¿Qué tipos de poderes contempla el Código Civil (CC RF)? Código Civil de la Federación Rusa (Código Civil de la Federación Rusa) Cómo se formaliza una oficina de representación.

Artículo 182. Representación

1. Una transacción realizada por una persona (representante) en nombre de otra persona (representada) en virtud de la autoridad basada en un poder notarial, una indicación de una ley o un acto de un organismo estatal autorizado o un organismo de autogobierno local, crea, modifica y extingue directamente derechos y obligaciones civiles del representado.

La autoridad también puede surgir del entorno en el que el representante (vendedor en venta minorista, cajero, etc.).

2. Son personas que actúan, aunque en interés de otros, pero por cuenta propia, las personas que sólo transmiten la voluntad de otra persona expresada en la debida forma, así como las personas autorizadas para entablar negociaciones sobre posibles transacciones en el futuro. no representantes. (en ed. ley Federal de fecha 07.05.2013 N 100-FZ)

3. Un representante no puede realizar operaciones por cuenta del representado en relación consigo mismo personalmente, así como en relación con otra persona, de la que sea al mismo tiempo representante, salvo en los casos estatutario.

Una transacción que se haya celebrado con violación de las reglas establecidas en el primer párrafo de esta cláusula, y a la que el representado no haya dado su consentimiento, podrá ser declarada nula por el tribunal a demanda del representado, si viola sus intereses. Se presume la vulneración de los intereses del representado, salvo prueba en contrario.

(Cláusula 3 modificada por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

4. No está permitido realizar una transacción a través de un representante, que por su naturaleza solo puede hacerse personalmente, así como las demás transacciones especificadas en la ley.

Artículo 183. Conclusión de una transacción por una persona no autorizada

1. Si no hay autoridad para actuar en nombre de otra persona o si se excede dicha autoridad, la transacción se considerará concluida en nombre y en interés de la persona que la hizo, a menos que la otra persona (persona representada) posteriormente aprueba esta transacción.

Previamente a la aprobación de la transacción por el representado, la otra parte, mediante solicitud a la persona que realizó la transacción o al representado, tiene derecho a rechazarla en unilateralmente, salvo los casos en que, al hacer una transacción, supiera o debiera haber sabido de la falta de facultades del que realiza la transacción o de su exceso.

2. La posterior aprobación de la transacción por el representado crea, modifica y extingue derechos y obligaciones civiles para él en virtud de esta transacción desde el momento en que se realiza.

3. Si el representado se negare a aprobar la operación o no se recibiera la respuesta al ofrecimiento del representado para aprobarla en tiempo razonable, la otra parte tiene derecho a exigir de la persona no autorizada que realizó la transacción la ejecución de la transacción o el derecho a rechazarla unilateralmente y exigir una compensación por las pérdidas de esta persona. Las pérdidas no están sujetas a compensación si, durante la transacción, la otra parte sabía o debería haber sabido de la falta de autoridad o de su exceso. (La cláusula 3 fue introducida por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

Artículo 184. Representación comercial

1. Un representante comercial es una persona que representa de manera permanente e independiente a los empresarios cuando éstos celebran contratos en el campo de la actividad empresarial.

2. Se permite la representación comercial simultánea de diferentes partes en una transacción con el consentimiento de estas partes, así como en los demás casos previstos por la ley. Si el representante de ventas está actuando en subasta organizada, se presume, salvo prueba en contrario, que el representado está de acuerdo con la representación simultánea por tal representante de la otra parte u otras partes.

3. Las características de la representación comercial en determinadas áreas de la actividad empresarial están establecidas por la ley y otras actos legales.

Artículo 185. Poder notarial

(modificado por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

1. Un poder es una autorización escrita emitida por una persona a otra u otras personas para su representación ante terceros.

2. Los poderes en favor de los menores (artículo 28) y en favor de los ciudadanos incapaces (artículo 29) son otorgados por sus representantes legales.

3. La persona representada puede presentar una autorización por escrito para concluir una operación por parte de un representante directamente al tercero correspondiente, quien tiene derecho a verificar la identidad de la persona representada y hacer una anotación al respecto en el documento que confirma la identidad del representante. autoridad.

Autorización por escrito para que un representante de un ciudadano reciba su depósito en un banco, haciendo Dinero a su cuenta de depósito, para realizar operaciones en su cuenta bancaria, incluida la recepción de fondos de su cuenta bancaria, así como la recepción de correspondencia dirigida a él en una organización de comunicación, puede ser representada por el representado directamente ante el banco u organización de comunicación.

4. Las reglas de este Código sobre el poder también se aplicarán en los casos en que los poderes de un representante estén contenidos en un contrato, incluido el contrato entre el representante y el representado, entre el representado y un tercero, o en un decisión de la junta, salvo disposición legal en contrario o contraria a la esencia de la relación.

5. Si el poder se otorga a favor de varios representantes, cada uno de ellos tendrá las facultades indicadas en el poder, a menos que el poder prevea que los representantes las ejerzan conjuntamente.

6. Reglas Este artículo en consecuencia, también se aplican en los casos en que el poder es otorgado conjuntamente por varias personas.

Artículo 185.1. Poder legal

1. Un poder para celebrar operaciones que requieran forma notarial, para presentar solicitudes de registro estatal de derechos o transacciones, así como para enajenar inscritos en registros estatales los derechos deben ser notariados, salvo que la ley disponga lo contrario.

2. Se equipararán a los poderes otorgados ante notario:

1) poderes notariales del personal militar y otras personas que están siendo tratadas en hospitales, sanatorios y otras instituciones médicas militares, que están certificados por el jefe de dicha institución, su adjunto de la unidad médica y, en su ausencia, por el superior o médico de guardia;

2) poderes del personal militar, y en los puntos de despliegue unidades militares, formaciones, instituciones e instituciones educativas militares donde no hay oficinas notariales y otros organismos que realizan actos notariales, también poderes de empleados, miembros de sus familias y miembros de las familias del personal militar, que están certificados por el comandante (jefe) de estas unidades, formaciones, instituciones o instituciones;

3) poderes de personas en lugares de privación de libertad, que sean certificados por el titular del respectivo lugar de privación de libertad;

4) poderes de ciudadanos mayores de edad que se encuentran en instituciones Protección social de la población, que estén certificadas por la administración de esta institución o por el titular (su adjunto) del organismo de protección social de la población correspondiente.

3. Poder para recibir salarios y otros pagos relacionados con relaciones laborales, para recibir remuneraciones de autores e inventores, pensiones, subsidios y becas o para recibir correspondencia, con excepción de la correspondencia valiosa, puede ser certificada por la organización en la que trabaja o estudia el principal, y la administración de la papelería Institución medica en que está siendo tratado. Dicho poder notarial se certifica de forma gratuita.

