Control constitucional en países extranjeros: concepto, tipos, modelos principales. Modelos de justicia constitucional Control constitucional: concepto, esencia y tipos

La función especial del poder judicial es revisión constitucional, es decir, la verificación de las leyes, los actos normativos más altos después de la Constitución en la jerarquía de las fuentes del derecho, desde el punto de vista de su conformidad con la Constitución.

La verificación de las leyes en términos de su cumplimiento con la constitución en un grado u otro puede ser realizada por varios organismos estatales. Por ejemplo, el jefe de estado, al considerar que la ley adoptada por el parlamento es incompatible con la constitución, recurre al derecho de veto. Sin embargo, solo una determinada autoridad judicial, sobre la base de sus poderes constitucionales especiales, puede, mediante un procedimiento judicial especial establecido por la ley, reconocer de manera definitiva e irrevocable que la ley (o su disposición separada) es incompatible con la constitución y, por lo tanto, poner fin a su vigencia. .

El antepasado de la revisión constitucional judicial es Estados Unidos. En 1803 Corte Suprema consideró que uno de los poderes que le otorgaba la Ley del Poder Judicial de 1789 era contrario a la Constitución. El primer Tribunal Constitucional de Europa, establecido en Austria de conformidad con Con Constitución de 1920, fue abolida como consecuencia del "Anschluss" del país por parte de la Alemania nazi. Más corta aún fue la historia de la "Corte" española garantías constitucionales"previsto por la Constitución 1931 y liquidados juntos Con ella por el régimen franquista.

En la actualidad, la institución del control judicial constitucional es conocida en la mayoría de los países desarrollados y está prevista en la mayoría de las constituciones adoptadas después de la Segunda Guerra Mundial.

Además, estas constituciones prestaron especial atención a la justicia constitucional. Las constituciones de Italia, Francia, España y algunas otras incluso contienen secciones separadas sobre él. Las propias Constituciones determinan la competencia de los órganos de control judicial constitucional, el procedimiento para su formación, el procedimiento para recurrir a ellos, las consecuencias del reconocimiento de una ley como incompatible con la constitución. Leyes sobre tribunales constitucionales adoptadas en desarrollo disposiciones constitucionales, son normalmente orgánico.

formado dos principal modelos de justicia constitucional.

En primer modelo el control de constitucionalidad es ejercido por el poder judicial común. Al mismo tiempo, cada instancia judicial o exclusivamente la corte suprema podrá tener el derecho de tal control. En la práctica, este tribunal es el principal portador y ejecutor de este derecho. Este modelo se llama con razón "americano": su ejemplo clásico es Estados Unidos. También se acepta en Canadá, Japón, India, los estados escandinavos, etc. Sin embargo, a diferencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, las cortes supremas de los estados escandinavos no han mostrado ninguna actividad significativa en el campo del control constitucional.

En los países del continente europeo predomina segundo modelo . Aquí la justicia constitucional se confía a un órgano especial: el tribunal constitucional. No encabeza, como las cortes supremas, un sistema de instancias de tribunales. La mayor parte del tiempo está solo en el país; en aquellos estados federales donde los sujetos de la federación tienen sus propios tribunales constitucionales, estos tribunales son independientes, aunque su competencia es limitada en consecuencia.

Se utilizan las constituciones vigentes dos procedimientos para la formación de la composición del tribunal: parlamentario y mixto.

k puramente parlamentario se refiere a la formación del Tribunal Federal de Alemania, la mitad de cuyos miembros (y hay 16 en total) son elegidos por el Bundestag, y la mitad por el Bundesrat (pero no de las cámaras). En una serie de países, especialmente en Europa del Este, los jueces de los tribunales constitucionales son nombrados por el parlamento a propuesta del jefe de estado, y en algunos (por ejemplo, Bélgica), por el contrario, por el jefe de estado a propuesta del jefe de estado. propuesta de la cámara alta del parlamento. Lo principal en esta última versión es la presentación, y la cita en sí es formal.

V mezclado El Parlamento sólo participa parcialmente en el procedimiento. En Francia, el Presidente de la República, los Presidentes de la Asamblea Nacional y del Senado nombran cada uno tres miembros del Consejo por un mandato de 9 años (renovado por un tercio cada tres años). En Italia, el Parlamento elige cinco miembros del poder judicial, pero se complementan con cinco más designados por el Presidente y cinco por el Consejo Superior de la Magistratura. Es aproximadamente el mismo procedimiento en España, donde 12 miembros del Tribunal Constitucional son nombrados por el Rey, cuatro a propuesta del Congreso, cuatro a propuesta del Senado, dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo Supremo de la Magistratura.

Cuando el control de constitucionalidad lo ejercen los tribunales generales (el "modelo americano"), entonces, de acuerdo con el procedimiento de sus actividades, la cuestión de la constitucionalidad de una ley sólo puede plantearse en relación con la consideración de un caso judicial específico. Este llamado control específico. Bajo el otro "modelo europeo", los órganos estatales y los altos funcionarios enumerados en la constitución o la ley tienen el derecho de acudir al tribunal constitucional con una solicitud sin ningún recurso previo a otro tribunal e incluso en algunos casos, independientemente de la existencia de un disputa o conflicto específico.

El derecho a tal solicitud generalmente lo otorgan: el jefe de estado, el parlamento (o cada una de sus cámaras), el gobierno, en varios países también grupos de parlamentarios, súbditos de la federación. Este llamado mando abstracto.

Sin embargo, la mayoría de los tribunales constitucionales hoy en día combinan ambas formas, lo que permite, junto con una solicitud directa de los órganos estatales, los ciudadanos presentar ante el tribunal sobre violaciones de sus derechos y libertades constitucionales en la forma de control específico, el llamado recurso de amparo individual.

La actividad de algunos tribunales constitucionales (hay menos) se basa en el sistema control preliminar, otros (la mayoría) - control posterior.

Preliminar El control tiene por objeto impedir la entrada en vigor de una ley que no se ajuste a la constitución. En Francia, el Consejo Constitucional verifica la conformidad con la Constitución de una ley aprobada por ambas cámaras del Parlamento antes de que sea promulgada por el Presidente de la República, es decir, antes de que entre en vigor. El propio Presidente, el Primer Ministro, el Presidente de la Asamblea Nacional, el Presidente del Senado, 60 diputados o 60 senadores pueden presentar una solicitud ante el Tribunal Constitucional para solicitar dicha verificación. Si el Consejo Constitucional declara inconstitucional la ley impugnada, vuelve al Parlamento. El sistema de control preliminar opera en otros países: Portugal, Rumania.

En subsecuente El órgano de control constitucional judicial comprueba el cumplimiento de la constitución de las leyes que han entrado en vigor y, por lo tanto, en el momento del control, ya están en vigor durante un tiempo determinado (a menudo bastante largo). Este sistema opera en los Estados Unidos y otros países, donde el control de la constitucionalidad de las leyes lo realizan los tribunales generales en el orden del control normativo específico (es decir, en relación con la consideración de casos judiciales específicos), así como en la mayoría de los países (Alemania, Italia, etc.), donde la justicia constitucional se lleva a cabo por tribunales constitucionales especializados. Ventaja de este sistema es que bajo él nunca es demasiado tarde para corregir el error del legislador, para corregir la práctica de aplicación de la ley. Falla sistema de seguimiento es principalmente que la ley, que finalmente resultó ser inconstitucional, estuvo vigente durante un cierto período de tiempo, lo que tuvo un impacto negativo en el estado de derecho.

Las constituciones de muchos países establecen que la interpretación de la constitución sólo es posible en el procedimiento de revisión constitucional judicial. Es bien sabido que un factor importante que aseguró la longevidad de la Constitución de los Estados Unidos fue la interpretación de sus disposiciones por parte de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el ejercicio de la revisión constitucional. En muchos otros países, la justicia constitucional también contribuye a la estabilidad de la constitución.

1. 4. principios constitucionales justicia.

Las constituciones vigentes en diferentes volúmenes fijan principios actividad judicial y garantías judiciales de los ciudadanos. Estos principios y garantías están consagrados en actos jurídicos internacionales fundamentales: Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

Enumeramos los principales de estos principios:

1. Garantía de jurisdicción. Arte. 101 de la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania establece: "Nadie puede ser excluido de la jurisdicción de su juez legítimo". Esto significa que un caso penal o civil se escuchará en un tribunal predeterminado regulaciones legales sobre jurisdicción. La garantía de jurisdicción facilita a los ciudadanos el acceso a la justicia.

2. Apertura y publicidad de la justicia significa que audiencias judiciales abierto al público y a los medios de comunicación. La apertura de la justicia, por un lado, contribuye al crecimiento de la conciencia jurídica y la cultura jurídica en la sociedad y, por otro lado, permite que la opinión pública evalúe las actividades del poder judicial.

3. Naturaleza oral del proceso.. “El juicio es predominantemente oral, especialmente en las causas penales” (Constitución de España. Art. 120). A menudo hay una fórmula: "Toda persona tiene derecho a ser escuchada". Este principio brinda las mayores oportunidades para estudiar todas las circunstancias del caso, aclarando la posición de todos los participantes en el proceso.

4.competitividad. Significa que las partes en el proceso (el fiscal y el demandado, el demandante y el demandado) son iguales en el proceso de prueba, tienen las mismas oportunidades para defender sus posiciones legales y el curso de su competencia entre sí ayuda a una imparcialidad. tribunal para evaluar objetivamente todas las circunstancias del caso.

5. Constitucional derecho de los ciudadanos a la protección. Incluso la Declaración de Derechos de los Estados Unidos de 1791, en la sexta enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, prescribía que en todos los casos de enjuiciamiento penal, el acusado tiene derecho a la asistencia de un abogado para su defensa. En la Constitución italiana, este principio se expresa de la siguiente manera: "La protección es un derecho inviolable en cualquier etapa y en cualquier estado del proceso". La inobservancia del derecho a la defensa en el juicio hace injusta la decisión del tribunal.

6. Presunción de inocencia. Este principio fue establecido claramente por primera vez en la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, significa que una persona acusada de un delito es considerada no culpable hasta que se pruebe su culpabilidad en la forma prescrita por la ley y establecida por el fiesta para efecto legal veredicto de la corte.

7. Nadie puede ser condenado nuevamente por el mismo hecho.. El enjuiciamiento no puede tener lugar si la persona ya ha sido juzgada por el mismo cargo y el tribunal ha dictado una condena o absolución. Esta regla también se aplica a los casos judiciales civiles: es imposible, por ejemplo, recuperar la misma deuda del deudor dos veces.

8. Todas las acciones del poder judicial deben estar motivadas, es decir. las acciones de justicia deben sopesarse repetidamente y justificarse integralmente. Sólo así pueden aparecer como verdaderos y justos, que es el fin de la justicia.

No existe, quizás, un solo estado democrático donde la actividad de la justicia no esté obligada a cumplir con los principios enumerados anteriormente. Son comunes y uniformes para todos los tribunales de cada país.

Como se puede apreciar en el recorrido histórico-jurídico, existieron diferentes modelos de control judicial constitucional en el mundo. En este sentido, el problema de su tipología científica es de gran importancia, reflejando la lógica del desarrollo histórico de estos modelos y permitiendo agruparlos en función de determinados criterios. Así, la tipología de modelos de control constitucional judicial pretende "separar" estos modelos que existieron en la historia de la humanidad o que existen ahora en tales grupos, tipos, de modo que ello permita revelar su esencia social.

Cabe señalar que no existe una tipología general única establecida del modelo. Tal tipología sólo puede tener el carácter más general.

Por lo tanto, varios criterios pueden servir como base para la clasificación: formas estructura estatal, formas de régimen político, formas de gobierno, pertenencia a una "familia" jurídica, religiosa, factores de clase, etc.

A partir de la organización del control constitucional judicial, se pueden distinguir los siguientes modelos:

  • Americano;
  • austriaco europeo;
  • francés europeo;
  • mixto europeo-americano;
  • socialista;
  • Islámico.

modelo estadounidense de revisión judicial dispone que las controversias constitucionales sean conocidas por los tribunales ordinarios de conformidad con el procedimiento habitual (el llamado control descentralizado). El modelo americano se basa en el caso Murbury, considerado por la Corte Suprema de los Estados Unidos en 1803, y la doctrina de John Marshall.

Bajo el modelo americano, se lleva a cabo un control de seguimiento, donde la uniformidad de los procedimientos legales es asegurada por la Corte Suprema (más alta). Las decisiones judiciales, por regla general, conciernen solo a las partes involucradas en el caso (con la excepción de los casos en que los tribunales siguen posteriormente la decisión una vez tomada).

Panorama Internacional

Este modelo ha sido adoptado por los siguientes países: en Europa - Dinamarca, Irlanda, Noruega, Suecia; en Asia: Bangladesh, Hong Kong, Israel, India, Irán, Malasia, Nepal, Pakistán, Singapur, Japón; en África: Botswana, Gambia, Ghana, Zambia, Zimbabue, Camerún, Kenia, Comoras, Malawi, Namibia, Nigeria, Sierra Leona, Tanzania, Uganda; en América: Argentina, Bahamas, Barbados, Bolivia, República Dominicana, Haití, Guyana, Honduras, Granada, Canadá, México, Nicaragua, San Cristóbal y Nieves, Surinam, EE. UU., Trinidad y Tobago, Jamaica; en Australia y Oceanía - Kiribati, Nauru, Nueva Zelanda, Fiji.

en sistema el poder del Estado En los Estados Unidos, sobre la base de la separación de poderes y el estado de derecho, el poder judicial actúa como portador independiente e independiente de amplios poderes de autoridad. El poder judicial cumple la función de contrapeso a posibles actos inconstitucionales y acciones de los órganos legislativos y ejecutivos. Al mismo tiempo, asegura la legitimidad constitucional y la protección de los derechos de los ciudadanos. Los tribunales no solo aplican leyes y actos jurídicos, sino que también se dedican a la elaboración de normas.

Desde el principio, cuando se crearon los Estados Unidos, los tribunales fueron dotados de la competencia más amplia y prácticamente ilimitada, lo que les permitió considerar una amplia variedad de reclamos y disputas en las esferas económica, civil y otras de la sociedad. Estados Unidos tiene la mayor cantidad un gran número de jueces y abogados litigantes, aquí se ha desarrollado un sistema judicial desarrollado, aunque muy complejo, con un alto nivel de garantías procesales democráticas; el país a veces se llama el "estado de los jueces", señalando así solo la soberanía de los tribunales estadounidenses, pero también la confianza de la población en estos órganos de gobierno.

La autoridad de los tribunales se basa en la ejecución incondicional de las decisiones judiciales por parte de los ciudadanos y los órganos del Estado, incluso en cuestiones relacionadas con el reconocimiento por parte de la Corte Suprema de Justicia de la inconstitucionalidad de leyes y actos administrativos, que los excluye inmediatamente de ley actual. Cualquier decisión de la Corte Suprema que haya entrado en vigor es generalmente vinculante, nadie tiene derecho a cuestionarla.

A diferencia de muchos tribunales extranjeros de este nivel, no hay salas dentro de la Corte Suprema de los Estados Unidos, por lo que todos los jueces participan en la consideración de cada caso; la Corte se salva de la congestión por el llamado Forma escrita la consideración del caso, cuando el Tribunal prescinda de citar a las partes, interrogar testigos y demás actuaciones que dilaten el proceso. Las decisiones se toman por mayoría de votos y son inapelables. En caso de desacuerdo con la mayoría, cada juez tiene derecho a publicar su opinión disidente. El poder discrecional de la Corte es excepcionalmente grande: tiene derecho a aceptar la mayoría de los casos para su propia consideración, es decir, cuando encuentra en el caso una "cuestión federal de importancia fundamental". La Corte evita cuidadosamente los casos en los que la decisión de una disputa en particular cae dentro de las prerrogativas de los órganos legislativos o ejecutivos.

La Corte Suprema es la más alta Tribunal de Apelación que revisa las sentencias y decisiones de los tribunales inferiores sobre cuestiones tanto de moralidad como de hecho. Al mismo tiempo, actúa como tribunal de primera instancia en todas las disputas entre dos o más estados; sobre los asuntos de embajadores, enviados estatales, cónsules paises extranjeros; disputas entre los Estados Unidos y el estado; en casos presentados por el estado contra ciudadanos de fuera del estado y extranjeros. El número de casos tramitados por el Tribunal Supremo como tribunal de primera instancia es generalmente reducido.

Práctica de arbitraje

De acuerdo con las Reglas de la Corte Suprema de la SSL (modificada en 1980), la Corte Suprema acepta casos en tres procedimientos principales:

  • 1) a modo de apelación, es decir, cuando el Tribunal es abordado por una parte que cree que su caso contiene un "asunto federal" porque un tribunal inferior ha declarado erróneamente (o, por el contrario, no ha declarado) una ley inconstitucional en relación con una acción o proceso civil;
  • 2) en el orden de la demanda ( certiorario), es decir. sobre la base de una petición de parte que indique motivos importantes para que la Corte Suprema acepte este recurso para su consideración;
  • 3) en el auto de "certificación", cuando el Tribunal Supremo apela a alguna Tribunal de Apelación que desee recibir una explicación en forma procesal sobre una cuestión legal específica en relación con un caso específico.

Sin embargo, la Corte Suprema ganó la mayor fama al ejercer la función de control constitucional, es decir, ejercer la supervisión judicial sobre el cumplimiento de las leyes y otros actos jurídicos normativos con la ley fundamental del país: la Constitución. Estos poderes de los tribunales no están fijados directamente por la Constitución. Tomaron forma sobre la base de la interpretación judicial de la Constitución. Este precedente judicial apareció por primera vez en 1803 en el caso de Marbury v. Madison.

La demanda de Marbury fue desestimada por motivos puramente formales: la ley que permite instruir a Madison no es válida. Por lo tanto, la Corte Suprema restringió un poco su jurisdicción, en relación con el derecho a dictar órdenes. Pero al mismo tiempo, los federalistas en la Corte Suprema recibieron el derecho de reconocer cualquier acto que contradiga la Constitución como inválido. Se sentó un precedente judicial por el cual la Corte Suprema adquirió el derecho de la tutela constitucional incidental, aquellos. el derecho a sentar un precedente sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley vinculante para otros tribunales.

La decisión del Tribunal Supremo en este caso sustentó las siguientes disposiciones: en primer lugar, la Constitución es una ley sujeta a interpretación judicial, como cualquier otra ley; en segundo lugar, los tribunales tienen derecho a interpretar la Constitución para decidir los casos de conformidad con ella; tercero, en caso de contradicción entre la Constitución y la ley, los tribunales están obligados a aplicar la Constitución como "ley suprema" del país o aquellas leyes que le correspondan. Este precedente judicial se convirtió en la base legal para el establecimiento del control constitucional en los Estados Unidos.

