El concepto, características, tipos y estructura de las relaciones jurídico-administrativas. Tipos de relaciones administrativo-legales El concepto y la estructura de las relaciones administrativo-legales.

Relaciones administrativas y jurídicas Son relaciones públicas reguladas por las normas del derecho administrativo. Surgen y cambian en relación con la aplicación de normas administrativas y legales.

Las relaciones administrativas y jurídicas tienen cierta originalidad, reflejando sus características sectoriales. Se diferencian de todas las demás relaciones jurídicas principalmente en su contenido, median en la esfera de la actividad organizativa del Estado y tienen sus propios meta común adecuada organización de la vida de la sociedad civil, apoyo organizativo para su normal funcionamiento.

Las relaciones jurídico-administrativas sólo pueden existir como jurídicas, a diferencia de las relaciones familiares-matrimoniales, de trueque, laborales, que se desarrollan y existen objetivamente, independientemente de que estén o no reguladas por el Estado de derecho. El Estado los media, los dirige en la dirección correcta, formulando las normas y ramas del derecho privado. Las relaciones jurídico-administrativas sólo pueden existir si están reguladas por las normas del derecho administrativo.

Una característica de las relaciones administrativas y legales es también es su extraordinaria diversidad y carácter integral. Cualquier ciudadano se convierte en participante en las relaciones administrativas y legales desde el momento del nacimiento, luego su personalidad jurídica administrativa se expande y profundiza constantemente, después de la muerte de un ciudadano, las normas y relaciones administrativas y legales protegen su memoria en la legislación sobre entierro. , el procedimiento de eliminación de lugares de enterramiento, reenterramiento de restos, etc. .

Existen numerosos tipos de relaciones administrativo-jurídicas en varios motivos de clasificación:

Por su naturaleza - material y procesal;

Por la naturaleza de la relación entre los participantes en estas relaciones: vertical (entre el ministerio y las organizaciones subordinadas, el jefe y los subordinados), horizontal (entre dos ministerios, divisiones estructurales todos los demás órganos poder Ejecutivo en su relación interna entre sí) y diagonal (entre los inspectores sanitarios, de bomberos y otros del estado y funcionarios objetos controlados);

Por la naturaleza de los hechos jurídicos que les dan origen -relaciones generadas por acciones lícitas y acciones ilegales (relación jurídica generada por acción legal, destinado a implementar la disposición norma juridica, y generado por una acción ilegal - en la ejecución de su sanción);

Por duración de la acción: sin término, urgente y de corto plazo;

· en términos de volumen y lugar en el sistema de regulación administrativa y legal - relaciones administrativas y legales generales, sectoriales e intersectoriales de los niveles federal, regional y local.

5. La estructura de las relaciones administrativas.

Bajo la estructura de la administración relación legal comprendido un conjunto de sus elementos constitutivos obligatorios interrelacionados, que son:

Sujetos de relaciones administrativo-jurídicas;

objetos de las relaciones administrativas y jurídicas;

Los derechos, obligaciones y naturaleza de la vinculación de los participantes en una relación jurídico-administrativa;

condiciones para el surgimiento de relaciones administrativo-jurídicas (hechos jurídicos).

Asignaturas, es decir. participantes en las relaciones administrativo-jurídicas, pueden actuar en cualquier proporción cuerpos gubernamentales, sus subdivisiones estructurales, funcionarios y otros empleados, empresas, instituciones y otras organizaciones, ciudadanos y sus asociaciones públicas. Al mismo tiempo, uno de los sujetos (participantes) de cualquier relación administrativo-jurídica es siempre y necesariamente un organismo estatal, su unidad estructural o un funcionario público. No pueden existir relaciones jurídico-administrativas entre dos o más ciudadanos, así como asociaciones públicas, porque ninguna de las partes en estos casos tiene poderes estatales imperativos.

Objetos Las relaciones administrativo-jurídicas son todo aquello sobre lo cual estas relaciones surgen, se desarrollan y se desarrollan. Objetos de las relaciones administrativas y jurídicas puede realizar:

las acciones y el comportamiento de la persona;

· propiedad estatal, privada, pública y personal (registro, incautación, confiscación, privatización, nacionalización, etc.);

objetos de cultura espiritual (en el campo de la regulación estatal de la cultura, la ciencia y la educación);

· un conjunto de derechos, libertades y obligaciones que configuran el estatuto administrativo y jurídico de un ciudadano en su relación con los poderes ejecutivos.

La multiobjetividad de las relaciones jurídico-administrativas es un rasgo peculiar de este tipo de relaciones jurídicas.

Cada uno de los participantes en una determinada relación administrativo-jurídica tiene derechos subjetivos y obligaciones legales provistos de protección estatal y la posibilidad de aplicar sanciones administrativas.

En las relaciones administrativas y jurídicas entre sus participantes, muchos métodos:

el método de coordinación, en el que los participantes acuerdan mutuamente sus posiciones;

el método de la responsabilidad mutua de los sujetos entre sí; finalmente, el método administrativo-contractual se está generalizando.

Las condiciones para el surgimiento de las relaciones jurídico-administrativas son hechos jurídicos, es decir, circunstancias reales que sirven de base para el surgimiento, cambio o extinción de determinadas relaciones jurídico-administrativas. Una norma administrativo-legal entra en vigor solo cuando las condiciones para su implementación estipuladas por la ley vienen en forma de algunos eventos (nacimiento, muerte, aparición de algún tipo de emergencia) o acciones de personas físicas y jurídicas. La diferencia entre eventos y acciones es que los eventos ocurren y se desarrollan independientemente de la voluntad de las personas, y las acciones siempre tienen un carácter dirigido por la voluntad claramente expresado. Las acciones pueden ser lícitas o ilícitas, pero ambas dan lugar a relaciones administrativo-jurídicas si la legislación les otorga el rango de hechos jurídicos. La mayoría de las relaciones administrativo-jurídicas son generadas por acciones positivas legítimas de personas físicas y jurídicas, en contraste, por ejemplo, con las relaciones de derecho penal (característica).

6. Causas del surgimiento, cambio y extinción de las relaciones jurídico administrativas.

Como cualquiera relaciones juridicas, administrativas y juridicas relación
surgen en presencia de hechos jurídicos. Los hechos jurídicos son las circunstancias en las que relación legal, condicionado por las exigencias de determinadas administrativo y legal normas
Como hechos jurídicos que dan lugar, modifican o extinguen relaciones administrativas, actos (inacción) de las partes.
Las acciones se dividen en legales e ilegales. Las acciones legales cumplen con los requisitos administrativo y legal normas Las acciones ilícitas violan los requisitos. administrativo y legal normas Es principalmente disciplinario o administrativo fechorías e inacción.
El principal tipo de acciones lícitas son los actos jurídicos de los sujetos del poder ejecutivo, que tienen un carácter dirigido. Su efecto jurídico es ocurrencia, cambio o rescisión de trámites administrativos y judiciales relaciones.
Las relaciones jurídico-administrativas se caracterizan por un elemento de autoridad jurídica. De acuerdo con esta disposición, se pueden distinguir dos grupos administrativo y legal relaciones: relaciones que expresan el carácter imperioso de la actividad estatal-administrativa, y relaciones que van más allá del marco de la acción de control. El primer grupo incluye las relaciones entre las autoridades ejecutivas superiores e inferiores; entre jefes y subordinados. El segundo grupo incluye las relaciones entre partes que no están interconectadas por subordinación.

A menudo relaciones juridicas administrativas dividido en subordinado y coordinador. Las relaciones de subordinación contienen una parte importante de autoritarismo. Este elemento supuestamente está ausente en las relaciones de coordinación. Sin embargo, esta suposición es inconsistente con la principal manifestación relaciones juridicas administrativas en el ámbito estatal-administrativo, es decir, con sus manifestaciones jurídicas e imperiosas.
Una de las más comunes en la literatura jurídica es la clasificación administrativo y legal relaciones según la naturaleza jurídica de la interacción de sus participantes en verticales y horizontales relaciones juridicas.
vertical relaciones juridicas la mayoría expresa la esencia administrativo y legal regulación a través de relaciones de subordinación entre el sujeto y el objeto de la gestión. Tales relaciones de poder surgen entre partes subordinadas, lo que indica la falta de igualdad de las partes en ellas.
En la práctica, verticales relaciones juridicas significa que un lado tiene poderes legales que no existen en absoluto o su volumen es menor que el del otro lado.
Entre las relaciones verticales también se encuentran las que surgen entre sus participantes no subordinados. Sin embargo, en este caso, ninguna de las partes tiene autoridad para emitir actos jurídicos vinculantes para la otra parte. Dichos vínculos se encuentran a menudo en el sistema de administración pública intersectorial.
Dentro de las relaciones verticales también se encuentra la actividad de control y supervisión que se desarrolla ampliamente en el ámbito de la administración pública. Sus sujetos son ellos mismos órganos ejecutivos. un ejemplo seria administrativo supervisión, que es ejercida por los servicios federales de supervisión y sus divisiones territoriales.

