minorías étnicas. Minoría nacional Características de las minorías nacionales

Definición y contenido del concepto de "minorías nacionales" en los países europeos

Vasilyeva Nadezhda Leonidovna, adjunta

Instituto de Derecho del Lejano Oriente

Ministerio del Interior de Rusia

Email: [correo electrónico protegido] excursionista. es

Alrededor de 75 millones de personas viven en los países de la Unión Europea (en lo sucesivo, la UE). De estos, 4,8 millones se identifican como pertenecientes a una minoría nacional o étnica particular. Es cierto que no todos mencionan su origen étnico o afiliación. Por tanto, en realidad, más de 6 millones de personas viven de forma permanente en los nuevos países de la UE que no pertenecen a la mayoría étnica, lo que supone alrededor del 8% de todos los habitantes de estos estados¹. Al mismo tiempo, el porcentaje minorías nacionales muy diferente a la población general.

En este momento hay línea completa documentos legales internacionales que definen los principales criterios para el estatus legal de las minorías nacionales, que pueden utilizarse como base para el desarrollo de la legislación nacional. Al mismo tiempo, estos documentos proclaman solo enfoques generales que, por supuesto, aunque son fundamentales, sin embargo, no pueden conducir a la solución de problemas específicos. Por lo tanto, la legislación de los países individuales, o más bien, la práctica de aplicación de la ley, sigue siendo decisiva.

A la luz de lo anterior, es de interés cómo la legislación de países extranjeros define el concepto en consideración.

En Austria, las minorías nacionales “son aquellas que viven en partes separadas territorios de la Federación y grupos de ciudadanos austriacos originarios de estos lugares, cuya lengua materna no es el alemán y que constituyen una nacionalidad separada. En particular, estos incluyen eslovenos y croatas, que tienen sus propios territorios tradicionales, así como húngaros, checos, eslovacos, romaníes y sinti.

En Bélgica, una pequeña población de habla alemana es reconocida como minoría, no protegida por la autonomía territorial, pero con derecho a resolver los problemas de las culturas y la educación. 3 .

El enfoque de la República Húngara a la definición del concepto de minorías nacionales es muy interesante. Así, entre todos los demás criterios, destaca como el período mínimo de residencia en el territorio de Hungría necesario para el reconocimiento como minoría nacional: “una minoría nacional o étnica es todo grupo étnico que vive en el territorio de la República de Hungría durante al menos menos un siglo, constituyendo una minoría cuantitativa entre los estados de población cuyos miembros tienen ciudadanía húngara y se distinguen del resto de la población por su idioma, cultura y tradiciones, al tiempo que muestran una conciencia de su unidad, que tiene como objetivo preservando todo ello, al expresar y proteger los intereses de sus comunidades históricamente establecidas” 4 .

La República Checa, Bielorrusia, Ucrania y Moldavia dan definiciones más universales de las minorías nacionales.

Así, en la República Checa, “una minoría nacional significa una comunidad de ciudadanos de la República Checa que se diferencian de otros ciudadanos, por regla general, por un origen étnico, idioma, cultura y tradiciones diferentes, que representan una minoría en términos cuantitativos y en expresando al mismo tiempo el deseo de ser considerado una minoría nacional para poder preservar y desarrollar conjuntamente su identidad, lengua y cultura, y representar y defender los intereses de su comunidad histórica”. 5 .

En la legislación nacional de la República de Moldavia, “personas pertenecientes a minorías nacionales” significa personas que residen permanentemente en el territorio de la República de Moldavia, que son sus ciudadanos, que tienen características étnicas, culturales, lingüísticas y religiosas que los distinguen de los demás. mayoría de la población moldava, y que se reconocen a sí mismos como personas de otro origen étnico". 6 .

En la República de Belarús, se entiende por personas pertenecientes a minorías nacionales “las personas que residan permanentemente en el territorio de la República de Belarús y tengan la ciudadanía de la República de Belarús, que, por su origen, idioma, cultura o tradiciones, difieran de las principal población de la república”7.

La legislación de Ucrania, a diferencia de los países que hemos considerado, no impone requisitos a las minorías nacionales en relación con la ciudadanía y el idioma: “las minorías nacionales son grupos de ciudadanos de Ucrania que no son ucranianos por nacionalidad, muestran sentimientos de identidad nacional. conciencia y comunidad entre ellos” 8 .

Estonia plantea la necesidad de tener fuertes lazos con el estado para ser reconocido como una minoría nacional. De conformidad con el artículo 1 de la Ley de Estonia de 26.10.1993 "Sobre la autonomía cultural de una minoría nacional", las minorías nacionales son ciudadanos estonios que viven en el territorio de Estonia, tienen vínculos duraderos, fuertes y permanentes con Estonia, difieren de los estonios en su etnia, cultura, religión o idioma únicos, se guían por el deseo de preservar conjuntamente sus tradiciones culturales, religión o idioma, que sirven como base para su identidad común 9 .

Al ratificar la Convención Marco, los parlamentarios estonios le proporcionaron una declaración en la que dieron una definición de “minoría nacional”, que es exactamente la misma que la definición de minoría nacional contenida en la Ley de Autonomía Cultural. Cabe señalar que todos los parlamentarios estonios presentes en la sala votaron a favor de dicha ratificación, mientras que los diputados rusos votaron por unanimidad "en contra". Y hubo buenas razones para esto: de la transcripción del discurso parlamentario se deduce claramente que en ese momento muchos diputados estonios aceptaban solo a los viejos creyentes rusos del lago Peipus y a los suecos de las islas del oeste de Estonia como minorías nacionales.

En 1999, Estonia presentó su primer informe al Consejo de Europa en el que identificó lista indicativa grupos que pueden clasificarse oficialmente como minorías nacionales: rusos, alemanes, suecos, judíos (están enumerados por su nombre en la Ley de Autonomía Cultural), así como ingrios finlandeses y letones. Los datos de este informe fueron analizados por un organismo especial, el Comité Asesor, que, en su "Opinión sobre Estonia" del 14 de septiembre de 2001, declaró explícitamente que tanto los ciudadanos como los no ciudadanos serán considerados minorías nacionales en Estonia. 10 .

Al ratificar el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, Letonia reconoció como minorías nacionales a “los ciudadanos letones que difieren de los letones en términos de cultura, religión e idioma, han vivido tradicionalmente en Letonia durante generaciones y se consideran pertenecientes al estado letón y sociedad, desean preservar y desarrollar su cultura, religión o idioma 11 . Al mismo tiempo, se señaló que las personas que no son ciudadanos de Letonia o de otros países, pero que residen de forma permanente y legal en Letonia, no pertenecen a una minoría nacional en el sentido del Convenio de conformidad con la definición de nacional minoría dada en la declaración pertinente de la República de Letonia, pero, identificándose con la definición pertinente a una minoría nacional puede ejercer los derechos previstos por el Convenio, a menos que la ley prevea excepciones.

Cabe señalar que en los acuerdos y tratados bilaterales concluidos por Rusia con otros estados, esas categorías étnicas de la población a menudo se enumeran como minorías, cuya cultura e idioma las partes contratantes quisieran proteger en concierto. Se han firmado documentos similares con muchos Estados miembros antigua URSS, de lo que podemos concluir que entre las minorías "enumeradas" en Rusia se encuentran las llamadas naciones titulares de las ex repúblicas soviéticas: ucranianos, kazajos, moldavos, kirguís, turcomanos, etc.