El contenido del control constitucional en los Estados Unidos incluye los siguientes poderes de los tribunales: interpretación autorizada de la Constitución, verificación de la constitucionalidad de las leyes del Congreso y las legislaturas estatales, actos jurídicos reglamentarios del poder ejecutivo, así como el establecimiento de reglas de derecho en forma de precedentes judiciales. Interpretando y complementando la Constitución de 1787 a su discreción, la Corte Suprema crea nuevas disposiciones legales en la ley básica actual del país. Las aladas palabras del ex Presidente del Tribunal Supremo C. Hughes: "La Constitución es lo que dicen los jueces al respecto", están plenamente confirmadas por la antigua práctica de la Corte Suprema de los Estados Unidos.

Características del modelo americano de control constitucional son los siguientes:

  • a) la cuestión de la inconstitucionalidad de una ley u otro acto surge cuando estos actos ya han sido publicados y han entrado en vigor;
  • b) La Corte Suprema considera la cuestión de la constitucionalidad de un acto no en general, no en procedimientos independientes, sino solo en relación con la audiencia de un caso judicial, decidiendo así "el destino de la ley sobre la base del caso. " El tribunal está obligado por un incidente: un caso, una disputa sobre la ley, en relación con la consideración de la cual hay una razón para verificar la constitucionalidad ( naturaleza juridica) de la ley aplicable. Así, la Corte Suprema establece un precedente vinculante para todos los tribunales para la aplicación o, por el contrario, la no aplicación de la ley debido a su cumplimiento o inconsistencia con la Constitución de los Estados Unidos. Esencialmente, cualquier otro tribunal puede hacer lo mismo. Pero solo la Corte Suprema crea un precedente generalmente vinculante para la invalidez de una ley en caso de que establezca su inconsistencia con la Constitución de los Estados Unidos;
  • c) si el acto es declarado inconstitucional, pierde efecto legal. Durante su existencia, la Corte Suprema ha declarado inconstitucionales más de 122 disposiciones de leyes federales (total o parcialmente).

La Corte Suprema no se involucra en una revisión constitucional abstracta. Los tribunales inferiores no recurren a la Corte Suprema de los Estados Unidos con una solicitud sobre un asunto específico, deben decidir por sí mismos la constitucionalidad de la ley aplicable o que se aplicará en un caso particular. No existe una institución especial de recurso constitucional individual que pueda interponerse directamente ante la Corte Suprema, y ​​por lo tanto los ciudadanos tienen derecho a solicitar la protección de cualquiera de sus derechos ante los tribunales inferiores (según la jurisdicción).

El control constitucional en los Estados Unidos se genera por el principio del estado de derecho y sirve para implementar el sistema de "frenos y contrapesos" en el mecanismo estatal del país.

El modelo europeo (austríaco), cuyo fundador es Austria (1920), se basa en la interconexión de los principios de la supremacía de la constitución y la supremacía del parlamento. Las disputas constitucionales son examinadas por tribunales constitucionales especiales con la participación de jueces con Calificación Especial. Se trata de un control constitucional centralizado y generalmente abstracto, aunque también es posible un control específico. Las sentencias son vinculantes.

Panorama Internacional

El control de constitucionalidad según este modelo se realiza en varios países los siguientes cuerpos:

a) tribunal constitucional:

en Europa: Austria, Albania, Andorra, Bielorrusia, Bulgaria, Bosnia, Hungría, Alemania, España, Italia, Lituania, Macedonia, Malta, Moldavia, Polonia, Rusia, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, Ucrania, Croacia, República Checa, Estonia, Yugoslavia: en Asia: Irak, Chipre, Kirguistán, Mongolia, Siria, Tailandia, Turquía, Sri Lanka, Corea del Sur; en África - Angola, Benin, Gabón, Egipto, Madagascar, Malí, Ruanda, Etiopía, Sudáfrica; en América - Chile; en Australia y Oceanía - Papúa Nueva Guinea;

b) el tribunal supremo o su sala especial:

en Europa: Bélgica, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo; en Asia - Yemen, Filipinas; en África - Burkina Faso, Burundi, Zaire, Níger, Senegal, Sudán, Togo, Chad; en América - Costa Rica, Panamá, Paraguay, Uruguay.

Los órganos que funcionan según el modelo europeo (austríaco) de control constitucional han las siguientes características:

  • a) el control de constitucionalidad se introdujo por diversas razones, dependiendo de condiciones específicas país dado;
  • b) los órganos de control constitucional que son institucionalmente independientes del poder judicial, en la práctica, en su mayoría, actúan como parte del sistema judicial en el sentido más amplio;
  • c) a la hora de tramitar recursos de inconstitucionalidad suelen surgir problemas, ya que el control de constitucionalidad está separado de los tribunales ordinarios;
  • d) el estatuto constitucional (autonomía administrativa y financiera) de los tribunales es una condición necesaria para su independencia en la toma de decisiones;
  • e) solo estos órganos ejercen el control constitucional y solo ellos tienen todos los poderes de dicho control, incluido en la mayoría de los casos el poder de derogar las leyes aprobadas por el parlamento;
  • f) los jueces constitucionales son designados por las autoridades políticas;
  • g) la competencia de estos órganos judiciales es de carácter especial: sus decisiones son jurídicas y políticas, aunque pueden tener un carácter meramente consultivo;
  • h) las leyes están sujetas primordialmente al control de constitucionalidad;
  • i) el control de constitucionalidad es, por regla general, posterior y menos frecuente preliminar; las decisiones del tribunal constitucional son definitivas.

Modelo europeo (francés) Tiene su origen en la Quinta República Francesa con la aprobación de la Constitución el 4 de octubre de 1958. El Consejo Constitucional se compone de nueve miembros. La composición del Consejo se renueva en ))3 cada tres años. Tres miembros del Consejo son designados respectivamente por el Presidente de la República, el Presidente de la Asamblea Nacional y el Presidente del Senado. Los Presidentes Supremos de la República son miembros vitalicios del Consejo Constitucional, salvo que ocupen un cargo incompatible con el mandato de miembro del Consejo Constitucional.

Panorama Internacional

Además de Francia, se han creado órganos de control constitucional en Polonia, Kazajstán, así como en Marruecos, Senegal, Túnez y otros países del grupo francófono.

Por ejemplo, el control constitucional en el Reino de Marruecos, largo tiempo(de 1912 a 1956), que estuvo bajo el protectorado de Francia, se lleva a cabo por el Consejo Constitucional, creado en 1992 según el modelo francés.

El Consejo Constitucional consta de cuatro miembros designados por el Rey por un período de seis años y cuatro miembros designados por el mismo período por el Presidente de la Cámara de Representantes (la cámara baja del Parlamento bicameral). Además, el Rey nombra al Presidente del Consejo Constitucional por el mismo período. Cada categoría de consejeros se renueva por la mitad cada tres años.

El Consejo Constitucional ejerce el control sobre la constitucionalidad de las leyes consuetudinarias y orgánicas aprobadas pero aún no promulgadas a petición del Rey, el Primer Ministro, el Presidente de la Cámara de Representantes o ¼ de los miembros de esta última. Además, el Consejo Constitucional considera cuestiones sobre la legalidad de las elecciones parlamentarias y los referéndums. Las decisiones del Consejo son vinculantes y no están sujetas a apelación.

Este modelo de control constitucional tiene las siguientes características:

  • a) al considerar el caso, el procedimiento judicial se utiliza sólo parcialmente;
  • b) junto con el control concreto de las disposiciones de las leyes, también se utiliza el control abstracto de todos los niveles de gobierno;
  • c) resolución de conflictos de competencia entre órganos estatales;
  • d) resolución de controversias sobre los resultados de las elecciones, las disposiciones de la constitución, así como las decisiones sobre la conformidad del referéndum con las disposiciones de la constitución.

Las decisiones del Consejo Constitucional no siempre son definitivas y pueden ser anuladas por el jefe de estado o el parlamento.

Modelo mixto europeo-americano incluye elementos de control tanto descentralizado como centralizado. Aunque el poder de ejercer la revisión constitucional se concentra en el tribunal constitucional o supremo (o sus salas especiales), todos los tribunales ordinarios están facultados para anular las leyes que consideren inconstitucionales.

Panorama Internacional

El control según este modelo se lleva a cabo en varios países por los siguientes órganos: a) el tribunal constitucional: en Europa - en Portugal; en América - en Guatemala, Colombia, Perú, Ecuador; b) el tribunal supremo o su cámara especial: en Europa - en Grecia, Suiza (teniendo en cuenta el hecho de que en el sistema suizo de revisión constitucional limitada, el Tribunal Federal de Suiza no puede evaluar las leyes federales); en Asia - en Indonesia, Taiwán; en América - en Brasil, Venezuela, El Salvador.

El Tribunal Supremo cumple las siguientes funciones: eliminación de contradicciones entre diversas disposiciones legislativas; resolución de controversias entre la República y un estado o municipios, excepto entre municipios de un mismo estado; resolución de controversias sobre competencia entre tribunales, ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal general de instancia superior; procedimientos de casación.

La Corte Suprema juega un papel importante en el proceso de juicio político, donde entre sus facultades se encuentra el anuncio de la presencia motivos legales inculpación al Presidente de la República y profundización del caso hasta dictar sentencia firme; declarando que hay lugar para acusar a los miembros del Congreso o a sus propios miembros, a los ministros, al Fiscal General, al Fiscal General o al Contralor General de la República, a los gobernadores o jefes de misiones diplomáticas, remitiendo su caso al tribunal competente (si se trata de delitos comunes). involucrados), o continuar conociendo el caso hasta el veredicto final (en el caso de violaciones políticas).

La Corte Suprema es también un órgano de revisión constitucional. Su competencia incluye declarar inválidas (en todo o en parte) las leyes nacionales y otros actos dictados por las cámaras legislativas, así como las leyes estatales, los actos de los municipios y otros actos de los órganos consultivos de los estados y municipios, las resoluciones y otros actos del poder nacional. poder ejecutivo, si son contrarios a la Constitución.

El modelo mixto tiene las siguientes características.

La Corte Suprema tiene el derecho de supervisar las actividades de otros órganos judiciales y resolver disputas sobre competencia entre tribunales de varios tipos. Como tribunal de última instancia, tiene derecho a conocer de los recursos de casación contra las sentencias y resoluciones dictadas por los tribunales inferiores. El Tribunal Supremo también tiene funciones consultivas. Da opiniones al presidente y al gobierno sobre temas relacionados con la interpretación de la constitución, las leyes y ciertos asuntos legales. Al carecer del poder de revisión constitucional, la Corte Suprema sólo puede pronunciarse sobre la conformidad de los estatutos administrativos con la ley.

Modelo socialista de control constitucional característica de los estados socialistas. Hoy, este modelo opera solo en cuatro países socialistas: la República Popular China, Vietnam, Corea del Norte y Cuba.

La peculiaridad de este modelo radica en que las funciones de control constitucional las ejerce el propio Parlamento o el Presidium del Consejo Supremo (el Presidium del Consejo de Estado, la Comisión Permanente, etc.).

Así, el órgano supremo de control constitucional es el parlamento.

En los países que utilizan modelo islámico, hay consejos constitucionales-religiosos. Por ejemplo, la Constitución iraní estableció una Junta de Síndicos con el objetivo de "preservar los preceptos del Islam y la constitución contra cualquier desviación de ellos por parte de la Cámara de Diputados". El consejo está compuesto por 12 personas -seis teólogos designados por el jefe de estado (la persona espiritual más alta) y seis abogados propuestos por el parlamento, y desempeña la función de un tribunal constitucional islámico- y está llamado a garantizar que los actos jurídicos no contradecir el Corán.

Storozhev Alexander Nikolaevich, estudiante de posgrado, Departamento de Derecho Constitucional y Municipal, Estado de Moscú Universidad de Derecho lleva el nombre de O. E. Kutafin (MSUA).

El artículo analiza la esencia y el propósito del control judicial constitucional, compara los modelos existentes de justicia constitucional, examina las ventajas y desventajas de varios modelos de justicia constitucional, incluso en relación con el sistema de control judicial constitucional en Rusia. El autor llega a la conclusión de que en la actualidad existe una tendencia a la convergencia de modelos de justicia constitucional, por lo tanto, al construir un sistema de justicia constitucional, no se debe ceñir a los cánones de uno de los modelos, sino aprovechar las ventajas de cada uno. de ellos.

Palabras clave: jurisprudencia, derecho constitucional, control constitucional judicial, tutela de la constitución, modelos americano, europeo e ibérico, constitucionalismo, derecho comparado, justicia constitucional, justicia constitucional, tendencias en justicia constitucional.

Modelos de justicia constitucional

Storozhev Aleksandr Nikolaevich - estudiante de posgrado del Departamento de Derecho Constitucional y Municipal de la Universidad Estatal de Derecho de Kutafin Moscú.

El artículo se refiere a la naturaleza y los objetivos del control constitucional judicial, el autor compara los modelos existentes de justicia constitucional, las características positivas y negativas de varios modelos de justicia constitucional, incluido el modelo ruso. El autor llega a la conclusión de que actualmente existe una tendencia a acercar los modelos de justicia constitucional; por lo tanto, no hay razón para seguir estrictamente uno de esos modelos. Más bien se deberían utilizar las características positivas de varios modelos, al formar el sistema de justicia constitucional.

Palabras clave: jurisprudencia, derecho constitucional, control constitucional judicial, tutela constitucional, modelos americano, europeo e ibérico, constitucionalismo, derecho comparado, justicia constitucional, tendencias de la justicia constitucional.

De la segunda mitad del siglo XVIII. aparece, toma forma y se fortalece la idea de control constitucional, es decir, la actividad agencias gubernamentales verificar la conformidad de las leyes y demás actos jurídicos de la constitución. Esta idea fue una etapa natural en el desarrollo de la democracia, el derecho y el estado. En cierto sentido, la idea de control constitucional puede llamarse consecuencia y resultado del desarrollo de la idea de separación de poderes y el mecanismo de pesos y contrapesos.

Los orígenes de esta idea se encuentran en el siglo anterior, por ejemplo, M.A. Alexandrova escribe: "En Gran Bretaña en el siglo XVII, el Consejo Privado reconoció las leyes de las asambleas legislativas (legislaturas) de las colonias americanas como inválidas si contradecían las leyes del Parlamento inglés o el derecho consuetudinario".<1>. Aunque en este caso es más probable que no se trate de su propio control constitucional, sino del control de las colonias sometidas y de la limitación de su independencia.

<1>Cm.:

V. Shapoval en su artículo “Características Esenciales del Control Constitucional” separa el control especializado constitucional y la supervisión constitucional, aunque señala que existen enfoques que identifican estos conceptos, brinda un antecedente histórico sobre el surgimiento del control constitucional y sus dos sistemas principales, y también analiza la esencia del control constitucional, principalmente en relación con el control constitucional de Ucrania<2>.

<2>Ver: Shapoval V. Características esenciales del control de constitucionalidad // Ley constitucional juez. 2005. N 2.

V. Shapoval separa el control constitucional del control constitucional por la fuerza legal de las decisiones, en el primer caso son obligatorias y conllevan la pérdida de fuerza legal del documento que se revisa en todo o en parte si contradice la constitución, en el segundo caso las decisiones son de carácter consultivo y se dirigen únicamente al órgano que adoptó el acto correspondiente. En el enfoque que identifica control y supervisión, estamos hablando de control constitucional vinculante y consultivo. El tercer enfoque define la supervisión de constitucionalidad como un tipo de control de constitucionalidad de los órganos del Estado respecto de actos que no han entrado en vigor.

N. S. Bondar en su artículo "Justicia constitucional: una institución universal para resolver las contradicciones sociales en la sociedad moderna" partió del concepto de conflicto social. El autor considera la constitución como el resultado de un consenso entre diversas fuerzas políticas e intereses, así como un fenómeno dinámico a desarrollar. N. Bondar define el control constitucional judicial como una institución universal especial para resolver las contradicciones y conflictos sociales, a lo que el autor se refiere, además del control constitucional, las instituciones de separación de poderes vertical y horizontal, federalismo, pluralismo político y económico y otras complejas. instituciones de un estado social y de derecho<3>.

<3>Ver: Bondar N. Justicia constitucional: una institución universal para resolver las contradicciones sociales de la sociedad moderna // Justicia constitucional. Boletín de la Conferencia de Órganos de Control Constitucional de los Países de Joven Democracia. 2007. Nº 1.

Así, desde los puntos de vista anteriores, podemos concluir que el control constitucional judicial es una institución de resolución de conflictos sociales, expresada en la forma de actividades de los órganos estatales autorizados para verificar la constitucionalidad de los actos de las autoridades estatales, cuyas decisiones son de un carácter generalmente vinculante.

Coincidiendo en general con las conclusiones de los autores anteriores, podemos agregar que la justicia constitucional tiene como finalidad primordial construir y perfeccionar el constitucionalismo, proteger y asegurar la supremacía de la constitución, así como proteger los derechos humanos constitucionales. Este es el objetivo abstracto de la justicia constitucional como institución de derecho estatal en general. En cuanto al objetivo específico de la justicia constitucional, en mi opinión, tal objetivo puede denominarse, en primer lugar, la protección del derecho constitucional violado (restauración en derecho, reparación del daño, por regla general, con una denuncia específica), y en segundo lugar. , asegurando la supremacía de la constitución como principal acto legal o un sistema de actos (reconocimiento de las leyes como incompatibles con la constitución y su anulación, por regla general, con una denuncia abstracta), así como la resolución de disputas sobre competencia (aquí, el tribunal constitucional ya actúa como árbitro en un disputa entre autoridades).

EJÉRCITO DE RESERVA. Nikolaev en su artículo " Procedimientos judiciales iniciados por los ciudadanos en los órganos del sistema europeo de control constitucional" considera varios tipos de recursos constitucionales. En general, los recursos constitucionales se pueden dividir en tres grandes grupos. Las reclamaciones abstractas, o recurso directo, cuyo objeto es, por regla general, un acto jurídico normativo, el control de tales recursos es abstracto y la decisión es generalmente vinculante. Las quejas constitucionales específicas implican una apelación ante el tribunal constitucional en el procedimiento de un caso particular. El propósito de tales quejas es, por regla general, proteger los derechos del solicitante, establecer la legalidad del acto impugnado para las partes en este caso particular. El tercer grupo de recursos constitucionales incluye recursos mixtos que contienen signos de recursos tanto abstractos como específicos.<4>.

<4>Véase: Nikolaeva T.A. Procedimientos judiciales iniciados por ciudadanos en los órganos del sistema europeo de control constitucional // Boletín de Tomskoy Universidad Estatal. 2008. Nº 307.