4. Se expide un poder a nombre de una persona jurídica firmado por su titular u otra persona autorizada para hacerlo de conformidad con la ley y los documentos constitutivos.

Artículo 186. Duración del poder notarial

1. Si en el poder no se especifica el plazo de su vigencia, su vigencia durará un año a partir de la fecha de su otorgamiento. (modificado por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

Es nulo el poder que no especifica la fecha de su otorgamiento.

2. Un poder otorgado por un notario destinado a realizar acciones en el extranjero y que no contenga una indicación de su período de validez sigue siendo válido hasta que sea cancelado por la persona que lo expidió.

Artículo 187

(modificado por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

1. La persona a quien se ha otorgado un poder debe realizar personalmente aquellas acciones para las que está autorizado. Puede encomendar su cumplimiento a otra persona si está autorizado para ello por un poder notarial, y también si está obligado a hacerlo por la fuerza de las circunstancias para proteger los intereses de la persona que otorgó el poder notarial y el poder de abogado no prohíbe la sustitución.

2. La persona que delegó facultades en otra persona deberá notificarlo en un plazo razonable a la persona que otorgó el poder e informarle Información necesaria sobre la persona en quien se ha delegado la autoridad. El incumplimiento de esta obligación hace que la persona que delegó los poderes sea responsable de las acciones de la persona en quien delegó los poderes, como de las suyas propias.

3. El poder otorgado en sustitución deberá ser protocolizado.

La regla sobre la protocolización de un poder otorgado en sustitución no se aplica a los poderes otorgados en sustitución por personas jurídicas, jefes de sucursales y oficinas de representación de personas jurídicas.

4. El plazo de vigencia de un poder otorgado en sustitución no podrá exceder del período de vigencia del poder en virtud del cual fue otorgado.

5. No se admitirá la reasignación en los supuestos previstos en el apartado 3 del artículo 185.1 de este Código.

6. Salvo disposición en contrario en el poder o disposición legal, el representante que delegó facultades en otra persona por vía de sustitución no perderá las facultades correspondientes.

7. No se permite la transferencia de poderes por parte de una persona que ha recibido estos poderes como resultado de una subautorización a otra persona (subautorización posterior), salvo disposición en contrario en el poder inicial o establecido por la ley.

Artículo 188. Extinción de un poder notarial

1. El poder se extingue por:

1) vencimiento del poder notarial;

2) cancelación del poder por quien lo otorgó, o por una de las personas que lo otorgaron conjuntamente;

3) negativa de la persona a quien se le otorgó el poder;

4) terminación de la persona jurídica en nombre de la cual o para la cual se emitió el poder, incluso como resultado de su reorganización en forma de división, fusión o adhesión a otra persona jurídica;

5) la muerte del ciudadano que otorgó el poder, reconocimiento de éste como incapaz, con capacidad limitada o desaparecido;

6) la muerte de un ciudadano a quien se hubiere otorgado poder notarial, reconocimiento de él como incapaz, con capacidad limitada o desaparecido;

7) introducción de tal procedimiento concursal en relación con la persona representada o representante, en el que la persona interesada pierde el derecho a otorgar poderes de forma independiente.

(Cláusula 1 modificada por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

2. La persona a quien se hubiere otorgado el poder podrá en cualquier momento renunciar al poder, y el poderdante podrá cancelar el poder o la subautorización, salvo el caso previsto en el artículo 188.1. de este Código. El acuerdo de renuncia a estos derechos es nulo. (Cláusula 2 modificada por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

3. Con la extinción del poder notarial, la sustitución queda sin efecto.

Artículo 188.1. poder irrevocable

(introducido por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

1. Para cumplir o asegurar el cumplimiento de la obligación del representado frente al representante o personas por cuenta o en cuyo interés actúa el representante, en los casos en que tal obligación esté asociada al ejercicio de una actividad empresarial, la persona representado puede indicar en el poder otorgado al representante que este poder no puede ser cancelado antes del vencimiento de su validez o puede ser cancelado solo en los casos previstos en el poder (poder irrevocable).

Tal poder puede en todo caso ser revocado después de la extinción de la obligación para cuyo cumplimiento o ejecución fue otorgado, y también en cualquier momento en caso de abuso por parte del representante de sus poderes, así como en la caso de circunstancias que indiquen claramente que este abuso puede ocurrir.

2. El poder irrevocable debe ser protocolizado y contener una indicación directa de la limitación de la posibilidad de su cancelación de conformidad con el apartado 1 de este artículo.

3. La persona a quien se haya otorgado un poder irrevocable no puede encomendar a otra persona la realización de las acciones para las que está autorizado, salvo disposición en contrario en el poder.

Artículo 189. Consecuencias de la extinción del poder.

1. La persona que otorgó el poder y luego lo canceló estará obligada a notificar a la persona a quien se otorgó el poder, así como a los terceros conocidos por él, para la representación ante quien se otorgó el poder, sobre la cancelación. La misma obligación se impondrá a los derechohabientes de quien otorgó el poder en los casos de extinción del mismo por las causales previstas en los incisos 4 y 5 del párrafo 1 del artículo 188 de este Código. (modificado por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

La cancelación de un poder puede ser publicada en publicación oficial en el que se publica la información concursal. En este caso, la firma en la solicitud de cancelación del poder debe estar legalizada ante notario. Los terceros se consideran notificados de la revocación del poder después de un mes desde la fecha de dicha publicación, si no fueron notificados antes de la revocación del poder. (el párrafo fue introducido por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

2. Si se presenta a un tercero un poder cuya terminación no conocía ni debía conocer, seguirán siendo válidos los derechos y obligaciones adquiridos como consecuencia de las acciones de la persona cuyos poderes han sido extinguidos. para el representado y sus causahabientes. (Cláusula 2 modificada por la Ley Federal N° 100-FZ del 7 de mayo de 2013)

3. A la terminación del poder, la persona a quien se otorgó, o sus derechohabientes, deben devolver inmediatamente el poder.

1. El robo en secreto de la propiedad ajena (robo) se castiga con una multa de hasta cincuenta dólares libres de impuestos

ingresos mínimos gravados de los ciudadanos, o trabajo correccional hasta dos años, o prisión hasta por tres años.

Robo cometido repetidamente o colusión por un grupo de personas, será sancionado con privación de libertad por un período de hasta cinco

años o prisión por el mismo término.

3. Robo, relacionado con la penetración en la vivienda,

cualquier otro local o depósito o que haya causado daño sensible a la víctima, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a

seis años de edad.

