El significado jurídico de la exención de responsabilidad penal. Derecho penal

Ver también las preguntas recibidas de los tribunales sobre la aplicación de las Leyes Federales del 3 de julio de 2016 N 323-FZ - 326-FZ, destinadas a mejorar responsabilidad penal detrás delitos de corrupción y delitos económicos, así como las causales y el procedimiento para la exención de responsabilidad penal (entró en vigor el 15 de julio de 2016)” (aprobado por el Presidium Corte Suprema RF 28.09.2016)

Exención de responsabilidad penal significa una decisión, expresada en un acto oficial de un órgano estatal competente, para liberar a una persona que ha cometido un delito de la obligación de someterse a condena judicial y someterse a medidas de coacción estatal.

La base general para la exención de responsabilidad penal de una persona que ha cometido un delito:

    • la impropiedad de someterlo a tal responsabilidad, que se fija procesalmente en la decisión del órgano investigación preliminar, fiscal, juez o sentencia judicial.

Tipos de exención de responsabilidad penal:

    1. en relación con el arrepentimiento activo (art. 75);
    2. en relación con la reconciliación con la víctima (artículo 76);
    3. (art. 76.1);
    4. con cita multa judicial(art. 76.2);
    5. en relación con la caducidad de la prescripción (artículo 78);
    6. en relación con el hecho (art. 84);
    7. en relación con la aplicación de medidas coercitivas de influencia educativa a un menor (parte 1 del artículo 90).

Cada uno de estos tipos de exención de responsabilidad penal es incondicional, es decir. definitiva y no puede ser cancelada posteriormente por ningún motivo. La exención de responsabilidad penal en relación con la prescripción, en los casos de delitos en el ámbito de la actividad económica o en relación con un acto de amnistía es obligatoria, no por la categoría del delito cometido. Las demás causales de exención de responsabilidad penal son facultativas, ya que no prevén la obligación, sino que los órganos de instrucción, instrucción, fiscalía y tribunal puedan aplicar la exención de responsabilidad penal de una persona que haya cometido un delito de un pequeño o moderado.

  • 6. El concepto de cuerpo del delito. Tipos de composiciones. El significado del crimen. Correlación entre delincuencia y delincuencia.
  • 7. Objeto del delito. Concepto. Tipos de objetos. Correlación entre el objeto y el sujeto del delito.
  • 8. El concepto y significado de la parte objetiva. Señales obligatorias. Acto socialmente peligroso. Concepto, tipos. Términos de la responsabilidad penal por omisión.
  • 9. El concepto de consecuencias penales, sus tipos y significado.
  • 10. Causalidad. Concepto, significado, condiciones de establecimiento. Teorías de causa y efecto.
  • 11. Características opcionales del lado del objetivo.
  • 12. El concepto de sujeto del delito y sus características.
  • 13. Objeto especial del delito. Concepto y tipos.
  • 17. El concepto del lado subjetivo. Su estructura y significado. El concepto de culpa. Sus formas y tipos. El significado de la culpa. Daño inocente.
  • 19. Características facultativas de la parte subjetiva del delito. Su significado.
  • 20. Error en el derecho penal. Concepto, tipos, significado.
  • 22. Formas y tipos de complicidad.
  • 24. Responsabilidad de los cómplices. Exceso del ejecutante. Concepto, tipos. (Artículos 34 - 35 CC).
  • 25. Participación en un delito. Concepto, formas. La diferencia de la complicidad.
  • 28. Renuncia voluntaria a un delito. términos de su legitimidad. Características de la negativa voluntaria de los cómplices. (Artículos 31, 34).
  • 29. El concepto y tipos de etapas de la comisión de un delito.
  • 30. El concepto y signos de pluralidad. Formas de pluralidad.
  • 31. El concepto y tipos de competencia del derecho penal. Formas de vencer a la competencia.
  • 35. Causar daño bajo la influencia de coacción mental y física, con un riesgo razonable, en la ejecución de una orden. (Artículos 40 - 42).
  • 36. El concepto de responsabilidad penal. etapas de su implementación. Base.
  • Capítulo 11. Contiene las causales de exención de responsabilidad (arrepentimiento, reconciliación con la víctima).
  • Capítulo 12
  • 39. El concepto de sistema de penas. Principios de construcción. Clasificación de los tipos de castigos por diversas razones.
  • 40. Confiscación de bienes. Concepto. Características del decomiso de bienes como forma de sanción penal: historia y modernidad.
  • 41. Privación de libertad. Concepto, tipos. El procedimiento para la designación por los tribunales de instituciones correccionales a las personas condenadas a privación de libertad. (Artículos 56 - 58).
  • 49. El valor de la sanción en la sentencia. La medida inicial de la pena y los métodos de su determinación.
  • 55. Sentencia por acumulación de penas. Reglas para la adición de penas heterogéneas. (Artículos 70, 72).
  • 57. Exención de responsabilidad penal. Concepto, tipos. Significado. (Capítulo 11, artículos 75 - 78).
  • 61. Exención de pena. Concepto, significado, tipos. (Capítulo 12, artículos 79 - 83).
  • 66. Amnistía e indulto. Concepto, su significado jurídico. (Artículos 84 -85).
  • 68. Características de la responsabilidad penal de los menores. Cimientos. Límites de la pena. (Capítulo 14).
  • 70. Características de exoneración de pena, libertad condicional, reintegro de antecedentes penales y prescripción para menores. (Artículos 92 - 95).
  • 71. Medidas médicas obligatorias. Concepto, tipos, motivos de aplicación. (Capítulo 15, artículos 97 - 104).
  • La parte 1 del artículo 99 del Código Penal prevé cuatro tipos de medidas médicas obligatorias que puede ordenar el tribunal:
  • 57. Exención de responsabilidad penal. Concepto, tipos. Significado. (Capítulo 11, artículos 75 - 78).

    Si hay causas y condiciones previstas por la ley penal, una persona puede ser:

    Liberado de responsabilidad penal;

    Liberado del castigo criminal;

    Liberación anticipada de seguir cumpliendo la pena impuesta por el tribunal.

    En los tres casos, la liberación se aplica solo a los autores del delito, es decir. en la presencia en las acciones de una persona del corpus delicti como único fundamento de la responsabilidad penal. Esto significa que quedan excluidos los siguientes casos:

    acto menor;

    Defensa necesaria;

    Necesidad urgente;

    Renuncia voluntaria a un delito;

    Causar daño durante la detención de una persona que cometió un delito;

    Bajo coerción física o mental;

    A un riesgo razonable;

    Al ejecutar una orden u orden.

    Estos casos están unidos por el concepto de la ausencia de elementos de un delito en el hecho. En consecuencia, las normas sobre exención de responsabilidad penal no son aplicables a las personas cuyas actuaciones no son delictivas. En tales casos, no hay exención de responsabilidad penal, sino rehabilitación. Si el estado no le debe nada al estado liberado de la responsabilidad penal, durante la rehabilitación surge todo un complejo de relaciones legales restaurativas y compensatorias, cuyos participantes son, por un lado, el estado y, por el otro, un ciudadano. que ha sido víctima de un error judicial o de investigación.

    La exención de responsabilidad penal tiene un elemento común fundamental con la liberación de la pena. En ambos casos, el Estado se niega a someter al perpetrador a las medidas de coerción previstas por la ley penal. Sin embargo, estos fenómenos jurídicos difieren significativamente entre sí.

    En primer lugar, por motivos de aplicación. Se permite la exención de responsabilidad penal, según regla general, solo en relación con el autor de un delito de pequeña y mediana gravedad, mientras que la liberación de la pena penal no está relacionada con esta característica, es decir. permitido en casos de delitos graves.

