identificar la composición de los morfemas subjetivo-evaluativos y la semántica de las palabras formadas con su ayuda. A mediados del siglo XX. surgió una discusión sobre si estas formaciones son palabras independientes o son formas gramaticales de palabras. Se presentaron varios puntos de vista, pero la pregunta sigue abierta.

Hasta la fecha, se han escrito muchos trabajos sobre formaciones subjetivo-evaluativas, principalmente artículos en los que no hay consenso ni sobre la cuestión del estatus lingüístico de estas formas, ni sobre su semántica, ni sobre su organización sistémica en el idioma ruso. De las monografías, solo los libros de SS Plyamovata "Sustantivos dimensionales y evaluativos en el idioma ruso moderno" (M., 1961) y RM Rymar "Derivación léxica y gramatical de sustantivos de la categoría de evaluación subjetiva en el lenguaje del folclore" ( Gorlovka, 1990). Como se puede ver en los títulos, los estudios están dedicados a temas específicos de formación de palabras de valor subjetivo; lo mismo puede decirse de las tesis doctorales (más de diez) escritas sobre el tema.

La necesidad de crear un trabajo de generalización dedicado a la categoría de evaluación subjetiva está determinada, en primer lugar, por la presencia en el idioma ruso de una gran variedad de vocabulario derivado con el significado de formación de palabras de evaluación subjetiva, que necesita comprensión científica; en segundo lugar, por el hecho de que esta es una de las categorías más originales y originales del idioma ruso. Debido a la existencia de formaciones subjetivo-evaluativas en el idioma ruso, un hablante de ruso tiene la oportunidad de nombrar un objeto, característica o acción en una palabra y evaluarla. Por ejemplo: "ciudad bonita, pequeña y acogedora" - un pueblo, "una ciudad pequeña, provinciana, polvorienta y aburrida" - un pueblo, "una ciudad alienígena enorme, ruidosa" - un asentamiento.

Novedad científica. Los investigadores de los derivados subjetivo-evaluativos suelen limitarse a describir nombres, más a menudo sustantivos, menos adjetivos. Hay pocas publicaciones dedicadas a los adverbios subjetivo-evaluativos. Los verbos que tienen el significado de formación de palabras de evaluación subjetiva no se han estudiado prácticamente, aunque V.M. Markov demostró su existencia en el idioma ruso en 1969.

En este trabajo, por primera vez, se estudiaron las formaciones subjetivo-evaluativas de todas las partes del discurso como miembros de una sola categoría lingüística, dentro de la cual se combinan nombres (sustantivo, adjetivo), adverbio y verbo.

Objeto y objetivos del estudio. El tema de este estudio son las formaciones subjetivas-evaluativas rusas de diferentes partes del discurso. Las tareas se establecieron de la siguiente manera: 1) averiguar cuál es la categoría de evaluación subjetiva en el idioma ruso moderno: su composición, estructura, significados lingüísticos básicos expresados ​​a través de unidades de esta categoría, 2) comprender cómo se formó esta categoría, qué formas se pusieron en él como base y cuál es actualmente el núcleo de la categoría de evaluación subjetiva, 3) rastrear qué factores extralingüísticos determinaron la presencia de esta categoría en el idioma ruso, comprender las razones de la riqueza de formas y significados que llenan 4) considerar los derivados subjetivo-evaluativos de diferentes partes del discurso como miembros de una sola categoría lingüística, dentro de la cual forman uno de los subsistemas de la lengua e interactúan estrechamente entre sí tanto a nivel estructural como semántico, 5) identificar las funciones principales de las formaciones subjetivo-evaluativas, las razones de su expansión y estrechamiento; seguir el uso de estas formas lingüísticas en diferentes estilos funcionales, así como en formas no literarias de la lengua.

Las fuentes para el estudio fueron textos de varios tipos: escritos comerciales y cotidianos de los siglos XV al XVIII, notas de viajeros y exploradores rusos de los siglos XV al XVIII, memorias y correspondencia privada de autores de los siglos XVIII al XIX, obras de arte de los siglos XIX y XX, periodismo moderno (solo unos doscientos); así como diccionarios: diccionarios dialectales, históricos y explicativos del idioma literario ruso moderno (22 en total). Tal abanico de fuentes, según el cual se hacía una muestra continua de formas subjetivo-evaluativas, se debía, en primer lugar, a la necesidad de la mayor cobertura posible del vocabulario estudiado en el tiempo, y en segundo lugar, a la mayor frecuencia de estas palabras en aquellos textos que, por sus rasgos lingüísticos, se aproximan al habla coloquial cotidiana.

La confiabilidad de los resultados obtenidos está determinada tanto por la gran cantidad y variedad de fuentes, como por la cantidad de material fáctico recopilado: en el texto de la disertación, se analizaron alrededor de mil palabras con el significado formativo de palabras de evaluación subjetiva, en en general, más de dos mil formaciones subjetivo-evaluativas fueron recolectadas y analizadas en el transcurso del estudio.

El estudio de las formaciones subjetivo-evaluativas se llevó a cabo aplicando varios métodos lingüísticos: descriptivo, histórico, estructural, estilístico, cuantitativo. Se utilizaron los siguientes métodos: el método de observación, que permitió identificar los derivados de la valoración subjetiva en los textos, para notar su originalidad en el contexto de otras unidades; la técnica de descripción utilizada para registrar, sistematizar y caracterizar los hechos recopilados; un método de comparación de formaciones subjetivo-evaluativas y palabras originales, así como derivados de la evaluación subjetiva entre sí, que ayudó a revelar sus similitudes y diferencias, para separar lo esencial de lo inesencial, lo lingüístico del habla; el método de comparación histórica utilizado para analizar el desarrollo de la categoría de evaluación subjetiva en su conjunto, sus subgrupos y unidades; técnica de transformación - las formas de evaluación subjetiva en algunos contextos fueron reemplazadas por las originales, no evaluativas, para identificar la especificidad semántica de las primeras; el método de análisis distributivo, que se utilizó para estudiar el entorno del habla de las formaciones subjetivo-evaluativas y su capacidad para combinarse con otras palabras; técnica de correlación extralingüística y muchas otras. otros

trascendencia teórica. Este artículo propone una solución a algunas cuestiones controvertidas de carácter teórico, en particular, sobre la naturaleza de las formaciones subjetivo-evaluativas, el lugar de los afijos subjetivo-evaluativos en el ruso morfémico, etc. Además, se describe el funcionamiento de los derivados de La evaluación subjetiva en ruso, presentada en un aspecto diacrónico como una historia de formas y significados cambiantes, nos permite comprender las causas y formas de formación de la categoría moderna de evaluación subjetiva e identificar tendencias en su desarrollo posterior. (Los resultados de este estudio se pueden utilizar en el curso universitario de conferencias sobre la formación de palabras rusas modernas, así como en cursos especiales para estudiantes de facultades filológicas. El análisis de los matices del significado de formación de palabras de las formaciones evaluativas subjetivas debería ayudar lexicógrafos al describir estas unidades léxicas en los diccionarios).

Los resultados de este estudio se presentaron en 20 informes en congresos cientificos en Izhevsk, Omsk, Krasnoyarsk, Tyumen, Kirov, Kazan. Sobre el tema de la investigación, se desarrolló un curso especial para estudiantes de la Facultad de Filología y se publicó un material didáctico. En 1985 defendió su tesis doctoral "Historia del desarrollo gramatical de los sustantivos de evaluación subjetiva". Publicó 20 artículos y resúmenes. En su totalidad, los resultados del estudio de formaciones subjetivo-evaluativas se reflejan en la monografía "Categoría de evaluación subjetiva en el idioma ruso" (Izhevsk, 1997. 264 e.).

La estructura del trabajo, su división en capítulos y párrafos está determinada por los objetivos del estudio. En el capítulo 1, que se llama "Categoría de evaluación subjetiva como categoría de construcción de palabras del idioma ruso", la cuestión de la naturaleza de las formaciones subjetivo-evaluativas, así como las causas y consecuencias de la simplificación morfológica de estas palabras derivadas , se considera. El capítulo 2 está dedicado al estilo de las formaciones subjetivo-evaluativas y contiene la historia de este tema, presentado en la ciencia por primera vez. Se analizan las funciones estilísticas de este grupo de palabras y las peculiaridades de su uso en estilos funcionales y formas no literarias del idioma ruso. Los capítulos 3 a 6 contienen material sobre partes separadas Discurso: sustantivo, adjetivo, adverbio y verbo. También consideran cuestiones de carácter teórico, por ejemplo, qué se entiende por valoración subjetiva de un objeto, cualidad, atributo, acción, cómo se crean nuevos morfemas subjetivo-valorativos, etc. Cada capítulo presenta la historia del estudio de las formaciones subjetivo-evaluativas de la parte gramatical correspondiente. El orden de presentación del material fáctico está determinado por la composición de los afijos de cada parte del discurso, mientras que a lo largo de cada capítulo se mantiene el principio histórico de investigación y descripción de cada tipo de formación de palabras: desde las formas y significados más antiguos hasta su modificación en el período de Rusia Central y hasta el presente. El capítulo 7 está dedicado al método semántico de formación de palabras subjetivo-evaluativo. En él, por primera vez, se intentó caracterizar los derivados subjetivo-evaluativos de distintas partes del discurso, formados de forma no morfemática. El trabajo finaliza con una "Conclusión" que resume todo el estudio realizado.

La historia del estudio de la categoría de evaluación subjetiva en ruso. La tradición de identificar formaciones con sufijos diminutivos en la clase se remonta a las enseñanzas de los antiguos autores griegos. Incluso Aristóteles escribió sobre ellos en "Retórica": "Un diminutivo es una expresión que representa el mal y el bien menos de lo que realmente son; Aristófanes habló en broma en sus" babilonios "en lugar de oro - oro, en lugar de un vestido - un vestido, en lugar de reproche - vil y malsano. Pero aquí uno debe tener cuidado y observar la medida en ambos ". Por lo tanto, el filósofo griego sabía mucho sobre estos nombres: que una palabra diminutiva puede usarse no solo para referirse a un objeto realmente pequeño, sino también para debilitar alguna impresión fuerte ("malo y bueno a menor"), que los nombres diminutivos pueden ser usado " en aras de una broma "", e incluso el hecho de que tales palabras ("observar la medida") no son adecuadas para todos los estilos de expresión.

El primer análisis lingüístico adecuado de los sustantivos diminutivos también fue realizado por los griegos, en la escuela primaria de Alejandría. En la única gramática de esa época que nos ha llegado, el "Arte Gramatical" de Dionisio el Tracio, entre los siete tipos de nombres derivados, también se menciona el cariñoso, que se relata de la siguiente manera: "Cariñoso - expresando independientemente de la reducción del nombre primario, por ejemplo hombrecito, guijarro, muchachito”. A partir de este solo fragmento, ya se puede juzgar que está lejos de ser la primera observación superficial en el campo de los nombres diminutivos y que toda la rica experiencia de la escuela de Alejandría se encuentra detrás de ella. Esta breve definición contiene una serie de observaciones importantes sobre la naturaleza de los diminutivos. En primer lugar, los nombres afectivos, como cualquier otro derivado, son directamente correlacionados por el autor de la gramática con sus generadores ("reducción del nombre primario"), y no con los fenómenos de la realidad. La función de los nombres cariñosos se define como un diminutivo, que es otra posición indiscutible: los significados de formación de palabras de "disminución" y "caricia" están orgánicamente vinculados en el idioma y se condicionan entre sí. Además, Dionisio delimita los nombres diminutivos de nombres similares en significado "comparativo" y "excelente", que también considera en una serie de derivados como sus tipos ("cariñoso, expresando cualquier reducción").

Entonces, ya en el primer conjunto (del sobreviviente) de reglas gramaticales del idioma griego, no solo contiene información sobre la presencia de nombres diminutivos en el idioma, sino que también se les da definición científica. En las gramáticas griegas y romanas posteriores, se conserva la doctrina de los siete tipos de nombres derivados, y entre ellos también se llama el nombre cariñoso. Por ejemplo, se puede hacer referencia al menos a la gramática del gramático griego Apolonio Discolo, escrita ya en el siglo II a. ANUNCIO

Se sabe que las enseñanzas de D. Thracian sirvieron de base para la creación de todas las gramáticas europeas, incluida la rusa. Y los eruditos eslavos tomaron prestada la primera idea de los nombres diminutivos de las gramáticas griega y latina y de sus traducciones al ruso. Podemos mencionar, en particular, la traducción del alemán por A.A. Barsov de la gramática latina de Cellaria, en la que leemos: "Diminutiva. Los diminutivos significan una disminución y se hacen en su mayoría con la letra L: Filiolus son, Libellus little book".

La primera gramática griega-eslava impresa (1591) también contiene información de que los nombres tienen una "marca diminuta", la palabra griega traducida como "barco" se da como ejemplo.

En la famosa gramática de Meletius Smotrytsky, compilada "según modelos griegos y latinos", por primera vez encontramos algo nuevo en el campo de la formación de palabras subjetivo-evaluativas eslavas: entre los diferentes tipos de nombres derivados, además de "despectivos ", el autor también nombra la forma "peyorativa", y ambos términos explican: "Un nombre despectivo es un erizo de una cosa, una marca despectiva: como, una frase / palabras: una novilla / cuerpo: y así sucesivamente. . " .

Entre los ejemplos de nombres despectivos, Smotrytsky cita dos palabras formadas a partir de sustantivos neutros con el sufijo -its(e) (palabra y cuerpo del ruso moderno). Destacando un grupo de nombres peyorativos, el científico por primera vez y, muy probablemente, de forma independiente descubre estas formaciones para la ciencia como una característica original de la lengua eslava contemporánea. La selección de ejemplos también indica que tal selección se hace por primera vez: junto a los dos derivados sustantivos "mujer" (esposa) y "infantil" (niño), también se menciona el verbal "cilicio" (ropa de tela tosca). tela gruesa, usada como señal de dolor), donde -isch(e) no es un sufijo evaluativo subjetivo, y la semántica negativa de la palabra (sobre ropa pobre; harapos) es secundaria.

La palabra elegida por Smotritsky como término para definir tales nombres se deriva del verbo "humillar", que se usó en los siglos XVI y XVII. que significa "despreciar". Así, en el idioma eslavo, M. Smotrytsky descubrió nombres derivados, con la ayuda de los cuales se expresa desprecio en relación con el objeto o la persona que designan. Más tarde, Lomonosov definirá los nombres en -ische como lupas, que también llaman "algo grosero", y el término "peyorativo" se aplicará solo a los nombres en -ishko y -enzo, que para su época corresponderán exactamente a los hechos de El Lenguaje ruso. Pero Smotrytsky aparentemente es igual de preciso para su época; y además, entre las palabras que nombró, en efecto, no hay una sola que nombre un objeto realmente grande (son, por el contrario, más cercanas a las diminutivas-peyorativas).

Por lo general, al presentar la historia de la lingüística rusa, los investigadores modernos no nombran el extenso trabajo "Distorsión gramatical sobre el ruso Yeziku", escrito por el serbio Yuri Krizhanich en 1666 en el exilio en Tobolsk. Fie, sin razón, se cree que esto no es una gramática del idioma ruso, sino de un idioma eslavo común, y además, fue creado por el mismo Krizhanich, y que no tenía "importancia histórica e influencia en el desarrollo de la ciencia rusa En parte debido a la incomprensibilidad del idioma., En parte debido a las condiciones personales desfavorables destino del autor. Sin embargo, este notable trabajo no podía dejar de llamar nuestra atención, ya que Krizhanich, por primera vez en la ciencia rusa, analiza en detalle la formación de nombres diminutivos, no solo sustantivos, sino también adjetivos, señala algunas características de su declinación e incluso da recomendaciones para ¡su uso! El término que eligió también es digno de mención: "los nombres son umenipalna", es decir, "diminutivos", que volverán a aparecer en las páginas de las gramáticas solo en el próximo siglo, desplazando a los "diminutivos" obsoletos.

Krizhanich, casi 90 años antes que Lomonosov, consideró los derivados de interés para nosotros de acuerdo con su género gramatical, mientras señalaba el afijo formador de palabras: "Femenino bo na itza: . ako day lessenshalna: kt, Hermana, cabeza, oveja". . Sobre sustantivos del género medio: "Umenshalna them tse: kt, Child, Ochce, Zhaltse, Kolentse, Okontse". Sustantivos masculinos diminutos, escribe el autor, "vaya a ets, itz, ok: kt, Bratets, Konyets, Sinok. En ruso va tsov:. Bratsov: o más. Bratsev".

Es en Y. Krizhanich donde encontramos por primera vez una observación sobre los adjetivos diminutivos (no sabemos si alguien antes de él escribió sobre esto): "Umenshalna.. En ruso, nayonok u onok, ct. "

De acuerdo con sus preferencias lingüísticas, el autor da algunas recomendaciones sobre el uso de los sustantivos neutros diminutivos. Su actitud negativa hacia los derivados en -ko, -enko, -ishko se debió a su brillante reducción estilística en el idioma ruso del siglo XVII. Los nombres diminutos descritos por el científico reflejan en gran medida la composición léxica del idioma ruso de ese período (hermana, ventana, hermano, cariño, pronto, etc.), y si la gramática de Krizhanich era ampliamente conocida en los siglos XVII y XVIII, las observaciones sobre este grupo de nombres (por no hablar ya de toda la obra en su conjunto) sin duda atraería la atención de los científicos.

Entonces, el comienzo de la descripción científica de los nombres subjetivo-evaluativos se retrasó en los trabajos de los científicos del mundo antiguo y los gramáticos de los siglos XVI y XVII los transfirieron a suelo ruso. Fue entonces cuando se realizaron las primeras observaciones en esta zona. Pero solo a mediados del siglo XVIII. este grupo de nombres derivados recibió la primera descripción sistemática bastante completa en la "Gramática rusa" de MV Lomonosov. En él, todas las formaciones subjetivo-evaluativas se consideran en una sección, que tiene el título "Sobre los nombres de aumentativos y diminutivos". Tal combinación de palabras formadas de manera diferente indica que el científico conocía los derivados de estos dos tipos como miembros de un gran grupo. Lomonosov descubrió la complejidad de la semántica de los nombres subjetivos-evaluativos rusos, describió su morfología, notó casos de simplificación, etc.

El siguiente paso significativo en el estudio y descripción de los derivados subjetivo-evaluativos fue realizado por A.A. Barsov en su "Gramática rusa" (1783 - 1788). Esta notable obra no se publicó en su momento, aunque la existencia de varias listas demuestra que todavía se utilizaba. Además, el autor tuvo la oportunidad de difundir sus puntos de vista en la enseñanza oral. En su gramática, se aclaran la mayoría de las disposiciones de Lomonosov en términos de formación de palabras subjetivas y evaluativas, se dan definiciones más precisas de los términos, se describe en detalle el proceso de formación de nombres aumentativos y diminutivos, se hace un comentario sobre la posibilidad de re -añadir un sufijo diminutivo a una palabra, etc.

En la primera mitad del siglo XIX. científicos como Grech, Vostokov, Pavsky y otros escribieron sobre derivados subjetivo-evaluativos. N.I. un adjetivo diminutivo también se adjuntó a un sustantivo diminutivo, que los nombres diminutivos a menudo se usan simplemente "por cortesía". También identificó las principales razones para simplificar sustantivos con sufijos diminutivos, y mucho más. A. Kh. Vostokov aclaró las observaciones de sus predecesores, explicó qué son los nombres cariñosos y despectivos, fue el primero en descubrir "diminutivos en el sentido propio" en ruso, etc. Entre los hallazgos obvios de G.P. Pavsky, notamos lo siguiente: notó que un nombre aumentativo y diminutivo puede transmitir una actitud no solo hacia el objeto nombrado, sino también hacia la persona a la que pertenece este objeto; que la derivada subjetivo-evaluativa puede ser de 2° y 3° “grados de reducción”; fue uno de los primeros en llamar la atención sobre la diversidad de impacto de algunos morfemas evaluativos subjetivos homónimos: por primera vez en su obra encontramos material sobre los nombres de personas, cuyos sufijos, junto con el significado derivativo principal, también expresar la actitud hacia la persona nombrada; y finalmente, Pavsky es el primero en escribir que los sustantivos diminutivos a menudo se usan para "representar el significado figurativo de las cosas", etc.

En la segunda mitad del siglo XIX. En los trabajos de Buslaev y Aksakov se presentó una nueva investigación en el campo de la formación de palabras subjetivo-evaluativa. En la gramática de F. I. Buslaev, las palabras con morfemas subjetivo-evaluativos se consideraron por primera vez desde un punto de vista histórico. En las obras de K.S. Aksakov, atrae la sorprendente sutileza del análisis semántico.

Los trabajos enteramente dedicados a la categoría de evaluación subjetiva comenzaron a aparecer solo en la primera mitad del siglo XX. En primer lugar, estos son el trabajo de A. Belich "Sobre la historia del desarrollo de los sufijos diminutivos y magnificadores eslavos" y el artículo de I.E. Mandelstam "Sobre los sufijos diminutivos en el idioma ruso desde el punto de vista de su significado". El siglo XX trajo consigo una mayor comprensión de las formaciones subjetivo-evaluativas como palabras con un significado específico, modificativo y derivativo.