En otros países europeos, las minorías suelen aparecer en forma de lista o sus derechos están estrictamente ligados a un territorio determinado.

Así, en Polonia, solo se reconoce la opción "listada" y se hacen distinciones entre minorías nacionales y grupos étnicos. Los primeros reconocidos son: alemanes, armenios, bielorrusos, judíos, lituanos, eslovacos, tártaros, ucranianos, rusos, checos. Los grupos étnicos son: rusos, gitanos, tártaros, caraítas. Como minoría lingüística, también destacan los kushubianos. 12 .

En Alemania, el número total de personas clasificadas oficialmente como minorías nacionales es extremadamente pequeño y vive en áreas limitadas. Al firmar el Convenio Marco Europeo para la Protección de las Minorías Nacionales, Alemania declaró que dado que el Convenio no contiene una definición del concepto de "minoría nacional", sus disposiciones en Alemania se aplicarán a los daneses, serbios (lusacianos), frisones, Gitanos alemanes (sinti y romaníes). Al mismo tiempo, la constitución federal alemana no contiene ninguna instrucción especial con respecto a la protección de las minorías, pero en las constituciones de los estados alemanes donde viven las minorías, tales normas están disponibles. 13 . Los idiomas de estas minorías (danés, frisón del norte, frisón de Satherland, romaní, serbolussian) disfrutan del apoyo de la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias, ratificada por Alemania en 1998.

Cabe señalar que el concepto de "minoría" en Alemania no incluye las llamadas nuevas minorías, por lo que se refiere a grupos de inmigrantes de diferentes países que se trasladaron a Alemania principalmente por razones económicas, y en parte como refugiados políticos (alrededor de 5 millones de personas). Humanos). La mayoría son turcos e inmigrantes de la ex Yugoslavia. Oficialmente, no están reconocidos como minorías nacionales, sin embargo, en el marco de la legislación vigente en Alemania, también se les brinda la oportunidad de desarrollar su idioma, cultura y religión.

El Consejo Constitucional de Francia no permitió en absoluto la ratificación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales. Cabe destacar que Francia es el único país de la UE que no ha firmado el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales. Al adherirse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y derechos politicos(en lo sucesivo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), Francia hizo una declaración: “A la luz del artículo 2 de la Constitución de la República Francesa, el Gobierno de Francia declara que el artículo 27 no se aplica en la medida en que afecte a la República”. Su posición se especifica en los informes sobre la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la siguiente manera: “Francia: un país sin minorías” (1997) y “las consideraciones constitucionales impiden que Francia se adhiera a las convenciones internacionales que reconocen a las minorías como tales y como titulares de derechos colectivos” (2007). ) 14 . Sin embargo, Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sostiene que Francia debería reconsiderar su posición sobre reconocimiento oficial minorías étnicas, religiosas y lingüísticas.

Así, resumiendo, podemos sacar las siguientes conclusiones.

En primer lugar, el análisis de la legislación extranjera muestra que existen diferentes criterios y definiciones del concepto de "minorías nacionales". Sobre esta base, existen varios mecanismos efectivos para la observancia y protección de los derechos de las minorías nacionales. Al mismo tiempo, se debe enfatizar que en muchos paises extranjeros a nivel legislativo se intenta no solo reconocer la existencia de las minorías nacionales, sino que también se realizan acciones activas para asegurar su protección, la preservación de su identidad y diferencias individuales, entre otras, teniendo en cuenta las normas y estándares internacionales , así como las características predominantes de la residencia de las minorías nacionales en cada país . Así, Europa ha resuelto realmente los problemas de las minorías nacionales que viven en un determinado territorio en un estado diferente al suyo (por ejemplo, la minoría alemana en Polonia o la minoría sueca en Finlandia). Sin embargo, resultó mucho más difícil resolver el problema con las minorías nacionales que no pueden definirse sobre la base de criterios territoriales (por ejemplo, polacos en Alemania, rusos en las repúblicas bálticas, etc.).

En segundo lugar, el estudio de la experiencia acumulada muy significativa en la regulación de los derechos de las minorías nacionales en países extranjeros brinda amplias oportunidades para su uso en la práctica de la legislación rusa. Además, muchos datos y ejemplos muestran que la observancia de los derechos de las minorías nacionales y étnicas redunda en beneficio del desarrollo de aquellos Estados que han x hay problemas con las minorias.

Notas:

1. Dribins L. Minorías étnicas y nacionales en Europa. - Riga, 2004. - P.3.

2. la ley federal República de Austria del 7 de julio de 1976 "Sobre el estatuto jurídico de las minorías nacionales" // Estatuto de los pequeños pueblos de Rusia. Actos legales y documentos - M., 1994. - Pág. 407.

3. Stepanov V. V. Preservación y desarrollo de la diversidad cultural. Experiencia rusa // Materiales del seminario “Garantías legales internacionales para la protección de las minorías nacionales y problemas de su implementación. - M., 2006. - P.3.

4. Ley de la República de Hungría LXXVII del 7 de julio de 1993 "Sobre los derechos de las personas nacionales y étnicasMinorías” // Defensores del Pueblo Nacionales. Código provisiones legales. – Varsovia, 1999. – P.94. // URL : http://nek.gov.hu/data/files/85199673.pdf.

5. Ley de la República Checa del 2 de agosto de 2001 "Sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales" // Código de leyes Republica checa. - 2001. - No. 273. - Párrafo 182. - Pág. 1 F.

6. Ley de la República de Moldova del 19 de julio de 2001 “Sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales y el estatus legal de sus organizaciones” // Código de Leyes de la República de Moldova. - 2001. - Nº 382- XV. - Arte. una.

7. Ver: Arte. 1 de la Ley de la República de Belarús No. 1925-XII del 11 de noviembre de 1992 “Sobre las Minorías Nacionales en la República de Belarús”// URL :http://zakon2006.by.ru/part28/doc37327.shtm.

8. Ley de Ucrania "Sobre las minorías nacionales en Ucrania" // Vedomosti de la Verjovna Rada de Ucrania. - 1992. - N° 36. - Art. 1 - p.529.

9. Ley de Estonia del 26.10.1993 “Sobre la autonomía cultural de una minoría nacional”// URL :http://www.venekultuuriautonoomia.ee/?smg=20&schg=20&data=86.

10. Polishchuk V. Una convención muy marco: el ejemplo de Estonia // Gente. ideas Reuniones. - 2005. - 30 de mayo. – P.12.

11. Ley de la República de Letonia del 26 de mayo de 2005 “Sobre el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales” // URL :http://www.zapchel.lv/index.php?lang=ru&mode=archive&submode=year2005&page_id=1611.

12. Ley de la República de Polonia del 6 de enero de 2005 "Estatuto sobre las minorías nacionales y étnicas y el idioma regional" URL : http://www.stat.gov.pl/cps/rde/xbcr/gus/PUBL_maly_rocznik_statystyczny_2008.pdf.

13. Stepanov V. V. Preservación y desarrollo de la diversidad cultural. Experiencia rusa // Materiales del seminario “Garantías legales internacionales para la protección de las minorías nacionales y problemas de su implementación. - M., 2006. - P.3.

