Razones de la globalización de los derechos humanos. El impacto de los procesos de globalización en el desarrollo de los derechos humanos

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En el mundo moderno, el proceso de universalización, integración, globalización se está desarrollando cada vez más notablemente. Este término, que se ha popularizado recientemente, denota una amplia gama de procesos sociales que se desarrollan hacia la interdependencia, la interpenetración y la interdependencia de los más diversos componentes de la comunidad mundial, dando como resultado la integridad de la existencia de la humanidad, o del ser, la humanidad en su conjunto. .

Los partidarios de la globalización la valoran por la posibilidad de establecer y afirmar valores humanos universales, mientras que sus oponentes la rechazan, viendo en ella la expansión de los valores occidentales, el nuevo imperialismo y el neocolonialismo.

El deseo de unir a la humanidad se explica, muy probablemente, por el hecho de que el pico lógico de la autoconciencia, el autodesarrollo de la sociedad es su unificación en una sola comunidad. En este sentido, la cooperación de los pueblos, países, pueblos a lo largo de la historia ha mostrado resultados más positivos que las luchas, las luchas, las guerras, la autarquía y la cercanía. Por lo tanto, las personas más sabias y progresistas siempre han valorado la unidad de los pueblos y condenado la hostilidad de las personas entre sí.

La idea de una Europa unida no es para nada la idea actual, como muchos creen. Ella nació hace siglos...

En la forma poética de la idea de integración, el humanista expresó cómo llegará el momento en que todos los pueblos, olvidando las luchas, se fusionen en una sola familia. Pero es mucho más difícil para la conciencia de las masas aceptar una idea avanzada, que a menudo asusta y perturba con su novedad y desconocimiento. Este estado de cosas lo demuestran mejor los opositores a la globalización de la economía, que son más activos durante las reuniones de jefes de estado y les arrojan huevos y diversas verduras.

Ciertamente hay sentido común en sus consignas y críticas. Como todo fenómeno social, la globalización de la economía es relevante y tiene sus aspectos negativos. Pero nuevamente, como cualquier fenómeno social, la globalización debe considerarse de manera integral, desde el punto de vista de la tendencia principal, y entonces será posible asegurarse de que la efectividad de combinar los esfuerzos de varios factores para lograr los objetivos siempre supera la efectividad. de sujetos individuales. Sin embargo, ¡tiene que soportar algunas de las consecuencias negativas de la integración por el bien de muchos beneficios positivos!



La necesidad objetiva de la globalización se ve aún más brillante en el problema la seguridad ambiental. Las sustancias químicas venenosas o los desechos nucleares enterrados en los océanos amenazan a toda la humanidad, a toda la vida en la tierra.

El otro lado de las características de la globalización es que estos problemas solo pueden resolverse juntos. Ningún estado está obligado a hacer esto menos que otros. Pero lo más importante es que ningún estado es capaz de resolver tales problemas por sí solo debido a su complejidad y alto costo. Por lo tanto, la humanidad puede resolver problemas globales solo mediante esfuerzos conjuntos.

Podemos ver los inicios de la globalización en la creación de la Unión Europea (UE), la OTAN, el Consejo de Europa y muchas otras tendencias unificadoras destinadas a cumplir las tareas comunes de una determinada comunidad de pueblos y estados.

Un fenómeno interdisciplinar que en los últimos tiempos ha afectado a todas y todos, se refleja en todos procesos públicos, reúne o separa ideologías políticas y se convierte en una prueba de fuego del régimen de gobierno, y sólo puede ser manejada con la participación de la comunidad mundial, son los derechos humanos y libertades civiles.



El logro más importante de la comunidad mundial, la parte humana de la humanidad, fue el entendimiento de que el estado de los derechos humanos en un estado particular no puede ser considerado su asuntos internos. Por supuesto, violación derechos humanos ocurre en el territorio de un estado y más a menudo con los ciudadanos de este país. Pero al fin y al cabo, no puede ser que los propios ciudadanos quieran perder su derecho a la vida, a la inviolabilidad, no puede ser que renuncien voluntariamente a su libertad.

Y si es así, significa que donde se violan los derechos y libertades de los ciudadanos, el poder es usurpado por un tirano, un déspota. La fuente del poder, el pueblo, resulta alienado de la administración del Estado, y es gobernado de forma antidemocrática. Eso quiere decir que en este país es necesario restaurar la soberanía del pueblo, lograr el respeto a los derechos humanos, y el pueblo no lo puede hacer por la usurpación del poder. Resulta un círculo vicioso.

Si la comunidad mundial estuviera de acuerdo en que este es un asunto interno de este estado, entonces este pueblo sufriría la violación de sus derechos durante un tiempo infinitamente largo. Las fuerzas progresistas y democráticas no pueden dejar de ver que los derechos humanos y las libertades civiles están siendo violados en algún lugar y, por lo tanto, salir en defensa de los derechos humanos, dondequiera que sean violados.

O tomemos el problema de los refugiados, que puede desarrollarse como resultado de desastres provocados por el hombre, condiciones climáticas, pero que se observa con mayor frecuencia como resultado de guerras civiles, luchas étnicas, genocidio y persecución política. Nadie huirá de lo bueno. Por desgracia, están huyendo de una mala gestión inadecuada. Pero estas personas desafortunadas solo pueden salvarse en los estados vecinos. ¿Cómo debe comportarse el liderazgo de un estado cuando sus fronteras están asediadas por refugiados? No veo las opciones de cerrar las fronteras o expulsar a los refugiados por la fuerza como inhumanas o inaceptables. Con la aceptación de los refugiados, la cantidad de problemas en este estado aumenta increíblemente. Las personas deben ser acomodadas y tener un techo sobre sus cabezas, deben ser vestidas, alimentadas y provistas de atención médica. debemos proporcionar orden legal, porque no solo los ciudadanos respetuosos de la ley vienen con los refugiados, sino también los criminales que se esconden. Y todo esto se convierte en una pesada carga incluso para los estados prósperos. Pero por alguna razón siempre hay menos de ellos. Así, los refugiados se están convirtiendo en el problema político, social, económico, legal, cultural y médico más agudo. Y resolverlo solo por el estado anfitrión se convierte en un problema insoluble. Obviamente, la búsqueda de una solución política a los problemas de los refugiados solo es posible con la participación de la comunidad mundial, la provisión de asistencia humanitaria, asistencia y cooperación en su destino muestra claramente la globalización de los derechos de los refugiados. El derecho de asilo también puede garantizarse únicamente mediante esfuerzos conjuntos.

La asistencia de la comunidad mundial puede detener el genocidio, la tortura y la tortura, la persecución de los disidentes y cualquier otra forma de violación de los derechos humanos y las libertades civiles. Y este es un beneficio incondicional para los ciudadanos de un Estado autoritario, cerrado y no legal, ante el cual debe retroceder el principio de no intervención.

Esto lo intuyó intuitivamente allá por el siglo XVIII el gran Voltaire, el primer activista de derechos humanos de la tierra, quien envió cientos de cartas, llamamientos, protestas en defensa de la justicia, el humanismo y la libertad. Escribió a reyes, reyes, emperadores, y estos nobles retrocedieron ante los argumentos de la prudencia y la filantropía.

A favor de la globalización de los derechos humanos, se pueden citar los hechos de la hambruna masiva y la mortalidad infantil, la propagación del SIDA y otras enfermedades infecciosas, los desastres ambientales y muchos otros, cuando los problemas solo pueden evitarse con la participación de la comunidad mundial. y otros estados. Aquí es donde la globalización es la mayor bendición. Por supuesto, siendo un hipócrita y un hipócrita, uno puede oponerse al uso de esfuerzos supranacionales y usar el principio de no injerencia en los asuntos internos. Y así dejar a los que sufren solos con sus problemas. Pero ya es hora de esconder tales argumentos en cofres con otra basura de tiempos obsoletos.

De lo dicho se desprende otro aspecto esencial de los derechos humanos: ¡su naturaleza jurídica internacional!

· Pacto Internacional de Derechos Civiles y derechos politicos adoptado en 1966;

· Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado en 1966.

§ Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951);

§ Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1980);

§ Convención contra la Discriminación en la Educación (1960).

§ Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (1948-1954);

§ Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965-1969);

§ Declaración de los Derechos del Niño (1959) y Convención sobre los Derechos del Niño (1989);

Estos actos jurídicos establecen normas mínimas generales para la observancia y protección de los derechos humanos, independientemente del país de residencia, color de piel, religión, sexo y demás cualidades personales.

Junto con la legislación internacional y el mecanismo internacional de protección de los derechos humanos, los pueblos y gobiernos de los continentes comenzaron a crear sus propias normas y cuerpos. Se adoptaron: la Convención Interamericana de Derechos Humanos (1969), la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981), la Declaración Islámica de Derechos Humanos (1990), la Carta Árabe de Derechos Humanos (1994), Se creó la Unión Europea y se adoptó la Carta Europea de Derechos Humanos y Libertades (2000). El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, adoptado en 1950, fue desarrollado y adoptado por los estados miembros del Consejo de Europa, que, desde el comienzo mismo de su creación, se han unido para "afirmar y realizar aún más los derechos humanos, el respeto de las libertades fundamentales y el estado de derecho”.

Tenga en cuenta: Hace 50 años, el comienzo de la guerra fría entre el campo socialista, que defiende los míticos intereses públicos del estado y el futuro del comunismo, y Europa, que busca la unidad bajo el estado de derecho, la protección de los derechos humanos y libertades civiles. La confrontación ideológica sin sentido del bloque soviético en toda Europa, la obstinación ideológica, la búsqueda de enemigos inexistentes y, lo más importante, la creación constante de opositores para sí mismos, incluso de antiguos partidarios, la irritación cada vez mayor por la actitud crítica de los países de los que nos cerramos con un telón de acero, no se generó por la hostilidad de Europa, como se dibujaba, sino por las ambiciones, la intolerancia, la hostilidad a todo lo nuevo de la ideología comunista. Estos principios humanos y creativos permitieron que los estados de Europa se acercaran cada vez más, se ayudaran mutuamente, se desarrollaran económicamente y alcanzaran la prosperidad. Sus sistemas políticos y legales se han integrado, las personas y los países de Europa se han vuelto tan cercanos que se entienden fácilmente y actúan en beneficio de sus pueblos.

En el desarrollo de la Declaración Universal, la Convención Europea de Derechos Humanos, de acuerdo con los mejores estándares mundiales, ha asegurado los derechos humanos más importantes: el derecho de toda persona a la vida está protegido por la ley; nadie será sometido a torturas, tratos o penas inhumanos o degradantes; toda persona tiene derecho a la libertad ya la seguridad de su persona; toda persona detenida será informada sin demora, en un idioma que comprenda, de los motivos de su detención; toda persona detenida será llevada sin demora ante un juez; toda persona tiene derecho a exigir un juicio justo; toda persona acusada de un delito se presume inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y al principio de presunción de inocencia.

Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar; inviolabilidad del domicilio y secreto de la correspondencia, libertad de pensamiento, de conciencia, de religión. Todos pueden libremente recibir y difundir información, expresar su opinión; reunirse pacíficamente para mítines y manifestaciones, unirse a partidos políticos y asociaciones públicas; los hombres y mujeres en edad de contraer matrimonio tienen derecho a contraer matrimonio.

Cada país que se una al Consejo de Europa debe cumplir con estos estándares. Al unirse al Consejo de Europa, Rusia asumió una serie de obligaciones, entre las cuales las más urgentes son las cuestiones de la abolición pena de muerte, introducción de un servicio civil alternativo, reformas sistema penitenciario. Son muchas las vulneraciones en materia de libertad de circulación y elección de residencia, en la garantía del derecho a la información completa y objetiva, en la libertad de pensamiento y de creencias y en el derecho a expresarlas y defenderlas. Debe ajustarse a la Constitución de la Federación Rusa, la legislación federal, las normas internacionales y europeas. actos legislativos muchos sujetos de la Federación Rusa.

La globalización de los derechos humanos se evidencia por la muy progresiva consolidación en la Constitución de la Federación Rusa de la disposición de que los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional son parte del sistema legal nacional. Y la propia existencia del derecho supranacional, la recepción o implementación de actos jurídicos paneuropeos y la inclusión de un mecanismo internacional en el ordenamiento jurídico nacional para la protección de los derechos humanos y las libertades civiles demuestra claramente la globalización.

Por cierto, la creación de la ONU, el Consejo de Europa, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, la Unión Europea, otros organismos internacionales y sus actividades para proteger los derechos humanos, como meta prioritaria de crear organizaciones y mecanismos internacionales, habla de la protección de los valores globales, en los que se han convertido los derechos humanos.