4. El hurto cometido en gran escala se castiga con pena de prisión de cinco a

ocho años.

5. Robo cometido en una escala especialmente grande o

grupo organizado, será reprimido con pena privativa de libertad de siete a

doce años con confiscación de bienes.

Nota: 1. En los artículos 185, 186, 189-191, se reconoce como delito la reincidencia cometido por una persona que haya cometido previamente alguno de los delitos previstos en estos artículos o en los artículos 187 o 262

de este Código.

2. Artículos 185, 186, 189-191 de este Código

el daño significativo se determina teniendo en cuenta la situación financiera de la víctima y, si sufrió

pérdidas en la cantidad de cien a doscientos cincuenta ingresos mínimos libres de impuestos de los ciudadanos.

3. Artículos 185-191 de este Código en mayor

tamaños, un crimen cometido por uno

por una persona o un grupo de personas por un monto de doscientas cincuenta o más veces el valor libre de impuestos

ingresos mínimos de los ciudadanos en el momento del delito.

4. Artículos 185-187 y 189-191 de este Código

en una escala particularmente grande, se reconoce un delito cometido por una persona o un grupo de personas por un monto que es seiscientas o más veces mayor que el libre de impuestos

renta mínima gravada de los ciudadanos en el momento del delito.

1. El objeto del robo - relaciones economicas propiedad para la posesión, uso y disposición de la propiedad estatal, colectiva y privada.

El objeto de cualquier robo (incluido el robo) es la propiedad que tiene las siguientes características:

a) un signo material (una cosa del mundo material);

b) signo social(se invierte cierto trabajo humano en la propiedad);

c) signo económico (la propiedad debe tener valor de consumo);

GRAMO) signo legal(la propiedad debe ser propiedad del propietario).

El robo es reconocido como la forma más común de robo de propiedad. El concepto de -abducción- cubre 406

hay una transferencia ilegal de bienes de la víctima al ladrón, apoderamiento de bienes, tomar posesión de ellos sin

consentimiento del propietario, la persona que custodia esta propiedad

o usarlo.

El principal signo de robo es que la propiedad de otra persona

la propiedad es embargada en secreto.

2. El término "en secreto" debe entenderse como:

1) cuando el autor sustraiga bienes en ausencia del propietario o de quien lo sustituya;

2) cuando el autor sustraiga bienes en presencia del dueño o de quien lo sustituya, pero éste

no advierta o no informe el hecho del robo de bienes;

3) cuando el secuestro se realice en presencia de

la víctima u otras personas, siempre que persona culpable no lo sabe o cree que está pasando desapercibido para ellos;

4) cuando la víctima u otra persona no informe (por embriaguez, infancia, etc.) el hecho del apoderamiento ilícito de bienes;

Al distinguir entre un secuestro clandestino y uno abierto, se debe prestar atención al hecho de que durante un secuestro abierto, el perpetrador experimenta una cierta barrera mental y hace un esfuerzo significativo para

para superarlo

Al mismo tiempo, entiende que sus acciones son observadas y, posiblemente, condenadas por los presentes.

personas (propietario, vigilante, transeúntes, etc.).

Una barrera mental similar también puede ocurrir cuando, de hecho, nadie conoce el hecho de la abducción.

observa, pero el culpable, engañado, cree que sus acciones son conocidas por quienes lo rodean, quienes pueden detenerlo y llevarlo ante la justicia. Con un secuestro secreto, puede que no haya tanta tensión mental.

Por lo tanto, tal secuestro se reconoce como secreto,

en el que el perpetrador está seguro de que sus acciones

nadie ve ni observa, sino los presentes en

las personas de este entorno no condenan sus acciones ni

tratarlo con indiferencia.

El hurto se considera consumado desde el momento de la transferencia efectiva de los bienes de la posesión del dueño a la posesión del ladrón, quien recibe verdadera oportunidad gestionarlo como si fuera tuyo.

Se reconoce el hurto reiterado de bienes privados, estatales o colectivos por hurto,

robo, fraude, malversación o desfalco, o

abuso de cargo oficial (artículos 185,

186, 189-191), si la persona ha cometido previamente alguna de las

estos delitos, o después de cometer robo (artículo 187), bandolerismo (artículo 257), hurto de armas de fuego, municiones, explosivos o

materiales radiactivos (artículo 262), o robo

drogas o sustancias psicotrópicas(artículo 308), independientemente de que haya sido condenado por ellos. Sin embargo, el secuestro no puede ser calificado como

repetida, si la condena anterior del culpable ha sido expulsada crimen cometido por vía de amnistía o indulto, o reembolsado o retirado de conformidad con legislación actual, y también cuando por el momento

cometer robo, el estatuto de limitaciones para llevar a responsabilidad penal por cometido anteriormente

un crimen.

Un secuestro cometido por un grupo de personas por acuerdo previo es un secuestro en el que

dos o más personas que hayan acordado de antemano cometerlo conjuntamente. EN este caso es necesario establecer que la conspiración tuvo lugar antes del inicio del secuestro, el

la etapa de preparación o inmediatamente antes de la tentativa, pero no en la etapa de la tentativa o en el momento de la comisión del delito. Incorporación de una persona a un desfalco ya cometido por alguien, seguido de conspiración para

la realización conjunta de este delito no puede considerarse como un signo calificativo de este delito.

Además de los calificativos generales (reincidencia, malversación cometida por grupo organizado, en

a gran escala o reincidente de especial peligrosidad), el hurto se reconoce calificado si se comete

al entrar en una vivienda, otros locales o trasteros.

En este caso, el término "penetración" debe considerarse no en un aspecto técnico, sino en uno legal.

Es necesario establecer si la persona es legal o ilegal

ingresó a las instalaciones, con o sin el permiso de alguien

su persona estaba en una habitación, vivienda, etc. pro409

La invasión es una invasión de una vivienda con el propósito de cometer hurto, robo o hurto. se puede llevar a cabo

tanto en secreto como abiertamente, tanto con la superación de obstáculos o la resistencia de las personas, y sin obstáculos, y

también a través de diversos medios que permiten

culpable de robar propiedad sin entrar en ella.

Vivienda: una habitación destinada a la residencia permanente o temporal de personas (casa particular,

apartamento, habitación de hotel, cabaña, casa de jardin etc.),

así como aquellos de sus componentes que se utilicen para

recreación, almacenamiento de propiedad o satisfacción de otras necesidades humanas vitales (balcones, terrazas, etc.).

Una habitación es el interior de un edificio o estructura en el que se encuentra la propiedad. Puede

ser institución educativa, tienda, museo, local destinado a la realización de ritos religiosos, etc.