14. Libertad de expresión, libertad de reunión y asociación// Jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos – Instituto de Derechos Humanos, Universidad Abo Akademi (Turku). – 2004.

15. Segundo Informe Periódico, 1999– Párr. 162, pág. 39 .

una comunidad étnicamente homogénea o mixta de individuos que ocupan una posición no dominante en el estado de residencia y difieren de la población principal (titular) en su origen étnico, estabilidad cultural, lingüística, religiosa y caracteristicas economicas, cuya conservación y desarrollo requiere especiales garantías internacionales y nacionales.

Las personas pertenecientes al N.M. deben gozar no sólo de todos los derechos humanos, sino también, junto con los demás miembros de esta comunidad, de derechos especiales que se derivan de su identidad única.

Derechos N. M. protegidos: 1) mediante la prohibición de discriminación en el disfrute de los derechos humanos fundamentales y la igualdad ante la ley; 2) a través del reconocimiento derechos especiales NUEVO MÉJICO.; 3) mediante garantías de aseguramiento de los derechos especiales de N.M.

Gran definición

Definición incompleta ↓

MINORIA NACIONAL

un concepto utilizado tanto en el derecho constitucional como en el internacional. Por ejemplo, según el inciso “c” del art. 71 de la Constitución, la jurisdicción de la Federación Rusa es "regulación y protección de los derechos de las minorías nacionales", y de acuerdo con el párrafo "b" del art. 72, en la jurisdicción conjunta de la Federación Rusa y sus súbditos - "protección de los derechos de las minorías nacionales".

El concepto de "minoría nacional" aún no se ha definido en la legislación rusa, aunque existe un proyecto de ley federal en la Duma estatal. De acuerdo con este proyecto, N. m. son reconocidos como ciudadanos de la Federación Rusa que no tienen sus propias formaciones nacionales-estatales o nacionales-territoriales en el territorio de la Federación Rusa y no pertenecen a pueblos indígenas. Según el informe de la Reunión de Expertos de la CSCE en Ginebra (1991). N. m. puede ser como una comunidad étnica de vida compacta en la composición estado soberano, que tengan su propio estado nacional u otra educación, y personas dispersas de nacionalidad no indígena.

V Federación Rusa el estado consagra constitucionalmente la igualdad de derechos y libertades del hombre y del ciudadano, cualquiera que sea su nacionalidad.(S. A.)

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Definición incompleta ↓

MINORÍAS NACIONALES

grupos de ciudadanos de este estado que viven en partes separadas del territorio del estado y, por regla general, originarios de estos lugares, que constituyen una pequeña nacionalidad separada y para quienes, por regla general, su idioma nativo es un idioma distinto del lengua estatal. En estados democráticos, N.m. y sus ciudadanos gozan de la protección del Estado, sus derechos están garantizados por constituciones y leyes. La legislación constitucional de los estados democráticos reconoce y garantiza derechos colectivos minorías nacionales (y otras) y derechos individuales ciudadanos pertenecientes a estos grupos. Sin embargo, la existencia dentro del estado de varios grupos minoritarios crea el problema de su derechos específicos y responsabilidades Estado N. m. sobre la base de los fines y principios del estado de derecho, la igualdad y la igualdad de todos ante la ley. Las constituciones y la legislación de los estados democráticos garantizan N.m. desarrollo integral, el derecho a preservar y mantener las características del idioma nacional, el derecho a desarrollar la propia cultura, el derecho a unirse en sociedades nacionales, a difundir y recibir información en el propio idioma, el derecho a la educación en el propio idioma, el derecho participar en la decisión asuntos gubernamentales relativo a N.m., etc. Junto con esto, perteneciente a cualquier N.m. no debe dañar a nadie. En la Federación Rusa, regulación y protección de los derechos de N.m. pertenece a la jurisdicción exclusiva de la Federación. Se pide a la Federación de Rusia que proteja los derechos de N.m. de cualquier violación de los mismos y regular estos derechos con pleno cumplimiento de las normas ley internacional. Además, los problemas de protección dichos derechos La Constitución de la Federación Rusa también se refiere a la jurisdicción conjunta de la Federación Rusa y sus súbditos. Así, para garantizar la protección de los derechos y libertades de N.m. tanto la Federación de Rusia como sus súbditos están obligados. El papel principal en la regulación y protección de los derechos de N.m. a través de la actividad legislativa y normativa pertenece a la Federación, que es la garante de sus derechos. Véase también Minorías indígenas. Y EN. Chejarin

MINORÍA ÉTNICA, en un sentido amplio: un grupo étnico no dominante numérica, cultural y políticamente en el estado (por ejemplo, pueblos no rusos en Rusia o pueblos no han en China). Los miembros de una minoría étnica demuestran un deseo solidario de preservar la originalidad y la integridad del grupo o, por el contrario, luchan por integrarse en la cultura dominante. El término "minoría étnica" es similar al término "minoría nacional", que es más común en los países del Este. Europa y la antigua URSS, donde se entiende como un grupo que se identifica como nación étnica (cultural), pero que vive fuera de la autodeterminación territorial principal de esta última (por ejemplo, húngaros fuera de Hungría, ucranianos fuera de Ucrania, rusos fuera Rusia, tártaros fuera de Tataria).

El problema de las minorías, incl. minoría étnica, surgió junto con la formación del sistema de estados europeos, cuando la centralización del poder y la formación ideológica de la unidad nacional llevaron al establecimiento de sistemas culturales dominantes y, al mismo tiempo, a la generación de intolerancia contra todos” forasteros". El problema de las minorías étnicas adquirió particular agudeza en el siglo XX. en relación con el crecimiento de la autoconciencia étnica entre pequeños grupos, intensivo migración internacional, los procesos de democratización y el movimiento de derechos humanos. Este problema requirió decisiones y regulaciones especiales por parte de los estados, así como acuerdos interestatales, ya que una comunidad étnica representada por una minoría en un estado a menudo resultaba ser una mayoría en un estado vecino. Surgió así un cuerpo de derechos de las minorías, no sólo humanitario (protección de los derechos humanos), sino también pragmático tutelar (evitación de conflictos internacionales) personaje.

El sistema de protección internacional de las minorías étnicas se creó después de la Primera Guerra Mundial en el marco de la Sociedad de las Naciones, y luego se desarrolló en convenciones, pactos internacionales y declaraciones de la ONU, incl. en la Declaración de 1992 sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas. En 1992, se estableció la institución del Alto Comisionado para las Minorías Nacionales bajo la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa con el objetivo de prevenir conflictos relacionados con el estatus de una minoría étnica. Al mismo tiempo, no existe una definición clara de minoría étnica, se asocia principalmente con la situación cultural y sociopolítica, que los representantes del grupo étnico perciben como negativa y necesitada de cambio, y no solo con la situación de minoría numérica. Así, una minoría étnica no es sólo una situación objetiva, sino también la representación de los miembros del grupo sobre sus derechos desiguales. Los grupos que reclaman el estatus de minoría étnica también pueden ocupar una posición dominante en relación con el resto de la población del estado, lo que significa que no lo son. Algunas minorías étnicas constituyen la mayoría dentro de las autonomías territoriales y disfrutan de un estatus privilegiado en ellas, considerándose naciones (por ejemplo, los catalanes en la región española de Cataluña, los canadienses franceses en la provincia canadiense de Quebec, las nacionalidades titulares en las repúblicas rusas) . El problema de la minoría étnica es de particular importancia para las etnias inmigrantes y dispersas que no tienen autonomía territorial, ya que los mecanismos internacionales contemplan principalmente la protección contra la discriminación sin otorgar autonomía territorial. Por ello, algunos estados catalogan deliberadamente como minoría étnica a una parte importante de la población que no pertenece al grupo dominante para evitar otorgar autonomía territorial o una fórmula de comunidades iguales, como es el caso de los rusos en Ucrania, Letonia y Estonia. Grupos similares en otros países (francocanadienses en Canadá, irlandeses y escoceses en Gran Bretaña, catalanes en España) no se consideran una minoría étnica, pero se califican como pueblos socios que conforman una nación civil (canadiense, británica, española).