De lo anterior T.A. Clasificación de Nikolaev, podemos concluir que la diferencia entre los procedimientos para iniciar un juicio constitucional litigio en diferentes países debido a la diversidad de ordenamientos jurídicos, culturas y tradiciones, los sistemas establecidos de control constitucional, así como la relativa juventud de la institución del recurso de amparo y la justicia constitucional en general.

La justicia constitucional, como muchas otras instituciones legales estatales, no es un fenómeno artificial, sino una consecuencia natural y bastante natural del desarrollo del estado. Por ello, no es de extrañar que en un principio surgieran dos sistemas distintos de justicia constitucional: centralizado, se suele denominar europeo, así como austriaco, kelsen y concentrado; y descentralizado, también llamado difuso, conocido como modelo americano.

El Dr. P. Pérez Tremps, en su artículo "La Justicia Constitucional en la Actualidad. Una Especial Referencia a América Latina", da su clasificación de modelos de justicia constitucional. Según el autor, en la actualidad la diversidad de la justicia constitucional no puede reducirse a dos modelos: concentrada y difusa. Según el criterio institucional, P. Pérez Tremps distingue tres “sistemas organizativos” de la justicia constitucional en América Latina.

El primer modelo es el sistema de una corte o tribunal constitucional especial. En varios países, escribe P. Pérez Tremps, existe un tribunal constitucional que ejerce, monopólicamente o no, la justicia constitucional y está fuera del poder judicial como órgano no sólo especializado, sino también especial. Este sistema opera en Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala y Perú.

El segundo modelo es el sistema de un órgano especializado dentro del poder judicial. Se sustenta el principio de que el órgano de justicia constitucional es un órgano especializado, pero incrustado en el poder judicial. Estos estados incluyen El Salvador, Costa Rica, Nicaragua, Paraguay y Venezuela.

El tercer modelo es un sistema de habilitación de órganos judiciales no especializados para administrar justicia constitucional. En estos países, la justicia constitucional, según el autor, se mezcla funcional e institucionalmente con la justicia ordinaria. P. Pérez Tremps incluyó a Argentina, Brasil, México, Panamá, República Dominicana y Uruguay entre los países del tercer modelo. En Brasil, el control de constitucionalidad está a cargo únicamente del supremo tribunal federal, que también tiene otras facultades, pero no es un tribunal. jurisdicción general.

P. Pérez Tremps señala por separado que, en primer lugar, la implementación de la justicia constitucional por un órgano especializado no significa que otros órganos judiciales, especialmente la Corte Suprema o el Tribunal, no tengan la autoridad para administrar justicia constitucional (por ejemplo, en Nicaragua y Paraguay). En segundo lugar, incluso en los países del tercer grupo, donde no existen órganos especializados de justicia constitucional, existe una tendencia a especializarse órganos supremos El poder judicial como órganos de justicia constitucional.

El Dr. P. Pérez Tremps concluye que independientemente del modelo de justicia constitucional, existe una tendencia a la formación de órganos especializados en justicia constitucional de una forma u otra, la elección de un modelo constitucional está asociada a las características de un país en particular. , y la eficacia e independencia de la justicia constitucional se puede lograr con cualquier modelo de justicia constitucional.<5>.

<5>Cm.:

Cabe señalar que el segundo modelo (el sistema de un órgano especializado dentro del poder judicial), propuesto por P. Pérez Tremps, prácticamente repite su tercer modelo (el sistema de administración de justicia constitucional por los tribunales de jurisdicción general) con algunos cambios menores. características. por ejemplo, los poderes de la justicia constitucional en Paraguay están conferidos a la Corte Suprema, pero las cuestiones constitucionales son atendidas por un tribunal especializado Sala Constitucional dentro de la Corte.

La justicia constitucional en Rusia aparece solo en los años 90 del siglo pasado, un tiempo considerable después del surgimiento de esta institución en América y Europa.

S.V. Taradonov y D. S. Petrenko en el artículo "Algunos aspectos de la influencia internacional y extranjera en la justicia constitucional de la Federación Rusa" considera la formación del control constitucional en la Federación Rusa desde los años 90 y la influencia de mecanismos, modelos y tendencias extranjeros en ella. En particular, los autores escriben que a principios de los años 90, muchos sujetos probaron el modelo francés de control no judicial constitucional, que, según los autores, es la supervisión constitucional. A mediados de la década de 1990, en algunas entidades constitutivas de la Federación Rusa, los tribunales de jurisdicción general ejercían facultades de revisión constitucional, lo que corresponde claramente al modelo estadounidense de revisión constitucional. En la República de Ingushetia y la República de Altai, un modelo especial control constitucional, que se asemeja al estadounidense con la única excepción de que ningún tribunal de jurisdicción general tiene derecho a ejercer la justicia constitucional, sino solo la Corte Suprema (tal modelo existe, por ejemplo, en Australia y Japón).

Sin embargo, el FKZ "Sobre el sistema judicial de la Federación Rusa" de 1996 estableció el modelo europeo (austríaco) de justicia constitucional tanto a nivel federal como regional. S.V. Taradonov y D. S. Petrenko asocia tal decisión con la atracción de modelos de control constitucional a los ordenamientos jurídicos correspondientes (familias), en este caso, el modelo europeo de justicia constitucional corresponde al ordenamiento jurídico romano-germánico. A pesar de esto, los autores ven una cierta ventaja del modelo estadounidense de justicia constitucional para los súbditos de Rusia. S.V. Taradonov y D. S. Petrenko también ocupó análisis comparativo sistemas de control constitucional en Rusia y Alemania y encontró que eran en gran parte iguales, por lo que el sistema ruso de justicia constitucional en cierto sentido puede llamarse el modelo alemán de control constitucional<6>.

<6>Cm.:

Los modelos europeo y americano de control constitucional tienen sus propias características y características, sus ventajas y desventajas. MAMÁ. Alexandrova, hablando del modelo de Kelsen, destaca las siguientes ventajas:

  • en el modelo europeo, la justicia constitucional se implementa como actividad especialórganos judiciales especiales en materia de control constitucional; en los estados federales, tales órganos pueden crearse tanto a nivel federal como en los sujetos de la federación;
  • el control constitucional judicial no es una de las funciones colaterales junto con otras, como los tribunales de jurisdicción general en el modelo americano, sino la única;
  • los tribunales constitucionales, dado su objeto funcional, se forman de forma diferente a la formación de los tribunales de jurisdicción general. A menudo implica la participación de organismos estatales pertenecientes a varios poderes del Estado. Por regla general, los profesores de derecho, los funcionarios gubernamentales de alto rango y otros abogados altamente calificados son elegidos (designados) para los tribunales constitucionales;
  • peculiaridades estatus legal tribunales constitucionales orden procesal sus actividades, a diferencia de todos los demás procedimientos judiciales, lo que se denomina procedimiento judicial constitucional;
  • constituciones y leyes países europeos disponer que las decisiones del órgano de jurisdicción constitucional sean generalmente vinculantes, es decir, son vinculantes no sólo para las partes del caso, como es típico del modelo americano, sino para todos los sujetos de derecho. El reconocimiento de cualquier acto jurídico como incompatible con la constitución implica directamente la pérdida de su fuerza jurídica;
  • El modelo europeo se distingue por una mayor variedad de tipos de control realizados que en el modelo americano. La legislación puede permitir la posibilidad de un control no solo posterior, sino también preliminar, que se lleva a cabo antes de que el acto jurídico entre en vigor. Si bien el control de constitucionalidad judicial es principalmente de carácter operativo, también se permiten algunas de sus formas consultivas;
  • bajo las condiciones del modelo europeo, es posible implementar un control normativo constitucional tanto concreto como abstracto, que no está asociado a ningún caso de Corte <7>.
<7>

Para ser justos, debe tenerse en cuenta que en el modelo estadounidense, las decisiones sobre la inconstitucionalidad de un acto solo son inicialmente vinculantes para las partes en el caso en el que se planteó la cuestión de inconstitucionalidad, pero si el caso llega a la Corte Suprema de EE. UU., su decisión se vuelve generalmente vinculante. Es decir, el carácter vinculante general de las decisiones de los órganos judiciales de control constitucional está presente en el sistema estadounidense, pero tiene un procedimiento de implementación complejo en comparación con el modelo europeo.

Además, como E.V. Boldyrev, en los Estados Unidos existe una doctrina de "cuestión política", que se refiere a que los tribunales estadounidenses pueden negarse a considerar la cuestión de la inconstitucionalidad de un acto, lo que generalmente no es típico de la institución de la justicia constitucional. Los criterios para clasificar una situación como política en lugar de judicial fueron definidos por la Corte Suprema de los Estados Unidos en Coleman v. Miller, Lutero v. Borden, Powell v. Mc. Cormack y Goldwater v. carretero<8>.

<8>Ver: Boldyreva E.V. Justicia constitucional en los temas de los estados federales: cuestiones de regulación legal (en el ejemplo de los EE. UU., Alemania y Rusia) // Boletín de la Universidad Estatal de Tomsk. 2009. Nº 319.

En cuanto a las ventajas y desventajas del modelo de justicia constitucional estadounidense, E.E. Zherebtsov en su artículo "La formación y desarrollo del control judicial en los Estados Unidos". Las desventajas de este modelo incluyen:

  • decisión vinculante sólo para las partes;
  • la dificultad de tomar la decisión de carácter universalmente vinculante;
  • la posibilidad de interpretaciones contradictorias de la constitución por parte de diferentes tribunales.

<9>

D.K. también proporciona una lista similar de deficiencias del modelo estadounidense de justicia constitucional en relación con los Estados Unidos. Yaroslavtsev:

  • la incapacidad de la Corte Suprema de revisar las decisiones de los tribunales estatales si modifican las reglas del derecho consuetudinario, interpretan la ley estatal de cualquier forma o la invalidan, excepto aquellas que afectan asuntos de la ley federal;
  • la incompetencia de la Corte Suprema para ejercer control administrativo sobre los tribunales estatales;
  • procedimiento incidental para resolver cuestiones constitucionales;
  • la iniciación de procesos constitucionales sólo a iniciativa de particulares;
  • la duración del procedimiento;
  • el carácter vinculante de la decisión solo para las partes y la dificultad de hacer que la decisión sea generalmente vinculante;
  • el peligro de coloración personal de la práctica constitucional de la Corte Suprema de los Estados Unidos;
  • posibilidad de interpretación contradictoria de la Constitución en diferentes etapas históricas de la Corte Suprema<10>.
<10>Véase: Yaroslavtseva D.K. Importancia legal de la Corte Suprema de los EE. UU. en la implementación del control constitucional judicial // Boletín de Saratov academia estatal derechos. 2009. Nº 6.

A pesar de una lista tan extensa de deficiencias del modelo estadounidense, también tiene una serie de ventajas. S.V. Taradonov y D. S. Petrenko destaca ciertas ventajas del modelo estadounidense de justicia constitucional para Rusia, sin embargo, con la condición de que este modelo se aplique en los sujetos de la Federación, en cuyo caso tales ventajas ayudarán:

  • "resolver problemas de dotación de personal atrayendo jueces profesionales con experiencia para el ejercicio del control constitucional en las regiones sobre una base competitiva;
  • evitar la duplicación, la competencia, el conflicto de competencias entre los tribunales constitucionales (obligatorios) y los tribunales de jurisdicción general;
  • hacer materialmente accesible a los sujetos la justicia constitucional, ya que su financiamiento se realizará con cargo a cargo federal y no requerirá costos de fondos presupuestarios regiones para las actividades del costoso subsistema judicial;
  • crear mecanismos procesales para revisar las decisiones de los tribunales inferiores que ejerzan la justicia constitucional (estatutaria);
  • hacer universal y efectivamente obligatorio el control constitucional para todos los sujetos de la Federación;
  • alejar lo más posible las actividades de la justicia constitucional del ámbito de la política;
  • enriquecer la administración de justicia constitucional (estatutaria) con la experiencia de la práctica de todo el sistema judicial”<11>.
<11>Taradonov S.V., Petrenko D.S. Algunos aspectos de la influencia internacional y extranjera en la justicia constitucional de la Federación de Rusia // Estado y derecho. 2007. N 3.

ELLA. Zherebtsova en su artículo "Sobre el tema de la periodización y el funcionamiento de los órganos de control constitucional del modelo europeo" considera el modelo constitucional en el ejemplo de varios países europeos y también habla sobre las características positivas del modelo europeo, como "iniciación del procedimiento de control de constitucionalidad a iniciativa de un número significativo de personas (y no sólo a iniciativa de particulares, como en el modelo americano de control de constitucionalidad); plazos rápidos para la consideración de los casos; decisión vinculante para todos los sujetos de derecho (y no solo para los partidos, como en el modelo americano de control constitucional)"<12>.

<12>Véase: Zherebtsova E.E. Sobre el tema de la periodización y el funcionamiento de los órganos de control constitucional del modelo europeo // Mirovaya ekonomika i mezhdunarodnoe pravo. 2011.

Cabe señalar que existen ventajas en ambos modelos de control de constitucionalidad, tanto para el nivel federal como para el nivel de sujetos. En mi opinión, uno de los modelos no debe ser tomado como el único correcto, sino que se deben utilizar elementos de varios modelos en la organización del sistema de justicia constitucional, teniendo en cuenta las realidades y características existentes del Estado, sujetos de la estado, el sistema legal y otros factores. Con respecto a Rusia, por ejemplo, es posible conceder a los sujetos, especialmente a aquellos para los que el mantenimiento de su propio tribunal constitucional (estatutario) es difícil y costoso, el derecho a establecer el modelo americano de justicia constitucional, dejando al europeo modelo a nivel federal.

A pesar de que en la práctica mundial se han desarrollado ciertos modelos de control constitucional, no se puede hablar de modelos “puros”, en cualquier estado la justicia constitucional tiene sus propias características. por ejemplo, la presencia de un método de justicia constitucional como el procedimiento de amparo en México, España y varios otros países, principalmente latinoamericanos, según algunos autores, no permite atribuir los sistemas de control constitucional de estos países a uno de dos modelos generalmente reconocidos: americano o europeo<13>.

<13>Véase, por ejemplo: Klishas A.A. Control constitucional y justicia constitucional de países extranjeros: un estudio de derecho comparado / Ed. profesor V. V. Eremín. METRO.: Relaciones Internacionales, 2007.

MAMÁ. Alexandrova escribe en su artículo que el procedimiento de amparo es “una institución específica de control judicial especializado, de protección del orden constitucional y del régimen de legalidad que lleva a cabo el poder judicial en el marco de procedimientos independientes en relación con cualquier acto normativo que contradiga la Leyes básicas"<14>. AUTOMÓVIL CLUB BRITÁNICO. Klishas en su trabajo define el procedimiento de amparo como una de las formas no tradicionales (sin relación con los modelos norteamericano o europeo) de revisión constitucional especializada.<15>.

<14>Alexandrova MA El Tribunal Constitucional de la Federación Rusa como modelo moderno de justicia constitucional // juez ruso. 2010. nº 3.
<15>Véase: Klishas A.A. Procedimientos judiciales especializados para la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos (amparo indirecto o biinstancia) // Auditoría del Estado. Correcto. Economía. 2009. nº 3.

Profesor H. A. Doncel Luengo describe el procedimiento de amparo de la siguiente manera: “El procedimiento de amparo está previsto en el artículo 53, apartado 2, de la Constitución Española, actúa como un medio alternativo de protección de los derechos fundamentales: es decir, como un eslabón más de la cadena, como un núcleo más en el entramado de garantías de los derechos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico en general, "Otro" significa que existen otros recursos, "definitivo" significa que se deben agotar los demás recursos, "subsidiario" significa que los demás recursos son privilegiado." No obstante, el autor se reserva que el procedimiento de amparo como método "final" de protección de los derechos se entienda desde el punto de vista del derecho interno, ya que España es parte en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos de Roma de 1950 y percibe el sistema de protección de los derechos humanos creado por ella, cuyo último eslabón es el TEDH<16>.

<16>Cm.:

Así, los sistemas de justicia constitucional en mundo moderno puede atribuirse, con mayor o menor certeza, a uno de los modelos establecidos en la ciencia jurídica: difuso (americano), concentrado (europeo) o ibérico (sudamericano). Sin embargo, existe una tendencia a que estos modelos converjan, a incorporarlos características distintivas, así como la aplicación de un sistema mixto de justicia constitucional. Esta tendencia es una etapa completamente natural en el desarrollo de la justicia constitucional mundial.

Bibliografía:

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  2. Alexandrova MA El Tribunal Constitucional de la Federación Rusa como modelo moderno de justicia constitucional // juez ruso. 2010. nº 3.
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  4. Boldyreva E.V. Justicia constitucional en los temas de los estados federales: cuestiones de regulación legal (en el ejemplo de los EE. UU., Alemania y Rusia) // Boletín de la Universidad Estatal de Tomsk. 2009. Nº 319.
  5. Taradonov S.V., Petrenko D.S. Algunos aspectos de la influencia internacional y extranjera en la justicia constitucional de la Federación de Rusia // Estado y derecho. 2007. N 3.
  6. Zherebtsova E.E. Sobre el tema de la periodización y el funcionamiento de los órganos de control constitucional del modelo europeo // Mirovaya ekonomika i mezhdunarodnoe pravo. 2011.
  7. Zherebtsova E.E. Formación y desarrollo del control constitucional judicial en los EE. UU. // Boletín de la Academia de Derecho del Estado de Saratov. 2009. Nº 6.
  8. Klishas A.A. Procedimientos judiciales especializados para la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos (amparo indirecto o biinstancia) // Auditoría del Estado. Correcto. Economía. 2009. nº 3.
  9. Klishas A.A. Control constitucional y justicia constitucional de países extranjeros: un estudio de derecho comparado / Ed. V. V. Eremín. Moscú: Relaciones internacionales, 2007.
  10. Nikolaeva T. A. Procedimientos judiciales iniciados por ciudadanos en los órganos del sistema europeo de control constitucional // Boletín de la Universidad Estatal de Tomsk. 2008. Nº 307.
  11. Yaroslavtseva D. K. Importancia legal de la Corte Suprema de los EE. UU. en la implementación del control constitucional judicial // Boletín de la Academia de Derecho del Estado de Saratov. 2009. Nº 6.
  12. Doncel Luengo J.A. El Modelo Español de Justicia Constitucional. Las Decisiones Mas Importantes Del Tribunal Constitucional Espanol // Direito Publico. 2005. nº 9.
  13. Pérez Tremps P. La Justicia Constitucional en la Actualidad. Especial Referencia a América Latina // Revista brasileira de derecho constitucional, v. 1, norte 1, 2003.

