Formas de asegurar el cumplimiento de las obligaciones. Ejecución de obligaciones


Formas de asegurar el cumplimiento de las obligaciones- esto es estatutario garantías patrimoniales que ayudan a evitar violaciones de las obligaciones asumidas por las partes del contrato.

Tipos de ejecución de obligaciones:

1) perder;
2) Prenda;
3) Retención de los bienes del deudor;
4) Garantía;
5) Garantía bancaria;
6) Depósito.

perder- esta es la cantidad de dinero que el deudor está obligado a pagar al acreedor en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de las obligaciones. La sanción puede ser en forma de multa o sanción (en porcentaje)

Tipos de penalización:

Legal: la ley prevé el cobro de una sanción, así como otros actos legales. La cuantía de la pena legal podrá ser aumentada según las partes.
Contractual - la pena se proporciona sogl.storah. El acuerdo sobre la sanción se redacta en escritura. El monto de la pena es determinado por las partes.

Existen los siguientes tipos de sanción:
(1) sanción sanción (acumulativa) - la sanción está sujeta al cobro en exceso de las pérdidas;
(2) confiscación por compensación: es posible recuperar daños en exceso o en parte de la confiscación no cubierta;
(3) decomiso excepcional: el cobro de solo un decomiso;
(4) decomiso alternativo: las pérdidas o el decomiso están sujetos a recuperación.

Es costumbre considerar una sanción tanto como una forma de garantizar obligaciones como una medida de responsabilidad.
De acuerdo con el artículo 333, el tribunal tiene derecho a reducir el monto de la pena si el monto de la pena claramente no es proporcional al monto de los daños y perjuicios. Según PPVS y VASRF 81 del 22/12/11. "Sobre algunas cuestiones de aplicación del artículo 333 del Código Civil de la Federación Rusa": el acreedor debe probar el hecho rendimiento inadecuado obligaciones del deudor. El artículo 333 sólo puede aplicarse a petición del deudor. El deudor está obligado a probar una clara desproporción entre el monto de la pena y las pérdidas sufridas;

Promesa- un método de garantía de una obligación, en el que el acreedor hipotecario adquiere el derecho, en caso de incumplimiento por parte del deudor de la obligación, recibirá la satisfacción a expensas de los bienes dados en prenda predominantemente sobre otros acreedores, con las excepciones previstas por ley.

Motivos de la garantía:

Sobre la base de un acuerdo;
- en los casos previstos por la ley (artículo 488 del Código Civil, cuando se venden bienes a crédito, los bienes se consideran en prenda hasta que se paguen en su totalidad).
Cualquier entidad de GP que sea acreedora de la obligación principal puede ser acreedor prendario.
El deudor puede ser tanto el deudor de la obligación principal como la tercera persona.
El pignorante puede ser el propietario del inmueble, o el deudor titular de este inmueble en derecho de gestión económica.

El objeto de la prenda puede ser:
- una cosa (cualquier cosa excepto los elementos retirados de la circulación);
- ley de Propiedad.

Las hipotecas pueden ser:

Empresas;
- parcela;
- edificios residenciales, apartamentos, etc.;
- las casas de campo, las casas, los garajes, etc.;
- aeronaves y embarcaciones marítimas (artículo 5 de la Ley Federal "Sobre Hipoteca").

Una misma cosa, o el derecho a reclamar, puede ser objeto de prenda por varios convenios, debiendo notificarse por escrito a cada acreedor prendario subsiguiente los derechos del acreedor prendario anterior. Al celebrar un contrato de prenda, en algunos casos, además del acuerdo del deudor, se requiere un acuerdo de 3 personas. En particular, en virtud del artículo 37 del Código Civil, cuando se disponga de bienes pertenecientes a persona imperfecta, se requerirá conforme a la tutela y autoridad tutelar.

Tipos de garantía:

1) el objeto de la prenda puede transferirse al acreedor prendario (excepción: no bienes muebles);
2) el objeto de la prenda puede quedar en manos del pignorante;
3) el objeto de la prenda permanece con el deudor, pero bajo el candado y la tristeza del deudor.

El contrato puede prever la obligación del que tiene el objeto de la prenda de asegurarlo. El seguro hipotecario está previsto por ley. El contrato de prenda se celebra en forma escrita simple. El contrato de prenda inmobiliaria requiere registro estatal.
Retención de la propiedad del deudor - Surge en virtud de la ley y sólo en virtud de la ley, se celebra el contrato. No hay necesidad. En caso de retención, el acreedor que tiene la cosa para transferir al deudor tiene derecho a retenerla hasta que el deudor cumpla íntegramente su obligación. La retención sólo puede asegurar el cumplimiento de las obligaciones dinerarias. El acreedor tiene derecho a vender la cosa según las reglas previstas para la prenda;

Garantizar- contrato civil en virtud del cual una parte, el fiador, se obliga frente al acreedor de otra persona, es decir, el deudor, a hacerse responsable del cumplimiento por el deudor de su obligación en todo o en parte. La obligación del garante de cumplir con la obligación principal en lugar del deudor surge no en el momento de la celebración del contrato de garantía, sino en el momento en que el deudor no cumple con la obligación principal. Que. el fiador cumple su propia obligación y no la obligación del deudor. El acuerdo de garantía se concluye en una forma escrita simple. El incumplimiento de los requisitos de forma del contrato conlleva su nulidad. Como regla general, el fiador responde solidariamente con el deudor. El contrato sólo puede prever responsabilidad subsidiaria. Como regla general, el fiador es responsable ante el acreedor del deudor por el cumplimiento total de las obligaciones de este último. Sin embargo, el contrato también puede prever una limitación de responsabilidad. El fiador que cumplió la obligación por el deudor tiene derecho a presentar una reclamación regresiva contra él;

garantía bancaria

Sujetos de la Garantía Bancaria:

Garante (Banco, organización de seguros) - garantiza el cumplimiento de las obligaciones de los deudores;
Principal - el principal deudor de la obligación;
El beneficiario es el acreedor de la obligación.

Características distintivas de la Garantía Bancaria:

Compromiso autoindependiente;
- La Garantía Bancaria sólo puede ser revocada si está previsto en ella;
- la intransferibilidad de los derechos, el cambio de personas sólo es posible en los casos expresamente previstos por la Garantía Bancaria;
- compensación por la emisión de la Garantía Bancaria, el principal está obligado a pagar la garantía;
- Una garantía bancaria, un alto grado de formalización de las relaciones, si el principal no cumple con la obligación principal, el beneficiario exige al garante el pago de la cantidad correspondiente suma de dinero, está obligado a adjuntar a este requisito un paquete completo de documentos que justifiquen este requisito.

El fiador tiene derecho a negarse a satisfacer los requisitos sólo en dos casos:
1) no cumplen con los términos de la garantía;
2) la reclamación se presenta después de la expiración del plazo especificado en el garante.
El fiador no tiene derecho a negarse a satisfacer los créditos si ya han sido satisfechos por el comitente, pero el beneficiario los vuelve a reclamar.

Depósito- esta es la cantidad de dinero emitida por una de las partes contratantes a la otra parte a cuenta de los pagos vencidos.

Funciones de depósito:
- prueba;
- seguridad;
- pago.

El consentimiento sobre el depósito es por escrito, su incumplimiento conlleva la aplicación del artículo 162 del Código Civil. Si no es posible determinar la naturaleza del monto desembolsado, se considerará como un pago anticipado.

El contrato de depósito establece que la cantidad se emite como depósito o indica las consecuencias del incumplimiento de la obligación, si es la parte culpable quien dio el depósito, entonces no se le devuelve. Si la parte que recibe el depósito es culpable, está obligado a devolverlo en el 2do tamaño. El monto del depósito se determina por acuerdo de las partes.

La información proporcionada está organizada de acuerdo con siguiente principio: en la primera parte, se ofrece su atención a los métodos reales de asegurar obligaciones, reconocidos como tales por el Código Civil de la Federación Rusa; en el segundo - reconocido tanto internacionalmente como en práctica rusa instrumentos jurídicos o financieros o instituciones de derecho, que por las peculiaridades de su aplicación o ejecución, dan a una de las partes de la transacción garantías muy significativas de obtener lo deseado. Esta clasificación, por supuesto, no requiere el cumplimiento del principio de territorialidad al aplicar los medios de garantizar las obligaciones, todos ellos son aceptables en las relaciones con contrapartes de casi cualquier país del mundo.

Tenga en cuenta que casi todos formas existentes Las obligaciones de aseguramiento exigen el cumplimiento de un conjunto de caracteristicas formales y procedimientos, y por lo tanto sólo puede ser eficaz si se utiliza un enfoque muy cuidadoso para su aplicación.

I. FORMAS DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL RUSO

1. Garantía.

En el caso de una fianza, una persona (fiador) asume la responsabilidad frente al acreedor de otra persona por el cumplimiento total o parcial de la obligación por parte de este último. La garantía prevé el reembolso no sólo de la obligación principal, sino también de las derivadas de la principal (intereses de demora del préstamo, costos legales etc.). Una garantía se utiliza para asegurar no solo las obligaciones existentes, sino también las obligaciones que puedan surgir en el futuro. La garantía debe ser por escrito (contrato).

Existen dos tipos principales de garantías: simples y conjuntas y solidarias (salvo que el tipo esté específicamente especificado en la ley o el contrato, la garantía se considera solidaria). Con una garantía simple, el acreedor puede reclamar el cumplimiento de la obligación por parte del garante solo si es imposible satisfacer sus derechos de la propiedad del deudor principal (la llamada responsabilidad subsidiaria). En caso de garantía solidaria, el acreedor, en caso de mora del deudor principal, puede reclamar el pago de la deuda inmediatamente al fiador o al deudor y al fiador a la vez. Una garantía solidaria es una garantía más realista de asegurar el pago de una deuda. Se permite la pluralidad de fiadores solidarios (es decir, si varias personas dan garantía por el deudor a la vez, responderán solidariamente).

Si se satisfacen los créditos del acreedor, el fiador adquiere el derecho de reclamar contra el deudor el monto de la obligación cumplida.

La garantía se extingue: después de la terminación de la obligación garantizada por ella; en caso de aumento en el monto de la responsabilidad en virtud de una obligación, si el fiador no da su consentimiento a este aumento; en relación con la transferencia de la deuda a otra persona, si el fiador no expresa su consentimiento para hacerse cargo del nuevo deudor; en caso de negativa del acreedor a aceptar la obligación debidamente cumplida; después establecido por el acuerdo fianza a plazo.

2. Garantía bancaria.

Es una obligación por escrito del garante (banco, otra institución de crédito u organización de seguros) pagar de acuerdo con los términos de la obligación dada por él (es decir, al ocurrir ciertas condiciones o provisión de ciertos documentos) una cantidad acordada de dinero (o parte de ella) a la provisión por parte del acreedor del principal (es decir, la persona cuyo cumplimiento de las obligaciones está garantizada) una demanda por escrito para el pago de esta cantidad, confirmada por el documentos importantes. Por lo general, se utilizan garantías contractuales o anticipadas. En el primer caso, el vendedor tiene garantizado el pago de sus bienes o servicios, independientemente de la situación financiera del comprador. En el segundo caso, se garantiza la devolución del anticipo en caso de que el deudor principal incumpla sus obligaciones.

A menos que la propia garantía estipule lo contrario, ésta:

    entra en vigor a partir de la fecha de su emisión;

    no puede ser revocado por el garante;

    el derecho a reclamar en virtud de él no puede ser transferido por el acreedor del deudor (principal) a otra persona;

    la responsabilidad en virtud de la garantía para el deudor se limita al monto de la garantía misma, sin embargo, el acreedor puede presentar una reclamación adicional contra el propio garante, relacionada con el incumplimiento o el cumplimiento indebido por parte de este de sus obligaciones.