Los movimientos sociales de las minorías étnicas se hicieron más activos en el territorio de la URSS, especialmente después de su colapso, en relación con el surgimiento de comunidades étnicas separadas por nuevas fronteras. Varios estados postsoviéticos han adoptado leyes sobre los derechos de las minorías étnicas. Rusia ha aceptado las obligaciones internacionales de respetar los derechos de la minoría étnica, incluso en el marco de la CEI.

Pueblos y religiones del mundo. Enciclopedia. M., 2000, pág. 889-890.

Actualmente, hay 176 nacionalidades en la Federación Rusa (en 1989 había 146). Los rusos constituyen el 82% de la población del país. Otras comunidades étnicas (18%) se pueden diferenciar según las características legales estatales de la siguiente manera:

pueblos (a veces se les llama titulares), que están en el seno Estado ruso adquirió su propio estado en forma de repúblicas (bashkires, tártaros, komi, carelios - 27), una región autónoma (judíos) y distritos autónomos (Khanty, Mansi, Chukchi, etc. - 9);

pueblos indígenas identificados por la Constitución de la Federación de Rusia como comunidades étnicas especiales (artículo 69), que incluyen 26 pueblos del norte, Siberia y Lejano Oriente- Nenets, Mansi, Dolgans, Koryaks, Saami, etc., con un número total de alrededor de 200 mil personas, o aproximadamente el 0,15% de la población del país (7 de ellos viven en regiones autónomas, en el que constituyen del 1 al 16% de su población), así como otras 19 etnias (Abaza, Izhora, Nagaybaks, Shapsugs, etc.); alrededor de 40 grupos étnicos más reclaman un estatus similar;

grupos étnicos que tienen la condición de Estado dentro de las fronteras de la Federación Rusa (búlgaros - 33 mil, griegos - 92 mil, coreanos - 100 mil, alemanes - 842 mil, polacos - 92 mil, finlandeses - 47 mil, etc.) y aquellos que los tienen no tener uno (turcos meskhetianos - hasta 30 mil, gitanos - 153 mil, Vinces - 12 mil, Shchors - 16 mil, etc.).

¿Cuáles de los pueblos y grupos étnicos mencionados pueden clasificarse como minorías nacionales? Algunas dificultades para responder a esta pregunta radican en el hecho de que incluso ahora no existe una definición de este concepto en el derecho internacional y nacional. Resumiendo las afirmaciones sobre este tema, podemos llegar a la conclusión de que para ser reconocida como minoría se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • a) ser ciudadanos de ese Estado, lo que distingue a las minorías y sus representantes de los extranjeros y apátridas;
  • 6) vivir lo suficiente en este estado, estar arraigado (según el criterio mencionado, refugiados, migrantes forzados con especial estatus legal);
  • c) ser numéricamente menor que el grupo principal de la población (este indicador es relativo);
  • d) no ocupar una posición dominante (por ejemplo, en el gobierno, la economía, etc.), porque de lo contrario se elimina la cuestión de medidas especiales protección del grupo respectivo;
  • e) tienen diferencias en carácter étnico o nacional, cultura, idioma, religión, costumbres;
  • f) esforzarse por preservar su identidad.

De lo dicho se sigue que minorías nacionales solo puede ser considerado comunidades étnicas, que consisten en ciudadanos de un estado determinado, que residen permanentemente en él, que se diferencian del resto de la población de este estado en sus características nacionales (cultura, idioma, etc.), unidos por un nombre común y conciencia de sí mismo y esforzándose por identificarse a sí mismo.

De acuerdo con la definición anterior y las características enumeradas, los pueblos indígenas y grupos étnicos mencionados pueden clasificarse como minorías nacionales en la Federación Rusa. Se diferencian entre sí en tamaño, estilo de vida, compacidad de residencia, etc., e incluso dentro de ellas existen diferencias, pero estas comunidades tienen una cosa en común: son grupos étnicos que, por una u otra razón, pueden encontrarse en una posición desigual con los ciudadanos de la nación indígena.

Las minorías nacionales son comunidades que experimentan cierta presión por parte de la sociedad dominante. Por regla general, tienen menos oportunidades de expresarse y defender sus intereses específicos. En una comunidad democrática, la voz de todos debe ser escuchada. El desprecio por la individualidad en nombre del triunfo de la solidaridad humana, como señaló G. Jellinek, es un peligro para la civilización. Es por eso que estado constitucional, a lo que aspira Rusia brindando apoyo a las minorías nacionales: en primer lugar, las protege de la discriminación; en segundo lugar, se asegura de que tengan la oportunidad de preservar y desarrollar su identidad, de ser competitivos en comparación con otras comunidades étnicas del estado de residencia. Kokotov AN Ley Constitucional de Rusia: Libro de texto. - Ekaterimburgo: Editorial de UrGUA, 2001. - Con. 277

Minorías nacionales en la Rusia postsoviética: aspectos jurídicos internacionales

El tema del artículo no permite profundizar en la esencia de estas discusiones, sin embargo, de todos modos, señalaré que los principales desacuerdos entre las interpretaciones “clásicas” y “nuevas” del concepto se referían, más bien, a su alcance: una nueva y más La interpretación liberal del artículo 27 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos permitió, desde el punto de vista de sus autores, ampliar el alcance del concepto de "minoría", incluyendo a los no ciudadanos (apátridas, refugiados, extranjeros, migrantes) y el debilitamiento del requisito de lazos históricos a largo plazo entre la comunidad minoritaria y el estado de residencia. Esta interpretación se basa en una lectura literal del artículo 27, que se refiere a "personas" y no a "ciudadanos". Muchos juristas internacionales no están de acuerdo con esta interpretación, señalando que no tiene en cuenta todo el contexto histórico de la preparación del Pacto y sus interpretaciones posteriores. Además, la posición de los Estados Partes en el Pacto (todos los Estados America latina, USA y la mayoría de los estados del Viejo Mundo), reflejada también en las monografías que llegaron a disposición de F. Capotorti, se basaba en una interpretación restrictiva del concepto de "minoría", según el cual sólo los antiguos y claramente definidos se incluyeron en su ámbito comunidades, y no extranjeras, migrantes o nuevas minorías. En ausencia de una definición fija de este concepto en los documentos de derecho internacional, esta posición aún permite un enfoque razonado para reconocer el estatus legal de una minoría nacional para comunidades específicas o para dar denegación motivada en la concesión de este estatus. Sin embargo, es imposible no mencionar el hecho de que también hay muchos opositores a la interpretación restrictiva del concepto de "minoría".