    En segundo lugar, según los intervinientes en el proceso a los que se aplique la exención. El sospechoso, el acusado y el acusado pueden quedar exentos de responsabilidad penal. Solo una persona condenada puede ser liberada del castigo, es decir. la persona contra quien se dictó la sentencia.

    En tercer lugar, sobre los órganos que toman la decisión de liberar. El autor puede ser eximido de responsabilidad penal no solo por el tribunal, sino también por el fiscal o, con su consentimiento, por el investigador o el órgano de investigación mediante la conclusión de la causa penal en la etapa de investigación preliminar. Por el contrario, la exoneración de la pena sólo puede ser por decisión judicial (una condena con exoneración de la pena, una sentencia o una decisión de terminación de una causa penal).

    Al mismo tiempo, las mismas circunstancias jurídicamente significativas pueden actuar como motivo de exención de responsabilidad penal o como motivo de exención de pena, según en qué etapa del proceso penal se apliquen.

    El Código Penal permite la exención de responsabilidad penal en los siguientes casos:

    En relación con el arrepentimiento activo de los culpables;

    En relación con la reconciliación del perpetrador con la víctima;

    En relación con el vencimiento del plazo de prescripción;

    En relación con el acto de amnistía;

    En relación con la aplicación de medidas educativas obligatorias a un menor.

    Dependiendo de si el perpetrador debe ser liberado de responsabilidad penal o solo puede ser liberado, los casos enumerados anteriormente se dividen en dos grupos.

    El primer grupo comprende la prescripción de la responsabilidad penal y el acto de amnistía. En presencia de estas circunstancias, el órgano de investigación, el investigador, el fiscal o el tribunal a cargo de la causa penal están obligados a eximir de responsabilidad penal a la persona y dar por terminado el proceso, y no pueden tomar ninguna decisión alternativa. Y sólo en los casos en que la existencia de una ley de amnistía o la caducidad del plazo de prescripción se descubre en la etapa de juicio, el tribunal no da por terminado el caso, sino que pone fin al proceso y dicta una sentencia de culpabilidad con la liberación. del condenado de la pena.

    El segundo grupo de variedades de exención de responsabilidad penal incluye todo el resto. Estas circunstancias no dan lugar a la obligación del organismo encargado de hacer cumplir la ley competente a cargo del caso penal, sino al derecho de liberar al autor de la responsabilidad penal.

    La condición general e indispensable para tal exención es que ésta persona se imputa la comisión de un delito de pequeña o mediana gravedad.

    Al decidir sobre la cuestión de la exención de responsabilidad penal sobre la base del segundo grupo de variedades, deben tenerse en cuenta todas las circunstancias de hecho, cuya totalidad permita determinar sin ambigüedades el grado de peligro público del hecho y evaluar la identidad del perpetrador, y de aquí, sacar una conclusión razonable sobre la conveniencia de su liberación de la responsabilidad penal. Tales circunstancias, en particular, incluyen: la cuantía exacta del daño material causado por el delito y la información documental sobre su compensación, los datos que caracterizan a la persona respecto de la cual se decide la cuestión de la exención de responsabilidad penal, y otra información (su ocupación , Estado civil). De manera fehaciente, sobre la base de las pruebas previstas por la ley de procedimiento penal, en cada caso específico, se debe establecer la base misma para la exención de responsabilidad penal: el arrepentimiento activo en el sentido en que está formulado en la ley; reconciliación con la víctima; la posibilidad de corrección (de un menor) por medidas obligatorias de influencia educativa.

    A diferencia de lo anterior, la exención de responsabilidad penal en relación con la prescripción y en relación con el acto de amnistía no se debe a una determinada categoría del delito cometido.

    Además, todos los tipos de exención de responsabilidad penal se pueden dividir en dos grupos: tipos generales de exención de responsabilidad penal, que se mencionaron anteriormente, y tipos especiales exenciones de responsabilidad penal, que se formulan en forma de notas a las normas pertinentes de la Parte Especial del Código Penal.

    La exención de responsabilidad penal en su contenido jurídico significa la liberación del autor de todas las consecuencias jurídicas del delito que cometió: de la censura, que, en nombre del Estado, se declara culpable del tribunal y significa el reconocimiento oficial de una ciudadano como delincuente, del castigo y de los antecedentes penales. Las cosas, objetos, documentos confiscados deben ser devueltos a la persona liberada de responsabilidad penal. Al mismo tiempo, la exención de responsabilidad penal no significa que una persona sea declarada inocente y no la exime de la ley civil, por ejemplo la propiedad, la responsabilidad por el hecho cometido, así como de las sanciones administrativas, disciplinarias y públicas.

    La exención de responsabilidad penal "afecta" no solo el principio especial del derecho penal sobre la inevitabilidad de la responsabilidad, sino que también está directamente relacionado con principios como el humanismo, la diferenciación de la responsabilidad penal y la individualización del castigo, la economía de la represión penal. Partiendo de la economía de la represión judicial y del afán de individualizar al máximo la responsabilidad, se explica que la aplicación de la pena en nuestro estado no sea la única forma de respuesta a un delito cometido.

    Por eso en el derecho penal gran importancia Tiene una diferenciación de la responsabilidad penal y una individualización de la pena. Por un lado, se mantiene la responsabilidad penal estricta por delitos graves y especialmente graves, por reincidencia y comisión de un delito por grupos organizados, y por otro, se practica ampliamente el uso de otras medidas de influencia más leves, hasta la exención de la responsabilidad penal de las personas que no necesitan tan severa relación. En este sentido, cobran especial importancia las normas que permitan el compromiso, fomentando la conducta posdelictiva positiva de la persona que cometió el delito.

    1. El concepto y tipos de exención de responsabilidad penal.
    2. Exención de responsabilidad penal en relación con la prescripción.
    3. Exención de responsabilidad penal que involucre a una persona para responsabilidad administrativa.
    4. Exención de responsabilidad penal por la pérdida del peligro público por el hecho.
    5. Exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo y la reconciliación con la víctima.
    6. Exención de responsabilidad penal en relación con la reparación voluntaria del daño (daño).
    7. El concepto de liberar a una persona condenada del castigo.
    8. Exención de pena en relación con la expiración de la prescripción de la ejecución sentencia condenatoria.
    9. Libertad condicional del castigo.
    10. Sustitución de la parte no cumplida del castigo por una más suave.
    11. Exención de la pena y sustitución de la pena por una más leve por enfermedad.
    12. Aplazamiento del cumplimiento de la pena para mujeres embarazadas y mujeres con hijos menores de tres años.
    13. Exención de pena por circunstancias extraordinarias.
    14. Amnistía e indulto.

    1. El concepto y tipos de exención de responsabilidad penal.

    La naturaleza jurídica de la exención de responsabilidad penal es que una persona es declarada culpable de un delito, pero por circunstancias especiales no se le aplica responsabilidad penal. Estas exenciones de responsabilidad penal se enumeran en el Capítulo 12 del Código Penal.

    Es necesario distinguir las circunstancias eximentes de responsabilidad de las eximentes de la tipicidad del hecho, las cuales están previstas en el Capítulo 6 del Código Penal. Las circunstancias que excluyen la criminalidad del acto atestiguan la plena legitimidad de las acciones de la persona que causó el daño. relaciones públicas, por ejemplo, estar en estado de defensa necesaria o de emergencia. Las circunstancias enumeradas en el capítulo 12 del Código Penal sólo atestiguan el hecho de que en este caso existen condiciones que permiten limitarnos al hecho de reconocer el delito cometido, y o bien parece impropio aplicar medidas de responsabilidad al culpable en absoluto, o las medidas de responsabilidad penal pueden ser sustituidas por la responsabilidad administrativa.

