El concepto de derecho: la variedad de definiciones y la unidad del concepto. Teorías del origen del estado y la ley - histórico, reglamentario Teoría de la ley bilateral significa existencia

Representantes: T. Hobbes, B. Spinoza, G. Grotius, D. Locke, J.-J. Russo, E. N. Trubetskoy.

Los partidarios de esta teoría creían que además de la ley que establece el estado, existe un derecho natural inherente al hombre desde el nacimiento. Entre ellos se encuentran el derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la propiedad y otros tantos, por lo que esta teoría afirmaba que la ley natural (suma de los derechos humanos naturales, eternos, inalienables e invariables) es el derecho supremo en relación con la ley actual(leyes, costumbres, precedentes), es un derecho que encarna la razón y la justicia eterna. En los siglos XVII - XVIII. la teoría de la ley natural fue la justificación ideológica de las acciones revolucionarias de la burguesía, que lucha por el poder. Con base en los derechos humanos naturales, fundamentales (libertad, igualdad, propiedad), los ideólogos de la burguesía sometieron a una crítica aplastante la ley vigente en ese momento, que protegía los privilegios de clase, las monarquías absolutistas, todo lo que impedía la formación de una nueva burguesía. sistema.

Teoría psicológica del origen del derecho.

Representantes: L. I. Petrazhitsky, 3. Freud, G. Tarde.

Contenido: L. I. Petrazhitsky en el libro "La teoría de la ley y el estado en relación con la teoría de la moralidad" define la ley como un fenómeno de la psique individual. Comparando la ley con la moral, creía que la moral tiene un carácter puramente imperativo, y la naturaleza de la ley es imperativa-atributiva. El imperativo fue entendido por L.I. Petrazhitsky como una conciencia individual-personal del deber y la obligación, y la atributividad es la conciencia del derecho de uno, actuando afuera como un reclamo. Por lo tanto, las razones principales para el surgimiento de la ley no radican en el entorno económico, social y de otro tipo que las rodea, sino en las características de la psique humana, en los "impulsos" y en las emociones que juegan un papel importante no solo en la adaptación de una persona. a las condiciones de la sociedad, sino también en la educación del derecho.



Teoría marxista-leninista del origen del derecho

Representantes: F. Engels, K. Marx, V. I. Lenin

Contenido: Según esta teoría, el derecho surge simultáneamente con el surgimiento de la propiedad privada, la división de la sociedad en clases y el estado. Su tarea era consolidar la desigualdad de clases. Por lo tanto, las funciones coercitivas, represivas y punitivas fueron reconocidas como las funciones más importantes del derecho. Para implementar estas funciones, la ley necesita un aparato especial capaz de forzar la ejecución de las reglas de derecho. El estado es un dispositivo de este tipo. Así, el derecho está indisolublemente ligado al Estado.

teoría conciliatoria

Representantes: G. Berman, E. Anners.

Contenido: El motivo del nacimiento del derecho fue la necesidad de agilizar las relaciones entre clanes. En el contexto de crecientes contradicciones entre las tribus, que consistían en asociaciones tribales, era vital mantener la paz intratribal. La ley estaba destinada a regular las relaciones intratribales de manera pacífica, lo que hizo que toda la tribu estuviera más unida y lista para el combate en caso de enfrentamiento con otras tribus. Las normas jurídicas se formaron a partir de la ley de conciliación, cuya base fundamental fueron los acuerdos de conciliación celebrados. asambleas populares y consejos de los mayores. Con la formación de las instituciones estatales, la ley de conciliación se consagró en una legislación garantizada por la posibilidad de coerción estatal.

teoría histórica

Representantes: G. Hugo, C. Savigny, G. Puchtou.

Contenido: El derecho (tanto privado como público) surge espontáneamente, surge del espíritu nacional y de la conciencia popular. El contenido de la ley y su carácter se forman en el período más temprano de la historia del pueblo. Así, el derecho es una manifestación de las peculiaridades del carácter nacional de un pueblo determinado y no tiene carácter universal. En este sentido, la tarea de los abogados no es crear leyes, sino revestir de forma jurídica lo que existe en el espíritu popular. El derecho no puede expresarse mediante principios abstractos que sean universales. Sus instituciones pueden ser estudiadas en el contexto de un tiempo y lugar particular.

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Y los derechos son los primeros temas introductorios en la jurisprudencia que forman la idea de derecho como tal. Detengámonos por separado en la teoría del derecho, que tiene sus propios detalles, a saber, el origen.

Las principales teorías se han formulado de manera bastante concluyente hasta ahora. Además, cada una de estas teorías tiene derecho a la vida, cada una tiene sus partidarios y propagandistas. También vale la pena señalar que cada teoría debe abordarse críticamente. Algunas de ellas contienen una clara impronta de la época en que fueron formuladas.

Incluso Immanuel Kant argumentó que la ley existe desde hace milenios. Por lo tanto, se originó hace bastante tiempo. Hoy, definitivamente no podemos apoyar una sola teoría correcta, ya que la duración del proceso no nos permite introducirlo en ningún marco, incluso en términos de interpretación de la emergencia del derecho. Considere las teorías más populares sobre el origen de la ley.