Los principales medios de formación de palabras para expresar significados subjetivo-evaluativos en el idioma ruso son los morfemas. Más a menudo - sufijos, por ejemplo: casa - casa, blanco - blanco, de lado - de lado, digamos - digamos. Pero también prefijos: largo - largo, y confijos: acostarse - acostarse. Con su ayuda, se expresa la actitud del hablante hacia lo que se llama la base productora. La clase de tales palabras derivadas constituye la categoría de evaluación subjetiva, una de las categorías de formación de palabras del idioma ruso moderno, en la que se combinan palabras de diferentes partes del discurso.

El concepto de "valoración subjetiva" puede definirse como un juicio individual sobre cualquier objeto, sus propiedades y características (principalmente dimensionales), así como una acción o estado que conlleva una actitud positiva o negativa hacia ese objeto de habla y se acompaña de una variedad de emociones. . Por lo tanto, una evaluación subjetiva es el resultado de la actividad mental y mental de una persona.

Una formación subjetivo-evaluativa suele conservar la pertenencia a la misma parte del discurso que la que la generó, y el significado léxico de la derivada sólo cambia ligeramente con respecto a la palabra original. Todo esto distingue la formación de una evaluación subjetiva en el contexto de otro vocabulario derivado y crea muchos problemas de naturaleza teórica para los investigadores. Ampliamente conocida, por ejemplo, es la discusión sobre si se consideran palabras independientes o son solo formas de palabras.

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conclusión de tesis sobre el tema "Idioma ruso", Sheydaeva, Svetlana Grigoryevna

CONCLUSIÓN

La categoría de evaluación subjetiva es una de las categorías de modificación de formación de palabras del idioma ruso. Basado en el significado derivativo común, combina palabras derivadas de diferentes partes del discurso: sustantivos, adjetivos, adverbios y verbos. El significado de formación de palabras de una evaluación subjetiva es un significado lingüístico generalizado y sistémico que se revela en una serie de derivados con diferentes formantes y diferentes formas de formación de palabras. El significado subjetivo-evaluativo de formación de palabras es parte de la semántica de la palabra derivada; en los casos de formación de palabras morfemáticas, se asigna al afijo. La derivada subjetivo-evaluativa y su derivada generadora tienen una correlación sujeto-conceptual común, pero se diferencian en que la primera expresa también la evaluación de lo nombrado. La evaluación se realiza a partir de las ideas del sujeto sobre la norma (en tamaño, forma, calidad, cantidad, intensidad y otras características del tema de habla) y suele ir acompañada de una expresión de emociones que aparecen en relación con una desviación de la norma en una u otra dirección. La semántica de formación de palabras de las formaciones subjetivo-evaluativas, asociadas con la expresión de experiencias complejas, a veces contradictorias de las personas, no puede ser simple. Sus componentes (medición-valores evaluativos, evaluaciones de calidad, valores positivos y negativos, emocionales-evaluativos) están orgánicamente interconectados y forman un único complejo. Las variedades del significado subjetivo-evaluativo de los sustantivos son diminutivo, diminutivo, acariciador, despectivo, despectivo, magnificante, etc.; en los nombres de adjetivos y adverbios, los significados diminutivos y diminutivos corresponden a los valores de un grado debilitado de manifestación del signo y suavizado, y el significado magnificador: amplificación, amplificación-caricia, amplificación con connotaciones negativas; en los verbos, el valor diminutivo corresponde al significado de debilidad y corta duración de la acción, significado atenuante, y el valor magnificante corresponde al significado de mayor intensidad y excesiva duración de la acción, acompañado de varios matices, más a menudo de carácter negativo.

Los derivados subjetivo-evaluativos se forman en el idioma ruso moderno tanto de forma morfémica (sufijación, prefijación, confijación) como de forma semántica. El hecho de que el significado subjetivo-evaluativo encontrara su expresión en el nivel morfémico atestigua convincentemente su naturaleza sistémico-lingüística. Este es un significado generalizado, tipificado (lingüístico), y no psicológico-individual (habla). Se encuentra en una unidad lingüística tanto en el contexto más amplio como en el mínimo.

Los valores evaluativos dimensionales adquieren en el habla una variedad de matices evaluativos emocionales (a menudo bastante estables). La diminutividad, por ejemplo, puede ser en un caso una característica positiva de un objeto, atributo o acción, y en otro, negativa. En este sentido, la estructura semántica del significado de formación de palabras de la evaluación subjetiva se vuelve más complicada. Dichos significados ya están definidos como diminutivo, diminutivo, despectivo, etc. Los significados emocionales y evaluativos se transmiten en ruso moderno con la ayuda de morfemas especiales, en cuyo significado ya no hay una connotación dimensional.

En el proceso de funcionamiento en el habla, la semántica de las formaciones subjetivo-evaluativas puede variar notablemente bajo la influencia de las cambiantes condiciones de uso. Los derivados con significados lingüísticos emocionales positivos en un contexto irónico a menudo se perciben como negativamente evaluativos, y las palabras con un significado derivacional diminutivo o aumentativo se pueden usar para expresar amplificación, enfatizar una característica, etc. Todos estos matices que aparecen y desaparecen junto con un discurso. situación, son entendidos por algunos investigadores como típicos de los afijos subjetivo-evaluativos. En este sentido, comienzan a interpretarse como puramente estilísticos (o connotativos), al no tener un significado lingüístico estable. Sin negar en absoluto el papel estilístico especial que juegan los derivados subjetivo-evaluativos en el idioma ruso moderno, que se usan de manera muy selectiva en diferentes estilos de habla, enfatizamos: estas son formas de formación de palabras que componen sistema de lenguaje categoría especial.

La categoría de evaluación subjetiva es una de las pocas categorías de construcción de palabras en las que, sobre la base de la similitud del significado típico y las formas de expresarlo, se combinan palabras de diferentes partes del discurso. Su naturaleza lingüística común también se revela en la implementación de estas unidades en los textos de habla, dentro de los cuales se influyen mutuamente tanto en términos de elección de formas como semánticamente. Es ampliamente conocido, por ejemplo, "la coordinación en el grado de diminutividad". Aún más notable es la interacción diferentes formas evaluación subjetiva dentro de una parte del discurso. Entonces, para los sustantivos subjetivo-evaluativos del género medio, cercanos en la categoría de evaluación subjetiva a los sustantivos masculinos, la flexión se desarrolla en el genitivo plural -ov (-ev).

La abundancia de formas y significados en el círculo de formaciones subjetivo-evaluativas en el idioma ruso indica que esta categoría de idioma surgió hace mucho tiempo. A juzgar por los monumentos de la escritura, las principales oposiciones que llevaron al surgimiento de la categoría de evaluación subjetiva fueron la oposición de los sustantivos con sufijos diminutivos a los nombres que los producen. En la actualidad, las unidades estructurales mínimas de la categoría de evaluación subjetiva en ruso no son solo oposiciones formativas de palabras que producen - diminutivo derivado (aumentador, emocional-evaluativo), sino también diminutivo - magnificante, acariciante - peyorativo, etc. Tales pares están unidos por la palabra motivadora y la unidad en la correlación sujeto-conceptual, pero se oponen por sus significados de formación de palabras. Las oposiciones separadas de formación de palabras, conectadas por una base generativa común, constituyen un paradigma de formación de palabras. Diferentes paradigmas subjetivo-evaluativos, debido a la similitud del significado típico y las formas de expresarlo, se combinan y constituyen la categoría de evaluación subjetiva en el idioma ruso.

Las formaciones subjetivo-evaluativas a lo largo de la historia del idioma ruso no han sido estilísticamente neutrales, su frecuencia en diferentes estilos funcionales es muy diferente. Son un rasgo característico del habla coloquial, donde están presentes en toda su diversidad. Sin palabras evaluativas subjetivas, este tipo de habla rusa adquiere un matiz de oficialidad, lo que lleva a la destrucción del estilo de conversación. En varios trabajos periodísticos, los hablantes de ruso a menudo recurren a formaciones subjetivo-evaluativas para expresar directamente la evaluación del tema del discurso. En las obras de estilo científico, solo hay formaciones con un significado diminutivo (la magnificación se expresa de manera descriptiva). En los textos modernos escritos en un estilo comercial oficial, no existen derivados de la evaluación subjetiva, aunque en el pasado eran una característica integral del lenguaje de los documentos comerciales. Y, finalmente, en la ficción, con su variedad de géneros y estilos de autor individuales, el potencial de la formación de palabras subjetivas y evaluativas rusas se realiza en su totalidad. Es en los textos literarios donde se refleja toda la riqueza del vocabulario subjetivo-evaluativo creado en el idioma ruso tanto de manera morfema como semántica.

Los derivados de la evaluación subjetiva son una parte integral del vocabulario de las formas no literarias del idioma ruso. En la lengua vernácula moderna, se utilizan principalmente palabras con significados magnificantes y evaluativos negativos. El habla dialectal, debido a su gran variabilidad, se caracteriza por una mayor frecuencia y una sorprendente variedad de formas de evaluación subjetiva. Las formaciones subjetivo-evaluativas desempeñan un papel muy especial (formador de estilo) en las obras de arte popular oral.

La categoría de evaluación subjetiva, en la forma en que se presenta en el idioma ruso moderno, es un fenómeno muy original y original. El reflejo de significados subjetivo-evaluativos no solo a nivel léxico-semántico (que se encuentra en todos los idiomas), sino también a nivel formal (en la "anatomía" del idioma) indica que la expresión de una evaluación subjetiva para la cosmovisión rusa es una de sus características esenciales.

El lenguaje literario ruso moderno es especialmente rico en varios sufijos subjetivos-evaluativos de sustantivos. Entre ellos están los que aparecieron en el período protoeslavo, los que se formaron en el idioma ruso antiguo, también hay morfemas rusos propiamente dichos. El proceso de formación de nuevos sufijos de evaluación subjetiva continúa en nuestro tiempo. Los morfemas denominativos más antiguos son sufijos con el elemento -r/-. Entre ellos, el sufijo de los sustantivos neutros -ts(e,o)/-its(e) retuvo su poder productivo casi en su totalidad, el sufijo de los nombres masculinos -ets fue vencido en la competencia con los sufijos diminutivos -ok/-ek y -ik, así como con un sufijo de persona homónima, el sufijo femenino -ts(a)/-its(a) redujo drásticamente su productividad ya en el siglo XVII.

La suerte de los sufijos diminutivos ascendentes a -ък- tampoco fue la misma. El sufijo -ok, que desplazó al sufijo -ets de la formación de palabras denominativas, fue influenciado por el morfema -ik, más joven y más activo. Al chocar en formaciones de un solo componente (como una hoja - una hoja), estos afijos sinónimos desarrollaron gradualmente una diferencia de significados, como resultado de lo cual, en la actualidad, el sufijo -ok1-ek se está alejando lentamente de la categoría de subjetivo evaluación en la esfera de la objetividad. Uno de los resultados de la interacción de estos dos morfemas diminutivos fue la creación de un nuevo sufijo subjetivo-valorativo -chik, que, aunque todavía se utiliza como variante del sufijo -ik, su mayor capacidad para expresar positivo emocional-valorativo significados ya se nota. Lo mismo se observa en la pareja de sufijos femeninos -k(a) y -ochk(a), donde la función de expresar la actitud emocional fue asumida por el morfema complejo "hija", y el sufijo -k(a) frente a su trasfondo o bien es notablemente "grueso" (utilizado cada vez más para expresar emociones negativas) o, como el sufijo ok, se percibe como un morfema que expresa solo la idea de objetividad en sus diversas variaciones. El sufijo -k(o) generalmente resultó ser de poca demanda en el sistema del idioma ruso debido a la alta productividad restante del sufijo -ts(e). Casi todos los sustantivos diminutivos con -ko actualmente en uso son formaciones de siglos pasados.

En el siglo XV. en la escritura rusa, se generalizaron nuevos sufijos subjetivos-evaluativos de sustantivos. Estos son sufijos aumentativos estilísticamente diferentes -ish- e -in(a), peyorativos -ishk-, -onk-/-enk- y obsoletos tempranos -ents-, sufijo cariñoso átono -ushk- y sufijo despectivo acentuado -ushk-, diminutivos -yshk- y enk-/-onk. La mayoría de estos morfemas son derivados, lo que también indica su formación posterior. La necesidad de la aparición de nuevos morfemas en este período particular estuvo directamente relacionada con el cambio en la situación de la sociedad y el lenguaje: durante el siglo XV. se creó el estado moscovita y "solo a partir del siglo XV se origina el idioma ruso propiamente dicho". La expresión en el lenguaje de la autoconciencia emergente de las personas, diferentes de las vecinas, se manifestó, en particular, en la creación de muchos nuevos afijos que diferencian los conceptos de los objetos del mundo real, la relación entre ellos y la persona a ellos. Es durante este período que los morfemas de evaluación dimensional comienzan a adquirir activamente una función secundaria: expresiones de evaluación emocional. Con su insuficiencia se crean nuevos y complejos sufijos de evaluación subjetiva, ya especialmente diseñados exclusivamente para expresar la función emocional-evaluativa.

En el siglo 19 formaciones subjetivo-evaluativas con nuevos sufijos para el lenguaje literario -ag(a), -ug(a), -ak(a), -uk(a), -ul(ya) penetran en las páginas de las obras de ficción de diferentes formas del habla oral, -uh(a), etc., creada semánticamente a partir de sufijos de persona.

En el habla, los sustantivos con sufijos subjetivo-evaluativos suelen ir acompañados de un adjetivo que parece duplicarlos formal y semánticamente, por ejemplo: una rendija estrecha, una domina alta. La dependencia de los adjetivos de los sustantivos en tales casos es obvia. Sin embargo, la posibilidad existente de uso independiente de tales palabras (por ejemplo: un niño inteligente, una montaña alta), así como una variedad de afijos subjetivo-evaluativos de adjetivos, indica una cierta independencia de las formas y significados de los adjetivos de subjetivo. evaluación. Los principales medios de sufijos para expresar significados subjetivo-evaluativos en el círculo de adjetivos son los sufijos -ovat-/-evat- y -enk-/-onk-, expresando predominantemente un significado diminutivo y emociones positivas, los sufijos -ohonk-/- ehonk- y -osheik- / -eshenk-, usados ​​para expresar significado aumentativo y emociones positivas, sufijos -usch- y -enn-, que son medios para expresar significado aumentativo y emociones predominantemente negativas. Los sinónimos de construcción de palabras de este último son a menudo adjetivos con el sufijo -eysh- / -aysh-. - Con la ayuda de los prefijos pre-, times- / race- y most- se forman adjetivos con un valor aumentativo (amplificador). Los prefijos super-, archi-, ultra-, super-, extra-, hyper- indican un alto grado de manifestación de un signo e incluso un signo que va más allá de la norma. De los prefijos diminutivos de los adjetivos, solo se conoce el prefijo po-, con cuya ayuda se suaviza la semántica de las formas comparativas de los adjetivos.

Como resultado de la formación de adverbios a partir de adjetivos y sustantivos subjetivo-evaluativos, los morfemas con el significado de evaluación subjetiva como parte de estas unidades derivadas fueron reconocidos como medios intraadverbiales de formación de palabras en relación con la correlación de estas unidades en el habla con formaciones monobásicas sin morfemas subjetivo-evaluativos (por ejemplo: rápido y rápido, de lado y de lado). En el lenguaje literario ruso moderno, en el ámbito de los adverbios, existen el sufijo diminutivo -ovat-/-evat-, el sufijo emocional-evaluativo -en'k-/-onk-, los sufijos intensificadores -ekhonk-/-okhonk - y -eshenk-Aoshenk-, así como los sufijos -k-, -shk- y algunos. etc. Además, se utilizan los prefijos diminutivos y amplificadores, en algunos casos se destaca el confijo diminutivo y suavizante en un nku y en una forma.

La expresión de una evaluación subjetiva en un verbo generalmente se combina con varios de sus otros significados, como resultado de lo cual la formación de palabras verbales subjetivo-evaluativas está, por así decirlo, oculta a los ojos del investigador detrás del complejo verbal general. semántica. Sin embargo, si tenemos en cuenta que las características principales de un verbo derivado subjetivo-evaluativo deben ser en principio las mismas que las características de otros miembros de la categoría de evaluación subjetiva (expresión de una evaluación subjetiva de lo que se denomina la base generadora). , etc.), y además, tener en cuenta la modificación del carácter formativo de los significados y formas de evaluación subjetiva de cualquier parte del discurso (se diferencian de los productores por alguna modificación del concepto que designan), así como la hecho de que la expresión de evaluación subjetiva en una palabra derivada se puede combinar con sus otros significados de formación de palabras, se vuelve obvio que las palabras verbales también se crean en ruso con la ayuda de una variedad de afijos de evaluación subjetiva. De los sufijos verbales de evaluación subjetiva, solo anu(tъ) se usa en el lenguaje literario, todos los demás se encuentran actualmente fuera de la norma literaria. Los verbos con significado amplificador se forman usando los prefijos from-/is-, raz-/ras-, for-, re-, etc., así como los confijos from/s-sya, raz/s-sya, raz/s- iva(t), for-sya, na-sya, na-iva (t), ob-sya, u-sya, tú-iva (t). El valor del debilitamiento de la acción se transmite mediante los prefijos po-, sub-, at- y los confijos po-iva(t), sub-iva(t), pri-iva(t).

Lista de referencias para la investigación de tesis Doctora en Filología Sheidaeva, Svetlana Grigoryevna, 1998

1. Avanesov R. I. Sobre la historia de la alternancia de consonantes en la formación de sustantivos diminutivos en el idioma protoeslavo // R.I. Avanesov. Fonética literaria y dialectal rusa. M., 1974. S.260-275.

2. Aharonyan I.V. Sobre el problema de las palabras con sufijos de evaluación subjetiva // Problemas de actualidad del vocabulario, la formación de palabras, la sintaxis y el estilo del idioma ruso moderno. Científico obras de Kuibysh. ped. en-ta. T. 120. Kuibyshev, 1973. S. 38 45.

3. Azarkh Yu.S. Sobre la historia de la formación de palabras tipos de nombres para cachorros y niños en ruso // Atlas lingüístico de todos los eslavos. Materiales e investigación. 1976. M., 1978. S. 229-255.

4. Azarkh Yu.S. Sobre la historia de los tipos de formación de palabras de colectivos secundarios en el idioma ruso // Estudios sobre la morfología histórica del idioma ruso. M., 1978. S. 49 -65.

5. Azarkh Yu.S. Palabras en -iha en ruso // Atlas lingüístico de todos los eslavos. Materiales e investigación. 1977. M., 1979. S. 175 195.

6. Azarkh Yu.S. Sobre la historia de los sustantivos con sufijos de evaluación subjetiva en ruso // Atlas lingüístico de todos los eslavos. Materiales e investigación. 1978. M., 1980. S. 267.-291.

7. Azarkh Yu.S. Sustantivos en -A con sufijos expresivos como "vocal + consonante palatal posterior" en dialectos rusos // dialectos populares rusos. Investigación lingüística. M., 1983. S. 108 120.

8. Azarkh Yu.S. Formación de palabras y formación de sustantivos en la historia del idioma ruso. M, 1984.

9. Aksakov K. S. Experiencia de la gramática rusa. M., 1860. Parte 1.

10. Aksakov K. S. Obras filológicas. 4.1. Escuela politécnica. col. Op. T. 2. M., 1875.

11. Aleksandrov I.A. Estrés de sustantivos con el sufijo -ik en ruso / Russian Philological Bulletin. T.VII. año 4 Varsovia, 1882. S. 30 60.

12. Alekseeva AP Medios para expresar el significado derivativo general de los verbos con ob- inicial, o- // Sinonimia y fenómenos relacionados en el idioma ruso. Izhevsk, 1988. S. 49-53.

13. Teorías antiguas del lenguaje y el estilo. METRO.; L., 1936.

14. Arapova M.V., Arapova N.S. Sobre la historia del modelo de formación de palabras carnero-cordero, vieira de cresta, raíz - raíz, ventana - ventana // Estudios etimológicos en el idioma ruso. Asunto. V. M.: Editorial de Moscú. un-ta, 1966. S. 5 - 12.

15. Arapova N. S. La formación de deminutivos en la historia del idioma ruso. Resumen dis. . candó. filol. Ciencias. M, 1967.

16. Arbatskaya E.D. Adjetivos con el sufijo -enn- // Idioma ruso en la escuela. 1982. Nº 4. S. 80.

17. Arno A., Lanslo Kl. Gramática general y racional de Port-Royal. M, 1990.

18. Arkharova D.I. La polisubjetividad como propiedad específica de la semántica de los adjetivos valorativos // La palabra en el sistema de relaciones en los diferentes niveles del lenguaje. Sverdlovsk, 1987. S. 59 65.

19. Akhmanova S.O. Ensayos sobre lexicología general y rusa. M, 1957.

20. Barsov A.A. Breve gramática latina, compuesta por el Sr. Cellarius, corregida. y multiplicado por el Sr. Gesner con él. traducido al ruso. profe. Antón Barsov. M, 1762.