El fiador podrá negarse a satisfacer el crédito recibido si considera que los documentos presentados no se ajustan a los términos de la garantía. También es posible rehusar si el fiador tiene conocimiento de que la obligación ya ha sido cumplida o ha quedado sin efecto, pero si el acreedor notificado de estas circunstancias presenta reclamar, el garante no puede negarse a pagar dinero.

El derecho del garante a exigir del principal una compensación por el monto de la garantía pagada depende de los términos del acuerdo entre el garante y el principal.

La garantía se extingue en los siguientes casos: pago del importe de la garantía; vencimiento del período de garantía; renuncia de los derechos del acreedor bajo la garantía.

3. Penalización.

Una sanción (multa, interés moratorio) es una cierta cantidad pagadera por el deudor al acreedor en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación, y el acreedor no está obligado a probar que le ha causado pérdidas. La sanción puede establecerse tanto por ley como por contrato.

La ley o el contrato pueden prever casos en los que se permite recuperar sólo una pena, pero no pérdidas; cuando las pérdidas pueden recuperarse en su totalidad en exceso de la sanción recibida; cuando, a petición del acreedor, se puede recuperar la pena o los daños y perjuicios. En caso de que se establezca una responsabilidad limitada por el incumplimiento o el cumplimiento indebido de las obligaciones (es decir, su talla máxima) los daños sujetos a indemnización en la parte no cubierta por la pena, o en exceso de ella, o en su lugar, podrán ser resarcidos hasta los límites establecidos por dicha limitación.

4. Depósito.

Se reconoce un depósito como una suma de dinero emitida por una de las partes en la transacción a cuenta de los pagos adeudados por ella en virtud del contrato para probar la celebración del contrato y asegurar su ejecución.

Si la parte que emitió el depósito es culpable de incumplimiento del contrato, entonces permanece con la otra parte; si la parte que aceptó el depósito es culpable de incumplimiento, está obligada a devolver a la parte que emitió el depósito el doble del monto del depósito. Además, la parte culpable, salvo disposición en contrario del contrato, está obligada a indemnizar a la otra parte por las pérdidas, compensando el importe de la fianza.

En caso de que las partes acuerdo mutuo rescindir la obligación antes del comienzo de su ejecución, o el cumplimiento se vuelve imposible, el depósito está sujeto a devolución.

5. Retención.

El acreedor, que tiene una cosa no pagada por el deudor, tiene derecho a conservarla hasta el pago total y/o el reembolso de los gastos asociados a su almacenamiento, e incluso después de que los derechos sobre esta cosa sean transferidos a un tercero.

También puede hacerse retención si la deuda no está relacionada con la cosa retenida, sino con otra obligación, si ambos en esta obligación actuaron como empresarios.

Los créditos del acreedor que posea una cosa se satisfarán con su valor en la cantidad y en la forma previstas para la satisfacción de los créditos garantizados con prenda.

6. Promesa.

En virtud de la prenda, el acreedor de una obligación garantizada con prenda (deudor hipotecario) tiene derecho, en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido por parte del deudor de esta obligación, a recibir la satisfacción del valor de los bienes pignorados preferentemente sobre otros acreedores de la persona que posee esta propiedad (deudor hipotecario), con las excepciones establecidas por la ley. El acreedor prendario tiene derecho a recibir satisfacción en las mismas condiciones de compensación de seguro por la pérdida o daño de los bienes pignorados, cualquiera que sea el beneficio del que se asegure, a menos que la pérdida o daño se haya producido por causa de la que sea responsable el acreedor prendario.

El pignorante puede ser el propio deudor o un tercero, y sólo puede ser prendada cosa sobre la cual el pignorante tenga derecho de dominio o plena administración económica; es posible dar en prenda un derecho propio de una persona, así como el derecho de arrendamiento o el derecho sobre otra cosa con el consentimiento de su dueño o del dueño del derecho. Un derecho que está indisolublemente ligado a una persona (alimentos) no puede ser objeto de prenda; cosa retirada de la circulación (arma militar).

La prenda garantiza el crédito en la cantidad que exista en el momento de la satisfacción de este crédito, incluyendo la multa, el interés bancario, los gastos del acreedor prendario para el mantenimiento de la cosa prendada, etc.

Hay una distinción entre una prenda con el abandono de la propiedad con el pignorante (o un tercero a quien el pignorante transfirió esta propiedad), y un error tipográfico o la imposición de otros signos que indiquen que la prenda está permitida (pero no obligatoria), y una prenda con la transferencia de la propiedad al acreedor prendario. Las obligaciones por el mantenimiento, almacenamiento de los bienes pignorados, así como la distribución del posible riesgo de destrucción de los bienes pignorados se distribuyen según el tipo de prenda. Un contrato o ley puede prever la prenda de cosas y derechos de propiedad que el pignorante adquirirá en el futuro.

si no antes prohibición establecida, se permite una prenda posterior (secundaria), con la obligación de notificar a los acreedores posteriores sobre los gravámenes existentes.

La disposición del objeto de la prenda, por regla general, sólo se permite con el consentimiento del acreedor prendario, pero el contrato no puede restringir el derecho a legar la propiedad prendada. La prenda se conserva en caso de transmisión de la propiedad o de gestión económica plena del objeto de la prenda a otra o varias personas.

La ejecución hipotecaria en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de una obligación solo es posible mediante una decisión judicial o un acuerdo notariado entre el deudor y el acreedor, concluido después de que surgieron los motivos para la recuperación. En los casos específicamente estipulados por la ley, la ejecución hipotecaria sólo es posible por decisión judicial.

La realización del objeto de la prenda se lleva a cabo el subasta pública, con un retraso (por decisión judicial) de no más de un año, y tal retraso no exime al deudor de la compensación de intereses y otras pérdidas relacionadas. Si la subasta es declarada nula, el acreedor prendario tiene derecho a adquirir en propiedad el objeto de la prenda, compensando sus pretensiones en el precio de compra. Si el producto de la subasta no es suficiente para satisfacer las reclamaciones del acreedor pignoraticio, puede recibir la cantidad faltante de otros bienes del deudor, pero al mismo tiempo no tendrá ventaja sobre otros acreedores del pignorante.

El juramento termina:

    como consecuencia de la extinción de la obligación garantizada por él;

    a petición del acreedor prendario, si el acreedor prendario, con quien quedó el objeto de la prenda, viola gravemente sus obligaciones relativas a su mantenimiento;

    en caso de destrucción del objeto de prenda o extinción del derecho prendado por causa ajena a las partes, y el deudor no ofrece otro objeto de prenda;

    en caso de ejecución hipotecaria y venta de la cosa dada en prenda.

II. FORMAS DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN LA PRÁCTICA INTERNACIONAL

7. Pagaré.

Una letra de cambio es un valor que certifica una obligación incondicional del librador (pagaré) u otro pagador especificado en la letra (letra de cambio) de pagar una determinada cantidad al propietario de la letra (tenedor de la letra) al vencimiento de el plazo estipulado por el proyecto de ley.

En una letra de cambio, o letra de cambio (lettre de change, die Tratte, der Gezogene, letra de cambio), solo se indica el pagador, ya que el destinatario puede determinarse como resultado de muchos endosos (endosos realizados en el reverso de la letra; además, las personas que hacen los endosos -los endosantes- responden no sólo de la existencia de la obligación, sino también de su validez, es decir, a cualquiera de ellos se le puede presentar la demanda de pago de la letra). Una letra de cambio moderna contiene una orden del librador a otra persona, el pagador, para pagar al tenedor de la letra o su orden una cierta cantidad de dinero indicada en la letra. fijar tiempo o a la presentación de la letra por el tenedor de la letra.

Un pagaré (billet a 'l'ordre, der eigene Wechsel, pagaré) indica el nombre no solo del pagador, sino también del destinatario, es decir, es un valor registrado, y solo dos personas participan en relaciones bajo un pagaré: el librador (él el pagador) y el tenedor de la letra. Un pagaré, a diferencia de una letra de cambio, contiene una obligación incondicional del librador de pagar una cierta cantidad nombrada en la letra al tenedor o su orden al presentar el documento o dentro del plazo prescrito. Así, el librador y el pagador coinciden en una sola persona.

En su propio modo naturaleza juridica una letra de cambio es una obligación dineraria abstracta, expresada en forma escrita y estrictamente legal. El carácter abstracto de la obligación del pagaré radica en el hecho de que el pagaré conserva su fuerza legal independientemente de las razones que sirvieron de base para su emisión. La obligación de la letra de cambio de pagar la deuda es indiscutible e incondicional. Es decir, una letra de cambio aceptada por el banco del comprador servirá de base para exigir el pago de la misma, incluso si el contrato se rescinde por culpa del vendedor.

Para recibir fondos bajo una letra de cambio, es posible una aceptación por parte del pagador, es decir en la factura "aceptada" u otra palabra equivalente se escriba, o en lado delantero la factura es firmada por el pagador. Una aceptación debidamente ejecutada confirma el lugar y la hora del pago futuro. La aceptación es posible si así lo estipula el librador, o, en otras condiciones, no prohibidas por él, en el momento señalado por el librador. Si el librador no ha declarado la letra no sujeta a aceptación, entonces su presentación a aceptación podrá ser condicionada por cualquier endosante.

Para hacer más confiable una factura, puede pedirle al librador que la avalúe. Aval (francés, alemán Aval) es una garantía de letra de cambio prevista por la Convención de Ginebra. Aval se expresa mediante las palabras "to count as aval" o palabras equivalentes escritas en el pagaré, y está firmado por el avalier. Esta garantía es otorgada por un tercero o incluso por uno de los firmantes de la letra. Para el aval, basta una sola firma, puesta por el avalista en el anverso de la letra, a menos que esta firma la ponga el pagador o el librador. El aval debe indicar a costa de quién se entregó. A falta de tal indicación, se considera dada para el librador. El aval de un pagaré es una forma específica de garantía y tiene varias diferencias con las garantías emitidas por los bancos para garantizar los pagos de los pagarés aceptados.

Una letra puede servir como medio de pago y como medio de crédito. Durante el período de validez de la letra (antes de la fecha de vencimiento), el tenedor de la letra puede necesitar efectivo. Luego se dirige al banco y le transfiere la letra (y el derecho expresado en ella) a cambio del pago de la cantidad indicada en ella. Luego, el banco presenta la factura para su pago cuando vence. Para esta operación, denominada "contabilización de letras", el banco cobra un determinado interés ("cuenta") al tenedor de la letra como comisión por el servicio.

En comercio exterior, el pagaré se utiliza principalmente como medio para formalizar relaciones de crédito y liquidación. Las letras de cambio documentan la deuda del importador con un préstamo comercial y la relación entre bancos en la provisión de préstamos bancarios. En relación con el uso de un préstamo de aceptación-reembolso, el llamado aceptaciones bancarias, es decir, letras de cambio emitidas por el importador al banco y aceptadas por este último. Esto tiene ventajas obvias para ambas partes: el exportador obtiene un documento negociable que puede convertir en efectivo de inmediato, y el comprador obtiene un cierto pago diferido, a menos que la letra de cambio sea pagadera a la vista.

Dichos billetes, debido a su excepcional fiabilidad, cumplen con éxito el papel de medio de pago internacional.