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  3. Bondar "N. Konstitutsionnoe pravosudie - universal" nyy institut razresheniya sotsial "nykh protivorechiy sovremennogo obshchestva // Konstitutsionnoe pravosudie. Vestnik Konferentsii organov konstitutsionnogo kontrolya stran molodoy demokratii. 2007. N 1.
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  6. Zherebtsova E.E. K voprosu o periodizatsii i funktsionirovanii organov konstitutsionnogo kontrolya evropeyskoy modeli // Mirovaya ekonomika i mezhdunarodnoe pravo. 2011.
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Modelos de justicia constitucional

Vconductible

poder constitucional de revisión judicial

El tema de este trabajo de titulación está dedicado a los principales modelos de justicia constitucional en el mundo moderno. La relevancia del tema elegido es obvia no solo para los países extranjeros, sino también para nuestro país, porque la institución legal constitucional en la Federación Rusa es fundamentalmente nueva y tiene una historia relativamente corta.

Ahora en el mundo hay dos modelos principales de justicia constitucional. Bajo el primer modelo, el control de constitucionalidad es ejercido por un sistema judicial común. En los países del continente europeo, claramente prevalece el segundo modelo, aquí la justicia constitucional se confía a un órgano especial: el tribunal constitucional. Al mismo tiempo, la institución moderna de justicia constitucional se caracteriza por una variedad de formas tal que es cada vez más difícil reducirla a dos modelos principales. Cada vez más se nota la tendencia hacia la aparición de varias formas mixtas, donde algunas combinaciones combinan algunas de las características inherentes a cada uno de los modelos principales.

En la teoría y la práctica del derecho constitucional periodo soviético predominó el concepto que rechazaba la separación de poderes y la institución de la justicia constitucional estrechamente relacionada con ella. Como resultado, los problemas de la justicia constitucional en Rusia quedaron prácticamente en la periferia de la investigación jurídica.

Sin embargo, lamentablemente, debe señalarse que existe una brecha significativa entre las disposiciones constitucionales pertinentes y la realidad real. Resulta que el establecimiento de la práctica real de la justicia constitucional en las condiciones emergentes de la Rusia moderna es un proceso bastante complejo y prolongado, plagado de una serie de dificultades. Sin embargo, en nuestro país, la justicia constitucional va ganando paulatinamente, aunque con considerables dificultades, su lugar en el mecanismo de separación de poderes. Para acelerar este proceso, en primer lugar, es necesario tomar medidas a nivel legislativo y organizativo. Aunque en el desarrollo del concepto constitucional de justicia constitucional en la Federación Rusa se ha el marco legislativo Sin embargo, aún quedan muchas cuestiones de carácter estructural y funcional sin una adecuada regulación legislativa. Sobre la base de una comprensión clara de los problemas del control constitucional, en general, es posible desarrollar propuestas apropiadas y verificadas para la mejora adicional del concepto interno de justicia constitucional y su implementación en la práctica.

Hasta cierto punto, la justicia constitucional fue considerada en trabajos científicos por científicos como S.A. Avakyan, S.S. Alekseev, M.B. Baglai, P. Barenboim, S.V. Bobotov, N.V. Vitruk, B .N.Gabrichidze, VVLazarev, LVLazarev, RZLivshits, MNMarchenko , VSNersesyants, Zh.I.Ovsepyan, OGRumyantsev, BA .Strashun, Yu.A.Tikhomirov, V.A.Tumanov, T.Ya.Khabrieva, V.A.Chetvernin, V.E.Chirkin, Yu.L.

Observando el hecho indudable de la activación investigación científica problemas relevantes en los últimos tiempos, debe reconocerse, sin embargo, que muchos aspectos de la institución de la justicia constitucional han llegado a ser aún insuficientemente estudiados.

El objeto de este trabajo final de calificación es una institución de justicia constitucional en el mundo moderno.

Tema de estudio- características de esta institución en sus actividades en la etapa actual, así como un análisis de las funciones de la justicia constitucional y el funcionamiento de la justicia constitucional en Rusia.

Propósito del trabajo de calificación consiste en estudiar los fundamentos teóricos de la justificación de la institución de la justicia constitucional en el mundo en la etapa actual; divulgación integral del significado y contenido de la justicia constitucional en Rusia con la definición del lugar y el papel del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa en el sistema constitucional de separación de poderes, su importancia en la estructura del estado de derecho. En base a los objetivos planteados, este estudio de cualificación resolverá las siguientes tareas:

Revelar los conceptos básicos del control de constitucionalidad ejercido por el sistema judicial general y un órgano especial;

Dar una descripción general del concepto de separación de poderes y el sistema mismo del poder judicial en la Federación Rusa;

Considerar cuestiones de organización y competencia del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa;

Analizar los problemas y las formas de mejorarlos en la competencia de la Corte Constitucional de la Federación Rusa.

Novedad científica de este trabajo consiste en la formulación misma del problema, en el estudio de los problemas de la justicia constitucional, en el mundo moderno, a partir de dos modelos principales y desde el punto de vista de la separación de poderes en Rusia. El trabajo llevará a cabo un análisis exhaustivo de los dos principales modelos de justicia constitucional y la legislación constitucional de Rusia. Sobre esta base, el autor muestra lo general y lo particular en la organización de la justicia constitucional en Rusia y en otros países, rastrea la dinámica de los enfoques legales para regular las actividades de los sujetos de control constitucional.

Este trabajo de calificación y graduación consta de una introducción, tres capítulos, una conclusión y una lista de referencias.

Capítulo 1. Modelos básicos de justicia constitucional en el mundo moderno

1.1 Control constitucional ejercido por el poder judicial común

En los estados federales, como en la mayoría estados modernos, se han desarrollado y están funcionando dos modelos principales de la institución de la justicia constitucional: el estadounidense y el europeo. La diferencia fundamental entre ellos es que, bajo el modelo estadounidense, la justicia constitucional es ejercida por tribunales de jurisdicción general al considerar casos penales y civiles específicos. Según el modelo europeo, la justicia constitucional se distingue de la justicia general: los casos constitucionales son examinados por órganos especializados, los tribunales constitucionales.

Históricamente, el modelo estadounidense fue el primero en aparecer en los estados federales, que se formó en los Estados Unidos sobre la base no de la constitución, sino de los precedentes judiciales (el primero de los cuales fue la conocida decisión de la Corte Suprema en 1803 en el caso Marbury v. Madison), con diversas modificaciones, está aprobado en varias federaciones de países europeos (Suiza), America latina(Argentina, Brasil, México), América del Norte (Canadá), Asia (India, Malasia, Pakistán), Australia.

Una característica común de la justicia constitucional en todas estas federaciones es su implementación por tribunales de jurisdicción general, tanto federales como sujetos de la federación. “El control judicial de la legislación”, escribe P. Hogg sobre Canadá, “puede llevarse a cabo en cualquier procedimiento, en los tribunales de cualquier nivel... Todos los órganos que ejercen el poder judicial tienen el derecho y el deber de controlar la validez de la legislación cuando se trata de surge en la producción de su conducta". Hogg P. Constitucional Law of Canada. Toronto, 1985. P. 310.

Sin embargo, en términos de organización, los sistemas de tribunales de jurisdicción general son muy diferentes. Aquí se pueden distinguir tres variedades.

En primer lugar, el sistema judicial. característica que es el dualismo. Está formado por el sistema de tribunales federales y el sistema de tribunales de los sujetos de la federación (EE.UU., Brasil). El segundo es un sistema judicial unificado (unificado), que está formado por tribunales federales, creados solo a nivel federal, y los tribunales de los sujetos de la federación (Canadá, India). Por ejemplo, en Canadá, el sistema de tribunales de jurisdicción general incluye la Corte Suprema y los tribunales provinciales (en algunas provincias hay un sistema de dos niveles, en otras, un sistema de tres niveles). Como escribe P. Hogg, “otorgar a los tribunales provinciales de jurisdicción general el derecho de control constitucional, incluido el derecho a controlar no solo las leyes provinciales sino también las leyes federales, hace que la existencia de un sistema separado de tribunales federales que deciden “asuntos federales” sea redundante.

Sin embargo, cabe señalar la inconsistencia de las disposiciones constitucionales relativas al sistema judicial de Canadá. Por un lado, según el apartado 14 del art. 92 del Acta Constitucional de 1867, la competencia exclusiva de las provincias comprende "la administración de justicia en las provincias, incluido el establecimiento, mantenimiento y organización de los tribunales provinciales civiles y penales...". Por otro lado, los jueces de todos los tribunales provinciales son nombrados por el gobernador general (en realidad, el gobierno federal), y el parlamento federal establece y paga los salarios, asignaciones y pensiones (artículos 96, 100 de la Ley Constitucional) . Así, de hecho, los tribunales provinciales forman parte de un único sistema judicial federal. En la India también existe un sistema único (o, en la terminología de los autores indios, conjunto) de tribunales de jurisdicción general. Sin embargo, puede considerarse como una variedad separada, porque aquí, a diferencia de Canadá, los órganos que ejercen la justicia constitucional no son todos los tribunales de jurisdicción general, sino solo la Corte Suprema y los tribunales superiores de los estados. Los tribunales inferiores de los estados, que están subordinados a los tribunales superiores, no tienen jurisdicción sobre cuestiones constitucionales. Esto se desprende de lo dispuesto en el art. 228 de la Constitución, según el cual, si el Tribunal Superior considera que un caso pendiente en un tribunal subordinado a él implica "una cuestión esencial de derecho relativa a la interpretación de la Constitución, retirará el caso del tribunal y decidirá por sí mismo o, al decidir una cuestión constitucional, devolver el caso a un tribunal subordinado. Según D. Basu, “la finalidad del art. 228 - hacer del Tribunal Superior el único intérprete de la Constitución en el Estado, y prohibir que los tribunales subordinados interpreten la Constitución, a fin de lograr cierto grado de uniformidad en los asuntos constitucionales" Basu D. Derecho Constitucional de la India. Nueva Delhi, 1978.P. 274. .

Un sistema judicial similar opera en Malasia y Pakistán (en este último, sin embargo, junto con los tribunales de jurisdicción general, que ejercen la justicia constitucional, se han establecido órganos de control religioso, en particular el Tribunal Federal Sharia, que considera los casos de incompatibilidad entre las disposiciones de la ley y las prescripciones del Islam establecidas en el Corán y la Sunnah) Chirkin V.E. Derecho constitucional comparado. - M.: Manuscrito, 2010. S. 184 - 185. .

El control constitucional ejercido por todos los tribunales de jurisdicción general (como en los Estados Unidos y Canadá) está descentralizado. Un grado limitado de descentralización también es inherente a la justicia constitucional en estados federales como India, Malasia y Pakistán.

Independientemente de las peculiaridades de la organización de la justicia constitucional en todos los países donde opera el modelo americano en sus diversas versiones, el papel decisivo en la implementación de la justicia constitucional, incluso en el ámbito de las relaciones federales, corresponde al más alto Corte, utilizando el término generalizado - "tribunal supremo". Sólo las decisiones de la Corte Suprema en materia constitucional invalidan el acto normativo, son definitivas y vinculantes para todos los tribunales, tanto federales como sujetos de la federación. Cabe señalar que en varios estados, los sujetos de la federación participan en la formación de la corte suprema de una forma u otra. Pongamos un ejemplo, así los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos son nombrados por el presidente, pero “por consejo y con el consentimiento del Senado”, es decir, la Cámara del Congreso, representando los intereses de los estados. En Malasia, los jueces de la Corte Suprema son designados por el jefe del estado federal solo después de consultar con el Consejo de Gobernantes, un órgano consultivo cuyos miembros son gobernantes y gobernadores (jefes de sujetos federales). En Canadá, según la Ley de la Corte Suprema y las Reglas de la Convención, las provincias en la Corte están representadas directamente de la siguiente manera: de los nueve jueces designados por el Gobernador General ( Gobierno federal), tres deben ser designados de Quebec, tres de Ontario, dos de las cuatro provincias occidentales, uno de las cuatro provincias atlánticas. Así, "la composición de la Corte Suprema refleja diferencias regionales y lingüísticas". HoggP. Op. cit. pág. 185.

En el modelo americano que estamos considerando, para identificar el papel de la justicia constitucional en el ámbito de las relaciones federales, el problema de la delimitación de competencias entre varios tribunales de jurisdicción general es de gran importancia. Este problema es especialmente agudo en aquellos países donde (como los Estados Unidos) coexisten dos sistemas judiciales: tribunales federales y tribunales de sujetos federales. En estos estados, los tribunales supremos están dotados de los principales poderes jurisdiccionales en el campo de las relaciones federales: para resolver disputas entre la federación y sus sujetos y entre diferentes sujetos. Este es su mandato exclusivo.

Sin embargo, las disputas entre la federación y sus sujetos, es decir, que tienen un "carácter puramente federal" Basu D. Fundamentals of the Constitutional Law of India. - M., 1986. S. 427. - Esta es una ocurrencia bastante rara. Las cuestiones directamente relacionadas con las relaciones federales (por ejemplo, el cumplimiento de las normas competentes, el principio de la supremacía del derecho federal, etc.) se resuelven principalmente en los casos de verificación de la constitucionalidad de los actos normativos de la federación y sus sujetos en el orden de control constitucional específico, porque el modelo americano es inherente sólo a tal tipo de control constitucional. Y como hemos visto, o todos los tribunales de jurisdicción general, o el tribunal supremo y los tribunales superiores de los súbditos de la federación tienen tal autoridad.

Por ejemplo, en los Estados Unidos y Canadá, todos los tribunales de jurisdicción general tienen derecho a decidir casos sobre la constitucionalidad tanto de la legislación federal como de la legislación de los sujetos de la federación. Por ejemplo, en los Estados Unidos, la Corte Suprema federal tiene el poder de invalidar las leyes estatales. Aquí es apropiado citar el libro de texto del autor V. Lafitsky sobre este tema: “Entonces, en opinión del juez de la Corte Suprema O. Holmes, él cree: “No creo que Estados Unidos pueda desintegrarse si perdimos el derecho a declarar inconstitucionales las leyes del Congreso. Pero creo que la existencia de la Unión estaría en peligro si este derecho no operara en relación con las leyes de los estados individuales "Lafitsky V. Fundamentos orden constitucional EE.UU.- M., 2007. S. 193. .

El papel de la Corte Suprema de los Estados Unidos en la evaluación de la legislación estatal se evidencia con los siguientes datos: para el período de 1791 a 1990, la Corte declaró inconstitucionales (total o parcialmente) 125 leyes federales y 1059 reglamentos estatales. Cabe señalar que el poder judicial de los EE. UU. ha elegido el camino de ampliar la jurisdicción de los tribunales federales, especialmente en lo que respecta a la revisión constitucional. Aunque la jurisdicción de los tribunales federales se limita a los casos enumerados en el art. III de la Constitución de los EE. UU., el Congreso aprobó una serie de leyes que facultan a los tribunales federales para decidir casos también sobre la base de las leyes estatales. “Tal expansión de jurisdicción”, creen los autores estadounidenses, “es posible cuando la cuestión relativa a la ley federal es innegable. parte integral negocio o jurisdicción federal protege un importante interés federal" Harward Law Rev. 1989.No.8.P. 1949. .

Sin embargo, no debe subestimarse el papel de los tribunales estatales en la revisión de la constitucionalidad de la legislación federal. Al examinar las actividades de las cortes supremas estatales en esta área, se pueden citar los argumentos del científico estadounidense S. Feno, a saber: de los casos examinados en 1975 por la Corte Suprema de California, en los que se planteó la cuestión de la constitucionalidad de las leyes. planteadas, las causas sobre constitucionalidad de leyes federales representaron el 12,8%; La Corte Suprema de Kentucky ese mismo año escuchó el 14% de los casos constitucionales, la mayoría de los cuales involucraron la constitución federal en lugar de la constitución estatal. Y., 1987. . En cuestiones constitucionales, las decisiones de los propios tribunales federales y estatales pueden ser revisadas por la Corte Suprema en apelación, pero el objeto de la decisión apelada debe estar dentro de la jurisdicción de la Corte, es decir, la demanda debe tener un “asunto federal”. ”. Cuando en 1988 se cambió la jurisdicción de la Corte, “los casos de apelaciones directas sujetas a consideración obligatoria por parte de la Corte Suprema se redujeron notablemente” LafitskyV. Decreto op. S. 162. .

La delimitación de jurisdicción sobre cuestiones constitucionales en otros estados de este grupo tiene algunas diferencias con los Estados Unidos. Considere esto en el ejemplo de un país como Brasil. Aquí Supremo Corte federal decide en primera instancia en materia de "inconstitucionalidad directa de una ley o reglamento dictado a nivel federal o estatal, y en materia de declaración de constitucionalidad ley Federal o regulación". Además, tiene derecho a tomar decisiones por vía de "revisión extraordinaria" en los casos en que las decisiones fueron tomadas en única y última instancia, si hay conflicto con la Constitución en la decisión, declarando inconstitucional un tratado o ley federal. , reconociendo la fuerza de la ley o un acto de gobierno local, cuya constitucionalidad está en disputa (Parte III, Artículo 102).

Así, el Supremo Tribunal Federal, en primer lugar, considera casos sobre la constitucionalidad de la legislación, tanto de la federación como de los estados, en primera instancia, y en segundo lugar, puede revisar sus propias decisiones en estos casos como instancia de apelación. En cuanto a los tribunales estatales, solo son competentes para conocer casos sobre “la inconstitucionalidad de leyes y reglamentos de estados y municipios que no cumplan con las constituciones estatales” (§ 2, Art. 125). En consecuencia, a diferencia de los Estados Unidos en Brasil, los tribunales de jurisdicción general en los sujetos de la federación no tienen autoridad para decidir sobre la conformidad de las leyes federales con la Constitución federal y, por lo tanto, para interpretarla.

También creemos que hay que prestar atención a los fundamentos del poder judicial en Japón: este país también pertenece al primer modelo. Todos los jueces del país son independientes y están obligados únicamente por la Constitución y las leyes; actúan según la voz de su conciencia (tercera parte del artículo 76). Este principio sirve garantía adicional objetividad de los jueces en el ejercicio de sus funciones oficiales. Así como el principio de inamovilidad, expresado en el art. 78, según el cual los jueces no pueden ser destituidos de su cargo sin juicio político público, salvo en los casos en que el juez haya sido declarado mental o físicamente incapaz para el ejercicio de sus funciones por un tribunal. Órganos administrativos no se puede aplicar a los jueces acción disciplinaria. Entre las garantías constitucionales de la independencia se encuentra el principio de que la remuneración de los jueces no puede ser reducida durante su mandato (parte sexta del artículo 79, parte segunda del artículo 80). Los asesores no participan en los procedimientos legales japoneses.