Una instalación de almacenamiento es aquella designada para almacenamiento permanente o temporal. activos materiales territorio que se puede equipar con una cerca, varios medios tecnicos, seguridad, etc

En otras palabras, el depósito es cierto obstáculo o cerco para el libre acceso a las cosas.

3. lado subjetivo caracterizado por la culpa

intención directa.

4. El sujeto del delito es una persona física sana que ha cumplido 14 años.

El móvil del delito es mercenario, la persona actúa con

el propósito de convertir la propiedad de otra persona en la propia.

5. El secuestro cometido por acuerdo previo por un grupo de personas es un secuestro, en

a cuya comisión asistieron dos o más personas que acordaron de antemano su comisión conjunta.

Un grupo organizado es una asociación estable de dos o más personas, especialmente organizadas

por actividad delictiva conjunta. tal grupo

caracterizado por: la distribución de roles, la presencia de un organizador, la elaboración de un plan de acción delictiva, la captación de nuevos miembros del grupo, etc.

1. Introducción al folleto papeles valiosos información falsa a sabiendas, aprobación o confirmación de un prospecto que contenga información falsa a sabiendas o un informe (aviso) sobre los resultados de la emisión de valores, así como la colocación de valores emisores, cuya emisión no haya pasado el registro estatal, excepto para casos en que la legislación Federación Rusa sobre valores no se proporciona registro estatal emisión de valores de emisión, si estos hechos han causado un gran daño a los ciudadanos, organizaciones o el estado, -

será castigado con una multa de 100 mil a 300 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o cualquier otro ingreso del condenado por un período de uno a dos años, o con trabajos obligatorios por un período de tiempo plazo de hasta 480 horas, o por trabajo correctivo por un plazo de hasta dos años.

2. Los mismos hechos cometidos por un grupo de personas por acuerdo previo, -

será castigado con una multa de 100 mil a 400 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o cualquier otro ingreso del condenado por un período de uno a dos años, o trabajo forzado por un término de hasta un año, o prisión por el mismo término.

3. Los hechos previstos en la primera parte de este artículo, cometidos por un grupo organizado, -

será castigado con una multa de 100 mil a 500 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o de cualquier otro ingreso del condenado por un período de uno a tres años, o con trabajo forzoso por un pena de hasta tres años, o por privación de libertad por el mismo tiempo.

Nota. Daños mayores, ingresos en gran escala en los Artículos 185, 185.1, 185.2 y 185.4 de este Código se reconocen daños, ingresos en una cantidad superior a un millón quinientos mil rublos, y en una cantidad especialmente grande - tres millones setecientos cincuenta mil rublos

Comentario al art. 185 del Código Penal de la Federación Rusa

1. El concepto de garantía está contenido en el art. Arte. 142 - 149 del Código Civil (ver comentarios al artículo 177). El significado de los términos especiales empleados en la descripción de los elementos del delito en cuestión se entiende referido a la legislación sobre valores.

En arte. 2 de la Ley Federal del 22 de abril de 1996 N 39-FZ "Sobre el Mercado de Valores" (modificada el 29 de diciembre de 2012) define la emisión de valores, el emisor, la emisión de valores, la emisión de valores de renta variable, la colocación de valores de renta variable, el propietario de los valores. El artículo 19 de la Ley define el procedimiento de emisión y sus etapas, incluyendo la adopción de una decisión sobre la colocación de valores participativos, la aprobación de la decisión sobre la emisión, el registro estatal de la emisión, el registro estatal del informe sobre los resultados de la asunto, etc También se establece aquí que los valores de emisión, cuya emisión (emisión adicional) no haya pasado el registro estatal de conformidad con los requisitos de esta Ley, no están sujetos a colocación, salvo disposición en contrario de esta Ley.
———————————
RF SZ. 1996. N° 17. Arte. 1918; 1998. N° 48. Arte. 5398; 1999. N° 28. Arte. 3472; 2001. N° 33 (parte 1). Arte. 3424; 2002. N 52 (parte 2). Arte. 5141; 2004. N° 27. Arte. 2711; N° 31. Arte. 3225; 2005. N° 11. Arte. 900; N° 25. Arte. 2426; 2006. N° 1. Arte. 5; n° 2. art. 172; Nº 17 (parte 1). Arte. 1780; No. 31 (parte 1). Arte. 3437; 2006. N° 43. Arte. 4412; 2007. N 1 (parte 1). Arte. 45; 2007. N° 18. Arte. 2117; N° 22. Arte. 2563; N° 41. Arte. 4845; N° 50. Arte. 6247, 6249; 2008. N° 44. Arte. 4982; Nº 52 (parte 1). Arte. 6221; 2009. N° 1. Arte. 28; N° 7. Arte. 777; Nº 18 (parte 1). Arte. 2154; N° 23. Arte. 2770; N° 29. Arte. 3642; n° 48. art. 5731; Nº 52 (parte 1). Arte. 6428; 2010. N 41 (parte 2). Arte. 5193; 2011. N° 7. Arte. 905; N° 23. Arte. 3262; N° 27. Arte. 3873, 3880; N° 29. Arte. 4291; n° 48. art. 6728; No. 49 (parte 1). Arte. 7040; N° 50. Arte. 7357; 2012. N° 25. Arte. 3269; N° 31. Arte. 4334.

En arte. 22.1 determina quién aprueba y debe suscribir el prospecto de valores de personas jurídicas.

2. Según el art. 20 de la Ley Federal "Sobre el Mercado de Valores", se lleva a cabo el registro estatal de emisiones (emisiones adicionales) de valores emisivos organismo federal poder Ejecutivo en el mercado de valores u otro organismo de registro que determine la ley federal. Dicho organismo es el FFMS de Rusia, cuyo Reglamento fue aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 29 de agosto de 2011 N 717 (modificado el 5 de mayo de 2012).
———————————
RF SZ. 2011 nº 36. art. 5148; 2012. N° 20. Arte. 2562.

El procedimiento para la presentación del informe del emisor sobre los resultados de la emisión se encuentra contenido en el art. 25 de la Ley Federal "Del Mercado de Valores".

3. La información falsa ingresada en el folleto de valores puede distorsionar cualquier dato fáctico que deba reflejarse en el folleto de conformidad con el art. 22 de la Ley Federal "Del Mercado de Valores". Se trata de información sobre las personas que integran los órganos de administración del emisor, información sobre cuentas bancarias, sobre el auditor, tasador y asesor financiero del emisor, así como sobre otras personas que suscribieron el prospecto; información básica sobre la situación financiera y económica del emisor y factores de riesgo, etc.