La letra de cambio se convirtió casi en un elemento integral en la liquidación de cartas de crédito documentarias y, finalmente, la letra asumió la función de cobro de deudas, es decir, un medio para obtener el pago contra documentos de título en cartas de crédito y cobranza. operaciones.

Debe tenerse en cuenta que la forma de una factura está determinada por la ley del país donde se emite (emite). Si un importador inglés de bienes en Londres factura una letra de cambio a un exportador ruso, entonces su forma y validez están determinadas por la ley inglesa de letras de cambio. Si un importador ruso emite un giro a un exportador estadounidense, entonces su forma y validez están determinadas por legislación rusa. Actualmente válido la ley federal de fecha 11 de marzo de 1997 No. 48-FZ “Sobre transferencia y pagaré” que dispone que lo que está en el territorio Federación Rusa se aplica el Reglamento sobre una letra de cambio y un pagaré, aprobado por el decreto del Comité Ejecutivo Central y el Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS del 7 de agosto de 1937.

Establece los siguientes detalles de una letra de cambio:

1) el nombre "proyecto de ley" incluido en el texto mismo del documento y expresado en el idioma en que está redactado este documento;

2) una oferta simple e incondicional de pagar una determinada cantidad;

3) el nombre de la persona que debe pagar (el pagador);

4) indicación del plazo de pago;

5) una indicación del lugar donde se realizará el pago;

6) el nombre de la persona a quien o por cuya orden debe hacerse el pago;

7) la firma de la persona que emite la letra (librador). Si una letra de cambio no especifica una fecha de vencimiento, se paga "a la vista".

Todos los requisitos anteriores se aplican a un pagaré, excepto la indicación del pagador (lo mismo que el librador).

Los países del sistema de derecho angloamericano (EE.UU., Gran Bretaña, India, Canadá, Israel, Australia, etc.) no firmaron la Convención de Ginebra de 1930 debido a la gran especificidad de su legislación, basada en los principios de la Ley de letras de cambio inglesas de 1882. Las características más significativas del derecho angloamericano son las siguientes: requisito obligatorio la palabra "factura"; se permite la emisión de una letra al portador; ausencia de la institución de la garantía de la letra de cambio (aval).

En caso de impago de la letra, el tenedor de la letra hace un "protesta" de la letra, que normalmente se realiza en un procedimiento notarial como confirmación oficial del hecho del impago de la letra para la ejecución posterior. de la deuda en la factura.

8. Carta de crédito.

Es un contrato (carta de crédito, carta de crédito, akkreditiv), en virtud del cual el banco (emisor), actuando a petición y de acuerdo con las instrucciones de su cliente o por cuenta propia:

    debe realizar el pago a un tercero oa su beneficiario (beneficiario) o debe aceptar y pagar giros emitidos por el beneficiario;

    autoriza a otro banco a realizar un pago similar oa aceptar y pagar giros;

    autoriza a otro banco a comprar o contabilizar contra los documentos estipulados por los términos de la carta de crédito, si se cumplen todos ellos.

Todas las cartas de crédito deben incluir una fecha de vencimiento.

Una carta de crédito, por su naturaleza, es una transacción separada del contrato de venta u otro contrato en el que se basa, es decir, los bancos no están obligados de ninguna manera por los términos del contrato bajo el cual se realiza el pago. En las operaciones con cartas de crédito, todos los interesados ​​se ocupan únicamente de documentos, pero no de bienes vendidos o servicios prestados, u otro tipo de cumplimiento de obligaciones.

Una carta de crédito documentario debe contener una indicación de si es revocable o irrevocable, en ausencia de tal indicación, se reconoce como irrevocable. Solo una carta de crédito irrevocable puede considerarse como un medio para garantizar una obligación, es decir, una carta de crédito que no puede ser revocada por el banco emisor en unilateralmente. A veces, se utiliza una carta de crédito irrevocable confirmada para garantizar obligaciones. En este caso, el banco emisor solicita al banco receptor que confirme la carta de crédito que abre a favor del cliente del banco receptor. Ahora el acreedor (la persona a cuyo favor se abre la carta de crédito) puede recibir dinero de su banco (receptor), que ya saldará cuentas con el banco emisor.

Como regla general, todos los documentos presentados al banco para recibir dinero bajo una carta de crédito confirman la propiedad de cualquier bien o valor intangible, así como su envío al destinatario y, por lo tanto, pueden describirse con suficiente detalle en el "Protocolo de aceptación". (o en documentos bancarios especiales). formularios). Este protocolo describe los documentos y su contenido, según los cuales el banco debe emitir dinero de una cuenta de carta de crédito. Este es un documento muy formal y la más mínima inconsistencia de los documentos implica una negativa a emitir dinero.

En la práctica, muy a menudo hay casos en que los pagos deben transferirse por partes (según el calendario de llegada de mercancías, etc.). Los términos de la carta de crédito pueden permitir un uso parcial, pero dichos términos deben negociarse cuidadosamente. Una carta de crédito también puede ser renovable, es decir, renovable. Por lo general, se usa cuando se trata de grandes compras de un producto. A medida que llegan los bienes y se paga el dinero, la carta de crédito se repone y no hay necesidad de abrir una nueva carta de crédito cada vez.

La carta de crédito puede ser transferible (transferible), es decir, el primer beneficiario (a cuyo nombre se abre la carta de crédito) puede solicitar al banco el cumplimiento de obligaciones de pago (aceptación de giros, negociación) a favor de terceros. A veces se usa el término erróneo "carta de crédito divisible" (fraccional, transferible, asignable) para indicar transferibilidad - los bancos, si se usan estos términos, no lo toman en cuenta.

El banco, al que se le confía la obligación de aceptar documentos, y si se confirma la carta de crédito, y la obligación de pagar dinero, no es responsable de la autenticidad de los documentos presentados. Su tarea es solo verificar la conformidad de los documentos presentados por el vendedor y los descritos en el protocolo.

En general, una carta de crédito irrevocable, confirmada por un banco de primera clase, es garantía suficiente de que el pago se realizará en su totalidad ya tiempo. Debe tenerse en cuenta que los bancos occidentales cobran hasta un 5% por trimestre por abrir una carta de crédito, y la pregunta a cargo de quién se hará esto invariablemente surgirá ante los socios.

9. Comprobar.

Un cheque es un documento de la forma establecida que contiene una instrucción escrita del librador al pagador para pagar la cantidad especificada al tenedor del cheque. Al igual que una factura, un cheque es un valor.

El cheque, además del nombre real "cheque", debe contener:

1) una instrucción al pagador para pagar una cantidad específica de dinero;

2) el nombre del pagador (en todos los países) y el número de la cuenta desde la que se realizará el pago (en Rusia);

3) indicación de la moneda de pago;

4) indicación de la fecha y lugar de emisión del cheque;

5) la firma del librador (por entidades legales también imprimiendo).

La firma solo es posible a mano, aunque el llenado es posible por cualquier medio.

Se puede emitir un cheque a nombre de una persona específica con o sin la cláusula de "pedido" (cheque de pedido); oa una persona determinada con la cláusula "no a la orden" (un cheque personal que no es transferible); o con una indicación de "portador" o sin ninguna indicación (cheque al portador).

La legislación rusa no permite la posibilidad de aceptación de un cheque por parte del pagador; en los países angloamericanos, la mayoría de las disposiciones sobre giros (letras de cambio) se aplican a un cheque, incluida la aceptación.

Las reglas para hacer endosos y aval son básicamente idénticas a las reglas establecidas para las letras.

El cheque se puede cruzar, es decir, en el anverso del cheque, se dibujan dos líneas paralelas sin marca o con una marca "banco" entre ellas (cruce general) o con el nombre de un pagador específico ingresado entre las líneas (cruce especial). En este caso, existen restricciones sobre la composición de las personas que pueden presentar un cheque para el pago, o están obligadas a pagar en un cheque.

Si el anverso del cheque está marcado como "liquidación", no será posible recibir dinero en efectivo en él, y el pago del cheque se realiza mediante asientos en las cuentas (además, la inscripción tachada "liquidación" se considera inválido).

En el territorio de la Federación de Rusia, se paga un cheque (se le puede presentar) dentro de los siguientes términos:

    si se emite en el territorio de la Federación Rusa - 10 días;

    si se emite en la CEI - 20 días;

    si se emite en el territorio de otro estado - 70 días.

Los términos de presentación de cheques están sujetos a las reglas del impacto de la fuerza mayor (fuerza mayor), es decir. su validez podrá prorrogarse por un período adecuado.

El hecho de negarse a pagar un cheque debe ser certificado por un notario o por la firma del pagador, y puede ser impugnado en juicio.

La forma del cheque debe cumplir con los requisitos de la legislación del país donde se emitirá para el pago.

10. Seguro.

El seguro es también una de las formas de garantizar las obligaciones. Hay dos tipos principales de dicho seguro. Más allá del seguro Trafico de mercancias como forma de asegurar la entrega de la carga, es el seguro de crédito, el cual consideraremos.

En caso de concesión de un crédito a la exportación, el asegurador aporta, por regla general, el 70-80% del importe del contrato. Esto se debe a que la elección del importador recae en el asegurado y la parte que eligió al cliente insolvente debe incurrir en pérdidas. Por regla general, el contrato de seguro incluye un seguro contra riesgos comerciales y políticos. Es decir, el pago de la suma asegurada se debe no sólo al incumplimiento por parte del importador de sus obligaciones, sino también a la imposibilidad de cumplirlas por circunstancias políticas o de fuerza mayor. Este método de asegurar obligaciones es bastante bueno, a pesar de su alto costo. Solo es necesario cumplir con algunos requisitos, tales como:

1) estudio cuidadoso de las definiciones de eventos asegurados en el contrato de seguro;

2) conclusión de un acuerdo con una gran compañía de seguros (capaz de indemnizar).

11. Arrendamiento (reserva de derechos de propiedad).

Un tipo especial de transacciones, cuya esencia es que la propiedad de la propiedad que se vende (estas transacciones solo son posibles en relación con bienes muebles) permanece con el vendedor hasta el pago total del precio de la transacción (los pagos se hacen a plazos) , y el riesgo de pérdida o daño se transfiere al comprador desde la transferencia de la propiedad. Como regla general, se notifica a los terceros sobre esta característica de la transacción (es decir, la información no está cerrada para el acceso). Así, en caso de quiebra del comprador, antes del momento de la redención total, el vendedor puede devolver su propiedad, que no está incluida en la masa de la quiebra.

12. Reservas de divisas.

El único medio para garantizar no el pago en sí, pero su tamaño suficiente. Son una condición incluida en el contrato, según la cual el pago debe hacerse por el monto debido al "contenido de oro" en esta moneda. Hay dos tipos: "oro" y "moneda".

El "oro", a su vez, es de tres tipos: moneda de oro, lingotes de oro, moneda de oro.

1) el precio estaba ligado a un cierto número de monedas de oro de una determinada denominación, ley y peso, y perdió su valor después de la Primera Guerra Mundial, cuando las monedas de oro quedaron fuera de circulación en casi todas partes;

2) en este momento todavía se usa, pero principalmente en acuerdos interestatales, ya que el precio se fija en un cierto peso de oro;

3) el precio de los bienes se fija en función del contenido de oro en una determinada moneda; cuando el tipo de cambio fluctúa según el contrato, se paga una cantidad idéntica a la cantidad de oro fijada al concluir el contrato.

Cláusula de "moneda": la "fijación" habitual de la tasa de la moneda "suave" a la tasa de la moneda "dura", fijada en el contrato y que permite a las partes protegerse de la inflación.