  1. teoría teológica dice que ley, las leyes son la voluntad de Dios y son dadas a la humanidad desde lo alto. Por ejemplo, tales juicios fueron registrados en las leyes y están en la Biblia. La idea principal de esta teoría es el papel clave de Dios. Sin embargo, la teoría es puesta en duda, ya que no hay evidencia de que la ley haya sido escrita por Dios, como dice la Biblia. Lo más probable es que estas sean solo historias que se transmitieron de adultos a jóvenes. largo tiempo.
  2. teoría natural dice que el hombre tiene derechos naturales. Estos derechos son la actitud positiva de una persona hacia ciertas cosas, como el valor de la vida, la propiedad privada, la libertad personal y la igualdad. Esta teoría se hizo especialmente popular durante la Ilustración, cuando la libertad, la igualdad y la fraternidad pasaron a primer plano. En consecuencia, estos valores fueron presentados como derechos humanos naturales, de ahí que se formó la teoría misma. Al mismo tiempo, en esta teoría del origen del derecho, la figura clave era la persona misma y no se tenían en cuenta en absoluto los factores que influían en la persona y que hipotéticamente podían cambiar sus valores. En muchos sentidos, el nacimiento de esta teoría tuvo como objetivo posicionarse frente al mundo exterior, que tenía otros valores.
  3. Teoría del positivismo Insiste en que la ley nació sobre la base de la apropiación del estamento burgués de la situación del país. De hecho, la teoría anterior y la teoría del positivismo son dos teorías opuestas del origen del derecho, que tienen antecedentes diferentes.
  4. La teoría del normativismo más como positivismo modificado. Al mismo tiempo, es un equipo arrebatado por partes de diferentes teorías. Se tomaron como base dos postulados. El primero fue interpretado por Kant. Según él, todo se divide en dos esferas: ser y deber. Al mismo tiempo, también opera una pirámide normativa, que se basa en la jerarquía en los niveles inferiores.
  5. teoría psicológica fue formulado en Rusia. Sus fundadores afirman que es la psicología el área donde nació el derecho. Las experiencias son inherentes a una persona, lo que significa que dan lugar a conceptos legales formado en la psique de un individuo.
  6. Por teorías de la solidaridad La ley nació por dos razones. Primero, el hombre no puede vivir por sí mismo. Necesita encontrar un equipo de los mismos seres que vivirán y trabajarán con él. A tarea general y une a todos los individuos en una sociedad solidaria - una persona no puede vivir en una sociedad y estar separada de ella. Por lo tanto, todas las acciones deben ser solidarias, es decir, con la mirada puesta en cómo será percibida por toda la sociedad. Los eruditos creían que los motivos también gobiernan la ley.

Las teorías sobre el origen del derecho no deben tomarse como las únicas verdaderas. no se detiene, lo que significa que las teorías anteriores aún sufrirán sus cambios.

1. Teoría teológica.

1) Aparece en la antigüedad en Oriente, en Antigua Grecia.

2) Aparece por la sencillez de entender que el derecho viene de Dios.

3) Contribuye a la estabilidad y dominio de la iglesia en el estado, la corte era religiosa (los sacerdotes jugaban el papel principal), contribuye a la formación de los estados teológicos.

4) Ahora relevante en los países islámicos. Rusia también experimentó el período de un estado teocrático (Rus desde el siglo IX hasta finales del siglo XIV, bajo Pedro I, el estado se convirtió en un estado clerical, desde 1917, un estado secular). La teoría es relevante por la estabilidad que garantiza.

Hasta la Edad Media, las teorías teológicas y patriarcales tuvieron prioridad; bajo su influencia, se desarrolló la ley particular (cartas principescas, relaciones vasallas), la ley canónica (iglesia). El contenido de la ley está dominado por costumbre legal, costumbres patriarcales. Bajo la influencia de estas teorías, se formaron el Código de Leyes y el Código Catedralicio.

El rápido crecimiento de la industria y la burguesía, que se vio obstaculizado por el arcaísmo de la ley, obligó a crear una teoría más progresista que justificaba la igualdad, la igualdad formal de las personas y daba cabida a transformaciones racionales (desde la ratio). En los sistemas legales tradicionales, los requisitos previos para la ley racional están comenzando a tomar forma.

2. Teoría de la ley natural.

1) En el siglo XVII (especialmente en la segunda mitad del mismo), en Europa, junto con las teorías contractuales del surgimiento del estado, también se formuló una teoría de la ley natural. Rousseau, Locke, Grotius son sus fundadores. Los centros de difusión de esta teoría: Francia e Inglaterra.

2) Los orígenes de la teoría del derecho natural se extrajeron del derecho romano, donde se reconocían los derechos humanos naturales e inalienables de los ciudadanos. De acuerdo con la teoría de la ley natural, todas las personas son iguales por naturaleza, por lo tanto, todas las personas son formalmente iguales (pero no de hecho). El significado de la teoría de la ley natural no se logra de inmediato, es idealista y utópico. Existe el derecho natural y el derecho positivo (creado por el estado). La ley positiva no debe contradecir la ley natural. Los derechos humanos se entendían como regulados medios legales libertad ("Mi libertad termina donde comienza la libertad de otro")

3) La teoría del derecho natural contribuyó al establecimiento del orden constitucional en América y Europa, pero fue de naturaleza revolucionaria, ya que podía revisar todo el derecho positivo para el cumplimiento del derecho natural (por ejemplo, la pena de muerte y el derecho a la vida). Hubo apelaciones y tribunales de casación. La naturaleza revolucionaria de la teoría de la ley natural creó los requisitos previos para el hecho de que también se revisarían nuevas constituciones y leyes, y los ganadores necesitaban estabilidad.

3. Escuela histórica de derecho.

1) Se originó a finales de los siglos XVIII y XIX en Alemania. Fundadores: Sauvigny, Hugo.

2) Según esta teoría, la ley se forma gradualmente, expresando el espíritu y las tradiciones del pueblo, y ningún gobernante puede cambiar la ley a su propia discreción. La escuela histórica del derecho es conservadora, pero más democrática que la teoría patriarcal o teológica (según la cual la ley es creada por el gobernante).

3) La escuela histórica del derecho asegura la continuidad en el desarrollo del estado y el derecho, su estabilidad. Inconvenientes: se exagera el papel de la tradición y las costumbres.

4) La teoría es popular en el Reino Unido.

4. escuela de derecho realista.

1) Apareció en el siglo XIX en América y Alemania. Fundador - Rudolf Jaeger.

2) Según esta teoría, el derecho es el interés estatal protegido del sujeto, que consiste en el derecho real del sujeto a actuar en su propio interés. La lucha por el propio derecho es el valor supremo del derecho. El derecho pertenece a quienes saben usarlo y pueden protegerlo. En este caso, el sistema fiscal debería funcionar bien.

3) La Escuela Realista de Derecho Proporciona la Base educacion juridica. Si no luchas por tus derechos, entonces no los tienes. La principal forma de proteger los derechos es la legítima defensa.

5. Teoría normativista del derecho.

1) Apareció en Alemania. Fundador - Kelsen.

2) El derecho es un fenómeno jerárquico sistémico integral, cuya parte superior está formada por una gran norma abstracta: la encarnación más alta de la justicia social. La teoría es bastante simple y no entra en la estructura de contenido de la ley.