21. Barsov A.A. "Gramática rusa" de A.A. Barsov. M.: Editorial de Moscú. un-ta, 1981. en 22. Bezrukov V.I. Factor emocional-expresivo y significado léxico //

22. Cuestiones de lexicología. Se sentó. 97. Sverdlovsk, 1969. S. 29 39.

23. Belinsky V. G. Composición completa de escritos. M., 1953. T. 1.

24. Belinsky V. G. Composición completa de escritos. M., 1953. T. 9.

25. Belomorets V.P. Formación estimada de palabras nominales en el idioma ruso moderno // Nutrición de la creación de palabras. Kiev, 1979. S. 75 81.

26. Beloshapkova TV Acción incompleta y formas de expresión en ruso moderno. M, 1990.

27. Berezin FM Historia de la lingüística rusa. M, 1979.

28. Berezin FM, Golovin B.N. Lingüística general. M, 1979.

29. Bernstein S.B. Ensayo sobre la gramática comparada de las lenguas eslavas. Alternancias. bases nominales. M, 1974.

30. Bogoroditsky V.A. Curso general gramática rusa. METRO.; L., 1935.

31. Bogoroditsky V. A. Ensayos sobre lingüística y la lengua rusa. M, 1939.

32. Boltin I.N. Notas de Boltin sobre la inscripción para compilar el diccionario explicativo eslavo-ruso // Obras de Derzhavin con notas explicativas de J. Grot. T. 5. San Petersburgo, 1876.

33. Bolkhovitinov E. Acerca de los nombres propios personales entre los rusos eslavos // Boletín de Europa. Capítulo LXX. M., 1813. S. 16-21.

34. Boshkovich R. Fundamentos de gramática comparada de lenguas eslavas. Fonética y formación de palabras. M, 1984.

35. Bulakhovsky JT.A. Comentario histórico sobre la lengua rusa literaria. Jarkov Kiev, 1937.

36. Bulakhovsky JI.A. Deetimologización en ruso // Actas del Instituto de Ruso. idioma T. 1.M.; L., 1949. S. 175 186.

37. Bulakhovsky LA Curso de lengua literaria rusa. T. II. Kiev, 1953.

38. Bulakhovsky LA Lengua literaria rusa de la primera mitad del siglo XIX. M, 1954.

39. Bulich S.K. Ensayo sobre la historia de la lingüística en Rusia. T.1. SPb., 1904.

40. Buslaev F. I. Experiencia de la gramática histórica de la lengua rusa. 4.1 2. M., 1858.

41. Buslaev F. I. Sobre la enseñanza de la lengua materna. L., 1941.

42. Buslaev F. I. Gramática histórica de la lengua rusa. M, 1959.

43. Vasiliev V. A. Investigación gramatical. SPb., 1845.

44. Vasiliev L. M. Formación de palabras nominativas, semánticas y formales // Problemas generales de derivación y nominación. Formación de palabras en el aspecto de interacción de diferentes niveles, lenguaje. Omsk, 1988. S. 3 4.

45. Vendina TI Sufijos con raíz G (de la formación de palabras del dialecto ruso) // Atlas lingüístico de todos los eslavos. Materiales e investigación. 1979. M., 1981. S. 247 272.

46. ​​Vendina T.I. Diferenciación de lenguas eslavas según datos de formación de palabras. M, 1990.

47. Vinogradov V. V. Idioma ruso moderno. Asunto. 2do. La doctrina gramatical de la palabra. M, 1938.

48. Vinogradov V. V. Acerca de la homonimia gramatical en el idioma ruso N ruso moderno en la escuela. 1940. No. 1. S. 1 12.

49. Vinogradov V. V. Sobre las formas de la palabra // Izvestiya AN SSSR. dep. Iluminado. y yaz. T. 3. Emisión. I.1944.

50. Vinogradov V. V. Idioma ruso. La doctrina gramatical de la palabra. M, 1947.

51. Vinogradov V. V. Puntos de vista lingüísticos y gramaticales generales de Acad. L.V. Shcherby // En memoria del académico Lev Vladimirovich Shcherba. Se sentó. artículos. M., 1951. S. 31-62.

52. Vinogradov V. V. Idioma ruso (doctrina gramatical de la palabra). M, 1972.

53. Vinogradov V. V. Ensayos sobre la historia de la lengua literaria rusa de los siglos XVII-XIX. M, 1982.

54. Vinogradova V.N. Medios estilísticos de formación de palabras // Investigación estilística. M., 1972. S. 175 244.

55. Vinokur G.O. Obras seleccionadas sobre el idioma ruso. M, 1954.

56. Vinokur G.O. Sobre el lenguaje de la ficción. M, 1991.

57. Vinokur T.G. Patrones de uso estilístico unidades de idioma. M „ 1980.

58. Vodovozov V. Nombres diminutivos y cariñosos, nombres magnificantes y despectivos // Profesor. T. VI. No. 11 12. San Petersburgo, 1866. S. 406 - 414.

59. Volkov SS Vocabulario de peticiones rusas del siglo XVII. Formulario, etiqueta tradicional y medios de estilo. L .: Editorial Lenin, Universidad, 1974.

60. Lobo E.M. Variación en las estructuras de evaluación // Variación semántica y formal. M., 1972. S. 273 294.

61. Lobo E.M. Semántica funcional de la evaluación. M, 1985.

62. Vostokov A.Kh. Gramática rusa abreviada para uso en inferior Instituciones educacionales. SPb., 1831.

63. Vostokov A.Kh. gramática rusa. de acuerdo con el esquema de su Gramática abreviada, se establece de manera más completa. SPb., 1831.

64. Vostokov A.Kh. gramática rusa. ed. 10 SPb., 1859.

65. Galkina-Fedoruk E.M. Sobre la expresividad y la emotividad en el lenguaje // VV Vinogradov el día de su 60 cumpleaños. Se sentó. artículos sobre lingüística. M: Editorial de Moscú. un-ta, 1958. S. 103 125.

66. Gvozdev A.N. Ensayos sobre el estilo de la lengua rusa. M, 1952.

67. Gvozdev A.N. Lengua literaria rusa moderna. 4.1. Fonética y morfología. M, 1958.

68. Goverdovsky V.I. Dialéctica de la connotación y la denotación // Cuestiones de lingüística. 1985. Nº 2. págs. 71-79.

69. Golub IB, Rosenthal DE Secretos del buen hablar. M, 1993.

70. Vernáculo urbano. Problemas de estudio. M, 1984.

71. Gramática de la lengua rusa. T. 1. Fonética y morfología. M, 1953.

72. Gramática de la lengua rusa. T. 1. Fonética y morfología. M, 1960.

73. Gramática de la lengua literaria rusa moderna. M, 1970.

74. Lexicología gramatical del idioma ruso. Editorial Kazan, un-ta, 1978.

75. Graudina JI.K. Formas coloquiales y vernáculas en la gramática // Norma literaria y vernácula. M., 1977. S. 77 111.

76. Grebnev A.A. Funciones de las formas de apreciación subjetiva en las obras de VG Belinsky. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. Kuibyshev, 1954.

77. Grecia N.I. Gramática rusa práctica. SPb., 1827.

78. Grecia N.I. Gramática rusa extensiva. T. 1. 2ª edición. SPb., 1830.

79. Gromova N. M. Pérdida del significado diminutivo en algunos sustantivos femeninos con el sufijo -k(a) // Cuestiones de lingüística rusa. Libro. 2. Editorial Lvov, universidad. 1956. S. 113 133.

80. Gruta Ya.K. Investigación filológica. SPb., 1873.

81. Humboldt V. Obras escogidas de lingüística. M, 1984.

82. Davydov I. Gramática del idioma ruso. SPb., 1849.

83. Danielova A.A. Deminutivos en unidades complejas de formación de palabras en ruso moderno. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. M, 1986.

84. Danilenko V.P. Características léxico-semánticas y gramaticales de los términos verbales // Estudios de terminología rusa. M., 1971. S. 7 63.

85. Danilova Z.P. Sobre la sinonimia del sufijo en la historia del idioma ruso // Cuestiones de teoría y métodos para estudiar el idioma ruso. Se sentó. 7. Editorial Kazan, un-ta, 1971. S. 28 35.

86. Dementiev A.A. Sustantivos con un diminutivo perdido // idioma ruso en la escuela. 1948. No. 1. S. 8-11.\

87. Dementiev A.A. Diminutivos en ruso // Idioma ruso en la escuela. 1953. Nº 5. págs. 5-11.

88. Dementiev A.A. Sufijos -ak, -yak (-aka, -yaka), -chak, -ach, -ok, -ek (otros -ok, -ek), -och, -ech, -uk, -yuk (-uk, - yuka), -yk (-yka), -ych en ruso // Uchen. aplicación Kuibysh. ped. inta. 1960. Edición. 32. S. 51-66.

89. Dementiev A.A. Sustantivos con sufijos complejos de evaluación subjetiva // Ensayos sobre el idioma y el estilo rusos. Sarátov, 1967. S. 205 212.

90. Didkovskaya V.G., Cherkasova A.G., Sobre la correlación léxico-semántica de generar sustantivos y deminutivos derivados // Sistemática del idioma ruso. Novgorod, 1973, págs. 150-166.

91. Egorova G. V. Formación de palabras morfémicas y semánticas de sustantivos con el significado de similitud en ruso // I.A. Baudouin de Courtenay y la lingüística moderna. Se sentó. artículos. Editorial Kazan, un-ta, 1989. S. 97 100.

92. Eselevich NE Formaciones con el significado de diminución objetiva en el lenguaje de la prosa científica de M.V. Lomonosov // Ensayos sobre la historia de la lengua y la literatura rusas del siglo XVIII. (Lecturas de Lomonosov) vol. 1. Editorial Kazan, un-ta, 1967. S. 6 19.

93. Eselevich I.E. Tipo de formación de palabras en la formación semántica de palabras // Materiales educativos sobre el problema de la sinonimia. Izhevsk, 1982. 4.2. págs. 27 28.

94. Efimov I.A. El lenguaje de la sátira de Saltykov-Shchedrin. Editorial de Moscú. un-ta, 1953.

95. Zhurakovskaya NV Vocabulario expresivo de los dialectos rusos antiguos de la cuenca del Medio Ob. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. Tomsk, 1971.

96. Zvegintsev V. A. Elementos expresivos-emocionales en el significado de la palabra // Vestnik Mosk. Universidad Serie común. Ciencias. M., 1955. Edición. 1. S. 69 82.

97. Zemskaya E. A. Morfemas de construcción de palabras como medio de expresión artística // Idioma ruso en la escuela. 1965. Nº 3. S. 53 58.

98. Zemskaya E.A., Kitaygorodskaya M.V., Shiryaev E.H. Discurso coloquial ruso. Asuntos Generales. Formación de palabras. Sintaxis. M, 1981.

99. Zenkovsky V. V. Historia de la filosofía rusa. L., 1991. T. 1-2.

100. Ibraev L. I. Sobre-lenguaje de señas // Cuestiones de lingüística. 1981. No. 1. S. 17 35.

101. Ivanova I.P. Sobre el significado gramatical básico // Problemas de Lingüística. Editorial Lenin, universidad. 1961, S. 86 89.

102. Ivanova N. F. Adverbios con el sufijo de evaluación emocional -enk (-onk) en ruso moderno // Idioma ruso en la escuela. 1965. Nº 1. S. 83 85.

103. Ivanova N. F. Adjetivos con el sufijo -ovat- (-evat-) en comparación con los adjetivos que terminan en -enk- (-onk-) // Idioma ruso en la escuela. 1966. No. 1. S. 70 74.

104. Ivanova N. F. Adjetivos con sufijos de evaluación subjetiva y palabras correlativas con ellos en ruso moderno. Resumen dis. . candó. filol. Ciencias. M, 1968.

105. Ivashko L.A., Mzhelskaya O.S. De la formación de palabras de adjetivos en dialectos de Pskov // Cuestiones del sistema gramatical en dialectos populares rusos. Petrozavodsk, 1976. S. 21 29.

106. Ivin A.A. Fundamentos de la lógica de las valoraciones. M, 1970.

107. Tipología histórica de las lenguas eslavas. Kiev, 1986.

108. Kalaidovich I. F. Sobre los grados de adjetivos y adverbios de calidad // Actas de la Sociedad de Amantes de la Literatura Rusa. M., 1823. Parte 3. S. "107 119.

109. Karsky E. F. Sobre sufijos en palabras rusas como becerro, Vasenka, mano pequeña, blanco pequeño // E.F. Karsky. Obras en bielorruso y otros idiomas eslavos. M., 1962. S. 7-10.

110. Kashevskaya Yu.I. A partir de observaciones de palabras valorativas en el dialecto de p. Kabansk, Buryat ASSR // Actas de Irkut. Universidad Ser. lingüístico T. 73. Emisión. 7. Irkutsk, 1970. S. 63 74.

111. Klassovsky V. Gramática rusa. SPb., 1856.

112. Knyazkova T. P. Ruso vernáculo en la segunda mitad del siglo XVIII. JT., 1974.

113. Kozhin A.N. Sustantivos diminutivos // Uchen. aplicación Moscú región ped. en-ta. Rus. idioma. T. 228. M., 1969. Edición. 15. página 3 11.

114. Kozhin A.N. Lengua literaria de la Rusia pre-Pushkin. M, 1989.

115. Kozhina M.N. Estilística de la lengua rusa. M, 1993.

116. Kozlovskaya T.L. "Quiero decir sobre el idioma del azúcar, dulce, hoja" // Discurso ruso. 1992. Nº 3. S. 55 57.

117. Kolesov V. V. El mundo del hombre en una palabra Rusia antigua. L., 1986.

118. Krizhanich Yu. "Un cuento gramatical sobre un ezik ruso, el sacerdote Yurka Krizhanishcha, fue escrito en Siberia" // Lecturas en la Sociedad Imperial de Historia y Antigüedades de Rusia. año 4 Libro. 1. M „ 1848. Libro. 4. M 1859.

119. Krushevsky N. Ensayo sobre la ciencia del lenguaje. Kazán, 1883.

120. Kuvalina SS Formación de estereotipos lingüísticos de cortesía en el género epistolar de la segunda mitad del siglo XVII - primer cuarto del XVIII. Resumen dis. .candó. filol. Ciencias. Kuibyshev, 1974.

121. Kuzmin V. F. Objetivo y subjetivo (Análisis del proceso de cognición). M, 1976.

122. Kurganov N. Pismovnik que contiene la ciencia del idioma ruso con muchas adiciones de varias cosas divertidas educativas y útiles. 9ª ed. SPb., 1809.

123. Larin B. A. Historia de la lengua rusa y lingüística general. M, 1977.

124. Leibniz G.W. Obras en 4 tomos. T.2. M, 1983.

125. Diccionario enciclopédico lingüístico. M, 1990.

126. Lomonosov M. V. Composición completa de escritos. Obras de filología. METRO.; L., 1952.1. t 7

127. Lopatin V. V. Sobre la estructura de los adverbios evaluativos del sufijo // Desarrollo del idioma ruso moderno. 1972. M., 1975. S. 232 234.

128. Lopatin V.V., Ulukhanov I.S. Similitudes y diferencias en los sistemas de formación de palabras de las lenguas eslavas // Lingüística eslava. IX Congreso Internacional de Eslavistas. M., 1983. S. 169-184.

129. Lossky N.O. Condiciones de bondad absoluta. M, 1991.

130. Ludolf G. V. gramática rusa. Oxford, 1696. Edición. BA Larina. L., 1937.

131. Lukyanova H.A. Vocabulario expresivo de uso coloquial. Novosibirsk, 1986.

132. Makeeva V. N. La historia de la creación de la "Gramática rusa" por M.V. Lomonosov. METRO.; L., 1961.

133. Maksimov V. I. Sufijo -in(a) con significado de amplificación // Cuestiones de Lingüística. 1971. Nº 6. S. 109 115.

134. Maksimov V. I. Formación de palabras sufijales de sustantivos en ruso. L., Editorial Lenin, Universidad, 1975.

135. Mamanova G. I. La estructura semántica de la categoría de evaluación como base de su tipología // Cuestiones de lingüística y crítica literaria. Alma-Ata, 1974. S. 76 82.

136. Mandelstam I.E. Acerca de los sufijos diminutivos en el idioma ruso desde el lado de su "significado" // Revista del Ministerio de Educación Nacional. 1903. Julio. SPb., 1903. S. 34-66, 317-353.

137. Markov V. M. Fenómenos de sinonimia de sufijos en el lenguaje de los jueces de los siglos XV-XVI. // Uchén. aplicación Kazán, un. Nº 116. Libro. 1. 1956. S. 299 - 306.

138. Markov V.M. Sobre el origen de los verbos en -anyut en ruso // Acta universitatis wratislaviensis. Nº 106. Slavica wratislaviensia. I. Wroclaw, 1969, págs. 135-150.

139. Markov V.M. Gramática histórica de la lengua rusa. Declinación nominal. M, 1974.

140. Markov V.M. Algunas observaciones sobre los métodos de formación de palabras rusas // Desarrollo de relaciones sinonímicas en la historia del idioma ruso. Izhevsk, 1980. Número. 2. Pág. 69 77.

141. Markov V.M. Sobre el método semántico de formación de palabras en el idioma ruso. Izhevsk, 1981.

142. Markov V.M. Sobre las formas genéticas de los sustantivos neutros en sí mismo en ruso // Actas de la conferencia dedicada a Baudouin de Courtenay. Kazan: Editorial Kazan, un-ta, 1989.

143. Markova E.V. A la cuestión de la sinonimia de formación de palabras en su relación con la sinonimia léxica // Desarrollo de relaciones sinonímicas en la historia del idioma ruso. Izhevsk, 1980. Número. 2. Pág. 9 12.

144. Markova E.V., Krivova N.F. Idioma ruso moderno. Formación de palabras. Izhevsk, 1989.

145. Martínov V.V. Derivación de nombres con sufijos protoeslavos y baltoeslavos. Minsk, 1973.

146. Mezhzherina S.A. Vocabulario estimado y caracterizador en las obras científicas de VI Lenin // Idioma ruso en la escuela. 1980. Nº 2. S. 72 76.

147. Metáfora en lenguaje y texto. M, 1988.

148. Meshchaninov I.I. Lingüística general. L., 1940.

149. Migirin V.N. El lenguaje como sistema de categorías de visualización. Chisináu, 1973.

150. Miloslavsky I.G. Categorías morfológicas de la lengua rusa moderna. M „ 1981.

151. Moiseev I.A. Las principales cuestiones de formación de palabras en el lenguaje literario ruso moderno. L., 1987.

152. Pensamiento: proceso, actividad, comunicación. M, 1982.

153. Nikolaeva T. M. Consistencia de la derivación semántica en el vocabulario del idioma ruso I Problemas reales historia de la lengua rusa. Kazán, 1997. S. 57 59.

154. Novikov LA Semántica del idioma ruso. M, 1980.

155. Nuevo en lingüística. Asunto. VIII. Sociolingüística. M, 1975.

156. Norman B.Yu. gramática del hablante. SPb., 1994.

157. Obnorsky SP Declinación nominal en ruso moderno. Asunto. 1. Singular. L., 1927.

158. Lingüística general. Formas de existencia, funciones, historia del lenguaje. M, 1970.

159. Ogoltsev V.M. Significados emocionales y expresivos del sufijo adjetivo -enk- (-onk-) // Idioma ruso en la escuela. 1960. Nº 2. S. 8-13.

160. Ornatovsky I. El esquema más nuevo de las reglas de la gramática rusa, basado en los principios de lo universal. Jarkov, 1810.

161. Osipov B.I., Geiger R.M., Rogozhnikova T.P. El idioma de los monumentos comerciales rusos de los siglos XV al XVIII. Aspectos fonéticos, ortográficos y estilísticos. Omsk, 1993.

162. Osipova L. I. Patrones de formación de palabras y lexicalización de denominativos en la lengua literaria rusa. Resumen dis. .candó. filol. Ciencias. M, 1968.

163. Osipova Jl.I. Sobre algunas variedades de lexicalización de palabras con sufijos diminutivos // Idioma ruso en la escuela. 1968. Nº 5. S. 108 112.

164. Osipova L. I. Sobre la clasificación de la formación de palabras de los sustantivos diminutivos-evaluativos en el lenguaje literario ruso moderno // Uchen. aplicación Moscú región ped. en-ta. T. 228. Rus. idioma. Asunto. 15. M., 1969. S. 12 25.

165. Osokina V. A. Verbos sin prefijo con el sufijo -yva- / -iva- en construcciones interrogativas y construcciones con negación en los monumentos de escritura comercial de los siglos XVI-XVII. // Boletín de la Universidad de Udmurt. 1993. Nº 4. S. 25 - 31.

166. Ossovetsky I.A. Funciones estilísticas de algunos sufijos de sustantivos en la canción lírica popular rusa // Actas del Instituto de Lingüística. T. 7. M., 1957. S. 466-504.

167. Ossovetsky I.A. Vocabulario de dialectos populares rusos modernos. M, 1982.

168. Pavsky G.P. Observaciones filológicas sobre la composición de la lengua rusa. Segunda discusión. Sobre sustantivos. SPb., 1842.