4. El emisor tiene derecho a iniciar la colocación de valores emisivos sólo después del registro estatal de su emisión, salvo disposición legal en contrario (artículo 24 de la Ley Federal "Del Mercado de Valores"). Se entiende por infracción de este requisito la comisión de las acciones previstas en el artículo comentado en forma de colocación de valores de grado de emisión, cuya emisión no haya pasado el registro estatal.

5. El criterio principal para referirse a los signos del acto en discusión es la distorsión de la información en el prospecto de valores, así como otras acciones enumeradas en el artículo comentado, es su capacidad para generar consecuencias socialmente peligrosas en forma de grandes daño.

en nota al artículo comentado, se determina que el daño superior a 1 millón de rublos se reconoce como daño grande en este artículo. El daño por delito puede ser causado no sólo a los adquirentes de acciones, sino también a quienes, por ejemplo, no ejercieron su derecho (si el correspondiente derecho fuere establecido por ley o, digamos, por decisión del emisor) y comprar valores que generen altos ingresos.

6. El lado subjetivo de un delito puede consistir tanto en la intención directa como en la indirecta. Al mismo tiempo, la distorsión real de la información en el folleto y demás acciones previstas por el artículo comentado deben ser manifiestamente ilegales para quien las comete.

7. La materia del delito se considera especial. Al determinarlo, se deben tener en cuenta los poderes que una persona ejerce en la entidad emisora. En particular, dado que la obligación de aprobar el prospecto de valores se asigna de conformidad con el párrafo 1 del art. 22.1 de la Ley Federal "Sobre el Mercado de Valores" en empresas comerciales a la junta directiva (junta de control), luego los miembros de la junta directiva son reconocidos como sujetos (y la responsabilidad será asumida por aquellos de ellos que votaron por la aprobación del prospecto, a sabiendas de que contienen información falsa, si tales acciones causaron un daño mayor).

Al mismo tiempo, se puede ingresar información falsa a sabiendas en el prospecto de emisión, por ejemplo, por otro empleado del emisor e incluso, hipotéticamente, por una persona que no es un empleado de esta organización. Y si estas actuaciones provocaron fallas en el procedimiento de registro del prospecto y colocación de los valores, que causaron perjuicios mayores al emisor o adquirente de los valores, entonces la persona nombrada también podrá ser responsable en los términos del artículo comentado.

8. Sobre el concepto de comisión de un delito por un grupo de personas por acuerdo previo o por un grupo organizado, ver comentario. al arte. 35. Sobre las reglas para la calificación por estas causales de los delitos, cuya materia es especial, véanse comentarios. al arte. 174.

Código Penal, N 63-FZ | Arte. 185 del Código Penal de la Federación Rusa

Artículo 185 del Código Penal de la Federación Rusa. Abusos en la emisión de valores ( edición actual)

1. Introducir información falsa a sabiendas en un prospecto de valores, aprobar o confirmar un prospecto que contenga información falsa a sabiendas o un informe (aviso) sobre los resultados de una emisión de valores, así como la colocación de valores emisores, cuya emisión no ha pasado el estado registro, excepto en los casos en que la legislación La Federación Rusa de Valores no prevé el registro estatal de una emisión de valores emisores, si estos actos han causado un daño importante a los ciudadanos, organizaciones o el estado, -

será castigado con una multa de 100 mil a 300 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o cualquier otro ingreso del condenado por un período de uno a dos años, o con trabajos obligatorios por un período de tiempo plazo de hasta 480 horas, o por trabajo correctivo por un plazo de hasta dos años.

2. Los mismos hechos cometidos por un grupo de personas por acuerdo previo, -

será castigado con una multa de 100 mil a 400 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o cualquier otro ingreso de la persona condenada por un período de uno a dos años, o con trabajos forzados por un de hasta un año, o por privación de libertad por el mismo término.

3. Los hechos previstos en la primera parte de este artículo, cometidos por un grupo organizado, -

será castigado con una multa de 100 mil a 500 mil rublos, o por el monto del sueldo o salario, o de cualquier otro ingreso del condenado por un período de uno a tres años, o con trabajo forzoso por un pena de hasta tres años, o por privación de libertad por el mismo tiempo.

Nota. Los daños mayores, los ingresos a gran escala en los Artículos 185, 185.1, 185.2 y 185.4 de este Código se reconocen como daños, ingresos por un monto superior a un millón quinientos mil rublos, y en un monto especialmente grande: tres millones setecientos cincuenta mil rublos.

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Comentario al art. 185 del Código Penal de la Federación Rusa

Práctica judicial en virtud del artículo 185 del Código Penal de la Federación Rusa:

  • Sentencia de la Corte Suprema: Sentencia N 39-APU16-1, Colegio Judicial de Causas Penales, apelación

    Como se desprende de los materiales presentados, los actos, de los cuales Grushin H.The. y por el cual está sujeto a extradición a Ucrania, caen bajo los signos de un crimen bajo la Parte 4 del art. 185 del Código Penal de Ucrania y, en consecuencia, los párrafos. "a", "b" parte 2 del art. 158 del Código Penal de la Federación Rusa (robo cometido por un grupo de personas por acuerdo previo, con entrada ilegal en otro depósito). Por la comisión de estos delitos, tanto en el Código Penal de Ucrania como en el Código Penal de la Federación Rusa, se puede imponer una pena de prisión por un período de más de un año, que corresponde a la condición para la extradición establecida por la cláusula 1 , parte 3, artículo 462 del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa.

  • Sentencia de la Corte Suprema: Sentencia N 127-APU17-3, Colegio Judicial de Causas Penales, apelación

    Ches Y V condenado: - 20/04/2012 en virtud de la parte 3 del art. 185 del Código Penal de Ucrania a 3 años de prisión, condicionalmente, con un período de prueba de 1 año, - 07/06/2012 en virtud de la Parte 2 del art. 185, apartado 3 del art. 185, parte 2 del artículo 289, 70, 71 del Código Penal de Ucrania a 4 años y 6 meses de prisión, liberado el 10.12.2014 condicional

  • Sentencia de la Corte Suprema: Resolución N 18-O12-49, Colegio Judicial de Causas Penales, casación

    La parte 2 del artículo 185 del Código Penal de Ucrania establece la responsabilidad por cometer robo "repetidamente". No existe tal delito en el Código Penal de la Federación Rusa...

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1. Un poder es una autorización escrita emitida por una persona a otra u otras personas para su representación ante terceros.

2. Los poderes en favor de menores () y en favor de ciudadanos incapacitados () son otorgados por sus representantes legales.