En la actualidad, el Secretario General de la ONU es el depositario de unos 520 Tratados Internacionales. Muchos de ellos tienen un profundo impacto en la vida y las actividades de las personas en áreas como los derechos humanos, los refugiados y los apátridas, la justicia penal internacional, el desarme y el medio ambiente. Los expertos de la ONU ayudan a los gobiernos a desarrollar leyes nacionales e implementar programas de mejora. cumplimiento de la ley, penitenciarías, esfera social y servicios de inmigración.

Como centro global para resolver todos los problemas más importantes de la humanidad, la ONU también define "derechos universales" para todos los pueblos. La experiencia histórica demuestra que una, incluso la legislación nacional más desarrollada, no puede compararse en su integridad y calidad con el conjunto legislativo creado por las organizaciones internacionales. Se atribuye importancia cualitativa y valor social a esta legislación por el hecho de que por primera vez y en todas actos legales de carácter internacional, se consagra un derecho universal, que no depende del lugar de nacimiento o residencia de una persona, raza o color, nacionalidad o religión, sexo o educación. Las normas legales internacionales se han vuelto tan universales, y el mecanismo internacional para la protección de los derechos humanos es tan poderoso y flexible que cualquier persona en el planeta puede percibirlos como un tesoro nacional y usarlos para proteger sus derechos y libertades.

Los opositores a la globalización, que introduce valores supuestamente ajenos, suelen temer la pérdida de la identidad, la identidad nacional, las tradiciones y costumbres de sus pueblos, y dudan de que sirvan de tapadera a las aspiraciones expansionistas de las fuerzas enemigas. Aunque hay muchas discusiones en torno a estas preguntas, en nuestra opinión, uno debería inclinarse a dar una respuesta negativa a estas dudas, que son poco confirmadas por la práctica.

Sí, existe una especificidad nacional y cultural en la comprensión de los derechos humanos. Sí, no todos los pueblos cantan tanto los derechos personales y las libertades civiles como los europeos. Sin embargo, no todos los europeos están unidos en la comprensión del valor social de los derechos humanos. Pero después de todo, casi no hay concepto o valor que sea percibido por igual por toda la comunidad humana. No importa cómo los diferentes pueblos entiendan los derechos humanos, no puede haber dudas sobre el valor social de los derechos y libertades universalmente reconocidos. El derecho a la vida, al bienestar familiar, a la vivienda, a la entorno favorable, a un nivel digno, pero por más derecho o libertad civil que llamemos, no podemos encontrar un ejemplo de que para algunos pueblos no representen valor social. Las excepciones separadas u otros fenómenos evaluativos que puedan estar en un contexto tan importante no merecen una atención seria. Este es quizás el caso más típico sobre este tema.

En 1989, se llevó a cabo en la isla de Creta una reunión internacional de líderes de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos (ONG). También surgió un diálogo sobre la diferente comprensión de los derechos humanos, que se deriva de la diferencia entre la mentalidad occidental y la oriental. Se dijo que los adherentes al liberalismo occidental valoran más los derechos del individuo, lo que no es tan significativo en Oriente debido a la debilidad de la sociedad civil y al predominio del interés comunal. Todo esto es correcto y no puede sino afectar la actividad política de los ciudadanos, el desarrollo de la sociedad civil, el estado de observancia de los derechos humanos, el mecanismo de protección de las libertades civiles, las actividades de las ONG, etc.

El siguiente ejemplo fue dado para justificar las diferencias existentes en el enfoque de los derechos humanos. En la India existe una tradición llamada "sati", es decir, la quema de una viuda en la pira funeraria de su marido muerto. Se argumentó que, con base en las peculiaridades de la cosmovisión comunal, "la solución a tales problemas" debería encontrarse dentro de la comunidad respectiva, y no impuesta desde arriba por el estado. Se supone que el "respeto" por tales tradiciones es más importante que los valores "universales" o "comunes", que son absolutamente ajenos a los hindúes.

Con base en el reconocimiento del relativismo cultural, muchos ahora se preguntan si la identidad nacional se verá afectada por la adopción de valores universales como los derechos humanos y las libertades civiles. Pero, ¿cómo puede haber costumbres, tradiciones que contradigan el valor social de los derechos humanos y las libertades? Puedes imaginar que existe. Pero entonces es lógico hacerse la pregunta, ¿por qué es necesario preservar tales tradiciones y costumbres? Después de todo, en la historia de cada nación hubo tradiciones y costumbres que se volvieron arcaicas, contrarias a la cultura en desarrollo, a la mentalidad modernizadora y, al final, olvidadas. Por lo tanto, es poco razonable convertir las tradiciones culturales en un fetiche y oponerlas artificialmente a valores tan incondicionales como los derechos humanos y las libertades civiles, la tolerancia y la no violencia, el humanismo y la democracia.


La globalización puede describirse como un proceso objetivo, que se basa en el desarrollo histórico y tecnológico, en particular, el desarrollo del transporte, las comunicaciones y tecnologías de la información y que tiene un profundo impacto en todas las esferas de la vida económica, política, social y cultural. Representa la creciente interpenetración de los mercados, las comunicaciones y las ideas a través de las fronteras nacionales y representa la creciente interdependencia del mundo. Como resultado de la globalización, los eventos que ocurren en una parte del mundo tienen consecuencias para las personas que viven en otras partes del mismo. Hay varios aspectos de la globalización que se pueden distinguir. Algunos investigadores consideran la globalización como un proceso predominantemente económico e incluso un sinónimo de capitalismo global, otros se enfocan en el crecimiento de instituciones y organizaciones internacionales, otros apuntan a flujos demográficos y culturales transnacionales, y otros apuntan al surgimiento de una sociedad civil global. Los procesos de globalización no pueden sino afectar las dimensiones de los derechos humanos.

Hay dos formas de pensar sobre el impacto de la globalización en los derechos humanos. Por un lado, la globalización acelera los procesos de desarrollo económico. Además, un sistema internacional más cosmopolita y abierto debería ampliar la libertad de las personas y aumentar su capacidad para ejercer y proteger sus derechos. Por otro lado, los beneficios de los procesos de globalización se distribuyen de forma desigual y algunos de sus aspectos suponen una amenaza para los derechos y libertades. Esto plantea el desafío de que la comunidad internacional fortalezca régimen internacional derechos humanos.

También cabe señalar que como consecuencia de los procesos de globalización, el Estado deja de ser la única fuente de protección de los derechos humanos. El desarrollo de los sistemas de comunicación y transporte ha reducido en gran medida la capacidad de los gobiernos para controlar el flujo de información, conocimientos e ideas y ha aumentado la capacidad de grupos de personas con creencias similares para organizarse a través de las fronteras nacionales, lo que ha contribuido al desarrollo de organizaciones internacionales. organizaciones no gubernamentales y el surgimiento de una sociedad civil internacional o global186.

4.1. Aspecto económico de la globalización y los derechos humanos

Una de las consecuencias más significativas de la globalización es su impacto en el disfrute de los derechos sociales, económicos y culturales. Así, en los países periféricos ha disminuido la capacidad de los gobiernos para ejercer control sobre el desarrollo económico de sus países. En muchos casos, la globalización ha llevado a la desregulación o "aumento de la flexibilidad" de los mercados. fuerza de trabajo lo que, en la práctica, significó cambiar o derogar leyes laborales que impiden el despido de trabajadores, reducir salarios, cambiar sistemas seguridad Social, la utilización de mano de obra temporal, la implementación de la subcontratación de trabajadores, la externalización de trabajadores de empresas secundarias, etc.187.

Como resultado de la apertura de los mercados de economías centralmente planificadas y países del tercer mundo, ha habido un aumento significativo en el comercio mundial. Sin embargo, los efectos específicos de la globalización varían considerablemente según el lugar que ocupe un país en el escenario internacional.

Como señala X. Bengoa, “Si para algunos países ubicados en la periferia del capitalismo mundial, la globalización significa la apertura de mercados y la creación de nuevos modelos económicos, sociales y culturales, para otros países ubicados en el centro del capitalismo mundial, este proceso implica la exportación de sus valores económicos, sociales, políticos y culturales y su desarrollo”188. Así, la globalización, por un lado, implica la concentración en los países desarrollados y, por otro lado, aumenta la desigualdad interna, tanto en los países desarrollados como en los periféricos.

El aumento de la desigualdad dentro de los países se debe al hecho de que los países compiten entre sí para ofrecer a las empresas transnacionales la mano de obra más barata posible y los bajos costos sociales y ambientales. Tales corporaciones ubican sus fábricas en lugares con los salarios e impuestos más bajos, así como con las mayores oportunidades en términos de emisiones contaminantes. Muchos gobiernos justifican los recortes presupuestarios en educación y atención médica al reducir los impuestos corporativos para salvar puestos de trabajo. Así, existe una tendencia del capital internacional a tratar de instalarse en países con bajos salarios, sistemas de seguridad social subdesarrollados, bajos impuestos y bajos niveles de protección.

ambiente.

Las consecuencias más desfavorables de los procesos de globalización se manifestaron en el ámbito de la distribución del ingreso. Los beneficios de los procesos de globalización se distribuyen de manera extremadamente desigual: solo una minoría de la población mundial disfruta de los beneficios de la globalización, mientras que la mayoría de las personas han sido excluidas de sus beneficios. A menudo, como resultado de la globalización, su nivel de vida solo disminuye. La razón de esta situación es que la mayoría de los países del tercer mundo llevan a cabo sus políticas macroeconómicas de acuerdo con los requisitos del capitalismo global. Compitiendo entre sí para atraer inversiones extranjeras, dieron los siguientes pasos para crear condiciones favorables para tales inversiones: desregulación de los mercados laborales para reducir el costo de producción en empresas ubicadas en el país anfitrión; desregulación o eliminación de barreras innecesarias a la producción recursos naturales, así como la reducción de los requisitos ambientales; la creación de mecanismos financieros para asegurar la libre exportación de capital y ganancias, la provisión de beneficios aduaneros y fiscales. Este desarrollo ha llevado Consecuencias negativas para los pobres y agudizó la desigual distribución del ingreso190. En algunos casos, incluso aparecen nuevas formas de esclavitud, lo que significa, de hecho, la negación total de todos los derechos humanos. Al mismo tiempo, algunas consecuencias negativas de la globalización han afectado a los países desarrollados. Los procesos de globalización han llevado a la deslocalización de empresas y sectores enteros de la economía a países con salarios bajos, lo que ha provocado una reducción de puestos de trabajo en los países desarrollados y ha servido como fuente adicional de estratificación de la riqueza y pobreza.

Así, como resultado de la globalización, la humanidad enfrenta los siguientes problemas275: 1)

El crecimiento de la economía de mercado y su globalización han provocado la aparición simultánea de dos fenómenos sociales: la concentración de la riqueza y la exclusión social. Como resultado, algunos países y regiones enteras en varias partes del mundo se han desconectado del proceso de desarrollo, el intercambio de tecnologías y los rápidos cambios que ocurren en el mundo. En este caso, los procesos de aislamiento ocurren en tres niveles. primeramente, aislamiento territorial a nivel internacional, que se expresa en que si algunas áreas del mundo están conectadas a la nueva globalización, entonces muchas otras áreas y regiones del mundo están alejadas de ella. En segundo lugar, el aislamiento territorial dentro de cada uno de los países, donde bajo las nuevas condiciones, las regiones que antes interactuaban adecuadamente con el resto del país comienzan a deslizarse hacia el aislamiento. En tercer lugar, el aislamiento a nivel de los grupos sociales en que se divide la sociedad. Es decir, dentro de las sociedades hay grupos sociales que son arrancados de ella. Además, la estratificación de los ingresos en la sociedad implica violaciones muy grandes de los vínculos entre dichos grupos y el resto de la sociedad. 2)

Una distribución desigual de la renta siempre va acompañada de pobreza, y con la concentración de la renta en un lado aumenta tanto la pobreza relativa como la extrema. 3) La injusta distribución de los ingresos con el crecimiento simultáneo de la economía crea una situación social explosiva y conduce a la erosión de los cimientos de la unidad de la sociedad. Sectores desfavorecidos y débilmente protegidos de la sociedad están perdiendo la fe en la democracia, lo que lleva al surgimiento de regímenes autoritarios y antidemocráticos, movimientos nacionales chovinistas, xenofobia, etc.

Al mismo tiempo, como señala X. Bengoa, la globalización de la pobreza estimula el proceso de toma de conciencia masiva de la “globalización de los derechos”. “Para los de arriba, la globalización ocurre en el campo del comercio, la informática, etc., y para los de abajo, la globalización afecta la moralidad. Los pobres, los países pobres ven las diferencias sociales en las pantallas de televisión, escuchan llamados al igualitarismo y, como resultado, se intensifica la globalización de las demandas y los "estándares" de la sociedad. Los estándares éticos van más allá de los estrechos límites de un área, país o región en particular.

