El papel del Estado en la formación y funcionamiento del derecho. El papel de la ley islámica en la formación y funcionamiento de los sistemas legales de los estados islámicos

Es necesario distinguir entre dos conceptos cercanos entre sí, pero no idénticos, de "ley islámica" y "sistema legal de los estados islámicos". La ley islámica es, como ya se ha señalado, la ley de la comunidad islámica, es decir, el cumplimiento de sus normas está diseñado para las personas que profesan el Islam, independientemente del lugar donde vivan. Los sistemas legales de los estados islámicos son de naturaleza territorial. Las normas contenidas en los sistemas legales de la ley nacional están diseñadas para todos los ciudadanos que viven en el territorio de un estado islámico, independientemente de su afiliación religiosa.

Las normas de la ley islámica clásica funcionan en su forma pura en cualquier sistema legal nacional de los estados islámicos. Se complementan con la ayuda de costumbres, tratados, acuerdos, decisiones administrativas y otros actos normativos que contienen normas de derecho positivo, así como sobre la base de préstamos. provisiones legales otros sistemas legales.

Los ordenamientos jurídicos de los estados islámicos modernos se caracterizan por el dualismo del derecho, que consiste en la coexistencia simultánea regulaciones legales, diferente en contenido y detalles, - las normas de la ley islámica clásica y las normas tomadas de otros sistemas legales, lo que hace posible adaptar los sistemas legales de los estados islámicos modernos al entorno económico y sociopolítico en constante cambio. Además, en la actualidad existe una tendencia a expandir y fortalecer el dualismo, lo que se explica por muchas circunstancias, entre las cuales se puede nombrar, en primer lugar, la complicación de las relaciones socioeconómicas y políticas en vida publica que ya no puede regularse sólo por normas y dogmas religiosos; en segundo lugar, desarrollar la cooperación internacional.

Las direcciones de acción de la ley islámica y los sistemas legales de los estados islámicos son diferentes. Es difícil trazar una línea clara entre sus esferas de acción. Por regla general, las normas de la ley islámica cubren principalmente las relaciones de estado personal, pero pueden ir más allá de este marco, incluidas las relaciones civiles, constitucionales, administrativas y penales. Este último es típico de los países de la Península Arábiga.

Al mismo tiempo, la ley islámica clásica sigue siendo decisiva en el funcionamiento de los sistemas legales de los estados islámicos. Esto se muestra a continuación.

El reconocimiento del islam como religión de Estado está fijado constitucionalmente. Uno de estos disposiciones constitucionales, existente en 28 estados, que refleja la influencia de las instituciones y normas islámicas en ley Pública y al mismo tiempo hablando base legal tal influencia es el reconocimiento del Islam como la religión del estado. Tales disposiciones están contenidas en las constituciones de Jordania, los Emiratos Árabes Unidos, Túnez, Qatar, Pakistán, etc. Así, según la Constitución afgana de 2004, el Islam tiene el estatus de religión oficial del Estado. También establece la regla de que no se puede adoptar ninguna ley que contradiga la sagrada religión del Islam.



Existe un instituto islámico de shura - deliberación, dentro del marco del cual la actividad del estado se mide con los principios fundamentales de la ley islámica. El Instituto Shura brinda a las personas la oportunidad de participar en el desarrollo de los más importantes decisiones gubernamentales. Desde un punto de vista legal, la decisión de la shura puede no ser vinculante, pero, como muestra la práctica, ni un solo gobernante las ignora debido a su autoridad religiosa y social.

Sobre la base de la composición elemental del concepto de sistema legal, se puede detectar la influencia de la ley islámica clásica en todos los componentes de la estructura del sistema legal de los estados islámicos, aunque esto se manifiesta en diversos grados. La ley islámica clásica determina la mentalidad legal, la conciencia legal, la cultura legal y la aplicación de la ley en estos estados. Desempeña un papel decisivo en la formación no solo de los elementos sustantivos del ordenamiento jurídico, sino también de los formales.

Como elementos de contenido, es necesario considerar, en primer lugar, el ideario jurídico, es decir, los principios fundamentales que determinan todos los ámbitos de la realidad jurídica en la sociedad. La ideología jurídica que prevalece en los estados islámicos es de naturaleza puramente religiosa, ya que se origina, en primer lugar, en las fuentes fundamentales de la religión islámica y la ley islámica - el Corán y la Sunnah, y también se formuló en el curso de la doctrina desarrollo de la ley islámica.