Horizontal administrativo y legal Las relaciones difieren de las verticales en que las partes involucradas son real y legalmente iguales. Este tipo de relación en el ámbito de lo público
los controles no están generalizados. Sin embargo, la teoría y la práctica administrativo-jurídica parten del hecho de que son de carácter horizontal. procedimiento administrativo, procedimiento administrativo y administrativo y contractual relación.
Las relaciones administrativas y procedimentales surgen entre órganos ejecutivos o funcionarios del mismo nivel respecto de la adopción de normas conjuntas en materia de gestión; coordinar acciones conjuntas; para la formacion comisiones interdepartamentales; para la celebración de reuniones conjuntas, colegios.
Las relaciones procesales administrativas surgen entre las partes al considerar administrativo y legal disputas
Finalmente, las relaciones administrativo-contractual naturaleza surgen como consecuencia de diversos tipos de acuerdos celebrados entre los sujetos del poder ejecutivo.

7. Fuentes del derecho administrativo.

Fuentes del derecho administrativo- estas son formas externas de expresión de normas administrativas y legales. En términos prácticos, nos referimos a los actos jurídicos de varios organismos estatales que contienen tales normas jurídicas, es decir, regulaciones.

Los actos normativos de acuerdo con el procedimiento establecido deben ser registrados y publicados.

Característica de la rama del derecho administrativo es la presencia de muchas fuentes. El derecho administrativo está sólo parcialmente codificado.

Nuevo Código de Infracciones Administrativas (CAO) de fecha 30 de diciembre de 2001 consiste en su mayor parte en normas procesales.

El Código de Infracciones Administrativas determina las tareas y principios de la legislación sobre infracciones administrativas, la lista de tipos de sanciones administrativas y las reglas para su aplicación, los órganos y funcionarios autorizados para conocer de casos de infracciones administrativas, el procedimiento para los procedimientos en casos de infracciones administrativas, incluyendo el establecimiento de medidas para garantizar el procedimiento en casos de infracciones administrativas, el procedimiento para la ejecución de decisiones sobre el nombramiento de sanciones administrativas.

La variedad de normas administrativo-jurídicas implica también una variedad de fuentes que las contienen y expresan. Esto requiere una presentación de las fuentes del derecho administrativo en una cierta secuencia de acuerdo con su fuerza legal.

Las fuentes del derecho administrativo incluyen:

1. Constitución de la Federación Rusa- la fuente principal de cualquier derecho, incluido el administrativo. La Constitución consagra los derechos y libertades básicos del individuo, implementados principalmente en la esfera de la administración pública, la formación y actividades de las autoridades ejecutivas, la delimitación de las funciones de las autoridades ejecutivas de la Federación Rusa y las entidades constitutivas de la Federación Rusa. .

2. Tratados y acuerdos jurídicos internacionales.

3.leyes y códigos federales, tales como “De los principios y procedimiento para la delimitación de los sujetos de jurisdicción y facultades entre los órganos el poder del Estado de la Federación de Rusia y las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia”, “Sobre la ciudadanía Federación Rusa”, “Sobre las garantías básicas de los derechos electorales y el derecho a participar en un referéndum de ciudadanos de la Federación Rusa”, etc.

4. Leyes de sujetos de la Federación Rusa. Por ejemplo, la Asamblea Legislativa de la región de Rostov adoptó la ley regional del 25 de octubre de 2002 No. 273-ЗС "Sobre infracciones administrativas". Base legal de esta ley regional son la Constitución de la Federación Rusa, el Código de la Federación Rusa sobre Infracciones Administrativas, la Carta de la Región de Rostov.

5. Decretos y órdenes del Presidente de la Federación Rusa.

6. Decreto y orden del Gobierno de la Federación Rusa (Decretos de los gobiernos de las entidades constitutivas de la Federación Rusa).

7. Actos normativos departamentales (órdenes de ministros, presidentes de comités estatales, instructivos, instructivos, fueros, etc.).

8. Actos de los súbditos de la Federación Rusa.

9. Actos departamentales de los súbditos de la Federación Rusa.

10. Actos departamentales Gobierno local.

El derecho administrativo es una de las ramas menos sistematizadas, y más aún, no codificadas del sistema legal ruso. Esto se debe en gran parte a su versatilidad.

8. La ciencia de los derechos de administrador.

La ciencia del derecho administrativo es un sistema de ideas científicas, conocimientos y disposiciones teóricas sobre las leyes que operan en las áreas del derecho administrativo como un conjunto de normas jurídicas pertinentes y su aplicación por los órganos ejecutivos y funcionarios.

Con base en el análisis de los puntos de vista disponibles en la teoría del derecho y la rama de las ciencias jurídicas, las generalizaciones legislación administrativa y la práctica de su aplicación, se puede concluir que el tema de la ciencia del derecho administrativo abarca elementos tan básicos como el tema de la rama del derecho, las categorías administrativas y jurídicas, la práctica de las autoridades ejecutivas, la historia del desarrollo de El derecho administrativo como rama del derecho y como ciencia.

La ciencia del derecho administrativo presta considerable atención a las categorías administrativo-legales como el concepto más general en el derecho administrativo. De gran valor para la ciencia administrativa y jurídica es el conocimiento del significado de las normas administrativas y jurídicas.

La actividad legislativa y de aplicación de la ley de las autoridades ejecutivas es también un elemento necesario de la ciencia. El desarrollo de la ciencia del derecho administrativo es impensable sin estudiar su historia.

La ciencia del derecho administrativo ruso ha prestado y continúa prestando una atención considerable a la teoría y práctica extranjeras de la administración pública.

La tarea de la ciencia del derecho administrativo es desarrollar, teniendo en cuenta la práctica, las condiciones para el funcionamiento normal de la sociedad y el estado, viviendo de acuerdo con las leyes de una economía de mercado.

9. Concepto general y tipos de gestión. La administración pública y sus características.

En el sentido más amplio, gestión significa liderar algo (o alguien). En un sentido similar, se interpreta en nuestros días. Sin embargo, no es suficiente limitarse a tal declaración. Existe la necesidad de divulgar el contenido de este manual, su finalidad funcional. Las posiciones teóricas generales, incluidas las cibernéticas, proporcionan motivos suficientes para las siguientes conclusiones:
1. Control tiene función sistemas organizados diferente naturaleza (biológica, técnica, social), asegurando su integridad, es decir, realización de las tareas a las que se enfrentan, conservación de su estructura, mantenimiento del modo adecuado de actividad.
2. La gestión sirve a los intereses de la interacción de los elementos que componen tal o cual sistema y representan un todo único con tareas comunes a todos los elementos.
3. Gestión: la cualidad interna de un sistema integral, cuyos elementos principales son el sujeto (elemento de gestión) y el objeto (elemento gestionado), que interactúan constantemente sobre la base de la autoorganización (autogestión).
4. La gestión implica no sólo interacción interna elementos que componen el sistema. Existen muchos sistemas integrales interactuantes de varios niveles jerárquicos, lo que implica la implementación de funciones de gestión, tanto intrasistema como intersistema. En este último caso, un sistema de orden superior actúa como sujeto de control en relación con un sistema de orden inferior, que es objeto de control en el marco de interacción entre ambos.
5. La gestión en su esencia se reduce a la acción de control del sujeto sobre el objeto, cuyo contenido es la ordenación del sistema, asegurando su funcionamiento en plena conformidad con las leyes de su existencia y desarrollo. Esta es una influencia ordenadora deliberada, implementada en las relaciones entre el sujeto y el objeto y llevada a cabo directamente por el sujeto de gestión.
6. El control es real cuando hay una subordinación conocida del objeto al sujeto de control, del elemento controlado del sistema a su elemento de control. En consecuencia, el impacto de control (ordenador) es prerrogativa del sujeto de control.
7. En el proceso de gestión, sus funciones encuentran su expresión directa, determinadas por la naturaleza y finalidad de las actividades de gestión. Esto significa que la dirección tiene una estructura funcional.
Las funciones directivas se entienden como los tipos (direcciones) más típicos, homogéneos y claramente definidos de la actividad del sujeto gestor, correspondientes al contenido y al servicio de los intereses de consecución de los objetivos principales de la acción de control. Por regla general, incluyen: previsión (planificación); organización (formación de un sistema de gestión y garantía de su funcionamiento normal); coordinación (garantizar acciones coordinadas de varios participantes en las relaciones en la esfera gestionada); regulación (establecimiento del modo de interacción entre el sujeto y el objeto de gestión); gestión (solución imperiosa de cuestiones específicas que surgen en el ámbito gestionado); control (observación del funcionamiento del ámbito gestionado).

La gestión técnica en derecho administrativo es la gestión de objetos basada en reglas técnicas (matemáticas o físicas), por ejemplo, la gestión de mecanismos complejos, máquinas.
La gestión biológica incluye la gestión de los procesos del mismo nombre, teniendo en cuenta las leyes biológicas de la naturaleza, así como los patrones de crecimiento de ciertos organismos (por ejemplo, la cría de ovejas o la selección).
La gestión social es la gestión de la sociedad. En este caso, grupos de personas, por ejemplo, un colectivo laboral o una clase de una escuela secundaria ordinaria, pueden ingresar como administrados. Además, puede haber algunas personas como gestionadas.