La constitución también garantiza la publicidad acción judicial: el juicio de los casos en los tribunales y el anuncio de las decisiones se realizan en sesiones públicas. Sin embargo, si el tribunal decide por unanimidad que la publicidad es un peligro para política pública o la moralidad, el procedimiento puede llevarse a cabo a puerta cerrada. Por lo tanto, para realizar un estudio cerrado derecho judicial es necesaria una combinación obligatoria de dos circunstancias: una determinación del peligro de un juicio público para el orden público o la moralidad y un voto unánime sobre este tema por parte de todos los jueces. Asimismo, los casos de delitos políticos, delitos relacionados con la prensa, o los casos que afecten los derechos de los ciudadanos garantizados por el Capítulo III de la Constitución, en ningún caso podrán ser considerados a puerta cerrada.Derecho constitucional (estatal) de extranjería : Libro de texto: En 4 Vol. T. 4. Parte Especial: Los países de América y Asia/Ed. edición profe. B. A. Strashun.- M.: Editorial Norma. 2009. Art. 258.

A finales de 1990 se celebró el centenario del nacimiento de la justicia moderna en Japón. Como ya se mencionó, el poder judicial japonés está encabezado por la Corte Suprema, que consta del Presidente del Tribunal Supremo y 14 jueces designados por el Gabinete de Ministros. Este es el tribunal supremo, que está facultado para decidir sobre la constitucionalidad de cualquier ley, orden, reglamento u otro acto oficial. El Presidente del Tribunal Supremo es nombrado por el Emperador a propuesta del Gabinete. Anteriormente, ya hemos llamado la atención sobre una característica del estatus de los miembros de la Corte Suprema de Japón como la revisión de su nombramiento por parte del pueblo durante las primeras elecciones generales a la Cámara de Representantes después de este nombramiento y la segunda revisión - durante las primeras elecciones a la Cámara de Representantes después de 10 años; este procedimiento se repite en el futuro en el mismo orden. Si la mayoría de los votantes vota a favor de la destitución de un juez, éste es destituido inmediatamente (artículos 79 y 81 de la Constitución).

Las nominaciones de más de 6 jueces suelen estar sujetas a revisión popular durante las elecciones parlamentarias generales. Por ejemplo, durante las elecciones parlamentarias del 20 de octubre de 1996, se sometieron al procedimiento de revisión 9 jueces que fueron nombrados en sus cargos después de las elecciones generales parlamentarias de 1993. Luego de la primera revisión nacional del nombramiento de miembros de la Corte Suprema en 1949, 115 los jueces supremos pasaban por este tipo de prueba. Sin embargo, ninguno de ellos fue destituido de su cargo como resultado de la voluntad de los votantes. Aparentemente, el hecho mismo de la posibilidad de un voto público “en contra” durante las elecciones parlamentarias puede actuar como un elemento disuasorio para muchas personas.

La forma más común para que los miembros de la Corte Suprema terminen sus poderes bajo la Constitución y la Ley de la Corte Suprema es jubilarse a la edad de 70 años. Dado que la mayoría de los miembros de la Corte Suprema tienen más de 60 años en el momento de su nombramiento, sus carreras en este cargo rara vez superan una década. Un estudio de la experiencia laboral previa de los jueces antes de su nombramiento en el órgano judicial supremo mostró que un tercio (seis jueces en la actualidad) eran los llamados jueces de carrera o profesionales de tribunales inferiores, un tercio (cuatro en la actualidad) eran abogados privados . De los cinco jueces restantes, dos eran fiscales de carrera, uno era diplomático de carrera con rango de embajador, uno se desempeñaba como CEO en la Oficina Legislativa del Gabinete de Ministros y este último era profesor de derecho.

La competencia de la Corte Suprema se extiende a todo el territorio del país y puede dividirse condicionalmente en tres áreas principales: consideración de casos civiles, penales y administrativos; administración judicial; ejercicio del control constitucional.

El órgano judicial supremo de Japón es la autoridad final en todos los casos civiles, penales y administrativos. El tribunal finalmente decide sobre los casos de delitos contra el Estado en segunda instancia, y en la tercera instancia, otros casos penales y civiles. Al mismo tiempo, los casos simples son considerados por miembros de cualquiera de los tres departamentos.

La Corte Suprema también ejerce ciertos poderes de administración judicial de acuerdo con la tradición del centralismo judicial en un país determinado. Como tal, resume la práctica judicial, emite directrices para los tribunales inferiores, así como reglamentos sobre la fiscalía en los tribunales, leyes sobre disciplina judicial y sobre la gestión de los tribunales (actos de carácter administrativo). También tiene el poder de establecer las reglas de procedimiento para los procesos judiciales, el trabajo de los abogados, el orden interno de los tribunales, así como las reglas para la administración de los casos judiciales.

La Secretaría General del Tribunal Supremo desempeña un papel administrativo importante en la gestión del poder judicial. En el ámbito de la Corte Suprema, funcionan de forma permanente cursos de derecho, que revisten una importancia excepcional para la formación del personal no sólo del poder judicial, sino también de otros órganos judiciales.

Decisiones relativas a las disposiciones fundamentales de las directrices y otras asuntos importantes la administración está a cargo de una junta especial, compuesta por miembros de la Corte Suprema y otros tribunales superiores Japón. Al mismo tiempo, la Corte Suprema podrá delegar en tribunales inferiores la facultad de establecer las reglas de su procedimiento.

El tribunal lleva a cabo su trabajo con toda su fuerza (quórum de 9 miembros) bajo la presidencia del juez presidente o como parte de las salas (hay tres salas de cinco jueces cada una, el quórum es de 3 miembros). Las decisiones judiciales y las opiniones disidentes de los jueces individuales se publican. Esta práctica se basa en el sistema legal anglosajón, pero no es seguida por los tribunales inferiores.

La Corte Suprema tiene la facultad de decidir sobre la constitucionalidad de cualquier ley, decreto, ordenanza o acto administrativo. Tal decisión se puede tomar si al menos 8 jueces votaron a favor. Si una ley es declarada inconstitucional, se envía una copia de la decisión al Parlamento y al Gabinete. La peculiaridad del control de constitucionalidad es que esta cuestión se resuelve al margen de la consideración de un caso penal o civil. La demanda de inconstitucionalidad de un acto se presenta ante el tribunal de primera instancia.

La Corte Suprema de Japón, a diferencia de la mayoría de los tribunales constitucionales europeos, no se ocupa exclusivamente de la revisión constitucional, ni tiene un esquema de selección de casos dedicado. No tiene la facultad discrecional de solicitar a otro tribunal que revise y corrija decisiones sobre puntos de derecho a modo de certiorari, como es el caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos. La carga de trabajo de los miembros de la Corte Suprema es extremadamente alta y, por lo tanto, la Corte Suprema nombra a sí misma unos 30 "jueces de investigación" entre los jueces altamente experimentados de los tribunales inferiores. Hay 20 "secretarios exploratorios" para preparar los casos para la audiencia. Casi todos ellos deben tener varios años de experiencia judicial. A diferencia de la práctica estadounidense, no actúan como secretarios de jueces individuales, sino que trabajan para el tribunal en su conjunto.

También hay secretarios de investigación en los tribunales superiores y de distrito. En los tribunales de distrito, sólo investigan casos relacionados con impuestos y propiedad industrial. Los secretarios de investigación, elegidos de entre los magistrados, suspenden su condición judicial mientras dure su mandato.

Como parte de la centralización tradicional de Japón con respecto a la "administración de justicia", la Constitución (primera parte del artículo 80) establece que los jueces de los tribunales inferiores son designados por el Gabinete de Ministros de una lista de personas propuestas por la Corte Suprema. Todos estos jueces sirven por 10 años y luego pueden ser reelegidos. Sin embargo, al llegar a la edad estatutario se están jubilando.

Los tribunales superiores (8 en total, tienen 6 sucursales) son los tribunales de primera instancia en casos de alta traición y otros delitos contra el estado, así como la instancia de apelación en casos civiles y penales examinados por tribunales inferiores. Los casos son escuchados por un panel de tres jueces, un panel de cinco jueces escucha casos de ciertos delitos estatales.

Los tribunales de distrito (hay 50 en total, tienen 242 divisiones) escuchan la mayor parte de los casos civiles y penales, y también son la instancia de apelación de las decisiones tomadas por los tribunales disciplinarios. Están ubicados en cada una de las 47 prefecturas. Los casos generalmente son considerados por un solo juez o por un panel de tres jueces, si el caso se refiere a una gran cantidad de una demanda o una acusación de un delito punible con prisión por más de un año. El legislador pretende sustraer a los jueces de estos tribunales, en la medida de lo posible, de la influencia de autoridades locales. A estos efectos, los límites de los partidos judiciales se construyen de manera que no coincidan con los límites de las unidades territoriales. Gobierno local.Derecho constitucional (estatal) de países extranjeros: Libro de texto: En 4 tomos.T.4.Parte Especial: Los países de América y Asia/Ed. edición profe. B. A. Strashun.- M.: Editorial NORMA - M.: 2009. S. 262.

Los tribunales disciplinarios (575 en total) escuchan casos civiles menores con un valor de reclamación que no exceda los 900.000 yenes y casos penales menores. Los casos son escuchados por un solo juez, que no tiene que ser licenciado en derecho.

La Fiscalía funciona sobre la base de la Ley de Fiscales de 1947. Una cierta contradicción entre el principio de la independencia de la Fiscalía y la relación de subordinación con el Ministerio de Justicia se resuelve formalmente por el hecho de que, en casos específicos, la El ministro puede dar instrucciones sólo al Fiscal General, pero no a los fiscales subordinados. Los fiscales deben seguir las reglas establecidas por la Corte Suprema. De acuerdo con estas reglas, las funciones principales de la oficina del fiscal incluyen las siguientes: investigación preliminar (anterior al juicio) de los casos penales más importantes y complejos; resolución de una serie de casos penales sin su transferencia a revisión judicial(este procedimiento, denominado “enjuiciamiento diferido”, se aplica incluso si hay pruebas suficientes para llevar el caso a los tribunales); iniciación del enjuiciamiento; mantener los cargos en la corte; supervisar la resolución de casos menores por parte de la policía; supervisión general de la investigación en la policía; supervisión de la ejecución de las sentencias impuestas por el tribunal. Hay comisiones para controlar las actividades de la fiscalía. Se crean a partir de representantes de la población y tienen competencia limitada: el fiscal "toma en cuenta" la opinión de la comisión, que, sin embargo, no lo obliga. El sistema constitucional de Japón.- M., 2008. S. 81

Los ejemplos anteriores de la organización de la justicia constitucional en los estados donde opera el modelo americano en sus diversas modificaciones nos permiten sacar algunas conclusiones:

1) el sistema de tribunales de jurisdicción general que ejerce la justicia constitucional, independientemente de que sea dualista o unificado (combinado), se basa en el principio jerárquico de la subordinación institucional, que, en particular, se manifiesta en el procedimiento de apelación contra las decisiones de los asuntos constitucionales los toman los tribunales inferiores, los superiores, hasta el tribunal supremo federal, cuyas decisiones son definitivas y vinculantes para todos los tribunales.

2) diferentes tribunales de jurisdicción general tienen poderes muy diferentes en el campo de las relaciones federales. El supremo tribunal federal tiene las atribuciones más amplias. Una de las principales atribuciones de los órganos de justicia constitucional, el control de la constitucionalidad de los actos normativos, desempeña el papel más importante en el campo de las relaciones federales. Este poder es un poder conjunto de varios tribunales de jurisdicción general, pero es ejercido por ellos en diferentes volúmenes. El mayor alcance es inherente a los poderes de la corte suprema federal: tanto la legislación federal como la legislación de las entidades constitutivas de la federación sirven como objeto de control constitucional. países, el objeto de control es también la legislación de ambos niveles (EE. UU. , Canadá), en otros, solo la legislación del sujeto correspondiente de la federación (India, Brasil).

3) el modelo clásico estadounidense de justicia constitucional ha sido modificado en varios estados. Esto se aplica no solo a la organización y jurisdicción constitucional del poder judicial, sino también a los tipos de control constitucional que aplican. El modelo clásico estadounidense se caracteriza por un solo tipo de control constitucional: el control constitucional específico. Sin embargo, en varias de las federaciones consideradas se utilizan ambos tipos, tanto el control constitucional concreto como el abstracto. Así, en Brasil, nueve sujetos pueden iniciar un proceso de inconstitucionalidad de normas federales y estatales: el Presidente de la República, la Mesa de la Asamblea Federal, el Fiscal General y otros (artículo 103 de la Constitución).

El control constitucional abstracto también se aplica en Malasia en disputas entre una federación y sus súbditos sobre la validez de la ley federal o la ley de un súbdito federal. Kuala Lumpur, 1957.P. 238.

1.2 Justicia constitucional administrada por un órgano especial

Considerar aspectos historicos surgimiento del modelo europeo de justicia constitucional. Variantes de una monarquía constitucional continental en el ejemplo de un país como Francia. Dos tipos de monarquía constitucional en el continente europeo se presentaron por primera vez en el sistema político de Francia durante la Gran Revolución Francesa, donde, reemplazándose entre sí, recibieron una expresión legal clara en dos tipos principales de constitución: contractual (1791) y octroited ( 1814), que se convirtieron en modelos para otros estados -Bélgica, Italia, Alemania, Austria-Hungría, Japón y, finalmente, Rusia. La institución de la monarquía es un elemento real -al menos como una característica política y legal externa- del derecho constitucional. sistema de más de una cuarta parte de todos los estados europeos modernos De 45 en realidad 12 estados europeos son monárquicos: Andorra, Bélgica, Vaticano, Gran Bretaña, Dinamarca, España, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Países Bajos, Noruega, Suecia.

Al mismo tiempo, todos los estados monárquicos europeos son ejemplos de una estructura estatal moderna con una cultura política y jurídica desarrollada, que se ha desarrollado como resultado de los procesos evolutivos políticos de los tiempos nuevos y modernos, y las monarquías mismas en ellos son históricamente formas tradicionales de gobierno.

El paso de una monarquía absoluta a una monarquía limitada y de ésta a una república fue el contenido político proceso constitucional en el auge de la Revolución Francesa. La fase inicial de este proceso terminó con la transición a una monarquía constitucional. Un análisis significativo de la primera constitución de Francia en 1791 muestra que su bases teóricas constituyen dos principios básicos: la soberanía popular y la representación, y estos principios están en agudo conflicto entre sí. El caso es que la esencia del concepto de soberanía popular en la interpretación de su creador J.-J. Rousseau excluye la posibilidad misma de instituciones representativas (porque la voluntad unificada del pueblo no puede ser representada por nadie más que el pueblo mismo). Por el contrario, el modelo representativo sistema político, propuesta por Montesquieu en su teoría de la separación de poderes, niega la conveniencia de una fuente única de los tres poderes, cuya restricción mutua se basa en su autonomía genética entre sí, que se remonta a varios elementos sociales de la sociedad (el pueblo, la aristocracia y la monarquía). Esta contradicción se resolvió en la constitución mediante una especie de síntesis de ambas teorías. Su base fundamental era el principio de la soberanía popular, que se encarnaba en varios poderes del Estado ya través de ellos se controlaba realmente a sí mismo. Por un lado, la soberanía pertenece a la nación y, por tanto, “la nación es la única fuente de todo poder”. Por otro lado, “la constitución francesa tiene un carácter representativo; los representantes son la legislatura y el rey.” OlarA. Historia política de la Revolución Francesa. El origen y desarrollo de la democracia y la república (1789-1804). - M., 1902.S.39. Surgió un nuevo precedente histórico: el establecimiento del gobierno monárquico desde arriba y su legitimación por la expresión popular desde abajo, que solo podía lograrse como resultado de la combinación artificial en una forma de gobierno de principios mutuamente excluyentes como la soberanía popular y la soberanía monárquica. principio. La carta se abrió con la consolidación jurídica de los derechos públicos de los franceses y el reconocimiento efectivo de la irreversibilidad de los cambios democráticos ocurridos durante la revolución: se declaró la igualdad de todos ante la ley, la garantía de las libertades personales, incluso la libertad de se proclamó la religión (sin embargo, con la salvedad característica de que “la religión católica, apostólica, romana, es la religión del Estado”. Así, la Carta de 1814, por primera vez, articuló claramente una serie de parámetros principales del supuesto constitucionalismo: el monarca como el jefe de estado real, el centro de todos los poderes y el garante de la constitución; la sustitución de la verdadera separación de poderes por su diferenciación ficticia y puramente funcional; anarquía del cuerpo legislativo; dependencia completa del poder ejecutivo (gobierno) de la monarca y la falta de control efectivo sobre él por representación popular(parlamento); falta de independencia del poder judicial. Alekseev A.S. El surgimiento de las constituciones en los estados monárquicos de Europa continental en el siglo XIX. Parte 1. Carta Constitucional Francesa de 1814. - M., 1914.S.25.

El modelo europeo, en el que la justicia constitucional está separada de la justicia general y es ejercida por órganos especializados, opera en una serie de estados federales, principalmente en países con un sistema de derecho continental o bajo su influencia (Austria, Bélgica, Rusia, Tanzania, Alemania). La consolidación en la doctrina constitucional y legal y en los actos jurídicos normativos de ciertos países europeos de una frase como “poder judicial” implica no solo un reconocimiento legal formal del principio de separación de poderes. Esto significa también el reconocimiento legislativo de la autonomía, independencia y exclusividad del poder judicial en mecanismo general el ejercicio del poder estatal. El ámbito de estas relaciones del poder judicial comprende la formación y organización de las actividades de las instituciones judiciales, el procedimiento organizativo y legal para el ejercicio de las facultades y garantías para el ejercicio del poder judicial, etc.

La gran mayoría de las constituciones europeas modernas contienen secciones especiales que reflejan los fundamentos constitucionales del poder judicial: la definición del poder judicial, los principios básicos de la organización y funcionamiento del poder judicial (principios del poder judicial y procedimientos judiciales, el estatus legal de los jueces ), garantías judiciales de los derechos y intereses legítimos ciudadanos, fundamentos de la justicia constitucional. Los capítulos, títulos o secciones correspondientes de las constituciones europeas pueden tener una variedad de nombres. El Poder Judicial en el Sistema de Separación de Poderes (Aspectos Científico-Jurídicos, Filosóficos e Históricos) // Estado y Derecho. 2000. - Nº 10.

En todas estas federaciones, los órganos especializados de justicia constitucional son, por regla general, los tribunales constitucionales (en Bélgica Corte de arbitraje). Sin embargo, desde el punto de vista de su estructura organizativa, se pueden distinguir dos variedades principales: la justicia constitucional se lleva a cabo únicamente por el tribunal constitucional federal en ausencia de sus propios tribunales constitucionales en los sujetos de la federación (por ejemplo, Austria, Bélgica, Tanzania); la justicia constitucional se lleva a cabo por el tribunal constitucional federal y los tribunales constitucionales u otros órganos judiciales y cuasijudiciales establecidos en los sujetos de la federación (Alemania, Rusia).