Los métodos descritos anteriormente agotan las formas más utilizadas y más confiables para asegurar las obligaciones. Espero que gracias a este memorándum haya recibido una comprensión suficiente de los mismos. Por supuesto, no rechazo la oportunidad de brindarle asistencia real si es necesario.

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PROVISIONES GENERALES

Formas de asegurar el cumplimiento de las obligaciones- son instituciones que garantizan al acreedor el ejercicio de sus derechos por el deudor o por un tercero bajo pena de consecuencias adversas.

Los métodos de aprovisionamiento son ampliamente utilizados en circulación civil. A ellos lista indicativa estipulado por el Código Civil de la Federación Rusa: confiscación, depósito, prenda, garantía, retención, garantía bancaria. Otras leyes pueden prever otros métodos de garantía (por ejemplo, la ley federal "Sobre la insolvencia (quiebra)" prevé una garantía estatal y municipal).

A actividad empresarial Los pagos bajo una carta de crédito se utilizan como método de seguridad.

La prestación de un seguro (por ejemplo, la responsabilidad (inciso 2 del artículo 587 del Código Civil) puede considerarse como un método de garantía).

La seguridad puede ser proporcionada:

q Sólo por el deudor (decomiso, depósito, deducción).

q Sólo por un tercero (garantía, aval bancario).

q Tanto por el deudor como por un tercero (garantía).

En relación con la obligación garantizada, las modalidades de garantía (con excepción de la garantía bancaria) son accesorias (dependientes) y en caso de extinción de la obligación principal, su reconocimiento como nulo, no concluido, la modalidad de garantía pierde su fuerza.

La base para el surgimiento de relaciones relacionadas con la garantía puede ser una ley o un acuerdo.

MULTA

- esto es determinado por la ley o por acuerdo, la cantidad de dinero que el deudor está obligado a pagar al acreedor en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación (cláusula 1, artículo 330 del Código Civil de la Federación Rusa).

Un acuerdo sobre una pena debe hacerse por escrito, independientemente de la forma de la obligación subyacente. El incumplimiento de la forma escrita conlleva la nulidad del acuerdo sobre la sanción.

Clasificación de las penas:

I. Por causa de ocurrencia:

ü Legal - esta es una pena, cuyo pago el acreedor tiene derecho a exigir, independientemente de si la obligación de pagar está prevista por acuerdo de las partes. La cuantía de la sanción legal podrá ser aumentada por acuerdo de las partes, salvo que la ley lo prohíba.

ü Contractual - esta es una sanción establecida por acuerdo de las partes (la base para la ocurrencia de una sanción es un contrato).

II. Dependiendo de los métodos de cálculo:

à La propia sanción (una sanción en sentido estricto).

à Una multa es una sanción impuesta por una acción (omisión) que viola una obligación.

à La pena es una cierta cantidad de dinero que el deudor está obligado a pagar al acreedor por cada día (u otro período) de retraso. Como regla general, la sanción se determina como un porcentaje del monto del pago atrasado.



tercero En relación a las pérdidas:

· Compensación: esta es una multa, cuyo monto se incluye en el monto total de las pérdidas, es decir, si se establece una sanción por incumplimiento o cumplimiento indebido de una obligación, las pérdidas se reembolsan en la parte no cubierta por ella (párrafo 1, cláusula 1, artículo 394 del Código Civil de la Federación Rusa).

· Sanción - esta es una sanción en la que las pérdidas se recuperan en su totalidad en exceso de la sanción (párrafo 2, inciso 1, artículo 394 del Código Civil).

· Excepcional - esta es una sanción en la que se permite la recuperación de sólo la sanción y se excluye la recuperación de cualquier pérdida.

· Alternativa - esta es una sanción en la que se recuperan daños o una sanción a elección del acreedor.

En caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de una obligación garantizada con una pena, el deudor puede pagar la pena en voluntario. Si esto no sucede, entonces se recupera por una decisión judicial.

Características de la pena:

v Se cobra una sanción en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación principal, independientemente de que el acreedor haya sufrido pérdidas como consecuencia de este delito.

v Si el deudor no es responsable por el incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación, entonces el acreedor no tiene derecho a exigir el pago de una multa.

v El tribunal puede (pero no está obligado a) reducir la pena pagadera si es claramente desproporcionada a las consecuencias del incumplimiento de la obligación (artículo 333 del Código Civil). El importe de la sanción por consecuencias desproporcionadas puede reducirse junto con la reducción de la responsabilidad del deudor por el hecho de que el incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación se produjo por culpa de ambas partes (artículos 333, 404 del Código Civil ).

PROMESA

- se trata de una obligación accesoria, según la cual el acreedor prendario tiene derecho, en caso de mora del deudor, a satisfacer sus créditos con el valor de los bienes pignorados, predominantemente sobre los demás acreedores del deudor, con las excepciones establecidas por la ley .

Cuando se utiliza una obligación colateral, debe existir una obligación principal asociada, por regla general, al pago de dinero.

Esencia de garantía consiste en la satisfacción preferente de los créditos a expensas del valor de los bienes pignorados. El derecho de suscripción preferente significa que el acreedor prendario tiene derecho a satisfacer sus créditos antes que los demás acreedores, a pesar de que éstos tenían una obligación en tiempo anterior al contrato de prenda.

Sujetos de las relaciones de prenda:

ü Un acreedor prendario es un acreedor bajo una obligación garantizada.

ü El pignorante es el propio deudor o un tercero que sea propietario u otro legítimo propietario cosas, si la posesión permite la transmisión de bienes en prenda (por ejemplo, empresas unitarias sobre el derecho de gestión económica, pueden comprometer de forma independiente bienes muebles e inmuebles, con el consentimiento del propietario).

sujeto de compromiso puede ser:

§ Cosas, con excepción de las retiradas de la circulación. A su vez, el derecho de prenda se extiende a los accesorios relacionados con la cosa. La prenda sobre frutos, productos y rentas percibidas por la venta de cosas dadas en prenda sólo se aplica en los casos previstos en el contrato.

§ Derechos de propiedad, con excepción de los derechos indisolublemente ligados a su titular y derechos cuya cesión está prohibida.

Cuando se vende el objeto de la prenda (enajenación del bien pignorado), la prenda no cesa y el nuevo propietario se convierte en pignorante.

Si la propiedad - objeto de la prenda es embargada por el estado y:

§ A cambio, se entregan otros bienes, luego se les aplica una prenda.

§ No se entregan otros bienes a cambio, entonces se extingue la prenda.

§ Se paga la compensación por el valor del inmueble, luego el acreedor hipotecario adquiere derecho de suscripción preferente satisfacer sus reclamaciones a través del reembolso.

En todo casos especificados el acreedor prendario tiene derecho a exigir el cumplimiento anticipado de la obligación garantizada.

Una prenda puede surgir sobre la base de:

Ø Ley (por ejemplo, párrafo 5 del artículo 488, artículo 586 del Código Civil).

Ø Contrato (un contrato de prenda se celebra por escrito. Si el objeto son bienes muebles o derechos que garantizan un contrato que requiere notarización, el contrato de prenda debe ser notariado. Si el objeto de la prenda son bienes inmuebles, el contrato está sujeto a registro estatal. El contrato debe indicar: el objeto de la prenda, el avalúo del objeto, la naturaleza, cuantía y plazo para el cumplimiento de la obligación principal, indicación de quién se queda con la cosa).

Derechos y obligaciones de los sujetos de las relaciones prendarias:

El pignorante o acreedor prendario, según sea el titular de los bienes pignorados, está obligado, salvo disposición legal o convenio en contrario:

¨ Asegurar a expensas del pignorante los bienes pignorados en su valor total contra los riesgos de pérdida y daño, y si el valor total de los bienes excede el monto del crédito garantizado por la prenda - por una cantidad no menor al monto de la demanda.

¨ Tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los bienes dados en prenda, incluso para protegerlos de usurpaciones y reclamos de terceros.

¨ Notificar inmediatamente a la otra parte de la amenaza de pérdida o daño a los bienes pignorados.

El acreedor prendario y el pignorante tienen derecho a comprobar por documentos y de hecho la presencia, cantidad, estado y condiciones de almacenamiento de los bienes pignorados en poder de la otra parte.

Derechos del acreedor hipotecario:

Ø Utilizar el objeto de la prenda que se le transfiera en los casos previstos en el contrato, presentando periódicamente un informe sobre el uso al pignorante.

Ø El acreedor prendario, que tuvo o debió tener el bien pignorado, tiene derecho a reclamarlo de la posesión ilícita de otro, incluso de la posesión del pignorante.

Ø En los casos en que, en los términos del contrato, se conceda al acreedor prendario el derecho a usar el objeto de la prenda que se le transfiera, podrá exigir de otras personas, incluido el pignorante, la eliminación de cualquier violación de su derecho, incluso si estas violaciones no estaban relacionadas con la privación de posesión.

Ø Prestar su consentimiento para la sustitución del objeto de la prenda, salvo disposición legal o contractual en contrario.

Ø Exigir la ejecución anticipada de la obligación garantizada por la prenda en los casos en que el objeto de la prenda haya salido de la posesión del deudor, violación por parte del deudor de las reglas sobre reposición del objeto de la prenda, pérdida del objeto de la prenda por circunstancias de que el acreedor prendario no es responsable.

Obligaciones del acreedor hipotecario:

ª El acreedor prendario es responsable de la pérdida o daño total o parcial del objeto de la prenda que se le transfirió, a menos que pruebe que puede liberarse de la responsabilidad.

ª El acreedor prendario es responsable de la pérdida del objeto de la prenda por el importe de su valor real, y por su daño - en la cantidad en que este valor haya disminuido, independientemente de la cantidad en que estaba valorado el objeto de la prenda cuando fue transferido al acreedor prendario.

ª En virtud del contrato, el acreedor prendario puede estar obligado a extraer frutos y rentas del objeto de la prenda para pagar la obligación principal o en interés del pignorante.

Derechos del deudor:

· El deudor tiene derecho a rechazar el objeto de la prenda y exigir una compensación por su pérdida si, como resultado del daño, ha cambiado tanto que no puede ser utilizado para el fin previsto.

· El pignorante, que es deudor de una obligación garantizada, tiene derecho a compensar la reclamación contra el acreedor prendario de compensación por las pérdidas causadas por la pérdida o daño del objeto de la prenda, en pago de la obligación garantizada por la prenda.

Si el objeto de la prenda se pierde o daña, o se extingue el derecho de dominio sobre él o el derecho de gestión económica por las causas establecidas por la ley, el pignorante tiene derecho a tiempo razonable restituir el objeto de la prenda o sustituirlo por otro de igual valor, salvo disposición en contrario del contrato.

· El pignorante tiene derecho, salvo que el contrato disponga lo contrario y no se derive de la naturaleza de la prenda, de utilizar el objeto de la prenda de acuerdo con su finalidad, incluso obtener frutos y rentas de ella.

A menos que la ley o el contrato dispongan otra cosa y no se derive de la naturaleza de la prenda, el deudor tiene derecho a enajenar el objeto de la prenda, arrendarlo o uso libre a otra persona o disponer de él de otro modo sólo con el consentimiento del acreedor prendario.

· Legar el inmueble hipotecado.

En caso de violación grave por parte del acreedor prendario de sus obligaciones, creando una amenaza de pérdida o daño a los bienes pignorados, el pignorante tiene derecho a exigir terminación anticipada promesa.

Obligaciones del deudor: A menos que se disponga lo contrario en el contrato de prenda, el pignorante asume el riesgo de pérdida accidental o daño accidental de la propiedad pignorada.