Entre todos los tipos de gobierno, la administración pública ocupa un lugar especial, lo que se debe a la presencia de un poderoso poder estatal que se extiende a toda la sociedad, establece normas jurídicas y utiliza mecanismos coercitivos para asegurar el cumplimiento de todos los objetos de gobierno. reglas establecidas conducta.

La administración pública es una actividad ejecutiva de organización práctica directa procesos públicos en sociedad. La gestión es actividad ejecutiva porque tiene por objeto la ejecución, aplicación de las leyes y demás normas. En el proceso de gestión, sus súbditos hacen uso de los poderes administrativos otorgados, el derecho a adoptar actos de poder unilaterales que son vinculantes y protegidos por medidas de coerción estatal. En tal sentido, a esta actividad en la literatura se le denomina ejecutiva-administrativa.

La administración pública como un tipo de administración social se caracteriza por una serie de rasgos. Si consideramos la administración pública en el sentido más amplio de la palabra (literalmente, como la gestión de los asuntos del Estado), entonces la llevan a cabo todos los órganos del Estado. Esta gestión se implementa en las siguientes formas (tipos) de actividad: actividad legislativa realizada órganos representativos el poder del Estado; actividades ejecutivas realizadas por autoridades ejecutivas; justicia administrada por el sistema judicial. Todas estas formas de actividad están dirigidas a la implementación de metas y objetivos comunes del estado. Arte. 10 de la Constitución de la Federación Rusa establece que el poder estatal en Rusia se ejerce sobre la base de su división en legislativo, ejecutivo y judicial. Las autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales son independientes. Arte. 11 de la Constitución de la Federación Rusa establece que:

1) el poder estatal en la Federación Rusa es ejercido por el Presidente de la Federación Rusa, la Asamblea Federal (el Consejo de la Federación y la Duma Estatal), el Gobierno de la Federación Rusa y los tribunales de la Federación Rusa;

2) el poder estatal en las entidades constitutivas de la Federación Rusa es ejercido por los órganos del poder estatal formados por ellos: la Constitución de la Federación Rusa.

En el sentido estricto de la palabra, la administración pública es la actividad del Estado de carácter ejecutivo-administrativo o actividades administrativas llevado a cabo principalmente por las autoridades ejecutivas tanto a nivel de la Federación Rusa como de sus entidades constituyentes. Esta comprensión de la administración pública es aceptada en el derecho administrativo y se basa en el art. 10, 77, 78, 110-117 de la Constitución de la Federación Rusa y otros actos legislativos.

De lo anterior se desprende que la administración pública, la actividad ejecutiva en el sentido estricto de la palabra, es una de las formas de la actividad estatal. Esta gestión se caracteriza por una serie de características.

10. Correlación entre la administración estatal y el poder ejecutivo.

Para comprender la esencia del poder ejecutivo, órganos y sujetos del poder ejecutivo, es metodológicamente importante resolver el problema de la relación entre la administración estatal y el poder ejecutivo.
Ya en el párrafo 13 de la Declaración “Sobre soberanía estatal RSFSR" del 12 de junio de 1990 como el principio más importante del funcionamiento de Rusia como Imperio de la ley Se proclamó la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
Tras la aprobación de la Constitución de 1993, el concepto de "poder ejecutivo" quedó consagrado legislativamente. A esto siguió el retiro casi automático de la práctica normativa de los términos "gerencia", "administración pública", "organismo de gobierno". “En un esfuerzo por alejarse del sistema de influencia estatal sobre el desarrollo de la economía en las condiciones de predominio propiedad del Estado en el sistema de la economía nacional, el legislador abandonó la comprensión administrativo-jurídica y social del término “administración”-administración y aceptó su interpretación en un estrecho concepto de derecho civil en relación con la esfera de la propiedad estatal” (inciso “e” del artículo 71 y el párrafo "d" del artículo 114 de la Constitución de la Federación Rusa).
Como resultado, todos los órganos de gobierno (de diferentes niveles) pasaron a denominarse autoridades ejecutivas, de hecho, hubo un reemplazo mecánico en la terminología legislativa, que violó la continuidad en la denominación de los órganos estatales y complicó las actividades del aparato estatal.
Según la justa declaración del profesor Yu.A. Tikhomirov, debe tenerse en cuenta que el poder ejecutivo es en gran medida una categoría política y jurídica, mientras que la administración pública es una categoría organizativa y jurídica. Sin embargo, ambas categorías legales estatales tienen derecho a la vida, a pesar de que la Constitución de la Federación Rusa no menciona la administración estatal. Sin embargo, la administración pública es una realidad, sin la cual no puede funcionar el mecanismo del poder estatal. Pero la Constitución de la Federación Rusa y legislatura actual A la Federación Rusa no se le ofreció un sinónimo de administración pública. No dicen nada, por ejemplo, sobre la actividad ejecutiva; los temas de esta actividad son obvios, pero su naturaleza no está definida. Por su parte, el sistema de separación de poderes procede del hecho de que cada rama del poder estatal unificado se realiza en las actividades de sus súbditos. Por tanto, la administración pública, según su objeto, no es más que una especie de actividad estatal, en cuyo marco se ejerce prácticamente el poder ejecutivo.
En consecuencia, la administración pública se realiza prácticamente en el marco del sistema de poder estatal, basado en los principios de separación de poderes. El poder ejecutivo, como manifestación del poder estatal unificado, adquiere un carácter real en las actividades de las unidades especiales del aparato estatal, actualmente denominadas órganos ejecutivos, pero en esencia órganos de la administración estatal. En un sentido similar, la administración pública, entendida como actividad ejecutiva y administrativa, no se opone al ejercicio del poder ejecutivo, entendido como la actividad de los sujetos de este poder público.
En la ciencia del derecho administrativo, por ahora, ha habido una posición estable de que el concepto de "administración pública" es más amplio que el poder ejecutivo. Esta última, en cierto sentido, se deriva de la administración estatal. Está diseñado para determinar el alcance y la naturaleza de los poderes de la autoridad estatal implementados en el proceso de la actividad administrativa estatal. Por otro lado, la administración pública es el tipo de actividad que tiene por objeto el ejercicio práctico del poder ejecutivo. El poder ejecutivo constituye esencialmente el contenido de las actividades de la administración pública, expresando, en primer lugar, su orientación funcional (ejecutiva).
En consecuencia, todos los sujetos del poder ejecutivo son simultáneamente eslabones en el sistema de administración pública.
La mayoría de los expertos administrativos consideran que la administración pública es un sinónimo de administración pública en el sentido más amplio y una forma de poder ejecutivo en su propio sentido.
Los siguientes conceptos han llegado a ser generalmente aceptados:
La esfera de la administración pública es un concepto cuyos límites en las condiciones modernas están determinados no solo por las actividades prácticas para la implementación del poder ejecutivo, es decir. el trabajo propio de los sujetos de esta rama del gobierno, pero también todas las demás manifestaciones de la actividad estatal-administrativa (por ejemplo, las actividades de las unidades gerenciales en su naturaleza que no son sujetos directos del poder ejecutivo).
La actividad estatal-administrativa es el funcionamiento de los sujetos del poder ejecutivo y demás niveles de la administración estatal en el cumplimiento de sus cometidos y funciones.
Órganos de la administración estatal: autoridades ejecutivas y otras unidades que realizan actividades administrativas estatales en un volumen u otro.
Órganos ejecutivos: todos los sujetos de la actividad estatal y administrativa, incluidos los sujetos del poder ejecutivo, así como los órganos de gestión que operan fuera de la implementación práctica del poder ejecutivo (por ejemplo, órganos ejecutivos del sistema de gobierno local, órganos de gestión para la vida de las empresas, instituciones, asociaciones públicas, estructuras comerciales).
Hasta el momento, la legislación de la Federación Rusa aún no ha desarrollado completamente una terminología unificada con respecto al poder ejecutivo.
Por lo tanto, la legislación actual de la Federación de Rusia, junto con el uso generalizado del término "autoridades ejecutivas", a menudo contiene referencias a "autoridades ejecutivas", "órganos de gobierno estatales", "órganos ejecutivos del poder estatal", etc.
Como ya se mencionó, la mayoría de los científicos señalan con razón que los organismos gubernamentales pueden considerarse autoridades ejecutivas. “Debido a que la Constitución de la Federación Rusa no encontró un lugar para los términos “administración pública” u “órganos de la administración pública”, la administración pública práctica no dejó de llevarse a cabo constante y continuamente a través de la formación y el empoderamiento de órganos ejecutivos especiales de poder estatal con la competencia adecuada.
Bastantes publicaciones científicas están dedicadas al problema de la naturaleza jurídica del poder ejecutivo, algunas de ellas ya han sido mencionadas en este trabajo. Los autores también prestan atención a la relación entre los conceptos de "poder ejecutivo" y "administración pública".
Cabe señalar que inmediatamente después de la adopción de la Constitución de la Federación Rusa en 1993, los términos "administración pública" y "órganos de la administración pública" prácticamente dejaron de usarse tanto en la legislación como en la literatura especializada.
Algunos estudiosos, pero son una minoría, creen que "el término "administración pública" desaparecerá gradualmente del léxico de la ley rusa". La mayoría de los científicos, sin embargo, consideran inadecuado excluirlos de la circulación, ya que el sistema de administración pública que opera en la práctica como concepto es más amplio que el concepto de "poder ejecutivo". Debemos estar de acuerdo con la opinión de Yu.N. Starilov, quien cree que "la administración pública como un tipo de actividad estatal, solo por su constante existencia práctica, nunca perderá su significado y no cambiará su nombre".
Uno puede estar completamente de acuerdo con la opinión del profesor I.Sh. Kilyashkhanov, quien afirma que “si hablamos de administración pública, entendida como las actividades de los órganos que representan a todas las “ramas” del poder estatal, entonces la proporción de estos conceptos puede representarse como una proporción de las categorías “general” y “privada”. ”. En este caso, la administración pública se percibe como un concepto más general.
Si no tenemos en cuenta las "ramas" del poder legislativo y judicial, entonces los intereses del poder ejecutivo estarán en la esfera de la administración pública en el sentido estricto de la palabra. Este tipo de gestión es, como ya se ha señalado, una de las señas de identidad más significativas del poder ejecutivo.
Después de analizar la relación entre el concepto de poder ejecutivo y administración pública, podemos llegar a la conclusión de que un término no debe ser reemplazado automáticamente por otro. La actividad gubernamental siempre ha sido necesaria, y lo sigue siendo hoy. Con el tiempo, hay cambios en las formas y métodos de esta actividad, que están determinados por las condiciones de desarrollo social en un período particular de desarrollo del estado, especialmente durante el período de reformas.
Entonces, en relación con los cambios en curso en el campo de la economía y la formación de relaciones de mercado, tienen lugar procesos de privatización de la propiedad estatal, corporatización, etc.. Bajo estas condiciones, el poder ejecutivo en el campo de la economía comienza a llevar a cabo las funciones de regulación estatal en lugar de la función de administración estatal. “Si la administración pública siempre partió de la necesidad de una intervención constante y directa (directa) del aparato administrativo en la vida de los objetos, ahora las principales pautas para el control de la influencia están asociadas a la independencia de ciertas estructuras, con su conocido aislamiento . Esto, en particular, se evidencia en el curso actual hacia la provisión real de su independencia operativa económica a nivel regional y local, a la concentración de la atención centros federales poder ejecutivo, sobre el desarrollo de la política económica y el establecimiento de las bases organizativas y jurídicas del mercado emergente, sobre el fomento del espíritu empresarial, etc.” .
Sin embargo, no existen diferencias fundamentales entre la administración pública y la regulación estatal en términos de finalidad prevista. En el derecho administrativo, la regulación estatal es considerada como uno de los elementos de la actividad de gestión estatal, una de sus funciones. De hecho, podemos hablar de un peso específico diferente (más o menos) de la participación del Estado en los procesos económicos y de otro tipo: o gestiona directamente objetos, o regula las relaciones de gestión más significativas para la sociedad y el Estado. Los procesos de administración pública y regulación estatal son muy similares e interrelacionados. Al ejercer control, el Estado regula, y al regular, administra. La principal diferencia radica en los mecanismos, medios y métodos de administración estatal y regulación estatal utilizados. Por regla general, bajo control estatal directo, los objetos de control están subordinados al sujeto de control, y bajo regulación estatal, el sujeto de control influye principalmente en objetos no subordinados, utilizando, por regla general, medios económicos de influencia. Con la ayuda de la administración estatal y la regulación estatal, se realiza el poder ejecutivo.
Desde el punto de vista del derecho administrativo, el concepto de "administración pública" es más amplio que el concepto de "regulación estatal". Desde otro punto de vista, considerando la regulación estatal como el principal método de gestión de la economía, la regulación estatal se utiliza más ampliamente que la gestión estatal directa, mientras que los medios de control indirectos (impuestos, beneficios, etc.) se utilizan en gran medida.