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Introducción

Capítulo 3. La influencia de los procesos de globalización en el desarrollo de los derechos humanos

3.1 Conceptos modernos de derechos humanos en el contexto de la globalización

3.2 Los estándares jurídicos internacionales en materia de derechos humanos como factor de globalización del espacio jurídico

Conclusión

Lista de literatura usada

Introducción

La globalización en su interpretación moderna se discutió en la segunda mitad del siglo XX. En gran medida, esto estuvo predeterminado por los cambios que tuvieron lugar en el mundo en ese momento. Ya con el final de la Segunda Guerra Mundial, se perfilaron tendencias hacia el fortalecimiento de la interconexión e interdependencia de continentes, países y pueblos. Pero la Guerra Fría y el enfrentamiento entre bloques político-militares frenaron y limitaron el desarrollo de las tendencias emergentes. Fue solo a fines del siglo XX que la globalización comenzó a tomar su verdadera forma.

Ocupa su nicho en el estudio de los problemas de la globalización. ciencia jurídica. Bastantes estudios de los últimos años realizados por científicos y profesionales de diversas áreas del conocimiento están dedicados a los cambios que se están produciendo en el mundo en el contexto de la globalización, y al impacto de este fenómeno en el panorama internacional y ley doméstica especialmente sobre los derechos y libertades fundamentales del hombre y del ciudadano.

Los derechos y libertades del hombre y del ciudadano en el mundo moderno es una poderosa capa de cultura universal, sin dominarla es imposible evaluar todo el sistema de complejas relaciones políticas, sociales, económicas y culturales tanto a nivel nacional como internacional. Los derechos y libertades del hombre y del ciudadano son el valor supremo, que es el criterio de la "dimensión humana" de los procesos contradictorios que tienen lugar tanto en Rusia como en todo el mundo.

Los derechos humanos y las libertades están en constante desarrollo con el fin de ampliar el número de derechos y libertades y mejorar los derechos existentes. Este es un proceso objetivo asociado al progreso histórico de la sociedad.

Un papel especial en la sociedad moderna en el campo de los derechos humanos se le da al derecho internacional. El ámbito de aplicación del derecho internacional se está ampliando bajo el impacto de las normas jurídicas de muchos factores objetivos, incluida la globalización de la vida internacional; internacionalización de las normas e instituciones nacionales; convergencia del derecho internacional y una serie de instituciones de derecho nacional en relación con la regulación de similares relaciones públicas, logros del progreso científico y tecnológico, creando condiciones para la regulación legal internacional de nuevas áreas de cooperación.

Como señalan correctamente los científicos modernos, el contenido del concepto de derechos humanos en el mundo moderno, incluso en el contexto de la globalización, no puede sino afectar los derechos humanos internacionales y nacionales, que combinan varias generaciones de derechos que afectan el destino de una persona y un ciudadano, derechos y obligaciones en diversos ámbitos. Todo lo anterior indica la relevancia del estudio de este tema.

El propósito de este trabajo es estudiar el tema del impacto de los procesos de globalización en el desarrollo de los derechos humanos.

Para lograr este objetivo, se establecieron las siguientes tareas:

Revelar el concepto y la esencia de los derechos humanos;

Considere el sistema de derechos humanos;

Analizar el concepto y la esencia de la globalización;

Considerar el impacto de los procesos de globalización en el derecho;

Explorar conceptos modernos de derechos humanos en el contexto de la globalización;

Analizar los estándares jurídicos internacionales en materia de derechos humanos como factor de globalización del espacio jurídico

La base normativa del estudio fue: la Constitución de la Federación Rusa, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes. Tratamiento o Castigo de 1984, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, Ley Federal "Sobre la Zona Económica Exclusiva de la Federación Rusa", Ley Federal "Sobre reglamento tecnico", la Ley Federal "Sobre la coordinación de las relaciones económicas internacionales y exteriores de las entidades constitutivas de la Federación Rusa", la Ley Federal "Sobre la plataforma continental de la Federación Rusa".

La base teórica de este estudio fueron los trabajos de juristas como: Ya.A. Borozdina, A.N. Golovistikova, Yu.I. Malevich, M. Marchenko, R.M. Valeeva, Umnova I.A. y otros.

La base metodológica del estudio es el método jurídico lógico, dialéctico, histórico, comparado. También se utilizaron métodos tales como: análisis y síntesis, deducción e inducción, abstracción y generalización, analogía. Además, se utilizaron métodos científicos generales y legales especiales.

La meta y los objetivos fijados determinaron la estructura. tesis, que consta de una introducción, tres capítulos, divididos en párrafos, una conclusión y una lista de referencias. El primer capítulo examina la naturaleza, esencia, sistema de los derechos humanos. El segundo capítulo revela el concepto y la esencia de la categoría "globalización". El tercero analiza el impacto de los procesos de globalización en el desarrollo de los derechos humanos.

Capítulo 1. Aspectos teóricos y jurídicos de la categoría "derechos humanos"

1.1 Naturaleza y esencia de los derechos humanos

Los derechos humanos son los derechos de los que está dotada una persona por el hecho de pertenecer al género humano. Representan la necesidad vital de autoexpresión del individuo. Sólo la posesión de derechos hace de la persona un sujeto de creación histórica, una personalidad única. Al mismo tiempo, están determinados por las condiciones socioeconómicas de vida, el régimen político, la naturaleza del estado.

Hay muchas facetas de un fenómeno social como los derechos humanos. Así, desde el punto de vista del origen, los derechos humanos son bienes inalienables del individuo, derivados de la propia naturaleza y condiciones sociales de su existencia.

En el aspecto de la relación entre el Estado y el individuo, los derechos humanos sirven como límite del ejercicio del poder estatal.

De acuerdo con su objeto social, los derechos humanos son un medio de protección por el cual la humanidad busca repeler muchas amenazas: guerra nuclear, hambruna, crisis ecológica y otros fenómenos peligrosos.

A menudo, los derechos humanos se entienden y utilizan en el sentido cotidiano, es decir, como término vitalicio. La gente dice: "mis derechos", "tengo derecho a descansar en un día libre", y esto parece ser entendido en general y no causa mucha controversia. Al mismo tiempo, este enfoque para comprender los derechos humanos tiene consecuencias imprevistas, especialmente cuando chocan personas de diferentes nacionalidades y religiones.

La frase "derechos humanos" se ha encontrado en los documentos de los países europeos durante los últimos siglos. Los primeros actos fueron la Carta Magna (1215), adoptada en Inglaterra, que todavía se reconoce como "la piedra angular de la libertad inglesa", "Sobre mejor provisión libertad del súbdito y la prevención de la prisión más allá de los mares "(Ley de Habeas Corpus) 1679

La Carta Magna contenía la siguiente disposición, que sorprendió a los contemporáneos: "Ninguna persona libre puede ser arrestada, encarcelada, desposeída, proscrita o expulsada... excepto por sentencia legítima de sus iguales y por la ley del país". (Artículo 39).

Y el segundo escrito ordena al funcionario entregar al detenido al juez dentro de tres días para que establezca su culpabilidad.

En el período posterior de la historia, se adoptaron otros documentos relacionados con los derechos humanos. Entre ellos se encuentran la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (4 de julio de 1776), la Declaración de Derechos (Inglaterra, 1689).

Estos y otros documentos similares se convirtieron en la base para la adopción de leyes posteriores sobre derechos humanos en el período anterior a la Segunda Guerra Mundial. Todos ellos se caracterizan por tener una escala de aplicación nacional.

Después de la Segunda Guerra Mundial, la adopción de la Carta de las Naciones Unidas, se introdujo un nuevo significado en la frase "derechos humanos", a saber, una indicación de responsabilidad internacional de cualquier gobierno ante la comunidad internacional de estados para la observancia de los derechos del individuo en su país. Como resultado, el concepto de derechos humanos comenzó a expresar un tipo especial de relación entre una persona y la sociedad, entre un individuo y el poder.

En la literatura científica se pueden encontrar diferentes aproximaciones al concepto de derechos humanos. En algunas definiciones, el énfasis está en el aspecto legal, en otras, en el moral y ético, en la tercera, en el aspecto filosófico del concepto de derechos humanos.

En las obras de autores nacionales, los derechos humanos se definen principalmente como oportunidades sociales que son objeto de sus reivindicaciones. Este enfoque, aunque generalmente correcto, sin embargo, pasa por alto el hecho de que la totalidad de las posibilidades disponibles para el individuo es solo un medio, un requisito previo para la realización de sus derechos y libertades, pero estas oportunidades no son derechos en sí mismas. Los derechos humanos no son sólo un medio para lograr el bien. Se convierten en el bien mismo si se les proporcionan las condiciones de vida y si están garantizadas por el Estado.

Los medios para asegurar y garantizar los derechos humanos pueden ser diferentes según una serie de factores socioeconómicos, políticos y culturales, pero la importancia y el valor de los derechos humanos son universales. Las necesidades razonables, los intereses vitales y las formas de satisfacerlos actúan como el principal requisito previo para la formación y funcionamiento de los derechos humanos como propiedad integral del individuo. Sin embargo, para que estas necesidades se conviertan en un regulador efectivo para la realización de los derechos humanos y las libertades, deben ser reconocidas. Puede surgir una situación en la que una persona tiene una oportunidad externa para garantizar derechos específicos, pero no hay necesidad. Una persona no se esforzará por proporcionarlos. En consecuencia, sin acciones activas y decididas por parte de una persona, no se pueden realizar derechos ni libertades por sí mismos.

Los derechos humanos a menudo se consideran solo como una categoría legal. En algunos casos, los derechos humanos se consideran una sección especial del derecho internacional, en otros se definen a través de la categoría del estatus legal de una persona.

En este último caso, los derechos humanos se reducen a los derechos de un ciudadano. Obviamente, con tal comprensión de los derechos humanos, se distorsiona su esencia y especificidad, ya que en este caso los derechos humanos se reducen a los derechos de un ciudadano. Sin embargo, se sabe que existen diferencias entre los derechos humanos y los derechos de un ciudadano: cualquier ciudadano es una persona, pero no toda persona es un ciudadano. Es decir, estos conceptos difieren en su alcance. En cada estado la constitución proclama y dota a sus súbditos ciertos derechos, libertades y responsabilidades. Puede haber diferencias significativas entre estados a este respecto, especialmente entre estados democráticos y totalitarios. sistemas políticos.

Los derechos humanos son universales, son inherentes a cualquier ser humano, sea quien sea y esté donde esté. Los derechos humanos son una propiedad natural e inalienable de la persona.

El principal inconveniente de entender los derechos humanos solo como una categoría legal estatal es su unilateralidad. Procede del hecho de que los derechos humanos se deben enteramente a una sola de las áreas vida publica- legal estatal. Sin embargo, no están menos conectados con la filosofía, la religión, la moral y la cultura.

Los derechos humanos se caracterizan por una serie de rasgos:

Surgen y se desarrollan sobre la base de procesos naturales y entidad social una persona, teniendo en cuenta las condiciones constantemente cambiantes de la sociedad;

Se forman objetivamente y no dependen del reconocimiento estatal;

Pertenecen al individuo desde su nacimiento;

Tienen carácter inalienable, inalienable, se reconocen como naturales (como el aire, la tierra, el agua, etc.);

Reconocido como el más alto valor social, actuar como parte necesaria del derecho, cierta forma de expresión de su contenido;

Son los principios y normas de las relaciones entre las personas y el estado, que brindan a un individuo la oportunidad de actuar a su propia discreción o recibir ciertos beneficios. Su reconocimiento, observancia y protección son deber del Estado.

Cuando se trata de derechos humanos, se refieren a los derechos del "otro", porque en una sociedad donde no se reconocen los derechos de cualquier persona, no puede haber derechos. Es una especie de contrato social, un acuerdo sobre el respeto mutuo de los derechos inalienables de todos. Esto se expresa en las relaciones entre las personas, el hombre, la sociedad y el Estado en cuanto al reconocimiento de las propiedades, necesidades e intereses naturales de cada persona, inherentes a él como ser humano, vitales.

Los derechos humanos no son algo dado. Ellos, como valores morales básicos, existen independientemente de la estructura de clases sociales y el sistema político de la sociedad o están consagrados en normas legales. El Estado puede respetarlos y garantizarlos, o violarlos y suprimirlos, pero no puede privar a una persona de los derechos y libertades fundamentales inherentes al nacimiento. Existirán bajo cualquier condición.

Los derechos humanos son un concepto social general. Fuera de las relaciones sociales no pueden existir, como no puede haber deberes. El problema de los derechos humanos surge porque el individuo por naturaleza no es sólo un ser biológico, sino también social. Por lo tanto, se convierte en un hombre sólo entre la gente.

La esencia de los derechos humanos debe revelarse en el sistema de sus interacciones internas y externas.