    El Código Penal prevé los siguientes tipos de exención de responsabilidad penal:

    Exención de responsabilidad penal en relación con la expiración de la ley de prescripción;

    Exención de responsabilidad penal con llevar a una persona a la responsabilidad administrativa;

    Exención de responsabilidad penal por la pérdida del peligro público por el hecho;

    Exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo y la reconciliación con la víctima.

    2. Exención de responsabilidad penal en relación con la prescripción.

    Estatuto de limitaciones- es el tiempo transcurrido después de la comisión del delito, después del cual la persona no puede ser considerada penalmente responsable. Se supone que, dado que el perpetrador no cometió nuevos delitos durante un largo período de tiempo después de cometer el delito, llevarlo a la responsabilidad penal pierde su significado.

    De conformidad con el art. 83 del Código Penal, una persona queda exenta de responsabilidad penal si han transcurrido los siguientes plazos desde el día en que se cometió el delito:

    1) dos años - cuando cometa un delito que no represente un gran peligro público;

    2) cinco años - cuando cometa un delito menos grave;

    3) diez años - al cometer un delito grave;

    4) quince años - al cometer un delito particularmente grave. Si tal delito es punible con la pena de muerte o cadena perpetua, entonces el plazo de prescripción no expira automáticamente, y el tribunal decide la cuestión de la posibilidad de aplicar el plazo de prescripción sobre la base del caso penal investigado. Si el tribunal no encuentra posible liberar a una persona de la responsabilidad penal, entonces la pena de muerte y la cadena perpetua se reemplaza por prisión.

    La prescripción se computa desde el día en que se cometió el delito hasta el día en que fuerza legal el veredicto del tribunal y no se interrumpe por la iniciación de una causa penal.

    Interrumpir El plazo de prescripción es el cómputo del plazo desde el inicio si la persona ha cometido un nuevo delito. Al mismo tiempo, desde el momento en que se cometió un nuevo delito, la prescripción de ambos delitos se calcula por separado, como si fueran “en paralelo”.

    suspensión La prescripción es una interrupción temporal en el cómputo del plazo en caso de que una persona se oculte de la investigación o del tribunal. Después de la detención o comparecencia de una persona con una confesión, se reanuda el plazo de prescripción. Al mismo tiempo, una persona no puede ser considerada penalmente responsable si han transcurrido quince años desde la comisión del delito, y el plazo de prescripción no ha sido interrumpido por la comisión de un nuevo delito.

    La prescripción no se aplica cuando se cometen crímenes contra la paz, la seguridad de la humanidad y crímenes de guerra. La lista de componentes de estos delitos se da en el art. 85 del Código Penal (un total de diez composiciones, por ejemplo, terrorismo internacional, genocidio, etc.).

    3. Exención de responsabilidad penal con responsabilidad administrativa.

    De conformidad con el art. 86 del Código Penal, la persona que haya cometido un delito por primera vez, que no represente un gran peligro público, y que haya resarcido el daño o reparado de otro modo el daño causado por el delito, podrá ser puesto en libertad por la tribunal de la responsabilidad penal con responsabilidad administrativa, si se reconoce que su corrección es posible sin la aplicación de castigo u otras medidas de responsabilidad penal.

    Compensación por daños el daño a la propiedad se lleva a cabo con dinero o compensación financiera(pago por objetos de valor robados, compensación en especie propiedad dañada etc.). Suavizar lo aplicado delito de daño puede efectuarse mediante la reparación patrimonial del daño moral o del daño a la salud, mediante la disculpa de la víctima, mediante la comisión de ciertas acciones a favor de la víctima, etc.

    responsabilidad penal en casos especificados reemplazada por los siguientes tipos de sanciones administrativas:

    1) multa de cinco a treinta salarios mínimos;

    2) trabajo correccional por un período de uno a dos meses con deducción del veinte por ciento de los ingresos;

    3) arresto administrativo hasta por quince días.

    Exención de responsabilidad penal en virtud del art. 86 del Código Penal no se aplica en caso de delito que contenga perjuicio administrativo.

    Este tipo de exención de responsabilidad penal sólo puede ser aplicada por el tribunal.

    4. Exención de responsabilidad penal por la pérdida del peligro público por el hecho.

    De conformidad con el art. 87 del Código Penal, la persona que ha cometido un delito que no entrañe gran peligro público o menos delito grave, puede quedar eximido de responsabilidad penal si se reconoce que, por un cambio de situación, el acto cometido por él ha perdido el carácter de socialmente peligroso. Por ejemplo, tras el colapso de la URSS, desapareció la necesidad de llevar ante la justicia muchos delitos cometidos contra las autoridades de esta entidad estatal.

    5. Exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo y la reconciliación con la víctima.

    De conformidad con el art. 88 del Código Penal, una persona que ha cometido por primera vez un delito, que no entrañe un gran peligro público, puede estar exenta de responsabilidad penal si, después de la comisión del delito, se entregó voluntariamente, contribuyó activamente a la revelación del delito, indemnizado por el daño causado o reparado de otro modo por el daño causado por el delito.

    rendición voluntaria significa que una persona informa de forma independiente su delito a los organismos encargados de hacer cumplir la ley u otras autoridades y gestión ( funcionarios), por regla general, antes de que ellos mismos tuvieran conocimiento del delito cometido o de la persona que lo cometió. Una confesión forzada del culpable bajo la influencia de los órganos de indagación o investigación no puede ser considerada como una confesión.

    Contribución activa a la resolución del crimen. puede expresarse en la emisión por parte del culpable de objetos del delito y pruebas materiales, participación activa en operaciones y acciones de investigación, extradición de cómplices en un delito y acciones similares.

    Una persona que ha cometido un delito de otra categoría está exenta de responsabilidad penal sobre la base del art. 88 del Código Penal sólo en los casos específicamente previstos parte especial Código Criminal. Por ejemplo, una persona que dio un soborno es puesta en libertad con la condición de que declare voluntariamente su hecho (nota al artículo 431 del Código Penal). Detrás actividades ilegales en relación con las armas de fuego, se libera de responsabilidad penal a una persona en caso de entrega voluntaria de armas, municiones y explosivos (nota al artículo 295 del Código Penal), y a un participante en una conspiración para capturar el poder del Estado está exento de responsabilidad si ha declarado oportuna y voluntariamente un delito y ha contribuido activamente a su divulgación (nota al artículo 357 del Código Penal).

    De conformidad con el art. 89 del Código Penal, una persona que ha cometido un delito que no entrañe un gran peligro público puede ser liberada de responsabilidad penal si se ha reconciliado con la víctima. Reconciliación entre el culpable y la víctima es el logro de un acuerdo entre ellos, que se expresa en una reticencia clara y voluntaria de la víctima a condenar al culpable. La víctima puede guiarse por cualquier motivo: consideraciones materiales, un sentimiento de compasión por el delincuente, sentimientos familiares, etc. La reconciliación se formaliza en el proceso penal y es definitiva.

    6. Exención de responsabilidad penal en relación con la reparación voluntaria del daño (daño).

    La persona que cometió el delito que causó el daño propiedad del Estado o propiedad entidad legal, cuya participación en el capital autorizado pertenezca al Estado, o un daño significativo a los intereses del Estado o públicos y que no estén asociados con una intrusión en la vida o la salud humanas, pueden estar exentos de responsabilidad penal en la forma prescrita por acto legislativo si voluntariamente compensó el daño (daño), y también cumplió otras condiciones para la exención de responsabilidad penal previstas por un acto legislativo (Artículo 88-1 del Código Penal).

    La exención de responsabilidad penal puede aplicarse a una persona que haya cometido varios de los delitos enumerados anteriormente, si cumple las condiciones para la exención de responsabilidad penal en relación con cada uno de los delitos.