Realización de garantías:

Los bienes dados en prenda sólo pueden realizarse después de que el deudor no cumpla o cumpla indebidamente la obligación. Se puede denegar la ejecución hipotecaria de la propiedad dada en prenda si la violación de la obligación principal es extremadamente leve y las reclamaciones del acreedor prendario son claramente desproporcionadas con respecto al valor de la propiedad dada en prenda.

La solicitud de bienes hipotecados se realiza si:

ü El objeto de la prenda es un bien inmueble:

Por decisión del tribunal.

¨ Sobre la base de un acuerdo notarial entre el deudor hipotecario y el acreedor prendario.

ü El objeto de la prenda son los bienes muebles:

ª Por sentencia judicial, si está expresamente previsto en el contrato de prenda o el pignorante se opone a la venta.

ª Sobre la base de un acuerdo notarial entre el deudor hipotecario y el acreedor prendario.

ª Sobre la base de la inscripción de la certificación de un notario (en los casos previstos por la ley) (por ejemplo, el apartado 5 del artículo 358).

Por orden judicial, la recuperación siempre se lleva a cabo si:

Ñ ​​Se requiere el consentimiento o permiso de otra persona o autoridad para celebrar un contrato de prenda.

Ñ ​​​​El objeto de la prenda es un bien que tiene un significado histórico, artístico o de otro tipo Valor cultural para la sociedad

Ñ ​​El deudor está ausente y es imposible establecer su ubicación.

Por regla general, la venta del bien pignorado se realiza con subasta pública Sin embargo, a petición del deudor, el tribunal puede retrasar su venta hasta por un año.

Precio inicial determinado por el tribunal o por acuerdo de las partes. Si no se hace la primera subasta, la cosa puede ser, por acuerdo entre el pignorante y el acreedor prendario, adquirida por el acreedor prendario a cuenta de la deuda, o se anuncian subastas repetidas. Si no se hicieren, el acreedor prendario tiene derecho a conservar la cosa para sí con una tasación no superior al 10% inferior al precio de la primera subasta (este derecho tiene una vigencia de un mes).

Tipos de garantía:

1) Hipoteca - prenda bienes raíces. Este tipo prenda además del Código Civil de la Federación Rusa está regulada por la Ley "Sobre Hipoteca". El contrato está sujeto a registro estatal. Una condición esencial del contrato es el precio del objeto de la prenda y la obligación principal.

2) La prenda en firme es prenda cuando la cosa prendada permanece con el deudor, pero se le imponen varias clases de signos (sellos) que indican que la cosa está en prenda.

3) La prenda es una prenda con la transferencia de una cosa al acreedor prendario. Este tipo de garantía no está permitida en relación con locales residenciales.

4) Prenda de cosas en casa de empeño.

Ø La base es un contrato de préstamo a corto plazo.

Ø El objeto de la prenda son sólo las cosas muebles.

Ø La forma del contrato es un boleto de prenda (no se requiere notarización).

Ø La casa de empeño no tiene derecho a usar y disponer de la cosa, pero está obligada a asegurarla a favor del pignorante.

Ø La realización de la cosa empeñada se realiza sobre la base de inscripción ejecutiva notario después de la expiración de un período de gracia de un mes, calculado a partir de Día siguiente plazo devolución de préstamo

Ø La venta de una cosa se hace por medio de oferta pública, y no por subasta.

5) Prenda de bienes en circulación.

© El sujeto de la prenda no se individualiza, sino que se determina nombrando e indicando coste total. En este caso, el pignorante tiene derecho a cambiar la composición y forma natural de los bienes pignorados manteniendo el valor total.

© El acreedor pignoraticio tiene derecho a verificar el cumplimiento de la condición sobre el precio, para lo cual el pignorante está obligado a llevar un libro de prendas, que refleje todas las transacciones con los bienes pignorados.

© Desde el momento de la enajenación de la cosa prendada, se extingue la prenda.

GARANTIZAR

La fianza se formaliza mediante un contrato de comisión.

contrato de agencia Es un contrato en virtud del cual el fiador se obliga a ser responsable ante el acreedor de otra persona del cumplimiento por ésta de sus obligaciones.

La forma del contrato de cesión es por escrito. El incumplimiento de esta forma acarrea la nulidad del contrato de agencia (artículo 362 del Código Civil).

Frente al acreedor, el deudor y el fiador son solidariamente responsables, salvo disposición en contrario de la ley o del contrato (artículo 363 del Código Civil). En este caso, el fiador tiene derecho a oponer al acreedor las objeciones que pudiera oponer el propio deudor.

Salvo disposición en contrario del contrato, el fiador responde frente al acreedor en la misma medida que el deudor:

§ Monto de la deuda principal.

§ Pago de intereses como remuneración.

§ Pago de intereses en concepto de penalidades.

§ Costos legales.

§ Otras pérdidas del acreedor.

Un acuerdo de garantía puede limitar la responsabilidad de la garantía. El fiador que ha cumplido una obligación por el deudor se convierte en su acreedor y, además de lo que ha hecho al acreedor, puede exigir:

§ Pago de intereses conforme al art. 395 del Código Civil, a menos que se disponga una cantidad diferente por acuerdo entre el deudor y el fiador.

§ Compensación por otras pérdidas.

La garantía termina(Artículo 367 del Código Civil de la Federación Rusa):

v En caso de extinción de la obligación garantizada por ella (por cumplimiento, imposibilidad de cumplimiento, etc.).

v En el caso de un cambio en la obligación garantizada por él, si esto implica un aumento de la responsabilidad u otras consecuencias adversas para el garante, a las que no da su consentimiento (por ejemplo, el monto de los intereses pagados por el deudor bajo un aumentos del contrato de préstamo).

v Cuando se transfiera una deuda en virtud de una obligación garantizada a otra persona, si la garantía no ha acordado que el acreedor se haga cargo del nuevo deudor.

v Si el acreedor se negare a aceptar el debido cumplimiento ofrecido por el deudor o fiador.

v Expiración del plazo por el cual se da la garantía. Si no se fija tal plazo, la fianza se extinguirá si el alimentista no presenta reclamación contra la fianza dentro del año siguiente a la fecha del vencimiento del cumplimiento de la obligación garantizada por la fianza. Cuando no se señale el plazo para el cumplimiento de la obligación principal y no pueda determinarse o determinarse por el momento de la demanda, la fianza se extinguirá a menos que el acreedor presente una reclamación dentro de los dos años siguientes a la fecha de celebración del contrato de fianza.

MANTENER

- este es el derecho subjetivo del acreedor a retener la cosa que ha de transferir al deudor o a la persona indicada por él, en caso de que el deudor no cumpla con la obligación de pagar por esta cosa o de reembolsar al acreedor por la costos y otras pérdidas asociadas con él.

El derecho de retención garantiza la obligación del cliente en virtud del contrato de trabajo de pagar al contratista la cantidad que se le debe (artículo 712 del Código Civil de la Federación Rusa); reclamaciones de un abogado que actúa como representante comercial en virtud de un contrato de agencia (cláusula 3, artículo 972 del Código Civil de la Federación Rusa); reclamaciones del comisionista en virtud de un acuerdo de comisión (cláusula 2, artículo 996 del Código Civil de la Federación Rusa).

El derecho de retención se caracteriza por las siguientes características:

ü Derivatividad (puede surgir en la medida en que exista una obligación y esta obligación no sea cumplida por el deudor).

ü La indivisibilidad del objeto de la retención (el acreedor tiene derecho a retener la cosa entera (todos los bienes a enajenar). Sin embargo, dado que la retención de bienes es derecho (y no obligación) del acreedor, la retención parcial es bastante aceptable).

ü La insustituibilidad del objeto de la retención (el bien en cuestión está en manos del acreedor (y no se transfiere para asegurar el cumplimiento de la obligación)).

Además, el derecho del acreedor a retener la cosa del deudor se caracteriza por el derecho a seguir: en primer lugar, el acreedor conserva el derecho a retener la cosa aunque los derechos sobre ella sean adquiridos por un tercero (inciso 2 del artículo 359 de la Código Civil de la Federación Rusa); en segundo lugar, cuando el derecho de reclamación se transfiere a otra persona, el nuevo acreedor recibe simultáneamente el derecho de retención (artículo 384 del Código Civil de la Federación Rusa).

El acreedor que posee la cosa del deudor tiene derecho al reembolso de los gastos para su conservación (artículo 15 del Código Civil de la Federación Rusa).

El acreedor no tiene derecho a usar y disponer de la cosa retenida.

Si se viola el derecho de retención, el acreedor puede reclamar la cosa de la posesión ilegal de otra persona, así como proteger su derecho de violaciones no relacionadas con la privación de posesión (Artículo 305 del Código Civil de la Federación Rusa).

Los motivos para la aparición del derecho de retención son los hechos jurídicos:

© Incumplimiento por el deudor de la obligación de pagar la cosa a tiempo.

© Incumplimiento por el deudor de la obligación de reembolsar al acreedor los gastos y demás perjuicios asociados a esta cosa (por ejemplo, el derecho a retener la cosa nace del depositario si el depositante bajo el acuerdo de almacenamiento gratuito se niega a reembolsar los gastos necesarios del depositario);

© Incumplimiento de una obligación en otros casos, si sus partes actúan como empresarios (por ejemplo, el derecho de retención surge del proveedor si el comprador, en virtud del contrato de suministro, no paga por el envío de bienes previamente entregado).

El derecho de retención surge bajo la condición indispensable de que la cosa esté en poder del acreedor, pues es imposible retener algo que no existe. Además, el acreedor debe ser el propietario legal. Contenido este derecho no incluye la facultad de exigir (retirar) una cosa del deudor (de terceros) para asegurar el cumplimiento de la obligación.

Sujetos del derecho de retención pueden ser cualesquiera sujetos de derecho civil (legal y individuos etc.).

Sin embargo, si el incumplimiento de la obligación no está relacionado con el pago de la cosa o el reembolso de sus costos y otras pérdidas, entonces el derecho de retención surge solo a condición de que las partes esta obligación actuar como empresarios.

Sujeto a retención puede haber una cosa para ser transferida al deudor o a una persona indicada por él.

Plazo del derecho de retención ilimitado: el acreedor puede quedarse con la cosa hasta que el deudor cumpla con la obligación (cláusula 1, artículo 359 del Código Civil de la Federación Rusa). Al mismo tiempo, el derecho de retención no puede considerarse perpetuo. Transcurrido más o menos tiempo, el acreedor está obligado, o bien a dar la cosa al deudor o a la persona por él indicada, o bien a satisfacer sus créditos a expensas de los bienes retenidos (en ambos casos, el derecho de retención es terminado).

La satisfacción de las reclamaciones del acreedor que posee la cosa se realiza a partir de su valor en la cantidad y en la forma prescrita por la ley para la satisfacción de las reclamaciones garantizadas por una prenda (Artículo 360 ​​del Código Civil de la Federación Rusa).

GARANTÍA BANCARIA

- Se trata de una transacción unilateral, en virtud de la cual el fiador otorga, a petición del deudor (principal), la obligación por escrito de pagar a su acreedor (beneficiario) una suma de dinero después de que el beneficiario presente la demanda correspondiente.

El garante puede ser: un banco, no banco organizaciones de crédito y organizaciones de seguros.