Las conexiones internas de una persona incluyen la interacción de la conciencia de una persona con sus propias necesidades. La cadena de interacciones aquí se ve así: la necesidad genera interés y genera reclamos. En una interacción compleja, afectan la conciencia. Debe prestar atención en esta cadena de interacciones a la categoría de interés. En algunos casos, los derechos humanos se determinan a través del interés. Existe una fórmula bien conocida: "los derechos humanos son un bien protegido". Las necesidades, intereses y reivindicaciones no pueden ser ilimitadas. Tampoco pueden existir y manifestarse separadamente de las pretensiones de los demás. Comprender esto condujo al surgimiento de una regla de vida: "Trata a los demás como te gustaría que te trataran a ti".

Así, la relación entre la persona misma y su derecho es el principal nexo interno de la estructura de los derechos humanos.

La protección de los derechos y libertades del individuo es, ante todo, asunto de la sociedad, del Estado, diferente tipo organizaciones, ciudadanos individuales, cuya comunicación es un sistema de interacciones humanas externas.

En interacción con ellos, se revela el contenido de las categorías aquí consideradas: "intereses", "pretensiones", "libertad" y "responsabilidad", es decir, estamos hablando de interacción con instituciones externas de la sociedad en relación con una persona. Las reivindicaciones se llevan a cabo mediante la realización por parte de la persona de los derechos y libertades y, a menudo, mediante los correspondientes requerimientos a los órganos estatales, organizaciones publicas así como a otros ciudadanos. Por tanto, en los derechos humanos siempre existe (teóricamente) la posibilidad de poner en marcha parte obligada- el Estado como parte responsable en las relaciones jurídicas.

Las relaciones internas y externas discutidas anteriormente en su interacción están llenas de contradicciones, cuya superación es la lucha por los derechos humanos.

Entre los mecanismos sociales que aseguran la realización de los derechos humanos, los más importantes son la sociedad civil y el estado social de derecho.

El buen funcionamiento de estos mecanismos requiere, en primer lugar, el reconocimiento oficial por parte del Estado de la existencia real de los derechos humanos. En segundo lugar, su consolidación jurídica en la Constitución y legislación del país que cumplan estándares internacionales en el campo de los derechos humanos. La realidad y efectividad de la protección de los derechos humanos sin la existencia de mecanismos legales efectivos se reducen significativamente. El registro legal es la mayor garantía para la protección de los derechos humanos. Por decir lo menos: sin el estado de derecho, la protección de los derechos humanos no es realista. Pero uno no debería en absoluto concluir de esto que fuera de la forma legal, i.e. fuera de las leyes, las normas de derecho, los derechos humanos no existen. La Constitución de la Federación Rusa en la parte 1 del art. 55 consagra el principio de que se reconoce como lícita toda conducta no prohibida por la ley. En tercer lugar, el cumplimiento estricto órganos ejecutivos autoridad a estas normas generalmente aceptadas. En cuarto lugar, garantizar la protección judicial de los derechos humanos y las libertades naturales.

De todo lo dicho anteriormente, parece correcto definir los derechos humanos no como un conjunto de capacidades sociales de los individuos para satisfacer sus necesidades y su desarrollo, sino como reivindicaciones (requisitos) de los individuos y grupos ante la sociedad y el Estado con base en la normas y principios del derecho y la moral sobre la base de su pertenencia al género humano con el fin de la autorrealización, el logro del desarrollo libre e integral de la persona. Esta comprensión de los derechos humanos es la más amplia. Sin embargo, refleja adecuadamente la esencia de los derechos humanos y las libertades. Incluye los derechos naturales del hombre. Esto se refiere a pretensiones, cuya realización significa para una persona la realidad de su existencia, la realidad de su desarrollo. Estas pretensiones deben ser legítimas, lo que significa que no deben interferir en el mismo desarrollo de otras personas. Sólo así serán legítimos.

1.2 El sistema de derechos humanos: bases para la clasificación

El sistema moderno de derechos y libertades de un individuo es un conjunto único de normas internacionales y nacionales sobre derechos humanos. El conjunto completo de derechos y libertades del hombre y del ciudadano constituye un sistema de derechos humanos, un todo único, que incluye los derechos interrelacionados de la primera, segunda y tercera generación. El sistema de derechos humanos, junto con los mecanismos de sus garantías, tiene una importancia global para una persona, en tanto se presenta como un medio de protección, alerta y superación de amenazas globales que ponen en peligro su existencia.

Tradicionalmente, en la ciencia, los derechos y las libertades se dividen en grupos: a nivel internacional, se acostumbra clasificar los derechos en varios aspectos. Sin embargo, al clasificar los derechos humanos, debe recordarse que todos los derechos y libertades están interconectados y constituyen un elemento integral y sistema único caracterizado, a pesar de su constante desarrollo, por un cierto grado de estabilidad de las normas jurídicas pertinentes.

Echemos un vistazo a algunas de las clasificaciones más utilizadas.

Según los sujetos de derecho y libertad, se clasifican en derechos humanos y derechos civiles.

La distinción entre los derechos de un individuo a los derechos humanos y los derechos de un ciudadano se deriva del dualismo de la sociedad civil y política. El hombre es un ser a la vez biológico y social, por lo que sus derechos, a pesar de su naturaleza natural e individual, se realizan en el proceso de las relaciones sociales, en el medio social y fuera de él, en muchos aspectos pierden su significado. El alcance de los derechos incluidos en el estatus legal de un individuo depende de si el individuo actúa como representante de la sociedad civil, es decir, persona, o como representante de una sociedad política, es decir, ciudadano. Como miembro de la sociedad civil (como ser biológico, físico), un individuo tiene los mismos derechos que todas las demás personas, no solo en su propio país, sino también en el mundo. Una persona actúa como miembro de una sociedad política cuando tiene un estatus especial, lo que implica una nacionalidad legalmente fijada de una persona: la ciudadanía. Los derechos de un ciudadano se refieren a la esfera de las relaciones entre el individuo y el estado. En este último caso, una persona es igual sólo con aquellos que también son ciudadanos de un determinado país, el alcance de sus derechos y obligaciones es mayor que el de aquellos que no pertenecen a este estado. Por regla general, la distinción entre derechos humanos y derechos civiles está consagrada en las constituciones. Esto se refleja en el lenguaje utilizado. Cuando se trata de los derechos que pertenecen a una persona como miembro de la sociedad civil, se utiliza la expresión "todos", "todos", "nadie". Los derechos humanos también están implícitos cuando el texto constitucional fija la obligación impersonal del Estado de "garantizar", "reconocer" o "proteger" algo. Cuando se trata de los derechos concedidos únicamente a las personas que tienen la ciudadanía de un Estado determinado, se utiliza una redacción clara: "todo ciudadano", "todos los ciudadanos", "los ciudadanos tienen derecho" - o la nacionalidad de la persona es indicado. Por lo tanto, detrás de la diferencia terminológica hay una diferencia de estatus legal, es decir. alcance de los derechos y obligaciones del hombre y del ciudadano.

Sobre esta base, también se distinguen derechos colectivos e individuales. Los derechos individuales son derechos naturales inherentes a toda persona desde su nacimiento. Por regla general, se llevan a cabo y se defienden de forma individual, aunque pueden ejecutarse colectivamente. Los derechos colectivos son los derechos de un grupo social (asociación, pueblo, minoría nacional, etc.). No son naturales y no deben ser contrarios a los derechos individuales. Los derechos colectivos son cualitativamente distintos de los individuales; por regla general, no pueden ser ejercidos individualmente ni considerados como un conjunto de derechos individuales de las personas que constituyen una determinada comunidad. A menudo, por la redacción utilizada en las constituciones, es imposible juzgar la naturaleza colectiva o individual de los derechos y libertades. Por ejemplo, la disposición del art. 32 de la Constitución de la Federación Rusa que "los ciudadanos de la Federación Rusa tienen derecho a participar en la gestión de los asuntos estatales" no significa en absoluto que solo mediante la unión de todos los ciudadanos se dote de tal derecho. En tales casos, se debe evaluar la naturaleza este derecho y analizar la posibilidad de su implementación de forma individual.

A pesar de su diferente naturaleza, los derechos individuales y colectivos están inextricablemente vinculados y son interdependientes. Al implementar derechos colectivos en ningún caso se deben vulnerar y suprimir los derechos de la persona, que son una medida del grado de democracia y de la existencia de un estado de derecho.

La dificultad de dividir los derechos en individuales y colectivos radica en que en regulaciones no hay concepto de grupo ni criterio numérico. Además, algunos derechos, al ser individuales, no pueden ser ejercidos por una sola persona (derecho a contraer matrimonio, derecho de asociación). Y parte de los derechos colectivos pueden ejercerse simultánea e individualmente.

Según la posibilidad de restricción por parte del Estado, los derechos y libertades se clasifican en absolutos y relativos.

Con respecto a los derechos absolutos, las restricciones y derogaciones (suspensión) no están permitidas bajo ninguna circunstancia. Los derechos relativos, por el contrario, pueden suspenderse por un período determinado en caso de estado de emergencia o ley marcial, o limitarse. Al mismo tiempo, las medidas restrictivas deben estar prescritas por la ley, exclusivamente para fines legítimos y deben ser necesarias en una sociedad democrática. Así, los instrumentos internacionales de derechos humanos prevén criterios aceptables para la suspensión de derechos y libertades en situaciones de emergencia (artículo 15 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 27 de la Convención Americana sobre los Derechos de la persona). De acuerdo con estos actos, los estados pueden ejercer el derecho a la derogación en tiempos de ley marcial, desastres naturales y en otros casos, si existe una amenaza para la vida de la nación. Desafortunadamente, esta clasificación tampoco es estricta, ya que la lista de derechos absolutos en diferentes documentos no es la misma.

Por nombramiento en el mecanismo de regulación legal de los derechos humanos se puede dividir condicionalmente en "material" y procesal.

Los derechos materiales aseguran la integridad de la persona, la inviolabilidad intimidad y la posibilidad de autorrealización. Derechos procesales habilitar la tutela procesal. Este es el derecho a un juicio justo y todas las garantías procesales pertinentes (el derecho al acceso sin trabas a la justicia, el derecho a un juicio en tiempo razonable, el derecho a la defensa, el derecho a no declarar contra sí mismo, etc.), así como todos los demás derechos y garantías de una persona "que se ha encontrado en el campo de la justicia y en las actividades de los organismos encargados de hacer cumplir la ley" (el derecho a una consideración inmediata por parte del tribunal de la cuestión de la legalidad del arresto o detención, el derecho a compensación en caso de arresto ilegal, etc.).

Según las fuentes (pertenecientes a las normas-reguladoras sociales), los derechos humanos se dividen en naturales y positivos.

Los derechos naturales se basan en normas morales, reflejan las leyes objetivas de la existencia humana. La teoría natural aborda como primarios los derechos humanos, que surgieron antes de su consolidación por parte del Estado, y el derecho sólo fija ya derechos existentes y libertad Además, el legislador debe crear normas que respondan a leyes objetivas. A derechos naturales incluyen: el derecho a la vida, la libertad de religión, la libertad de expresión, etc.

opuesto teoría natural en el campo de los derechos humanos es positivista. Aborda los derechos humanos como una categoría establecida por el Estado (“sin ley no hay derechos humanos”), es decir, el estado crea los derechos humanos. Así, los derechos positivos están formalmente definidos, consagrados en las normas del derecho internacional y nacional, lo que les permite ser utilizados en la práctica.

Según el ámbito de aplicación se distinguen los derechos personales (naturales y civiles), políticos, socioeconómicos, culturales.

Esta clasificación es, quizás, de la mayor importancia práctica, ya que refleja las especificidades de la naturaleza de los derechos humanos y las libertades y aquellas esferas de la vida en las que se implementan. Por regla general, de acuerdo con esta clasificación, los derechos y libertades se establecen en la legislación nacional, principalmente en las constituciones. En la mayoría de los actos internacionales y nacionales, esta división de derechos y libertades no se hace directamente, pero en la presentación se nota la unión de derechos y libertades según los criterios especificados.

Dada la constante ampliación de la gama de derechos, libertades y deberes de una persona, el estudio de la clasificación de los derechos humanos ayuda a comprender mejor la integridad relativa de los derechos y libertades de cada categoría y facilita el estudio de esta institución.

1.3 Formación de normas en materia de derechos humanos en la práctica de las relaciones interestatales

Un factor del derecho internacional que influyó en el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos ha sido, desde el siglo XVI, los tratados celebrados entre gobernantes soberanos europeos en relación con las poblaciones católica y protestante de sus países. La Paz de Westfalia de 1648, concluida en forma de dos tratados preparados en los congresos de Osnabrück y Münster, incluía la siguiente disposición importante: se igualaron los derechos de calvinistas, católicos y luteranos en Alemania, y los príncipes alemanes perdieron el derecho a determinar la afiliación religiosa de sus súbditos. El objetivo de tales tratados era consolidar la libertad de religión y lograr una mayor tolerancia en Europa, en la que la filiación religiosa hasta el siglo XVIII siguió siendo la base de cualquier división entre las personas y su desigualdad.