Considerando la dinámica de la relación entre la ley islámica clásica y los sistemas legales de los estados islámicos, es recomendable, dependiendo del grado de influencia de la ley islámica clásica en la formación y funcionamiento de los sistemas legales de los estados mencionados, presentar lo siguiente clasificacion de los sistemas juridicos Estados islámicos modernos.

Primer grupo une los ordenamientos jurídicos de aquellos estados islámicos en los que la formación y el funcionamiento de los ordenamientos jurídicos se produce bajo la influencia directa de los principios y normas del derecho islámico clásico, lo que tiene un profundo impacto no solo en la regulación en el ámbito del derecho privado, sino también sobre ley Pública, por ejemplo, sobre la legislación constitucional y sobre la forma de gobierno que se ha desarrollado en un determinado estado. Fue aceptado por estados como Arabia Saudita, Irán y Pakistán, donde se está implementando el requisito principal del concepto islámico de la ley, es decir, el pleno cumplimiento de todas las normas existentes, todas las ramas de la ley con los principios fundamentales de la ley islámica clásica.

Los sistemas legales de los estados islámicos modernos que forman parte de el segundo grupo se caracterizan por un enfoque más moderado de la aplicación de las normas de la ley islámica clásica en el marco del sistema legal moderno del estado islámico. Estos son los sistemas legales de estados como la República Árabe de Yemen, Libia, Sudán, los Estados Unidos Emiratos Árabes Unidos, Bahrein, Kuwait, Brunei. La ley islámica aquí no tiene tanto alcance como, por ejemplo, en Arabia Saudita e Irán, pero aún así sigue jugando un papel importante, e incluso en las últimas décadas ha habido una tendencia a expandirla.

Los principios y normas de la ley islámica tienen la mayor influencia en las normas constitucionales, en la estructura y actividades del mecanismo estatal de estos estados. Así, en Libia en 1977, el Corán fue declarado "la ley de la sociedad", reemplazando a la constitución ordinaria.

El tercer grupo de estados islámicos se caracteriza por una aplicación limitada de las normas de la ley islámica clásica al nivel principios generales, que determinan la naturaleza del funcionamiento de estos sistemas legales, que incluyen los sistemas legales de Egipto, Siria, Marruecos, Jordania, Argelia, Somalia, Afganistán, etc. El Islam siempre ha sido una parte importante de la ideología oficial de estos estados, pero no ha sido un factor determinante de la vida sociopolítica.

El cuarto grupo de sistemas legales de los estados islámicos refleja la menor influencia e impacto de las normas y principios de la ley islámica clásica en su funcionamiento. Esto se manifiesta más característicamente en estados como Turquía, Túnez y Marruecos.

Cabe señalar que en los sistemas legales de los estados postsoviéticos con población musulmana, la ley islámica es declarativa y no afecta realmente el funcionamiento de estos sistemas legales. En otras palabras, la ley islámica no juega ningún papel significativo en la vida sociopolítica y legal estatal de estos estados. Sin embargo, la abrumadora mayoría de la población de estos estados profesa el Islam, y la ley islámica, como derecho de la comunidad islámica, puede regular varios partidos vida de los musulmanes, principalmente la esfera de su estatus personal. Estos son los estados de Asia Central Uzbekistán, Kazajstán, Tayikistán, Kirguistán y Turkmenistán y Azerbaiyán.

La naturaleza de la relación entre la ley islámica y los sistemas legales de los estados "no islámicos", donde los musulmanes constituyen una minoría de la población, merece especial atención. La ley islámica en estos estados es parte de la estructura de su sistema legal y regula las esferas del estatus personal de los musulmanes. Esto se aplica a los sistemas legales de países como India, Tanzania, Malí, Chad, Filipinas, Nigeria, etc.

Por ejemplo, en la India, algunas cuestiones relacionadas con el derecho de familia están reguladas por la ley islámica. Leyes aprobadas en 1937 y 1939 incluso en la India colonial, regular el matrimonio y las relaciones familiares de los musulmanes que viven en este país.

Así, la influencia de la ley islámica en los sistemas legales de los estados islámicos se manifiesta en cada estado islámico de diferentes maneras, dependiendo de los patrones históricos de desarrollo de este estado, las características culturales de las personas que lo habitan y su ubicación geopolítica.

2.2 El impacto del Estado sobre la derecha. El papel del Estado en la garantía de la ley

El Estado es un factor directo en la creación de instituciones legales y Fuerza principal su implementación. El poder estatal tiene un significado constitutivo de la existencia misma del derecho como entidad institucional especial. Está presente en el derecho y, por así decirlo, penetra la esencia misma del derecho.