Común a ambas variedades de la organización de la justicia constitucional es la participación de sujetos de la federación en la formación del tribunal constitucional federal. Esta participación se presenta de diversas formas. Así, los jueces del Tribunal Constitucional Federal de Alemania son elegidos a partes iguales por el Bundestag y el Bundesrat (según el artículo 50 de la Ley Fundamental, el Bundesrat es el órgano a través del cual "los territorios participan en la legislación y administración de la federación y en los asuntos de la Unión Europea"). En Austria, parte de los miembros del Tribunal Constitucional (tres miembros y dos suplentes) son designados por el presidente a propuesta del Consejo Federal, la cámara del parlamento federal en la que están representados los estados. La Ley de la Corte de Arbitraje de Bélgica de 1989 establece que de los 12 jueces designados por el Rey, 6 jueces de habla francesa forman el grupo de lengua francesa de la Corte de Arbitraje, y 6 jueces de habla holandesa forman el grupo de lengua holandesa (art. 31 ) 23 Es cierto que esta disposición no cumple plenamente con los principios regionales y lingüísticos que subyacen en la estructura federal de Bélgica. Los jueces del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa son nombrados por el Consejo de la Federación a propuesta del Presidente. El Tribunal Constitucional Especial de Tanzania está compuesto por miembros, la mitad de los cuales son designados por el gobierno federal y la otra mitad por el gobierno de Zanzíbar (es decir, una entidad federal que tiene un estatus especial en comparación con la otra entidad, la parte continental de Tanzania).

Una serie de disposiciones fundamentales o en desarrollo están consagradas en la legislación sectorial, procesal y judicial, en la jurisprudencia y en las normas de los actos jurídicos internacionales más importantes. Así, la Constitución italiana regula únicamente los fundamentos del poder judicial (artículos 101 a 110) y los procedimientos judiciales (artículos 111 a 113), y una regulación más detallada está contenida en el Código Judicial de 1941 y en derecho procesal en particular, en el Código de Procedimiento Civil de 1942 y el Código de Procedimiento Penal de 1989. En la Constitución francesa, la sección sobre el poder judicial contiene solo tres artículos, y la mayoría de las cuestiones sobre la organización y el funcionamiento de los tribunales están relacionadas con cuestiones sectoriales. legislación (Ley del Consejo Superior de la Magistratura de 1958, Ley del Estatuto de la Magistratura de 1958, Ley del Tribunal Superior de Justicia de 1959, Ley del Consejo Constitucional de 1958, Código de la Magistratura de 1978).

Los postulados iniciales del concepto de la judicatura como independiente, autónomo, distinto de otras ramas del poder estatal son las siguientes disposiciones, muchas veces directamente consagradas en las constituciones de los países europeos. En primer lugar, la dotación de carácter imperioso no sólo de un tribunal separado, sino de todo el sistema judicial en su conjunto. En segundo lugar, el reconocimiento normativo y la implementación real del principio de separación de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial Fokov A.P. El Poder Judicial en el Sistema de Separación de Poderes (Aspectos Científico-Jurídicos, Filosóficos e Históricos) // Estado y Derecho. 2000. - Nº 10. . En el texto de la Constitución lituana, por ejemplo, solo se fija experessisverdis el primer postulado: “El poder del Estado en Lituania es ejercido por el Seimas, el Presidente y el Gobierno, el Tribunal” (Parte 1, Artículo 6). El principio mismo de la separación de poderes no se menciona directamente en la Constitución de Lituania, pero se formula en una serie de decisiones del Tribunal ConstitucionalKuris E. Problemas del poder judicial en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Lituania // Justicia constitucional en el cambio de siglo: Actas de la conferencia internacional dedicada al décimo aniversario del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa (1 y 2 de noviembre de 2001, Moscú). - M., 2002. S. 103. . La doctrina constitucional y legal de Alemania también se centra en la importancia del poder judicial en el estado de derecho. Así, el autor alemán de una monografía sobre la justicia en Alemania, W. Heide, sostiene que “en el sistema de separación de poderes de un estado de derecho, la justicia está de un lado, y del otro están los contrarios”. legislativo y poder Ejecutivo» Antonov I.P. Tribunales en Alemania: Tutorial. - M., 2008. S. 5-6. . La Ley Constitucional Federal de Austria de 1920 habla del poder judicial en el inciso "B" de la Sección Tercera "Poder ejecutivo de la Federación" (artículos 82-94), pero al mismo tiempo en el art. 94 enfatiza específicamente que “la justicia está separada de la administración en todos los niveles.

En el período moderno en los estados europeos, ha habido dos tendencias principales en el desarrollo del poder judicial como una rama independiente e independiente de un solo poder estatal. Por un lado, se trata de un aumento del papel de la práctica judicial y de la autoridad de las estructuras judiciales. Por otro lado, crear cuerpos especiales en el campo de la gestión de justicia, fortaleciendo el sistema de comunidades judiciales.

La primera tendencia conduce a que en los países europeos del sistema continental del derecho, a pesar de la ausencia de un precedente en el sistema de fuentes del derecho oficialmente reconocido, la importancia de la función de legislar judicial se acrecienta significativamente. Hoy, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se está convirtiendo en la institución precedente más importante y prácticamente universalmente reconocida. Como señala L. Wildhaber, “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha convertido en una especie de centro del sistema nervioso para la protección de los derechos humanos, actuando a través de sistemas legales 41 estados europeos»Wilhaber L. Lugar del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el panorama constitucional europeo // La justicia constitucional en el cambio de siglo. Materiales de la conferencia internacional dedicada al décimo aniversario del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa, 1 y 2 de noviembre de 2001. - M.: 2002. S. 92. . Publicado por la Comisión de Venecia (Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho), el Boletín de jurisprudencia constitucional y la base de datos CODICES de decisiones judiciales seleccionadas también contribuyen a acelerar la difusión de información sobre práctica judicial de países europeos en lenguas intermedias y el desarrollo del transconstitucionalismo, que permite a los tribunales nacionales enriquecerse con la práctica constitucional de sus colegas Buquicchio J. La contribución de la Comisión de Venecia a la justicia constitucional.S. 138. .

La segunda tendencia conduce a la creación de un sistema de órganos especiales del Poder Judicial con competencia en el campo de la administración de justicia. Esta competencia incluye cuestiones de designación de cargos judiciales y la formación del poder judicial, cuestiones de responsabilidad disciplinaria, reorganización de los tribunales, etc. En la mayoría de las constituciones europeas, estas estructuras están consagradas como instituciones de autogobierno judicial y están incluidas en el número de aunque representan al poder judicial, pero no tienen funciones judiciales propias (el Consejo Supremo de la Magistratura - en Francia, Italia, Portugal, Moldavia; el Consejo Superior de Justicia (Justicia) - en Albania y Bélgica; el Consejo General del Poder Judicial - en España; el Consejo Judicial Supremo - en Bulgaria; el Consejo Judicial del Estado - en Croacia, etc.).

Según la Constitución polaca de 1997, “El Consejo Judicial de Polonia vela por la independencia de los tribunales y la independencia de los jueces” (artículo 186). De acuerdo con la Constitución Española, el Consejo General del Poder Judicial está llamado a gestionar el poder judicial como órgano de gobierno de la comunidad judicial y fiscal (artículo 122, apartados 2 y 3) La regulación legal del estatuto del Consejo General de España del Poder Judicial está contenida en la Ley Orgánica del Consejo General del Poder Judicial de 1980 y la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 . Este órgano remite cada año a las Cortes Generales y al Gobierno de España informes sobre la situación y actuación del poder judicial en el país. En el Principado de Andorra, el Consejo Superior de Justicia, como “órgano de representación, dirección y gobierno del poder judicial”, vela por la independencia y el normal funcionamiento del poder judicial, nombra, administra y sanciona a los jueces de primera instancia y magistrados y vela por que la administración judicial cuenta con recursos suficientes para su normal funcionamiento (artículo 89 de la Constitución). El Consejo Judicial Republicano, según la Constitución de la República de Macedonia, además de las funciones tradicionales, también tiene el derecho de evaluar la profesionalidad y la integridad de los jueces en el proceso de ejercicio de sus poderes y de proponer dos candidatos al Tribunal Constitucional. Tribunal de la República (artículo 105). De acuerdo con la Constitución de la República de Chipre, la Corte Suprema del país es también el Consejo Judicial Supremo, cuya competencia incluye el nombramiento, promoción, transferencia a otro cargo, terminación del servicio y destitución de los jueces, así como otras medidas disciplinarias. contra ellos (artículo 157).

Cabe señalar una característica de la estructura organizativa del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, que no tiene análogos en otros tribunales constitucionales federales, como la presencia en él de una unidad especial: el segundo Senado, que es competente para decidir la mayoría de los casos. directamente relacionado con las relaciones federales. De acuerdo con la ley sobre el Tribunal Constitucional Federal del 12 de marzo de 1951, el segundo Senado decide en casos de desacuerdo sobre los derechos y obligaciones de los Länder, en particular en casos de aplicación por parte de los Länder de la ley federal y en la implementación de supervisión federal(que está previsto en los párrafos 1 y 3 del artículo 93, párrafo 4 del artículo 84 de la Ley Fundamental), en otras disputas de derecho público entre la federación y las tierras, entre diferentes tierras y dentro de la misma tierra, a menos que otro procedimiento judicial para su consideración se dispone (párrafos 1 y 4 del artículo 93 de la Ley Fundamental). Es por ello que a menudo se hace referencia a este órgano como el “Senado Legal del Estado”.

Si existe alguna duda sobre si un caso en particular es competencia del primer o segundo Senado, la decisión la toma un comité compuesto por el presidente, su suplente y cuatro jueces (artículo 14, párrafo 2 de la ley sobre el Tribunal Constitucional Federal) República Federal de Alemania: Constitución y actos legislativos. - M., 1997. S. 307-308. . Así, según el autor F. Blair, la distribución de competencias entre el primer Senado y el segundo es muy relativa, pues el control sobre la constitucionalidad de la legislación federal y de la legislación de los lands, que es competencia del primer Senado, también afecta el desarrollo de las relaciones federales. Según F. Blair, aproximadamente el 30% de las decisiones del primer Senado “tienen un impacto en el sistema federal”.BlairePh. Federalism and Judicial Review in West Germany, Oxford, 1981, pág. 12.

El Tribunal Constitucional de la Federación Rusa también consta de dos salas. Sin embargo, a diferencia de Alemania, la competencia de las salas de la Corte no difiere: deciden todos los casos relacionados con la competencia del Tribunal Constitucional, con excepción de aquellos que, según la ley, están sujetos a consideración en las sesiones plenarias. de la Corte. En particular, la jurisdicción exclusiva del pleno incluye la consideración de cuestiones directamente relacionadas con las relaciones federales: casos sobre el cumplimiento de la Constitución de la Federación Rusa de las leyes básicas de los sujetos de la Federación (constituciones y estatutos), interpretación de la Constitución de la Federación Rusa (parte 2 del artículo 21 de la Ley de 1994 sobre el Tribunal Constitucional de la Federación Rusa). La selección de temas para su consideración exclusivamente en las sesiones plenarias "está determinada, en primer lugar, por los actos del más alto nivel adoptados por la Federación de Rusia y sus sujetos y sujeto a su evaluación, su importancia para el desarrollo y fortalecimiento ... de la federación, su integridad estatal" Mazurov AV Comentario a la Federal ley constitucional“Sobre el Tribunal Constitucional de la Federación Rusa. - M., "YurINFORM" 2008. S. 105. . De todas las federaciones donde opera el modelo europeo de justicia constitucional, Alemania y Rusia son las de mayor interés, aunque en esta última aún no se ha completado el proceso de creación de órganos de justicia constitucional en las entidades constitutivas de la Federación. norma. actas.- M., 1998. S. 3 -5; Kryazhkov V. A. Justicia constitucional en los sujetos de la Federación de Rusia (fundamentos y práctica legales) - M., 1999. S. 29-31. .

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En los estados federales, como en la mayoría de los estados modernos, se han desarrollado y están funcionando dos modelos principales de la institución de la justicia constitucional: el estadounidense y el europeo. La diferencia fundamental entre ellos es que, bajo el modelo estadounidense, la justicia constitucional es ejercida por tribunales de jurisdicción general al considerar casos penales y civiles específicos. Según el modelo europeo, la justicia constitucional se distingue de la justicia general: los casos constitucionales son examinados por órganos especializados, los tribunales constitucionales.

Históricamente, el modelo estadounidense fue el primero en aparecer en los estados federales, que se formó en los Estados Unidos sobre la base no de la constitución, sino de los precedentes judiciales (el primero de los cuales fue la conocida decisión de la Corte Suprema en 1803 en el caso Marbury v. Madison), con diversas modificaciones, está aprobado en varias federaciones de Europa (Suiza), América Latina (Argentina, Brasil, México), América del Norte (Canadá), Asia (India, Malasia, Pakistán), Australia.

Una característica común de la justicia constitucional en todas estas federaciones es su implementación por tribunales de jurisdicción general, tanto federales como sujetos de la federación. “El control judicial de la legislación”, escribe P. Hogg sobre Canadá, “puede llevarse a cabo en cualquier procedimiento, en los tribunales de cualquier nivel... Todos los órganos que ejercen el poder judicial tienen el derecho y el deber de controlar la validez de la legislación cuando se trata de surge en la producción de su conducta”. una

Sin embargo, en términos de organización, los sistemas de tribunales de jurisdicción general son muy diferentes. Aquí se pueden distinguir tres variedades.

El primero es el sistema judicial, cuyo rasgo característico es el dualismo. Está formado por el sistema de tribunales federales y el sistema de tribunales de los sujetos de la federación (EE.UU., Brasil). El segundo es un sistema judicial unificado (unificado), que está formado por tribunales federales, creados solo a nivel federal, y los tribunales de los sujetos de la federación (Canadá, India). Por ejemplo, en Canadá, el sistema de tribunales de jurisdicción general incluye la Corte Suprema y los tribunales provinciales (en algunas provincias hay un sistema de dos niveles, en otras, un sistema de tres niveles). Como escribe P. Hogg, “otorgar a los tribunales provinciales de jurisdicción general el derecho de control constitucional, incluido el derecho a controlar no solo las leyes provinciales sino también las leyes federales, hace que la existencia de un sistema separado de tribunales federales que deciden “asuntos federales” sea redundante.

Sin embargo, cabe señalar la inconsistencia de las disposiciones constitucionales relativas al sistema judicial de Canadá. Por un lado, según el apartado 14 del art. 92 del Acta Constitucional de 1867, la competencia exclusiva de las provincias comprende "la administración de justicia en las provincias, incluido el establecimiento, mantenimiento y organización de los tribunales provinciales civiles y penales...". Por otro lado, los jueces de todos los tribunales provinciales son nombrados por el gobernador general (en realidad, el gobierno federal), y el parlamento federal establece y paga los salarios, asignaciones y pensiones (artículos 96, 100 de la Ley Constitucional) . Así, de hecho, los tribunales provinciales forman parte de un único sistema judicial federal. En la India también existe un sistema único (o, en la terminología de los autores indios, conjunto) de tribunales de jurisdicción general. Sin embargo, puede considerarse como una variedad separada, porque aquí, a diferencia de Canadá, los órganos que ejercen la justicia constitucional no son todos los tribunales de jurisdicción general, sino solo la Corte Suprema y los tribunales superiores de los estados. Los tribunales estatales inferiores, que están subordinados a los tribunales superiores, no tienen jurisdicción sobre asuntos constitucionales. Esto se desprende de lo dispuesto en el art. 228 de la Constitución, según el cual, si el Tribunal Superior considera que un caso pendiente en un tribunal subordinado a él implica "una cuestión esencial de derecho relativa a la interpretación de la Constitución, retirará el caso del tribunal y decidirá por sí mismo o, al decidir una cuestión constitucional, devolver el caso a un tribunal subordinado. Según D. Basu, “la finalidad del art. 228 - hacer del Tribunal Superior el único intérprete de la Constitución en el Estado, y prohibir que los tribunales subordinados interpreten la Constitución, a fin de lograr cierto grado de uniformidad en materia constitucional” 2 .

Un sistema judicial similar opera en Malasia y Pakistán (en este último, sin embargo, junto con los tribunales de jurisdicción general, que ejercen la justicia constitucional, se han establecido órganos de control religioso, en particular el Tribunal Federal Sharia, que considera los casos de incompatibilidad entre las disposiciones de la ley y las prescripciones del Islam establecidas en el Corán y la Sunnah) 3 .

El control constitucional ejercido por todos los tribunales de jurisdicción general (como en los Estados Unidos y Canadá) está descentralizado. Un grado limitado de descentralización también es inherente a la justicia constitucional en estados federales como India, Malasia y Pakistán.

Independientemente de las peculiaridades de la organización de la justicia constitucional en todos los países donde opera el modelo americano en sus diversas versiones, el papel decisivo en la implementación de la justicia constitucional, incluso en el campo de las relaciones federales, corresponde a la máxima instancia judicial, utilizando la término generalizado - "tribunal supremo". Sólo las decisiones de la Corte Suprema en materia constitucional invalidan el acto normativo, son definitivas y vinculantes para todos los tribunales, tanto federales como sujetos de la federación. Cabe señalar que en varios estados, los sujetos de la federación participan en la formación de la corte suprema de una forma u otra. Pongamos un ejemplo, así los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos son nombrados por el presidente, pero “por consejo y con el consentimiento del Senado”, es decir, la Cámara del Congreso, representando los intereses de los estados. En Malasia, los jueces de la Corte Suprema son designados por el jefe del estado federal solo después de consultar con el Consejo de Gobernantes, un órgano consultivo cuyos miembros son gobernantes y gobernadores (jefes de sujetos federales). En Canadá, de acuerdo con la ley sobre la Corte Suprema y las convenciones, las provincias en la Corte están representadas directamente de la siguiente manera: de los nueve jueces designados por el gobernador general (gobierno federal), tres deben ser designados de Quebec, tres de Ontario , dos de cuatro provincias occidentales, uno de las cuatro provincias atlánticas Por lo tanto, "la composición de la Corte Suprema refleja diferencias regionales y lingüísticas". 4

En el modelo americano que estamos considerando, para identificar el papel de la justicia constitucional en el ámbito de las relaciones federales, el problema de la delimitación de competencias entre varios tribunales de jurisdicción general es de gran importancia. Este problema es especialmente agudo en aquellos países donde (como los Estados Unidos) coexisten dos sistemas judiciales: tribunales federales y tribunales de sujetos federales. En estos estados, los tribunales supremos están dotados de los principales poderes jurisdiccionales en el campo de las relaciones federales: para resolver disputas entre la federación y sus sujetos y entre diferentes sujetos. Este es su mandato exclusivo.