Merece mención un aspecto conceptual y terminológico más, algunas de cuyas interpretaciones a menudo se basan en errores en la interpretación de la terminología internacional. Estamos hablando del concepto de “minorías étnicas (incluidas las nacionales), religiosas y lingüísticas” utilizado en los documentos de la ONU (se sabe que es parte del nombre de la Declaración de la ONU pertinente) y su análogo en la legislación regional europea: “minorías nacionales ”. Cuando se utilizan estos dos términos (más precisamente, combinaciones de términos que denotan dos conceptos), se debe recordar que en el tesauro utilizado por las estructuras de la ONU, el concepto de “nacional” se usa rara vez y de mala gana en relación con las minorías, y el análisis de su El uso indica que allí se reduce al caso especial de las "minorías étnicas", es decir, aquellas que pretenden obtener el estatus de nación o se consideran como tal, lo que fue señalado en la obra de I. Claude, escrita en la década de 1950. .

No es casualidad que el título de la Declaración sobre los derechos de las minorías se refiera a “nacionales o minorías étnicas, lo que enfatiza su sinonimia. Los abogados internacionales que analizaron y compararon estos términos argumentan que el concepto legal europeo de "minorías nacionales" es generalmente equivalente al concepto de "minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas" utilizado en los documentos de la ONU. ¿Por qué se guían y qué significan?

Gaetano Pentasulha, experto del Consejo de Europa, señala que el significado del término "nacional" en el concepto de "minorías nacionales" en los documentos del Consejo de Europa y la OSCE enfatiza tales componentes del contenido tradicional de este concepto. como una larga conexión histórica con un estado determinado y el hecho de que los miembros de una minoría tienen su ciudadanía, lo que coincide esencialmente con la interpretación tradicional de las minorías en los documentos de la ONU, aunque se basa en una terminología diferente. Argumenta que aquí nos enfrentamos al uso de diferentes términos con los mismos significados.

Otro jurista internacional que analizó estos conceptos, Jan Helgesen, llegó a una conclusión similar, argumentando que el término “nacional” en el concepto de “minoría nacional” del Acta Final de Helsinki corresponde al alcance del concepto del artículo 27 del Pacto , que se refiere a las “minorías étnicas, religiosas o lingüísticas”, que, según una interpretación razonada y asentada, no permiten extender la protección de este artículo a los migrantes recientes.

Finalmente, el órgano consultivo del Consejo de Europa, la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, también llamada Comisión de Venecia porque tiene su sede en Venecia, ha incluido en sus propuestas para el Convenio Europeo para la Protección de las Minorías una definición de minoría, donde ambos términos en discusión actúan como sinónimos completos. :

Sin embargo, debe decirse que la tendencia opuesta, hacia una interpretación amplia del concepto de "minoría" y la inclusión no solo de ciudadanos del estado, sino también de inmigrantes, también es apoyada por una serie de especialistas y algunos representantes oficiales de diversas estructuras regionales europeas.

Rusia, como todos bien sabemos (a diferencia de algunos países de Europa Central y Oriental que han adoptado una legislación especial relativa a las minorías nacionales), habiendo proporcionado garantías constitucionales para la protección de los derechos de las minorías nacionales, no tiene una ley especial sobre minorías o normas que contengan una definición del concepto de "minoría nacional". También se sabe que al firmar y ratificar el Convenio Marco, Rusia hizo la siguiente declaración:

“La Federación Rusa considera que es incompetente para incluir en las reservas y declaraciones al firmar o ratificar la Convención Marco para la Protección de las Minorías Nacionales en unilateralmente definición del término "minoría nacional", que no figura en el Convenio Marco. Según la Federación de Rusia, los intentos de excluir del ámbito de aplicación del Convenio Marco a las personas que residen permanentemente en el territorio de los Estados Partes en el Convenio Marco, que anteriormente tenían la ciudadanía, pero que fueron arbitrariamente privadas de ella, contradicen los objetivos del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales.

Cabe señalar que, además de Rusia, también se hicieron varios tipos de declaraciones, algunas de las cuales pueden considerarse definiciones del concepto de "minorías nacionales", por ejemplo, Austria, Letonia, Luxemburgo, Polonia, Suiza y Estonia. Austria, por ejemplo, ha correlacionado la terminología de la Convención con su ley sobre grupos étnicos ( Volksgruppengesetz), según el cual incluyen "grupos que viven y tradicionalmente tienen su hogar en partes del territorio de la República de Austria y que consisten en ciudadanos de Austria, con sus propios idiomas nativos no alemanes y sus propias culturas étnicas".

Letonia, señalando que el Convenio Marco no contiene una definición del término “minoría nacional”, acompañó el documento de ratificación con la declaración de que el Convenio se aplicaría “a los ciudadanos letones que difieran de los letones en cuanto a su cultura, idioma o religión”. y “que residió tradicionalmente en Letonia durante generaciones y se refiere al estado y la sociedad de Letonia” y, por último, “que desea preservar y desarrollar su cultura, religión o idioma”. Los apátridas y las personas apátridas, a las que se hace referencia en la solicitud de Letonia como “personas que no son ciudadanos de Letonia o de otro Estado, que residen legal y permanentemente en la República de Letonia” y “que no pertenecen a una minoría nacional tal como se define en esta solicitud, pero que se identifiquen con una minoría nacional de conformidad con la definición anterior, gozarán de los derechos contenidos en el Convenio Marco, salvo excepciones especiales previstas en la ley.

La ciudadanía y los vínculos a largo plazo con el país de residencia también fueron enfatizados en sus definiciones por Luxemburgo, Polonia, Suiza y Estonia. Algunos de los países parte de la Convención prefirieron en sus declaraciones proporcionar listas de comunidades específicas que incluyen en el concepto de "minoría nacional". Macedonia, por ejemplo, hizo esto al incluir a albaneses, turcos, valacos, bosnios y gitanos; Alemania: daneses, lusacianos (sorbos), frisones y gitanos con ciudadanía alemana; Dinamarca - los alemanes de Jutlandia; Países Bajos - frisones; Eslovenia - italianos, húngaros y gitanos y Suecia - sami, finlandeses suecos, tornedalianos, gitanos y judíos.

Además de la Convención Marco Europea, Rusia fue el iniciador de la Convención de la CEI sobre la Garantía de los Derechos de las Personas Perteneciente a las Minorías Nacionales, que fue firmada por los jefes de diez estados en Moscú (octubre de 1994) y entró en vigor en 1997 después de que fue ratificado por tres estados: Azerbaiyán, Armenia y Bielorrusia. El artículo 1 de esa Convención decía:

“A los efectos del presente Convenio, se entiende por personas pertenecientes a minorías nacionales las personas que residan permanentemente en el territorio de una Parte Contratante y tengan su ciudadanía, que difieran de la población principal en su origen étnico, lengua, cultura, religión o tradiciones. de esa Parte Contratante.”