El estado cuida la ley, utiliza su potencial para lograr objetivos política pública. Al mismo tiempo, no se debe absolutizar la influencia del Estado sobre la ley. No sólo el estado, sino también la ley tiene una independencia relativa, sus propias leyes inherentes de formación y funcionamiento, de lo que se sigue que la ley tiene un significado independiente en relación con el estado. Si es lícito considerar el derecho como un instrumento del Estado, sólo con la salvedad de que el Estado es en la misma medida un instrumento en relación con el derecho.

El impacto más tangible del estado en la ley se muestra en el campo de la elaboración y aplicación de la ley. El derecho se forma con la indispensable participación del Estado. Sin embargo, el estado no tanto forma la ley como completa el proceso de formación de la ley, dándole a la ley ciertas formas legales (normativas acto legal, precedente judicial o administrativo, etc.). En este sentido, el Estado no es su (correcta) causa inicial y profunda. El estado crea derecho a nivel institucional.

Las razones del surgimiento del derecho tienen sus raíces en el modo material de producción, la naturaleza del desarrollo económico de la sociedad, su cultura, las tradiciones históricas de los pueblos, etc. La subestimación de esta disposición de fundamental importancia lleva a que se reconozca la fuente única y determinante del derecho actividad estatal. Este es precisamente el principal defecto del positivismo jurídico. Se reconoció al Estado como fundador del derecho, en sentido literal se consideró que crea el derecho.

El estado interviene en el proceso legal solo en ciertas etapas. De ahí que el papel creador del Estado en relación con la formación del derecho sea el siguiente.

En la ejecución de las actividades legislativas. Estado según las leyes conocidas desarrollo comunitario determina la necesidad de regulación legal de ciertas relaciones (actividades), determina la forma más racional forma jurídica(ley, acto poder Ejecutivo etc.) y establece reglas generales dándoles autoridad el poder del Estado carácter formalmente legal, universal. En un sentido literal, esto significa que el Estado establece las normas de derecho.

En la sanción por el Estado de normas que no tengan efecto directo carácter estatal. Para algunos sistemas legales, este modo de "producción" de derecho es predominante. Esta es la formación de la ley islámica. De la historia del derecho, existen casos en los que a las disposiciones desarrolladas por la doctrina jurídica o que aparecen como consecuencia de la interpretación de la norma aplicable, el Estado le atribuye un carácter universalmente vinculante.

El Estado vela por el desarrollo de todo el sistema de fuentes del derecho. De acuerdo con las necesidades socioeconómicas, la situación política en la sociedad, el estado influye en gran medida en la elección de tipos, métodos regulacion legal, medios estatales y legales de garantizar una conducta lícita. En este sentido, podemos decir que el Estado gobierna entorno legal sociedad, asegura su renovación de acuerdo con el espíritu de los tiempos.

El papel del Estado para asegurar la implementación de la ley parece ser bastante significativo. El propósito del Estado se manifiesta precisamente en el hecho de que sus actividades están llamadas a crear prerrequisitos reales, organizacionales y legales para el uso por parte de los ciudadanos y sus organizaciones de las oportunidades que brinda la ley para satisfacer una amplia variedad de intereses y necesidades. .

El Estado, además, vela por la protección de la ley y del derecho prevaleciente. relaciones juridicas. La coerción estatal es la garantía siempre existente que sustenta la ley. Detrás de él está siempre el poder, la autoridad del estado. La misma amenaza de la coerción estatal protege el derecho. Así, se fortalece el estado de derecho, se crea el régimen de nación más favorecida para la estabilidad del estado.

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O.E. Meshkova, Omsk Universidad Estatal, Departamento derecho laboral

Se sabe que ninguna definición puede agotar todas las características de un objeto. Sin embargo, debe reflejar solo las características más básicas y esenciales; en este caso, el objetivo es distinguir este fenómeno de una clase de otros similares, utilizando el número mínimo de características necesarias. Además, cualquier fenómeno puede ser considerado en varios aspectos, centrándose en sus aspectos individuales. En cuanto a la rama del derecho en ciencia jurídica desarrollado en principio un enfoque unificado. L.S. Yavich define la industria como un conjunto de normas interrelacionadas que se encuentran objetivamente aisladas dentro del sistema de derecho, unidas por un sujeto común y un método de regulación jurídica; SOY. Vasiliev - como un conjunto de aislados normas legales y instituciones legales que gobiernan un área determinada relaciones públicas, que posee originalidad cualitativa ; CV. Babaev: como un sistema de normas que regulan un área de relaciones sociales separada y relativamente homogénea; V. V. Lazarev: como un grupo de normas que regula un determinado conjunto de relaciones sociales; LB Tiunov: como una formación estructural de derecho históricamente establecida, un área autónoma de normas, que se basa en ciertas áreas objetivamente separadas en el proceso de desarrollo de la sociedad. actividades sociales(diferenciación de actividad, vida social, tanto material como espiritual).