    La liberación de la responsabilidad penal de las personas en los casos previstos en el artículo 88-1 del Código Penal se lleva a cabo por el Presidente de la República de Bielorrusia de conformidad con el Reglamento sobre el procedimiento para la implementación en la República de Bielorrusia del indulto de los condenados. , liberación de responsabilidad penal de las personas que contribuyeron a la revelación y eliminación de las consecuencias de los delitos.

    7. El concepto de liberar al condenado del castigo.

    La exención de la pena en su totalidad o de su cumplimiento en la parte restante la hace el tribunal después de que se haya dictado la sentencia y haya comenzado su ejecución real. Los motivos para la liberación de la pena son circunstancias tales como a) comportamiento ejemplar del condenado, y también b) obstáculos objetivos para la ejecución de la pena (extinción del plazo de prescripción, enfermedad, embarazo, crianza de niños menores de tres años, emergencia circunstancias), o c) la acción dirigida por el estado los actos jurídicos de amnistía e indulto. En caso de amnistía, también puede aplicarse la exención de pena. autoridades investigadoras, y en caso de indulto, la liberación de la pena se lleva a cabo por los órganos encargados de la ejecución de la pena.

    8. Liberación de la pena en relación con la expiración del plazo de prescripción para la ejecución de una sentencia condenatoria.

    El Código Penal parte del supuesto de que si una persona condenada por un tribunal eludió la ejecución de la sentencia, pero después de eso no cometió un nuevo delito durante mucho tiempo (generalmente igual al término pena impuesta), entonces los objetivos de la responsabilidad penal ya se han alcanzado y ya no es necesaria la ejecución real de la pena.

    De conformidad con el art. 84 del Código Penal, una persona queda liberada de las penas principales y accesorias si la sentencia condenatoria no ha sido ejecutada, contados a partir de la fecha de su entrada en vigor legal, dentro de los siguientes términos:

    1) un año - tras la condena a una pena no relacionada con la privación de libertad, así como a una pena en forma de remisión a un tribunal disciplinario unidad militar;

    2) dos años - en caso de condena a arresto o prisión por un término no superior a dos años;

    3) cinco años - en caso de condena a prisión por un término no superior a cinco años;

    4) diez años - cuando sea condenado a pena privativa de libertad por tiempo no superior a diez años;

    5) quince años - previa condena a una pena más severa que la privación de libertad por un período de diez años. La cuestión de la aplicación de la ley de prescripción a una persona condenada a muerte o cadena perpetua será resuelta por el tribunal. Si el tribunal no encuentra posible liberar a una persona del castigo, entonces la pena de muerte o cadena perpetua se reemplaza por prisión.

    El transcurso del plazo de prescripción suspendido si el condenado evade cumplir la pena (por ejemplo, se fuga de los lugares de privación de libertad). En este caso, el plazo de prescripción se reanuda desde el día en que la persona fue detenida o desde el día en que se entregó. Asimismo, no puede ejecutarse sentencia condenatoria si han transcurrido quince años desde su entrada en vigor y no se ha interrumpido la prescripción.

    El transcurso del plazo de prescripción interrumpido si, antes de la expiración del período especificado, la persona comete una nueva crimen intencional. El cómputo de la prescripción en este caso comienza de nuevo a partir de la fecha de la comisión de un nuevo delito.

    La prescripción no se aplica a las personas que hayan cometido actos de terrorismo internacional, crímenes contra la paz, la seguridad humana y crímenes de guerra (artículo 85 del Código Penal).

    9. Libertad condicional de la pena.

    La libertad anticipada condicional de la pena consiste en que la persona condenada, que ha cumplido un determinado período de la pena y ha demostrado su corrección por su comportamiento, es liberada por el tribunal de seguir cumpliendo la pena. En este caso, la persona también puede estar exenta de castigo adicional. Si el reo, después de su liberación, no cumplió con los deberes que le fueron asignados (similares a los que se imponen a los condenados a pena condicional de conformidad con el artículo 77 del Código Penal), fue imputado dos veces a responsabilidad administrativa por violar orden publico, entonces, a propuesta del órgano que ejerza control sobre la conducta del condenado, el tribunal podrá cancelar la libertad anticipada condicional. En este caso, el condenado es enviado a cumplir el resto de la pena.

    La libertad anticipada condicional se aplica a las personas que cumplen condena en forma de privación del derecho a ocupar determinados cargos o realizar determinadas actividades, trabajo correccional, restricciones en servicio militar, arresto, restricción de la libertad, traslado a unidad militar disciplinaria o prisión.

    De conformidad con el art. 90 del Código Penal, la libertad condicional se aplica después de la salida efectiva del condenado:

    1) al menos la mitad del término de la pena impuesta por el tribunal por un delito que no entrañe un gran peligro público, o un delito menos grave;

    2) al menos dos tercios del término de la pena impuesta por el tribunal por un delito grave, y también si la persona fue condenada previamente a prisión por un delito doloso;

    3) al menos las tres cuartas partes del término de la pena impuesta por un delito particularmente grave, así como la pena impuesta a una persona que anteriormente fue liberada en libertad condicional de la pena y cometió un nuevo delito durante la parte no cumplida de la pena.

    La libertad condicional anticipada de la pena se puede aplicar a las personas discapacitadas, mujeres y hombres solteros con hijos menores de 14 años, así como a los hombres que hayan cumplido los 60 años y las mujeres que hayan cumplido los 55 años, después de que hayan cumplido servido:

    1) al menos un tercio del término de la pena impuesta por un delito que no entrañe un gran peligro público, o un delito menos grave;

    2) al menos la mitad del término de la pena impuesta por el tribunal por un delito grave, y también si la persona fue condenada previamente a prisión por un delito doloso;

    3) por lo menos dos tercios del término de la pena impuesta por un delito particularmente grave, así como la pena impuesta a una persona que previamente fue puesta en libertad condicional y cometió un delito durante la parte no cumplida de la pena.

    El término de la pena privativa de libertad efectivamente cumplida por una persona no podrá ser inferior a seis meses.

    Si el condenado comete un delito doloso, además de un delito culposo por el que es condenado a pena privativa de libertad, el tribunal le impone una pena de acuerdo con las normas sobre la acumulación de penas (artículo 73 del Código Penal).

    10. Sustitución de la parte no cumplida del castigo por una más suave.

    Basado en el arte. 91 del Código Penal a las personas condenadas a trabajos correccionales, restricción en el servicio militar, arresto, restricción de la libertad, asignación a una unidad militar disciplinaria o prisión, parte no atendida el castigo puede ser reemplazado por más castigo indulgente. La definición de un tipo de pena más leve se lleva a cabo analizando el sistema de tipos de penas dado en el art. 48 del Código Penal. El tribunal, al sustituir la pena por una más leve, puede liberar al condenado de pena adicional.

    Las condiciones para la sustitución de la parte no cumplida de la pena por una más leve son la conducta del condenado, que indique que ha emprendido firmemente el camino de la corrección, así como el cumplimiento efectivo de parte de la pena. El término de la pena cumplida no podrá ser inferior a:

    1) un tercio del término de la pena por un delito que no entrañe un gran peligro público, o por un delito menos grave;

    2) la mitad del término de la pena por un delito grave, así como si la persona fue previamente condenada a prisión por un delito doloso;

    3) las dos terceras partes del término de la pena por un delito particularmente grave, así como la pena impuesta a una persona que anteriormente estuvo en libertad condicional y cometió un nuevo delito durante la parte no cumplida de la pena.

    Cuando se sustituya la parte incumplida de privación de libertad por restricción de libertad o trabajo correctivo, se designarán en los términos estatutario para este tipo de penas (cinco años para la restricción de la libertad, dos años para el trabajo correccional), y no debe exceder la pena de prisión incumplida.