3) La ventaja de la teoría radica en las disposiciones sobre la integridad y coherencia de la ley, la ausencia de contradicciones en ella.

6. Teoría de clases del derecho.

1) Aparecido en el siglo XIX. En Inglaterra: Lewis, Morgan. En Alemania: Marx, Engels. En Rusia: Lenin, Plejánov.

2) Derecho es la voluntad del grupo social económica y políticamente dominante expresada en normas. Esta teoría está económicamente determinada. El derecho aparece como una superestructura sobre la base, dependiendo de ella, pero al mismo tiempo influyendo en el desarrollo relaciones economicas. En esta teoría, el estado se entiende como una máquina, por lo que hay muchos términos "técnicos" en la teoría. Según esta teoría, el estado socialista ya se llama semiestado, en el que hay una semiley, ya que la ley deja de ser expresión de la voluntad de una clase separada.

7. Teoría psicológica del derecho.

1) Aparecido en los siglos XIX-XX. Fundadores: Petrazhitsky, Freud, Nietzsche.

2) El derecho es expresión de la existencia del psiquismo humano bajo la forma de una deuda jurídica (coincidencia obligación legal y moralidad). Es la naturaleza humana vivir en obediencia a la voluntad general. Esta necesidad no es típica para todos, según la teoría psicológica del derecho, áreas del derecho como el derecho de familia, derechos civiles- este es el destino de las personas con alta moralidad, inteligencia y decencia. Nietzsche incluso destacó el concepto del Héroe. Según esta teoría, el matrimonio, por ejemplo, es el destino de los Héroes. Según Nietzsche, también hubo estados-Héroes - Alemania.

Las funciones de la ley son las direcciones principales del impacto de las normas y reglamentos legales en relaciones públicas, debido a la esencia y propósito social derechos. Las funciones del derecho se dividen en:

1. Funciones no legales (externas):

1) Función organizativa.

2) Función de información.

3) Función educativa.

4) Función coordinadora.

5) Función de control.

6) Función ideológica.

7) Función económica.

8) Función política.

9) Función social.

2. Funciones realmente jurídicas:

1) Función reguladora.

a) Función reguladora-estática (prevé la definición del círculo de participantes en las relaciones y el empoderamiento de los participantes con derechos y obligaciones)

b) Función reguladora-dinámica (dirigida a asegurar la realización de los derechos y libertades de los sujetos de las relaciones).

2) Función protectora (representada por las normas del derecho penal, ley administrativa, derecho laboral).

3) Función estimulante (fijando las condiciones necesarias para adquirir un cierto estatus, por ejemplo, un estudiante recibe el derecho de aplazamiento del ejército).

4) Función de incentivo.

Teoría del Estado y el Derecho Morozova Lyudmila Aleksandrovna

Capítulo 9 TEORÍAS DEL ORIGEN DEL DERECHO

TEORÍAS DEL ORIGEN DEL DERECHO

El origen del derecho, como el origen del Estado, siempre ha atraído la atención de los pensadores de la antigüedad y de épocas posteriores. El conocimiento del proceso de formación del derecho permite conocer la naturaleza del derecho, su esencia, caracteristicas, averiguar la relación entre el derecho y el estado, así como con otros Fenómeno social.

Un papel especial en el conocimiento del derecho se asignó originalmente a religión. Por lo tanto, las enseñanzas más antiguas sobre el estado - teológico.

En el antiguo Egipto, Babilonia, Judea, la idea dominaba adivinar origen del estado y la ley. El surgimiento de la ley fue justificado por la providencia divina. Las normas legales son reglas morales vidas que vienen de Dios y apuntan a la humanidad en la dirección correcta de la vida. El concepto de derecho se asocia con justicia, y luego - con justicia. Es Dios quien instaura en la sociedad el eterno orden natural-divino de la justicia. Todas las personas son iguales y están dotadas por Dios con las mismas oportunidades. Por lo tanto, la violación de esta igualdad en las relaciones humanas es una desviación de la ley divina. Un factor importante que mantiene el orden divino en la sociedad es castigo: en vida por el Estado, y después de la muerte por los pecados y faltas, incluidos los delitos, por juicio divino.

Las enseñanzas teológicas estuvieron más difundidas durante el período del establecimiento de las relaciones feudales. Durante este período, la enseñanza del famoso teólogo Tomás de Aquino. Según su enseñanza, el mundo está controlado por la mente divina. La ley es la acción de la justicia en el orden divino de la sociedad humana, y la justicia misma expresa la actitud de una persona no hacia sí misma, sino hacia los demás y consiste en retribuir a todos los que le pertenecen.

F. Tomás de Aquino distinguía entre ley y ley. Este último era "una cierta institución de la razón para el bien común, promulgada por aquellos que se preocupan por la sociedad", es decir, los gobernantes. La ley es evaluada desde el punto de vista del cumplimiento de su ley como la justicia suprema, que tiene un origen divino. La ley eterna no es accesible a la conciencia humana. Pero una persona distingue entre el bien y el mal, el comportamiento correcto e incorrecto. Sobre esta base, desarrolla principios racionalistas que conforman la Ley natural. Así, F. Aquinas argumentó que hay ley eterna, que gobierna el universo, es la mente divina, parte de la cual es la ley divina, que está contenida en la Biblia. Todas las demás leyes se derivan de ella. En particular, de ella se deriva la ley natural, que es un reflejo de la Ley Eterna en las relaciones humanas. La ley natural prescribe luchar por la autoconservación, la procreación, obliga a buscar la verdad (Dios) y respetar la dignidad de las personas. La ley natural se refleja y concreta en las leyes humanas, cuyo propósito es obligar a las personas a evitar el mal, a luchar por la virtud por la fuerza y ​​el miedo a la coerción. El derecho existe donde no hay contradicción entre las leyes naturales y las humanas. Pero las leyes humanas son imperfectas, por lo que si contradicen las ordenanzas naturales y la ley divina, pueden ser desobedecidos. Al mismo tiempo, consideraba pecado mortal cualquier discurso contra la autoridad legítima.