11. Funciones de la administración pública.

El problema de las funciones de gestión permite crear una estructura y un sistema de gestión óptimos, para determinar las necesidades objetivas de los órganos de gestión en diversos materiales y medios.
La función de gestión es una dirección específica del impacto gerencial (organizador, regulador, controlador, etc.) de la administración estatal sobre el objeto de la gestión. Las funciones de gestión tienen un contenido específico y se llevan a cabo con la ayuda de métodos y formas de gestión específicos (por ejemplo, mecanismos coercitivos, publicación de actos jurídicos de gestión, influencia subordinada). Junto con las funciones de la administración estatal, se destacan las funciones de los órganos de la administración estatal (es decir, su control sobre los objetos), así como las funciones administrativas de todos los órganos estatales (es decir, los órganos representativos y las autoridades judiciales). Estas funciones tienen una serie de características similares (por ejemplo, por asunto y objeto de gestión). Uno de los temas importantes es el establecimiento legal de las funciones de la administración pública en las funciones de los órganos de la administración pública, es decir, estos últimos deben tener una competencia definida normativamente que asegure el desempeño de alta calidad de las funciones de la administración pública.
En el libro de texto, las funciones de gestión se consideran funciones de las autoridades ejecutivas (administración pública).
En la forma más general, las funciones del Estado y sus órganos son las principales actividades del Estado, velando por su bienestar social, garantizando la realización de los derechos y libertades del hombre y del ciudadano, estables y gestión eficaz estado y sociedad. Las funciones de la administración pública están determinadas por leyes objetivas. El contenido de cada función está predeterminado por los objetivos que enfrenta el estado y la administración pública y las especificidades del objeto de la administración pública e incluye una dirección específica del impacto organizacional y legal del organismo de administración pública en objetos específicos administración.
Las funciones principales de la administración pública son tipos generales, típicos y especiales de interacción entre sujetos y objetos de gestión, característicos de todas las relaciones de gestión, que garantizan el logro de la coherencia y el orden en el campo de la administración pública.
Las principales funciones de la administración pública incluyen las siguientes.
1. Soporte de información para las actividades de los órganos estatales, es decir, la recopilación, recepción, procesamiento, análisis de la información necesaria para la implementación de las actividades estatales (de gestión). En teoría esto se llama soporte de información administración.
2. Pronóstico y modelado del desarrollo del sistema de administración pública, órganos de gobierno, estándares de administración pública. La previsión es la predicción de cambios en el desarrollo y como resultado de cualquier evento o proceso en el sistema de actividad estatal, en los organismos estatales en función de los datos obtenidos, la experiencia y práctica profesional, y los logros del análisis científico y teórico. La previsión es una herramienta necesaria para tomar las decisiones de gestión más importantes; sin ella, es imposible determinar las consecuencias. procesos sociales, el estado futuro de la sociedad en su conjunto, la movilidad y eficiencia de las agencias gubernamentales.
3. La planificación es la determinación de direcciones, proporciones, tasas, indicadores cuantitativos y cualitativos del desarrollo de ciertos procesos en el sistema de administración pública y, en particular, la implementación de las funciones estatales (económicas, socioculturales, militares, de defensa, de combate). delincuencia organizada y corrupción en el servicio público del sistema, etc.). Además, es el desarrollo de metas, objetivos y orientaciones para el desarrollo y reforma de la actividad estatal y de la administración pública. En el proceso de implementación de la función de planificación, se crean programas para desarrollar relaciones en varias industrias y áreas de la administración pública (programas federales, regionales e integrales), así como programas para cambiar y mejorar las actividades del órgano de la administración pública y su estructura.
4. La organización es la formación de un sistema de administración pública basado en principios y enfoques establecidos, determinando la estructura de los sistemas de gobierno y gestión en la administración pública. La organización en sentido estricto es la simplificación de la estructura de los órganos estatales, los estados, el personal y los procesos de la administración pública. Las actividades de organización incluyen acciones y decisiones cuyo fin último es asegurar el buen funcionamiento de la administración pública.
5. La gestión, es decir, la regulación operativa de las relaciones empresariales derivadas del ejercicio de las atribuciones de los órganos estatales y de los deberes oficiales, asegurando el régimen de la actividad estatal propia en la forma de adopción de los actos administrativos (actos jurídicos de gestión: órdenes, órdenes, instrucciones, instrucciones, reglas, directrices, etc.). La gestión en sentido estricto es la entrega de instrucciones actuales por parte de los principales funcionarios públicos (funcionarios).
6. La administración es el establecimiento de normas y reglamentos para las actividades y acciones individuales de los órganos del Estado (funcionarios, funcionarios), objetos administrados; la gestión general es la definición del contenido de la actividad estatal (por ejemplo, de gestión).
7. La coordinación es la armonización de las actividades de los diversos órganos del Estado para lograr metas y objetivos comunes de la administración pública. La coordinación es la formación de un "conjunto" de actividades administrativas de los centros administrativos autónomos y la garantía de su funcionamiento armonioso. Si, por ejemplo, hay varios independientes sistemas organizacionales, cada uno de los cuales tiene su propio campo de actividad, metas, objetivos y métodos para realizar funciones, y es necesario resolver el problema de combinar los esfuerzos de varios órganos de gestión, entonces en este caso es posible crear un órgano de gestión dotado con poderes de coordinación (en la actualidad, los órganos de coordinación son principalmente comités estatales Federación de Rusia, algunos ministerios federales y otras autoridades ejecutivas que implementan las funciones de regulación, coordinación intersectorial y funciones de control y supervisión).
8. El control es el establecimiento del cumplimiento o incumplimiento del estado actual del sistema de la administración pública y de su estructura con el nivel y nivel exigidos, el estudio y evaluación de los resultados del funcionamiento general de los órganos del Estado, así como de las actuaciones de las entidades gestoras; establecer la correlación entre lo planificado y lo realizado en el sistema de administración pública. El control es el seguimiento de la calidad de las actividades de gestión, identificando los errores en la gestión y el grado de cumplimiento de los actos de gestión y los actos administrativos con los principios de legalidad y oportunidad. En ciertas áreas de la actividad estatal, las autoridades estatales están reforzando constantemente el control sobre la comisión de ciertas acciones. El control debe ser consistente, razonable, justificado, público, objetivo, legal y operativo. Uno de los tipos de control es la supervisión1, que se realiza, por regla general, únicamente para determinar el cumplimiento de la legalidad de las medidas (acciones, decisiones) que se toman.
9. Regulación: el uso de métodos y métodos de gestión en el proceso de organización del sistema de administración pública y su funcionamiento. La regulación es el establecimiento de requisitos y procedimientos generalmente vinculantes para los objetos de gestión y diversos sujetos de derecho a fin de garantizar el orden público, la seguridad, la igualdad de los participantes en las relaciones económicas, las bases de la competencia democrática y los derechos y libertades de los ciudadanos.
La lista completa de direcciones para la implementación de la función de regulación estatal es bastante grande; indicaremos sólo algunos de ellos: la definición de reglas de conducta y actuación en un ámbito determinado mediante un acto jurídico normativo; establecimiento de procedimientos de gestión específicos (certificación, licencia, tributación, registro, etc.); establecimiento de un mecanismo de control de las acciones requeridas, es decir, la ejecución de las actividades de control y coordinación, la ejecución de las facultades supradepartamentales; formulación de tareas y etapas de actividades de gestión, etc.
La supervisión se considera en el cap. 17
El contenido de la regulación estatal consta de los siguientes elementos: establecimiento normativo de requisitos generales en un área particular de la actividad gerencial; económico y regulacion legal desarrollo de industrias específicas; apoyo estatal y protección de los desarrolladores, fabricantes y consumidores rusos; control sobre el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidos por la ley; gestión de la coordinación; implementación de facultades de supervisión supradepartamentales. La función de la regulación estatal se refleja cada vez más en los actos legislativos federales y de otro tipo.
En algunas ramas de la administración pública, la dirección y gestión estatal es imposible, y no es recomendable sustituirla por la regulación estatal. Por ejemplo, la gestión asuntos internos, Relaciones Exteriores, la justicia está sujeta al régimen de control directo centralizado. Al mismo tiempo, en los sectores de la gestión industrial y la construcción económica, el mecanismo de regulación estatal se ha utilizado durante mucho tiempo en la práctica, ya que contribuye a la creación de condiciones económicas, organizativas y legales favorables para el funcionamiento de las empresas, comercio y organizaciones sin ánimo de lucro. Regulación estatal niega la intervención administrativa directa de los organismos estatales en la producción y otros actividad económica empresas y organizaciones; utiliza medios legales tales como el establecimiento de normas, procedimientos de gestión específicos, así como impuestos, tasas, aranceles, derechos, orden del gobierno.
La regulación estatal se caracteriza como administración pública "positiva", es decir, la solución continua de cuestiones de la vida pública y estatal por parte del Estado y sus órganos ejecutivos y administrativos. El ámbito de actuación de estos órganos y funcionarios comprende las cuestiones tributarias, aduaneras, velar por el bienestar sanitario y epidemiológico de la población, la lucha por la limpieza ambiental, la normalización y certificación, la medicina veterinaria, etc.
10. La contabilidad es el registro de información, expresada en forma cuantitativa, sobre el movimiento de los recursos materiales de la administración pública, sobre los resultados de la implementación de las relaciones gerenciales, los poderes de los órganos estatales, las decisiones de gestión estatal, sobre la disponibilidad y el movimiento de documentos que tienen importancia para la administración pública en general; es una fijación en términos cuantitativos de todos los factores que influyen en la organización y funcionamiento de la administración pública. La contabilidad está diseñada para determinar la cantidad de efectivo de cualquier artículo, documento, hecho; el sistema de contabilidad, por regla general, incluye los órganos de gobierno a nivel federal, regional, departamental y municipal, las organizaciones de información y análisis y los centros de recopilación, procesamiento y transmisión de información, las instalaciones de ingeniería, así como los actos jurídicos reglamentarios que regulan las actividades en la materia. campo.