Sin embargo, las disputas entre la federación y sus entidades constituyentes, es decir, aquellas de “carácter puramente federal” 5, son bastante raras. Las cuestiones directamente relacionadas con las relaciones federales (por ejemplo, el cumplimiento de las normas competentes, el principio de la supremacía del derecho federal, etc.) se resuelven principalmente en los casos de verificación de la constitucionalidad de los actos normativos de la federación y sus sujetos en el orden de control constitucional específico, porque el modelo americano es inherente sólo a tal tipo de control constitucional. Y como hemos visto, o todos los tribunales de jurisdicción general, o el tribunal supremo y los tribunales superiores de los súbditos de la federación tienen tal autoridad.

Por ejemplo, en los Estados Unidos y Canadá, todos los tribunales de jurisdicción general tienen derecho a decidir casos sobre la constitucionalidad tanto de la legislación federal como de la legislación de los sujetos de la federación. Por ejemplo, en los Estados Unidos, la Corte Suprema federal tiene el poder de invalidar las leyes estatales. Aquí es apropiado citar el libro de texto del autor V. Lafitsky sobre este tema: “Entonces, en opinión del juez de la Corte Suprema O. Holmes, él cree: “No creo que Estados Unidos pueda desintegrarse si perdimos el derecho a declarar inconstitucionales las leyes del Congreso. Pero creo que la existencia de la Unión estaría en peligro si este derecho no operara en relación con las leyes de los estados individuales.

El papel de la Corte Suprema de los Estados Unidos en la evaluación de la legislación estatal se evidencia con los siguientes datos: para el período de 1791 a 1990, la Corte declaró inconstitucionales (total o parcialmente) 125 leyes federales y 1059 reglamentos estatales. Cabe señalar que el poder judicial de los EE. UU. ha elegido el camino de ampliar la jurisdicción de los tribunales federales, especialmente en lo que respecta a la revisión constitucional. Aunque la jurisdicción de los tribunales federales se limita a los casos enumerados en el art. III de la Constitución de los EE. UU., el Congreso aprobó una serie de leyes que facultan a los tribunales federales para decidir casos también sobre la base de las leyes estatales. "Tal expansión de jurisdicción", creen los autores estadounidenses, "es posible cuando una cuestión relacionada con la ley federal es un componente indiscutible del caso, o la jurisdicción federal protege un interés federal importante" 7 .

Sin embargo, no debe subestimarse el papel de los tribunales estatales en la revisión de la constitucionalidad de la legislación federal. Al examinar las actividades de las cortes supremas estatales en esta área, se pueden citar los argumentos del científico estadounidense S. Feno, a saber: de los casos examinados en 1975 por la Corte Suprema de California, en los que se planteó la cuestión de la constitucionalidad de las leyes. planteadas, las causas sobre constitucionalidad de leyes federales representaron el 12,8%; La Corte Suprema de Kentucky escuchó el 14% de los casos constitucionales ese año, la mayoría de los cuales no se referían a la constitución estatal, sino a la constitución federal 8 . En cuestiones constitucionales, las decisiones de los propios tribunales federales y estatales pueden ser revisadas por la Corte Suprema en apelación, pero el objeto de la decisión apelada debe estar dentro de la jurisdicción de la Corte, es decir, la demanda debe tener un “asunto federal”. ”. Cuando se cambió la jurisdicción de la Corte en 1988, "los casos de apelaciones directas sujetas a revisión obligatoria por la Corte Suprema se redujeron notablemente" 9 .

La delimitación de jurisdicción sobre cuestiones constitucionales en otros estados de este grupo tiene algunas diferencias con los Estados Unidos. Considere esto en el ejemplo de un país como Brasil. Aquí, el Supremo Tribunal Federal en primera instancia decide sobre cuestiones de "inconstitucionalidad directa de una ley o reglamento aprobado a nivel federal o estatal, y sobre cuestiones de declaración de constitucionalidad de una ley o reglamento federal". Además, tiene derecho a tomar decisiones por vía de "revisión extraordinaria" en los casos en que las decisiones fueron tomadas en única y última instancia, si hay conflicto con la Constitución en la decisión, declarando inconstitucional un tratado o ley federal. , reconociendo la fuerza de la ley o un acto de gobierno local, cuya constitucionalidad está en disputa (Parte III, Artículo 102).

Así, el Supremo Tribunal Federal, en primer lugar, considera casos sobre la constitucionalidad de la legislación, tanto de la federación como de los estados, en primera instancia, y en segundo lugar, puede revisar sus propias decisiones en estos casos como instancia de apelación. En cuanto a los tribunales estatales, solo son competentes para conocer casos sobre “la inconstitucionalidad de leyes y reglamentos de estados y municipios que no cumplan con las constituciones estatales” (§ 2, Art. 125). En consecuencia, a diferencia de los Estados Unidos en Brasil, los tribunales de jurisdicción general en los sujetos de la federación no tienen autoridad para decidir sobre la conformidad de las leyes federales con la Constitución federal y, por lo tanto, para interpretarla.

También creemos que hay que prestar atención a los fundamentos del poder judicial en Japón: este país también pertenece al primer modelo. Todos los jueces del país son independientes y están obligados únicamente por la Constitución y las leyes; actúan según la voz de su conciencia (tercera parte del artículo 76). Este principio sirve como garantía adicional de la objetividad de los jueces en el desempeño de sus funciones oficiales. Así como el principio de inamovilidad, expresado en el art. 78, según el cual los jueces no pueden ser destituidos de su cargo sin juicio político público, salvo en los casos en que el juez haya sido declarado mental o físicamente incapaz para el ejercicio de sus funciones por un tribunal. Los órganos administrativos no pueden aplicar sanciones disciplinarias a los jueces. Entre las garantías constitucionales de la independencia se encuentra el principio de que la remuneración de los jueces no puede ser reducida durante su mandato (parte sexta del artículo 79, parte segunda del artículo 80). Los asesores no participan en los procedimientos legales japoneses.

La Constitución también garantiza la publicidad de las actuaciones judiciales: el juicio de los casos en los tribunales y el anuncio de las decisiones se realizan en sesiones públicas. Sin embargo, si el tribunal decide por unanimidad que la publicidad es un peligro para el orden público o la moral, el procedimiento puede llevarse a cabo a puerta cerrada. Así, para aprobar una legislación judicial cerrada es necesaria la concurrencia obligatoria de dos circunstancias: la constatación del peligro de un juicio público para el orden público o la moralidad y el voto unánime sobre esta cuestión por parte de todos los jueces. Asimismo, los casos de delitos políticos, delitos relacionados con la prensa, o los casos que afecten los derechos de los ciudadanos garantizados por el Capítulo III de la Constitución, en ningún caso podrán ser considerados a puerta cerrada. 10

A finales de 1990 se celebró el centenario del nacimiento de la justicia moderna en Japón. Como ya se mencionó, el poder judicial japonés está encabezado por la Corte Suprema, que consta del Presidente del Tribunal Supremo y 14 jueces designados por el Gabinete de Ministros. Este es el tribunal supremo, que está facultado para decidir sobre la constitucionalidad de cualquier ley, orden, reglamento u otro acto oficial. El Presidente del Tribunal Supremo es nombrado por el Emperador a propuesta del Gabinete. Anteriormente, ya hemos llamado la atención sobre una característica del estatus de los miembros de la Corte Suprema de Japón como la revisión de su nombramiento por parte del pueblo durante las primeras elecciones generales a la Cámara de Representantes después de este nombramiento y la segunda revisión - durante las primeras elecciones a la Cámara de Representantes después de 10 años; este procedimiento se repite en el futuro en el mismo orden. Si la mayoría de los votantes vota a favor de la destitución de un juez, éste es destituido inmediatamente (artículos 79 y 81 de la Constitución).

Las nominaciones de más de 6 jueces suelen estar sujetas a revisión popular durante las elecciones parlamentarias generales. Por ejemplo, durante las elecciones parlamentarias del 20 de octubre de 1996, se sometieron al procedimiento de revisión 9 jueces que fueron nombrados en sus cargos después de las elecciones generales parlamentarias de 1993. Luego de la primera revisión nacional del nombramiento de miembros de la Corte Suprema en 1949, 115 los jueces supremos pasaban por este tipo de prueba. Sin embargo, ninguno de ellos fue destituido de su cargo como resultado de la voluntad de los votantes. Aparentemente, el hecho mismo de la posibilidad de un voto público “en contra” durante las elecciones parlamentarias puede actuar como un elemento disuasorio para muchas personas.

La forma más común para que los miembros de la Corte Suprema terminen sus poderes bajo la Constitución y la Ley de la Corte Suprema es jubilarse a la edad de 70 años. Dado que la mayoría de los miembros de la Corte Suprema tienen más de 60 años en el momento de su nombramiento, sus carreras en este cargo rara vez superan una década. Un estudio de la experiencia laboral previa de los jueces antes de su nombramiento en el órgano judicial supremo mostró que un tercio (seis jueces en la actualidad) eran los llamados jueces de carrera o profesionales de tribunales inferiores, un tercio (cuatro en la actualidad) eran abogados privados . De los cinco jueces restantes, dos eran fiscales de carrera, uno era diplomático de carrera con rango de embajador, uno se desempeñaba como Director General en la Oficina Legislativa del Gabinete y el último era profesor de derecho.

La competencia de la Corte Suprema se extiende a todo el territorio del país y puede dividirse condicionalmente en tres áreas principales: consideración de casos civiles, penales y administrativos; administración judicial; ejercicio del control constitucional.

El órgano judicial supremo de Japón es la autoridad final en todos los casos civiles, penales y administrativos. El tribunal finalmente decide sobre los casos de delitos contra el Estado en segunda instancia, y en la tercera instancia, otros casos penales y civiles. Al mismo tiempo, los casos simples son considerados por miembros de cualquiera de los tres departamentos.

La Corte Suprema también ejerce ciertos poderes de administración judicial de acuerdo con la tradición del centralismo judicial en un país determinado. Como tal, resume la práctica judicial, emite directrices para los tribunales inferiores, así como reglamentos sobre la fiscalía en los tribunales, leyes sobre disciplina judicial y sobre la gestión de los tribunales (actos de carácter administrativo). También tiene el poder de establecer las reglas de procedimiento para los procesos judiciales, el trabajo de los abogados, el orden interno de los tribunales, así como las reglas para la administración de los casos judiciales.

La Secretaría General del Tribunal Supremo desempeña un papel administrativo importante en la gestión del poder judicial. En el ámbito de la Corte Suprema, funcionan de forma permanente cursos de derecho, que revisten una importancia excepcional para la formación del personal no sólo del poder judicial, sino también de otros órganos judiciales.

Las decisiones relativas a las disposiciones fundamentales de las directrices y otros asuntos importantes de administración las toma un panel especial compuesto por miembros de la Corte Suprema y otros tribunales superiores de Japón. Al mismo tiempo, la Corte Suprema podrá delegar en tribunales inferiores la facultad de establecer las reglas de su procedimiento.

El tribunal lleva a cabo su trabajo con toda su fuerza (quórum de 9 miembros) bajo la presidencia del juez presidente o como parte de las salas (hay tres salas de cinco jueces cada una, el quórum es de 3 miembros). Las decisiones judiciales y las opiniones disidentes de los jueces individuales se publican. Esta práctica se basa en el sistema legal anglosajón, pero no es seguida por los tribunales inferiores.

La Corte Suprema tiene la facultad de decidir sobre la constitucionalidad de cualquier ley, decreto, reglamento o acto administrativo. Tal decisión se puede tomar si al menos 8 jueces votaron a favor. Si una ley es declarada inconstitucional, se envía una copia de la decisión al Parlamento y al Gabinete. La peculiaridad del control de constitucionalidad es que esta cuestión se resuelve al margen de la consideración de un caso penal o civil. La demanda de inconstitucionalidad de un acto se presenta ante el tribunal de primera instancia.

La Corte Suprema de Japón, a diferencia de la mayoría de los tribunales constitucionales europeos, no se ocupa exclusivamente de la revisión constitucional, ni tiene un esquema de selección de casos dedicado. No tiene la facultad discrecional de solicitar a otro tribunal que revise y corrija decisiones sobre puntos de derecho a modo de certiorari, como es el caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos. La carga de trabajo de los miembros de la Corte Suprema es extremadamente alta y, por lo tanto, la Corte Suprema nombra a sí misma unos 30 "jueces de investigación" entre los jueces altamente experimentados de los tribunales inferiores. Hay 20 "secretarios exploratorios" para preparar los casos para la audiencia. Casi todos ellos deben tener varios años de experiencia judicial. A diferencia de la práctica estadounidense, no actúan como secretarios de jueces individuales, sino que trabajan para el tribunal en su conjunto.

También hay secretarios de investigación en los tribunales superiores y de distrito. En los juzgados de distrito sólo investigan casos tributarios y de propiedad industrial. Los secretarios de investigación, elegidos de entre los magistrados, suspenden su condición judicial mientras dure su mandato.

Como parte de la centralización tradicional de Japón con respecto a la "administración de justicia", la Constitución (primera parte del artículo 80) establece que los jueces de los tribunales inferiores son designados por el Gabinete de Ministros de una lista de personas propuestas por la Corte Suprema. Todos estos jueces sirven por 10 años y luego pueden ser reelegidos. Sin embargo, cuando alcanzan la mayoría de edad, se jubilan.

Los tribunales superiores (8 en total, tienen 6 sucursales) son los tribunales de primera instancia en casos de alta traición y otros delitos contra el estado, así como la instancia de apelación en casos civiles y penales examinados por tribunales inferiores. Los casos son escuchados por un panel de tres jueces, un panel de cinco jueces escucha casos de ciertos delitos estatales.

Los tribunales de distrito (hay 50 en total, tienen 242 divisiones) escuchan la mayor parte de los casos civiles y penales, y también son la instancia de apelación de las decisiones tomadas por los tribunales disciplinarios. Están ubicados en cada una de las 47 prefecturas. Los casos generalmente son considerados por un solo juez o por un panel de tres jueces, si el caso se refiere a una gran cantidad de una demanda o una acusación de un delito punible con prisión por más de un año. El legislador busca apartar a los jueces de estos tribunales, en la medida de lo posible, de la influencia de las autoridades locales. A tal efecto, los límites de los partidos judiciales se trazan de forma que no coincidan con los límites de las unidades territoriales de autogobierno local. once

Los tribunales disciplinarios (575 en total) escuchan casos civiles menores con un valor de reclamación que no exceda los 900.000 yenes y casos penales menores. Los casos son escuchados por un solo juez, que no tiene que ser licenciado en derecho.

La Fiscalía funciona sobre la base de la Ley de Fiscales de 1947. Una cierta contradicción entre el principio de la independencia de la Fiscalía y la relación de subordinación con el Ministerio de Justicia se resuelve formalmente por el hecho de que, en casos específicos, la El ministro puede dar instrucciones sólo al Fiscal General, pero no a los fiscales subordinados. Los fiscales deben seguir las reglas establecidas por la Corte Suprema. De acuerdo con estas reglas, las funciones principales de la oficina del fiscal incluyen las siguientes: investigación preliminar (anterior al juicio) de los casos penales más importantes y complejos; resolución de una serie de causas penales sin llevarlas a juicio (este procedimiento, denominado “enjuiciamiento diferido”, se aplica incluso si existen pruebas suficientes para llevar el caso a juicio); iniciación del enjuiciamiento; mantener los cargos en la corte; supervisar la resolución de casos menores por parte de la policía; supervisión general de la investigación en la policía; supervisión de la ejecución de las sentencias impuestas por el tribunal. Hay comisiones para controlar las actividades de la fiscalía. Están formados por representantes de la población y tienen competencia limitada: el fiscal "toma en cuenta" la opinión de la comisión, que, sin embargo, no lo obliga. 12

Los ejemplos anteriores de la organización de la justicia constitucional en los estados donde opera el modelo americano en sus diversas modificaciones nos permiten sacar algunas conclusiones:

    el sistema de tribunales de jurisdicción general que administran justicia constitucional, independientemente de que sea dualista o unificado (combinado), se basa en el principio jerárquico de la subordinación institucional, que, en particular, se manifiesta en el procedimiento de apelación de las decisiones sobre cuestiones constitucionales llevados por los tribunales inferiores a los superiores, hasta el tribunal supremo federal, cuyas decisiones son definitivas y vinculantes para todos los tribunales.

    diferentes tribunales de jurisdicción general tienen poderes muy diferentes en la esfera de las relaciones federativas. El supremo tribunal federal tiene las atribuciones más amplias. Una de las principales atribuciones de los órganos de justicia constitucional, el control de la constitucionalidad de los actos normativos, desempeña el papel más importante en el campo de las relaciones federales. Este poder es un poder conjunto de varios tribunales de jurisdicción general, pero es ejercido por ellos en diferentes volúmenes. El mayor alcance es inherente a los poderes de la corte suprema federal: tanto la legislación federal como la legislación de las entidades constitutivas de la federación sirven como objeto de control constitucional. países, el objeto de control es también la legislación de ambos niveles (EE. UU. , Canadá), en otros, solo la legislación del sujeto correspondiente de la federación (India, Brasil).

    el modelo clásico estadounidense de justicia constitucional se ha modificado en varios estados. Esto se aplica no solo a la organización y jurisdicción constitucional del poder judicial, sino también a los tipos de control constitucional que aplican. El modelo clásico estadounidense se caracteriza por un solo tipo de control constitucional: el control constitucional específico. Sin embargo, en varias de las federaciones consideradas se utilizan ambos tipos, tanto el control constitucional concreto como el abstracto. Así, en Brasil, nueve sujetos pueden iniciar un proceso de inconstitucionalidad de normas federales y estatales: el Presidente de la República, la Mesa de la Asamblea Federal, el Fiscal General y otros (artículo 103 de la Constitución).

La revisión constitucional abstracta también se utiliza en Malasia en disputas entre una federación y sus sujetos sobre la validez de una ley federal o la ley de un sujeto federado. trece

      Justicia constitucional administrada por un órgano especial

Considere los aspectos históricos del surgimiento del modelo europeo de justicia constitucional. Variantes de una monarquía constitucional continental en el ejemplo de un país como Francia. Dos tipos de monarquía constitucional en el continente europeo se presentaron por primera vez en el sistema político de Francia durante la Gran Revolución Francesa, donde, reemplazándose entre sí, recibieron una expresión legal clara en dos tipos principales de constitución: contractual (1791) y octroited ( 1814), que se convirtieron en modelos para otros estados -Bélgica, Italia, Alemania, Austria-Hungría, Japón y, finalmente, Rusia. La institución de la monarquía es un elemento real -al menos como una característica política y legal externa- del derecho constitucional. sistema de más de una cuarta parte de todos los estados europeos modernos De 45 en realidad 12 estados europeos son monárquicos: Andorra, Bélgica, Vaticano, Gran Bretaña, Dinamarca, España, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Países Bajos, Noruega, Suecia.