169. Pavsky G.P. Observaciones filológicas sobre la composición de la lengua rusa. Segundo razonamiento. Sección dos. Sobre adjetivos, numerales y pronombres. SPb., 1850.

170. Panfilov V.Z. Problemas filosóficos de la lingüística. M, 1977.

171. Petrishcheva E.F. Estilo y medios estilísticos // Investigación estilística. M., 1972. S. 107 174.

172. Petrishcheva E.F. Vocabulario coloreado estilísticamente del idioma ruso. M, 1984.

173. Peshkovski A.M. Sintaxis rusa en la cobertura científica. Ensayo popular. M „ 1914.

174. Plyamovataya S.S. Sobre la naturaleza gramatical y la clasificación de sustantivos con sufijos expresivos diminutivos en ruso moderno // idioma ruso en la escuela. 1955. Nº 6. S. 4-11.

175. Plyamovataya S.S. Sustantivos evaluativos dimensionales en ruso moderno. M, 1961.

176. Pokuts V.P. Sufijos diminutivos de sustantivos en el lenguaje literario ruso moderno. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. Kiev, 1969.

177. Porokhova O.G. Vocabulario de las crónicas siberianas del siglo XVII. L., 1969.

178. Potebnya A.A. De notas sobre gramática rusa. M., -1958. T. I II.

179. Potebnya A.A. De notas sobre gramática rusa. T. III. Sobre el cambio de significado y sustituciones de un sustantivo. M, 1968.

180. Pinza de ropa A.M. Principios de presentación de los zoomorfismos en el diccionario // Categorías del diccionario. M., 1988. S. 210 213.

181. Railyan C.V., Alekseev A.Ya. Algunos problemas de formación estilística de palabras (basados ​​en el sufijo evaluativo de un verbo francés). Chisináu, 1980.

182. Riga I. Introducción al círculo de literatura. Jarkov, 1806.

183. Rodimkina A.M. Sustantivos diminutivos-evaluativos en ruso moderno. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. M, 1980.

184. Rozhkova G. I. De la historia de las formaciones diminutas de sustantivos en ruso. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. M, 1950.

185. Gramática rusa, compuesta por la Academia Imperial Rusa. SPb., 1802.

186. Gramática rusa. Academia. Praga, 1979. Vol. I.

187. Gramática rusa. M., 1980. T.I.

188. Idioma ruso. Enciclopedia. M, 1979.

189. Rymar P.M. Derivación léxica y gramatical de sustantivos de la categoría de evaluación subjetiva en la lengua del folklore. Gorlovka, 1990.

190. Salyakhova A. Palabras con el prefijo ultra- en ruso // idioma ruso en la escuela. 1986. Nº 1. S. 71-73.

191. Sanina G. G. Funciones estilísticas de las palabras emocional-evaluativas // Formación histórica y dialectal de palabras. Aspectos funcionales y estilísticos de derivación y nominación en ruso. Omsk, 1988. S. 95 96.

192. Svetov V. Breves reglas para el estudio del idioma ruso. M, 1790.

193. Selishchev A.M. Trabajos seleccionados. M, 1968.

194. Serysheva M.A. Formación de palabras sufijadas de sustantivos en los dialectos de los distritos de Prilensky de la región de Irkutsk. Resumen dis. . cándida filol. Ciencias. Tomsk, 1962.

195. Sinónimos del idioma ruso y sus características. L., 1972.

196. Skvoretskaya E. V. Correlación de la formación de palabras y los componentes de acción en el contenido de una palabra verbal derivada // Derivación y nominación en ruso. Interacción internivel e intranivel. Omsk: Editorial Omsk, un-ta, 1990. S. 5-11.

197. Smolskaya A. K. Función estilística de los sustantivos "con sufijos de evaluación en el lenguaje de las obras de A.M. Gorky // Scientific Yearbook of Odessa University for 1956. Odessa, 1957. P. 71.

198. Sobolevsky I.A. sintaxis histórica. Litografía, conferencias. M, 1892.

199. Sobolevsky I.A. Conferencias sobre la historia de la lengua rusa. ed. 4to. M, 1907.

200. Stepanov Yu.S. Fundamentos de la lingüística. M, 1966.

201. Stolyarova E. A. Sustantivo // Discurso coloquial en el sistema de estilos funcionales del lenguaje literario ruso moderno. Vocabulario. Editorial Saratov, un-ta, 1983. S. 21-48.

202. Teliya V.I. Tipos de valores lingüísticos. El significado asociado de la palabra en el idioma. M, 1981.

203. Teliya V.N. El aspecto connotativo de la semántica de las unidades nominativas. M, 1986.

204. Timkovsky I. Camino experimentado al conocimiento filosófico de la lengua rusa. Jarkov, 1811.

205. Tikhonov I.A. Formación de adverbios en iluminación síncrona // Proceedings of Samarkand, ped. en-ta. Nuevo episodio. Asunto. 170. Samarcanda, 1969. P. 15-16.

206. Trubetskoy N. S. Obras escogidas de filología. M, 1987.

207. Ufimtseva A.A. Tipos de marcas denominativas. M, 1974.

208. Ushakov D. N. Breve introducción a la ciencia del lenguaje. M, 1913.

209. Fonvizina D.I. En defensa de la "Inscripción". M., 1784 // D. I. Fonvizin. Obras recopiladas. METRO.; L., 1959. T.I.

210. La filosofía francesa hoy. M, 1989.

211. Jaburgaev G.A. Notas sobre la morfología histórica del dialecto del Gran Ruso del Sur (Sustantivo. Categoría de género y categoría de animación) // Uchen. aplicación Moscú región ped. en-ta. T. 228. Rus. idioma. Asunto. 15. M., 1969. S. 283 305.

212. Khadzhaeva L. V. Sobre las normas de formación de palabras de sustantivos diminutivos-evaluativos // Idioma ruso en la escuela. 1979. Nº 3. S. 94 98.

213. Kharchenko B.K. Características de los valores estimados derivados de sustantivos en ruso. Resumen dis. . candó. filol. Ciencias. JL, 1973.

214. Kharchenko V. K. Diferenciación de valoración, figuratividad, expresividad y emotividad en la semántica de la palabra // idioma ruso en la escuela. 1976. Nº 3. S. 66 71.

216. Khudyakov I.N. Vocabulario emocional-evaluativo en el lenguaje de la obra

217. VI Lenina "Materialismo y empiriocriticismo" // Ciencias filológicas. 1972. Nº 5. S. 81-87.

218. Khudyakov I.N. Sobre vocabulario emocional-evaluativo // Ciencias Filológicas. 1980. Nº 2. págs. 79-83.

219. Tsoi T. A. Formas de expresar la intensidad de la acción en ruso moderno. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. M, 1989.

220. Zuckerman AC ¿Caliente "un poco" o "demasiado caliente"? // Discurso ruso. 1986. Nº 6. págs. 95-98.

221. Chervova V. A. Algunas observaciones sobre sustantivos con el sufijo diminutivo -ets (sobre el material de los monumentos de los siglos XV-XVII) //Materiales e investigaciones sobre la lexicología rusa. Krasnoyarsk, 1966. S. 59 - 67.

222. Chervova V. A. Algunas observaciones sobre sustantivos con el sufijo diminutivo -its(a) (Según los materiales de los monumentos de los siglos XV-XVII) // XI científico. sesión Novosib. estado ped. en-ta. materiales para la sesión. Asunto. IV. Rus. idioma. Novosibirsk, 1967.1. C 66 75.

223. Chervova V. A. Funciones de los sufijos diminutivos de los sustantivos en ruso en los siglos XV-XVII. // Materiales e investigaciones sobre dialectología siberiana y lexicología rusa. Krasnoyarsk, 1968. S. 6 - 28.

224. Chervova V. A. Características funcionales de los sufijos diminutivos de los sustantivos en ruso en los siglos XV-XVII. Resumen dis. . candó. filol. Ciencias. Novosibirsk, 1968.

225. Chernyshev V.I. Nombres personales diminutivos rusos // Idioma ruso en la escuela. 1947. No. 4. S. 20 27.

226. Chernyshevsky N.G. Sobre la producción de palabras en el idioma ruso // Idioma ruso en la escuela. 1940. Nº 2. págs. 51-52.

227. Chizhik-Poleiko I.A. Sustantivos con sufijos de evaluación en ruso // Materiales sobre lingüística ruso-eslava. Voronezh: Editorial de la Universidad de Voronezh, 1963. S. 115 128.

228. Shamina H. A. Sinonimia de nombres en -ka / -ok en ruso // Formación de palabras nominales del idioma ruso. Kazan: Editorial Kazan, un-ta, 1976. S. 202 214.

229. Shanskaya TV Sobre la afiliación genérica de palabras con sufijos de evaluación subjetiva // idioma ruso en la escuela. 1961. No. 6. S. 13 17.

230. Shansky N. M. Sobre el análisis de formación de palabras de adjetivos // idioma ruso en la escuela. 1958. Nº 1. S. 68 75.

231. Shaposhnikova N. S. Sobre la cuestión del tipo más antiguo de formación de sustantivos diminutivos en lenguas eslavas // Vestnik Mosk. Universidad 1960. Nº 2. S. 71 76.

232. Shaposhnikova N. S. Sobre la definición del significado diminutivo de algunos sustantivos rusos antiguos // Ciencias filológicas. Científico informe más alto escuelas. 1961. Nº 1.S. 40-45.

233. A.A. de ajedrez Ensayo sobre la lengua literaria rusa moderna. SPb., 1913.

234. A.A. de ajedrez La sintaxis del idioma ruso. Asunto. 1. La doctrina de la oración y de las frases. JI., 1925.

235. A.A. de ajedrez La sintaxis del idioma ruso. Asunto. 2. La doctrina de las partes del discurso. JL, 1927.

236. Shakhovsky V.I. ¿El significado emotivo de la palabra se correlaciona con el concepto? //Cuestiones de lingüística. 1987. No. 5. S. 47 57.

238. Sheidaeva S.G. La historia del desarrollo gramatical de los sustantivos de evaluación subjetiva. Resumen dis. candó. filol. Ciencias. Alma-Ata, 1985.

239. Sheidaeva S.G. Adjetivos subjetivos-evaluativos en los dialectos rusos de Udmurtia // Reunión de coordinación sobre los problemas del estudio de los dialectos siberianos de los departamentos de lengua rusa de las universidades de Siberia, los Urales y el Lejano Oriente. Krasnoyarsk, 1988. S. 51 52.

240. Shemborska NV Formación de sufijos de sustantivos de naturaleza emocional-evaluativa en el idioma ruso // Resumen de la tesis. dis. . candó. filol. Ciencias. Sarátov, 1954.

241. Shemborska NV Sobre la historia de los sustantivos emocionales y evaluativos de la formación de sufijos en el idioma ruso y sus funciones expresivas // Uchen. aplicación Astracán. ped. en-ta. T. 6. Emisión. 1. Astracán, 1957. S. 309 318.

242. Shmelev D.N. Problemas de análisis semántico del vocabulario. M, 1973.

243. Shmelev D.N. Significado léxico de un sustantivo y reflejo en el diccionario de sus posibilidades referenciales // Categorías del diccionario. M., 1988. S.96 99.

244. Shcherba JT.V. Dialecto lusaciano oriental. T. 1. Pgr., 1915.

245. Shcherba L. V. Obras seleccionadas sobre el idioma ruso. M, 1957.

246. Diccionario enciclopédico. ed. FA Brockhaus, IA Efron. SPb., 1893. V.18.

247. Diccionario enciclopédico. ed. FA Brockhaus, IA Efron. SPb., 1897. T.44.

248. Diccionario enciclopédico. ed. FA Brockhaus, IA Efron. SPb., 1903. T.78.

249. Diccionario enciclopédico. ed. FA Brockhaus, IA Efron. SPb., 1904. T.81.

250. Yagich I.V. Enciclopedia de filología eslava. Asunto. 1. San Petersburgo, 1910.

251. Yanko-Trinitskaya H.A. Articulación de palabras como pierna, pluma // Desarrollo del idioma ruso moderno. 1972. M., 1975. S. 175 186.

252. Belic A. Zur Entwicklungsgechichte der slavichen Deminutiv und Amplificativsuffixe // Archiv für slav. filología. 1901. V. XXIII.

253. Smotryckyj Meletij. Hrammatiki slavensckija pravilnoe syntagma. Levje 1619. Fráncfort del Meno, 1974.

254. FUENTES Y ABREVIATURAS ACEPTADAS 1. FUENTES SOBRE LA HISTORIA DE LA LENGUA RUSA ANTES DEL S. XVIII1. Hechos vr. internacional1. Actos de Frost.1. Actas de Moscú. Actas de la SVR

255. Actos de la enemistad. Actos Holm. cerrar boyardos.1. Vyg. Se sentó. Gram.1. Gramo. Vel.nov. Mantener.1. Don. Casos Erm.1. Ef. este geogr.

256. Ef. este la ex. Borrar. ruso poner. Fuente

257. Chatarra. Letras Oriente. Siberia Carelia Colón. Yakuto.

258. Actas del Interregno. 1610 1613 // Leyendo OIDR. Libro. 4. M., 1915

259. Actos de la economía del boyardo B. I. Morozov. METRO.; L., 1940. Parte I. M.; L., 1945. Parte II.

260. Actos del estado de Moscú. SPb., 1890 1901. Vol. I - III.

261. Actos de la historia socioeconómica del noreste de Rusia a finales del siglo XIV principios del siglo XVI. M., 1952. T.I.

262. Actos de tenencia y economía feudal de la tierra. M., 1961. Parte 3.

263. Actas de las eparquías de Kholmogory y Ustyug. SPb., 1890 1908. Parte I - P1.

264. El cercano príncipe boyardo Nikita Ivanovich Odoevsky y su correspondencia con el patrimonio gallego. M, 1903.

265. Colección Vygoleksinsky. M, 1977.

266. Diplomas del siglo XVII y principios del XVIII. M „ 1969.

267. Diplomas de Veliky Novgorod y Pskov. METRO.; L., 1949.

268. Escritos de Derzhavin con notas explicativas.

269. I. Grota. San Petersburgo, 1876. Vol. 5, 6.

270. Don asuntos. SPb., Pgr., 1898 1917. Libro. 15.

271. Notas de A.P. Ermolov. 1798 1826. M., 1991.

272. Efimov A.B. De la historia de los grandes descubrimientos geográficos rusos en los océanos Ártico y Pacífico. XVII per.pol. siglo 18 M, 1950.

273. Efimov A.B. De la historia de las expediciones rusas en el Océano Pacífico. Por. piso. siglo XVIII. M „ 1948.

274. Rus.-Chino. ruso-sueco economía 1. Se sentó. tr. CE

275. Kotkov S.I., Pankratova N.P. Fuentes sobre la historia de la lengua coloquial rusa de los siglos XVII-XVIII. M., 1964. Kotkov S.I. Discurso de Moscú en el período inicial de la formación de la lengua nacional rusa. M, 1974.

276. Materiales para la historia del trabajo de oficina de la orden local en el distrito de Vologda en el siglo XVII. SPb., 1906. Edición. 1. Escritura comercial y doméstica de Moscú del siglo XVII. M, 1968.

277. Crónica de Moscú de finales del siglo XV. METRO.; D., 1949. Capataz. M, 1973.

278. Marasinova L. M. Nuevas cartas de Pskov de los siglos XIV-XV. M, 1966.

279. Monumentos de escritura comercial del siglo XVII. Región de Vladímir. M, 1984.

280. Monumentos de la literatura comercial de Moscú del siglo XVIII. M, 1981.

281. Monumentos de la lengua hablada popular rusa del siglo XVII. M, 1965.

282. Monumentos de la escritura rusa siglos XV XVI. región de Riazán. M, 1978.

283. Monumentos del dialecto del Gran Ruso del Sur. Finales del siglo XVI - principios del XVII M, 1990.

284. Libros del censo de Rostov el Grande en la segunda mitad del siglo XVII. SPb., 1887.

285. Libros de escribas y censos del siglo XVII para Nizhny Novgorod. SPb., 1896.

286. Colección Pustozersky. D., 1975. Biblioteca histórica rusa. SPb., 1884. T. 8. Tesoros de la literatura rusa antigua. Historia del hogar ruso. siglos XV-XVII M, 1991.

287. Relaciones ruso-chinas en el siglo XVIII. M., 1978. T.I. Relaciones económicas ruso-suecas en el siglo XVII. METRO.; D., 1960.

288. Colección de cartas del colegio de economía. Pág., D., 1922 1929. T. 1 - 2.

289. Palabra "La Palabra sobre la Campaña de Igor". METRO; L., 1950.

290. Hod. Af.Nick. Viaje más allá de los tres mares Athanasius Nikitin 1466-1472 M, 1960.

291. Jacobo. Siervo. Yakovlev A. Servidumbre y siervos en el estado moscovita

292. siglo XVII METRO.; L., 1943. T.I.2. FICCIÓN

293. Abril. Abramov F. Pino niños. 1962.

294. Hacha. B. Diario de Vera Sergeevna Aksakova. SPb., 1913.

295. Hacha. S. Aksakov S.T. Notas de un cazador de rifles de la provincia de Oremburgo. 1852.1. Hormiga. Antonov S. Barrancos.1. Actuar. Astafiev V.P.

296. Ocho. Octavo escape. 1964.1. Robo Robo. 1961 1965.

297. Mityai Mityai de la draga. 1967.

298. ¿Por qué lloras, abeto? 1960.1. Estrellas. Lluvia de estrellas. 1960.

299. Pegar. Pastor y pastora. 1967 1974.1. Por. Respiro. 1971.

300. Comí. Último arco. 1957 1977.1. Faja. Sasha Lebedev. 1963.

301. Pech. Triste detective. 1987.1. Estrella. . Starodub. 1960.

302. Oda Oda al jardín ruso. 1972.

303. Tel. Chaleco del Océano Pacífico. 1987.

304. Rey Rey-pez. 1972 1975.

305. Claro. ¿Es un día claro? 1966 1967.

306. Eva. Pensamientos de la tarde. 1992.

307. Af. Afanasiev A. El último guerrero. 1988.

308. Bazán. Bazhanov E. Abismo. 1988.

309. Barra. En las carreteras Bardeen S. En las carreteras. 1980.

310. Rayet. Manzanas del paraíso. 1977

311. Corre. Beglov G. Dossier sobre sí mismo. 1988.

312. Belai Belai A. Ovejas. 1988.1. Frijol. Boborykin P.1. Etc Que pasa a través. .una. Ballena. pueblo chino. 1882.

313. Brote. Budnikov A. Mamut. 1988.

314. Bulto. Bulgakov M. Maestro y Margarita. 1929 1940.

315. Nudo. Burlatsky F. Después de Stalin. 1988.

316. Tú. Vasiliev B. Saludos de Baba Lera. 1980 1987.

317. Vel. Velikin A. Enfermera. 1988.1. Roncha. Veltman A.

318. Furioso Rolando furioso. 1835.1. Er. erotis. 1835.

319. Ej. Un visitante del condado. 1841.

320. Sal. Aventuras extraídas del mar de la vida.1. Salomé. 1846.

321. Ladrón. Vorobyov K. ". Y a toda tu familia".

322. Olmo. Vyazemsky P.A. Cuadernos. 1829 1837.

323. Ger. Gerasimov I. Tranvías nocturnos. 1988.

324. Gog. Gogol NV Almas muertas. 1842.

325. Gor. Gorbovsky G. Procesión. 1987.

326. Asqueroso. Bienvenido Grossman V. ¡Bienvenido! 1962.

327. Vida Vida y destino. 19881. Dal Dal VI1. Problema. . Bedovik. 1839.

328. Ur. Cosaco Ural. 1843.

329. Bacchus Bacchus Sidorov Chaikin, o Su historia sobre su propia vida en la primera mitad de su vida. 1843.

330. Hop Hop, sueño y realidad. 1843.

331. Mascota. conserje de San Petersburgo. 1844.1. Guarida. Ordenado. 1845.

332. Pav. Pavel Alekseevich Juguetón. 1847.1. Hablar Hablar.1. Pecado Pecado.1. Dos. Nariz doble.1. Pan. negocio del pan.