Con toda la variedad de definiciones de la rama del derecho, se pueden distinguir las siguientes características comunes, que son reconocidos por casi todos los autores: 1) la base para distinguir una rama del derecho son las relaciones públicas; 2) originalidad cualitativa de este último; 3) la objetividad del proceso de aislamiento de un grupo de relaciones sociales; 4) una indicación de las características sistémicas de la industria; 5) una indicación de los componentes estructurales. Notemos que se pueden dividir en dos grupos, indicando: 1) relaciones públicas (sujeto de regulación legal); 2) características estructurales de la industria (la industria consiste en normas legales e instituciones legales y es un elemento del sistema de derecho) - y de hecho representan el sujeto y el criterio estructural para distinguir la rama del derecho

La posición de L.B. Tiunova, quien cree que el surgimiento de nuevas industrias sobre la base de complejos de relaciones tradicionales, mediadores completamente nuevos (aire, espacio, derecho ambiental) se produce como resultado de una diferenciación objetiva de las relaciones sociales, su evaluación estatal y legal, así como como el grado de desarrollo del área relevante de las normas jurídicas (consolidación de normas, sistematización de la legislación). Estos tres grupos de factores (objetivos, evaluativos y normativos) deben tenerse en cuenta al evaluar la estructura sectorial del derecho, así como al predecir su desarrollo. La autora no explicó con más detalle a qué se refiere con el nombre de estos grupos, pero creemos que, de hecho, el criterio objetivo son los factores objetivos, el funcional es evaluativo, el estructural es normativo.

Bajo los criterios para identificar una rama del derecho, entendemos los factores interrelacionados bajo cuya influencia se aísla la rama del derecho como un elemento nivel de la industria en el ordenamiento jurídico. Estos incluyen criterios temáticos, estructurales y funcionales. De estos, sujeto y funcional están directamente relacionados con las funciones del estado.

En casi todos los casos, cuando se trata del tema de la regulación jurídica, la ciencia jurídica habla de las razones objetivas por las que se destaca, sin embargo, las menciones a las razones mismas son extremadamente raras, y no existen estudios teóricos generales de las mismas. Las relaciones sociales no pueden desarrollarse y diferenciarse por sí mismas, ya que son objetivo-subjetivas. La influencia de los factores subjetivos, en nuestra opinión, es significativa y se expresan principalmente en forma de metas estatales.

El grado de aislamiento de la industria y su desarrollo está determinado por el grado de desarrollo y autonomía del ámbito relevante de la vida social y la necesidad de su mediación jurídica. La necesidad de regulación y el grado de esta regulación de las relaciones sociales están determinados en última instancia por el centro de gobierno de la superestructura social: el Estado. El proceso de toma de conciencia está determinado por el estado de la sociedad, el grado de desarrollo de la conciencia jurídica y otros factores, pero las metas y objetivos del estado tienen una importancia decisiva. Uno de los requisitos previos más importantes para la selección de una rama del derecho es "el interés objetivamente determinado del estado en la regulación independiente de este complejo de relaciones". Se sabe que el Estado es una organización especial del poder público, político de la clase dominante (grupo social, bloque de fuerzas de clase, todo el pueblo), que tiene un aparato especial de control y coerción, que, en representación de la sociedad, gestiona esta sociedad y asegura su integración. La tarea del estado, que surge de su esencia - administrar la sociedad y asegurar su integración - se realiza a través de un conjunto de funciones estatales. Parece que la opinión de que sólo la necesidad objetiva predetermina la asignación de una rama del derecho es incorrecta, y "el legislador sólo realiza y formaliza ("protocolo") esta necesidad". V este caso se mezclan la objetividad del surgimiento de relaciones sociales sujetas a regulación jurídica y la objetividad de singularizar una industria como elemento del sistema de derecho.

La ley es un instrumento del estado, con la ayuda de la cual este último cumple su propósito: regula las relaciones sociales. En la jurisprudencia sigue siendo tema controversial sobre la primacía del origen del estado o de la ley. En nuestra opinión, los procesos de origen, formación, desarrollo del Estado y del derecho se dieron en forma paralela: cierta etapa en el desarrollo de un fenómeno correspondía a cierta etapa en el desarrollo de otro.