En la era del capitalismo, las teorías teológicas encontraron expresión en la forma neotomismo que proviene de la naturaleza divina de la ley. Más representante destacado esta dirección era jacques maritain(1882-1973). En su opinión, hay dos mundos: el mundo de las esencias, el mundo espiritual, no material, y el mundo material derivado de él.

Su unidad está determinada por el principio espiritual: Dios. La ley, como el estado, es el resultado de la acción de principios espirituales, un reflejo de la mente divina en orden publico. J. Maritain asoció la regulación normativa de la conducta y las acciones humanas a las llamadas normas-piloto, que reproducen la eterna ley divina y orientan a la persona hacia el cumplimiento de un deber moral, la multiplicación del bien y la ayuda a evitar el mal.

Los neotomistas enfatizan la idea solidaridad como base para unir a los pueblos en diversas formas, creyendo que la reconciliación social, la paz social deben estar correlacionadas en su valoración con los planes divinos, que son la verdadera fuente de vida.

enseñanzas de la ley natural están entre los más comunes teorías legales. En cuanto a su contenido, no son homogéneos, especialmente en las modificaciones modernas.

Ciertas disposiciones de la teoría de la ley natural eran conocidas por los pensadores de la antigua Grecia y roma antigua. En particular, los sofistas partieron del hecho de que no hay nada eterno, inmutable en la base de la formación de la ley. "Correcto" o "verdad" es el resultado del acuerdo de las personas, su acuerdo de adherirse a ciertas reglas en sus relaciones para garantizar la seguridad de todos y cada uno. Así, el derecho es una invención de las personas, una formación artificial. Pensadores destacados de la antigüedad como Sócrates, Platón, Aristóteles se opusieron a esto. Procedían del hecho de que no toda ley es una invención artificial de la mente humana. Junto a las leyes escritas, existen leyes eternas, no escritas, que no dependen de la voluntad de las personas y constituyen un derecho natural, "incrustado en el corazón de las personas por la propia mente Divina".

Los juristas romanos, junto con el derecho positivo, es decir, las leyes, reconocían la existencia del derecho natural, que a menudo se consideraba como ideal, al que debe aspirar el derecho positivo. La ley natural proviene de la libertad e igualdad de las personas. Pero Aristóteles, al mismo tiempo, creía que la naturaleza misma pretendía que algunas personas fueran libres y otras, esclavos, estos últimos para ser esclavos "tanto útiles como justos". Sin embargo, la relación entre un esclavo y su amo debe ser amistosa, ya que se basan en principios naturales.

Las teorías de la ley natural sufrieron cambios importantes durante la Edad Media. Los pensadores de este período partieron del origen divino de la ley.

Se considera que el apogeo de las teorías de la ley natural son los siglos XVII-XVIII. Una contribución significativa al desarrollo de estas teorías fue hecha por G. Grocio y B.Spinoza(Holanda), T.Hobbes y J Locke(Inglaterra), J.-J. Rousseau y P. Holbach(Francia) y A. N. Radishchev(Rusia). Abandonaron la idea del origen divino de la ley natural y se volcaron a la voluntad de los pueblos, las naciones y el individuo. Se reconoció que en la sociedad, además del derecho positivo creado por el Estado (legislación), existe ley suprema, inherente al hombre por naturaleza es un derecho natural. Sirve como criterio del derecho positivo en cuanto a su conformidad con la justicia. Si no existe tal correspondencia, entonces las leyes del estado son ilegales. Al mismo tiempo, la ley natural se entendía como las leyes de la naturaleza, que proclaman a todos iguales, por lo tanto, las leyes del estado deben ser igualmente justas para todas las personas.

Las principales disposiciones de la teoría de la ley natural fueron consagradas en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776), luego en la Constitución de los Estados Unidos de 1787, en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia (1789), etc.

Después de dar paso durante algún tiempo a la escuela histórica del derecho, la teoría del derecho natural entró en el siglo XX. durante ley natural revivida y se ha generalizado en muchos países europeos (Alemania, Francia, Italia, Austria), America latina y América del Norte.

La teoría de la ley natural revivida enfatiza su conexión con la ley natural en etapas previas de desarrollo y establece como su tarea la búsqueda de criterio ideal por el derecho positivo.

No reconoce la ley eterna, inmutable para todos los pueblos y tiempos, y cree que la ley natural cambia históricamente su contenido.

El derecho natural revivido se caracteriza por la aparición de teorías y doctrinas privadas sobre su base. En primer lugar, llamemos teoría de la neotomía, que ya se ha mencionado y cuyo representante fue J. Maritain. Tradicionalmente se la considera como una de las corrientes de la moderna teoría del derecho natural y, al mismo tiempo, se la ubica justificadamente entre las enseñanzas teológicas, ya que su principio inicial es la voluntad divina.

La esencia de la teoría neotómica es que todo lo que es debido y existente procede de Dios, y el hombre, como creación de la voluntad de Dios, es portador de la ley natural. Existe para siempre, pero se revela a las personas de diferentes maneras dependiendo de su mente, y con la ayuda del libre albedrío de una persona, se encarna en sus acciones para lograr metas que expresan la voluntad de Dios.

Así, la ley natural se interpreta como un conjunto de principios abstractos: libertad, justicia, cumplimiento de los acuerdos celebrados, respeto a las autoridades, bien común, etc., que están predeterminados por la voluntad de Dios y se encarnan en la voluntad de Dios.

teoría fenomenológica(de la palabra griega "fenómeno", que denota un fenómeno comprendido con la ayuda de los sentidos). El representante más destacado de esta teoría fue el filósofo alemán E. Husserl(1859-1938). Pone la idea de los llamados eidos -esencias puras, formas jurídicas ideales, ideas normativas a priori (predeterminadas)- como base del origen del derecho. La ley eidética es una especie de ley natural que precede a la ley positiva y determina su contenido. Los eidos (normas) legales siempre existen en la naturaleza en forma de reclamos objetivos, obligaciones, propiedad y otras categorías. Adquieren una forma legal solo cuando la conciencia de una persona se dirige a ellos. Por lo tanto, el estado de derecho no existe sin una persona como sujeto de conocimiento. Ideas normativas se llevan a cabo en los actos de conciencia de muchas personas y determinan las acciones de las personas en una sociedad determinada. Sobre la base de la ley eidética surge orden normativo las acciones de las personas. En consecuencia, la ley eidética a priori existente determina el contenido de la ley positiva existente.