333. Dumba. Dombrovsky Yu. Facultad de cosas innecesarias. 1978.

334. Domog. Domogatsky V. Almacén 1960 Década de 1980

335. Ec. Ekimov B. La estrella de Shepherd. 1989.

336. Ruff. Ershov P. P. El pequeño caballo jorobado. 1833.

337. Zhd. Zhdan O. En la oscuridad. 1991.

338. Jour. Zhuravleva 3. Una novela con un héroe. 1988.

339. Zagos. Zagoskin M. N. Yuri Miloslavski. 1825.

340. IV.A. Ivanov A. La vida en la tierra pecaminosa. 1970.

341. IV. V. Ivanov V. Día del Juicio Final. 1989.

342. Llamado. Kaledin S. Stroybat. 1989.

343. Car. Karamzin N. M. Cartas de un viajero ruso. 1793 1794.

344. Estafa. Kondratov V. Lo que pasó. 1988.

345. Konev Konev I. Cuadragésimo quinto año. 1965.

346. Costo. Kostrov M. Zhikhari Polistovya. 1986.

347. Kras. Krasavin Yu. Zona de exclusión. 1989.

348. Grupa. Krupin V. Salvación de los muertos. 1988.

349. Kuhn. Kunin V. Intergirl. 1988.

350. Kur. Kurochkin V. Notas del juez popular Semyon Buzykin. 1962.

351. Lar. Larina AM Inolvidable. 1988.

352. Leb Lebedev E. Algo sobre los errores del corazón. 1988.

353. Liv. Livanov V. Ivan, que no se recuerda a sí mismo. 1988.

354. Lipat. Lipatov V. Ratón gris. mil novecientos ochenta y dos.

355. Lyal. Lyalenkov V. Army sin tirantes. 1988.

356. Marcos. Markov G. Strogovs. 1936 1948.

357. M.-Pech. Melnikov P. I. Andrei Pecherski. En las montañas 1875 1881.

358. Mosco. Moskalenko V. Necesito verte. 1988.

359. Nuik. Nuikin A. ¿Ideales o intereses? 1988.

360. Cartas. Tyufyak Pisemsky A.F. Colchón. 1850.1. Rus. mentirosos rusos

361. Fuego Pozhera Y. Piscis no conocen a sus hijos. Por. del lituano D. Kyi 1988.

362. Pablo. Polyakov Yu. 100 días antes del pedido. 1980 1987.

363. Ayuda Pomerantsev V. En realidad, no hay resultado. 1970.1. Música pop. Popov E.

364. Ess. Sentimientos escatológicos. 1989.1. Agua Agua. 1983.

365. Por. Poroikov Y. "Los osos montaban en bicicleta". 1988.269

366. Pr. Pritula D. ¡No llegues tarde! 1988.

367. Rey. Rekshan V. Kaif. 1988.

368. Arboleda. Roshchin M. Sobre un corazón abierto. 1992.

369. Piscis. A. Rybakov A. 35 y otros años. 1988.

370. Piscis. V. Rybakov V. No a tiempo. 1989.

371. S.-SHCH. bomba Saltykov-Shchedrin M.E. Pompadours y pompadours. 1863-74.

372. Labios. Ensayos del gobernador. 1856-57.

373. Sem. Semenov Y. Novela no escrita. 1988.1. Solzh. Solzhenitsin A.1. Arco. Archipiélago Gulag.1. En el círculo En el primer círculo.

374. Diez. Tendryakov V. En la isla bendita del comunismo. 1988

375. Shol. Sholokhov M. El destino del hombre. 1956.

376. Orilla. Shorokhov L. Volodka-vodka. 1988.3. DICCIONARIOS1. Arch.reg. BAS11. BAS21. Dal1. Agregar. región MAC Nuevo sl.1. Obd. sl. Vyat. RL1. palabras. Deul.1. Palabras Zab. palabras. otros

377. Palabras. Príamo. palabras. casarse Nv.1 Palabra.Sur.Rojo.1. palabras. Año.1. SRNG

378. Diccionario regional de Arkhangelsk. Editorial de Moscú. Universidad 1980. Edición. 1. Diccionario de la lengua literaria rusa moderna: en 17 volúmenes M.; L. 1948 1965.

379. Diccionario de la lengua literaria rusa moderna. ed. 2do. M., 1991 1993. T. 1-4.

380. Dal VI Diccionario Gran lengua rusa viva. M., 1965. T. 1-4.

381. Suplemento a la "Experiencia del Gran Diccionario Ruso Regional". SPb., 1858 Diccionario de la lengua rusa: en 4 volúmenes M., 1957 1961.

382. Nuevas palabras y significados. Diccionario-libro de referencia sobre los materiales de la prensa y la literatura de los años 60. Bajo. edición NZ Kotelova, Yu. S. Sorokin. M, 1971

383. Nuevo en vocabulario ruso. Materiales de vocabulario 1977 -1984 M., 1980 -1989.

384. Materiales para el diccionario regional explicativo del dialecto Vyatka. Viatka, 1907.

385. Léxico manuscrito de la primera mitad del siglo XVIII. Editorial Lenin un-ta, 1964.

386. Diccionario del dialecto popular ruso moderno. Der. Deulino

387. Distrito de Riazán, región de Riazán M, 1969.

388. Eliasov L.E. Diccionario de dialectos rusos de Transbaikalia. M, 1980.

389. Diccionario de la lengua rusa antigua de los siglos XI-XIV. ed. R. I. Avanesova. M, 1968. T.1.

390. Diccionario de dialectos rusos de la región de Amur. M, 1983.

391. Diccionario de dialectos rusos de los Urales medios. Sverdlovsk, 1964 1988.1. T. 1 7.

392. Diccionario de dialectos rusos de las regiones del sur del territorio de Krasnoyarsk. Krasnoiarsk, 1988.

393. Melnichenko G.G. Breve diccionario regional de Yaroslavl. Yaroslavl, 1961. T. 1.

394. Diccionario de dialectos populares rusos. ed. F. P. Filin. METRO.; L., 1968 -1989.

395. Palabras. XI XVII Diccionario de la lengua rusa XI - siglos XVII. M., 1975 - 1991. Edición. 1-17. palabras. XVIII Diccionario de la lengua rusa del siglo XVIII. L., 1984 - 1988. Edición. catorce.

396. Cizalla. Sreznevski II Materiales para el diccionario de la lengua rusa antigua. SPb., 1893 1903. T. 1-3.

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Los derechos de la persona incluyen no sólo los derechos a la vida, la libertad, el honor y otros bienes superiores asociados al concepto de personalidad, sino también los derechos a la existencia y posición de la persona en la familia, la comunidad, el Estado y otras uniones, fuera del cual no puede existir. Comprende también ahora los derechos de la persona a su nombre, adquiridos por nacimiento o posterior actos legales, incluso con el título, título, escudo de armas, nombre comercial ("empresa"), el nombre de productos comerciales ("marcas"), etc., así como el derecho a tal nombre. " beneficios intangibles", es decir, productos de la actividad mental, artística, inventiva y otros tipos de actividad espiritual del individuo * (295). Todos estos derechos a menudo se denominan "derechos estatutarios" o "derechos estatales (Zustandsrechte) * (296), y también - "derechos en la propia persona" (Rechte an der eigenen Person) * (297) y, finalmente, "derechos individuales" * (298) . Pero estos nombres nos parecen infructuosos, ya que el primero de ellos ni siquiera abarca los derechos del individuo ahora señalados, por no hablar de los que quedaron sin mencionar, el segundo fusiona los conceptos de sujeto y objeto del derecho y, asumiendo la el dominio de una persona sobre una u otra parte de su propia esfera personal, entra en conflicto con aquellos derechos de la persona que, como, por ejemplo, el derecho al honor, no contienen ni la sombra de tal dominio, y el tercero - puede atribuirse a todos los derechos y, al mismo tiempo, excluirse de todas las relaciones sindicales, donde los derechos de la persona, como veremos en la teoría de la persona jurídica, también juegan un papel importante. Por ello, preferimos el término “derechos personales”, que se refiere a todos los derechos que están indisolublemente ligados a la persona, tanto en su existencia individual como colectiva. Además, también indica la fuente de estos derechos, que radica en un único y superior derecho subjetivo que acompaña a todos los demás derechos, tanto civiles como públicos, tanto individuales como colectivos, tanto puramente personales como patrimoniales. Este supremo derecho subjetivo no es otra cosa que el mismo derecho del individuo al reconocimiento de su dignidad y autodeterminación.

Desde esta fuente, como centro de derechos, desarrollar y volver a ella todo. derechos separados personalidades, cuya combinación en un solo concepto representa la importante ventaja de que, en condiciones de desigualdad desarrollo historico y definiciones legislativas para ciertos tipos de estos derechos, el derecho combinado del individuo permite aplicar la analogía y suplir la protección insuficiente o aún no establecida de uno u otro tipo de estos derechos con una protección basada únicamente en el derecho general del individuo. Si, por ejemplo, cartas que no tienen valor científico ni artístico no están sujetas a derechos de autor y no reciben protección sobre la base de este, entonces la publicación no autorizada de tales cartas puede ser perseguida mediante una acción tutelar el derecho de la persona (actio injuriarum).

Algunas de las formas de derechos individuales han recibido en la legislación moderna el mismo significado independiente que propiedad, posesión, obligaciones, etc. Estos incluyen, por ejemplo, los derechos a un nombre, firmas, marcas registradas, derechos de autor, etc. Se proporcionan otros derechos individuales con garantías especiales de derecho público que no les priven de la significación de los derechos civiles: tales son, por ejemplo, los derechos a la libertad personal, a la inviolabilidad del domicilio, a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión, al secreto de la correspondencia, a la libertad de circulación, artesanía, comercio, etc. * (299) Finalmente, existen también derechos del individuo que aún no han surgido completamente de su fuente común y no pueden ser protegidos sino por medios extraídos de la misma fuente. El límite entre esta fuente y sus formas, que han recibido significación independiente y reconocimiento legal, es, necesariamente, fluido e indefinido: el derecho del individuo aún está en proceso de formación y desarrollo. Tomemos, por ejemplo, el derecho a la propia imagen, que adquiere una importancia considerable en la práctica moderna de la fotografía, y especialmente de la fotografía instantánea, pero aún está lejos de ser reconocido en todas partes y es muy controvertido. En Alemania, las leyes de 1870 y 1876 ya prohibía la distribución de fotografías sin el consentimiento de la persona fotografiada. Pero esta prohibición no podía ser incondicional, ya que las imágenes, al igual que las biografías de personajes significativos de su época, interesan no sólo a estas personas, sino a toda la sociedad. Y no vemos por qué debe negarse este último interés. Otra cosa, si parte interesada desconocido para el público, o se distribuyen imágenes y personas famosas con el fin de publicidad indecorosa o vistas maliciosas. Por ejemplo, no se puede permitir el menosprecio de la persona retratada ni la intrusión en su vida íntima: la imagen está desnuda, en bata, etc. Sobre esta base, los tribunales alemanes condenaron la imagen del cantante en cajas de fósforos y galletas. cajas, y en un proceso que causó mucho ruido se decidió la remoción de las fotografías del cadáver de Bismarck no sólo por el castigo de los responsables, sino también por el decomiso de las fotografías tomadas* (300) .

En todo caso, puede decirse que las formas jurídicamente reconocidas del derecho de la persona no agotan su objeto, y que las legislaciones presentan vacíos al respecto que no pueden ser colmados sino apelando a la ley general de la persona -al menos hasta que uno u otro aún no se ha desarrollado a partir de él derecho especial personalidad, cuya protección exige el nuevo sentido de la justicia* (301) .

Según la diferencia de las prestaciones que integran el contenido del derecho de la persona, sus tipos difieren entre sí no menos que los tipos de los demás derechos. Si los beneficios personales sirven como condición para la existencia misma del individuo -tales como, por ejemplo, su vida, libertad, honor, etc.-, entonces los derechos del individuo difieren de manera especialmente marcada de todos los demás derechos. Y esta diferencia consiste principalmente en el hecho de que tales derechos individuales ahora pertenecen a cada persona como tal, independientemente de cualquier motivo requerido para la posesión de otros derechos. Surgen ipso jure, es decir, de derecho, junto con la personalidad misma.

Otros derechos individuales tienen por contenido beneficios personales de menor importancia, tales como un nombre, distinciones honoríficas, marcas, etc., o están asociados a la posesión de algún tipo de propiedad, o a la administración de algún tipo de comercio, por ejemplo, comercio , industria, etc., o, finalmente, aparecen como condición o resultado de alguna actividad personal, por ejemplo, literaria, artística, musical, etc. La mayoría de estos derechos surgen, en contraste con los derechos de la persona de los anteriores categoría, en virtud de acciones individuales y los mismos títulos, que pueden servir como acciones ajenas, por ejemplo, premios de autoridades públicas, y acciones propias, por ejemplo, creatividad personal en forma de invenciones, trabajos científicos y artísticos, etc. Pero en algunos casos, cuando, por ejemplo, tal o cual persona pertenece a cierta clase de personas: comerciantes, clérigos, etc.- y estos derechos nacen en virtud de la ley.

Se pueden observar aún más diferencias en las formas en que se extinguen los derechos individuales. Por regla general, cesan con la desaparición del sujeto que los posee. Pero también hay derechos hereditarios del individuo, que sobreviven a su sujeto, sin embargo, solo por un tiempo conocido, estatutario término: tal es, por ejemplo, los derechos de autor, mientras que los derechos de invención y muchos otros derechos del individuo se limitan a un cierto período, no solo después de la desaparición de su objeto, sino también desde el comienzo mismo de su aparición. Aparte de los derechos de una persona de orden superior, que no están limitados en su duración por término alguno y nunca pueden extinguirse por renuncia, la misma característica de la perpetuidad, que no debe confundirse con la eternidad, que es imposible bajo cualquier derecho , también se observa con ciertos derechos de una persona, menos relacionados con la personalidad de sus titulares, por ejemplo, los derechos que acompañan a la posesión de terrenos conocidos o la realización de oficios conocidos. En estos últimos casos, se permite tanto la renuncia del derecho como su extinción junto con la destrucción del solar o del comercio al que está adscrito: el derecho del individuo sirve aquí como accesorio, o adición a otro derecho, que determina su existencia.

Lo mismo puede decirse de la transmisibilidad de los derechos de la persona: inaceptable en principio -especialmente en relación con los derechos de una persona de orden superior- está permitida en relación con derechos de este tipo menos relacionados con la persona y, en especial, las que dependan de algún o cualquier otro derecho. Pero la transferencia del derecho del individuo no se permite aquí en sí misma, sino junto con el derecho al que sirve como accesorio: aquí también pertenecen los derechos del individuo asociados con la propiedad de la tierra o la administración de algún comercio, así como como varios tipos de derechos de autor transferidos a otras manos, en su conjunto y en sus partes constituyentes, por ejemplo, en el derecho de publicación * (302).

Sin embargo, aún con todas estas diferencias, los derechos individuales están unidos por varios rasgos comunes que les indican el carácter de una categoría especial e independiente de derechos, diferente de todos los demás. Primero, todos están impresos, aunque en mayor o menor grado, con los rasgos de un derecho puramente personal, es decir, el apego a su sujeto, con el cual surgen y cesan. Y las desviaciones de este tipo de derecho personal sólo se producen en la medida en que el sujeto de tal o cual derecho del individuo se objetiva, es decir, adquiere el significado de un "bien inmaterial" autónomo capaz de actuar en la circulación civil como un " cosa": vemos esto, por ejemplo, derechos de autor, derechos de invención, marcas registradas, etc.

En segundo lugar, todos los derechos individuales gozan de una protección absoluta, que va en contra de todos y cada uno de los que entren en conflicto con ellos. Esta defensa requiere que todos reconozcan los derechos de la persona y se abstengan de actos que violen estos derechos; y el incumplimiento de este requisito conlleva, por una parte, la restitución del derecho violado y, por otra, la sanción del infractor o la reparación del daño causado por él. Tal protección absoluta contra todos y todas, inherente, como veremos más adelante, no sólo a los derechos de la persona, da motivo para llamar a estos últimos derechos absolutos, en contraposición a los así llamados. los derechos relativos, que son una relación jurídica sólo entre un determinado autorizado y un determinado obligado y ya están protegidos, por tanto, no contra todos y cada uno, sino sólo contra este obligado; el caso principal de tales derechos relativos lo tenemos en las obligaciones. Pero los derechos del individuo también se llaman absolutos en otro sentido, en el que este nombre sólo puede aplicarse a los derechos que tienen por contenido la protección de la vida, la libertad, parte, etc., de los bienes supremos. Solo estos derechos individuales pueden llamarse absolutos y sobre la base de que no están sujetos en su origen a ninguna condición y no solo no se derivan, como otros derechos civiles, de ciertas relaciones jurídicas, sino que tampoco conducen en absoluto a tales relaciones. , tan característico de otros derechos civiles, que en este caso se consideran relativos por estar sujetos a diversas condiciones y relaciones.

Finalmente, en tercer lugar, los derechos del individuo, por su naturaleza ideal, son inapreciables, no transferibles al dinero y también son opuestos en este sentido a todo derecho de propiedad. Esto no excluye, sin embargo, la posibilidad de reclamaciones pecuniarias derivadas de la violación de los derechos individuales. El pleito romano - actio aestimatoria, que existe bajo otros nombres en la actualidad, no vulnera el concepto de inmutabilidad de los bienes personales en dinero, ya que la remuneración y el dinero en general, tanto en este pleito como en otros pleitos personales, no juegan el papel de un equivalente del derecho violado, pero cumplen una función punitiva o retributiva, sirviendo como castigo o compensación por ultrajar el derecho de un individuo, determinado en función de más de un monto del daño patrimonial causado. El carácter no patrimonial de los derechos individuales no se contradice con los elementos puramente patrimoniales de su contenido, que incluso pueden adquirir una cierta independencia, sin separarse jamás por completo de su núcleo personal. Los derechos de la persona, desplegando tal contenido de propiedad, también pueden entrar en circulación de propiedad, manteniendo intacta su naturaleza de derechos personales. Por ejemplo, el derecho de publicación, a pesar de sus características de propiedad, sigue dependiendo del derecho de autor tanto como el derecho de uso de la propiedad de una corporación depende del derecho de membresía en esta corporación o el derecho de uso de los padres sobre la propiedad de los niños. dependientes de la patria potestad reconocida por la ley.

Así, muchos derechos del individuo pueden ser, al mismo tiempo, derechos de propiedad, y en la medida en que lo son, pueden caracterizarse como "derechos absolutos de propiedad", es decir, aquellos que están protegidos por pretensiones absolutas frente a todos. quienes se opusieron a su implementación. Tales, por ejemplo, son los derechos a los "bienes inmateriales", cuyo contenido de propiedad no puede tomarse como centro del derecho, ni puede separarse como un derecho completamente independiente del derecho del individuo * (303) dominando aquí también.

Todo lo contrario de los derechos de la persona son los derechos de propiedad, que consideraremos en la doctrina del objeto del derecho, limitándonos aquí a la definición general de estos derechos, como aquellos que tienen por objeto beneficios económicos o valores económicos. tema. Y dado que en el sistema económico moderno cualquier valor económico puede expresarse en dinero, también podemos aceptar la definición ya suficientemente establecida de los derechos de propiedad como derechos que tienen valor monetario * (304) .

Es cierto que también es posible la propiedad en las cosas que no tienen valor monetario, como también son posibles las obligaciones sin valor monetario. Pero la taxonomía del derecho tiene en cuenta sólo los tipos, y no las desviaciones de los tipos, y clasifica todos los derechos reales y pasivos en la categoría de propiedad.

B) Derechos de posesión individual y pública

La diferencia entre los derechos de posesión individual y pública está relacionada con la diferencia entre los derechos individuales y los derechos de propiedad, pero también tiene un significado independiente. La posesión individual es propiedad en su tipo, y los derechos individuales coinciden en la mayoría de los casos con los derechos de propiedad, mientras que la posesión pública es, en su mayor parte, no propiedad, y se otorga a todas y todos, o al menos a grupos significativos de personas. En estos rasgos, la posesión social converge con los derechos del individuo, pero también se diferencia de ellos al servir a los fines de la existencia colectiva y al subordinar sus elementos de propiedad, si los hubiere, a los mismos fines de la existencia colectiva. Por lo tanto, la posesión individual y la pública difieren entre sí no tanto en que la primera tiene una propiedad, y la segunda, un carácter no patrimonial, conocemos los derechos individuales, sin valor de propiedad, y la posesión pública, que tiene un carácter patrimonial, sino más bien en que la primera sirve a los fines de la vida individual y la segunda a la vida colectiva.

Esta distinción no es aceptada, lamentablemente, por la teoría predominante del derecho civil, aunque va acompañada, como veremos ahora, de importantes consecuencias jurídicas. La primera referencia a ella pertenece a Iering, aunque de este jurista hay que decir que, ni en el curso de sus conferencias, ni en ninguno de sus escritos, se detiene en esta diferencia, no la desarrolla, y sigue en esta respetar la enseñanza dominante, ignorando rasgos de titularidad pública. Mientras tanto, no cabe duda de que tanto la historia del derecho como la legislación moderna nos presentan, además de formas de posesión individual de los bienes del mundo exterior, otras formas de posesión general o social que son completamente diferentes de ellas. Estas formas preceden, en sucesión histórica, a la posesión individual, porque la vida de la humanidad está abierta en todas partes por una tenaz lucha por la existencia, que no puede librarse aisladamente, sino sólo por grupos de individuos unidos entre sí. Por tanto, la propiedad pública, tanto en el campo de la propiedad como de las demás relaciones, fue en un principio la forma dominante de las relaciones jurídicas, y la propiedad comunal de la tierra, como lo prueban nuevos estudios, constituyó en casi todos los pueblos una forma de relaciones territoriales que precedió, en general, a la orden de la propiedad privada. Este último, como producto de la diferenciación de la propiedad y las relaciones sociales, se formó después de un largo proceso histórico de desarrollo y, una vez formado, no suplantó todas las formas de propiedad social de la tierra y otros objetos. Muchas de estas formas aún satisfacen las necesidades esenciales de la vida y no pueden ser reemplazadas por formas de posesión individual. Por tanto, la posesión social no sólo no roza la decadencia, sino que incluso se difunde tanto de forma intensiva como extensiva, y goza del patrocinio del Estado, que debe ver en ella un medio para la mejora moral del individuo y el desarrollo de las aspiraciones sociales. Patrocinado por el poder estatal y recibiendo de él protección legal, la posesión pública debe pues ya considerarse un derecho, aunque se diferencie esencialmente de las formas de posesión individual.