12. Principios de la administración pública.

Principios administración pública - ideas fundamentales, principios rectores que subyacen a las actividades de gestión y revelan su esencia.

Los principios se dividen en generales (sociales y jurídicos) y organizativos.

Principios generales (sociales y legales):

Democracia - el pueblo es la única fuente de poder;

Legalidad - las actividades de las autoridades ejecutivas deben basarse en la observancia y aplicación de la ley;

Objetividad - en la implementación de las actividades de gestión, es necesario percibir adecuadamente los procesos en curso;

Científico: aplicación de métodos científicos para recopilar, analizar y almacenar información;

Separación de poderes: la división del poder estatal en legislativo, ejecutivo y judicial;

Federalismo: las actividades de las autoridades ejecutivas se basan en la consolidación normativa de la delimitación de competencias entre la Federación Rusa y las entidades constituyentes de la Federación Rusa;

Eficiencia: el logro de los objetivos de las actividades de gestión debe llevarse a cabo con el mínimo esfuerzo, dinero y tiempo.

Principios organizativos:

Sectorial: la implementación de actividades de gestión, teniendo en cuenta las características específicas de la industria del objeto de gestión;

Territorial - la formación del sistema de gestión se basa en la división administrativo-territorial;

Funcional: las autoridades ejecutivas llevan a cabo funciones generales de gestión subordinada;

Subordinación dual: una combinación de los principios de liderazgo centralizado, teniendo en cuenta las condiciones territoriales;

La combinación de unidad de mando y colegialidad: las cuestiones más importantes relacionadas con los aspectos fundamentales de las actividades de gestión se toman colectivamente, y las actuales que no requieren consideración colegiada se resuelven individualmente.

Fin del trabajo -

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Derechos de administrador de sujeto, método y sistema

El derecho administrativo es una rama independiente del sistema legal de Rusia, que difiere de los demás principalmente en el tema y el método de la Ley. El derecho administrativo está diseñado para regular un tipo especial de público.

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Las relaciones jurídico-administrativas son relaciones sociales reguladas por las normas del derecho administrativo que se desarrollan en el ámbito de la gestión. Dado que estas relaciones son un tipo de relaciones jurídicas en general, tienen todas las características que son inherentes a cualquier relación jurídica. A su vez, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, las relaciones jurídico-administrativas tienen las siguientes características:
- en primer lugar, se forman en un área especial vida publica- el ámbito de la administración pública, las actividades ejecutivas y administrativas;
- en segundo lugar, tienen como objeto de acción el comportamiento de las personas;
En tercer lugar, surgen cuando participación obligatoria la autoridad ejecutiva pertinente (administración pública) u otro titular de poderes de carácter estatal;
- en cuarto lugar, surgen por iniciativa de cualquiera de las partes (órgano de gobierno, ciudadano, etc.), sin embargo, el consentimiento o la voluntad de la segunda parte no siempre es un requisito previo;
- en quinto lugar, para las relaciones administrativo-jurídicas, es característico que las disputas que surjan entre sus partes se resuelvan, por regla general, en un orden administrativo y no judicial;
- en sexto lugar, en caso de violación por los participantes de las relaciones de los requisitos de las normas de derecho administrativo, el culpable es responsable ante el Estado representado por sus órganos.
Características y rasgos específicos las relaciones jurídico-administrativas permiten distinguirlas de otras relaciones jurídicas reguladas por las normas del derecho civil, laboral, financiero y otras ramas del derecho.
Las relaciones jurídico-administrativas, al igual que las demás relaciones jurídicas, tienen su propia estructura (elementos): sujetos, objetos y hechos jurídicos.
El sujeto de la relación jurídico-administrativa es quien está dotado de derechos y deberes administrativos:
- ciudadanos de Rusia;
– ciudadanos extranjeros y apátridas,
— organismos estatales, empresas, instituciones, organizaciones,
- empleados de organismos y organizaciones estatales,
- representantes de asociaciones públicas,
- órganos de autogobierno local.
La personalidad jurídica administrativa surge para los ciudadanos de Rusia desde el momento del nacimiento, y para los organismos estatales, empresas, instituciones, asociaciones públicas y otras entidades legales, desde el momento de su registro en la forma prescrita. La personalidad jurídica administrativa de los servidores públicos comienza desde el momento en que se inscriben en el cargo.
El objeto general de regulación de las normas administrativas y jurídicas, como cualesquiera otras normas jurídicas, son las relaciones públicas, y el objeto directo es la conducta de los sujetos, las acciones de las partes. En cada relación administrativa y jurídica específica, sus partes (participantes) ejercen los derechos que se les otorgan y los deberes que se les asignan, los cuales están relacionados con el objeto de la relación jurídica.
Así, el objeto de la relación jurídica son las acciones de las partes, y las cosas, productos de la actividad creadora y personal. beneficios intangibles(honor, dignidad) - su sujeto.
Los hechos jurídicos son la causa del surgimiento, modificación o extinción de las relaciones jurídico-administrativas. En teoría, se dividen en legítimos e ilegales.
Las relaciones administrativas y jurídicas pueden surgir no solo como resultado de las acciones de las personas, es decir, de su voluntad, sino también por la ocurrencia de ciertos eventos que tienen trascendencia jurídica(nacimiento, llegar a cierta edad, muerte, emergencia etc.) En estos casos, el surgimiento de las relaciones administrativo-jurídicas no depende o no siempre depende de la voluntad de las personas.
Los tipos de relaciones administrativo-jurídicas difieren en el contenido, la proporción de los derechos y obligaciones de sus participantes, la naturaleza de los hechos jurídicos generadores y el modo de protección.
Según su contenido, las relaciones jurídico-administrativas se dividen en materiales y procesales.
Las relaciones jurídicas administrativas sustantivas comprenden las relaciones públicas surgidas en el campo de la gestión, reguladas por las normas sustantivas del derecho administrativo, fijando las atribuciones del poder ejecutivo, o los derechos y obligaciones de los ciudadanos (estudiantes). Las relaciones procesales administrativas son relaciones que se desarrollan en relación con la resolución de casos individuales específicos y se rigen por las normas procesales administrativas.
De acuerdo con la proporción de los derechos y obligaciones de los participantes (la naturaleza jurídica de la interacción de sus participantes), las relaciones administrativo-jurídicas se dividen en dos grupos:
- relaciones en las que uno de los participantes está subordinado a otro (relaciones jurídicas verticales);
- relaciones, cuyos participantes no están subordinados entre sí (relaciones jurídicas horizontales).
Según la naturaleza de los hechos jurídicos que dan origen a las relaciones administrativo-jurídicas, estas relaciones jurídicas se dividen en relaciones generadas por hechos lícitos e ilícitos (daños).
Según el método de protección, es posible distinguir relaciones protegidas en procedimientos administrativos y judiciales.