El autor de esta obra se encuentra entre los partidarios del enfoque normativo para la comprensión del derecho. Por lo tanto, el estudio fenómenos legales y los procesos se llevan a cabo de acuerdo con las visiones positivistas sobre la esencia del derecho. Mencionar su actitud hacia este problema es necesario para que las ideas se perciban bajo cierta luz. Se pueden presentar muchos argumentos críticos desde el punto de vista de un enfoque más amplio para comprender la ley, pero es poco probable que las disputas que se desarrollan en diferentes "dimensiones" sean fructíferas. Por lo tanto, el autor propone unir la consideración del problema en esta dirección.

Hay tres tipos de comportamiento del sistema: 1) reactivo: el comportamiento del sistema está determinado principalmente por el entorno; 2) adaptativo - por el entorno y las funciones de autorregulación inherentes al propio sistema; 3) activo: los propios objetivos del sistema juegan un papel importante, de acuerdo con ellos, es posible transformar el entorno. En nuestra opinión, el sistema legal es reactivo. Es un instrumento del Estado, con el cual influye en el comportamiento de los ciudadanos, entidades legales, la sociedad en su conjunto.

Dado que el sistema de derecho no tiene su propio centro de control, no puede tener sus propios objetivos. Hay un objetivo del entorno externo: el estado, la sociedad, etc. Pero no el sistema en sí. A su vez, el sistema de derecho remite a sistemas objetivo-subjetivos, ya que el legislador actúa de acuerdo con las leyes conocidas del desarrollo social. El derecho es uno de los eslabones mediadores en el impacto del Estado sobre las relaciones sociales y la sociedad sobre el Estado. El legislador se ve obligado a abolir normas de derecho obsoletas que impiden el desarrollo de las relaciones sociales, dado que el estado del estado depende del estado de la sociedad, el estancamiento de la sociedad no puede tener un efecto beneficioso sobre el estado del estado.

En el proceso de desarrollo del Estado se pueden distinguir dos grandes etapas: precapitalista y capitalista. Por supuesto, la explicación formativa del desarrollo del estado es unidimensional en comparación, por ejemplo, con el enfoque civilizatorio. Sin embargo, para los propósitos de este estudio, es posible mirar un fenómeno tan polifacético como un estado desde un lado (hablando en sentido figurado, a vista de pájaro). Paralelamente, distinguimos dos etapas en el desarrollo del derecho: las llamaremos condicionalmente "materiales" y "inmateriales". La etapa material corresponde a los estados precapitalistas y se caracteriza por el predominio de la regulación de las relaciones de propiedad - objetos del mundo material. Los ejemplos incluyen esclavos ("herramientas parlantes"), tierra, etc. La etapa intangible está asociada con el desarrollo de la ciencia y la tecnología, cuando la información en forma de capacidades intelectuales, conocimiento, información, sistemas de ayuda, sistemas de comunicación (Internet, etc.). El Estado se ve obligado a influir en nuevas relaciones sociales, ya que su importancia en la vida de la sociedad está aumentando rápidamente, lo que hace necesaria su mediación legal.

Si miramos la historia del sistema ley rusa, podemos afirmar con confianza que su rápido desarrollo (el surgimiento de nuevas industrias) cae precisamente en el período capitalista. Se observa cierta inhibición de este proceso desde 1917 hasta 1985. Sin embargo, las reformas democráticas han estimulado el desarrollo de las relaciones sociales a tal punto que el Estado no siempre tiene tiempo para regularlas por ley. Las transformaciones en la estructura del sistema legal son tan grandes y obvias que no es necesario hablar de ellas con más detalle.