Un rasgo característico de este último es la exclusividad de la ley, el servicio de sus objetivos por una persona autorizada. Esta exclusividad no contradice la propiedad común, o así llamada. copropiedad (condominio): aquí se repite el principio de exclusividad dentro de cada una de las partes en que se divide el bien común. Cada una de estas acciones representa en su composición cualitativa lo mismo que el conjunto de los bienes comunes, que se dividen en acciones sólo en términos cuantitativos y no cualitativos; cada copartícipe en la propiedad común está cerrado en su parte y la posee tan exclusivamente como si fuera un propietario único. Lo mismo debe decirse sobre los llamados. derechos sobre cosa ajena, o servidumbres, atribuidos, según la doctrina imperante, a la propiedad: estos derechos son tan exclusivos como la propiedad.

En contraste con la exclusividad de los derechos individuales, la posesión pública se caracteriza por el hecho de que las cosas a las que se extiende están en uso de toda la sociedad o de grupos separados de esta sociedad, y ningún miembro de ella excluye el uso de otros. miembros por su uso y no tiene tal posesión exclusiva de los objetos de posesión común derechos de los que podría disponer sin el consentimiento de la sociedad, como el propietario de un derecho individual, es decir, venderlo, empeñarlo, contraer obligaciones sobre ella, etc. Por lo tanto, las disposiciones que son válidas para los derechos privados no se aplican a la propiedad de la posesión pública, la posesión, los derechos por obligaciones, la prescripción, etc. Esta es la diferencia importante entre la posesión pública y los derechos individuales, en relación con las peculiaridades de la finalidad, función y protección, de la que hablaremos más adelante, y nos hace singularizar la posesión pública en un grupo especial de derechos, a una institución especial, que se considerará en uno de los departamentos de especial al parte.

C) Derechos reales y obligaciones

La división de derechos en derechos reales y obligaciones fue considerada por los juristas romanos como omnium actionum summa divisio, es decir, como básica y abarcadora de todos los derechos. Y si los "germanistas" discuten sobre si desempeñó el mismo papel en el derecho alemán medieval, incluso si este último lo conocía en absoluto, entonces no hay duda de que desde la recepción del derecho romano esta oposición de derechos no solo ha aceptado, pero también reconocido como exhaustivo para todos los derechos civiles y la doctrina europea, penetrando entonces ambos en práctica judicial, y en la legislación moderna* (305) . La opinión sobre el alcance exhaustivo de esta división de derechos puede considerarse ahora archivada, ya que sólo fue posible en las condiciones de recepción del derecho romano, cuando todo, tanto lo antiguo como lo nuevo, se ponía invariablemente bajo las mismas categorías romanas, pero El desacuerdo en la comprensión de la naturaleza jurídica y los rasgos distintivos de las relaciones de propiedad y obligación no se detiene hasta el día de hoy.

Dejemos de lado la inexactitud ya señalada de atribuir todos los derechos de propiedad y responsabilidad al área exclusivamente relaciones de propiedad y analizaremos, en primer lugar, las definiciones muy comunes en el pasado y repetidas con ligeras modificaciones y nuevos juristas de un derecho de propiedad como un derecho protegido contra todos los terceros, y un derecho de obligaciones - como un derecho protegido solo contra un persona específica dada. Estas definiciones son incorrectas porque, en primer lugar, caracterizan el derecho por su consecuencia, y no por su fundamento, y confunden los conceptos de derechos de propiedad y responsabilidad con categorías más amplias de derechos absolutos y relativos. La categoría de derechos absolutos, caracterizada en realidad, como hemos visto, por la protección absoluta contra todos los que entren en conflicto con ellos, incluye no sólo las relaciones de propiedad, sino también los derechos del individuo y los derechos de la familia y otras uniones sociales contra el mundo que está fuera de ellos, y muchos otros derechos - así como en la categoría de los derechos relativos limitados por la protección de las personas que se encuentran en esta relación jurídica, existen, además de las obligaciones, otros derechos, por ejemplo, los derechos de los miembros individuales de una unión familiar en sus relaciones recíprocas, etc. Por tanto, aun suponiendo que la acción contra terceros en derechos reales ah y la acción contra determinada persona en los derechos de las obligaciones constituyen las propiedades reales de estos derechos, entonces serán propiedades que las relaciones reales y de obligación comparten con muchas otras y que por tanto no pueden dar su rasgo distintivo. Las relaciones reales y de obligación serán tipos de conceptos genéricos de derechos absolutos y relativos y no podrán distinguirse entre sí por el rasgo señalado en los conceptos genéricos.

En segundo lugar, la caracterización de la acción de un derecho real como acción contra todo tercero requiere, en todo caso, una modificación en el sentido de la limitación territorial de esta acción, esto es, su limitación al círculo de personas sujetas a un orden jurídico dado. De lo contrario, sería absurdo incluir en la definición de derechos tal momento que no existe y no puede existir. Parecería como si los negros en África o los malayos en Polinesia estuvieran obligados a abstenerse de violar mi derecho real en Petersburgo, del que nunca habían oído hablar y probablemente nunca lo harían, y que, por lo tanto, nunca podrían haber violado por ellos. .

En tercer lugar, ni la protección frente a terceros, aunque acompaña a la mayoría de los derechos reales, ni la protección frente a ésta persona, que acompaña a la mayoría de los derechos de obligaciones, no da un criterio para estos derechos, ya que hay derechos reales que están limitados en su efecto frente a terceros, así como hay derechos de obligaciones que están protegidos frente a terceros, y el número de ambos derechos está en constante crecimiento. En el primer caso, se puede referir a los derechos sobre bienes muebles, protegidos por demandas de responsabilidad, ya los derechos ejercidos por los llamados. "acción pública" (actio publiciana), que conoceremos en la doctrina de la propiedad y que no puede ejercitarse ni contra el dueño de la cosa en litigio, ni contra otros con derecho a la misma pretensión. En el segundo caso, se pueden señalar las obligaciones inscritas en los libros de hipoteca, algunos de los deberes patrimoniales (Reallasten), el derecho de prenda y otras relaciones de obligación realizadas mediante títulos de propiedad.

Todas las consideraciones anteriores pueden volverse también contra la doctrina ahora dominante y presentada principalmente por Windshade, que, negándose aparentemente a definir el derecho real como un derecho protegido frente a todos los terceros, ve sin embargo todo su contenido en la obligación negativa de terceros a no entrar en conflicto con ella y a abstenerse de cualquier influencia no autorizada sobre su objeto * (306) . Esta definición converge, en esencia, con la anterior y detrás del lado negativo del derecho de propiedad, en el que es imposible no ver la misma protección universal contra todos y todos, la pierden de vista. lado positivo, que tiene un valor decisivo para lo negativo y consiste en el derecho inmediato a la cosa misma que le sirve de sujeto. Con la propiedad, que es el tipo principal de derechos reales y una forma de dominación sobre todos los aspectos de una cosa en su totalidad, esta inmediatez de la ley en una cosa aparece en la influencia integral del propietario sobre su cosa (res mea est) , en la medida en que tal influencia esté permitida por la ley y sea compatible con la función social de la propiedad; bajo servidumbres que nos dan formas de dominio parcial sobre los aspectos individuales de la utilidad de una cosa, la misma inmediatez de la ley se manifiesta en el paso o paso por la ajena parcela, pasar agua a través de él, etc. Y si la doctrina dominante ve en el derecho de propiedad sólo su aspecto negativo, es decir, una prohibición de la ley objetiva y una defensa contra todos y todos, entonces no podemos sino estar de acuerdo con Dernburg cuando fecha esta visión en una falsa comprensión de la ley en el sentido subjetivo. “Quien identifique”, leemos en sus Pandects, “el derecho en el sentido subjetivo con la permisibilidad de la voluntad (Wollendürfen), debe llegar a la conclusión junto con Windsheid de que lo permitido sólo puede hablarse en relación con las personas, y no a las cosas Quien, junto con nosotros, ve la participación en los bienes de la vida en el derecho subjetivo, debe estar de acuerdo en que esta participación se expresa, ante todo, en los derechos a las cosas "* (307).

Así, la cualidad del derecho tiene como sujeto inmediato la cosa, y el influir en ella por todos los medios permitidos es el rasgo principal del derecho real, y su protección absoluta es sólo una consecuencia de esta cualidad* (308) . Es también, y en modo alguno una defensa absoluta, lo que explica la diferencia entre relaciones de propiedad y obligaciones. El derecho real no depende en su existencia de nadie, sino de la persona autorizada por él y del ordenamiento jurídico objetivo; existe sin la mediación de ninguna otra persona o cosa; entre el autorizado y el sujeto de su derecho aquí no hay nadie ni nada. Por el contrario, el derecho de las obligaciones se caracteriza sobre todo por el hecho de que entre su sujeto autorizado y el objeto del derecho vemos a una persona que no puede ser objeto del derecho, siendo su sujeto pasivo u obligado. La finalidad del derecho de las obligaciones sólo se logra por la mediación de este sujeto obligado, y no se trata de la inmediatez de la relación entre el autorizado y el sujeto de su derecho. Se obtiene el artículo. o el interés que subyace al derecho de las obligaciones se satisface sólo por la acción u omisión del sujeto obligado (deudor), lo que por tanto, contrariamente a lo que vemos en las relaciones reales, entra en el concepto mismo del derecho de las obligaciones.

El origen de la diferencia señalada radica en que, ampliando el ámbito de la vida personal para satisfacer nuestras necesidades, utilizamos los beneficios del mundo exterior de dos formas: o poseyéndolos directamente, o recurriendo a la cooperación de otros para adquirir estos mismos beneficios. En el primer caso, obtenemos un derecho real y una relación directa con la cosa, detrás de la cual la relación con tal o cual persona pasa a un segundo plano y sólo se revela cuando el derecho es violado; en el segundo - derecho vinculante y la relación directa con la persona relegando a un segundo plano la relación con una cosa * (309) .

De aquí se sigue la diferencia en la protección de los derechos reales y los derechos de las obligaciones, perfectamente explicada por Ton en la obra más de una vez citada, que si bien se sitúa en un punto de vista puramente formal de la diferencia de los derechos sólo en términos de su protección, contiene sin embargo un brillante análisis de estos derechos.

La diferencia en la protección de las relaciones reales y de obligación se reduce a la diferencia entre normas prohibitivas y cautelares. La protección de las relaciones de propiedad se refiere al uso de los beneficios ya existentes y determinados que están en posesión dineraria del sujeto protegido. La tarea de la ley objetiva en relación con este tipo de posesión es protegerla de las intrusiones de personas no autorizadas. El derecho objetivo no puede lograr este fin sino prohibiendo la posesión por parte de otro de cosas que ya están en posesión de un sujeto autorizado. Tal prohibición debería ser universal, ya que cualquiera puede violar la relación real. Si esta prohibición no fuera universal, si se aplicara a una o varias personas, entonces todas las demás personas libres de la prohibición podrían violar esta posesión y hacer ilusoria su protección. Por tanto, las normas prohibitivas protegen el goce de los bienes pecuniarios frente a todos los terceros, y en esta naturaleza de las prohibiciones dictadas por el derecho objetivo radica la explicación de la absolutidad de los derechos reales.

De diferente naturaleza son las demandas positivas u órdenes dictadas por la ley objetiva. Al ordenar algo, obviamente quiere un cambio en el orden existente de relaciones. El estado que surge después de la ejecución de la orden parece al derecho objetivo ser preferible al estado que le precede; de lo contrario no habría emitido la orden. La protección de la ley se refiere aquí no al presente, sino al estado futuro, causado por la ejecución de la orden. Por lo tanto, a diferencia de las prohibiciones que protegen beneficios ya existentes y presentes, las órdenes buscan entregar estos beneficios en el futuro, protegiendo no dinero en efectivo, sino beneficios hipotéticos o intereses que yacen en el futuro. Esto hace evidente por qué los derechos derivados de obligaciones basadas no en el presente, sino en la posibilidad de un uso futuro, están protegidos no por prohibiciones, como los derechos reales, sino por órdenes que no son oponibles a todos, sino sólo a las personas que están obligados a prestar tal o cual uso: estas personas por sí solas pueden o no satisfacer el interés que constituye el objeto del pedido* (310).

Así, en la disputa entre Zoma y Brinz* (311), se aclaró el siguiente signo de la diferencia entre relaciones de propiedad y de obligación. El centro de gravedad del primero está en las acciones de la persona autorizada, el segundo, en las acciones de la persona obligada. Las relaciones de propiedad están determinadas por la posición de la persona autorizada o del actor, y las obligaciones del demandado son aquí negativas: este último solo está obligado a no atacar el derecho de propiedad dado, a no violarlo. Por el contrario, en las obligaciones, el demandado está obligado a actuar con independencia, sin lo cual no se habría logrado el objeto de la obligación. Allí, la posición del imputado es pasiva: no sólo debe violar el derecho ajeno, y si lo ha violado, también debe permitir pasivamente su restablecimiento; el papel activo no le pertenece a él, sino a la persona autorizada. Aquí, es decir, en las obligaciones, la posición del demandado es activa: todo el contenido del derecho se reduce a sus acciones, y nada se requiere de la persona autorizada, excepto presentar una demanda. Por lo tanto, la diferencia entre las relaciones reales y las de obligación radica en el hecho de que las acciones en las que se realiza el objetivo final del derecho se encuentran en un caso del lado del titular del derecho y en el otro, del lado de la persona obligada. .

Sin embargo, no hay duda de que los derechos reales y las obligaciones se condicionan mutuamente y, a menudo, se transmiten entre sí. Ya hemos señalado los derechos de propiedad, que, por así decirlo, han perdido su carácter de propiedad en el tránsito de la protección absoluta a la relativa. Pero esta transición se explica, como veremos en la parte especial del curso, por las exigencias de la circulación civil moderna y no siempre significa la pérdida de un carácter de propiedad por parte de estos derechos -ya que su objeto sigue siendo una cosa dineraria-. , y no una acción realizada sólo en el futuro. Del mismo modo, las obligaciones, que en muchos casos tienen por objeto la misma posesión real, que sirve de sujeto a los derechos de propiedad, siguen siendo, sin embargo, obligaciones, ya que no tienen directamente por objeto una cosa, sino sólo en la medida en que que está en relación con la acción del sujeto obligado. Esto no impide que algunas de las legislaciones más recientes, que adoptan un punto de vista económico, consideren tales obligaciones como medios de adquisición de bienes (jus ad rem) en lugar de obligaciones.

A pesar de estos fenómenos relacionados, la distinción entre derechos reales y derechos de obligaciones sigue siendo de gran importancia en la actualidad, contribuyendo a la fuerza de la circulación civil. Y la relación directa con la cosa, el efecto absoluto de la pretensión y el papel activo del autorizado siguen caracterizando si no todos, sí la gran mayoría de los derechos reales, así como la relación directa con la persona, el efecto relativo de la la pretensión y el papel activo del obligado constituyen también en el derecho moderno rasgos distintivos de la gran mayoría de los derechos de las obligaciones.

D) Derechos de familia y herencia

Los derechos de familia suelen denominarse derechos en la personalidad ajena, distinguiéndolos en este sentido tanto de los derechos en la propia personalidad, como de los derechos reales y obligaciones, algunos de los cuales, como ya se ha demostrado, tienen por objeto una cosa, mientras que otros no son tanto una persona. , cuántas de sus acciones individuales, recibiendo objetividad, es decir, significado objetivo, y, por así decirlo, separándose de la personalidad misma. Al mismo tiempo, afirman que ley familiar parecen relaciones no tanto jurídicas como morales, en las que predominan los deberes más que los derechos, que no existen por sí mismos, sino por los deberes, y que el sujeto de estos derechos es una personalidad ajena no en su totalidad, sino sólo en una parte precisamente limitada de sus esferas personales; por tanto, contrariamente a la idea romana, los derechos de familia son ahora tan recíprocos que estamos hablando no sólo de los derechos del padre y del marido en relación con los hijos y de la mujer, sino también de los derechos de los hijos y de la mujer en relación con la padre y esposo* (312). Todas estas afirmaciones deben corregirse de la siguiente manera.

En primer lugar, la definición de los derechos de familia en el sentido de derechos sobre la personalidad ajena, así como la definición de los derechos individuales en el sentido de derechos sobre la propia personalidad, es consecuencia de la extremadamente exagerada y transmitida a la jurisprudencia alemana moderna por Puchta el deseo de una pretensión a toda costa de ser objeto de cualquier derecho y de distinguir todos los derechos sólo sobre la base de una diferencia en su objeto. Pero por importante que sea la categoría de objeto del derecho y por fructífera que sea su aplicación a la diferencia, por ejemplo, las relaciones de propiedad y de obligación con sus diversas subdivisiones, no importa al menos para los derechos del individuo. Lo mismo puede decirse de los derechos de familia, cuya definición en el sentido de dominación -igual, integral o parcial- de una persona sobre otra, contradice, al menos, la conciencia jurídica moderna. Por lo tanto, encontraríamos más correcto definir los derechos de familia simplemente como los derechos de la unión familiar en relación con el mundo exterior, y el derecho de los miembros de esta unión en relación unos con otros. Los derechos de una unión familiar en relación con el mundo exterior serían absolutos, ya que exigen su reconocimiento por todos y cada uno, y los derechos de los miembros individuales de esta unión entre sí serían relativos, ya que se limitan al círculo de estas personas, como, por ejemplo, los derechos mutuos de los cónyuges, padres e hijos, etc. Muy probablemente consideraríamos estos y otros derechos como derechos individuales, en la medida en que su posesión esté relacionada con la pertenencia a una unión familiar, y la presencia de un elemento de propiedad en algunos de estos derechos nos parecería tan poco contrario a su carácter personal, como la presencia del mismo elemento en otros casos de derechos individuales. Tal punto de vista también establecería la diferencia entre los derechos de familia y los derechos de obligación, no sobre la base de un signo sutil de dominio limitado sobre la personalidad de otro en un caso y el mismo dominio limitado sobre una acción aislada de ella en otro caso, pero por la diferencia entre los derechos individuales con su carácter estrictamente personal, duradero y no patrimonial, de los derechos a las acciones individuales de origen aleatorio, independientes de la calidad del individuo y calculadas, en su mayor parte, para una existencia transitoria. El mismo punto de vista explicaría mucho más claramente todas las características de los derechos de familia: la penetración mutua de elementos de ley y obligación, el comienzo del poder y la subordinación jerárquica, la intransferibilidad por herencia, la inalienabilidad, etc.

En segundo lugar, es difícil estar de acuerdo con tal caracterización de los derechos de familia, que insiste en la subordinación del deber a la ley en ellos. Nos inclinamos más bien a la opinión de Kipp de que la relación de la obligación con el derecho es aquí la misma que en otros derechos subjetivos, cuya base moral no hace temblar la proposición de que, en los casos en que ciertos derechos se otorgan a un lado y ciertos deberes son impuestos al otro, los derechos se establecen en beneficio del facultado, y no en beneficio del sujeto obligado. Lealtad a esta palabra relaciones contractuales y la retribución del daño causado constituyen también un deber moral, que recibe reconocimiento externo por parte del derecho objetivo y por ello entra en las relaciones jurídicas correspondientes. Lo mismo sucede en el campo de las relaciones familiares, y se llama una regulación especial, que se diferencia de la regulación de otras relaciones sólo en el sentido material, y no en el formal* (313). y si en relaciones familiares Nos encontramos más a menudo que en ningún otro lugar con definiciones fallidas del derecho positivo, confundiendo normas jurídicas con enseñanzas morales desprovistas de sanción jurídica, esta circunstancia no impide que las primeras sigan siendo normas jurídicas reales y no confiere a las segundas carácter jurídico.