3. La persona representada puede presentar una autorización por escrito para concluir una operación por parte de un representante directamente al tercero correspondiente, quien tiene derecho a verificar la identidad de la persona representada y hacer una anotación al respecto en el documento que confirma la identidad del representante. autoridad.

Una autorización por escrito para que un representante de un ciudadano reciba su depósito en un banco, deposite fondos en su cuenta de depósito, realice operaciones en su cuenta bancaria, incluida la recepción de fondos de su cuenta bancaria, así como para recibir correspondencia dirigida a él. en una organización de comunicación puede ser presentado por el representado directamente al banco u organización de comunicación.

4. Las reglas de este Código sobre el poder también se aplicarán en los casos en que los poderes de un representante estén contenidos en un contrato, incluido el contrato entre el representante y el representado, entre el representado y un tercero, o en un decisión de la junta, salvo disposición legal en contrario o contraria a la esencia de la relación.

5. Si el poder se otorga a favor de varios representantes, cada uno de ellos tendrá las facultades indicadas en el poder, a menos que el poder prevea que los representantes las ejerzan conjuntamente.

6. Las reglas de este artículo se aplicarán respectivamente también en los casos en que el poder sea otorgado conjuntamente por varias personas.

Comentario sobre el artículo 185 del Código Civil de la Federación Rusa

1. El artículo define tradicionalmente un poder como una autorización escrita emitida por una persona (representante, principal) a otra (representante) para la representación ante terceros. Un poder notarial es un documento que confirma que un representante tiene derecho a actuar en nombre de otra persona, determina las condiciones y los límites para el ejercicio de estos derechos. El poder se dirige a los terceros con los que se supone que se van a celebrar transacciones, por lo que debe ser presentado ante ellos por el representante o directamente por el representado.

El poder es una transacción unilateral y se le aplican las reglas generales establecidas para este tipo de transacciones (ver comentarios a los artículos 155, 156 del Código Civil). No se requiere el consentimiento del representante para su extradición. Sin embargo, el ejercicio de los poderes depende de la voluntad del representante: tiene derecho a usar el poder notarial o rechazarlo.

2. Se permite otorgar un poder en nombre de varias personas, si las acciones previstas por él se relacionan con los intereses homogéneos de estas mismas personas (por ejemplo, un poder para llevar un caso contra varios acusados). También pueden actuar como representantes tanto una como varias personas (véase la cláusula 83 de las Instrucciones sobre el procedimiento para cometer acciones notariales notarías estatales de la RSFSR, aprobado. Orden del Ministerio de Justicia de la RSFSR de 6 de enero de 1987 N 01/16-01).

Dependiendo de la naturaleza y alcance de los poderes otorgados, se acostumbra distinguir entre poderes generales, especiales y de una sola vez. Poderes generales se emiten para la administración y disposición de la propiedad del principal, la realización de todas las transacciones posibles, la representación ante terceros (por ejemplo, tal poder notarial para la administración de la propiedad es emitido por una persona que se va por mucho tiempo). Especial: autorizan acciones legales en un área determinada o para concluir una serie de transacciones homogéneas (un ejemplo sería un poder otorgado para llevar casos en los tribunales). Se emite un poder notarial único para realizar una acción legal (firmar un contrato, recibir bienes, etc.).

3. El poder notarial se hace sólo en escritura. Se puede compilar en la forma documento especial, cartas, telegramas, etc. Al mismo tiempo, el documento respectivo debe contener los datos necesarios para reconocerlo como un poder (fecha de elaboración, datos del representante y otorgado, esencia de la autoridad). Cuando se emite un poder para transacciones que requieren forma notarial (ver artículo 163 del Código Civil), es certificado por un notario, a menos que la ley disponga lo contrario (ver párrafos 3 - 5 del artículo 185 del Código Civil) . Las leyes especiales podrán establecer un procedimiento especial para la protocolización de los poderes otorgados para ciertas acciones(ver, por ejemplo, Orden del Ministerio de Justicia de la Federación Rusa y el Ministerio del Interior de la Federación Rusa del 9 de marzo de 1995 N 19-01-31-95, 65 "Sobre la introducción del formulario poder notariado el derecho de usar y disponer vehículos" // Notario. 1996. N 2. S. 135).

4. El apartado 3 del artículo comentado define los supuestos en los que los poderes otorgados se equiparan a los otorgados ante notario. están formateados en orden especial. Por ejemplo, los poderes del personal militar están certificados de acuerdo con la Instrucción sobre el procedimiento para certificar testamentos y poderes por parte de los comandantes (jefes) de unidades militares, formaciones, instituciones e instituciones educativas militares, jefes, sus adjuntos para la unidad médica, médicos superiores y de guardia de hospitales, sanatorios y otras instituciones médico-militares, aprobadas. El Ministerio de Justicia de la URSS de acuerdo con el Ministerio de Defensa de la URSS el 15 de marzo de 1974. El procedimiento para otorgar poderes en asentamientos cuando no exista notario, establecido por la Instrucción sobre el procedimiento para la práctica de actos notariales por parte de los funcionarios de los poderes ejecutivos, aprobada. Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 19 de marzo de 1996 (ver Notario. 1996. N 2. S. 121, 128).

5. Un poder para que los ciudadanos realicen acciones generalizadas puede ser certificado por la organización en el lugar de trabajo, estudio o residencia del ciudadano. La lista de tales acciones la establece el apartado 4 del artículo comentado y tiene carácter exhaustivo. Asimismo, las leyes especiales podrán prever otros casos en que se permita otorgar poderes en la misma forma. En particular, la Ley de sociedades anónimas determina que el poder para participar en reunión general los accionistas y para votar pueden ser certificados en el lugar de trabajo, estudio o residencia del accionista, y en caso de enfermedad, por la administración del hospital (cláusula 1, artículo 57).

6. Un poder otorgado en nombre de una persona jurídica está firmado por su titular u otra persona autorizada para hacerlo mediante documentos constitutivos (miembro de la junta directiva, subdirector, etc.). Las firmas están certificadas por el sello de la organización. Este procedimiento se aplica independientemente de la forma orgánica y jurídica de la persona jurídica y del contenido de la autoridad. La excepción son los casos en que se emite un poder notarial para recibir o transferir valores de propiedad en nombre de empresa unitaria. Dichos poderes están firmados no solo por el jefe, sino también por el contador jefe de la organización.

Otra regla la establece la Ley de Contabilidad: los documentos que formalizan transacciones comerciales con efectivo son firmados por el jefe de la organización y el contador jefe o personas autorizadas por ellos (artículo 9). De acuerdo con esta norma, los poderes para la recepción y emisión de fondos, bienes, etc., emitidos por cualquier entidad legal debe ir acompañada de dos firmas.