En relación con la propuesta división del desarrollo del derecho Atención especial debe dirigirse a la mano de obra. La fuerza de trabajo es la capacidad de trabajo, la totalidad de las capacidades físicas e intelectuales, se desarrolla en el proceso de trabajo. Es bien sabido que el trabajo está indisolublemente ligado a la existencia del hombre y de la sociedad en su conjunto. Pero la ley media diferentes aspectos de su contenido de diferentes maneras. períodos históricos, ya que el valor de este último no es el mismo en diferentes etapas de progreso. Cada vez hay más áreas nuevas de su aplicación. Además, el contenido del trabajo está cambiando: se realiza en el conocimiento científico, la aplicación de los resultados de este último. Existe una demanda creciente de las capacidades intelectuales de un trabajador, que se consumen a través del intercambio (y por lo tanto se venden) en todos los sectores de la economía y la gestión. La venta de fuerza de trabajo se realiza no sólo empleado, quien concluyó contrato laboral, sino por cualquier individuo que participe en el trabajo social por una tarifa. "Objetivamente, el intercambio de actividad entre el propietario de los medios de producción y la fuerza de trabajo debe realizarse sobre los mismos principios que el intercambio de mercancías". Además, es obvio que la "explosión" en la velocidad y calidad del desarrollo de las relaciones sociales, así como en su regulación por la ley, coincide en el tiempo con la emancipación del trabajo (el surgimiento de la libertad jurídica). Y aunque las dos categorías principales de la economía -propiedad y trabajo- están tan íntimamente relacionadas que es casi imposible determinar si son primarias o secundarias, es necesario examinar el papel del derecho laboral en la formación de vínculos genéticos en el sistema de ramas de la ley rusa desde un ángulo diferente.

En nuestra opinión, la principal función del Estado es la regulación del trabajo y la propiedad. Todas las demás funciones son derivadas. Podemos distinguir las siguientes funciones que lleva a cabo cualquier estado: económica, política, social, ideológica. Sin embargo, es indiscutible que su causa fundamental es una función económica.

Los criterios más generales para distinguir una función de otra son: en primer lugar, las características del objeto influencia estatal, la originalidad de aquellas relaciones sociales sobre las que el Estado influye en el curso de sus actividades; en segundo lugar, la especificidad del contenido de cada función determinada por esta última, es decir, tipos de actividad estatal más o menos homogéneos, cercanos entre sí.

La asignación del objeto de regulación jurídica se produce bajo la influencia directa del Estado, y su clasificación debe realizarse de acuerdo con la diferenciación de las funciones del Estado. En la actualidad, nos resulta difícil dar tal clasificación, pero la base de la división se puede identificar ascendiendo de lo concreto a lo abstracto a medida que se examina el tema de cada rama del derecho con una orientación hacia las categorías principales anteriores. (trabajo y propiedad).

Las funciones de la rama del derecho lo expresan proposito especial. "Las funciones del ordenamiento jurídico de las industrias son las funciones del derecho en su conjunto - económico, educativo y otros, y desde el punto de vista jurídico - reglamentario, protector". Sin embargo, con más consideración general queda claro que las funciones del sistema de derecho, y por lo tanto de cualquier industria, están determinadas por las funciones del estado. Además, no se debe subestimar su importancia en la selección de industrias. En nuestra opinión, el derecho laboral difícilmente destacaría en industria independiente, sin funciones específicas: producción y protección.

La asignación de la función de producción se basa en el deseo del Estado de proteger al empleador de la indiferencia a los resultados del trabajo, cierta negligencia hacia la propiedad de la empresa de un empleado que vende su mano de obra y no el dueño de los medios de producción. Esta actitud del empleado está predeterminada por la falta de independencia de su trabajo: no hay un interés empresarial animado, personal, por lo tanto, es necesario mantener la disciplina laboral en interés del empleador. En el corazón de la función protectora se encuentra el deseo de los emergentes Estado de bienestar asegurar una existencia digna a aquellos miembros de la sociedad que no cuentan con los medios de producción y cuya principal fuente de bienestar es la venta de capacidades físicas e intelectuales. Como ejemplo, se puede referir a Rusia en el período 1861-1914. Correcto seguridad Social En ese momento, se destacó de la rama del derecho laboral (y el derecho laboral mismo estaba en su infancia), por lo que la "protección", la orientación social de las normas de la legislación laboral (entonces "de fábrica") son muy pronunciadas. leyes rusas en esta área eran los más progresistas del mundo en ese momento. Es obvio que las funciones de producción y protección del derecho laboral están estrechamente interconectadas y otra rama del derecho no es capaz de resolver los objetivos del estado expresados ​​por ellos. Es imposible destruir una rama del derecho del trabajo por una decisión voluntarista, incluyendo sus normas en otra y llamándolas, por ejemplo, una subrama, ya que para la fusión orgánica de las normas en un solo elemento del sistema jurídico, su calidad cualitativa es necesaria la uniformidad, que viene determinada, entre otras cosas, por las funciones de este conjunto normativo.