Signos de una garantía bancaria:

q Pago (el principal paga al fiador una cuota (parte 2 del artículo 369 del Código Civil)).

q Intransmisibilidad del derecho (el derecho del beneficiario a exigir del fiador el pago de una cantidad de dinero no puede ser transferido a otra persona).

q Formalidad (la ley impone requisitos de forma y procedimiento para la ejecución de un aval bancario).

q Irrevocabilidad (el fiador no puede revocar la garantía (artículo 371 del Código Civil)).

q Independencia de la obligación subyacente.

q En la garantía bancaria, el deudor debe indicar el límite de responsabilidad del fiador.

El procedimiento para la ejecución de una garantía bancaria:

1. El beneficiario envía una demanda por escrito al garante (indicando violaciones de la obligación principal) y adjuntando los documentos especificados en la garantía bancaria.

2. El banco (garante) notifica inmediatamente al principal de la reclamación recibida (envía una copia).

3. El garante considera las reclamaciones recibidas dentro de un plazo razonable.

4. Garante:

4.1 Paga aval bancario si se cumplen todos los requisitos.

4.2 Se niega a pagar si la reclamación y los documentos adjuntos no cumplen con los términos de la garantía o se presentan al garante después del vencimiento del período especificado en la garantía.

4.3 Si el fiador tiene conocimiento de que la obligación principal ha sido cumplida por el deudor o extinguida por otras causas, lo notifica al beneficiario, pero si el beneficiario vuelve a presentar la reclamación, el fiador está obligado a pagar.

5. El garante presenta, a título de recurso, reclamaciones contra el principal para el reembolso de las cantidades pagadas al beneficiario.

La garantía bancaria se extingue en los siguientes casos(Artículo 378 del Código Civil):

v Pago al beneficiario del importe por el que se emite la garantía.

v El final del período de garantía para el que se emitió.

v Por la renuncia por parte del beneficiario de sus derechos derivados de la garantía y su devolución al fiador.

v Por renuncia del beneficiario a sus derechos bajo la garantía mediante declaración escrita liberando al fiador de sus obligaciones.

DEPÓSITO

- se trata de una suma de dinero emitida por una de las partes contratantes a cuenta de los pagos adeudados por ella en virtud del contrato a la otra parte como prueba de la celebración del contrato y para asegurar su ejecución (cláusula 1 del artículo 380 de la Ley Civil Código de la Federación Rusa).

Funciones de depósito:

Ñ ​​​​Pago (el depósito se transfiere "a cuenta de ... pagos vencidos". Por lo tanto, representa una parte de la cantidad que el deudor está obligado a pagar al acreedor).

Ñ ​​​​Prueba (certificante) (el depósito se transfiere "como prueba de la celebración del contrato". Esta función se debe al carácter accesorio (adicional) del contrato de depósito: si no hay (no surgió) el principal obligación, entonces no puede haber acuerdo sobre el depósito).

Ñ ​​​​Depósito de garantía (el depósito se transfiere para garantizar el cumplimiento de la obligación principal. Las partes del acuerdo sobre el depósito son conscientes de que si la parte que dio el depósito (el dador) es responsable del incumplimiento de la obligación principal , queda con la otra parte (el beneficiario), y si el beneficiario es responsable, entonces está obligado a devolver el doble del monto del depósito. El conocimiento de la posibilidad de tales consecuencias estimula a las partes a la obligación de cumplirlo adecuadamente) .

Un acuerdo sobre un depósito, independientemente de la cantidad, debe hacerse por escrito (cláusula 2, artículo 380 del Código Civil de la Federación Rusa). No obstante, el incumplimiento de la forma establecida no invalida el contrato. Otra cosa es que en el caso de que no se respete la forma establecida, el proceso de acreditar que esa cantidad es un depósito, y no un anticipo, puede resultar difícil.

Las consecuencias del incumplimiento de una obligación garantizada por un depósito están previstas en el párrafo 2 del art. 381 del Código Civil de la Federación Rusa: si la parte que dio el depósito es responsable por el incumplimiento del contrato, permanece con la otra parte. Si la parte que recibió el depósito es responsable del incumplimiento del contrato, está obligada a pagar a la otra parte el doble del monto del depósito. Así, desde el punto de vista económico, ambas partes están en igualdad de condiciones: la parte que no ha cumplido con la obligación principal pierde el importe del depósito. Estatus legal se diferencian por el hecho de que el receptor del depósito simplemente lo retiene, mientras que el depositante se verá obligado a cobrar el doble del depósito de su receptor.

Estas consecuencias negativas ocurren sólo en presencia de la culpa. Si la parte que no ha cumplido la obligación es inocente, entonces debe devolverse el depósito (inciso 1 del artículo 381 del Código Civil), en particular, al extinguirse la obligación por acuerdo de las partes o por imposibilidad de cumplimiento ( artículo 416 del Código Civil de la Federación Rusa).

En cuanto al culpable que no ha cumplido la obligación, pierde el depósito, independientemente de que las pérdidas hayan sido causadas a la otra parte.

1. El cumplimiento de las obligaciones puede garantizarse por la caducidad, la prenda, la retención de la cosa del deudor, la fianza, la garantía independiente, el depósito, la fianza y demás formas previstas por la ley o el contrato.

2. La nulidad de un pacto en garantía del cumplimiento de una obligación no implica la nulidad del pacto del que nació la obligación principal.

3. En caso de nulidad del contrato del que nació la obligación principal, se entenderán garantizadas las obligaciones vinculadas a las consecuencias de dicha nulidad de restituir los bienes recibidos en virtud de la obligación principal.

4. La extinción de la obligación principal implica la extinción de la obligación que la garantiza, salvo disposición legal o contractual en contrario.

Comentario al art. 329 del Código Civil de la Federación Rusa

1. Por cumplimiento de obligaciones se entiende la realización por el acreedor y el deudor de acciones para hacer efectivos los derechos y obligaciones derivados de las obligaciones. La esencia del cumplimiento de las obligaciones es la comisión persona obligada acción, cuya medida legal está determinada por el deber que le incumbe.

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Véase: Egorov N.D. Reglamento de derecho civil relaciones economicas. L., 1986. S. 134.

Ver: Derecho civil soviético: Libro de texto: En 2 volúmenes / Ed. O. A. Krasavchikov. M.: Escuela superior, 1985. Vol. 1. S. 471 (el autor del capítulo es O.A. Krasavchikov). Véase también: Tolstoi V.S. Ejecución de obligaciones. M.: Yurid. lit., 1973. S. 12 y ss.

Los métodos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones incluyen la pena, la prenda, la fianza, el depósito, etc. Es fácil ver que sólo algunos medios legales(medidas) asegurar el cumplimiento de las obligaciones. Así, la pena y el depósito tienen el fin inmediato de estimular al deudor al cumplimiento de la obligación. Así, lo que se asegura es el cumplimiento de la obligación, o dicho de otro modo, se aseguran los derechos del acreedor creando condiciones que aumentan la probabilidad de cumplimiento de la obligación. Las demás medidas no guardan relación con el cumplimiento de la obligación. Están destinados directamente a proteger el interés patrimonial (monetario) del acreedor en caso de mal funcionamiento del deudor (fianza, aval bancario). El pago de dinero por un fiador, un fiador es sólo un sustituto para el cumplimiento. Finalmente, existen medidas que incitan al deudor a cumplir la obligación y, en caso de incumplimiento, garantizan la protección de los intereses patrimoniales del acreedor (prenda, retención).

Así, se señalan medidas que aseguran, en primer lugar, el cumplimiento de la obligación, en segundo lugar, la protección de los intereses patrimoniales del acreedor en caso de incumplimiento de la obligación por parte del deudor, y en tercer lugar, el cumplimiento de la obligación y la protección de los intereses del acreedor en caso de mal funcionamiento del deudor.

Por lo tanto, se debe tener presente la convencionalidad de la denominación "asegurar el cumplimiento de las obligaciones". Sería más correcto hablar de garantizar obligaciones.

2. Legal significa que las obligaciones garantizadas tienen una serie de características, las cuales deben ser consideradas. Como resultado de la identificación de tales signos, en particular, será posible “cortar” aquellos medios jurídicos que no pueden ser reconocidos como formas de garantizar obligaciones, aunque sean similares a ellas. Es imposible reconocer de esa manera aquellas medidas cautelares que sirven a los intereses de los partícipes no sólo de la obligación, sino también de otras relaciones jurídicas.

Los métodos de garantía de las obligaciones están destinados a garantizar los intereses del acreedor. Algunos de ellos están directamente dirigidos a alentar al deudor a cumplir con sus obligaciones. Estos incluyen una multa y un depósito. La amenaza de perder el importe del depósito, al igual que la posibilidad de cobrar una sanción, se centra en el cumplimiento de la obligación en especie. La pena y el depósito se utilizan cuando el acreedor “está sumamente interesado en que el deudor realice exactamente la acción a la que se comprometió. Por lo tanto, trata de inducirlo a la ejecución exacta por temor a consecuencias aún más desfavorables al evadir.

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ConsultantPlus: nota.

Monografía M.I. Braginsky, V. V. Vitryansky " Derecho contractual. Provisiones generales» (Libro 1) está incluido en el banco de información según la publicación - Estatuto, 2001 (3ª edición, estereotipo).

Ver: Braginsky M.I., Vitryansky V.V. Derecho de Contratos: Disposiciones Generales. M.: Estatuto, 1997. S. 384.

Shershenevich G. F. Libro de texto de derecho civil ruso (basado en la edición de 1907). M.: CHISPA, 1995. S. 291.

La fianza y la garantía bancaria tienen por objeto proteger los intereses del acreedor en caso de incumplimiento de la obligación por parte del deudor. No existe un objetivo directo para estimular al deudor a cumplir la obligación. Sin embargo, los intereses del acreedor en caso de incumplimiento del deudor están garantizados por la posibilidad de cobrar una suma de dinero del fiador o fiador.

La prenda y la retención alientan al deudor a cumplir debidamente la obligación y, en caso de violación de la obligación, garantizan la protección de los intereses del acreedor. Estos dos métodos tienen, por supuesto, diferencias significativas. En relación con el tema en discusión, cabe señalar que la prenda inicialmente estimula al deudor a cumplir con la obligación, y la retención puede utilizarse como medida de seguridad después de que el deudor haya incumplido sus obligaciones. Sin embargo, su enfoque es idéntico.

En vista de lo anterior, se puede afirmar que existe una conexión funcional entre las medidas de diferente orientación del objetivo.

La diferencia en la orientación al destino de estas medidas en combinación con otras circunstancias de carácter objetivo y subjetivo determina el diferente grado de seguridad de los intereses del acreedor por diferentes medidas, diferencias en los mecanismos para implementar las medidas pertinentes, etc.

El sistema de medidas cautelares no está cerrado (no cerrado): de acuerdo con el artículo comentado, además de estos métodos, pueden utilizarse otros métodos. estatutario o formas de contrato. El enfoque directo de los métodos emergentes puede variar, pueden estar dirigidos a: a) estimular al deudor a cumplir obligaciones en especie; b) proteger los intereses del acreedor en caso de incumplimiento de la obligación; c) estimular al deudor al cumplimiento de sus obligaciones y, si no las cumple, proteger los intereses del acreedor.

El mismo nombre "métodos para garantizar obligaciones" contiene la esencia, se indica la orientación funcional de las medidas relevantes: crear tales condiciones bajo las cuales las obligaciones se cumplirían correctamente y (o) se garantizaría el interés de propiedad del acreedor. Es precisamente el hecho de que estas medidas tengan el fin inmediato de asegurar obligaciones lo que permite distinguirlas de otros medios destinados a garantizar la realidad de los derechos, el cumplimiento de los deberes, la protección de los intereses de una persona autorizada, etc. Estos últimos también contribuyen al cumplimiento de las obligaciones y pueden asegurar su cumplimiento. Sin embargo, su orientación funcional puede ser diferente.