La convención se presentó para su ratificación al parlamento ruso en septiembre de 1995, pero el proyecto de ley sobre su ratificación fue rechazado. Duma estatal, como resultado de lo cual este Convenio todavía no se aplica en el territorio de Rusia. Además, sus disposiciones no prevén mecanismos para controlar su observancia, por lo que tiene un carácter más bien declarativo y hoy solo tiene interés histórico como uno de los primeros documentos postsoviéticos que contienen la definición de “minoría nacional”.

Aparte de acuerdos internacionales, los derechos culturales y lingüísticos de las minorías están regulados por la legislación federal y regional en el ámbito de la política cultural y lingüística, así como por la ley federal sobre la autonomía cultural nacional, cuyo artículo 4 contiene una lista derechos NCA, y el artículo 7 garantiza la representación política a nivel de órganos consultivos. El texto de la ley de la NCA no contiene una definición de minoría nacional, aunque su artículo 1 utiliza este concepto para definir la autonomía nacional-cultural.

La reconstrucción del alcance del concepto de "minoría nacional" en el caso de la legislación rusa sólo permite la aplicación de la ley, en particular, en el campo de obligaciones internacionales. Por ejemplo, esto permite en parte crear un mecanismo de presentación de informes para el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, que fue ratificado por la Federación de Rusia en junio de 1998 y entró en vigor el 1 de diciembre de 1998, en virtud del cual Rusia ya ha presentado tres informes.

En el primer informe, 23 "grupos étnicos titulares" se denominan "minorías nacionales "clásicas", incluidos 19 de ellos: "azerbaiyanos, armenios, bielorrusos, griegos, georgianos, kazajos, kirguises, coreanos, letones, lituanos, moldavos, alemanes". , polacos, tayikos, turcomanos, uzbekos, ucranianos, finlandeses, estonios, etc.” . Resulta obvio que por "minorías nacionales clásicas" los autores del informe se referían a comunidades que tienen "propios" estados nacionales. Luego se menciona la categoría de pueblos indígenas de Rusia, que en el momento del informe cubría 65 pueblos, y también se incluye en el alcance del concepto de “minoría nacional”, ya que el primer informe y los dos posteriores contienen secciones especiales que describen la medidas de protección implementadas en relación con las lenguas y culturas de estos pueblos.

El informe señala que “entre los científicos y políticos rusos, aún no ha habido un consenso sobre los criterios que definen el concepto de “minoría nacional”. Al mismo tiempo, la práctica muestra que al implementar varios tipos de solicitudes de minorías nacionales en composición étnica La Federación Rusa se divide en dos grupos de entidades:

Además, se destaca que “en la legislación rusa vigente no existe una definición del concepto de “minoría nacional” y, en consecuencia, no se puede formar una lista de grupos de población reconocidos como minorías nacionales”.

El Comité Asesor del Convenio Marco del Consejo de Europa, en su dictamen sobre el primer informe y los resultados de la visita de inspección a Rusia, señaló que “la asimetría estructura federal y el hecho de que las minorías caen en diferentes categorías con diferentes regímenes legales desde “migrantes forzosos” hasta “pueblos indígenas del Norte”, crean problemas especiales para determinar la aplicabilidad de la Convención Marco en las condiciones de la Federación Rusa. Al comentar sobre el alcance del concepto de “minoría nacional”, los miembros del Comité Asesor señalan que la protección de la Convención “puede otorgarse a personas pertenecientes a los grupos en cuestión, independientemente de que tengan sus propias “formaciones nacional-territoriales”. “y si viven en estos territorios”.

Para concluir, debo hacer un breve comentario sobre otro instrumento internacional, cuya ratificación también contribuirá a la identificación de una lista de comunidades con un estatuto oficialmente fijado de minorías. Estamos hablando de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, que Rusia firmó en mayo de 2001. Labor preparatoria para la ratificación de la Carta y proyecto de piloto su implementación en ciertas regiones de Rusia comenzó hace un año y medio.

El trabajo práctico en esta área se encomendó al Ministerio de Desarrollo Regional, bajo cuyos auspicios se estableció un Grupo de Trabajo Interdepartamental para ratificar la Carta. Las primeras reuniones del grupo tuvieron lugar en 2006. Debido a que por favor predominantemente lingüistas y especialistas en el campo Administración de educación, pero no hubo juristas internacionales que se ocuparan de los problemas de los derechos lingüísticos, se dedicó un tiempo considerable a discutir la interpretación de los términos “minorías nacionales”, “lenguas regionales” y “lenguas minoritarias”, que podría haberse evitado revisando el análisis de las herramientas conceptuales de la Carta ofrecidas por los principales expertos europeos en el campo de los derechos lingüísticos. La Carta, a diferencia de muchos documentos de la OSCE y la Convención Marco para la Protección de los Derechos de las Minorías, no utiliza los conceptos de “minoría” o “minoría nacional”, y los términos “lenguas regionales” y “lenguas minoritarias” se consideran como equivalente, formando un concepto único de “lenguas regionales o lenguas minoritarias”, utilizado a lo largo de la Carta para indicar el objeto principal de protección. Conceptos significativos en el marco de la Carta, la distinción entre los cuales los abogados y funcionarios rusos deberán dominar: idiomas regionales(alternativamente denominado en algunos estados como idiomas minoritarios) e idiomas no territorial(las definiciones se dan en el Artículo 1 de la Carta).

Para los practicantes, las diferencias más importantes no serán las definiciones de estos conceptos en la Carta, sino la lista de idiomas en el informe de ratificación de Rusia, en el que el estado se compromete a proteger algunos idiomas con el conjunto de normas especificadas. en la Parte III, y otros idiomas - en la Parte II de la Carta. La distinción entre los idiomas de la Parte II y los idiomas de la Parte III se convertirá en la guía práctica más importante (clasificación instrumental) para la planificación lingüística específica en el marco de la implementación de la Carta en Rusia.

Para quienes no estén familiarizados con las normas de la Carta, también vale agregar que está dirigida a proteger las lenguas tradicionalmente utilizadas en el territorio de los estados (en la literatura especializada a veces también se las denomina autóctonas o indígenas). ), y no dialectos de lenguas oficiales y no lenguas en las que dicen inmigrantes recientes. Por lo tanto, la mayoría de las comunidades lingüísticas, cuyas lenguas no se clasificarán como lenguas de Rusia, no estarán bajo la protección de la Carta, a pesar de que una parte significativa de ellas se enseñan en las escuelas rusas como un tema, o se les enseña. Este momento, que pocas veces llama la atención de los especialistas, demuestra la circunstancia bastante obvia de que en las condiciones de Rusia, a pesar del hecho indudable de que la Carta protege idiomas, en lugar de grupos minoritarios, la lista de idiomas estará fuertemente influenciada por las ideas predominantes sobre qué comunidades pueden reclamar el estatus de minorías nacionales rusas.