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Las relaciones administrativo-jurídicas son un tipo de relaciones jurídicas, diversas en naturaleza, contenido jurídico y sus participantes. Se caracterizan por todos los rasgos principales de toda relación jurídica, tales como: la primacía de las normas jurídicas, en virtud de lo cual la relación jurídica es el resultado de un impacto normativo sobre una determinada relación social de una determinada norma jurídica, dándole forma jurídica; regulación por la norma legal de acciones (comportamiento) de las partes en esta relación; la correspondencia de las obligaciones recíprocas y el derecho de las partes en la relación jurídica, determinados por la norma, etc.

Sin embargo, es necesario señalar algunos rasgos que complementan esta característica general y pueden servir de base para distinguir las relaciones jurídico-administrativas de otro tipo de relaciones jurídicas. Estas características incluyen: - los derechos y obligaciones de las partes en estas relaciones están relacionados con las actividades de los órganos ejecutivos del estado y otros sujetos del poder ejecutivo; - siempre una de las partes en tales relaciones es el sujeto del poder administrativo (organismo, organización oficial, no gubernamental dotada de poderes estatales); - las relaciones jurídicas administrativas surgen casi siempre por iniciativa de una de las partes; - si ha habido una violación de la norma administrativo-legal, entonces el infractor es responsable ante el estado; - La resolución de disputas entre las partes, por regla general, se lleva a cabo en orden administrativa.

Las relaciones jurídico administrativas son relaciones de poder construidas sobre la base del "poder-subordinación", donde no existe igualdad de las partes. El signo de la subordinación es dominante en tales relaciones, ya que está predeterminado por las prioridades más importantes de la administración pública.

1.1. El concepto de relación jurídica administrativa

Resumiendo lo anterior, podemos dar el correspondiente concepto de relación jurídica administrativa, como relación social empresarial regulada por una norma jurídica administrativa, en la que las partes actúan como portadoras de derechos y obligaciones recíprocos establecidos y garantizados por la norma jurídica administrativa.

Las relaciones administrativas y jurídicas están directamente relacionadas con el ejercicio práctico de las tareas, funciones y atribuciones del poder ejecutivo en el proceso de la administración pública. Esta característica de ellos deja una cierta huella en el comportamiento de cualquiera de los participantes en tales relaciones jurídicas; sus deberes y derechos están por todos los medios relacionados con la implementación práctica del poder ejecutivo en el centro y localmente. Intereses de diversa índole, que no son indiferentes al Estado ya la sociedad, se prestan, si tienen una especificidad claramente definida, en el marco de otras relaciones jurídicas. Por lo tanto, la característica definitoria de las relaciones administrativo-jurídicas es que se desarrollan principalmente en una esfera especial de la vida estatal y pública: en la esfera de la administración pública.

También cabe señalar que las relaciones jurídicas administrativas se caracterizan por un sujeto determinado. Una de las partes es siempre un funcionario o sujeto autorizado del poder ejecutivo (en el sentido amplio de la administración pública).

1.2 Las principales características de la relación administrativa

En otras palabras, a pesar de que en las relaciones administrativas y jurídicas pueden participar prácticamente varios partidos, siempre tienen un lado obligado, sin el cual no surge este tipo de relación. Tal signo se observa en las relaciones administrativas como efecto directo del carácter imperioso de la actividad estatal-administrativa. Por ejemplo, un ciudadano no puede actuar en tal rol, aunque es un participante potencial en una amplia variedad de relaciones administrativas y legales.

Las relaciones jurídico administrativas surgen por iniciativa de cualquiera de las partes. Sin embargo, el consentimiento o deseo de la otra parte no es en todos los casos un requisito previo para su ocurrencia. También pueden ocurrir contra la voluntad de la otra parte o su consentimiento. Esta característica las distingue en gran medida de las relaciones de derecho civil.

Como se mencionó anteriormente, las relaciones administrativo-jurídicas surgen en el ámbito de la administración pública. Sin embargo, no todas las relaciones públicas en el ámbito de la administración pública se incluyen en el círculo de relaciones que constituyen el objeto del derecho administrativo.

Toda relación jurídica consta de ciertos elementos: sujetos, objeto y contenido de la relación jurídica.

1.3 Estructura de las relaciones jurídico administrativas

El objeto directo de las relaciones jurídico administrativas es el comportamiento volitivo de una persona, sus actos.

Las normas de derecho administrativo determinan con precisión entre qué sujetos deben surgir relaciones jurídicas, cuáles serán los derechos y obligaciones de las partes. Así, las relaciones de los ciudadanos asociados al servicio militar obligatorio, la obtención de los derechos de gestión vehículos, surgen bajo circunstancias predeterminadas, con ciertas autoridades ejecutivas, mientras que los derechos y obligaciones de las partes están claramente consagrados en las normas legales. En determinados términos, según una determinada forma, las organizaciones, por ejemplo, deben enviar datos estadísticos, informes, certificados a determinados destinatarios.

Los derechos e intereses existentes en las relaciones administrativo-legales pueden protegerse en los tribunales, pero tales casos no son dominantes. Básicamente, los derechos de los participantes en tales relaciones, las disputas entre ellos se resuelven administrativamente: por el sujeto de la gestión, que era (es) parte de la relación jurídica administrativa, por una autoridad superior u otra ejecutiva. Los sujetos del poder ejecutivo tienen derecho a decidir, y los demás participantes en las relaciones tienen derecho a apelar contra tales decisiones.

Además, los sujetos del poder ejecutivo en muchos casos tienen derecho a aplicar una amplia variedad de medidas de influencia a otros sujetos de las relaciones jurídicas.

En particular, podrán exigir explicaciones, dar instrucciones, denegar una solicitud, no conferir un título, utilizar medios de coacción administrativa, disciplinaria.

También debe enfatizarse que las relaciones de derecho civil se caracterizan por la responsabilidad de una parte hacia la otra. El derecho administrativo establece un procedimiento diferente para la responsabilidad de las partes en las relaciones jurídico-administrativas en caso de que se violen los requisitos de las normas jurídico-administrativas. En este caso, la responsabilidad de una de las partes no es hacia la otra parte de la relación jurídica, sino directamente hacia el estado representado por su organismo pertinente (funcionario). Son los órganos ejecutivos (funcionarios) quienes están facultados para influir de forma independiente en los infractores de los requisitos de las normas administrativas y legales (disciplinarias, responsabilidad administrativa) . Los propios sujetos de gestión también son responsables de la violación de requisitos similares (por ejemplo, la responsabilidad disciplinaria de un empleado del aparato del gobierno federal ejecutivo ante el presidente o el gobierno de la Federación Rusa).