    Cuando la pena se sustituye por una pena más leve, el condenado puede ser liberado de la pena adicional.

    Para las personas cuya pena fue sustituida por una más leve, la libertad condicional se aplica de acuerdo con las reglas previstas en el art. 90 del Código Penal, con base en el término efectivamente cumplido de una pena más leve.

    Si un condenado comete un delito doloso durante el período de cumplimiento de una sentencia más leve, así como un delito por negligencia, por el cual es condenado a prisión, el tribunal le impone una pena de acuerdo con las reglas sobre las sentencias acumulativas.

    11. Exención de la pena y sustitución de la pena por una más leve por enfermedad.

    De conformidad con el art. 92 del Código Penal distinguen entre las enfermedades de carácter general y las enfermedades mentales, así como las enfermedades que impiden al soldado realizar el servicio militar.

    La persona que, después de dictada una sentencia, se enferme de una enfermedad mental que le prive de la posibilidad de darse cuenta de la verdadera naturaleza y significado de sus acciones o de dirigirlas, será liberada por el tribunal del cumplimiento de la pena. El tribunal puede imponer una medida obligatoria de seguridad y trato a esa persona. Si tal persona se recupera, estará sujeta a castigo, a menos que haya expirado el plazo de prescripción para la ejecución de un veredicto de culpabilidad. Asimismo, se computa en el tiempo de la pena el tiempo durante el cual se le aplicaron medidas obligatorias de seguridad y tratamiento.

    Una persona que, después de dictada una sentencia, enferma de otra enfermedad grave que le impide cumplir la sentencia, puede ser liberada del cumplimiento de la sentencia por el tribunal o esta sentencia puede ser reemplazada por una más leve. Esto tiene en cuenta no solo la naturaleza de la enfermedad, sino también la gravedad del delito cometido, la personalidad del condenado, su comportamiento y otras circunstancias.

    Un militar sentenciado a restricción en el servicio militar o asignación a una unidad militar disciplinaria, en el caso de una enfermedad que lo inhabilite para el servicio militar, es liberado de la pena o de su servicio posterior, o la pena puede ser reemplazada por una más leve.

    12. Aplazamiento del cumplimiento de la pena de las mujeres embarazadas y con hijos menores de tres años.

    De conformidad con el art. 93 del Código Penal de la mujer embarazada condenada a pena privativa de libertad o de la mujer que tiene hijos menores de tres años de edad, incluso la que quedó embarazada o dio a luz a un hijo mientras cumplía la pena, excepto las condenadas a pena privativa de libertad superior a cinco años por un delito grave o especialmente grave, el tribunal podrá diferir el cumplimiento de la pena mientras dure el embarazo, el parto y hasta que el niño cumpla tres años de edad.

    La condición para la aplicación del aplazamiento es el consentimiento de la familia (parientes) para Cohabitación con el convicto. Cohabitación implica la participación de la familia (parientes) en material de soporte convicta y su hijo, asistencia en la crianza de un hijo. Si la condenada no tiene familia (parientes) o no aceptaron cohabitar con ella, entonces la mujer debe tener la oportunidad de proporcionar de forma independiente las condiciones adecuadas para criar a un niño.

    Si después de la aplicación del aplazamiento, la condenada abandonó al niño o lo trasladó a un orfanato, o huyó de su lugar de residencia o eludió criar al niño o cuidarlo, luego de una advertencia oficial anunciada por el órgano de control sobre su comportamiento, el tribunal puede enviar a la mujer condenada a cumplir la pena designada por el veredicto.

    Después de que el niño cumpla tres años o en caso de su muerte, el tribunal, dependiendo del comportamiento de la persona condenada, puede tomar tres decisiones:

    liberarla del cumplimiento de su condena;

    Reemplazar el castigo por uno más leve;

    Enviar al reo a cumplir la pena impuesta por la sentencia. En este caso, el tribunal puede contar total o parcialmente el tiempo durante el cual el convicto no cumplió la pena como parte del plazo de la pena a cumplir. El momento determinante en caso de compensación total (parcial) o no compensación de tiempo debe ser aquella conducta que indique el cumplimiento digno del deber de paternidad condenado, o viceversa, la negligencia inmoral del condenado durante la suspensión de la pena o en ciertos períodos de sus deberes parentales.

    Si, durante el período de aplazamiento, la persona condenada comete un delito doloso, además de un delito culposo por el cual es condenada a prisión, el tribunal le impone una pena de acuerdo con la totalidad de las penas (artículo 73 del Código Penal). ).

    13. Exención de pena por circunstancias extraordinarias.

    La exención de pena por circunstancias extraordinarias está prevista en el art. 94 del Código Penal. Sólo una persona condenada por un delito que no represente un gran peligro público puede ser objeto de dicha liberación.

    Una emergencia es un incendio u otra desastre(inundación, sequía, huracán), enfermedad grave o muerte del único, salvo el reo, familiar sano, otras circunstancias. Estas circunstancias pueden tener consecuencias particularmente graves para el condenado o su familia si el condenado continúa cumpliendo su condena.

    14. Amnistía e indulto.

    Amnistía- Este acto legal exención de responsabilidad o pena penal. Se trata de un círculo de personas individualmente indefinido. Por regla general, en la amnistía se señalan las siguientes categorías de condenados, tales como: veteranos de guerra o laborales; menores de edad; mujeres; personas condenadas por primera vez; personas que han cometido delitos por negligencia, etc. La amnistía generalmente no se aplica a las personas que han cometido delitos especialmente graves, cometieron una reincidencia, violaron las condiciones de cumplimiento de las penas en los lugares de privación de libertad.

    La ley de amnistía concreta depende de la voluntad del legislador y de las condiciones sociales en las que se adopta (por ejemplo, muchas leyes de amnistía se dictan en relación con fechas “redondas” y festivos). De conformidad con el art. 95 del Código Penal, sobre la base de una amnistía, una persona que ha cometido un delito puede ser eximida total o parcialmente de responsabilidad y pena penal, tanto de las principales como de las adicionales, y también liberada condicionalmente de la pena, o para tal persona, la parte no cumplida del castigo puede ser reemplazada por un castigo más leve, o se le puede cancelar su condena.

    Si una persona liberada condicionalmente de la pena por una ley de amnistía comete un delito doloso durante el período no cumplido, así como un delito culposo por el cual es condenado a prisión, el tribunal le impone una pena de acuerdo con las reglas sobre las sentencias acumulativas ( artículo 73 del Código Penal).

    Indulto- esta es la liberación del castigo de una persona específica por un crimen específico cometido por él. De conformidad con el art. 96 del Código Penal, el indulto lo lleva a cabo el Presidente de la República de Belarús. El Presidente no tiene derecho a eximir de responsabilidad penal a nadie, está autorizado a eximir sólo de la pena.

    Sobre la base de un acto de indulto, una persona condenada por un delito puede ser total o parcialmente liberada de la pena, tanto primaria como adicional, o condicionalmente liberada de la pena, o dicha persona puede ser reemplazada por una pena menor, o su condena puede ser borrado. .

    Si una persona en libertad condicional por un acto de indulto comete un delito doloso durante el período no cumplido, así como un delito culposo por el cual es condenado a prisión, el tribunal le impone una pena de acuerdo con las reglas sobre las sentencias acumulativas (Artículo 73 del Código Penal).

    La persona que cometió el delito debe ser procesada y sancionada. Sin embargo, derecho penal, basado en los principios del humanismo y la justicia, prevé la posibilidad de eximir de responsabilidad penal a las personas que hayan cometido un delito. Es decir, existen circunstancias que indican que la persona, o el delito por ella cometido, ha perdido peligro público, o el autor ha realizado determinadas acciones encaminadas a reparar el daño causado, coadyuvando a la investigación, por lo que los fines de la sanción pueden lograrse sin que la persona incurra en responsabilidad penal.