La garantía de una obligación crea entre el acreedor bajo esta obligación y la persona que garantiza la obligación, una relación de obligación, adicional (accesoria) en relación con la obligación principal.

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ConsultantPlus: nota.

Libro de texto " Ley civil: En 4 volúmenes. El Volumen 3: Ley de Obligaciones ”(editado por E.A. Sukhanov) está incluido en el banco de información según la publicación - Volters Kluver, 2008 (tercera edición, revisada y complementada).

Según V. S. Ema, quien considera que la pena, que, siendo una sanción de derecho civil, en todos los casos es un elemento de la propia obligación garantizada (ver: Derecho civil: Libro de texto: en 4 volúmenes / Ed. E.A. Sukhanov. 3ra ed., revisada y complementado por M.: Wolters Kluver, 2007. Vol. 3: Law of Obligations, pp. 69, 74).

La existencia de una obligación adicional mientras se asegura la relación de obligación también se enfatiza en la ley (incisos 2, 3 del artículo comentado). Además, prevé la posibilidad de la existencia de una obligación de garantía, que es válida incluso si la obligación principal es inválida. Del contenido de la norma pertinente se deduce que la ocurrencia de tal situación se permite solo como excepción. Por supuesto, la introducción de la cláusula “salvo disposición legal en contrario” en el apartado 3 del artículo comentado se debe a la inclusión de la garantía bancaria en el número de formas de garantizar las obligaciones. Pero dado que la norma pertinente se formula sin "vincular" a la garantía, no se descarta la aparición de otras obligaciones de garantía, cuya vigencia no depende de la vigencia de la obligación principal.

Sin embargo, parece que el aval bancario es, aunque una especie de, pero una obligación accesoria (ver comentario al artículo 370 del Código Civil).

Las medidas provisionales no pueden ser reconocidas como métodos de garantía de obligaciones, cuyo uso no implica la existencia de obligaciones adicionales (accesorias) (compensación de créditos mutuos, carta de crédito como forma de pago, imposición del riesgo de muerte accidental o daños accidentales a propiedad de la contraparte, la capacidad de exigir el reconocimiento de la operación como válida en caso de violación de los requisitos para su forma notarial, etc.). El punto de vista opuesto no corresponde al derecho (incisos 2, 3 del artículo comentado) y las disposiciones generalmente reconocidas de la ciencia del derecho civil.

El establecimiento de cualquier método de asegurar una obligación implica la posibilidad de consecuencias patrimoniales. Sólo pueden venir si el deudor incumple.

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Una excepción que, como comúnmente se cree, sólo confirma regla general, es el compromiso. En una serie de casos, a pesar del cumplimiento impecable por parte del deudor de la obligación principal, el acreedor prendario tiene derecho a ejecutar el objeto de la prenda por el hecho de que se ha violado el contrato de prenda (ver, por ejemplo, el artículo 351 de el Código Civil y sus comentarios).

No pueden atribuirse a los modos de garantizar las obligaciones las siguientes medidas: a) las que no crean una obligación accesoria; b) aplicado sólo en la etapa de cumplimiento de la obligación; c) destinados a estimular al deudor al debido cumplimiento de las obligaciones mediante el establecimiento orden especial su ejecución.

El uso del método de garantía de una obligación puede dar lugar a lo siguiente: a) la aparición de una obligación accesoria; b) sugiere la posibilidad de consecuencias de propiedad; c) las consecuencias patrimoniales pueden ocurrir solo si el deudor viola la obligación principal; d) antes del incumplimiento, el método de garantizar la obligación se manifiesta ya sea estimulando al deudor a cumplir, o dando confianza al acreedor de que el incumplimiento de la obligación no conducirá a una reducción de su esfera de propiedad.

En vista de lo anterior, las formas de garantizar las obligaciones pueden ser consideradas como medidas cautelares establecidas por ley o por contrato. propiedad naturaleza, existentes en forma de obligaciones accesorias, estimulando al deudor a cumplir con la obligación y (o) garantizando de otro modo la protección de los intereses patrimoniales del acreedor en caso de mal funcionamiento del deudor.

En posición especial se encuentra tal método de garantía, denominado en el artículo comentado, como la retención de los bienes del deudor (ver artículo 359 del Código Civil y comentario al mismo).

3. La ley nombra relativamente raramente otros medios jurídicos como formas de garantizar las obligaciones, además de los enumerados en el artículo comentado. Así, en el art. 824 del Código Civil de la Federación Rusa definición de un acuerdo de financiación de cesión reclamo monetario complementado con una indicación: un derecho monetario contra un deudor puede ser cedido por un cliente a un agente financiero también para garantizar el cumplimiento de la obligación del cliente con el agente financiero.

En la literatura jurídica, cuando se estudian las relaciones jurídicas relevantes, se suele enfatizar que entidad legal de estas obligaciones es la cesión de un derecho pecuniario, conocido desde hace tiempo en el derecho de obligaciones como cesión. Al mismo tiempo, hay más naturaleza compleja factoring en comparación con la cesión habitual.

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Ver: Comentario a la segunda parte del Código Civil de la Federación Rusa. M.: Legal Culture Foundation, 1996. P. 217 (el autor del capítulo es E.A. Sukhanov). Véase también: Komarov A.S. Financiamiento contra la cesión de un derecho monetario (cap. 43) // Código Civil Federación Rusa. Segunda parte: Texto, comentarios, índice. M., 1996. S. 445.

Sin discutir esta posición en relación con el factoring en general, parece que debe aclararse en relación con la cesión de un crédito para asegurar el cumplimiento de la obligación del cliente con el agente financiero. En este último caso, después de la celebración del contrato de factoraje, no se produce la cesión del crédito: el crédito monetario pasará al agente financiero solo en caso de incumplimiento de la obligación garantizada por este crédito. Se piensa que en este caso sería más correcto hablar sobre la conexión de tal acuerdo no con una cesión, sino con una prenda de derechos. A diferencia de la prenda de derechos habitual, en esta situación no se requiere imponer la ejecución sobre el derecho "hipotecado" (transferido condicionalmente al agente financiero) o transferir el derecho al agente financiero ("titular de la prenda"). La transferencia de derechos se produce automáticamente sobre la base de un hecho jurídico como una violación por parte del cliente de su obligación con el agente financiero.

Tal compromiso peculiar de derechos está permitido por la ley solo en relación con un círculo estrecho relaciones juridicas, marcado por un contenido especial, composición temática específica, objetos limitados (solo reclamos monetarios). Una característica de este tipo de prenda es que sólo pueden constituir una obligación determinada. Por lo tanto, si bien la cesión de un crédito monetario, que garantiza la obligación del cliente frente al agente financiero, es por su naturaleza jurídica una prenda de derechos, sin embargo, la inclusión de las normas pertinentes en el Cap. 43 del Código Civil de la Federación Rusa parece justificado.

En virtud del apartado 1 del art. 993 del Código Civil de la Federación Rusa, el comisionista no es responsable ante el comisionista por la no ejecución por parte de un tercero de una transacción concluida con él a expensas del comisionista, excepto en los casos en que el comisionista no mostró la diligencia necesaria en la elección de esta persona o asumió una garantía para la ejecución de la transacción (delcredere).

La garantía del comisionista (delcredere) es una garantía por su naturaleza jurídica.

Una regla bastante original se incluye en la Parte 2 del art. 532 del Código Civil de la Federación de Rusia: cuando el comprador paga los bienes en virtud de un contrato de suministro de bienes para el estado o necesidades municipales el cliente estatal o municipal es reconocido como garante de esta obligación del comprador (artículos 361-367) (ver comentario al artículo 361 del Código Civil).

Una regla igualmente interesante se formula en el apartado 1 del art. 766 del Código Civil de la Federación de Rusia, en virtud del cual un contrato estatal o municipal para la realización de trabajos por contrato para necesidades estatales o municipales, entre otras cosas, debe contener una condición sobre cómo garantizar el cumplimiento de las obligaciones del fiestas. En este sentido, la condición sobre los métodos de provisión aparece como condición esencial contrato estatal o municipal. Sin embargo, de ello no se sigue en modo alguno que un acuerdo sobre los medios de garantía no implique el surgimiento de una obligación accesoria. La ley dispone únicamente que, en primer lugar, la obligación de realizar un trabajo para necesidades estatales o municipales debe estar garantizada por una obligación accesoria; en segundo lugar, en ausencia de un acuerdo sobre una obligación accesoria (de seguridad), un contrato estatal o municipal no puede considerarse celebrado (inciso 1 del artículo 432 del Código Civil); en tercer lugar, el acuerdo que da lugar a la obligación principal y el acuerdo sobre la obligación de garantía deben celebrarse simultáneamente. Siguiendo la letra de la ley (inciso 1 del artículo 766 del Código Civil), podemos concluir que el segundo de estos acuerdos forma parte del primero. Parece, sin embargo, que tal conclusión se debe a una confusión de conceptos: un contrato como acuerdo ( hecho juridico) y el contrato como documento. En arte. 766 del Código Civil de la Federación Rusa, el contrato se denomina documento. Al mismo tiempo, parece que la presencia de dos documentos no contradirá la ley: uno de ellos contiene los términos del acuerdo sobre contrato de trabajo para necesidades estatales o municipales, y la segunda prevé la prestación de este contrato.

4. Una obligación puede garantizarse tanto de una forma como de varias formas al mismo tiempo. Por ejemplo, las obligaciones de préstamo muy a menudo están garantizadas por una multa, una prenda y una garantía.

Una obligación accesoria (garantía) también puede garantizarse de una forma u otra. Así, una garantía puede garantizarse mediante una prenda, una pena, etc.

5. A la hora de elegir un método para garantizar una determinada obligación, se deben tener en cuenta no sólo y no tanto los aspectos jurídicos, sino, sobre todo, las circunstancias de carácter económico. Entonces, si un ciudadano de bajos ingresos garantiza a un deudor, entonces la garantía existe solo en papel, ya que es poco probable que se obtenga algo de dicho garante.

A la hora de establecer una sanción, hay que tener en cuenta la solvencia del deudor. Si, supongamos, se sabe que el deudor no podrá pagar la multa (no hay dinero), entonces la garantía nuevamente existe solo formalmente, pero de hecho no existe.

Es aconsejable tomar como garantía bienes que sean “caros como un recuerdo” para el pignorante y cuyo valor exceda significativamente el monto de la deuda principal garantizada por la prenda. De lo contrario, la función estimulante de la prenda no se realiza correctamente o se pierde por completo. Lo mismo debe decirse de la retención de la propiedad del deudor.

Al asegurar una obligación con una garantía bancaria, es importante qué banco da una garantía, cuál es su posición financiera. En la práctica, el acreedor generalmente requiere la provisión de una garantía de ciertas (especificadas por él) instituciones de crédito u organizaciones de seguros.

6. En la literatura legal, se propone utilizar métodos de garantía de obligaciones como la pena de mercancías, la prenda fiduciaria, la venta condicional, el acuerdo preliminar, etc.

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Ver al respecto: Gongalo B.M. La doctrina de las obligaciones garantizadas. M.: Estatuto, 2004. S. 48 - 52.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTATAL FEDERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PROFESIONAL

"ACADEMIA FINANCIERA BAJO EL GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA"

Departamento de Teoría e Historia del Estado y del Derecho

Resumen sobre el tema:

"Métodos para Asegurar el Cumplimiento de las Obligaciones"

Completado por: alumno del grupo RCB 2-2

Rushchak MP

Consejero científico:

culo. Aponitsky S.V.