El tema de las relaciones jurídicas administrativas puede considerarse sobre la base de la calificación de las relaciones jurídicas administrativas en tipos. Según las características de los participantes en las relaciones administrativas, se distinguen sus tipos más típicos: a) entre sujetos no subordinados del poder ejecutivo ubicados en distintos niveles organizativos y jurídicos (por ejemplo, órganos superiores e inferiores); b) entre los sujetos del poder ejecutivo que se encuentran en el mismo nivel organizacional y legal (por ejemplo: 2 ministerios, administración de 2 regiones); c) entre los sujetos del poder ejecutivo y los que están bajo su subordinación organizativa (mando) asociaciones estatales(corporaciones, preocupaciones, etc.), empresas e instituciones; d) entre los sujetos del poder ejecutivo y las asociaciones, empresas e instituciones estatales que no estén orgánicamente subordinadas a ellos (en materias control financiero, supervisión administrativa, etc.); e) entre los sujetos del poder ejecutivo y los órganos ejecutivos del sistema de autogobierno local; f) entre los sujetos del poder ejecutivo y las asociaciones y empresas e instituciones económicas no estatales y socioculturales (estructuras comerciales, etc.); g) entre los sujetos del poder ejecutivo y los ciudadanos.

1.4 Los hechos jurídicos en el derecho administrativo

En todas las relaciones anteriores siempre participa uno u otro órgano ejecutivo.

Toda relación jurídica se caracteriza por su ocurrencia como consecuencia de determinados hechos jurídicos, a partir de que se entiende por hechos jurídicos las acciones o hechos que dan lugar al surgimiento, cambio o extinción de las relaciones jurídicas.

Las relaciones jurídico-administrativas surgen en presencia de las condiciones previstas por las normas jurídico-administrativas.

Las acciones son el resultado de la voluntad activa del sujeto. Hay una distinción entre acciones legales e ilegales.

Una característica de los hechos jurídicos en el derecho administrativo es que el tipo principal de acciones lícitas son los actos jurídicos de las autoridades ejecutivas que tienen un individuo, es decir, relativo a un destinatario y caso concreto, carácter. Su consecuencia jurídica directa es el surgimiento, cambio o extinción de una relación jurídico-administrativa.

Por ejemplo, una orden de nombramiento para un cargo implica el surgimiento de relaciones de servicio público, que son una especie de relaciones administrativo-jurídicas.

Se entiende por acciones antijurídicas aquellas que al no cumplir con los requisitos de las normas administrativas y legales, las violan. Entre ellas se encuentran las infracciones administrativas o disciplinarias, como las más propias del ámbito de la administración pública. Implican relaciones jurídicas jurisdiccionales. Estos también incluyen la inacción (por ejemplo, el hecho de que el servicio de asuntos internos no tome las medidas necesarias para garantizar el orden público).

Los eventos se entienden como fenómenos que no dependen de la voluntad de una persona (muerte, desastre natural).

II. TIPOS DE RELACIONES JURÍDICAS ADMINISTRATIVAS

2.1 Relaciones jurídicas administrativas principales y no principales

Las relaciones jurídico-administrativas se clasifican según muchos criterios.

Inicialmente, se distinguen dos grupos de relaciones jurídico administrativas: a) relaciones que expresan directamente la fórmula básica de la acción de control (sujeto-objeto), en las que se manifiesta claramente el carácter autoritativo de la actividad estatal-administrativa, pueden designarse como poder relaciones; a veces se los denomina como los principales; b) relaciones que se desarrollan fuera del marco de la acción de control directo sobre un objeto particular, pero que están orgánicamente relacionadas con su implementación; caracterizada como no la principal relación jurídica; Los primeros expresan la esencia de la gestión, los segundos están asociados a esta esencia, pero no la expresan directamente. Las primeras incluyen las relaciones entre los niveles superiores e inferiores del mecanismo del poder ejecutivo, entre los funcionarios ejecutivos y los empleados del aparato administrativo y gerencial subordinado a ellos, entre los órganos ejecutivos (funcionarios) y los ciudadanos que tienen ciertos deberes administrativos y legales, etc.

El segundo grupo se caracteriza por el hecho de que tales relaciones, si bien surgen directamente en el ámbito de la administración pública, no apuntan al control directo del sujeto sobre el objeto controlado. Por ejemplo, la relación entre dos partes que operan en el ámbito de la administración pública, pero que no están interconectadas por subordinación. Así, dos ministerios pueden entrar en relaciones relacionadas con la necesidad de elaborar un acto jurídico conjunto o acordar cuestiones de gestión recíproca, etc.

2.2 Relaciones jurídicas administrativas subordinadas y coordinadoras

También existen relaciones administrativo-jurídicas subordinadas y de coordinación. La subordinación se refiere a aquellas relaciones que se construyen sobre la voluntad legal autoritaria (imperativa) del sujeto de gestión. Los lazos de coordinación son aquellos en los que el denominado autoritarismo está ausente.

La coordinación se incluye en la lista de las principales manifestaciones de la actividad estatal-administrativa, es decir. coincide en realidad con sus manifestaciones jurídicamente imperiosas. Por ejemplo, el Ministerio de la Naturaleza de la Federación Rusa coordina las actividades de los ministerios y departamentos en temas de protección ambiental, y las decisiones tomadas por este organismo son vinculantes para otros órganos ejecutivos de la Federación Rusa.

El interés más significativo es la clasificación de las relaciones administrativo-jurídicas según la naturaleza jurídica de la interacción de sus participantes. Así, se distinguen relaciones jurídicas verticales y horizontales.

2.3 Relaciones jurídicas verticales horizontales en derecho administrativo

Se reconocen las relaciones jurídicas como verticales, que expresan la esencia de la regulación administrativa y jurídica y las relaciones de subordinación entre el sujeto y el objeto de la gestión, propias de la actividad estatal-administrativa. A menudo surgen entre partes subordinadas. El partido autoritativo es el sujeto relevante del poder ejecutivo (órgano ejecutivo, órgano de administración estatal).

Las relaciones jurídico-administrativas horizontales son aquellas en que las partes son real y jurídicamente iguales. No contienen decretos legales-imperativos de un lado, vinculantes para el otro. Tales relaciones en el ámbito de la administración pública son bastante raras en comparación con las verticales. Las variedades de tales relaciones pueden ser las acciones de varios órganos en la preparación y emisión de una decisión conjunta, acuerdo (contratos administrativos) entre ellos sobre cuestiones organizativas.

2.1 Relaciones jurídicas intraaparato y extraaparato

Según la composición de los participantes, las relaciones jurídicas se dividen en intraaparato y extraaparato. En las relaciones intraaparatos, las normas legales pertinentes fijan el sistema de autoridades ejecutivas, la organización del servicio en ellos, la competencia de los órganos y empleados, sus relaciones, formas y métodos de trabajo intraaparatos en los órganos estatales. Tales relaciones gerenciales expresan los intereses de autoorganización de todo el sistema del poder ejecutivo de arriba abajo, así como de cada uno de sus eslabones. Sus partes son los órganos ejecutivos subordinados y sus subdivisiones estructurales, así como los funcionarios. Esto también incluye las relaciones entre las autoridades ejecutivas y sus organizaciones subordinadas, así como las relaciones entre las administraciones de organizaciones cuyas actividades están reguladas por el derecho administrativo (unidades militares, universidades, etc.) con sus empleados, estudiantes, etc. En el segundo caso, hay relaciones asociadas con un impacto directo sobre objetos que no forman parte del sistema (mecanismo) del poder ejecutivo (por ejemplo, ciudadanos, asociaciones públicas, estructuras comerciales, incluidas las privadas). En principio, se trata también de relaciones para la gestión de las empresas e instituciones estatales, ya que no son sujetos del poder ejecutivo. El segundo lado de este tipo de relación en realidad actúa como un "tercero".

CONCLUSIÓN

Resumiendo lo anterior, se puede obtener una descripción generalizada del objeto del derecho administrativo, es decir. aquellas relaciones sociales que se rigen por las normas del derecho administrativo. Estas son relaciones gerenciales tales como: a) relaciones gerenciales en el marco de las cuales se implementan directamente las tareas, funciones y poderes del poder ejecutivo; b) las relaciones de gestión de carácter intraorganizacional que surjan en el curso de las actividades de los sujetos del poder legislativo (representativo) y judicial, así como los órganos de enjuiciamiento; c) las relaciones de gestión que surjan con la participación de las entidades de los gobiernos autónomos locales; d) las relaciones individuales de gestión de carácter organizativo que se suscitan en el ámbito de la vida “interna” de las asociaciones públicas y otras formaciones no estatales, así como en relación con el ejercicio por parte de las asociaciones públicas de funciones y poderes externos.

La gestión existe en todas las esferas de la vida pública, esta actividad es amplia en su alcance y diversa en su contenido. En muchos casos, la actividad empresarial es tan específica, tan relacionada con un tipo especial de actividad dirigida, que está regulada por normas no administrativas, sino de otras ramas del derecho. Así, las actividades de dirección de la administración de empresas, instituciones en relación con sus empleados están reguladas por derecho laboral, consulta y investigación preliminar- derecho procesal penal, relaciones empresariales en materia financiera, - derecho financiero. Por lo tanto, es necesario hacer la siguiente aclaración en la definición del objeto del derecho administrativo: regula todas las relaciones de gestión, con excepción de las reguladas por otras ramas del derecho de la Federación Rusa.