El tema de la regulación jurídica de la industria está directamente relacionado con las funciones del Estado. Las funciones de la industria también están directamente relacionadas con las funciones del Estado. ¿Cómo una misma fuente (funciones del Estado) da lugar a fenómenos que son diferentes en su misma esencia? ¿Por qué los ponemos al mismo nivel que los criterios para destacar una rama del derecho? Después de todo, la contradicción parece obvia: estos criterios son de varios niveles, uno de ellos debe ser eliminado del pedestal. Pero este no es el caso. El artículo está relacionado con factor objetivo, y funciones - con lo subjetivo Al dar forma al sujeto de la regulación legal, las funciones principales del estado son predominantes, en la formación de las funciones de la industria - los objetivos de la regulación, debido a una etapa específica de desarrollo, tipo de estado .

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El concepto de funciones del derecho se interpreta en dos sentidos.

En primer lugar, es el papel que juega la ley o una determinada institución jurídica en la sociedad.

En segundo lugar, se trata de áreas específicas de influencia jurídica sobre el comportamiento y las relaciones de los sujetos.

En este sentido, las funciones se dividen en sociales generales y legal.

Funciones sociales generales:

culturales e historicos - el derecho como fenómeno de la cultura en forma normativa concentra, recoge los valores espirituales y los logros de la humanidad: derechos humanos, democracia, fundamentos morales de la sociedad, etc. 1) Educativo- tiene un efecto educativo en los sujetos 2) Función control social - influye en los sujetos como medio de estímulo y como medio de limitación. 3) Orientado a la información- la ley es una poderosa fuente de orientación moral del individuo; forma una dirección positiva en su comportamiento. Funciones Jurídicas . – direcciones de influencia en las relaciones sociales, donde el derecho se realiza con la ayuda de medios legales que le son propios 5 )Regulador- regula las relaciones sociales. Para ello, está obligado: a fijar la composición del sujeto de las relaciones jurídicas; determinar la gama de hechos jurídicos con los que las reglas de derecho asocian el inicio de consecuencias jurídicas; determinar los derechos y obligaciones de los participantes (sujetos) de las relaciones jurídicas.

6) Seguridad función- impacto legal dirigido a la protección (protección) de las relaciones sociales en las áreas más importantes de la actividad humana y la eliminación de las relaciones que son peligrosas para el individuo, la sociedad y el estado.

7) Estimado permite que la ley actúe como criterio de conducta lícita o ilícita. Las normas protectoras e incentivadoras, que contienen una evaluación positiva o negativa de las acciones, desempeñan un papel especial en la implementación de la función de evaluación.

9.Principios del derecho, su clasificación y consolidación legislativa.

Principios de derecho- estos son los principios fundamentales, las ideas fundamentales del derecho, que definen y expresan su esencia.

Por un lado, expresan las leyes del derecho, y por otro lado, representan las normas más generales que operan en todo el campo de la regulación jurídica y se aplican a todos los sujetos. Estas normas se formulan directamente en la ley o se derivan del significado general de las leyes.

Actuar como idea rectora para el legislador.

Las autoridades se guían por los principios de la ley para tomar decisiones legales.

Los principios del derecho ayudan a la correcta interpretación de las normas jurídicas.

Distinguir:

principios generales (legales generales) del derecho- revelar la esencia y naturaleza de todo derecho en general.

principios de la industria-principios que operan dentro de una rama particular del derecho (por ejemplo, el principio ley civil es el principio de la indemnización total.)

principios intersectoriales - principios que operan dentro de varias ramas relacionadas del derecho, por ejemplo.

el principio de publicidad;

el principio de competitividad;

principio de inevitabilidad responsabilidad legal etc

Los más importantes son los principios básicos (legales generales) del derecho: la justicia, la igualdad, el humanismo, la democracia, la unidad de derechos y deberes, una combinación de persuasión y coerción.

El principio de justicia social.. - El ordenamiento jurídico vela por la justicia, sirve como medio de su expresión, consolidación, amparo y amparo. La justicia requiere un ajuste entre las acciones y sus consecuencias sociales. aquellos. trabajo proporcionado y su pago, delito y castigo, etc. El principio de justicia tiene un carácter normativo-evaluativo y se materializa en derechos y obligaciones, incentivos y castigos, etc.

El principio de la prioridad de los derechos humanos- refleja el hecho de que los derechos humanos naturales, innatos e inalienables forman el núcleo del sistema legal del estado.

Igualdad de los ciudadanos - igualdad de todos ante la ley y los tribunales, creación de condiciones de partida iguales, igualdad de derechos y libertades del hombre y del ciudadano, igualdad de derechos y libertades del hombre y la mujer.

El principio de legalidad leyes y otros regulaciones adoptado en la Federación Rusa no debe contradecir la Constitución de la Federación Rusa. autoridades estatales, Gobierno local, los funcionarios y los ciudadanos están obligados a acatar la Constitución y las leyes.