En cuanto al derecho sucesorio, también debe determinarse, contrariamente a la tradición establecida, no por su materia, que suele verse en la totalidad de las relaciones jurídicas dejadas por el causante, sino por otro principio de clasificación, que es la transmisión o sucesión de derechos. Y esto se debe a que la tarea principal del derecho de sucesiones es regular la transferencia de bienes de los muertos a los vivos, y en absoluto distinguir partes constituyentes esta propiedad. La peculiaridad de esta regulación en el derecho de sucesiones radica en que todos los derechos y obligaciones que subsisten después del causante se consideran como un todo (propiedad en el sentido jurídico) y, como un mismo todo, se transfieren por un solo acto a uno o más herederos. Tal transferencia holística de todos los derechos y obligaciones de una persona a otra se denomina sucesión universal, en contraste con la transferencia de derechos y obligaciones individuales, denominada sucesión singular, y el primero de estos tipos de sucesión es especialmente característico del derecho sucesorio precisamente porque no se reconoce en las relaciones "entre vivos" (inter vivos), en la medida en que la propiedad se piensa aquí como la unidad de todos sus derechos constitutivos, presentes y futuros: privándonos de la propiedad en este sentido durante la vida, perderíamos una importante parte de nuestra capacidad jurídica y negaríamos nosotros mismos nuestra personalidad. A partir de aquí ya es posible llegar a las siguientes conclusiones, que son de fundamental importancia para el derecho de sucesiones.

a) El derecho de sucesiones se compone principalmente de derechos de propiedad, aunque puede contener algunos derechos personales y familiares, en la medida en que permitan la herencia. Pero la importancia de estos últimos en la herencia es comparativamente insignificante, y la regulación de los derechos de propiedad que quedan después del difunto es, sin duda, el principal objetivo del derecho de sucesiones. Por lo tanto, no sólo pertenece ley de Propiedad, pero también sirve como una de las garantías esenciales para este último. ¿Cómo imaginar celebrar contratos en las condiciones modernas sin la certeza de que sobrevivirán al deudor?

b) El derecho de sucesiones, como institución en virtud de la cual la propiedad de los muertos pasa a los vivos, es, ante todo, parte integrante del derecho objetivo, pero también se toma en el sentido de un cierto conjunto de derechos. y obligaciones de los particulares. Y estos derechos y obligaciones no están unidos en su concepto, como lo está la herencia en el sentido de un derecho objetivo. Por el contrario, se dividen en las siguientes categorías: 1) el derecho a este último (por así decirlo, el derecho a adquirir la herencia) que existe antes de la adquisición de la herencia, 2) el derecho a la posición de heredero que surge de la adquisición de la herencia, y 3) con base en la misma adquisición el derecho a proteger la herencia* (314) . Este último derecho se ejerce principalmente mediante una acción denominada hereditatis petitio y que va, en primer lugar, al reconocimiento del reclamante como heredero, y luego a la entrega de todos los bienes hereditarios a su favor, si están en manos no autorizadas. Por lo tanto, la hereditatis petitio es sin duda absoluta y universal, pero no una acción real, como a veces se considera. El derecho real tiene por objeto una cosa, y el hereditario tiene por objeto reconocer la calidad de heredero y emitir bienes hereditarios, que no son una cosa, sino un conjunto de derechos y obligaciones. Por lo tanto, todos ley de sucesiones puede considerarse absoluta, pero no real: no depende de la actuación de ningún extraño, y la pretensión de la propiedad hereditaria es sólo consecuencia del reconocimiento de la calidad de heredero por parte del demandante. En este sentido ya el derecho sucesorio puede ser catalogado como los derechos de la persona* (315) .

D) Privilegios

De los derechos que nacen en virtud de la ley como norma general y abstracta, es necesario distinguir los derechos fundados en actos individuales y específicos del poder legislativo y administrativo; esta es una vasta área de privilegios.

El derecho consuetudinario para el establecimiento de los derechos civiles puede formularse de la siguiente manera: la voluntad de una persona privada, actuando dentro y sobre la base del orden jurídico objetivo existente, es autónoma en relación con los derechos que crea; al crear estos derechos, se basa en una regla abstracta ya existente aplicable en todos los casos de implementación de las condiciones reales que proporciona. Pero es posible que los actos concretos también compitan con la voluntad privada en el establecimiento de derechos subjetivos. el poder del Estado. El poder estatal actúa en estos casos junto con la voluntad privada o independientemente de ella y crea derechos subjetivos por sus actos individuales, que no tienen significado general y diseñado solo para este caso. Los actos de este tipo y los derechos que en ellos se basan suelen denominarse privilegios, y la complicidad del poder estatal en el establecimiento de estos derechos es la base de todos los privilegios. Sin embargo, la naturaleza jurídica de estos últimos sigue siendo controvertida y requiere aclaración.

1. En primer lugar, no se debe confundir los privilegios como posición exclusiva otorgada individualmente a una o más personas, una o más cosas y una o más relaciones jurídicas, con la misma posición exclusiva otorgada a clases enteras de personas, cosas y relaciones: no individualmente, sino reglas de derecho abstractas. Sólo los privilegios de la primera especie son privilegios reales, o privilegios en sentido estricto, establecidos por actos individuales del poder del Estado, mientras que los privilegios de la segunda especie, también llamados privilegios en sentido amplio, o privilegios abstractos, no serán privilegios reales, aunque sólo sea porque no están establecidos por actos individuales. testamento del estado, sino por las disposiciones de la ley singular, obrando dentro de los límites de su aplicación tan abstractamente como la ley. A pesar de esta diferencia significativa, los juristas romanos llamaron privilegios y todas las disposiciones singulares de la ley, que constituían una desviación de la regla general, del jus o regula juris, en favor de alguna categoría especial de personas o relaciones que recibían regulación exclusiva. En este sentido, los nuevos juristas se desvían de la terminología romana, llamando privilegios sólo a aquellos derechos subjetivos que son establecidos por actos específicos del poder estatal, o al tipo de privilegios que fue creado en el derecho romano por los llamados. constitutio principis personalis, que caracterizó la formación del derecho individual, en contraste con la lex o constitutio generalis como forma de formación del derecho general. Los privilegios abstractos ya no se llaman privilegios, sino un derecho especial o exclusivo, jus singulare, en alemán - Sonderrecht. Preferimos el uso romano, porque si los privilegios abstractos difieren de los privilegios concretos en el rasgo antes mencionado, entonces convergen con ellos en cuanto se apartan igualmente del derecho regulado por normas generales.

La evasión del derecho consuetudinario puede ser tanto ventajosa como desventajosa para las personas a favor o en contra de las cuales se establece. En este último caso, los privilegios se denominan odiosos (priv. odiosa), y tenemos un ejemplo de tales privilegios incluso en la actual ley francesa sobre la expulsión de Francia de miembros de todas las dinastías que gobernaron anteriormente en este país. Pero tales privilegios son generalmente raros; contradicen el uso habitual de la palabra y no se establecen sino por actos legislativos. Por tanto, no se tienen en cuenta cuando se habla de privilegios, que en la inmensa mayoría de los casos implican un privilegio y un derecho preferente para quien los utiliza (priv. favorabilia).

Tal privilegio puede establecerse por una regla de derecho singular en relación no sólo a ciertos grupos de personas, por ejemplo, mujeres, soldados, menores, población rural, etc., como ocurría en el derecho romano (estos casos vienen especialmente cercano a los privilegios en sentido estricto), sino también en relación con composición objetiva de tal o cual derecho, independientemente de cualquier situación personal. Como ejemplos de esos y otros privilegios basados ​​en la ley singular, se pueden citar los privilegios del personal militar que se encuentran en muchas de las legislaciones modernas en relación no solo con el derecho público, sino también con el civil, por ejemplo, en la redacción de testamentos fuera las formas que les prescriben las normas generales. También podemos recordar los privilegios establecidos por la legislación alemana para que los funcionarios desistieran del alquiler de un apartamento en casos de promoción, los privilegios casi universales de los comerciantes en relación con su oficio, los privilegios de los parlamentarios en relación con las malas conductas y los delitos cometidos por ellos. , el derecho del arrendatario a la retención de las cosas traídas por el empleador a su local, sobre los derechos privilegiados de los acreedores en la competencia sobre el deudor, sobre el privilegio del trabajador en relación con su salarios, contra el cual la ley alemana no permite ni la compensación de las reconvenciones del empleador, ni la recuperación de otros acreedores, al menos en la cantidad de dos semanas de alimentos para el trabajador y su familia. Citemos también la disposición del derecho romano, según la cual el usucapio, o posesión prescriptiva, continúa su curso sin interrupción alguna, incluso con hereditas jacens, es decir, ese estado de herencia, que se llama "mentiroso" y se caracteriza por la ausencia de heredero, excluyendo al mismo tiempo y la posibilidad de la propiedad.

En todos los ejemplos citados no vemos una contradicción a los principios del derecho con sus consecuencias lógicas, que muchos juristas aún atribuyen a todas las disposiciones del derecho singular, sino el resultado de resaltar un rasgo fáctico especial de alguna norma de contenido general. , cuya presencia provoca consecuencias jurídicas especiales que difieren de las consecuencias de una norma general que no incluye este rasgo fáctico. Por ejemplo, derecho romano en su forma desarrollada, requería la celebración de contratos que incluían obligaciones de donación, pero si las partes contratantes eran cónyuges, entonces la donación se declaraba nula y sin efecto. El propietario tiene derecho a enajenar su cosa; pero si esta cosa es un fundus dotalis, es decir, tierra que forma parte de la dote de la mujer, que es propiedad del marido, entonces la enajenación está prohibida. Los fiadores en caso de incumplimiento del deudor están obligados a cubrir sus obligaciones; pero si el fiador es una mujer, entonces ella está libre de esta obligación. Casos similares pueden señalarse en el derecho moderno. Los derechos derivados de las obligaciones pueden, por regla general, transferirse por contrato a otras manos; pero las obligaciones con algunas características específicas son intransferibles. La redacción de testamentos requiere ciertas formas, cuya omisión los hace nulos; pero a bordo de un barco que navega lejos de nuestras costas patrias, también se pueden hacer testamentos en formas especiales, muy simplificadas, etc.

Así, las ventajas o privilegios conferidos por una ley singular -que converge en este sentido con una ley especial o especial- no son más que las consecuencias jurídicas que eluden la operación de alguna regla demasiado generalizada de otra regla menos generalmente expresada, que, todas las demás condiciones siendo iguales, contiene algunos circunstancia de hecho, ausente en la norma general y provocando distintas consecuencias de la misma. Y esto, al posibilitar una satisfacción más justa de las diversas necesidades de la vida, explica tanto la importancia como la acción ininterrumpida tanto del derecho singular como de los privilegios fundados en él* (316) .

2. Los privilegios en sentido estricto son también ventajas notorias, que se apartan en su contenido de las consecuencias jurídicas de las normas generales, pero difieren de los privilegios antes considerados en sentido amplio y se caracterizan especialmente por su modo de realización. Esta forma de surgir consiste, como ya hemos señalado, en un acto individual del poder estatal, cuya consecuencia, sólo en el caso previsto por él, es un privilegio en el sentido estricto de la palabra. Pongamos a modo de ejemplos: la condecoración a cualquier persona de la nobleza y otras distinciones; emisión de concesiones ferroviarias y de otro tipo; otorgar a tal o cual persona un derecho preferente de uso en algunas aguas públicas para la construcción de un molino, instalaciones de riego, etc.; el otorgamiento de capacidad jurídica a alguna asociación que no pueda hacer uso de ella en virtud de las normas abstractas del derecho común o singular; exención de cualquier carga, por ejemplo, fiscal; dar a alguien empresa industrial el derecho de expropiación, es decir, la adquisición forzosa de terrenos conocidos para la construcción de un camino, un canal, etc.: En todos estos casos, sin duda nos encontramos con el establecimiento de uno u otro derecho de prioridad; pero como no todo derecho de suscripción preferente se basa en un privilegio, sino que puede basarse, como se ha demostrado, en las normas singulares del derecho abstracto, entonces los privilegios en sentido estricto deben distinguirse de otros derechos de suscripción preferente según el modo de ocurrencia que les sirve la formación jurídica individual.

Pero, ¿cómo entender tal formación jurídica y dónde ver su fundamento jurídico? Al responder a estas preguntas, las opiniones de los abogados difieren. Pukhta y Brinz, junto con sus numerosos seguidores, pensaban que los privilegios no pueden basarse en ningún derecho objetivo y que dependen enteramente del poder y voluntad de los cedentes, es decir, de quienes los otorgan. Pero si un privilegio es un derecho y produce consecuencias jurídicas, entonces debe relacionarse con el orden jurídico existente, y el otorgante del privilegio, si resulta ser incluso un monarca absoluto, no puede dejar de ser considerado como tal. una persona dotada de ciertas cualidades jurídicas.

Otra opinión, adoptada especialmente en la antigua jurisprudencia, consideraba que la base de los privilegios era un acuerdo entre el jefe del Estado y la persona que recibía el privilegio, y por tal justificación quería proteger los privilegios de la arbitrariedad del poder estatal. Pero ahora se ha abandonado esta opinión en vista de que se reconoce como incorrecto trasladar la teoría del contrato estatal a la relación entre un particular y el poder estatal, y, entonces, el contrato sólo puede servir como incentivo, y no como base de privilegios, que son siempre actos unilaterales del poder estatal. Esto se puede ver, por ejemplo, en las leyes que rigen la posición de la Iglesia Católica sobre la base de concordatos con la Curia romana, o en las leyes aduaneras emitidas en relación con los tratados comerciales entre dos o más estados.

Finalmente, de acuerdo con la visión ahora dominante, los privilegios son actos legislatura, estableciendo los derechos subjetivos como excepciones a la regla general. La legislación establece, según esta visión, normas tanto abstractas como específicas, confiando en algunos casos, con el fin de facilitar su tarea, el establecimiento de normas específicas por otro órgano de gobierno. De ahí la división de los privilegios en legislativos y administrativos. Pero en ambos casos se considera que la base de los privilegios es una ley excepcional, independiente de la norma general y tan necesaria como suficiente para el concepto de privilegio.

Stammler se rebela con razón contra este punto de vista, señalando su contradicción con el concepto de derecho y la característica más esencial de este concepto. La ley es, ante todo, un poder externo que exige la sumisión de todos y se diferencia de la arbitrariedad precisamente en que todos la obedecen, incluidos aquí los órganos legislativos, al menos hasta que la ley existente sea anulada o sustituida por otra. El derecho debe seguir siendo derecho, y si se elude en casos individuales, dejándolo en su conjunto no abolido, entonces ya no será derecho, sino violación del derecho y arbitrariedad, venga de quien venga tal elusión: monarca absoluto, parlamento o democracia directa. Sería vano pensar que los cuerpos legislativos no pueden cometer violaciones de la ley. Su derecho a legislar todavía no convierte en derecho cada orden emitida por ellos. Orden arbitrario, dictado fuera del orden establecido para la expedición de las leyes, y modificando ley actual sólo para un caso particular, no llega a ser legal porque proviene de órganos a los que se les ha concedido el derecho de cambiar el derecho sólo en la forma prescrita para ello. Si, por ejemplo, la ley actual prohíbe la creación de privilegios en la protección de los derechos de autor, entonces tal privilegio no puede ser creado por la ley ni por las autoridades legislativas. Para la legitimidad de tal privilegio, se requeriría una ley especial para abolir su prohibición.

Con la misma razón, en nuestra opinión, Stammler objeta el concepto mismo de los privilegios legislativos, señalando que la actividad de los órganos legislativos, cuando se establecen, no es legislativa, sino administrativa. De hecho, los privilegios establecidos por la ley - esta categoría puede incluir, por ejemplo, el privilegio de sucesión al trono a favor de los hijos nacidos en un matrimonio morganático, el privilegio de los derechos corporativos, la expropiación, etc. en casos no previstos por la ley y ya por lo tanto, requiriendo una sanción legislativa especial- estos privilegios siguen diferenciándose en su especificidad de los derechos que tienen su fundamento en la ley, y no pueden prescindir de la norma jurídica que permite establecerlos. Y consideramos especialmente indiscutible esta posición que corresponde al concepto de generalidad de la ley antes explicado que ya excluye en sí misma la función legislativa de la potestad que establece tales privilegios* (317) .

Todas las objeciones levantadas contra la doctrina predominante serán eliminadas por sí mismas si admitimos, junto con Stammler, que todo privilegio presupone un derecho permisivo. norma juridica y no hay nada menos que la implementación de tal norma. El derecho objetivo considera posible admitir excepciones en ciertos sentidos a las normas generales establecidas por él, y estas excepciones se convierten en privilegios precisamente porque están permitidas y en la medida en que lo están por el derecho objetivo. Por tanto, es necesario introducir en el concepto de privilegio, además de los dos elementos aceptados por la doctrina imperante: la norma excepcional y su acción excepcional, un tercero, a saber, la norma sobre la admisibilidad de uno u otro tipo de privilegios, es decir, la posibilidad de desviación en una u otra dirección del derecho consuetudinario. Entonces recibiremos la siguiente definición de privilegio: será el acto individual del poder del Estado dirigido al establecimiento de cualquier derecho de suscripción preferente en virtud de la norma que permite el establecimiento de tal derecho de suscripción preferente* (318).

3. Los privilegios son necesarios porque la legislación y otras fuentes de normas generales no pueden satisfacer todas las exigencias que les impone la vida. Cada regla general, aunque sea un derecho exclusivo (jus singulare), puede resolver, sin pecar contra la justicia, sólo un número limitado de casos de ese complejo de fenómenos ilimitado en su posibilidad, que toma sólo en sus características genéricas y medias. cifras. En ambos lados de estos casos, quedan cuestiones que no pueden ser resueltas satisfactoriamente por normas elaboradas de manera puramente propósitos técnicos aplicación posiblemente fácil y segura. Y cuanto más fuerte y más consciente se esfuerza la sociedad por llegar a un orden legal justo, más a menudo recurre a la ley y los privilegios singulares como uno de los medios para lograr en cada caso aparte aquella que sea más acorde con la idea básica del derecho. Por ejemplo, la sociedad en ciertos casos sacrifica el principio de propiedad y priva al propietario de su derecho, transfiriendo este derecho incluso a otra persona, si el propietario dado se retira a su derecho o se opone a empresas que son beneficiosas para todos, como la construcción de un ferrocarril, o amenace el uso de su propiedad para la vida, la salud y otros beneficios esenciales. Sería igualmente injusto que los derrochadores y borrachos empedernidos no fueran limitados en su capacidad, o que los concesionarios que no cumplieran con sus obligaciones no fueran privados de sus concesiones, o que una institución caduca y sin propósito no fuera clausurada o transformada por el poder estatal. . Por lo tanto, no debe sorprendernos que, aunque la abundancia de privilegios caracterice épocas de un estado de derecho relativamente subdesarrollado, como, por ejemplo, la Edad Media, y nuestro tiempo, por el contrario, se esfuerce por la equiparación de derechos y la regulación de los derechos legales. relaciones sobre la base de normas generales - todos los privilegios - tampoco desaparecen en el derecho moderno, revelando más bien una tendencia hacia un mayor desarrollo.

Se suprimen los privilegios contrarios al nuevo sentido de la justicia, como los privilegios de clase, pero se introducen otros que individualizan y suavizan el rigor y estereotipo de las normas generales, por ejemplo, privilegios para las clases trabajadoras, las mujeres embarazadas, los miembros de parlamento, etc. Y si muchos de los privilegios anteriores, como derechos de autor, derechos de invención, privilegios universitarios, ciertas ventajas sociedades anónimas etc., han caído en desuso sólo porque ahora son elevados al nivel de derecho consuetudinario, entonces esta circunstancia ya habla de que los privilegios juegan un papel importante en general en la historia del desarrollo del derecho y que los estados de derecho muy desarrollados la ley no puede prescindir de ellos.*(319) .

4. Rechazando la reducción de todos los privilegios a los actos legislativos como su base común, podemos permitir la división de los privilegios en legislativos y administrativos en el sentido de una diferencia en el orden de su establecimiento. Los fueros legislativos en este caso serán aquellos cuyo establecimiento requiera la participación de legislaturas poder estatal, y administrativo - los otorgados por las autoridades administrativas a través, por ejemplo, de patentes de invención, ciertos tipos de concesiones, etc. Estos últimos privilegios son de particular importancia práctica, y diremos algunas palabras más sobre ellos.

Algunos juristas presuponen actos legislativos además de los privilegios administrativos, pero esto es erróneo porque aquí se trata de las acciones de los órganos administrativos dentro de los límites de la ley existente y el poder que se les otorga, donde la legislación no necesita intervenir en cada individuo. caso de la manifestación de este poder.