    Exención de responsabilidad penal significa - la liberación de la persona que cometió el delito de todas las consecuencias legales penales previstas por el delito cometido si hay motivos previstos por la ley, si el peligro público del delito o la persona que lo cometió ha desaparecido.

    La exención de responsabilidad penal tiene una serie de características:

    En primer lugar, la liberación de la responsabilidad penal de una persona sólo puede tener lugar si existe hecho perfecto elementos del delito. La exención de responsabilidad penal no puede aplicarse a una persona cuyo hecho no es un delito debido a su insignificancia (parte 2 del artículo 14 del Código Penal), defensa necesaria(partes 1 y 2 del artículo 37 del Código Penal), extrema necesidad (parte 1 del artículo 39 del Código Penal), etc. En estos casos, las acciones son socialmente útiles y, por lo tanto, no se reconocen como delictivas.

    En segundo lugar, la exención de responsabilidad penal se basa en el hecho de que cometido por una persona el acto es un delito penal. Asi que estatutario Los tipos de exención de responsabilidad penal se denominan exención de la misma por motivos no rehabilitadores. Es decir, una persona está exenta solo de responsabilidad penal, pero se le pueden aplicar otras formas. responsabilidad legal: derecho civil, administrativo, disciplinario y otros.

    En tercer lugar, la exención de responsabilidad penal es inherente a un régimen especial forma procesal. Consiste ya sea en la terminación de la causa penal en las etapas de investigación preliminar o juicio judicial o la negativa a iniciar un proceso penal.

    En cuarto lugar, el derecho a tomar una decisión sobre la exención de responsabilidad penal pertenece al tribunal, al fiscal, así como al investigador y al órgano de investigación con el consentimiento del fiscal. Al mismo tiempo, si las circunstancias que excluyen los procedimientos en un caso penal se descubren en la etapa del juicio, el tribunal decide sobre la absolución. No se permite la terminación de la causa por expiración de la prescripción o como consecuencia de un acto de amnistía si el imputado se opone a ello. En este caso, el caso procede de la manera habitual.

    La liberación de la responsabilidad penal implica automáticamente la liberación de la sanción penal. A su vez, el momento inicial de la exención de responsabilidad penal es la etapa de instrucción preliminar, el momento final es el juicio, pero antes de que se dicte sentencia condenatoria. Después de eso, solo podemos hablar de exención de sanción penal.

    La legislación penal vigente prevé los siguientes tipos de exención de responsabilidad penal:

    en relación con el arrepentimiento activo (artículo 75 del Código Penal);

    en relación con la reconciliación con la víctima (artículo 76 del Código Penal);

    en relación con la caducidad de la prescripción (artículo 78 del Código Penal);

    por amnistía (artículo 84 del Código Penal);

    con el uso de medidas coercitivas de influencia educativa sobre menores (artículo 90 del Código Penal);

    tipos especiales de exención de responsabilidad penal previstos por los artículos de la Parte Especial del Código Penal (Notas a los artículos: 126, 204-206, 208, 222, 223, 228, 275, 291, 307).

    El Código Penal moderno de la Federación Rusa (a diferencia del Código Penal de la RSFSR) no ha conservado los motivos previamente existentes para la exención de responsabilidad penal debido a la suficiencia de la fianza, la transferencia de materiales a un tribunal de camaradas, la aplicación de medidas sanción administrativa. El punto aquí no es solo que estos casos no eran pura exención de responsabilidad penal; más bien en la etapa previa al juicio sanción penal sustituida por otras medidas. Pero también en el hecho de que el centro de gravedad se transfirió a la irrazonable expansión de la injerencia pública en Justicia penal en detrimento de los requisitos de legalidad, se manipularon, e incluso falsificaron, peticiones públicas Derecho penal Rusia / Bajo el general. edición Revina V.P. - M.: Brandes. - 1998. - p.129. .

    La exención de responsabilidad penal puede entonces ser reconocida como justificada y justa cuando no interfiere en la protección de los derechos y libertades de la persona, de todo el ordenamiento jurídico de las intromisiones penales y, al mismo tiempo, contribuye a la corrección de los culpables. persona, la prevención de la comisión de nuevos delitos, en otras palabras, cuando cumple los objetivos del derecho penal y le permite alcanzar los fines de la pena sin necesidad de su aplicación efectiva.

    En base a ello, podemos concluir que la primera causal de exención de responsabilidad penal es la comisión de un delito de pequeña o mediana gravedad. La introducción de las disposiciones sobre categorías de delitos en el Código Penal ha aportado certidumbre a la práctica investigativa y judicial para resolver este problema. Recordamos que según el art. 15 del Código Penal, se reconocen como delitos de menor gravedad los actos dolosos y temerarios, por cuya comisión la pena máxima prevista por la ley penal no exceda de dos años, y los delitos de mediana gravedad - actos dolosos y negligentes, la pena máxima por la que no exceda de cinco años de prisión.

    La segunda razón es la ausencia o un pequeño grado de peligrosidad pública de la persona que cometió el delito. A diferencia de la primera, esta categoría es abstracta. Al determinar el grado de peligrosidad pública de la personalidad del infractor, la ciencia del derecho penal y la práctica investigativa y judicial parten, en primer lugar, de la naturaleza y gravedad del delito cometido, así como de las circunstancias que caracterizan la conducta (personalidad) del infractor antes y después de la comisión del delito. La gama de estas circunstancias es tan diversa que es imposible dar una lista exhaustiva de ellas. Sin embargo, algunos de ellos están indicados directamente en el texto de la ley y tienen un significado obligatorio. Estos son: cometer un delito por primera vez; entrega voluntaria; asistencia en la resolución del crimen; indemnización por los daños causados; reparar el daño causado como consecuencia del delito; reconciliación con la víctima; cambio de situación. Sólo la presencia de una o varias de estas circunstancias, combinada con un delito de pequeña o mediana gravedad, puede convertirse en garantía de que el infractor se reformará sin aplicación de responsabilidad penal (artículos 75, 76, 77 del Código Penal).

    Y finalmente, la tercera razón es la inconveniencia de responsabilizar penalmente al autor. Esta causal (en relación con los tipos previstos en los artículos 75, 76 del Código Penal) se deriva en cierta medida de las dos primeras. Es bastante natural que en el caso de un delito de pequeña o mediana gravedad por parte de una persona que no represente un gran peligro público, o que no sea en absoluto un peligro para la sociedad, la implementación de la institución de la responsabilidad penal puede no ser adecuada desde el punto de vista de los principios de justicia y humanidad del derecho penal en su conjunto.

    En cuanto a la exención de responsabilidad penal en relación con la prescripción (artículo 78 del Código Penal), la categoría del delito cometido le es indiferente. A discreción del tribunal, incluso una persona que haya cometido un delito punible con la muerte o la cadena perpetua puede evitar la responsabilidad penal debido a la expiración del plazo de prescripción. No se requiere para la aplicación del art. 78 del Código Penal y la comisión por el culpable de cualesquiera actos que indiquen la pérdida del peligro público (entrega a la confesión, reconciliación con la víctima, etc.). Lo principal aquí es precisamente la inconveniencia de responsabilizar penalmente a una persona después de la expiración de los plazos establecidos en la ley (aunque aquí también una persona puede dejar de ser socialmente peligrosa y el acto que cometió puede clasificarse como de menor o moderada gravedad).