Introducción 3

1. El concepto de ejecución de las obligaciones 5

2. Formas de asegurar el cumplimiento de las obligaciones 8

2.1 Sanción, retención, depósito 8

2.2. Depósito 10

2.3. Garantía y aval bancario 12

Conclusión 15

Referencias 17

Introducción

Con el fin de proteger derechos legales e intereses de personas físicas y jurídicas al concluir diversas transacciones, la legislación rusa prevé una serie de medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones emergentes. En la terminología jurídica, estas medidas se denominan "métodos de asegurar las obligaciones".

Las formas de garantizar las obligaciones están diseñadas para proteger los intereses de la parte menos protegida del contrato, es decir, el acreedor. La peculiaridad de estas medidas es que representan una carga de responsabilidad adicional impuesta al deudor para proteger de manera más confiable los derechos del acreedor. Es decir, en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de los términos del contrato, el deudor tiene una responsabilidad adicional. Además, en una serie de casos, los terceros están involucrados en el cumplimiento de una obligación junto con el deudor, en particular, con una fianza, un depósito, una prenda y una garantía bancaria. El cumplimiento de las obligaciones es una institución tradicional del derecho civil. Tales métodos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones, como un depósito, una pena, una garantía y una prenda, eran conocidos incluso por la costumbre romana. La necesidad de utilizarlos se explica por el hecho de que el acreedor tiene un interés significativo en estar seguro del cumplimiento de las obligaciones, y en asegurar la determinación de las pérdidas, a las que tiene derecho a compensación en caso de incumplimiento; finalmente, el el acreedor está interesado en inducir al deudor al cumplimiento oportuno bajo pena de consecuencias desfavorables para el deudor en caso de incumplimiento o cumplimiento adecuado de la obligación.

Ahora, en las condiciones de un bajo nivel de disciplina contractual, falta de confiabilidad y, a menudo, simplemente deshonestidad de las contrapartes, se deben desarrollar cada vez más varios métodos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones en virtud de los contratos, porque son los métodos para garantizar las obligaciones los que se convierten en la base para el solidez de las relaciones entre el acreedor y el deudor, ya que garantizan la satisfacción de los derechos patrimoniales del acreedor en caso de incumplimiento del deudor.

El objetivo principal de los métodos de garantía de las obligaciones en general y de las obligaciones derivadas de los contratos comerciales en particular es compensar las pérdidas del acreedor debido al incumplimiento o cumplimiento indebido de la obligación por parte del deudor a fin de minimizar los daños y perjuicios del acreedor. .

  1. El concepto de ejecución de las obligaciones.

El cumplimiento de las obligaciones se ve facilitado por medidas especiales denominadas métodos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones. . Bajo los métodos de asegurar el cumplimiento de una obligación, se entiende medidas especiales que garanticen suficientemente el cumplimiento de la obligación subyacente y alienten al deudor a comportarse apropiadamente.

Los métodos para garantizar las obligaciones están dirigidos a favor del acreedor y tienen una naturaleza similar a las sanciones económicas. Estas medidas se establecen tanto por legislación como por acuerdo de las partes, pero el procedimiento para su establecimiento e implementación suele estar estrictamente especificado por ley y es imperativo. Una de las principales ventajas de los métodos de garantía de obligaciones es que, sin crear molestias significativas para el deudor, son, sin embargo, una herramienta eficaz que contribuye al cumplimiento de los términos del contrato celebrado. Por su parte, el acreedor violaciones significativas la obligación principal del deudor tiene derecho a reembolsar sus pérdidas mediante la captación de medidas de seguridad. Además, muchas veces el cumplimiento de una obligación adicional acarrea una mayor cantidad de pérdidas materiales para el deudor que el cumplimiento de la obligación principal. Así, cuando el deudor es privado del derecho de propiedad y uso de bienes en un contrato de prenda, no sólo sufre ciertos inconvenientes, sino también pérdidas en forma de ciertos costos. Así, en algunos casos, el factor estimulante es el deseo del deudor de evitar cierta responsabilidad, por ejemplo, las sanciones, en otros, el riesgo de perder la propiedad. En todo caso, todos los medios de garantizar obligaciones son de naturaleza jurídica, encaminados a facilitar el cumplimiento de la obligación principal que se convirtió en la base para su ocurrencia, y se basan en la responsabilidad del infractor. Según el contenido de las formas de asegurar las obligaciones, o bien se refieren a medidas de responsabilidad civil, o bien no lo son. Si el método de garantía de las obligaciones tiene por objeto únicamente garantizar la obligación principal y reembolsar las pérdidas del acreedor, entonces no se reconoce como una medida de responsabilidad. En el caso en que el método de garantía de las obligaciones prevea una carga adicional para el deudor, independientemente de la existencia consecuencias negativas- es una medida de responsabilidad. Por ejemplo, una pena se refiere a las medidas de responsabilidad civil, ya que se aplica independientemente de que el acreedor haya sufrido pérdidas o no. A su vez, la prenda y el aval bancario no pueden ser calificados como medidas de responsabilidad.

Cabe señalar que el uso de cualquiera de los métodos de garantía de obligaciones también crea una relación jurídica de obligación entre el acreedor y el deudor (o un tercero que garantiza la obligación del deudor). Pero este es un tipo especial de obligación. Su especificidad radica en el carácter adicional (accesorio) en relación con la obligación garantizada (principal, principal). Esta característica de la obligación de garantía se manifiesta en múltiples aspectos que se encuentran reflejados en la legislación interna.

Debido al hecho de que los métodos de garantía de las obligaciones son en su mayor parte de naturaleza adicional (subsidiaria) y dependen de la obligación principal, cuando la obligación principal se extingue o invalida, las obligaciones de garantía también se extinguen. Sin embargo, existen formas de garantizar obligaciones que son de naturaleza independiente y no dependen de la obligación principal, en particular, incluyen una garantía bancaria.

La obligación principal afecta al prestador en tres casos:

En primer lugar, la obligación de seguridad sigue el destino de la principal cuando los derechos del acreedor se transfieren a otra persona, por ejemplo, cuando se asigna un derecho sobre la obligación principal (artículo 384 del Código Civil de la Federación Rusa);

En segundo lugar, en el caso de que, con el consentimiento del acreedor, el grado de cumplimiento de la obligación sea capaz de reducir las características cuantitativas de la obligación garantizada. En particular, de conformidad con el apartado 1 del art. 357 del Código Civil de la Federación de Rusia y el art. 46 de la Ley de la Federación Rusa "Sobre Prenda" 1, es posible reducir el valor de los bienes pignorados en circulación y procesamiento en proporción a la parte cumplida de la obligación principal. También se permite reducir el valor de las hipotecas papeles valiosos(facturas), respectivamente, del cumplimiento de la obligación principal;

En tercer lugar, la nulidad de la obligación subyacente implica también la nulidad de la obligación de ejecutar. Esta regla no se aplica en el caso de una garantía bancaria (cláusulas 2 y 3 del artículo 329 del Código Civil de la Federación Rusa);

Cuatro, al extinguirse la obligación principal, extingue también la obligación accesoria. Esto sucede, por ejemplo, en el caso de una prenda (Artículo 352 del Código Civil de la Federación Rusa) y una garantía (Artículo 367 del Código Civil de la Federación Rusa). Sin embargo, hay excepciones para esta regla. Por ejemplo, la propiedad dada en prenda puede convertirse en objeto de otra prenda para garantizar otros derechos (prenda subsiguiente). Se permite una prenda posterior si no está prohibida por acuerdos de prenda anteriores (artículo 342). En el caso de una hipoteca (hipoteca de bienes inmuebles), el acreedor puede ceder sus derechos en relación con la hipoteca sin la cesión de derechos bajo la obligación principal (Artículo 355).

Una posición especial entre los métodos de garantía de obligaciones la ocupa una garantía bancaria. La obligación del fiador para con el beneficiario prevista aquí no depende de la obligación principal (artículo 370).

Debido a que en su mayor parte los modos de garantizar las obligaciones tienen un carácter accesorio, no pueden afectar en forma alguna el contenido y validez de la obligación principal. Es decir, si por alguna razón se extingue la obligación de garantizar, ello no afecta la naturaleza jurídica de la obligación subyacente y ésta continúa vigente.

  1. Formas de asegurar el cumplimiento de las obligaciones

De acuerdo con la legislación rusa moderna, para alentar al deudor a cumplir de manera precisa y constante las obligaciones derivadas de los contratos comerciales, así como para prevenir o reducir la cantidad de consecuencias negativas que pueden ocurrir en caso de su violación, las obligaciones pueden ser asegurado por uno de los métodos previstos por el Código Civil RF. El cumplimiento de las obligaciones puede garantizarse mediante el decomiso, la prenda, la retención de los bienes del deudor, la fianza, la garantía bancaria, el depósito y demás medios previstos por la ley o por un convenio. 2

    1. pérdida, deducción, depósito

1) Decomiso (multa, pena): Una pena (multa, pena) es una suma de dinero determinada por ley o contrato, que el deudor está obligado a pagar al acreedor en caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de una obligación, en particular en caso de retraso en la ejecución. El acreedor no está obligado a probar el daño que se le ha causado. 3

Sanción legal (determinada por la ley independientemente del acuerdo de las partes: su cuantía puede ser aumentada por acuerdo de las partes, si la ley no lo prohíbe.

Contractual: determinado por el contrato.

Según la relación del derecho a recuperar una pena con el derecho a la indemnización de daños y perjuicios 4:

Crédito (compensación de pérdidas en la parte no cubierta por la sanción;

Sanción: las pérdidas se recuperan en su totalidad en exceso de la sanción;

Alternativa: a elección del acreedor, se cobra una multa o daños y perjuicios;

Excepcional: solo se cobra la penalización.

2) Retención - un método de asegurar el cumplimiento de una obligación, en el que el acreedor, que tiene la cosa para ser transferida al deudor o a la persona especificada por el deudor, tiene derecho, en caso de incumplimiento por parte del deudor de cumplir la obligación de pagar por esta cosa o reembolsar al acreedor los gastos y demás pérdidas inherentes a ella, retener hasta cumplir la respectiva obligación:

La retención de una cosa también puede asegurar el cumplimiento de otras obligaciones, a menos que el contrato disponga otra cosa;

Los créditos del acreedor que posea una cosa se satisfarán con su valor en la cantidad y en la forma previstas para la satisfacción de los créditos garantizados con prenda.

3) Un depósito es un método para garantizar el cumplimiento de una obligación, en el que la cantidad de dinero reconocida como depósito es emitida por una de las partes contratantes a cuenta de los pagos que debe en virtud del contrato a la otra parte como prueba de la celebración del contrato y como garantía de su ejecución.

En caso de incumplimiento de la forma del contrato de depósito (simple escrito), esta cantidad se considera pagada como anticipo, salvo prueba en contrario.

Funciones de depósito:

Pago - emitido a cuenta de los pagos vencidos de la obligación principal;

Certificación - al cumplir con la transferencia del depósito toda la obligación principal o parte de ella, el deudor confirma la existencia de la obligación;

Seguridad - se cuenta contra la obligación principal y en esta parte garantiza, asegura su cumplimiento. Si la parte que recibió el depósito es responsable del incumplimiento del contrato, está obligada a pagar a la otra parte el doble del monto del depósito; métodos asegurar actuación obligacionesCódigo >> Estado y ley

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