teoría existencialista(existencialismo - la filosofía de la existencia, estilo de vida) proviene de la oposición del ser ordinario, enajenado y la existencia viva y profunda, encarnada en la existencia (en latín, la palabra "existencia" - existencia) de una persona. La ley extrae su fuerza precisamente del modo de existencia de una persona, aunque exteriormente se encarna en formas artificiales congeladas. De ahí que el derecho positivo tenga un carácter secundario y, por tanto, facultativo. El representante de esta teoría es un científico alemán. M.Heidegger(1889-1976) creía que relaciones juridicas, evaluaciones legales no provienen de regulaciones legales el poder del Estado, sino del modo de existencia (existencia) de un juez, gobernante, administrador. Además, el contenido de la existencia cambia con el tiempo. Por lo tanto, la ley natural no tiene un contenido permanente, cada situación de vida es individual y única. La norma jurídica es una formación mecánica muerta, en contraste con la existencia, que determina la escala de la justicia y de las acciones de las personas.

dirección hermenéutica teoría natural(de la palabra griega "hermenéutica" - explico, es decir, el arte de interpretar un texto) procedía de la inadmisibilidad de una laguna y oposición de la ley natural y positiva. Los partidarios del enfoque hermenéutico del origen y la esencia del derecho creen que el derecho natural se desarrolla históricamente y actúa como justicia suprema para cada período específico de desarrollo de la sociedad. La ley es la correspondencia entre lo debido y lo que es, su completa coincidencia. Texto derecho juridico debe encajar en el estado actual de las cosas. Lo principal con este enfoque no es el estado de derecho, sino las relaciones jurídicas entre las personas, las decisiones jurídicas, las acciones jurídicas y el comportamiento jurídico de las personas. Jueces, otros funcionarios, tomando solucion juridica, como adaptando lo propio a lo existente, mediante lo cual se crea un derecho histórico concreto.

Todas las direcciones de la teoría natural del derecho enumeradas anteriormente están entrelazadas y se complementan mutuamente.

Escuela histórica de derecho se formó en Alemania como contrapeso a la teoría de la ley natural. su cabeza es F. Savigny(1779–1861). Se opuso a ignorar las necesidades y peculiaridades nacionales específicas en el derecho y negó la participación del libre albedrío humano en el desarrollo de la historia y el derecho. La ley, a su juicio, no es una invención artificial del legislador, no la inventan las personas. Los orígenes del derecho hay que buscarlos en la historia de su desarrollo.

El derecho surge espontáneamente, como el lenguaje, natural y gradualmente, y sirve como expresión el espiritu de la gente, inherente sólo a este pueblo. El legislador no puede "recrear" la ley, como no puede cambiar las leyes de la lengua. La tarea del legislador es fijar las costumbres y creencias populares que se han desarrollado a lo largo de los siglos, para darles forma jurídica como “declaración general de la nación”. Así, revelándose inicialmente en las profundidades del espíritu nacional, el derecho luego a más nivel alto El desarrollo de la sociedad es desarrollado por abogados profesionales. Pero no crean derecho, sino que extraen las reglas de conducta necesarias de ese ordenamiento jurídico que vive en la autoconciencia nacional. Así, el derecho no tiene la universalidad inherente a todos los pueblos, sino que tiene un carácter puramente nacional y por tanto no puede ser transferido a otra sociedad.

Destacados representantes de la histórica escuela de derecho fueron Hugo(1764-1844) y G. Pooh (1798–1846).

La escuela histórica del derecho tuvo un impacto significativo en la formación de las ciencias históricas y jurídicas, que abordaron los problemas del protoderecho (normas sociales vigentes en las sociedades preestatales), la formación y desarrollo de una idea nacional que se creó en ese momento para unir las tierras alemanas en un solo estado.

Teoría psicológica del origen del derecho. procede del hecho de que la fuente de la formación del derecho son las experiencias internas de las personas, sus emociones jurídicas. El fundador de la dirección psicológica en la jurisprudencia es considerado un abogado prerrevolucionario L. I. Petrazhitsky(1867-1931). Creía que la aparición de oficiales normas legales se hizo posible gracias a la capacidad que tienen las personas para legalizar las emociones, un estado mental especial que le permite regular la conducta humana dentro del marco de lo que es y debe ser. Cada nación tiene un llamado derecho intuitivo, que se desarrolla gradualmente, no está sujeto a fijación y no depende de la voluntad o la arbitrariedad de nadie. Se adapta fácilmente a nuevos situaciones de la vida, móvil y fomenta cambios en el derecho positivo, es decir, en la legislación.

Según L. I. Petrazhitsky, la ley no es la realidad, Es solo complejo de experiencias los derechos y obligaciones no existen en la realidad, sino en la mente de alguien que actualmente está experimentando sentimientos y pensamientos jurídicos específicos. La ley es un factor psicológico. vida publica y actúa sólo psicológicamente.

Además, L. I. Petrazhitsky consideraba el derecho como un fenómeno generado por la conciencia individual, y no pública. Consideraba que la conciencia individual era la única fuente de derecho. Cualquier otro derecho que exista fuera de la conciencia humana es una ilusión óptica.

L. I. Petrazhitsky bajo la derecha entendió las experiencias emocionales de una persona de naturaleza imperativa-atributiva. ¿Qué significa esto?

Norma de atributo- estas son experiencias de un sentimiento de derecho a algo, y un sentimiento de obligación de hacer algo es norma imperativa.

El derecho es la experiencia de una persona, que, por un lado, tiene en cuenta la obligación de alguien de realizar alguna acción, y por otro lado, la pretensión de alguien de realizar estas acciones (o de abstenerse de ellas), que están predeterminadas por obligación. En consecuencia, el derecho se refiere enteramente al mundo de las experiencias humanas internas, puramente subjetivas. La ley no está conectada con el estado y otros fenómenos sociales. L. I. Petrazhitsky se caracteriza por una interpretación y comprensión demasiado amplias de la ley. Como escribió, el derecho "no sólo es mucho que está fuera de la jurisdicción del Estado, no utiliza reconocimiento oficial y clientelismo, pero también mucho de lo que es directamente hostil por parte del Estado, es objeto de persecución y erradicación como algo opuesto y contrario a la ley en el sentido estatal oficial. Por lo tanto, incluyó en la ley no sólo los derechos de las personas normales y buenas, sino también los derechos de las organizaciones criminales, la ley surgida de la superstición, etc.