    Así, la exención de responsabilidad penal significa la liberación del infractor de todas las consecuencias jurídicas de la comisión de un hecho penalmente punible por su parte:

    En primer lugar, no está sujeto a la condena legal estatal oficial, que se expresa en el veredicto de culpabilidad de la corte.

    En segundo lugar, no está sujeto a castigo y no se considera juzgado.

    En tercer lugar, el hecho de cometer un delito, de cuya responsabilidad se libera, no constituye signo de reincidencia.

    En cuarto lugar, con la exoneración de la responsabilidad penal, se cancelan todas las medidas de coacción procesal.

    Al mismo tiempo, debe tenerse en cuenta que la exención de responsabilidad penal no es la rehabilitación de una persona. En este sentido, en primer lugar, una persona tiene derecho a oponerse a la terminación del caso por motivos no rehabilitadores y exigir una justificación completa. En este caso, el proceso penal continúa en la forma habitual y concluye con sentencia condenatoria o absolutoria. En segundo lugar, una persona liberada de responsabilidad penal conserva otros obligaciones legales en particular, la obligación de responder por acción civil http://www.allpravo.ru/diploma/doc45p0/instrum137/item579.html.

    Con base en el principio del humanismo, el derecho penal prevé la posibilidad liberación de la responsabilidad penal de las personas que han cometido delitos, cuando el logro del objetivo de corregir a los autores es posible sin el uso de impacto legal en ellos. Aunque libera a una persona de la responsabilidad penal, el Estado, sin embargo, no la exime de la culpa de su hecho. Por tanto, la exención de responsabilidad penal, por regla general, no es rehabilitadora.

    La exención de responsabilidad penal se aplica solo a una persona culpable de un delito y solo en el proceso de responsabilidad penal, es decir, desde el momento en que se inicia un proceso penal y hasta que se emite un veredicto de culpabilidad. Debe tenerse en cuenta que la exención de responsabilidad penal implica automáticamente la exención de la sanción penal.

    La exención de responsabilidad penal se asocia siempre a determinadas circunstancias previstas por la ley penal y en presencia de determinadas causales.

    Los motivos generales de exención de responsabilidad penal son, por regla general,:

    Las actuaciones del autor, tras la comisión del delito, son positivas, es decir, están encaminadas a reparar el daño causado, reparar el daño, reconciliarse con la víctima, etc.

    La impracticabilidad de llevar al perpetrador ante la justicia.

    La excepción es exención de responsabilidad penal por vencimiento del plazo de prescripción (Artículo 78 del Código Penal de la Federación Rusa). Este tipo de exención de responsabilidad penal se aplica a delitos de cualquier categoría de gravedad, pero teniendo en cuenta otras causales.

    Así, la exención de responsabilidad penal es la negativa del Estado a aplicar medidas coercitivas penales al autor de un delito si existen ciertos motivos especificados en la ley penal.

    La exención de responsabilidad penal no es una medida obligatoria aplicada por las autoridades competentes en presencia de ciertos motivos. Esta medida es, por regla general, de naturaleza posible y el legislador la deja a discreción de la autoridad encargada de hacer cumplir la ley.

    Dependiendo de naturaleza juridica Los tipos de exención de responsabilidad penal pueden dividirse en generales y especiales..

    Vistas generales están previstas por las normas de la Parte General del Código Penal y se aplican a todos los delitos en presencia de determinado por la ley jardines.

    tipos especiales se indican expresamente en regulaciones legales Parte Especial del Código Penal y se aplican únicamente a ciertos tipos crímenes


    En la parte General del derecho penal Federación Rusa Se establecen los siguientes tipos de exención de responsabilidad penal:

    Exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo (artículo 75 del Código Penal de la Federación Rusa);

    Exención de responsabilidad penal en relación con la reconciliación con la víctima (artículo 76 del Código Penal de la Federación Rusa);

    Exención de responsabilidad penal en relación con la expiración del plazo de prescripción (artículo 78 del Código Penal de la Federación Rusa).

    Exención de responsabilidad penal en virtud de una amnistía (artículo 84 del Código Penal de la Federación Rusa);

    Exención de responsabilidad penal de los menores (artículo 90 del Código Penal de la Federación Rusa).

    Exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo.

    De conformidad con el art. 75 del Código Penal de la Federación de Rusia, una persona que ha cometido un delito de gravedad pequeña o mediana por primera vez y, como resultado del arrepentimiento activo, ha dejado de ser socialmente peligrosa, puede quedar exenta de responsabilidad penal si, después de la comisión del delito, se confesó voluntariamente, contribuyó a la revelación del delito, resarció el daño causado o, de otro modo, reparó el daño causado por el delito.

    Los motivos de exención de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo son:

    Cometer un delito por primera vez. Tales personas incluyen aquellas que no hayan sido condenadas previamente, que no estén bajo juicio e investigación, que hayan sido eximidas de responsabilidad penal y castigo, personas cuyos antecedentes penales hayan sido borrados o extinguidos, así como personas respecto de las cuales el estatuto de las limitaciones han expirado;

    Cometer un delito de pequeña o mediana gravedad;

    El arrepentimiento activo, es decir, la conducta voluntaria activa de una persona encaminada a prevenir, eliminar o reducir las consecuencias nocivas del hecho, auxiliando a las fuerzas del orden en la solución del delito cometido. El arrepentimiento activo indica que la persona se ha dado cuenta de la ilicitud y el peligro social del acto cometido por ella y la aplicación de la sanción penal en relación con ella es inapropiada.

    Exención de responsabilidad penal en relación con la reconciliación con la víctima.

    La persona que ha cometido por primera vez un delito de pequeña o mediana gravedad, de conformidad con el art. 76 del Código Penal de la Federación Rusa, puede estar exento de responsabilidad penal si se ha reconciliado con la víctima y reparado el daño causado a ella.

    Los motivos de exención en este caso son:

    Cometer un delito por primera vez;

    Cometer un delito de pequeña o mediana gravedad;

    Reconciliación con la víctima y reparación del daño causado.

    Una víctima es una persona a quien se le ha causado un daño moral, físico o patrimonial a causa de un delito. Un requisito previo para la aplicación es la voluntad libre, sin coerción, de este último, que se expresa en el perdón y la indulgencia hacia el culpable, así como la renuencia a que sea procesado por sus hechos. Junto con esto, el perpetrador está obligado a reparar el daño que causó a la víctima.

    Exención de responsabilidad penal en relación con la expiración del plazo de prescripción.

    Con base en el principio del humanismo, no corresponde llevar ante la justicia al autor de un delito cuyo plazo de prescripción ha expirado.
    La prescripción de la responsabilidad penal se entiende como la expiración de un cierto período de tiempo especificado por la ley penal, después del cual una persona no es responsable por el delito que ha cometido. La prescripción depende directamente de la categoría de gravedad del hecho cometido.

    De conformidad con el art. 78 del Código Penal de la Federación Rusa, una persona queda exenta de responsabilidad si los siguientes períodos han expirado desde el día en que se cometió el delito:

    a) dos años después de la comisión de un delito de menor gravedad;

    b) seis años después de la comisión de un delito de mediana gravedad;

    c) diez años después de la comisión de un delito grave;

    d) quince años después de la comisión de un delito de especial gravedad.

    La cuestión de la aplicación de la ley de prescripción a una persona que ha cometido un delito punible con la muerte o cadena perpetua será resuelta por el tribunal. Si el tribunal no considera posible liberar a dicha persona de la responsabilidad penal por expiración del plazo de prescripción, entonces no se aplicará la pena de muerte y la cadena perpetua.

    Para quedar exonerado de responsabilidad penal en relación con la expiración del plazo de prescripción, se deben cumplir dos condiciones obligatorias:

    Expiración de los plazos establecidos por la ley;

    Ausencia de circunstancias que violen el curso de estos términos.