Posteriormente, ya en el siglo XIX y principios del XX, comenzaron a celebrarse tratados entre los estados europeos sobre el respeto de los derechos minorías étnicas. La necesidad de tales acuerdos, como creían las principales potencias de la época, era ayudar a mantener la estabilidad política en un mundo en el que la conciencia nacional finalmente había suplantado a la conciencia religiosa. La consolidación oportuna del estatus de las minorías étnicas ayudó a evitar un pretexto para la intervención del Estado, donde esta etnia estaba en el poder o constituía la mayoría de la población y no era indiferente a la suerte de sus conciudadanos. Por lo tanto, la motivación de la necesidad de proteger los derechos de las minorías étnicas era de carácter preventivo a fin de garantizar paz internacional. Por ejemplo, durante el Congreso de Berlín en 1878, Turquía se comprometió a reformar Gobierno local en las regiones habitadas por armenios. En Rumania, Serbia y Montenegro, en Rumelia Oriental, así como en todas las posesiones del Sultán, se proclamó la libertad de expresión completa y los derechos civiles y políticos se extendieron a personas de todas las religiones. En el Imperio Otomano, se creó un sistema especial de millas. Dentro de los hitos, cada comunidad étnica tenía derecho a regular cuestiones como el estatus personal, la herencia y otros componentes importantes de las relaciones intracomunitarias. Cada mileta se encargaba de recaudar impuestos. El desarrollo de comunidades autónomas (basadas en religiones) estuvo en cierta medida de acuerdo con el Corán, que pedía tolerancia religiosa. Esta exigencia de tolerancia religiosa permitió sentar las bases institucionales y normativas del sistema de millas.

Cambios significativos en el sistema de derechos humanos tuvieron lugar a principios del siglo XX con el establecimiento de la Liga de las Naciones (1919) y la creación de territorios bajo mandato. El final de la Primera Guerra Mundial cambió radicalmente el mapa político de Europa. Cayeron los imperios otomano, ruso y alemán, y el colapso de estos imperios condujo a la formación de varios estados soberanos: Austria, Hungría, Turquía, Checoslovaquia, Grecia, Polonia, Rumania, Yugoslavia. Se creó un estatus especial para las Islas Åland, Danzig, la región de Memel y la Alta Silesia. Entre las disposiciones más frecuentes incluidas en los tratados con estos estados se encuentran la igualdad de trato y la no discriminación, el derecho a la ciudadanía, el derecho a usar el propio idioma, el derecho a esfera cultural, incluida la creación de una infraestructura adecuada, incluidas las escuelas en las que la instrucción se llevaría a cabo en el idioma de las minorías que residen densamente en un territorio determinado, etc.

El mecanismo de supervisión de la Liga de las Naciones fue ineficaz. Así, un grupo de personas que represente a una minoría, en caso de violación de sus derechos, podría presentar una petición a la Secretaría de la Sociedad de las Naciones. Luego, la petición se transmitió al Estado infractor para que hiciera comentarios. Después de eso, la cuestión fue considerada por la "Comisión de los Tres", que incluía al Presidente de la Sociedad de Naciones y dos miembros del Consejo. Esto limitó esencialmente la consideración de la cuestión.

El Estado, que tiene el mandato de administrar un territorio (obligatorio), asumió la obligación de mejorar las condiciones de vida de la población del territorio bajo mandato, tratar con equidad a la población indígena y garantizar la libertad de conciencia y religión. Sin embargo, a pesar del principio gradualmente establecido de la libre determinación de los pueblos, el sistema actual está destinado principalmente a mantener en dependencia los territorios bajo mandato.

Por primera vez en la práctica de las relaciones interestatales aparecen normas relativas a los derechos humanos en el ámbito de las costumbres lícitas de la guerra. Con la adopción en 1907 de las 13 Convenciones de La Haya sobre las Leyes y Costumbres de la Guerra Terrestre, sobre los Derechos y Obligaciones de las Potencias Neutrales y de las Personas en caso de Guerra Terrestre, se crean reglas para la conducción de la guerra, que protegen a los civiles población que no participa en las hostilidades. Documentos de la era de las revoluciones burguesas que proclaman el carácter natural de los derechos humanos, es decir, aquellos derechos y libertades que se otorgan a todos desde el momento del nacimiento, se reflejan en los documentos internacionales solo después de la creación de las Naciones Unidas y la adopción de la Carta de la ONU.

Cuando se crearon las Naciones Unidas, la principal tarea de la Carta de las Naciones Unidas era cómo prevenir la guerra, cómo detener las violaciones de la paz, cómo reafirmar la fe en los derechos humanos y las libertades fundamentales que fueron anulados durante la Segunda Guerra Mundial. En las conferencias que se celebraron en ese momento (la Conferencia de Crimea, etc.), se señaló que los derechos y las libertades deberían ser la base de la creación de las Naciones Unidas. Sin embargo, cuando se estaba discutiendo en San Francisco el proyecto de Carta de la ONU, que se desarrolló en la conferencia de Dumbarton Oaks en 1944, la Conferencia de Crimea aún no había formulado una disposición, que posteriormente se consagró en el párrafo 3 del art. 1 de la Carta de la ONU, que la ONU tiene como objetivo llevar a cabo la cooperación internacional en la promoción y el desarrollo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión. Sin embargo, Estados Unidos, la Unión Soviética, China, Gran Bretaña, al finalizar la Carta de la ONU, propusieron fijar en el párrafo 3 del art. 1 de la Carta de la ONU, una referencia al hecho de que los estados construirán sus relaciones sobre la base del principio de respeto y observancia de los derechos humanos y libertades fundamentales. Más concretamente, esta cuestión se formula en el art. 55 de la Carta de la ONU, que obliga a los Estados a promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión. Las disposiciones relativas a los derechos humanos y las libertades también están contenidas en los capítulos de la Carta de las Naciones Unidas sobre el sistema internacional de tutela en relación con los no autónomos, es decir. territorios coloniales. Todos estos capítulos contienen las obligaciones de los Estados de promover la observancia de los derechos humanos y las libertades.

Después de la adopción de la Carta de la ONU y la creación de las Naciones Unidas, comenzó la interpretación de todos los principios y normas contenidos en la Carta. En este sentido, las posiciones de los estados eran directamente opuestas. Como es sabido, durante el período de la creación de la ONU y la adopción de la Carta, en la arena internacional actuaron estados con sistemas sociosociales opuestos, entre los cuales hubo una seria lucha ideológica. Cada estado buscó fijar en la Carta de la ONU aquellos principios y normas, aquellas disposiciones que reflejarían la constitución del estado, su legislación interna y las direcciones principales de la política exterior e interior.

También se desarrolló una amplia discusión en relación con la obligación legal del Estado de respetar los derechos y libertades fundamentales de la persona previstos en la Carta de la ONU. La Unión Soviética creía que la Carta de la ONU no obliga al estado, pero contiene normas recomendatorias con respecto a los derechos humanos. Al mismo tiempo, los países occidentales se refirieron al art. 55 de la Carta, que obliga a los Estados a respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales. Por lo tanto, después de la adopción de la Carta de la ONU, surgió la necesidad de desarrollar tratados internacionales que fijaran la lista obligatoria de derechos humanos y libertades fundamentales que están sujetos a la observancia universal. La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 fue redactada en forma de resolución de la Asamblea General de la ONU, y luego los Pactos de Derechos Humanos de 1966. Los Pactos de Derechos Humanos fijaron de manera contractual la lista obligatoria de derechos que deben ser respetados por todo Estado que ratificó los Pactos de Derechos Humanos.

Por lo tanto, sería correcto definir los derechos humanos como reclamos (requisitos) de individuos y grupos a la sociedad y al estado basados ​​en las normas y principios de la ley y la moral basados ​​en su pertenencia a la raza humana con el propósito de autorrealizarse. lograr el desarrollo libre e integral de la persona. Esta comprensión de los derechos humanos refleja la esencia de los derechos humanos y las libertades.

Todos los derechos y libertades están interconectados y constituyen un sistema integral y unificado, que, a pesar de su constante desarrollo, se caracteriza por un cierto grado de estabilidad de las normas jurídicas pertinentes. De la mayor importancia práctica es la clasificación de los derechos humanos según la esfera de aplicación en derechos personales (naturales y civiles), políticos, socioeconómicos y culturales, ya que refleja las especificidades de la naturaleza de los derechos humanos y las libertades y esas esferas de vida en la que se implementan.

Analizando el proceso de desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, cabe señalar que, por un lado, las ideas de derechos humanos surgieron del ámbito del derecho interno, por otro lado, fueron producto de las relaciones directas entre los estados.

Capítulo 2. La globalización como tendencia en el desarrollo del derecho moderno

2.1 El fenómeno de la globalización: aspecto teórico y jurídico

La transformación del sistema legal ruso en su conjunto y de sus instituciones individuales en particular en el contexto de los procesos de integración ha actualizado el estudio teórico del fenómeno mismo de la globalización.

En la ciencia moderna, la globalización se estudia desde varios puntos de vista: económico, filosófico, cultural, político, filológico, sociológico, pedagógico y jurídico. Ha aparecido una ciencia independiente que estudia los procesos de globalización: la globalística.

Al mismo tiempo, a pesar del período bastante largo de estudio científico de este fenómeno por parte de autores nacionales y extranjeros, la cuestión del concepto mismo y el contenido de la globalización sigue siendo muy controvertida e incierta. En el sentido más amplio, la globalización es un proceso intensivo de internacionalización de las relaciones políticas, socioeconómicas y culturales de varios países del mundo.

La aparición del término "globalización" está asociada con el nombre del sociólogo estadounidense R. Robertson. Robertson mencionó e interpretó por primera vez el concepto de "globalización" en 1985, y en 1992 publicó un libro con los fundamentos de su concepto de "globalización".

Según R. Robertson, la globalización es un proceso de impacto cada vez mayor en la realidad social de los países individuales de varios factores de importancia internacional: vínculos económicos y políticos, intercambio cultural y de información.

KANSAS. Hajiyev cree que en el contexto de la globalización, "por un lado, las actividades diarias de las personas están cada vez más influenciadas por eventos que tienen lugar en otras partes del mundo y, por otro lado, las acciones de las comunidades locales pueden tener importantes consecuencias globales". ." Un punto de vista similar es compartido por G.G. Diligensky, señalando que "es la interdependencia de las diferentes sociedades, su crecimiento, y no la nivelación del mundo en todos los" niveles "de la realidad social lo que forma la esencia de la globalización".

Según A. D. Bogaturov, el significado estructural de "globalización" está "en la implementación del proyecto de creación de un orden mundial integral y universal basado en la formación de una comunidad económica, político-militar y, si es posible, ético-legal de la gran mayoría de los países más desarrollados del mundo a través de la mayor extensión posible de las zonas de influencia del Occidente moderno sobre el resto del mundo".

El conocido filósofo ruso S. Panarin cree que la globalización se "define como un proceso de debilitamiento de las tradicionales barreras territoriales, socioculturales y político-estatales que alguna vez aislaron a los pueblos entre sí, pero que al mismo tiempo los protege de influencias externas desordenadas". , y la formación de un nuevo sistema desprotegido de interacciones e interdependencias internacionales.

El profesor de la Universidad de Leeds, Zygmunt Bauman, ve el significado más profundo de la idea de globalización en la naturaleza indefinida, inmanejable e independiente de todo lo que sucede en el mundo; a falta de centro, cuadro de mando, consejo de administración o sede social.

El estudio de la globalización no puede reducirse a una sola comprensión de este proceso por su versatilidad y amplitud. Por lo tanto, la mayoría de los científicos prefieren hablar no de la globalización como un todo, sino de las relaciones que abarca.

Entonces, por ejemplo, B.A. Bogomolov propone con razón hablar de tres aspectos de la globalización:

1. Socioeconómico: integración de mercados de bienes, capitales, servicios, tecnologías, expansión de empresas transnacionales.

2. La globalización sociopolítica - política se comprende utilizando ideas tales como un gobierno democrático mundial (democratización), las perspectivas para la formación de una sociedad civil global que tenga principios y normas legales comunes basados ​​en el reconocimiento y aprobación del valor especial de una persona.

3. La globalización sociocultural - cultural pone de relieve los problemas de las comunicaciones interculturales en relación con las innovaciones científicas, técnicas y sociales.

yo Lukashuk define la globalización como un proceso mundial que interconecta las formaciones socioeconómicas nacionales en un solo sistema económico y social mundial. La universalidad de esta definición radica en el hecho de que el término "formaciones socioeconómicas" (es decir, sujetos de la globalización) puede entenderse no solo como estados, sino también como corporaciones transnacionales, diversas comunidades de personas, etc.