Al mismo tiempo, todos los estados monárquicos europeos son ejemplos de una estructura estatal moderna con una cultura política y jurídica desarrollada, que se ha desarrollado como resultado de los procesos evolutivos políticos de los tiempos nuevos y modernos, y las monarquías mismas en ellos son históricamente formas tradicionales de gobierno.

El paso de una monarquía absoluta a una monarquía limitada y de ésta a una república constituyó el contenido político del proceso constitucional en el auge de la Gran Revolución Francesa. La fase inicial de este proceso terminó con la transición a una monarquía constitucional. Un análisis significativo de la primera constitución francesa de 1791 muestra que su base teórica consta de dos principios básicos: la soberanía popular y la representación, y estos principios están en agudo conflicto entre sí. El caso es que la esencia del concepto de soberanía popular en la interpretación de su creador J.-J. Rousseau excluye la posibilidad misma de instituciones representativas (porque la voluntad unificada del pueblo no puede ser representada por nadie más que el pueblo mismo). Y viceversa, el modelo representativo del sistema político, propuesto por Montesquieu en su teoría de la separación de poderes, niega la conveniencia de una fuente única de los tres poderes, cuya restricción mutua se basa en su autonomía genética entre sí. , remontándose a los diversos elementos sociales de la sociedad (el pueblo, la aristocracia y la monarquía). Esta contradicción se resolvió en la constitución mediante una especie de síntesis de ambas teorías. Su base fundamental era el principio de la soberanía popular, que se encarnaba en varios poderes del Estado ya través de ellos se controlaba realmente a sí mismo. Por un lado, la soberanía pertenece a la nación y, por tanto, “la nación es la única fuente de todo poder”. Por otro lado, “la constitución francesa tiene un carácter representativo; los representantes son el poder legislativo y el rey. 14 Surgió un nuevo precedente histórico: el establecimiento del gobierno monárquico desde arriba y su legitimación por la expresión popular desde abajo, que solo podía lograrse como resultado de la combinación artificial en una forma de gobierno de principios mutuamente excluyentes como la soberanía popular y la principio monárquico. La carta se abrió con la consolidación jurídica de los derechos públicos de los franceses y el reconocimiento efectivo de la irreversibilidad de los cambios democráticos ocurridos durante la revolución: se declaró la igualdad de todos ante la ley, la garantía de las libertades personales, incluso la libertad de (sin embargo, con la salvedad característica de que “la religión Católica Apostólica Romana es la religión del Estado”. Así, la Carta de 1814 articuló claramente por primera vez una serie de parámetros principales del supuesto constitucionalismo: el monarca como el jefe de estado real, el centro de todos los poderes y el garante de la constitución; la sustitución de la verdadera separación de poderes por su diferenciación ficticia y puramente funcional; anarquía del cuerpo legislativo; dependencia completa del poder ejecutivo (gobierno) de la monarca y la falta de control efectivo sobre él por parte de la representación del pueblo (parlamento); falta de independencia del poder judicial. 15

El modelo europeo, en el que la justicia constitucional está separada de la justicia general y es ejercida por órganos especializados, opera en una serie de estados federales, principalmente en países con un sistema de derecho continental o bajo su influencia (Austria, Bélgica, Rusia, Tanzania, Alemania). La consolidación en la doctrina constitucional y legal y en los actos jurídicos normativos de ciertos países europeos de una frase como “poder judicial” implica no solo un reconocimiento legal formal del principio de separación de poderes. Esto significa también el reconocimiento legislativo de la autonomía, independencia y exclusividad de la actividad judicial en el mecanismo general de ejercicio del poder estatal. El ámbito de estas relaciones del poder judicial comprende la formación y organización de las actividades de las instituciones judiciales, el procedimiento organizativo y legal para el ejercicio de las facultades y garantías para el ejercicio del poder judicial, etc.

La gran mayoría de las constituciones modernas de los estados europeos contienen secciones especiales que reflejan los fundamentos constitucionales del poder judicial: la definición del poder judicial, los principios básicos de la organización y funcionamiento del poder judicial (principios del poder judicial y procedimientos judiciales, el estado legal de jueces), garantías judiciales de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, fundamentos de la justicia constitucional. Los respectivos capítulos, títulos o secciones de las constituciones europeas pueden tener una variedad de títulos. dieciséis

En todas estas federaciones, los órganos especializados de justicia constitucional son, por regla general, los tribunales constitucionales (en Bélgica, el Tribunal de Arbitraje). Sin embargo, desde el punto de vista de su estructura organizativa, se pueden distinguir dos variedades principales: la justicia constitucional se lleva a cabo únicamente por el tribunal constitucional federal en ausencia de sus propios tribunales constitucionales en los sujetos de la federación (por ejemplo, Austria, Bélgica, Tanzania); la justicia constitucional se lleva a cabo por el tribunal constitucional federal y los tribunales constitucionales u otros órganos judiciales y cuasijudiciales establecidos en los sujetos de la federación (Alemania, Rusia).

Común a ambas variedades de la organización de la justicia constitucional es la participación de sujetos de la federación en la formación del tribunal constitucional federal. Esta participación se presenta de diversas formas. Así, los jueces del Tribunal Constitucional Federal de Alemania son elegidos a partes iguales por el Bundestag y el Bundesrat (según el artículo 50 de la Ley Fundamental, el Bundesrat es el órgano a través del cual "los territorios participan en la legislación y administración de la federación y en los asuntos de la Unión Europea"). En Austria, parte de los miembros del Tribunal Constitucional (tres miembros y dos suplentes) son designados por el presidente a propuesta del Consejo Federal, la cámara del parlamento federal en la que están representados los estados. La Ley de la Corte de Arbitraje de Bélgica de 1989 establece que de los 12 jueces designados por el Rey, 6 jueces de habla francesa forman el grupo de lengua francesa de la Corte de Arbitraje, y 6 jueces de habla holandesa forman el grupo de lengua holandesa (art. 31 ) 23 Es cierto que esta disposición no cumple plenamente con los principios regionales y lingüísticos que subyacen en la estructura federal de Bélgica. Los jueces del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa son nombrados por el Consejo de la Federación a propuesta del Presidente. El Tribunal Constitucional Especial de Tanzania está compuesto por miembros, la mitad de los cuales son designados por el gobierno federal y la otra mitad por el gobierno de Zanzíbar (es decir, una entidad federal que tiene un estatus especial en comparación con la otra entidad, la parte continental de Tanzania).

Una serie de disposiciones fundamentales o en desarrollo están consagradas en la legislación sectorial, procesal y judicial, en la jurisprudencia y en las normas de los actos jurídicos internacionales más importantes. Así, la Constitución italiana regula solo los fundamentos del poder judicial (artículos 101-110) y los procedimientos judiciales (artículos 111-113), y una regulación más detallada está contenida en el Código del Poder Judicial de 1941 y en la legislación procesal, en particular, en el Código de Procedimiento Civil de 1942 y el Código de Procedimiento Penal de 1989. En la Constitución francesa, la sección sobre el poder judicial contiene solo tres artículos, y la mayoría de las cuestiones sobre la organización y el funcionamiento de los tribunales están relacionadas con la legislación sectorial (Ley de el Consejo Superior de la Magistratura de 1958, la Ley sobre el Estatuto de la Magistratura de 1958, la Ley del Tribunal Superior de Justicia de 1959, la Ley del Consejo Constitucional de 1958, el Código Judicial de 1978).

Los postulados iniciales del concepto de la judicatura como independiente, autónomo, distinto de otras ramas del poder estatal son las siguientes disposiciones, muchas veces directamente consagradas en las constituciones de los países europeos. En primer lugar, la dotación de carácter imperioso no sólo de un tribunal separado, sino de todo el sistema judicial en su conjunto. En segundo lugar, el reconocimiento normativo y la implementación real del principio de separación de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial 17 . En el texto de la Constitución lituana, por ejemplo, solo se fija experessisverdis el primer postulado: “El poder del Estado en Lituania es ejercido por el Seimas, el Presidente y el Gobierno, el Tribunal” (Parte 1, Artículo 6). El principio mismo de la separación de poderes no se menciona explícitamente en la Constitución de Lituania, pero se formula en una serie de decisiones del Tribunal Constitucional 18 . La doctrina constitucional y legal de Alemania también se centra en la importancia del poder judicial en el estado de derecho. Así, el autor alemán de una monografía sobre la justicia en Alemania, W. Heide, sostiene que “en el sistema de separación de poderes de un estado de derecho, la justicia está de un lado, y del otro están los poderes legislativos”. y poderes ejecutivos que se le oponen” 19 . La Ley Constitucional Federal de Austria de 1920 habla del poder judicial en el inciso "B" de la Sección Tercera "Poder ejecutivo de la Federación" (artículos 82-94), pero al mismo tiempo en el art. 94 enfatiza específicamente que “la justicia está separada de la administración en todos los niveles.

En el período moderno en los estados europeos, ha habido dos tendencias principales en el desarrollo del poder judicial como una rama independiente e independiente de un solo poder estatal. Por un lado, se trata de un aumento del papel de la práctica judicial y de la autoridad de las estructuras judiciales. Por otro lado, la creación de órganos especiales en materia de gestión de justicia, fortaleciendo el sistema de comunidades judiciales.

La primera tendencia conduce a que en los países europeos del sistema continental del derecho, a pesar de la ausencia de un precedente en el sistema de fuentes del derecho oficialmente reconocido, la importancia de la función de legislar judicial se acrecienta significativamente. Hoy, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se está convirtiendo en la institución precedente más importante y prácticamente universalmente reconocida. Como señala L. Wildhaber, “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha convertido en una especie de centro del sistema nervioso para la protección de los derechos humanos, actuando a través de los sistemas jurídicos nacionales de 41 estados europeos” 20 . Publicados en el marco de la Comisión de Venecia (Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho), el Boletín de jurisprudencia constitucional y la base de datos CODICES con textos de sentencias judiciales seleccionadas también contribuyen a acelerar la difusión de información sobre la jurisprudencia de los países europeos en lenguas intermedias ​​y el desarrollo del transconstitucionalismo, que permite a los tribunales nacionales enriquecerse con la práctica constitucional de sus colegas 21 .

La segunda tendencia conduce a la creación de un sistema de órganos especiales del Poder Judicial con competencia en el campo de la administración de justicia. Esta competencia incluye cuestiones de designación de cargos judiciales y la formación del poder judicial, cuestiones de responsabilidad disciplinaria, reorganización de los tribunales, etc. En la mayoría de las constituciones europeas, estas estructuras están consagradas como instituciones de autogobierno judicial y están incluidas en el número de aunque representan al poder judicial, pero no tienen funciones judiciales propias (el Consejo Supremo de la Magistratura - en Francia, Italia, Portugal, Moldavia; el Consejo Superior de Justicia (Justicia) - en Albania y Bélgica; el Consejo General del Poder Judicial - en España; el Consejo Judicial Supremo - en Bulgaria; el Consejo Judicial del Estado - en Croacia, etc.).

Según la Constitución polaca de 1997, “El Consejo Judicial de Polonia vela por la independencia de los tribunales y la independencia de los jueces” (artículo 186). De acuerdo con la Constitución Española, el Consejo General del Poder Judicial está llamado a gestionar el Poder Judicial como órgano de gobierno de la comunidad judicial y fiscal (incisos 2 y 3 del artículo 122) 22 . Este órgano remite cada año a las Cortes Generales y al Gobierno de España informes sobre la situación y actuación del poder judicial en el país. En el Principado de Andorra, el Consejo Superior de Justicia, como “órgano de representación, dirección y gobierno del poder judicial”, vela por la independencia y el normal funcionamiento del poder judicial, nombra, administra y sanciona a los jueces de primera instancia y magistrados y vela por que la administración judicial cuenta con recursos suficientes para su normal funcionamiento (artículo 89 de la Constitución). El Consejo Judicial Republicano, según la Constitución de la República de Macedonia, además de las funciones tradicionales, también tiene el derecho de evaluar la profesionalidad y la integridad de los jueces en el proceso de ejercicio de sus poderes y de proponer dos candidatos al Tribunal Constitucional. Tribunal de la República (artículo 105). De acuerdo con la Constitución de la República de Chipre, la Corte Suprema del país es también el Consejo Judicial Supremo, cuya competencia incluye el nombramiento, promoción, transferencia a otro cargo, terminación del servicio y destitución de los jueces, así como otras medidas disciplinarias. contra ellos (artículo 157).

Cabe señalar una característica de la estructura organizativa del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, que no tiene análogos en otros tribunales constitucionales federales, como la presencia en él de una unidad especial: el segundo Senado, que es competente para decidir la mayoría de los casos. directamente relacionado con las relaciones federales. Según la ley sobre el Tribunal Constitucional Federal del 12 de marzo de 1951, el segundo Senado decide en presencia de desacuerdos sobre los derechos y obligaciones de las tierras, en particular en los casos de aplicación por las tierras de derecho federal y en el ejercicio de supervisión federal (que está prevista en los párrafos 1 y 3 del artículo 93, párrafo 4 del artículo 84 de la Ley Fundamental), en otras disputas de derecho público entre la federación y los Länder, entre diferentes Länder y dentro de la misma tierra, salvo que se prevea un procedimiento judicial diferente para su consideración (párrafos 1 y 4 del artículo 93 de la Ley Fundamental). Es por ello que a menudo se hace referencia a este órgano como el “Senado Legal del Estado”.

En caso de duda sobre si un caso específico cae dentro de la competencia del primer o segundo Senado, la decisión es tomada por un comité integrado por el presidente, su suplente y cuatro jueces (parte 2 § 14 de la ley sobre el Tribunal Constitucional Federal Corte) 23 . Así, según el autor F. Blair, la distribución de competencias entre el primer Senado y el segundo es muy relativa, pues el control sobre la constitucionalidad de la legislación federal y de la legislación de los lands, que es competencia del primer Senado, también afecta el desarrollo de las relaciones federales. Según F. Blair, aproximadamente el 30% de las decisiones del primer Senado “tienen un impacto en el sistema federal”. 24

El Tribunal Constitucional de la Federación Rusa también consta de dos salas. Sin embargo, a diferencia de Alemania, la competencia de las salas de la Corte no difiere: deciden todos los casos relacionados con la competencia del Tribunal Constitucional, con excepción de aquellos que, según la ley, están sujetos a consideración en las sesiones plenarias. de la Corte. En particular, la jurisdicción exclusiva del pleno incluye la consideración de cuestiones directamente relacionadas con las relaciones federales: casos sobre el cumplimiento de la Constitución de la Federación Rusa de las leyes básicas de los sujetos de la Federación (constituciones y estatutos), interpretación de la Constitución de la Federación Rusa (parte 2 del artículo 21 de la Ley de 1994 sobre el Tribunal Constitucional de la Federación Rusa). La selección de temas para su consideración exclusivamente en las sesiones plenarias "está determinada, en primer lugar, por los actos del más alto nivel adoptados por la Federación Rusa y sus entidades constituyentes y sujeto a su evaluación, su importancia para el desarrollo y fortalecimiento ... de la federación, su integridad estatal” 25 . De todas las federaciones donde opera el modelo europeo de justicia constitucional, Alemania y Rusia son las de mayor interés, aunque en esta última aún no ha concluido el proceso de creación de órganos de justicia constitucional en los sujetos de la Federación 26 .

Ni la ley fundamental de la RFA ni la Constitución de la Federación de Rusia contienen disposiciones especiales sobre los órganos de justicia constitucional de los sujetos de la federación. Es cierto que la Ley Fundamental de Alemania menciona dos veces los tribunales constitucionales de los países en el contexto de sus relaciones con el Tribunal Constitucional Federal (parte 2, párrafo 46, artículo 93 y parte 3, artículo 100). La Constitución de la Federación Rusa ni siquiera menciona tales referencias.. Un análisis más detallado del trabajo de la Corte Constitucional de Rusia se hará en el segundo capítulo de la tesis.

En cuanto a Alemania, la legislación establece ciertos vínculos entre el Tribunal Constitucional Federal y los tribunales constitucionales de los países (en particular, el derecho del primero a considerar quejas contra las decisiones del segundo). Al enumerar los casos de tales conexiones, el autor V. Kryazhkov señala que “ven una cierta subordinación de los tribunales constitucionales de las tierras de la FCC, pero no se debe a la institucionalidad, sino a las funciones constitucionalmente establecidas de la FCC y ciertamente no pone en tela de juicio el estatus especial de los tribunales constitucionales de tierras como órganos judiciales independientes e independientes”. 27 En lo que respecta a la legislación rusa, no existe tal elemento aquí: según la Parte 4 del art. 27 de la Ley del 31 de diciembre de 1996, la decisión del tribunal constitucional (estatutario) de una entidad constitutiva de la Federación, adoptada dentro de sus competencias, “no puede ser revisada por otro tribunal”. 28

Esta posición es cuestionada por algunos autores nacionales. Por lo tanto, I. Umnova propone ampliar la jurisdicción de los tribunales constitucionales (estatutarios), otorgándoles el derecho de evaluar las constituciones (cartas) de los sujetos de la Federación en términos de su cumplimiento con la Constitución. Al mismo tiempo, admite que en la práctica esto significará la creación “por analogía con el poder ejecutivo de un sistema unificado de poder, donde el Tribunal Constitucional de la Federación Rusa, dentro de sus poderes en este tema de jurisdicción conjunta, se convierte en el más alto tribunal de apelación en relación con los tribunales constitucionales (carta) de las entidades constitutivas de la Federación Rusa. » 29

Por lo tanto, no se puede estar inequívocamente de acuerdo con la opinión de I. Umnova, porque al hacer esta propuesta, ella se refiere a la organización de la justicia constitucional en los Estados Unidos, así como al mencionado derecho de la Corte Constitucional Federal de Alemania para considerar quejas. contra las decisiones de los tribunales constitucionales de los países. Sin embargo, en los Estados Unidos existe un modelo de justicia constitucional completamente diferente, fundamentalmente diferente del modelo europeo que opera en Rusia.

En general, el grado de autonomía, independencia y autoridad del poder judicial en los estados europeos está determinado por las características y tradiciones históricas, el nivel de conciencia legal y cultura legal de la sociedad, el predominio del Estado totalitario o legal y otros factores 30 . rol critico esto se juega por la consolidación constitucional de los principios progresistas del poder judicial y de los procesos judiciales, así como por el fortalecimiento del prestigio de la justicia constitucional.