También debe entenderse claramente que la Carta no es un documento basado en una lista derecho y medidas para su protección, pero en la lista de estados obligaciones Su ratificación, en particular, puede estar asociada con costos significativos, cuya carga principal, de acuerdo con la legislación rusa, recaerá en los presupuestos regionales. Según nuestras estimaciones, las obligaciones en virtud de la tercera parte de la Carta se pueden extender a 40-50 comunidades lingüísticas principales que tienen una infraestructura de apoyo lingüístico bastante desarrollada (es decir, en este idioma hay libros de texto, diccionarios, cursos de formación, profesores, obras literarias , arte, por ejemplo, teatro y medios de comunicación, incluida la televisión e Internet). Al mismo tiempo, el costo anual de mantener y desarrollar dicha infraestructura para un idioma oscila entre 18 y 36 millones de euros, independientemente del número de hablantes nativos (el costo de producir programas de radio y televisión y desarrollar cursos de formación y literatura) 31 . El documento de ratificación, los futuros informes sobre la Carta y las actividades en su marco para proteger las lenguas minoritarias contribuirán sin duda a la consolidación jurídica del estatuto de las minorías, lo que permitirá hablar de ellas no sólo como un concepto teórico, sino también como una categoría de práctica administrativa.

Sokolovsky Sergey Valerievich, Doctor en Ciencias Históricas, Investigador Jefe del Instituto de Etnología y Antropología de la Academia Rusa de Ciencias, Editor en Jefe de la revista Ethnographic Review (Moscú).
Según IPUMS (Integrated Public Use Microdata Series; https://intemational.ipums.org/intemational/), a principios de la década de 2000. de los 140 países que proporcionaron cuestionarios del censo, 66 utilizaron una variedad de categorizaciones étnicas/origen/culturales en sus censos; 19 estados - categorías raciales; 14- preguntas sobre la pertenencia a la población indígena. Además de esto, 71 estados utilizaron la categoría de idioma, 74 la categoría de afiliación religiosa y 131 el país de nacimiento u origen.
Los lingüistas creen que el término Lamut fue utilizado por los yakutos para designar a los evens, de donde pasó al idioma ruso, donde funcionó como nombre oficial de este pueblo hasta 1917. Even y sus variantes fonéticas dialectales y coloquiales siguen siendo las más comunes. nombre propio.
Cabe señalar que los kumandins, telengits, tubalars y chelkans pertenecían tradicionalmente a los altaianos, lo que no impidió que fueran incluidos en la “Lista de Pueblos Indígenas del Norte” como comunidades independientes. Permítanme recordarles que los pomores y los cosacos también reclaman el estatus de pueblos independientes.
A menudo, el mismo término denota diferentes conceptos, como el término "personas" en el texto. constitución rusa(para más información sobre el sistema terminológico del derecho constitucional ruso en el ámbito de la política nacional, véase: Sokolovsky SV Sobre las posibilidades de diálogo entre abogados y antropólogos: notas terminológicas // Antropología jurídica: derecho y vida. M., 2000; suyo propio Terminología y conceptualización etno-política nacional en ley constitucional RF // Problemas regulacion legal relaciones interétnicas y legislación contra la discriminación en la Federación Rusa. M., 2004; su propia. Categorizar, codificar y contar: la política de construcción de listas de nacionalidades en el censo ruso de 2002 // Boletín de antropología, minorías y multiculturalismo. Krasnodar, 2004. Nº 6; su propia. Conceptualización de la política etnonacional en los textos de las constituciones republicanas // Derecho y etnicidad en los sujetos de la Federación Rusa. M., 2004; su propia. Esencialismo en el derecho constitucional ruso (sobre el ejemplo de la terminología utilizada en las constituciones de las repúblicas dentro de la Federación Rusa) // Nacionalismo ruso: contexto social y cultural. M, 2008.
A pesar de que los miembros de la ONU en diciembre de 1948, en una Resolución especial sobre el destino de las minorías, señalaron que el carácter universal de la Declaración no permite la inclusión de un artículo especial sobre el problema de las minorías en su texto (ya que es difícil de encontrar solución única por un tema tan complejo y sensible, que tiene aspectos especiales en cada estado), sin embargo, consideraron necesario enfatizar que la ONU “no puede permanecer indiferente ante el destino de las minorías”, e instruye a la Comisión de Derechos Humanos y a la Subsecretaría de Estado Comisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías para estudiar este problema para que las Naciones Unidas puedan "tomar medidas efectivas para la protección de las minorías raciales, nacionales, religiosas o lingüísticas". De conformidad con esta resolución, los textos de las delegaciones de Dinamarca, la URSS y Yugoslavia sobre este tema fueron presentados al Consejo Económico y Social. Se reconoció como errónea la opinión de que las garantías de los derechos humanos fundamentales asegurarían automáticamente los derechos colectivos de las minorías, por lo que se incluyó un artículo especial sobre las minorías en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art. 27): “En aquellos países cuando existan minorías étnicas, religiosas y lingüísticas, no se negará a las personas pertenecientes a dichas minorías el derecho, al igual que los demás miembros del mismo grupo, a disfrutar de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religión y a utilizar su lenguaje propio."
El trabajo sobre los principios establecidos en el texto citado del Artículo 27 se llevó a cabo en el marco de una Subcomisión especial para la Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. En su 24° período de sesiones, en 1971, la Subcomisión adoptó una resolución en la que nombraba un relator especial para realizar un estudio en el campo pertinente. A pedido del Relator Especial F. Capotorti (24 de octubre de 1972), el Secretario General de la ONU envió una nota verbal a los gobiernos de los estados miembros de la ONU con una solicitud de asistencia al Relator Especial en la recopilación de materiales sobre el programa desarrollado. En respuesta a las notas verbales, 46 países enviaron su información. Sobre esta base y con la participación de datos de agencias especializadas de la ONU y organizaciones no gubernamentales, se prepararon 76 monografías sobre la situación de los grupos étnicos, lingüísticos y religiosos en 75 países del mundo. Con base en estas monografías, se elaboró ​​un informe preliminar y un borrador, y en su 30° período de sesiones, la Subcomisión consideró el informe final, que se publicó en 1979. Ver: Capotorti, F. Estudio sobre los derechos de las personas pertenecientes a grupos étnicos , Minorías religiosas y lingüísticas. Nueva York, 1979.
Esta interpretación fue apoyada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el Comentario No. 23 al Artículo 27. Cfr. Véase también el comentario sobre Eslovenia en: UN Doc. CCPR/C/79/Add. 40
Pentassuglia G. Definición de "minoría" en el derecho internacional: una evaluación crítica. Rovaniemi, Lapland's University Press, 2000, págs. 23-24.
Claude I. Minorías nacionales: un problema internacional. Cambridge, Harvard University Press, 1955. Pág. 2.
Cm.: Pentassuglia G. Definición de "minoría" en el derecho internacional...; Henrard K. Elaboración de un sistema adecuado de protección de las minorías: derechos humanos individuales, derechos de las minorías y derecho a la libre determinación. La Haya, Kluwer Law International, Martinus Nijhoff Publ., 2000.
Pentassuglia G. Definición de "minoría" en el derecho internacional... P. 3; Pentassuglia G. Minorías en el derecho internacional. Estrasburgo, publicación del Consejo de Europa, 2002, página 63.
Pentassuglia G. Minorías en el Derecho Internacional... P. 63.