7. Para reconocer un poder debidamente otorgado, es necesario que esté sellado con firma y sello. Sin embargo, en algunos casos, un poder notarial que no está sellado puede tener fuerza legal. Entonces, al considerar el caso del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación Rusa, se estableció que la persona actuó bajo un poder notarial (recibió los bienes), cuyo sello era falso. Según el tribunal, este hecho no es suficiente para reconocer al representante como no autorizado, porque el poder notarial contiene las firmas originales del director y el contador de la organización (ver Boletín de la Corte Suprema de Arbitraje de la Federación Rusa. 1996. N 6. pág. 57). Cuando situaciones similares todas las circunstancias deben tenerse en cuenta en conjunto: la condición del representante, la presencia relaciones laborales entre él y el síndico, etc.

Comentario al art. 185 del Código Civil de la Federación Rusa

1. Un poder es un documento especialmente diseñado para formalizar el otorgamiento de poderes a un representante. Por regla general, antes de realizar una transacción con un tercero, el representante le presenta un poder en confirmación de su autoridad (inciso 1 del artículo comentado).

2. El otorgamiento de autorización, o lo que es lo mismo, autorización, se entiende como una transacción encaminada a establecer el derecho de una persona (autorizada) para realizar una transacción en nombre y con acción directa para otra persona (autorizante). La expedición de la autorización no implica en principio el consentimiento del autorizante para adquirir el derecho a ser representante y, por regla general, es una transacción unilateral del autorizante. Lo anterior se explica por el hecho de que la aparición de este derecho para el autorizado no puede causarle perjuicios. Sin embargo, el comisario está más interesado que nadie en saber que se ha convertido en representante. Por lo tanto, la voluntad de la persona que autoriza a emitir la autoridad para su validez debe ser recibida por la persona autorizada (para obtener más detalles sobre la emisión de la autoridad, consulte: Krasheninnikov E. A., Baigusheva Yu. V. Sustanciación de la autoridad de un representante voluntario // ​​ensayos sobre ley comercial. Yaroslavl, 2010. Edición. 17, págs. 5-51).

3. En algunos artículos del Código Civil, el legislador llama poder no a un documento que formaliza la emisión de un poder, sino la emisión de un poder o el poder justificado por él (ver, por ejemplo: párrafo 1, inciso 1 , artículo 182, artículos 185 a 189). Pero la emisión de la autoridad es una transacción, y la autoridad es un derecho civil subjetivo; por tanto, son fenómenos cualitativamente distintos del poder que formaliza la emisión del poder, y por tanto no pueden ser designados con el término “poder”. En relación con lo dispuesto en estos artículos del Código Civil, la palabra "poder" debe ser reemplazada por el término "emisión de autoridad" ("autorización") o "autorización" adecuada al contexto.

4. El poder suele otorgarse en virtud de un acuerdo entre el autorizado y el autorizante, según el cual el primero se obliga a actuar como representante del segundo, y que en la mayoría de los casos es un contrato de agencia. Nuestro legislador delimita el otorgamiento de autoridad (en la terminología imprecisa del Código Civil - el otorgamiento de un poder) como base para el surgimiento del derecho a ser representante (párrafo 1, inciso 1, artículo 182 de la Ley Civil). Code) del contrato de agencia como base para el surgimiento del deber del apoderado de cometer accion legal por el mandante como su representante (inciso 1 del artículo 971 del Código Civil). El objetivo principal de esta delimitación, propuesta por P. Laband, es salvar a un tercero que hace un trato con un representante de la necesidad de investigar sus relaciones internas con el representado, en particular, para averiguar si se celebró un acuerdo entre el representante y el representado, y si lo hubo, entonces cuál y si padece un vicio (ver: Laband P. Die Stellvertretung bei dem Abschluss von Rechtsgeschäften nach dem allgemeine Deutschen Handelsgesetzbuch // Zeitschrift für das gesamte Handelsrecht. 1866. Bd 10. S. 183 ss., 203 ss.). De acuerdo con este objetivo, los civilistas consideran tradicionalmente la emisión de la autoridad como una transacción abstracta, cuya validez no depende de la existencia o validez del contrato subyacente (ver, por ejemplo: Hupka J. Die Vollmacht. Eine civilistische Untersuchung mit besonderer Berücksichtigung des deutschen Bürgerlichen Gesetzbuchs . Leipzig, 1900. S. 155 ff.; Stadler A. Gestaltungsfreiheit und Verkehrsschutz durch Abstraktion: eine rechtsvergleichende Studie zum abstrakten und kausalen Gestaltung rechtsgeschäftlicher Zuwendungen anhand des deutschen, schweizerischen, österreichischen, französischen und US -amerikanischen Rechts. Tübingen, 1996. S .27).

5. El poder notarial determina el alcance de la autoridad de la persona autorizada, es decir, la gama de transacciones que tiene derecho a realizar en nombre y con efecto directo para la persona autorizada. Tales transacciones se señalan con indicación de su tipo, objeto, precio, personas con quienes deben efectuarse, lugar y tiempo de su realización, así como otros signos. En este sentido, existen normas generales y autoridad especial: la autoridad general cubre todas las transacciones con respecto a las cuales se permite la representación, especial: solo una transacción de la persona autorizada. Siendo los conceptos de poderes generales y especiales conceptos correlativos, un mismo poder puede ser considerado tanto general como especial, según se le compare con un poder más restringido o más amplio. De esta forma de consideración, la facultad de vender productos que se produzcan en la empresa propiedad del autorizante figurará como facultad general en relación con la facultad de celebrar un acuerdo separado suministro de productos y como autoridad especial en relación con la autoridad para administrar esta empresa (ver: Krasheninnikov E.A., Baigusheva Yu.V. Problema y alcance de la autoridad // Vestnik VAS. 2011. No. 1. P. 78).

Ni la autorización general ni la especial por sí solas cubren las operaciones que requieren el consentimiento especial del autorizante. Así, la persona autorizada, a menos que se le permita específicamente en el poder notarial, no tiene derecho a aceptar la herencia en nombre de la persona autorizada (párrafo 3, inciso 1, artículo 1153 del Código Civil) o concluir acuerdo de solución(Art. 54 Código de Procedimiento Civil).