Las administraciones participan en acciones legales particulares en dos formas: 1) en forma de solenización o fortalecimiento de actos privados, como vemos, por ejemplo, al insinuar, o asentar en libros judiciales donaciones en exceso de cierta cantidad, inscribir derechos territoriales en libros hipotecarios, hacer notariales actos, etc. etc., y 2) en la forma de otorgamiento de ciertos derechos, cuando el poder administrativo no sólo ilumina los actos privados, sino que también les da fuerza legal, estableciendo ciertos derechos. En cuanto a los derechos que nacen de esta última manera, es necesario nuevamente distinguir entre dos clases.

a) Los derechos civiles ordinarios, establecidos, por regla general, por un testamento privado, un acto privado, se otorgan en determinadas condiciones y por poder administrativo. Tal, por ejemplo, es el derecho de propiedad obtenido por el acreedor prendario sobre la cosa prendada en virtud de la concesión de este derecho por el poder del Estado: la propiedad aquí es la misma que en todos los demás casos, pero se da por el poder estatal. Esto también puede incluir: mayoría de edad sobre la base de un reconocimiento especial de la autoridad estatal establecido anteriormente para este período de tiempo (venia aetatis), legitimación o legalización de los hijos ilegítimos sobre la base de un rescripto u orden de la autoridad gubernamental (emancipatio Anastasiana), el derecho de moratoria”a, o aplazamiento en el cumplimiento de todas o sólo algunas de las obligaciones en tiempo de guerra u otras calamidades públicas, la adjudicación de ciertos derechos corporativos, etc.

b) Los derechos que se encuentran fuera de los límites de la autonomía privada y que no son susceptibles de surgir en su contenido por vía privada, ya están establecidos por actos especiales del poder estatal. Entre los romanos, tales derechos surgieron a través de los llamados. constutio principis personalis, es decir, un decreto imperial especial, y el emperador, combinando en su persona el poder legislativo con el administrativo, enviaba uno y otro en la misma forma de "constituciones". Esta circunstancia indujo a error a la jurisprudencia europea sobre la naturaleza de los privilegios indicados, que fueron reconocidos como legislativos sólo porque no se prestó suficiente atención a la confusión del poder legislativo con el poder administrativo en el sistema estatal del Imperio Romano. En el derecho canónico y alemán, estos privilegios, relativos a relaciones que no estaban sujetas a regulación privada, recibieron un desarrollo especial. Estos incluían: varios tipos de diezmos, así como exenciones de diezmos, excepciones a jurisdicción general, derechos a molinos y otros así llamados. "Bahnrechte", o monopolios industriales, patentes de invenciones de diversa índole, derecho a montar una feria, abrir farmacias, tiendas, etc. Este tipo de privilegios se denominaba especialmente privilegios, y su prosperidad se explica, por un lado, por la estructura económica y estamental de los siglos medios y, por otra parte, el insuficiente desarrollo del pensamiento abstracto, que ascendió a duras penas a la abstracción de las disposiciones generales del derecho. En lugar de la igualdad establecida por estos últimos, prevalecieron las diferencias individuales; en lugar de generalidad en la ley, hay infinitas peculiaridades y, a menudo, monopolios tomados por individuos y clases de individuos. La nueva legislación trata desfavorablemente este tipo de privilegios, ya sea cancelándolos o sustituyéndolos por normas generales o por privilegios que implementen o, al menos, deberían implementar la igualdad no matemática, sino material de las personas en cuanto al uso de sus derechos subjetivos.

En su contenido, los privilegios administrativos, como todos los demás, se caracterizan por una evasión del derecho consuetudinario, que consiste o bien en restringir el público en favor de un privilegiado, o bien en liberar a este último de cualquier obligación que le incumba, por ejemplo, impuesto, servicio de carreteras, jurisdicción general, etc. Una caracterización diferente y más positiva del contenido de los privilegios sería generalmente incorrecta, ya que en sí misma toda relación que necesita definicion juridica puede ser regulada tanto por la ley como por el privilegio. Por tanto, los derechos creados por los privilegios pueden pertenecer a las más diversas clases de derechos: pueden ser derechos públicos y civiles, y en este último caso - propiedad, servidumbre, obligación, deber patrimonial, derecho industrial, poder mercantil, etc. estos derechos, al convertirse en objeto de privilegios, se sujetan a las mismas reglas que los derechos de las categorías correspondientes, con base en la ley. La propiedad, la servidumbre, etc., siguen siendo las mismas nazcan por privilegio o por ley. Por lo tanto, es necesario rechazar las características aprobadas por las teorías anteriores en las formas de aparición y extinción de los derechos basados ​​en los privilegios. Su transmisibilidad por herencia depende también tanto del acto constitutivo del privilegio como del contenido de los derechos establecidos por este acto, pero la sucesión singular, por regla general, no está permitida, es decir, se rechaza en caso de duda. en vista del carácter personal de los privilegios. Igual de errónea es la declaración sobre la terminación de todos los privilegios por renuncia, limitación y abuso de los mismos. La influencia de estas y otras causales de extinción de los derechos a los privilegios está determinada por las características genéricas de los derechos que sirven como sujeto de los privilegios, y no por las formas en que estos derechos surgen.

Por lo tanto, el contenido de los privilegios no puede agotarse mediante composiciones conocidas de hechos y más bien encajará en categorías legales generales, aunque la mayoría de los abogados continúan distinguiendo entre los siguientes tipos de privilegios. Primero, hablan de privilegios afirmativos, o afirmativos, y negativos, o negativos: los primeros se llaman derechos exclusivos frente a terceros, que, es decir, estos derechos, se subdividen a su vez en absolutos, como, por ejemplo, las patentes que excluyen los derechos de todos (estos son los monopolios), y relativos, como, por ejemplo, el privilegio de abrir una farmacia, compatible con el privilegio el mismo contenido de otra persona: los privilegios negativos, también llamados dispensas, son una exención de alguna obligación impuesta por la ley, por ejemplo, este o aquel obstáculo para el matrimonio, esta o aquella carga, por ejemplo, fiscal, jurisdicción general, etc. En segundo lugar, en relación con los titulares de privilegios, existen: a) los privilegios personales (privilegium personae), otorgados a una determinada persona e indisolublemente ligados a ella; b) privilegios reales (privilegium rei), adjuntos a cualquier cosa, de modo que todo el que obtiene esta cosa también recibe el privilegio asociado con ella; c) si esto requiere alguna otra cualidad personal, entonces el privilegio se llama mixto (privilegium mixtum); d) el privilegium causae está asociado a alguna actitud o posición de una persona, por ejemplo, el cargo. En tercer lugar, también se hace una distinción entre privilegios retribuidos y gratuitos (priv. onerosa et gratuita), pero esta distinción ya no importa, ya que es indiferente al concepto de privilegio si vale alguna donación de bienes a la persona dotada de él. O no. Finalmente, en cuarto lugar, la distinción entre privilegios contractuales y no convencionales (priv. convencionalia et non convencionalia) es directamente errónea, pues ya sabemos que todo privilegio es un acto unilateral del poder estatal, y no un contrato* (320)

de la manera más detallada la relación entre los conceptos de derecho subjetivo y el ejercicio del derecho investigado por V.P. Gribanov. Todos los estudios posteriores sobre este tema se basan en el trabajo mencionado anteriormente de V.P. Gribanova "Límites para el ejercicio y protección de los derechos civiles", o representan su crítica.

Comparando el contenido de la ley subjetiva y su implementación, V.P. Gribanov, en primer lugar, identificó las características comunes de los dos conceptos indicados y, en segundo lugar, reveló sus diferencias. Común al contenido y realización del derecho subjetivo de V.P. Gribanov creía que "tanto el contenido mismo del derecho subjetivo como su implementación presuponen un cierto comportamiento de la persona autorizada". Sin embargo, el comportamiento (acción o inacción) en el contenido de un derecho subjetivo y en su implementación es diferente. En primer lugar, es la relación entre posibilidad y realidad. en segundo lugar, es también la proporción de objetivo y subjetivo. Sin embargo, un elemento significativo de subjetividad está presente en el contenido del derecho (cuando el derecho se establece, por ejemplo, mediante un contrato), y un elemento de objetividad está presente en su implementación, cuando el proceso de ejercicio de un derecho subjetivo es regulada por las normas del derecho objetivo. Es que los principios objetivos prevalecen en el contenido del derecho, mientras que los principios subjetivos prevalecen en el ejercicio del derecho. En tercer lugar, la relación entre el contenido y la realización de los derechos subjetivos es la relación entre lo general y lo específico, el tipo general de comportamiento y las formas específicas de su manifestación. Finalmente, "el contenido de la ley, por así decirlo, caracteriza la ley en su estado estático, mientras que el ejercicio de la ley es un proceso dinámico de su desarrollo, su implementación". *(21) .

Aunque V.P. Gribanov, esto no se expresa directamente, el derecho subjetivo, de acuerdo con su posición, es un cierto patrón de comportamiento. Las características funcionales de este modelo están determinadas por el contenido de la ley subjetiva. El ejercicio del derecho es la práctica proceso real, que fue descrito en el modelo legal ideal.

En paralelo con V.P. Gribanov abordó los problemas del ejercicio de los derechos subjetivos por parte de varios autores de Saratov, en particular S.T. Maksimenko y V. A. Tarjov. Las ventajas de las obras de estos autores incluyen el hecho de que consideraron la institución del ejercicio de los derechos civiles subjetivos no en relación con los problemas de los límites del ejercicio de los derechos y el abuso del derecho, como suele ser el caso. Vale la pena estar de acuerdo con S.T. Maksimenko que abordar las cuestiones del ejercicio de los derechos subjetivos solo en la medida en que sea necesario para resolver uno de los problemas más interesantes del derecho civil, el problema del abuso de la ley, empobrece a esta institución y deja una gran variedad de cuestiones de grave interés científico y importancia práctica inexplorada *(22) . Entre tales preguntas debe estar relacionado con la relación procesos de ejercicio del derecho civil y cumplimiento de las obligaciones civiles, problema lugares del derecho subjetivo y de la obligación subjetiva en el mecanismo de regulación jurídica Finalmente, la cuestión de la relación implementación de la ley subjetiva e implementación de las normas de la ley objetiva. Las preguntas sobre la relación entre la institución del ejercicio del derecho e instituciones tales como la capacidad jurídica, la responsabilidad civil, los intereses legítimos y la condición jurídica de un sujeto de derecho civil también son interesantes, pero van mucho más allá del alcance de este estudio.

En cuanto a la primera pregunta - sobre correlación entre los procesos de ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones, - entonces aquí, como premisa teórica inicial de S.T. Maksimenko utiliza la siguiente tesis interesante: "La estrecha conexión de los derechos con los deberes no se genera por las especificidades de la regulación legal, sino por la naturaleza objetiva de las relaciones públicas de los individuos, ya que cualquier relación de las personas en sociedad representa esencialmente las posibilidades interconectadas de algunos y la necesidad de las acciones de otros" *(23) . Desgraciadamente, en adelante, el autor no amplía esta tesis, señalando únicamente el hecho de que “el ejercicio de los derechos civiles subjetivos y el cumplimiento de los deberes son acciones de los titulares de derechos y deberes, al darse cuenta de la posibilidad o necesidad que constituyen”. el contenido del derecho o del deber”.

Propuesto por S. T. Maksimenko y V. A. Tarkhov considerando la relación entre los procesos de ejercicio de derechos subjetivos y cumplimiento de obligaciones desde el punto de vista de los llamados condiciones para el ejercicio de los derechos subjetivos tiene cierto interés, pero, al parecer, no permite revelar completamente la profundidad del problema.

La categoría de "condiciones externas e internas para el ejercicio de los derechos civiles" fue desarrollada por primera vez por V.A. Tarkhov en el trabajo "La implementación de los derechos civiles". *(24) . El autor atribuyó las garantías legalmente establecidas a las condiciones externas para el ejercicio de los derechos, y aquellas que dependen del propio sujeto autorizado, a las condiciones internas. Posteriormente, S. T. Maksimenko propuso un término más correcto "condiciones objetivas y subjetivas para la realización del derecho". Por condiciones objetivas entendía “garantías, como factores que se forman por todo el curso objetivo del desarrollo de la sociedad, están incrustados en el sistema económico y político de la sociedad, o son provistos por esta sociedad (estado) para asegurar derechos y obligaciones ." Sin embargo, aquí también debemos estar de acuerdo con el autor: también hay "factores (condiciones) subjetivos que dependen de las personas autorizadas, sin los cuales la implementación es generalmente imposible o es un acto impropio o incluso ilegal". *(25) . Entre los factores subjetivos S.T. Maksimenko atribuye la voluntad de los titulares de derechos y obligaciones, así como la conciencia de la implementación de derechos y obligaciones.

Con más detalle, la relación entre el ejercicio de los derechos subjetivos y el desempeño de los deberes fue estudiada por S.T. Maksimenko al considerar la relación entre estos procesos y el proceso de regulación legal. El autor utiliza la categoría de los llamados derechos generales: "El estado de derecho ya contiene algunos derechos y obligaciones, pero no pueden ser evaluados como subjetivos, ya que aún no están asociados con ninguna persona en particular. El término "derechos y obligaciones generales" parece ser el más acertado para ellos. El El término "general" refleja el contenido de estos derechos en el sentido de que no se transfieren a un sujeto específico, sino que pertenecen igualmente a todas las personas que caen bajo la acción de este sistema de derecho". *(26) .

"Análisis de la relación entre el derecho objetivo y subjetivo y la construcción derechos generales permitan comprender cómo la posibilidad abstracta de la propiedad, establecida por el Estado de derecho como perteneciente a todos (derechos y obligaciones generales), se transforma con la ayuda de la posibilidad general de todos (capacidad jurídica) en una propiedad específica de un individuo (derecho subjetivo), realizado en su comportamiento... Proceso general la realización del derecho debe ser analizada desde el punto de vista de la transformación de una posibilidad abstracta general (reglas de derecho objetivo, derechos y obligaciones generales) en una posibilidad específica (derecho subjetivo) y luego en realidad (ejercicio de derechos y obligaciones). cumplimiento de obligaciones)" *(27) .

Mas especifico la relación entre la implementación de las normas de la ley objetiva y la implementación de los derechos subjetivos S T. Maksimenko consideró en su artículo "El ejercicio de los derechos civiles y el desempeño de los deberes": "El ejercicio de los derechos civiles subjetivos y el desempeño de los deberes deben considerarse como una etapa en la implementación del derecho". Además, el autor llega a una conclusión de fundamental importancia sobre la relación entre los dos procesos indicados: "La ley objetiva se realiza en última instancia mediante el ejercicio de la ley subjetiva". *(28) . Por lo general, los investigadores notaron una relación inversa, en particular, G.F. Shershenevich, Yu.S. Gambarov, N. S. Maleín, S.S. Alekseev *(29) . NI Miroshnikova resolvió el problema de la relación entre la ley subjetiva y objetiva aún más estrictamente: "La ley subjetiva surge sobre la base de la ley objetiva, le corresponde completamente ... La diferencia entre estos términos enfatiza la primacía de uno y el secundario (dependencia) de la otra, es decir, la prioridad del derecho objetivo, que existe independientemente, independientemente de que, sobre su base, hayan surgido derechos u obligaciones subjetivos para los particulares” *(30) . Mientras tanto, es metodológicamente incorrecto hablar de la primacía de uno de los dos conceptos y la naturaleza secundaria del otro: así como la implementación de la ley objetiva es posible solo a través del ejercicio de derechos subjetivos y el cumplimiento de deberes, así el ejercicio de los derechos sólo es posible bajo las condiciones de la acción, la aplicación de las normas del derecho objetivo. L.S. Yavich señaló al respecto: “La aplicación de la ley es una forma de ser, de existir, de actuar, de cumplir su principal función social. La ley no es nada si sus disposiciones no encuentran su aplicación en las actividades de las personas y organizaciones, en la vida relaciones" *(31) .

Algunos autores, en particular S.T. Maksimenko y S. S. Alekseev, señalan acertadamente que la relación entre los procesos de ejercicio de un derecho subjetivo (cumplimiento de un deber) y la implementación de las normas de derecho objetivo puede manifestarse de diferentes maneras dependiendo de la naturaleza de los modelos establecidos en las normas jurídicas. Si resumimos las tesis de estos autores, podemos sacar las siguientes conclusiones. El proceso de regulación jurídica (el mecanismo de aplicación de las normas del derecho objetivo) y el proceso de ejercicio de los derechos subjetivos (ejecución de los deberes) son los mismos para todo el sistema jurídico. Sin embargo, esto no significa que estos procesos sean los mismos en todas las áreas. vida publica en todos los ámbitos de la regulación jurídica. En particular, en el ámbito de las relaciones de derecho privado, la implementación de la ley (tanto objetiva como subjetiva) se distingue por una característica fundamentalmente importante: discreción, es decir. libertad.

La disposición de la regulación en el ámbito jurídico privado, la disposición del proceso de ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones determina orden especial realización del derecho. Si usamos la terminología de S.T. Maksimenko y V. A. Tarkhov, existen condiciones especiales para el ejercicio del derecho en el ámbito privado, distintas de las que aseguran el ejercicio del derecho en el ámbito público: la existencia de garantías para el ejercicio real de los derechos, el establecimiento del principio de buena fe en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes, la posibilidad del ejercicio real y libre de los derechos, es decir la capacidad de elegir el método de ejercicio del derecho a su discreción. VF escribió sobre esto. Yakovlev: “La disposición como la capacidad de elegir dentro de ciertos límites de opciones de comportamiento tiene ciertos fundamentos en las relaciones reguladas por el derecho civil... En sí misma, la dotación del derecho incluye, como componente indispensable, la dotación de la disposición, porque la ley , como medida de comportamiento posible, incluye la diferencia de la obligación alternativa: la persona autorizada no puede utilizar esta medida de comportamiento a su propia discreción" *(32) .

Comprender el carácter dispositivo de la regulación jurídica y el carácter dispositivo del ejercicio de los derechos en el ámbito privado también es importante al considerar la operación del derecho desde el punto de vista del proceso de modelado. Dispositividad significa la existencia de alternativas en las acciones posibles de los sujetos.. Todas estas alternativas deben de alguna manera estar cubiertas por un modelo legal adecuado. Sin embargo, la inclusión en el modelo jurídico de un gran número de formas alternativas de ejercicio de un derecho subjetivo exige una consolidación similar de las formas alternativas de comportamiento de los sujetos obligados. Es decir, la disposición en el ejercicio de los derechos debe estar asegurada por los deberes.

Muchos autores, entre ellos V.F. Yakovlev, considera que una de las características de las relaciones de derecho privado es la presencia derechos absolutos. Dichos derechos se caracterizan por la mayor cantidad de opciones para su implementación. Se les opone la obligación de un círculo ilimitado de personas de abstenerse de violar este derecho absoluto. Estas obligaciones se caracterizan por un contenido relativamente limitado (sólo la obligación de abstenerse de actuar), pero se aplican a todos los sujetos de derecho. El establecimiento de tales obligaciones crea condiciones para el libre ejercicio de los derechos por parte del titular del derecho, es decir, dispositivo de realización del derecho.

Además de los deberes correspondientes a los derechos absolutos, la libertad de ejercer los derechos civiles subjetivos se proporciona mediante dos grupos de deberes que, utilizando la terminología de V.P. Gribanov, se puede atribuir al llamado general. A diferencia de la categoría de "derechos generales", " deberes generales"- un término bastante acertado: estas obligaciones son realmente generales en el sentido de que se aplican a todos los sujetos de derecho, independientemente de su ubicación en relaciones jurídicas específicas. V.P. Gribanov atribuyó tales obligaciones, en primer lugar, obligaciones de prohibiciones (la inadmisibilidad de la negativa a cumplimiento de una obligación, la inadmisibilidad de un pacto para limitar o eliminar la responsabilidad por la violación dolosa de una obligación), y en segundo lugar, las obligaciones asociadas al ejercicio de los derechos y al cumplimiento de las obligaciones (principios para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones ) *(33) . Al fijar las condiciones generales de conducta de los sujetos de derecho civil, estas obligaciones les permiten ejercer discrecionalmente sus derechos dentro del marco señalado por la ley. " Responsabilidades generales“, así, actúan también como la condición más importante para la discrecionalidad en la aplicación de la ley, fijando el “marco externo” del modelo jurídico que describe el posible comportamiento de los sujetos.

Por último, no te olvides de deberes en las relaciones jurídicas relativas. Si bien la discrecionalidad en el ejercicio de los derechos por parte de un autorizado en las relaciones jurídicas relativas es mucho menor que en las relaciones jurídicas absolutas, e incluso más que en el ejercicio de la capacidad jurídica, la alternativa también se manifiesta aquí. Por ejemplo, esta es la posibilidad de que una parte se niegue unilateralmente a cumplir con ciertos tipos de obligaciones, la posibilidad de presentar una demanda para celebrar un acuerdo por un nuevo término, etc. En cada caso, cada variante posible del ejercicio del derecho corresponde al deber del derechohabiente de satisfacer estas pretensiones. La gama de posibles alternativas en tales deberes es más estrecha, pero sin embargo proporciona una medida de libertad otorgada por ley o contrato a la persona con derecho.

Entendiendo el ejercicio de un derecho y el cumplimiento de una obligación como realización de la medida de libertad de una persona principalmente desde el punto de vista de la ciencia del derecho privado. Los aspectos de la categoría de ejercicio del derecho (ejecución de la obligación) considerados anteriormente son el ejercicio del derecho como etapa final de la regulación jurídica, el cumplimiento de la obligación como garantía del ejercicio del derecho, etc. - sólo tienen sentido en relación con la operación de la ley en la esfera privada. En el campo del derecho público, donde, como S.S. Alekseev, el método es vinculante, la etapa final de la regulación legal es más bien el cumplimiento de las obligaciones que el ejercicio de los derechos. En cuanto a la correlación de derechos y obligaciones en el campo del derecho público, G.F. Shershenevich generalmente escribió al respecto de esta manera: "En el derecho público, hay relaciones jurídicas en las que solo hay una obligación, sin un derecho correspondiente. y si a veces hablan de su derecho, por ejemplo, a arrestar a un sospechoso, entonces esto es sólo en el sentido de una obligación, bajo las condiciones especificadas en la ley, de exponer al criminal. *(34) . Con toda la controversia de esta tesis, conviene convenir que si para el derecho público la obligación de ejercer los derechos es la norma, entonces en el derecho privado ésta es una excepción. *(35) .

Estas diferencias deben tenerse en cuenta a la hora de definir el concepto de ejercicio de un derecho civil subjetivo (cumplimiento de un deber) e identificar las principales características de estas categorías.