MINNESOTA. Marchenko dibuja Atención especial en puntos metodológicamente importantes en la definición de globalización como sistematicidad (cobertura relativamente ordenada de varias esferas de la sociedad y estratos sociales por la globalización), dinamismo (la globalización no es estática, sino dinámica, un proceso), colectividad (la globalización no es la única, proceso de una sola vez, que ocurre en cualquier área en particular, sino un conjunto de procesos múltiples que ocurren en varias esferas de la sociedad y el estado).

Con base en estas importantes disposiciones, M.N. Marchenko propone definir la globalización como una integración sistémica, de múltiples aspectos y de múltiples niveles de varias instituciones estatales-legales, económico-financieras y sociopolíticas existentes en el mundo, ideas, principios, conexiones, valores morales, políticos, materiales y otros. , varias relaciones, incluso informativas.

ES. Khorin, cree que "la globalización es un proceso largo y objetivo de formación y profundización de lazos entre países y pueblos, cuyo resultado es el actual sistema social global". Es decir, la globalización se entiende como la combinación de los principales problemas regionales, locales y nacionales en un todo único, la fusión de las estructuras económicas individuales del mundo en un solo espacio tecnogénico, la reorganización y el establecimiento de una comunidad de estructuras políticas, formas legales, cultura, ciencia, convergencia de tradiciones nacionales, costumbres, mentalidad de pueblos individuales, naciones, la unificación gradual de todos los aspectos de la vida de las personas.

La principal característica de la globalización en escenario moderno es que tiene lugar en todos los ámbitos de la sociedad: político, económico, cultural, social y, en consecuencia, derivado del primero, jurídico. En este punto, surge la pregunta de qué constituye el concepto de “globalización jurídica”.

ES Shcherbak ve la globalización legal como "no el desarrollo de estados de acuerdo con unificado normas legales impuesta por la fuerza, no resignada a la sumisión a la doctrina jurídica de un solo poder oa la comunidad de los "mil millones de oro". Un círculo cada vez más amplio de estados se involucra gradualmente en los procesos de globalización legal. son desiguales en términos económicos y diferente en lo jurídico… el proceso de globalización jurídica es y puede rastrearse en diversos grados en todas las partes estructurales del ordenamiento jurídico del país, que abarca todos sus componentes, tanto de orientación estática como dinámica. Se trata principalmente de la normativa marco legal, así como el sistema de fuentes del derecho y su correlación”.

SP Kotkovets le da a la globalización legal una comprensión tal como "el proceso de distribución mutua e interpenetración de principios, instituciones y normas de derecho entre varios sistemas legales".

Así, desde el punto de vista de los autores nacionales sobre la esencia de la globalización, coinciden en gran medida con las conclusiones de los científicos extranjeros. Pero si resumimos todo lo anterior, podemos llegar a la misma conclusión de que la esencia de la globalización radica precisamente en la apertura cada vez mayor de las fronteras nacionales. Fronteras primero Estados nacionales resultó ser transparente esfera economica. Entonces este proceso también afectó las relaciones sociales, políticas, culturales, jurídicas y otras.

Me parece importante, habiendo resumido lo más posible las diversas opiniones de los científicos sobre la globalización, llegar a la siguiente agrupación de las mismas según varios aspectos.

En primer lugar, el aspecto cognitivo. Las opiniones aquí se dividen en dos grupos sobre las causas de la globalización. El primer grupo de investigadores defiende la posición de la objetividad de este proceso como un fenómeno natural, comparable sólo con hechos naturales, históricos. El segundo grupo cree que la globalización es un fenómeno artificial con el fin de obtener ganancias por parte de un grupo separado de individuos, y su autoría se atribuye con mayor frecuencia a un país o fuerza política, como los Estados Unidos de América.

En segundo lugar, el aspecto emocional. Aquí surge una gran contradicción. Se vuelve especialmente abierto por el hecho de que, aun sin tener prácticamente conocimientos sobre cualquier tema, siempre existe la oportunidad de evaluarlo emocionalmente, al menos al nivel de la evaluación psicosemántica del término. Hay tres grupos de opiniones aquí. La globalización tiene una valoración negativa. En primer lugar, este grupo discute el peligro de la globalización, el tema de la dominación mundial de un solo país o el poder de los llamados mil millones de oro. La globalización tiene una valoración positiva. Los partidarios de este punto de vista son una minoría. Discutir lo positivo de los procesos mundiales globales, un alto grado de apertura de la información mundo, el desarrollo de altas tecnologías y algunos aspectos de la cooperación económica entre países en el marco de la globalización. La globalización tiene una calificación neutral. Los investigadores que intentan evitar valoraciones tanto positivas como negativas de la globalización hablan de la imposibilidad de una actitud emocional hacia los procesos objetivos y los hechos científicos. La globalización existe como un fenómeno objetivo, con sus propias leyes, con sus más y sus menos, y no tiene sólo un aspecto positivo o negativo.

Una percepción optimista del fenómeno llamado globalización genera algunas de sus valoraciones y, en consecuencia, definiciones de su concepto, y una actitud pesimista hacia este fenómeno se transforma en valoraciones completamente diferentes y muy críticas del mismo y en las correspondientes definiciones de su concepto. El globalismo se manifiesta principalmente de manera positiva en relación con los estados económica, informacional y tecnológicamente más desarrollados y los sistemas legales correspondientes. Como para todos los demás sistemas estatales y legales, en relación con ellos se convierte en su lado opuesto y se manifiesta de manera negativa.

Y por último, el aspecto conductual. Este aspecto de la actitud hacia la globalización entre los científicos rusos se indica más clara y claramente en la discusión de las opciones para la participación de Rusia en el proceso de globalización. Las opiniones de los investigadores también se dividen en tres grupos. La mayoría de los científicos consideran necesario que Rusia participe activamente en el proceso de globalización, fusionándose con la cultura occidental, pero incorporando a esta unificación las características nacionales de Rusia. Algunos científicos expresan la tesis de que Rusia no solo debe participar activamente en el proceso de globalización, sino también liderarlo, creyendo que Rusia es un país fuerte con un enorme potencial en muchas áreas. Este grupo también invita a Rusia a tomar parte activa en el proceso de globalización, precisando que no hay una cosmovisión en este proceso, es objetivo, por lo tanto, no se puede hablar de fusión con la cultura occidental o de Rusia liderando el proceso de globalización, uno Se puede hablar de integración en el mundo objetivo no ideologizado proceso llamado globalización.

Así, teniendo en cuenta todo lo anterior, es justo decir que la globalización es la tendencia principal del desarrollo del mundo moderno, que puede definirse como un proceso objetivo de formación, organización, funcionamiento y desarrollo de un sistema global mundial fundamentalmente nuevo basado en en la profundización de la interconexión y la interdependencia en todas las esferas de la comunidad mundial. La globalización jurídica es un proceso objetivo de transformación, cambio y modernización de las instituciones, normas y relaciones estatales-jurídicas a nivel global, macrorregional y doméstico; estímulo, aceleración y renovación de los procesos de universalización en el campo del derecho.

2.2 Procesos de globalización y derecho

La globalización implica un aumento de la "transparencia de las fronteras entre los diferentes sistemas nacionales, económicos y políticos, lo que a su vez está asociado a la necesidad de desarrollar más o menos normas generales comportamiento de varios sujetos. Como resultado, los sistemas legales nacionales se internacionalizan, se produce su convergencia, la unificación de una serie de ramas e instituciones del derecho y la legislación.

El proceso de impacto de la globalización en el derecho en su sentido más amplio difiere en algunas características de las globalizaciones en otras áreas, tales como:

Versatilidad de influencia en la ley;

La naturaleza muy radical del impacto de la globalización en el derecho y el desarrollo de su teoría;

Una variedad de formas de influencia de la globalización en el derecho y su teoría;

Impacto directo e indirecto de la globalización no solo en el derecho interno, sino también en el internacional;

Tener ciertos límites.

El proceso de unificación en el sentido amplio de la palabra abarca fenómenos como la unificación internacional y la armonización del derecho. Siguiendo la doctrina nacional y extranjera bajo unificación internacional debe entenderse el proceso en el curso del cual las normas en conflicto de dos o más ordenamientos jurídicos nacionales aplicables a la misma relación transfronteriza de derecho privado son sustituidas por una sola norma. La unificación es una especie de armonización. Este último tiene por objeto lograr una mayor similitud de las normas de derecho internacional, pero no implica su identidad obligatoria. En otras palabras, la unificación es la armonización de normas jurídicas multinacionales con un "grado cero de diferencia". Un mecanismo de armonización específico que opera fuera de la unificación es el préstamo por parte de un ordenamiento jurídico nacional de los logros jurídicos de otro.

El propósito de la unificación no es solo desarrollar normas uniformes (similares), sino también asegurar su aplicación de acuerdo con los acuerdos alcanzados en el proceso de cooperación interestatal. La implementación de las normas unificadas en el ordenamiento jurídico nacional se realiza de dos formas: por referencia e incorporación. La referencia implica la inclusión en el derecho nacional de una norma que se refiere a las disposiciones del derecho internacional y les otorga efecto legal en el territorio del país. La referencia puede ser general (por ejemplo, la parte 4 del artículo 15 de la Constitución de la Federación Rusa), parcial o especial, refiriéndose, respectivamente, a todo el derecho internacional, a su parte oa su norma específica.

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Internacionalización de los derechos humanos. Desde mediados del siglo XX. empieza
una nueva etapa que dio un impulso intenso a la difusión de los derechos humanos
loveka - la etapa de internacionalización. Su internacional forzado
Este desarrollo se produjo por una serie de razones, en parte políticas
motivos, así como bajo la influencia de la catástrofe humanitaria de la Segunda Guerra Mundial
guerra y en relación con el colapso del sistema colonial. Derechos
derechos se convirtió nuevamente en el lema bajo el cual la lucha contra
ideologías totalitarias y regímenes estatales, contra
cualquier dictadura y violencia ilimitada.

Durante este período, los derechos humanos de manera especialmente dinámica van más allá
asuntos del propio espacio europeo y aparecen en la ley
gobierno y en parte en la práctica de los países liberados de colonial
Noah y otras dependencias. Los derechos humanos y de los pueblos acompañan
proceso de descolonización (1945-1960). Esto no significa que los no occidentales
los países se familiarizaron con este instituto solo en el período indicado
Rod. El colonialismo había demostrado mucho antes que los europeos

! Mironov B. N. Decreto. op., págs. 175, 182, 303.


152 Capítulo 3

nivel de vida, el funcionamiento del sistema constitucional-democrático
derechos que protegen los intereses de los propietarios y la dignidad de cada uno
ciudadano, pluralismo de la vida política, limitando el papel de
ligas, etc., a lo largo de su existencia en estos países.
A finales del siglo XIX. gracias al esfuerzo de la élite nacional, que recibió
educación europea y apreciaba mucho las ventajas de la demostración.
instrumentos críticos, comenzaron en ellos transformaciones paulatinas
que aceleró su dinámica especialmente visiblemente durante el
caída del sistema colonial.

Después de la Segunda Guerra Mundial, hubo un proceso legislativo activo
en el campo de los derechos humanos en todo el mundo, los sistemas nacionales
busque modelos óptimos, recurra a internacional
practicar, compartir sus propias experiencias. derechos humanos
se dedican los primeros artículos y secciones extensas de las constituciones.
Así, casi un tercio del total de artículos de la Constitución italiana
1947, Constitución Española 1978, Constitución Venezolana 1999
se relacionan con los derechos humanos, el catálogo de estos últimos va mucho más allá
más allá de su lista clásica.

Los sistemas jurídicos nacionales registran no sólo sus propios
desarrollos significativos en la protección de los derechos humanos, pero también ampliamente
experiencia normativa y doctrinal positiva de los extranjeros
los paises. Los textos constitucionales creados en este momento son notablemente los mismos
típico, los legisladores usan una redacción unificada -
mi. Profesor V. V. Maklakov señala que "la aparición de cualquier
nuevo tipo de derechos en un país, tarde o temprano implica el surgimiento
del mismo tipo o similar en otro "". Utilizar como inter-
práctica popular y experiencia extranjera se vuelve común
tym, que hace posible resolver de manera más constructiva y conjunta una gran cantidad de pro-
problema para la protección humana.



Sin embargo, también se observan otras tendencias: desde lo normativo
fuentes, algunos tipos de derechos de primera vez están desapareciendo gradualmente.
generaciones, como el derecho a resistir la opresión, el derecho a
levantamiento, el derecho de los pueblos a la autodeterminación estatal, es decir, aquellos,
que, desde el punto de vista de los gobiernos, ponen en riesgo el orden constitucional
ordenamiento jurídico en el país.