Los partidarios de la teoría psicológica fueron los estadistas prerrevolucionarios N. M. Korkunov, F. F. Kokoshkin, M. A. Reisner. L. I. Petrazhitsky tiene muchos seguidores entre los abogados extranjeros, que entendieron toda su vida social como una manifestación del principio psíquico (G. Tarde, F. Wolrd). Según la teoría de G. Tarde, la ley que determina el desarrollo de la sociedad es la ley de la imitación psicológica. La ley es creada por las clases dominantes para que las clases inferiores imiten a las superiores.

Hasta cierto punto, las enseñanzas del famoso psiquiatra austriaco Z. Freud se basaban en la teoría psicológica. Trató de explicar la vida individual de una persona y todos los procesos sociales desde la posición instintos subconscientes, creyendo que el inconsciente es el factor determinante en el comportamiento y toda la vida de una persona.

De este modo, teoría psicológica considera posible la aparición del derecho fuera del Estado. En su creación juega un papel decisivo la conciencia jurídica y la cultura jurídica de los pueblos.

doctrina marxista sobre el origen del derecho se basa en la idea fundamental: el surgimiento del derecho está indisolublemente ligado a la formación del estado. Y dado que surgen simultáneamente, las causas y patrones de su desarrollo son los mismos, a saber: el surgimiento de la plusvalía, y luego la propiedad privada, llevaron a la división de la sociedad en clases antagónicas. Como resultado, las costumbres primitivas no estaban adaptadas para regular el comportamiento de las personas. Al mismo tiempo, el funcionamiento del Estado requería normas que pudieran hacer testamento del estado obligatorio. Como resultado, hubo una necesidad de regulación que aseguraría la dominación de clase y se convertiría en la clase reguladora de las relaciones sociales.

Eran normas jurídicas, formando en su totalidad la ley.

Aspectos destacados de la teoría marxista dos formas de legislar:

1) el desarrollo de las costumbres primitivas en las normas del derecho consuetudinario. Al mismo tiempo, el Estado otorga a las aduanas una sanción obligatoria;

2) la elaboración de leyes por parte de los órganos estatales que establecen nuevas normas que expresan la voluntad de la clase dominante y que se imponen a toda la sociedad. Estas normas fueron diseñadas para asegurar la dominación de clase y están respaldadas por el poder coercitivo del estado.

De acuerdo con la teoría marxista, la ley está rígidamente ligada al estado y subordinada a él. le sirve instrumento, a través de los cuales el Estado resuelve sus problemas de clase. De ahí que la función principal del derecho sea la coerción, la subordinación a la voluntad de esa clase o de ese grupo social que está en el poder.

Resumiendo el material anterior sobre el origen de la ley, podemos concluir que entre los científicos no existe unanimidad de opinión sobre este tema. Casi todas las teorías sobre el origen del derecho se basan en cierto propiedades del derecho y los procesos de su surgimiento, pero algunos factores son a menudo exagerados.

Este texto es una pieza introductoria.

Capítulo 1. El desarrollo de la teoría del Estado y del derecho como ciencia

Capítulo 2. El sujeto de la ciencia de la teoría del estado y del derecho El objeto del estudio científico difiere del sujeto de la ciencia. Un mismo objeto puede ser estudiado por diferentes ciencias, y cada ciencia estudia este objeto desde el punto de vista de sí mismo. tema especial y método. V vista general puedes decir

Capítulo 3. El método de la ciencia de la teoría del estado y del derecho El valor de la metodología en relación con cualquier ciencia es la extracción e interpretación de los hechos para su posterior aplicación en el desarrollo de la ciencia. ciencia moderna impone grandes exigencias a los métodos, como resultado de lo cual

Capítulo 4. El lugar de la teoría del Estado y del derecho en el sistema de las ciencias sociales mundo moderno y sus exigencias de conocimiento empírico de la sociedad. Las ciencias sociales juegan papel importante en la sociedad - en la política, en los medios de comunicación

Capítulo 2. Teorías del origen del Estado y del derecho. Tipología del estado Hay muchas teorías sobre el origen del estado. Aparecieron en diferentes períodos. desarrollo historico entre diferentes pueblos, y su estudio proporciona la clave para comprender los patrones de origen y

§ 2.1. Teorías del origen del Estado y del derecho La cuestión del origen del Estado y del derecho indica que en el mundo y ciencia doméstica no existe una idea uniforme del origen del Estado y del derecho. Pensadores de varias épocas y pueblos. diferentemente

3. El surgimiento del estado entre los eslavos. Educación antiguo estado ruso. Teorías del origen del antiguo estado ruso En el siglo IX. En el territorio Rusia moderna se ubicaron los primeros estados: 1) Kuyavia - en el territorio de Kiev; 2) Slavia - en el territorio

Capítulo 1. El tema de la teoría del estado y la ley § 1. La teoría del estado y la ley - ciencia fundamental Problemas del surgimiento, naturaleza, esencia del estado y la ley, su funcionamiento, papel y significado en la vida de la sociedad, estado -realidad jurídica y

Capítulo 2. Métodos de la teoría del estado y del derecho § 1. El valor de la metodología en el conocimiento del estado y del derecho El término "método" fue introducido en la circulación científica por los antiguos griegos. Se entiende como una forma de conocer, estudiando los fenómenos de la naturaleza y la vida social. Los científicos más destacados dieron

§ 3. Las principales teorías sobre el origen del estado Las teorías sobre el origen del estado comenzaron a surgir junto con este último, lo que refleja el nivel de desarrollo sistema económico y la conciencia pública. Detengámonos en algunas de ellas. La teoría teológica es una de las más

Capítulo 1 SUJETO Y METODOLOGÍA DE LA TEORÍA DEL ESTADO

2.6 Otras teorías sobre el origen del estado Se señaló anteriormente que además de la teoría potestad que explica las razones del origen del estado, existen otros conceptos: teoría teológica, cuyo nombre proviene de las palabras griegas "theo" - dios y "logos" - doctrina,

Capítulo 9 TEORÍAS DEL ORIGEN DEL DERECHO El origen del derecho, como el origen del Estado, siempre ha llamado la atención de los pensadores de la antigüedad y de épocas posteriores. El conocimiento del proceso de formación del derecho le permite conocer la naturaleza del derecho, su esencia, características.