6. Mediante el otorgamiento de un poder, el autorizante podrá delimitar en el poder la gama de operaciones fideicomitidas más amplia que la prevista al celebrar el contrato de agencia, obligándose el autorizado a realizar estas operaciones como apoderado. En tales circunstancias, el alcance de la autoridad debe determinarse sin tener en cuenta el contenido del contrato de agencia, porque el tercero, por regla general, solo se familiariza con el texto del poder, según el cual juzga el alcance de esta autoridad. Sin embargo, si un tercero sabe o debería saber que la transacción de la persona autorizada, aunque corresponda al texto del poder notarial, pero viola la obligación contractual de él, entonces se debe considerar que el poder cubre solo aquellas transacciones que se especifican en el contrato de encargo (ver: Kipp Th. Zur Lehre von der Vertretung ohne Vertretungsmacht // Die Reichsgerichtspraxis im deutschen Rechtsleben Berlin und Leipzig 1929 Bd 2 S 280 ff.

7. En nombre de un ciudadano o ciudadana menor de edad, reconocido por el tribunal incompetente legalmente, la autorización puede ser emitida por su representante legal (inciso 2, artículo 185). Si esto sucede, entonces en la parte de la transacción que se le encomienda, el representante legal no pierde su autoridad y tiene derecho a actuar en nombre de la persona representada junto con el representante autorizado.

8. En la mayoría de los casos, la persona que autoriza otorga un poder entregando a la persona autorizada un poder otorgado a su nombre. En este caso, la autoridad emitida surge no en el momento de redactar el poder notarial, sino en el momento de su recepción en posesión de la persona autorizada.

El párrafo 3 del artículo comentado prescribe que la persona que autoriza puede entregar el poder directamente a un tercero, en particular un banco o una organización de comunicaciones, como contraparte futura en una transacción de confianza. En este caso, la expedición de la autorización se realiza también en relación con el autorizado, que sólo actúa como destinatario propio de la voluntad del autorizante para expedir la autorización. Dependiendo de las circunstancias específicas, la emisión de autoridad aquí puede expresarse en el hecho de que la persona que autoriza lee el texto del poder a la persona autorizada antes de entregarlo a un tercero, en cuyo poder permanece hasta la finalización. de la operación fideicomitida, o en el hecho de que el autorizante entregue el poder al autorizado después de que el tercero lo haya leído y la ejecución por éste de una marca de certificación en el poder.

9. De conformidad con el apartado 4, la emisión de la autorización puede ser confirmada no por un poder notarial, sino por otro documento, que al mismo tiempo realiza las funciones de un poder notarial y debe cumplir con los requisitos para ello. La ley permite el registro del otorgamiento de autorización por el mismo documento que el contrato de mandato u otro acuerdo entre el autorizante y el autorizado, que subyace al otorgamiento de la autorización, o por el mismo documento que el acuerdo del autorizante con un tercero, por ejemplo, un acuerdo preliminar en virtud del cual la celebración del contrato principal debe seguirse a través del autorizado. Sin embargo, incluso con tales métodos de registro, la emisión de autorización no se convierte en parte del acuerdo pertinente, sino que sigue siendo una transacción independiente en relación con él. La confirmación del otorgamiento de autoridad a un representante también puede servir como protocolo sobre el resultado positivo de la votación de los participantes de la asociación de personas sobre el tema de otorgarle autoridad.

10. El apartado 5 del artículo comentado establece la presunción de solidaridad de la autoridad otorgada a varias personas para una misma operación. Esta presunción puede ser rebatida incluyendo una cláusula en el poder notarial que personas autorizadas son representantes conjuntos (colectivos) (para tipos de representación con una pluralidad de representantes, ver arriba, párrafo 3 del comentario al artículo 182 del Código Civil).

En el caso de la expedición de un poder conjunto o colectivo, la voluntad del autorizante debe ser recibida por cada uno de los autorizados, y no por uno solo de ellos. Dado que, en virtud de poderes mancomunados y solidarios, cada persona autorizada es propietaria derecho independiente actuar como representante, cuya ejecución implica la terminación de los derechos de otras personas autorizadas que coinciden con él en contenido, entonces la emisión de una autoridad conjunta consiste en varias expresiones de la voluntad de la persona que autoriza, cada una de las cuales se considera recibida en el momento de su recepción por la persona autorizada correspondiente. Siendo que el poder colectivo se trata de un derecho a ser representante perteneciente a varias personas, este poder se otorga mediante una sola expresión de voluntad, que se considera recibida cuando la reciben todas las personas autorizadas, y si no la reciben simultáneamente, luego en el momento de su recepción por la última persona autorizada (Ver: Krasheninnikov E. A., Baigusheva Yu. V. Justificación de los poderes de un representante voluntario. P. 10–12).

El otorgamiento de un poder conjunto suele formalizarse mediante más de un poder notarial, en los términos del inciso 5 del art. 185, sino por varios poderes, cada uno de los cuales indica solo una de las personas autorizadas, porque los titulares de poderes conjuntos suelen actuar en nombre de la persona autorizada de forma aislada unos de otros. Como regla general, los representantes conjuntos reciben un poder notarial, en el que se nombra a cada representante, ya que en la mayoría de los casos actúan juntos (ver: Tuhr A. Op. cit. S. 412 f.).

11. Según el apartado 6 del artículo comentado, el otorgamiento de poderes puede ser realizado por varias personas autorizadas y representa su declaración unilateral de voluntad conjunta. Por ejemplo, A, B y C, que a la derecha propiedad comun pertenece cosa inamovible, puede dar a G la autoridad para realizar transacciones sobre esta cosa. Una característica de tal emisión de autoridad es que consiste en varias expresiones paralelas de voluntad dirigidas a la persona autorizada (para el concepto de expresión conjunta de voluntad, ver: Krasheninnikov E. A., Baigusheva Yu. V. Transacciones unilaterales y multilaterales // Bulletin of Corte Suprema de Arbitraje, 2012, No. 7, p. 32).

La práctica judicial prevista en el art. 185 del Código Civil de la Federación Rusa

Posiciones tribunales superiores en virtud del artículo 185 del Código Civil.

Tribunal Supremo de la Federación Rusa

Sentencia de 25 de septiembre de 2019 en el expediente N° А35-12808/2017
Sentencia de 5 de agosto de 2019 en el expediente N° А40-100224/2018
Sentencia de 22 de julio de 2019 en el expediente N° А40-82653/2018
Sentencia de 18 de julio de 2019 en el expediente N° А83-5148/2017
Sentencia de 13 de junio de 2019 en el expediente N° А65-24603/2018
Sentencia de 13 de junio de 2019 en el expediente N° А83-13371/2017
Sentencia de 30 de agosto de 2019 en el expediente N° А67-1380/2019
Sentencia de 2 de abril de 2019 en el expediente N° А46-7533/2017
Sentencia de 1 de abril de 2019 en el expediente N° А04-1307/2018
Sentencia de 11 de marzo de 2019 en el expediente N° А55-33679/2017