Estados, al hacer campaña por la constitucionalización de los derechos a
base común comienzan a enfrentar grandes dificultades. Por-
tomando prestadas unas de otras normas, estructuras legales y tecnologías

1 Constituciones de estados extranjeros Tutorial/ Bajo rsd V V Maclaco-
va M, 1997 C VII


§ 3 Inyurnaionalshatsiya y movilización del carácter de Chstowska 153

gui, resulta que no garantiza la validez automática de los derechos,
ya que es imposible transferir los mecanismos de funcionamiento
nirovaniya. Surgió el problema de garantizar los derechos, es decir, cardenal
transformación de las relaciones sociales en la dirección de su favorable
cumplimiento de los derechos. Y este es un proceso largo que requiere
tiempo y paciencia, los resultados del trabajo se retrasan a algunos
perspectiva. Todo esto provoca insatisfacción y la correspondiente
crítica contra la idea de los derechos humanos en general, enfriándose hacia ella.

Sin embargo, tal posición y conclusiones parecen apresuradas.
no eres objetivo. Derechos humanos por finalidad y función
son una variante de la organización de la vida de la sociedad (con
y apostar por el individuo como sujeto principal - el motor
relaciones públicas, así como un objeto (beneficiario)
manía y defensas). Están conectados con los fundamentos fundamentales del ser.
y requieren la reestructuración de los lazos sociales básicos de acuerdo con un cierto
formato. La enormidad de la tarea, por supuesto, no puede
conducir al éxito inmediato.

Aumento características comunes e instalaciones fundamentales, reforzando
similitud de normas de derechos, mecanismos y procesos para su protección, así como
uso de medios universales de derecho internacional
nivel reúne gradualmente los sistemas legales nacionales, for-
crea un espacio jurídico único e internacionaliza el ámbito
derechos humanos.

La internacionalización de los derechos humanos significa “convergencia, profundización
leniye, interacción, influencia mutua "", se lleva a cabo en
dos formas principales: armonización y unificación de las leyes nacionales
sistemas La armonización tiene lugar sobre la base de principios comunes, y la unificación
cación - al introducir en los sistemas legales de los estados uniformemente
normas nyh 2 . La internacionalización de los derechos humanos es una consecuencia
estandarización de condiciones y estilo de vida, que se promueve activamente
cooperación política y económica, medios de comunicación
formaciones, intercambio de obras de ciencia, literatura y arte,
actividades de las organizaciones internacionales, la celebración de acuerdos internacionales
acuerdos, recepción directa y convergencia de legislaciones en materia de
derechos.

La internacionalización de los derechos humanos ha sido posible gracias a
dando la buena voluntad de los estados, sus gobiernos y pueblos para cooperar
en nombre de promover el respeto universal a la dignidad humana. De esto

" LukashukII Globalización, estado, derecho, siglo XXI М, 2000 С 3
2 Véase ibíd. C 44-45


154 Capítulo 3 La dinámica evolutiva de los derechos humanos

momento, el concepto de “transición clásica” se vuelve ampliamente conocido.
derechos humanos”, que caracteriza el contenido de las constituciones
desde el punto de vista de su reflejo de la idea de protección de los derechos humanos y
que por lo tanto refiere el régimen de los estados a democrático o
orientada a la democracia.

La internacionalización de los derechos humanos es consecuencia de las principales
forma de cooperación internacional de los estados. Comienzo
esta etapa estuvo marcada por la creación de las Naciones
Unidas y la adopción de su Carta como tratado multilateral, de obligado cumplimiento
que los Estados miembros respeten los derechos y libertades fundamentales de
dividendo, para no permitir discriminación alguna (art. 3.55).

Este importante paso fue posible gracias a la existencia de dos
acuerdos internacionales con terceros de un período anterior, o
que afecten de otro modo a los derechos humanos, como los Tratados de Westfalia
1648 ry sobre la libertad de religión, documentos sobre la abolición de la esclavitud
(Tratado de Washington de 1862, Actas de las Conferencias de Bruselas
Documentos de Berlín de 1867 y 1890 Convención de Ginebra de 1885
1926), normas sobre las leyes y usos de la guerra (Declaración de París
1856, Convenios de Ginebra de 1864 y 1906, Convenios de La Haya
1899 y 1907), las Convenciones de Protección de Refugiados de 1933 y 1938. y etc.

Internacionalización y progreso en el campo de los derechos humanos
contribuyó al establecimiento en 1864 del Comité Internacional de la Red
th Cross, y en 1919 - la Organización Internacional del Trabajo y la Liga
Naciones. Y aunque la Liga de las Naciones no se impuso tareas especiales
en el campo de los derechos humanos, pero bajo sus auspicios extremadamente
importantes acuerdos relativos a la lucha contra la esclavitud y la trata de esclavos,
represión de la trata de mujeres y niños, protección de los derechos religiosos, étnicos
minorías lingüísticas y lingüísticas, protección humana durante el período de guerra
conflictos de mujeres, etc. una

Cabe señalar que, a pesar de la
limitado marco de contactos en temas de derechos humanos, sin embargo, antes
Objetivo de la ONU de crear una protección internacional unificada e integral
no se establecieron derechos, los derechos individuales continuaron siendo considerados -
como un asunto exclusivamente interno de los estados. Cooperación
sobre ciertos temas de derechos humanos comenzó a fines del siglo XIX, e in-
internacionalización de los derechos como resultado de dicha cooperación
base permanente se refiere no antes de la segunda mitad del siglo XX
aniversario.

* Ver Libro de texto de derechos humanos para universidades / Otv rsd EA Lukasheva M, 1999
C 461-462


§ 3 Ishsrnastsonalzation y balmization de la naturaleza humana 155

Internacionalización de los derechos humanos a nivel internacional
acompañada del desarrollo del principio del respeto universal a los derechos
una persona que sirvió como impulso para el desarrollo de una serie de otras funciones básicas
nuevos principios: el principio de igualdad y la prohibición de dis-
delincuencia, el principio de igualdad de derechos entre hombres y mujeres, el principio
observancia de los derechos fundamentales durante emergencias y situaciones armadas.
conflictos de mujeres, etc. El principio del respeto a los derechos humanos hoy
se convirtió en uno de los más importantes en el derecho internacional.

En la reunión de Moscú de la Conferencia sobre el Cambio Humano
La resolución de la CSCE (septiembre de 1991) declaró que los derechos humanos
son de interés directo para todos los Estados participantes
y no pertenecen exclusivamente a los asuntos internos de uno u otro
estados Cumbres de Helsinki (1992) y
nivel ministerial en Copenhague (1997) reafirmó la
decisión sobre la prioridad del principio del respeto a los derechos humanos. General
El secretario general de la ONU, K. Annan, señaló que la soberanía de los estados
"nunca tuvo la intención de servir a los gobiernos
licencia para violar los derechos humanos y dignidad humana.
La soberanía implica responsabilidad, no solo poder”.

Se han fortalecido las relaciones a nivel internacional en materia de derechos humanos
bebió como resultado de la creación y actividades de interestatal
y estructuras públicas que fueron organizadas específicamente
para la cooperación en el campo de los derechos humanos o incluidos los derechos humanos
amante entre los suyos áreas prioritarias. Creado hoy
y existe una conexión mundial común de estados y pueblos, colaborando
basado en intereses y valores humanos universales, es decir,
sistema universal de derechos humanos. También hay regionales
sistemas que surgieron debido a una identidad sociocultural común
la identidad de ciertos pueblos y reflejan las tendencias de autoafirmación
Niega de civilizaciones.

El líder reconocido entre ellos fue la ONU, que “representa
es una asociación de estados soberanos, pero los derechos, para la protección
que existe pertenecen a los pueblos y no a los gobiernos.
tú" 2 . El mecanismo de respeto y protección de derechos en el marco de la ONU es diverso
zen. Las funciones de coordinación son realizadas por los órganos principales (Gene-
Asamblea, ECOSOC), así como el Secretario General y su
Adjunto - Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Desde-
las funciones específicas de control recaen en instituciones especializadas

* Annan Kofi A. Problemas de la intervención de la ONU 1999 C 5
2 Ibíd. C 13


156 Capítulo 3

deniya (OIT, OMS, UNESCO, etc.), la Comisión de Derechos Humanos,
Comisiones de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, Comisiones para la Prevención
Crimen y Justicia Penal, Subcomisión de Promoción
y protección de los derechos humanos. oficina del alto comisionado para
refugiados, el Fondo Internacional de Emergencia para la Infancia, etc.

Presentan cooperación regional en derechos humanos
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE)
OSCE), el Consejo de Europa, la Unión Europea, la Organización de las
estados de Kanian, la Organización de la Unidad Africana (Afro-
Unión), Comunidad de Estados Independientes, Organización
ción de la Conferencia Islámica.

Poner fin a la confrontación entre Oriente y Occidente
contribuyó al establecimiento de un diálogo entre países, que recibió
el nombre de "dimensión humana". Con él, las relaciones
en el campo de los derechos humanos fueron desideologizados.

Cooperación en derechos humanos en diferentes niveles de implementación
aparece en diversas formas, principalmente a través del desarrollo de un solo
nyh normas que definen la gama de derechos humanos y libertades. Al presente
Mas que 100 tratados universales y por encima
200 regionales 4 . Entre ellos, los más importantes son los documentos
cops desarrollado bajo los auspicios de la ONU: la Declaración Universal de Derechos
Derechos Humanos 1948, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
Pacto Internacional de Derechos Civiles de 1966
Sociales y Derechos Políticos de 1966 y sus dos protocolos (Proyecto de
derechos humanos), la Convención para la Prevención de Crímenes de Geno-
Cidio y su Castigo 1948, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial 1965, Convención contra la Tortura y Otras
tratos crueles, inhumanos o degradantes
pena y castigo 1984, Convención sobre los Derechos del Niño 1989 (total
más de 90 acuerdos, declaraciones y otros documentos) 2 .

Al menos 90 constituciones nacionales adoptadas desde
1948, reproduce las disposiciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
ka y otros documentos de la Declaración de Derechos 3 . Por ejemplo, la Constitución de Argentina
de 1833, en la edición de 1994, escribió: “La Declaración Americana
Derechos y Deberes del Hombre, Declaración Universal de los Derechos Humanos,

) Ver: Diccionario de derechos humanos y de los pueblos / Ed. REAL ACADEMIA DE BELLAS ARTES. Tuzmukhamsdov, V.I. Fragua-
tsov. M., 1993. S. 118.

2 Ver: Azarov L., Reuter V., Huefper K. Protección de los derechos humanos. Internacional y
Mecanismos rusos. M., 2000. S. 12.

3 Ver: Los derechos humanos como factor en la estrategia de desarrollo sostenible / Otv. edición
EA Lukashev. M., 2000. S. 266.


§ 3. Nacionalización y globalización de los derechos humanos 157

La Convención Americana sobre Derechos Humanos tiene un carácter constitucional
rango y se entenderán complementarios de los derechos y garantías
los lazos de la constitución” (inciso 22, artículo 75). Las disposiciones de la Carta Internacional de
subyacen en el concepto universal de los derechos humanos.

Los sistemas regulatorios regionales complementan el universal
posiciones grasosas, y en algunos aspectos aumentan el grado
exigencia a la seguridad y eficacia de la implementación de los derechos
y libertad La regionalización en el ámbito de los derechos se inició como reacción a la uni-
normas versales, que requerían su adaptación a especiales
culturas de diferentes países y civilizaciones.

En Europa, naturalmente, el mayor número de tales
normas: en el marco del Consejo de Europa, el Convenio Europeo sobre
protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales 1950, European Social
Convención Cultural Europea de 1996, Convención Cultural Europea de 1954,
Convenio para la Represión del Terrorismo de 1977, Convenio Marco sobre
protección de las minorías nacionales 1997, Convenio para la Protección de los Seres Humanos
dignidad eterna en relación con la aplicación de la biología y la medicina
1997 y otros

En diciembre de 2000, la Unión Europea adoptó una Carta de Derechos Fundamentales
derechos.

Los documentos más significativos sobre derechos humanos de la CSCE -
OSCE se convirtió en Acta Final de Helsinki 1975, Final
documento de la reunión de Viena de 1989, Carta de París para una nueva Euro-
py 1990, documentos de las reuniones de Copenhague y Moscú
Conferencias de la Dimensión Humana de 1990 y 1991

Los estándares de derechos humanos también se han desarrollado en la práctica contractual.
miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), estos son:
1995 Convención sobre Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, Acuerdo sobre
asistencia a los refugiados y desplazados internos 1993, Convención
sobre la garantía de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales
stvam 1994, etc.