Capítulo 2. Teorías del origen del Estado 2.1. Razones de la variedad de teorías sobre el origen del Estado y del derecho La cuestión de las leyes que rigen la formación del Estado, que son las mismas para todos los tiempos y pueblos, no debe confundirse con la cuestión de las causas del surgimiento de estados Sobre el

Capítulo II Cuestiones de la teoría del estado y el derecho § 10. El estado, sus signos y formas El concepto de "estado" es ambiguo, la interpretación de este fenómeno de la vida pública provoca discusiones no solo científicas, sino también políticas. Sin embargo, hay tales signos del estado,

Capítulo 2. CUESTIONES DE METODOLOGÍA EN LA TEORÍA GENERAL DEL DERECHO MARXISTA-LENINISTA 1. El concepto de método de la ciencia.2. La vía principal de investigación de los fenómenos jurídicos.3. Aplicación de las leyes y categorías de la dialéctica materialista en el estudio del derecho.4. La posibilidad de utilizar conocimientos científicos generales

Trabajo práctico №2

1. Elabora y completa el cuadro "Teorías del origen del derecho":

(al menos 7 teorías de origen)

Nombre de la teoría Partidarios La esencia de la teoría. Ventajas Defectos
teoría teológica pensadores religiosos Las leyes existen para siempre, porque son un regalo divino. Determinan el orden de la vida según ideales.

bondad y justicia, otorgadas desde lo alto.

La teoría teológica fue una de las primeras en relacionar el derecho con el bien y la justicia, este es su indudable mérito. Sin embargo, la teoría bajo consideración no se basa en evidencia y argumentos científicos, sino en la fe.
teoría de la ley natural G. Grocio. T. Hobbes, J. Locke, S.-L. Montesquieu, D. Diderot, J.-J. Russo, A. N. Radishchev Una persona por nacimiento y naturaleza tiene derechos naturales inalienables que no pueden ser cancelados o cambiados. Las leyes corresponden a las actitudes morales de las personas y no pueden existir sin ellas. La ley natural se deriva de las leyes de la naturaleza, está inscrita en el corazón del hombre por la naturaleza misma. También se dedujo de la justicia eterna inherente a las personas, de los principios morales. La ley natural no es creada por las personas, sino que surge por sí misma, espontáneamente; la gente de alguna manera solo lo conoce como una especie de ideal, un estándar de justicia universal.
teoría psicológica del derecho L. Petrazhitsky Él ve las causas de la formación del derecho en la psique de las personas, en "experiencias jurídicas imperativas-atributivas". La ley es "un tipo especial de procesos mentales emocionales e intelectuales complejos que tienen lugar en la esfera de la psique del individuo". No hay razón para negar la influencia del factor psicológico en el surgimiento y funcionamiento del derecho. Sin embargo, hay aún menos razones para considerar las experiencias mentales de las personas como su causa principal.

Escuela histórica de derecho

G. Hugo, F. Savigny, G. Puchta

El derecho se origina y desarrolla históricamente, como un lenguaje, y no es decretado por el legislador. Se deriva de la conciencia "nacional", "pueblo".

La necesidad de resolver las contradicciones de la vida lleva al surgimiento del derecho que puede resolver el conflicto y establecer el orden en el comportamiento de las personas.

Bajo la influencia de la escuela histórica, los abogados dejaron de percibir la ley natural como un modelo universal. Bajo la influencia de la escuela histórica, muchos abogados comenzaron a inclinarse hacia puntos de vista históricos. No tenían prisa por reelaborar el sistema en el espíritu de los valores de la ley natural.
Teoría normativista del derecho Hans Kelsen (1881-1973) El estado dicta un modelo de comportamiento a las personas. El derecho proviene del Estado y es un sistema de normas construido en forma de pirámide. Es útil en el normativismo que llame la atención sobre cualidades del derecho como la normatividad, la certeza formal, que contribuye a la mejora del derecho como sistema, su formalización necesaria para su uso en el derecho informático, datos cibernéticos. En nuestro país, al igual que otras teorías de "clase ajena", se consideró solo negativamente. De hecho, en el normativismo se exagera el aspecto jurídico-formal del derecho. Sin embargo, en él, como en cualquier teoría, es necesario encontrar aspectos positivos y utilizarlos.
teoría marxista del derecho K. Marx,

F. Engels

La ley está conectada con el estado y depende de los factores socioeconómicos de la sociedad. Reconocimiento de la necesidad de estructurar el ordenamiento jurídico, es decir, construirlo en forma de jerarquía -desde los actos individuales hasta

norma soberana de suprema fuerza jurídica;

la idea de una norma soberana - de hecho, la ley básica de fuerza jurídica suprema, que corona el conjunto sistema legal;

reconocimiento como ley solo de normas legales codificadas (escritas), separación de la ley de la filosofía, la moral, etc.,

en consecuencia, la eliminación del dualismo entre derecho "natural" y "positivo".

El principal inconveniente de la teoría es la mayor atención al lado formal de la ley.
teoría positivista del derecho O. Comte,

Spencer

El derecho es generado por las contradicciones de la vida, conflictos militares, resultando en la victoria del más fuerte. Él dicta sus propias reglas de juego y establece su propio orden. El vencido le obedece. El mérito indudable es la fundamentación de los principios como:

1) el estado de derecho y la presencia de una relación jerárquica entre leyes y otros actos jurídicos reglamentarios,

2) improcedencia de la denegación de justicia fundada en la presencia de lagunas o normas poco claras en la legislación vigente;

3) el requisito de la aplicación estricta de las leyes existentes cuerpos gubernamentales, ciudadanos y otros.

La reducción de la ley a la ley, otros actos jurídicos normativos conduce a la pérdida de cualquier criterio que permita distinguir regulaciones legales de la arbitrariedad desnuda del Estado. Desde el punto de vista de la teoría positivista, todas las leyes del estado fascista son la ley y los ciudadanos respetuosos de la ley no tienen más remedio que cumplirlas pacientemente.