Relaciones administrativas y jurídicas- estas son relaciones públicas reguladas por las normas de derecho administrativo, que surgen en la esfera del poder ejecutivo (administración pública).

Signos (características) de las relaciones jurídicas administrativas.:

- son relaciones jurídicas públicas, que se basan en el interés público y estatal;

- son de carácter imperioso, ya que en el proceso de surgimiento, cambio y terminación de estas relaciones jurídicas, se implementa la administración estatal;

- son organizacionales, ya que la administración pública está asociada a escenarios organizacionales, lo que se manifiesta en el carácter organizacional de las relaciones jurídico administrativas;

- en caso de violación de las relaciones jurídico-administrativas, surge la responsabilidad administrativa como forma de protegerlas.

Las relaciones legales administrativas se distinguen por un procedimiento legal administrativo especial para resolver disputas entre los participantes en las relaciones legales. La resolución de las controversias surgidas en el curso de la existencia de una relación jurídico administrativa podrá efectuarse en el marco de otras relaciones jurídico administrativas. Así, las relaciones jurídico administrativas se resuelven dentro del propio sistema.

La estructura de las relaciones administrativas y jurídicas.:

- el objeto de las relaciones jurídicas administrativas: a qué están destinados los derechos subjetivos y las obligaciones jurídicas de los participantes en las relaciones jurídicas administrativas;

- el sujeto de las relaciones jurídicas administrativas coincide con el sujeto de la administración pública - es un ciudadano o una asociación de ciudadanos, incluido un organismo estatal;

- hechos jurídicos que determinan el surgimiento, cambio y terminación de relaciones jurídicas;

- el método de regulación administrativo-legal muestra la forma de interacción de los sujetos de las relaciones administrativas legales;



- formas de proteger las relaciones administrativo-jurídicas (legítima defensa, administrativa, judicial).

Tipos de relaciones administrativo-jurídicas:

1) por la naturaleza de las relaciones jurídicas:

- material, basado en normas ley sustantiva;

- procesal, que surge en relación con la implementación práctica de normas sustantivas;

2) según el tipo de relación que surja entre los sujetos:

- horizontal: surge cuando las estructuras de poder interactúan entre sí en condiciones en las que no hay subordinación;

- vertical - surgen en los casos en que un lado de la relación jurídica está subordinado organizativamente o de otro modo al otro, o cuando la ley prevé los actos obligatorios de la entidad administradora;

- subordinado - basado en el poder de uno de los sujetos en relación con el otro (subordinación);

- coordinación: el poder se utiliza para actividades conjuntas efectivas de varios sujetos de gestión;

3) por objetivos:

- reglamentario - reglamentar relaciones economicas y personales relaciones de no propiedad. Con la ayuda de este tipo de relación se llevan a cabo las actividades legítimas de los ciudadanos y organizaciones;

- de protección - destinadas a regular las medidas responsabilidad legal, así como las medidas de aplicación estatal para proteger los derechos subjetivos.

Materias de AP: concepto, tipos, características generales.

Los sujetos de cualquier rama del derecho son participantes en las relaciones públicas, regulado esta industria

Sujeto de derecho administrativo- se trata de una persona que es partícipe potencial de una relación jurídica administrativa que reúne las características especiales consagradas en las normas de derecho administrativo, que determinan la capacidad de adquirir y ejercer derechos y obligaciones con base en dichas normas.

Situación administrativa y jurídica- este es un conjunto de derechos y obligaciones de una persona física o jurídica asignados a los sujetos por las normas de derecho administrativo.

característica distintiva El derecho administrativo es una gran variedad de sujetos de relaciones administrativo-jurídicas. Otra característica del derecho administrativo es que en la gran mayoría de los casos, los sujetos obligados de tales relaciones son quienes tienen determinadas facultades en relación con otros sujetos de las relaciones jurídico-administrativas. Estas autoridades incluyen autoridades ejecutivas, funcionarios, funcionarios públicos. Los sujetos del derecho administrativo son el Presidente de la Federación Rusa, el Gobierno de la Federación Rusa, las autoridades legislativas y judiciales y el gobierno autónomo local.

Una condición necesaria para la participación en las relaciones jurídico-administrativas es la presencia de la personalidad jurídica administrativa. Tradicionalmente, se considera como la relación de dos elementos: la capacidad administrativa y la capacidad administrativa.

La capacidad administrativa es estatutario la capacidad del sujeto de tener derechos en el área regulada por el derecho administrativo, de entrar en diversos tipos de relaciones jurídicas administrativas, de adquirir derechos y asumir obligaciones. Signos de capacidad administrativa:

– entidad de gestión;

- Disponibilidad derechos especiales y obligaciones de los sujetos de derecho administrativo;

- autoridad legal de acciones y disposición de decisiones tomadas por algunos sujetos de derecho administrativo;

– implementación de poderes obligatorios del estado, medidas de coerción administrativa;

- Garantizar la protección de las relaciones jurídicas, cuyos participantes son ciudadanos. Capacidad administrativa: la capacidad y la capacidad del sujeto para adquirir derechos, crear y asumir obligaciones, y también ser responsable de sus acciones (en algunos casos, por inacción) mediante sus acciones significativas independientes. En otras palabras, la capacidad administrativa significa la posibilidad de la implementación práctica de la capacidad administrativa.

Tipos de sujetos de derecho administrativo:

1) personalizado:

- ciudadanos de la Federación Rusa;

- Ciudadanos extranjeros;

- personas apátridas;

- funcionarios o funcionarios públicos;

2) colectivo:

- estado (autoridades ejecutivas, empresas e instituciones estatales, subdivisiones estructurales de las autoridades ejecutivas);

– no estatales (asociaciones públicas, colectivos laborales, gobiernos locales, asociaciones comerciales).

El concepto de relaciones jurídico-administrativas

Son relaciones públicas reguladas por las normas del derecho administrativo. Surgen y cambian en relación con la aplicación de normas administrativas y legales.

Estado de derecho administrativo es un requisito previo y condición necesaria el surgimiento de una relación administrativo-jurídica. Sin una norma jurídico-administrativa, no puede haber relación administrativo-jurídica, pero, por otra parte, una norma administrativo-jurídica puede existir por sí sola, sin causar por el momento relación administrativo-jurídica.

Existen, por ejemplo, normas jurídico-administrativas sobre estado de excepción, sobre requisición, pero mientras no concurran determinadas condiciones y circunstancias, no se aplican y no dan lugar a relaciones jurídico-administrativas.

Características de las relaciones administrativas y jurídicas.

Relaciones administrativas y jurídicas junto con todos los atributos inherentes a toda relación jurídica, también tienen cierta originalidad, reflejando su rama peculiaridades. Se diferencian de todas las demás relaciones jurídicas, principalmente en su contenido, en que median en la esfera de la actividad organizativa del Estado y tienen como objetivo común la adecuada organización de la vida de la sociedad civil, soporte organizativo para su normal funcionamiento.

Relaciones administrativas y jurídicas sólo pueden existir como jurídicas, a diferencia de la familia y el matrimonio, el trueque, las relaciones laborales, que se desarrollan y existen objetivamente, independientemente de que estén o no reguladas por el Estado de derecho. El Estado sólo los media, los dirige en la dirección correcta, formulando normas y formulando ramas del derecho privado. Administrativo y legal mismo relación sólo pueden existir si están regulados por las normas del derecho administrativo.

Característica de las relaciones administrativo-jurídicas. también lo es su extraordinaria diversidad y carácter integral. Todo ciudadano se convierte en participante de las relaciones administrativo-legales literalmente desde el momento del nacimiento, luego su personalidad jurídica administrativa se expande y profundiza constantemente, e incluso después de la muerte de un ciudadano, las normas y relaciones administrativo-legales protegen su memoria en el legislación sobre inhumaciones, procedimiento de eliminación de lugares de inhumación, inhumación de restos, etc.

Tipos de relaciones administrativo-jurídicas

Hay numerosos tipos de relaciones administrativo-legales en varios motivos de clasificación.

Por naturaleza - material y procesal

Por la naturaleza de la relación de los participantes en estas relaciones - vertical(entre el ministerio y las organizaciones subordinadas, el jefe y los subordinados), horizontal(entre dos ministerios, subdivisiones estructurales de todas las demás autoridades ejecutivas en sus relaciones internas entre sí) y diagonal(entre los inspectores estatales sanitarios, de bomberos y de otro tipo y los funcionarios de las instalaciones controladas) relaciones administrativas y jurídicas.

Por la naturaleza de los hechos jurídicos que los originan - relaciones generadas acciones legales y mala conducta(la relación jurídica generada por una acción lícita tiene por objeto la ejecución de la disposición de una norma jurídica, y la generada por una acción ilícita tiene por objeto la ejecución de su sanción) relaciones administrativo-jurídicas.

Por duración de la acción - perpetuo, urgente y término corto relaciones administrativas y juridicas.

Por volumen y lugar en el sistema de regulación administrativa y legal - son comunes, industria y intersectorial las relaciones administrativo-jurídicas de los niveles federal, regional y local.