El principio de justicia expresa garantías para la protección de los derechos subjetivos en los tribunales.

Unidad de derechos y deberes - los derechos y libertades otorgados a un ciudadano se combinan con sus obligaciones para con la sociedad.

Humanismo - un sistema históricamente cambiante de puntos de vista sobre la sociedad y el hombre, imbuido de respeto por el individuo, su dignidad y sus derechos.

Democracia - participación del pueblo en los asuntos del estado, en la formación y aplicación del derecho.

Los principios de rama e interrama son estudiados por la rama de ciencias jurídicas.

El Estado es un factor directo en la creación de instituciones jurídicas y la fuerza principal para su implementación. El poder estatal tiene un significado constitutivo de la existencia misma del derecho como entidad institucional especial. Está presente en el derecho y, por así decirlo, penetra la esencia misma del derecho.

El estado se ocupa de la ley, utiliza su potencial para lograr los objetivos de la política estatal. Al mismo tiempo, no se debe absolutizar la influencia del Estado sobre la ley. No sólo el estado, sino también la ley tiene una independencia relativa, sus propias leyes inherentes de formación y funcionamiento, de lo que se sigue que la ley tiene un significado independiente en relación con el estado. Si es lícito considerar el derecho como un instrumento del Estado, sólo con la salvedad de que el Estado es en la misma medida un instrumento en relación con el derecho.

El impacto más tangible del estado en la ley se muestra en la esfera legislación y cumplimiento de la ley. El derecho se forma con la indispensable participación del Estado. Sin embargo, el Estado no tanto forma la ley como completa el proceso de formación de la ley, dando a la ley ciertas formas jurídicas (acto jurídico reglamentario, precedente judicial o administrativo, etc.). En este sentido, el Estado no es su (correcta) causa inicial y profunda. El estado crea derecho a nivel institucional.

Las razones del surgimiento del derecho tienen sus raíces en el modo material de producción, la naturaleza del desarrollo económico de la sociedad, su cultura, las tradiciones históricas de los pueblos, etc. La subestimación de esta disposición de fundamental importancia lleva a que se reconozca la actividad estatal como única y determinante fuente del derecho. Este es precisamente el principal defecto del positivismo jurídico. Se reconoció al Estado como fundador del derecho, en sentido literal se consideró que crea el derecho.

El estado interviene en el proceso legal solo en ciertas etapas. De ahí que el papel creador del Estado en relación con la formación del derecho sea el siguiente.

En la ejecución de las actividades legislativas. El estado, de acuerdo con las leyes conocidas del desarrollo social, determina la necesidad de regulación legal de ciertas relaciones (actividades), determina la forma jurídica más racional (ley, acto ejecutivo, etc.) y establece normas generales, dándoles la autoridad. del poder estatal formalmente legal, caracter universal. En un sentido literal, esto significa que el Estado establece las normas de derecho.

En la sanción por el Estado de normas que no tengan carácter estatal directo. Para algunos sistemas legales, este modo de "producción" de derecho es predominante. Esta es la formación de la ley islámica. De la historia del derecho, existen casos en los que a las disposiciones desarrolladas por la doctrina jurídica o que aparecen como consecuencia de la interpretación de la norma aplicable, el Estado le atribuye un carácter universalmente vinculante.

El Estado vela por el desarrollo de todo el sistema de fuentes del derecho. De acuerdo con las necesidades socioeconómicas, la situación política en la sociedad, el estado influye en gran medida en la elección de tipos, métodos de regulación legal, medios estatales y legales para garantizar una conducta legal. En este sentido, podemos decir que el Estado gestiona el entorno jurídico de la sociedad, asegura su renovación de acuerdo con el espíritu de los tiempos.

El papel del Estado para asegurar la implementación de la ley parece ser bastante significativo. El propósito del Estado se manifiesta precisamente en el hecho de que sus actividades están llamadas a crear prerrequisitos reales, organizacionales y legales para el uso por parte de los ciudadanos y sus organizaciones de las oportunidades que brinda la ley para satisfacer una amplia variedad de intereses y necesidades. .

El Estado, además, asegura la protección del derecho y de las relaciones jurídicas imperantes. La coerción estatal es la garantía siempre existente que sustenta la ley. Detrás de él está siempre el poder, la autoridad del estado. La misma amenaza de la coerción estatal protege el derecho. Así, se fortalece el estado de derecho, se crea el régimen de nación más favorecida para la estabilidad del estado.