2. abogado ruso B.A. Kistyakovsky creía que la ciencia jurídica no puede reconocer un solo concepto de ley. En su opinión, B.A. ¿Tenía razón Kistiakovski?

Respuesta:

Sí, estoy de acuerdo con B.A. Kistyakovsky en que la ciencia jurídica no puede reconocer un concepto de derecho. Hay muchas definiciones diferentes (conceptos) de derecho en sentido estricto y amplio.

3. Escriba y analice al menos cinco definiciones de derecho.

Respuesta:

4. Determinar a qué teoría del origen de la ley se refiere cada una de ellas: 1. la ley es la voluntad de la clase elevada a ley; 2. la ley es lo que crea el tribunal; 3. ¿El derecho es un conjunto de normas, principios, reglamentos derivados de la naturaleza humana?

Respuesta:

1. derecho es la voluntad de la clase elevada a ley (ESCUELA HISTÓRICA)

2. la ley es lo que crea la corte (teoría normativista de la ley)

3. El derecho es un conjunto de normas, principios, reglamentos derivados de la naturaleza humana (Teoría psicológica)

5. Hacer diagramas "Tipos de normas jurídicas", "Tipos de relaciones jurídicas", "Normas sociales y técnicas"

Respuesta:

6. ¿Cuál es el significado del término “derecho” en las siguientes afirmaciones: 1. “El derecho es un sistema de normas de conducta establecido por el Estado” y 2. “UNA PERSONA TIENE DERECHO A LA INVIOLABILIDAD PERSONAL”?

Respuesta:

1. El significado del derecho como ciencia.

2.Este es uno de los derechos y libertades constitucionales del hombre.

7 .Indique a qué fuentes (Formas) de derechos pertenecen:

1. Contrato de arrendamiento de local;

2. Decisión del juez basada en una decisión en un caso similar;

3. Código Penal;

4. Convenio colectivo;

5. Fijación de una regla moral como regla de derecho;

6. Contrato de trabajo.

¿Cuál de los siguientes ejemplos no es una fuente de derecho?

Respuesta:

1. Contrato jurídico normativo

2. Precedente judicial

3. Normativa - acto jurídico

4.No se aplica a las fuentes del derecho

5. Normativa - acto jurídico

6. Contrato legal regulatorio

8. Resaltar en la norma de derecho penal todos los elementos de la estructura de la norma de derecho: “Falta de proporcionar a una persona en un estado de peligro para la vida la demora obvia necesaria, si la persona culpable podría haberla proporcionado sin peligro grave a sí mismo y a otras personas, o no informar a la institución o personas apropiadas sobre la necesidad de brindar asistencia - se castiga con trabajo correccional de hasta seis meses ... "

Respuesta:

1. Hipótesis ( persona en una condición que amenaza la vida).

2. Disposición ( Rechazo Retraso evidente necesario en la asistencia, si los perpetradores podrían haberla brindado sin peligro grave para ellos mismos y para otras personas, o sin notificación por parte de la institución o las personas apropiadas de la necesidad de asistencia.).

3.Sanción ( punible con trabajo correctivo hasta por seis meses).

9. Encuentre en la legislación vigente:

  1. Las costumbres jurídicas, así como las normas que en su origen fueron costumbres justas, y luego encontraron su consagración en la ley;
  2. Un ejemplo para cada tipo de actos jurídicos reglamentarios;

    Respuesta:

    A) 1. El tribunal, considerando el caso del divorcio de los cónyuges y decidiendo con qué padre dejar a los hijos, casi siempre se inclina a favor de la madre. Esas decisiones se toman sobre la base de la costumbre, según la cual la crianza del niño es principalmente responsabilidad de la madre. Y solo si el padre prueba que la madre no puede criar al niño debido a su fuerza física o, más a menudo, a sus cualidades morales, el tribunal deja al niño con el padre.

    2. Muchas leyes modernas provienen precisamente de las costumbres. Por ejemplo, la costumbre que exige una crianza cuidadosa de los niños, futuros ciudadanos del estado, fue sancionada inicialmente en una serie de sentencias y decisiones judiciales, y luego, el 7 de abril de 1935, se convirtió en el estado de derecho. El Código de Familia de 1998 también contiene esta disposición.

    3. El artículo 134 del Código de la Marina Mercante de la Federación Rusa establece: "El período durante el cual la carga debe cargarse en el buque se determina por acuerdo de las partes y, en ausencia de tal acuerdo, por los términos generalmente adoptada en el puerto de carga".

    B) Normativa - actos jurídicos (leyes): la constitución de la Federación Rusa;

    Leyes Constitucionales Federales (Leyes Constitucionales Federales sobre Corte Constitucional de la Federación Rusa, sobre el sistema judicial, sobre el referéndum y sobre el Gobierno de la Federación Rusa, etc.);

    Leyes federales (Código Civil de la Federación Rusa, Código Penal de la Federación Rusa, Código de la Familia radiofrecuencia, etc.);

    Estatutos: Decreto del Presidente de la Federación Rusa, resoluciones del Gobierno de la Federación Rusa, órdenes, instrucciones, reglamentos de ministerios, comités estatales y otros órganos federales poder Ejecutivo, decisiones y resoluciones de las autoridades del gobierno local, a nivel local actos normativos, decisiones, órdenes, resoluciones de órganos de gobierno local, reglamentos de órganos municipales.

    10.

    11.

    12.

    13. En la teoría del Estado y del derecho existen diferentes puntos de vista sobre la vigencia de la división del derecho en privado y público. Encuentre las posiciones de los científicos y justifique su propia posición sobre este tema.

    Respuesta: La división del derecho en público y privado se ha desarrollado en ciencia jurídica y la práctica durante mucho tiempo, todavía lo llevaban a cabo los abogados romanos, como declaró Ulpian, un abogado romano de Dvenner, ley Pública está el que se refiere a la posición del estado romano, mientras que el particular se refiere al beneficio de los individuos. En consecuencia, el derecho público es el dominio de los asuntos públicos, mientras que el derecho privado es el dominio de los asuntos privados.