Helgesen J. Protección de las minorías en el proceso de la Conferencia sobre Seguridad y Cooperación en Europa (CSCE) // La fuerza de la diversidad: derechos humanos y democracia pluralista. ed. por A. Rosas, J. Helgesen. Dordrecht, 1992. P. 163-164.
Propuesta de Convenio Europeo para la Protección de las Minorías CDL. 1991. Art.2.
Artículo 71 de la Constitución de la Federación Rusa: “La jurisdicción de la Federación Rusa es: ... c) la regulación y protección de los derechos y libertades del hombre y del ciudadano; ciudadanía en la Federación Rusa; regulación y protección de los derechos de las minorías nacionales...”; Artículo 72.1. “La jurisdicción conjunta de la Federación Rusa y las entidades constitutivas de la Federación Rusa es: ... b) la protección de los derechos y libertades del hombre y del ciudadano; protección de los derechos de las minorías nacionales...”.
Ley Federal "Sobre la Ratificación del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales" del 18 de junio de 1998 No. 84-FZ // Legislación Recopilada de la Federación Rusa. 1998. N° 25, art. 2833.
Volksgruppengesetz. Gaceta de Leyes Federales. 1976. Nº 396.
Lista de declaraciones realizadas con respecto al tratado núm. 157 Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales Situación a partir del: 24/10/2011 http://conventions.coe.int/treaty/Commun/print/
ListeDeclarations.asp?NT=157&CM=8&DF=12/l 0/2011 &CL=ENG& VL= 1 .
El Gran Ducado de Luxemburgo entiende por "minoría nacional" en el contexto del Convenio Marco un grupo de personas que han vivido durante muchas generaciones en su territorio, que tienen ciudadanía luxemburguesa y conservan características étnicas y lingüísticas distintivas. Sobre la base de esta definición, el Gran Ducado de Luxemburgo debe declarar que no existen "minorías nacionales" (Lista de declaraciones...) en su territorio.
Teniendo en cuenta que el Convenio Europeo para la Protección de las Minorías Nacionales no contiene una definición del concepto de minorías nacionales, la República de Polonia declara que entiende por este término las minorías nacionales que residen en el territorio de la República de Polonia, cuyos miembros son al mismo tiempo ciudadanos polacos... (Lista de declaraciones...).
Suiza declara que en Suiza, las minorías nacionales en el sentido del Convenio marco son grupos de individuos, numéricamente más pequeños que el resto de la población del país o cantón, cuyos miembros son ciudadanos suizos, que tienen vínculos duraderos, fuertes y estables con Suiza. y se guían por el deseo de preservar conjuntamente lo que constituye su identidad común, en particular su cultura, sus tradiciones, su religión o su lengua (Lista de declaraciones...).
La República de Estonia entiende el término “minorías nacionales”, que no está definido en el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, de la siguiente manera: “Minorías nacionales” son aquellos ciudadanos de Estonia que viven en el territorio de Estonia, mantienen a largo plazo, lazos fuertes y estables con Estonia, se diferencian de los estonios por sus características étnicas, culturales, religiosas o lingüísticas y están motivados por el deseo de preservar conjuntamente sus tradiciones culturales, su religión o su idioma, que forman la base de su comunidad identidad” (Lista de declaraciones...).
Convención sobre la garantía de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales. Moscú, 21 de octubre de 1994 (http://elib.org.ua/intemationallaw/ua_readme.php?
subaction=showfull&id=1095944830&archive=&start_ from=&ucat=l &).
Artículo 4 No. 74-FZ (17/06/1996) - “Derechos de la autonomía nacional-cultural”: “La autonomía nacional-cultural tiene derecho: a recibir apoyo de las autoridades y organismos del Estado Gobierno local necesario para la preservación de la identidad nacional, el desarrollo del idioma nacional (nativo) y la cultura nacional; aplicar a las autoridades legislativas (representativas) y ejecutivas, órganos de autogobierno local, en representación de sus intereses nacionales y culturales; crear medios de comunicación de masas en la forma prescrita por la legislación de la Federación Rusa, recibir y difundir información en el idioma nacional (nativo); preservar y enriquecer el patrimonio histórico y cultural, tener libre acceso a los Propiedad cultural; seguir las tradiciones y costumbres nacionales, revivir y desarrollar artesanías y artesanías populares artísticas; crear instituciones educativas y científicas, instituciones culturales y asegurar su funcionamiento de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa; participar a través de sus representantes autorizados en las actividades de las organizaciones no gubernamentales internacionales; establecer sobre la base de la legislación de la Federación de Rusia y mantener, sin discriminación alguna, contactos humanitarios con los ciudadanos, organizaciones publicas paises extranjeros. Las leyes federales, las constituciones (cartas), las leyes de las entidades constitutivas de la Federación Rusa pueden otorgar autonomía nacional-cultural otros derechos en los campos de la educación y la cultura. La participación o no participación en las actividades de la autonomía cultural nacional no puede servir como base para restringir los derechos de los ciudadanos de la Federación Rusa, así como la nacionalidad no puede servir como base para restringir su participación o no participación en las actividades de la autonomía nacional. -Autonomía cultural. El derecho a la autonomía nacional-cultural no es el derecho a la libre determinación nacional-territorial. El ejercicio del derecho a la autonomía nacional y cultural no debe perjudicar los intereses de otras comunidades étnicas” (Ley Federal del 17 de junio de 1996 No. 74-FZ “Sobre la Autonomía Nacional y Cultural”; http://constitution.garant.ru /acto/derecho /135765/capítulo/1/).
Informe de la Federación de Rusia sobre la aplicación de las disposiciones del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales. Véase: http://www.coe.int/t/dghl/monitoring/minorities/3_FCNMdocs/PDF_lst_SR_RussianFederation_ru.pdf (08/03/2000), página 3.
Ahí. págs. 12-13.
Ahí. S. 11.
Comité consultivo del Convenio marco para la protección de las minorías nacionales. Opinión sobre la Federación Rusa. Estrasburgo, 13 de septiembre de 2002 (ACFC/INF/OP/I(2003)005). Pág. 7. El texto original dice así: “Comité Asesor reconoce que la estructura federal asimétrica y el hecho de que las minorías caen dentro de varias categorías con diferentes regímenes legales, que van desde “migrantes forzados” hasta “pueblos indígenas numéricamente pequeños del norte” , plantean desafíos particulares al determinar la aplicabilidad del Convenio Marco en el contexto de la Federación Rusa”. Oficial traducción rusa, preparado por el Departamento de Apoyo Lingüístico (DLO) del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia, contiene muchas inexactitudes y errores, incluso en el párrafo anterior. Por ejemplo, “caen dentro de varias categorías” se traduce por alguna razón como “subdivididos en muchas categorías” (párrafo 24, sin paginación), y el estatus legal de los pueblos indígenas del Norte se denomina “pequeños pueblos indígenas del norte”. . Ver: Opinión sobre la Federación Rusa del Comité Asesor para la Implementación del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales. DLO Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia (traducido del 13/11/2003) 382/rs 7. 72. [sin paginación; http://www.hri.ru/docs/?content=doc&id=258].
Ibíd., párrafo 25 (sin paginación).
Decreto del Presidente de la Federación Rusa del 22 de febrero de 2001 No. 90-rp.
Cfr. Grin F. Evaluación de la Política Lingüística y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Houndmills, Basingstoke, Hampshire, 2003, págs. 20-21.
Carta Europea de las Lenguas y Rusia. ed. S.V. Sokolovsky y V.A. Tishkov. M., IEA RAS, 2010. Investigación en Etnología Aplicada y Urgente. Núm. 218. Art. 36-38.