    La prescripción se computa desde el día en que se cometió el delito hasta el momento en que entra en vigor la sentencia. Si una persona comete un nuevo delito, el plazo de prescripción para cada delito se calcula de forma independiente. Una cierta dificultad en el cómputo de la prescripción son los delitos continuados y continuados. Del sentido del art. 78 del Código Penal de la Federación Rusa, se deduce que el plazo de prescripción comienza a correr desde el momento en que cesa realmente el delito en curso, o desde el momento en que se comete el último acto delictivo, que es un vínculo en el delito en curso.

    Como se indicó anteriormente, requisito previo la exención de responsabilidad penal en relación con el vencimiento del plazo de prescripción es la ausencia de circunstancias que violen el curso de estos términos. El motivo de la suspensión de la prescripción es la evasión de la persona que cometió el delito de la investigación o juicio. Al mismo tiempo, una persona que ha cometido un delito, pero sobre el cual los organismos encargados de hacer cumplir la ley aún no tienen conocimiento, así como una persona cuya participación en crimen cometido no instalado todavía. Se entiende por evasión de juicio e investigación las acciones que se cometen con el fin de eludir la responsabilidad penal por sus hechos. Si una persona, después de cometer un delito, elude la investigación o el juicio, se suspenderá el plazo de prescripción. Y en este caso, su curso se reanuda sólo desde el momento de la detención de la persona o su entrega.

    La legislación penal no prevé la aplicación de la prescripción para eximir de responsabilidad penal a las personas que cometen delitos contra la paz y la seguridad de la humanidad tales como planificar, preparar, iniciar o librar una guerra de agresión (artículo 353 del Código Penal de la Federación de Rusia), el uso de medios y métodos de guerra prohibidos (artículo 356 del Código Penal de la Federación de Rusia), genocidio (artículo 357 del Código Penal de la Federación de Rusia) y ecocidio (artículo 358 del Código Penal de la Federación de Rusia). Federación Rusa).

    En el derecho penal moderno, como uno de los tipos de exención de responsabilidad penal y castigo amnistía proporcionada .

    acto de amnistía tiene fuerza de ley, ya que es aceptada por los más altos legislatura los paises - Duma estatal RF y, por regla general, está programado para coincidir con algún fechas significativas o eventos.

    De acuerdo con la Parte 2 del art. 84 del Código Penal de la Federación de Rusia, mediante un acto de amnistía, las personas que han cometido delitos pueden quedar exentas de responsabilidad penal, y las personas condenadas por delitos pueden quedar exentas de castigo, o su castigo puede reducirse o reemplazarse por más vista suave pena, o dichas personas pueden estar exentas de un tipo adicional de pena.
    La ley de amnistía puede eliminar los antecedentes penales de las personas que ya han cumplido sus condenas.
    La ley de amnistía extiende su efecto a un círculo indefinido de personas. Depende de las condiciones estipuladas en la propia ley de amnistía.

    Por lo general, estas condiciones incluyen:

    La gravedad del delito cometido;

    Sexo de la persona que cometió el delito;

    Edad;

    Tener una discapacidad;

    Disponibilidad de premios estatales;

    La presencia de un cierto estatus legal(miembro de la Gran guerra patriótica, guerrero-internacionalista, etc.);

    La presencia de niños pequeños;

    El embarazo;

    Una forma de culpa;

    Otras circunstancias.

    La aplicación de la ley de amnistía en cada caso está regulada por una ley separada acto normativo adoptado por la Duma Estatal de la Federación Rusa. Especifica el procedimiento para aplicar la amnistía, las facultades cumplimiento de la ley sobre su aplicación, los límites de la amnistía, etc. Por regla general, la ley de amnistía extiende sus efectos a los autores de los delitos antes de su adopción. Sin embargo, en casos excepcionales, puede aplicarse a actos cometidos dentro de un tiempo determinado, después de la adopción de la ley de amnistía, siempre que la persona realice ciertas acciones (por ejemplo, una amnistía para miembros de grupos armados ilegales en el territorio de Chechenia República en 2000).

    Un menor puede quedar exento de responsabilidad penal en relación con el arrepentimiento activo (artículo 75 del Código Penal de la Federación de Rusia), en relación con la reconciliación con la víctima (artículo 76 del Código Penal de la Federación de Rusia). Un menor puede ser liberado del castigo en general debido a una enfermedad (Artículo 81 del Código Penal de la Federación Rusa), al reemplazar la parte no cumplida del castigo con un tipo de castigo más leve (Artículo 80 del Código Penal de la Federación Rusa). Federación Rusa), debido a un cambio en la situación (Artículo 801 del Código Penal de la Federación Rusa), conexión con el aplazamiento del cumplimiento de sentencias para mujeres embarazadas y mujeres con niños pequeños (Artículo 82 del Código Penal de la Federación Rusa ).

    Las causales anteriores en relación con ellas no prevén excepción alguna a las reglas generales. Al eximir de responsabilidad penal o castigo a una persona menor de dieciocho años, debido a la expiración del plazo de prescripción (artículo 78 del Código Penal de la Federación Rusa), es necesario tener en cuenta las peculiaridades del estatuto de las limitaciones en relación con los menores. Según el art. 94 del Código Penal de la Federación Rusa, en relación con ellos se reducen a la mitad.

    Así, un adolescente está exento de responsabilidad o sanción penal si desde el día en que cometió el delito han transcurrido los siguientes términos:

    a) un año después de la comisión de un delito de menor gravedad;

    b) tres años después de la comisión de un delito de mediana gravedad;

    c) cinco años después de la comisión de un delito grave;

    d) siete años y medio después de la comisión de un delito de especial gravedad.
    ley Federal El 8 de diciembre de 2003, el legislador introdujo un cambio en las condiciones para la aplicación de la libertad anticipada condicional de los menores de edad. Ahora la libertad condicional del cumplimiento de la pena se puede aplicar a las personas que hayan cometido un delito siendo menores de edad, condenados a pena privativa de libertad, después de haber cumplido efectivamente al menos un tercio del tiempo de la pena impuesta por el tribunal por delitos de menor, mediana edad. delito de gravedad o grave, y además no menos de las dos terceras partes del término de la pena por un delito particularmente grave.

    La amnistía y el indulto pueden aplicarse a personas menores de dieciocho años, así como a delincuentes adultos.

    Así como vistas generales exención de responsabilidad penal y castigo, la legislación también contiene tipos especiales que se aplican solo a personas menores de dieciocho años. En la parte 1 del art. 90 del Código Penal de la Federación de Rusia establece: “Un menor que haya cometido un delito de gravedad pequeña o mediana puede quedar exento de responsabilidad penal si se reconoce que su corrección puede lograrse mediante el uso de medidas obligatorias de influencia educativa. ”

    Así, la ley relaciona la liberación de responsabilidad penal de un menor con una serie de circunstancias:

    1. El hecho debe ser tipificado como delito de pequeña o mediana gravedad;

    2. Una característica positiva de la personalidad del adolescente, que permite llegar a la conclusión de que el objetivo de su corrección puede lograrse mediante medidas obligatorias de influencia educativa.

    Dicha convicción debe formarse sobre la base de la naturaleza del peligro público del hecho (valoración de la importancia del objeto del ataque, el papel del menor en el ataque criminal, el grado de consumación del hecho, la cantidad del daño causado específicamente al menor, etc.), datos sobre la identidad del infractor (por primera vez comete un delito de poca o mediana gravedad, generalmente calificado positivamente por los docentes, el delito se cometió como consecuencia de una combinación de circunstancias desfavorables para él, no salió del control de sus padres o personas que los reemplazaron, no sufre de adicción al alcohol o drogas).