En otras regiones del mundo, se aplica lo siguiente: Declaración Americana
Derechos y Deberes del Hombre 1948, Convención Americana sobre los Derechos
1969 Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
1981 Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam 1990,
Carta Árabe de Derechos Humanos de 1994, etc.

Fijación de estándares de derechos humanos en documentos internacionales
siglo había importancia, porque, en primer lugar, ayudó a agregar
una idea de cual derechos subjetivos deberían
categorizar los derechos humanos, en segundo lugar, contribuyó a la formación
formación de los conceptos universales y socioculturales de los derechos humanos
siglo, en tercer lugar, facilitó el proceso de internacionalización de los derechos, y


158 G iaea 3 Dinámica evolutiva de los derechos

En cuarto lugar, tuvo un impacto significativo en la mejora de la situación con
derechos humanos en todo el mundo.

Creación de un concepto universal de los derechos humanos, su reflejo en
Proyecto de Ley Internacional, el uso generalizado de la institución de los derechos en
práctica internacional político, económico, intercultural
relaciones, su inclusión en las estrategias planetarias para la solución de todos
problemas comunes, la penetración de las ideas de protección de los derechos humanos en
legislación y el ámbito jurídico-estatal de casi todas
países del mundo y convertirlos en un nuevo suelo en un factor de desarrollo interno
vida - evidencia de la adquisición por los derechos humanos de lo universal
naturaleza, su implicación en la búsqueda de una democracia
la unificación de la humanidad.

Una forma significativa de cooperación en el campo de los derechos humanos se ha convertido,
aceptación por parte de los estados de obligaciones voluntarias en materia inter-"
tratados internacionales y el deseo de cumplirlos de buena fe en
dentro del ordenamiento jurídico nacional. Esto implica un yeso.
legislación nacional de acuerdo con los requisitos internacionales
actividades, la creación o reorganización de las actividades del estado
estructuras, mejora de los procesos administrativos y judiciales.
procedimientos para asegurar y proteger los derechos humanos, la formación e implementación de
ción programas gubernamentales y proyectos de apoyo a los derechos humanos.

En los últimos años, se han hecho algunos progresos.
avances en esta parte. También se han establecido instituciones nacionales
vigilancia de los derechos humanos. Las autoridades estatales zani-
malis educación e ilustración, la formación de la cultura
derechos humanos.

Una cultura de derechos humanos es un nuevo desafío que se plantea en relación con
problemas de observancia de derechos. Ella es una de las principales condiciones.
viy realización de los derechos. Expertos involucrados en el desarrollo de la Carta
La Unión Europea de Derechos Fundamentales señaló al respecto:

“Los derechos fundamentales sólo son útiles cuando los ciudadanos son conscientes de sus
existencia y la posibilidad de su uso. Por eso,
Declarar y proporcionar datos es crucial
derechos, que permitirán a todos reconocerlos y usarlos; otro-
En otras palabras, los derechos fundamentales deben ser visibles”.

Creación de una extensa red de mecanismos internacionales y
procedimientos para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los estados
se ha convertido en un medio importante para influir en la comunidad internacional

* Afirmación dcs droits fondamentaux dans 1 "Union curopeenne ll cst temps d" agir
Informe del grupo d "cxpcrts en maticre dc droits fondamentaux Comisión de Bruselas
europccnnc 1999 p 11


§ 3 Internacionalización y reducción global de los derechos humanos 159

agentes contra las autoridades nacionales para obligarlas a
navegar la política interna, así como elevar el nivel
responsabilidad por las actividades de derechos humanos.

Las medidas de control y provisión se han convertido en: consideración de
nal y otras estructuras internacionales de donacin peridica
tesoros de los estados - miembros de ciertos acuerdos sobre el progreso,
alcanzados por ellos durante el período del informe; consideración de quejas, peticiones,
apelaciones de individuos o grupos sobre la violación de sus derechos; estudio de
o investigación por relatores, grupos de trabajo, ex-
tipos de situaciones relativas a ataques graves, masivos y sistemáticos
violaciones de derechos; creación de programas internacionales de asesoramiento
servicios para asistir a los gobiernos en la elaboración de leyes, en
formación profesional, prevención de conflictos y educación
cheniyu métodos de su resolución; facultades y actividades de la comunidad internacional
funcionarios nativos en el campo de la protección de los derechos humanos; mecanismos
y medios para resolver disputas sobre la interpretación o implementación de obligaciones
autoridades de derechos humanos; atracción por la criminalidad internacional
responsabilidad de los individuos por violaciones graves de las normas de derechos,
y etc.

Algunas violaciones de los derechos humanos han llegado a ser vistas como
crímenes internacionales, es decir. como infracción grave de do-
dignidad y derechos humanos. En 1945-1946. fueron castigados por
Veredictos militares internacionales de Nuremberg y Tokio
tribunales supremos funcionarios afirma que desató pre-
pie de agresión contra los pueblos. En 1993 y 1994 establecido entre--
tribunales penales populares para enjuiciar a los responsables
por genocidio, limpieza étnica y otros crímenes serios
contra la humanidad en Yugoslavia y Ruanda. Creado en 1998 para
funcionando de manera continua Internacional Penal-
corte, aprobó su Estatuto, lo que permite atraer a la comunidad internacional
responsabilidad por genocidio, agresión, crímenes contra los humanos
siglos y crímenes de guerra. Comisión de Derecho Internacional
proyecto de código de crímenes contra la paz y la seguridad elaborado
humanidad.

La habilitación de los órganos supranacionales y de las personas con facultades para
tomar decisiones en nombre de la comunidad internacional - testigo
la capacidad de la institución de los derechos humanos para adquirir nuevas cualidades: con particular
Se planteó con gran énfasis la cuestión de la realidad de los derechos, ya que
ahora ha aparecido un nuevo mecanismo poderoso, al que uno puede quejarse
contra las autoridades nacionales que oprimen a los ciudadanos. Internacional
La nacionalización fortaleció los mecanismos de protección de derechos, trasladó la conversación de sus
reconocimiento por seguridad


160 Capítulo 3

La participación de organizaciones no gubernamentales
organizaciones para discutir temas de derechos humanos a nivel internacional.
escenario internacional. "Hablar con una sola voz" 1, formar una opinión mi-
público rugiente, para consolidar los esfuerzos conjuntos se ha convertido
práctica generalizada en la segunda mitad del siglo XX, contribuyendo a la
manía y la solución de los problemas comunes de la humanidad.

Teórica y prácticamente a finales del siglo XX. desarrollado
el concepto de cooperación universal en el campo de los derechos humanos. Sobre el
Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993) 170 participantes
Los Estados participantes reafirmaron su compromiso de proteger
derechos humanos, reiteró que garantizar el respeto de los derechos humanos
loveka sigue siendo su objetivo prioritario. Programa Adoptado acción-
viy está orientado en la dirección desde el establecimiento de estándares hasta su
implementación, sus esfuerzos se centran en crear las condiciones necesarias
para la formación de una cultura universal de los derechos humanos.

Todas estas tendencias y cambios positivos inspiran una cierta
nuevo optimismo sobre las perspectivas de los derechos humanos. Sin embargo, mantienen
y serios problemas que ralentizan o incluso bloquean
progreso en este campo.

Profesor S.V. Chernichenko da una lista enorme de tales
problemas que surgen sólo a nivel internacional. Él considera,
que sigue existiendo el riesgo de politización de las cuestiones de derechos humanos
su discusión en la arena interestatal; imperfeccion y crecimiento
mecanismos y procedimientos para la protección de los derechos se ven exacerbados por su aleatoriedad,
duplicación, enorme gastos financieros, ineficiente
ness; no hay criterios para considerar casos individuales
ev violaciones de los derechos humanos, cuando el estado en cuestión
se opone; no hay criterios para determinar
si se cometen violaciones graves y masivas en el estado
derechos; no problema resuelto sobre mecanismos para responder a urgencias
casos de violación de derechos; hay una tendencia a considerar pro-
problemas de derechos humanos sin tener en cuenta las condiciones sociopolíticas y económicas
qué situación en un estado particular; la población en general y
los funcionarios estatales no están suficientemente informados sobre los re-
resultados de la discusión de estos temas; organismos internacionales
ante una avalancha de denuncias que no permite la atención oportuna y
responder competentemente a ellos 2 .

1 Azarov A, Reuter V., Huefner K. Decreto. Op. art. 33.

2 Ver: Chernichenko S.V. ONU y derechos humanos // Derechos humanos en Rusia: declaración
walkie-talkies, normas y vida. Actas de la Conferencia Científica Internacional dedicada a
50 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. M., 1999. S. 79.


§ 3. Internacionalización y globalización de los derechos humanos 161

Los resultados de medio siglo de desarrollo de la idea de los derechos humanos, cuando se convirtió
propiedad de la comunidad mundial, hoy en día tienen una calificación extremadamente baja.
Se señala que la tarea de garantizar el respeto universal de los derechos humanos
ka sigue siendo "intratable", el estado de cosas con los derechos
en el mundo real pinta un "panorama sombrío", la ONU aún no ha podido
alcanzar el objetivo declarado de poner fin a las graves violaciones de derechos, los resultados
influencia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el espacio jurídico
la sociedad es percibida críticamente por el público 2 , la situación con
su persona empeora en lugar de mejorar 3 .

Incluso en estados con un sistema democrático estable,
marcas II Lukashuk, el grueso de la población tiene cada vez menos
cuello influencia en la política del estado, que está bajo control
lema del gran capital. El derecho a votar y ser elegido, la libertad
las palabras son en gran parte simbólicas. Complejo
la situación de los países en proceso de transición a un mercado
economía. Los derechos humanos básicos están consagrados en las constituciones, pero
su implementación requiere un nivel adecuado de
quienes, el desarrollo político y cultural, que no se logra
durante la noche. En los países en desarrollo, no existen las instalaciones necesarias
lovia por los derechos humanos; ¿Puede la libertad de expresión, la formación de partidos y
participación política sean considerados como los principios fundamentales en el país donde
dominado por el desempleo, la pobreza y las condiciones insalubres? 4

Pero esta crítica da testimonio de otra cosa, no menos importante:
la conciencia social se ha convertido en una comprensión de la alta humanitaria
problemas que enfrenta la humanidad, la comunidad mundial ha tomado
h, una solución una tarea extremadamente difícil para restablecer el orden en el albergue
ty, recordar a una persona no como su medio, sino como un fin social.
yo Lukashuk concluyó que para los derechos humanos hoy “la
ciertas normas legales internacionales y estatales
nuevos requisitos...” y predice que “la afirmación de los derechos humanos
que conducirá a cambios significativos en la mayoría de los estados y en
su sistemas legales" 5 .

Globalización de los derechos humanos. De los años 70. siglo 20 derechos humanos en
gradualmente comenzó a adquirir características globales, lo que se reflejó

1 Atshn Kofi L. Informe Anual sobre la Labor de las Naciones Unidas para
año 2001. art. 87.

2 Ver: Espina JI.O Estudios culturales internacionales (Realidades políticas XX
siglos y los problemas de su reflexión espiritual). M., 1999. S. 104.

3 Lukashuk I I. Decreto. Op. S. 15.

4 Véase ibíd. S. 16.
;> Allí. S. 17.


162 Capítulo 3

la conocida normalización de las necesidades vitales y sociales
personas. Creciente similitud de las condiciones de vida, emergentes
espacios económicos, informativos, culturales comunes,
la internacionalización y la transnacionalización vinculan a los individuos
con sistemas a gran escala. "La internacionalización ha entrado en
la fase final, escribe E.G. Kochetov, - el mundo se vuelve uno
no sólo desde un punto de vista filosófico, sino también en la realidad” 1 . Ocurrencia
dit cambio de paradigma civilizacional de desarrollo, vida planetaria
se vuelve interdependiente, el mundo entero. Comunidad global
estuvo cerca de la aparición de un nuevo fenómeno: la civilización mundial
de una civilización que abarque a toda la humanidad. derechos humanos, siendo
reflexión y apalancamiento activo de estos procesos, cambió a la siguiente
el nivel de su desarrollo es el nivel de globalización. ellos son demonios
demostrar su madurez suficiente para participar en los problemas de la “globalización”.
armonización de pelotas” 2 mundos.

Si la internacionalización de los derechos humanos se ha manifestado en
esta institución comenzó a extenderse ampliamente en el planeta, para ser asimilada
ordenamientos jurídicos nacionales, se desarrollan sobre la base de
principios, así como en las modificaciones socioculturales, entonces el mundo
lización de los derechos humanos reflejó la tendencia de la conexión del individuo
con lo universal: el estatus y el bienestar social del individuo se han vuelto
sólo dependen, sino que también influyen activamente en la vida de los pueblos, civilizaciones
y la humanidad en su conjunto, y viceversa. Sí, la ley de los derechos.
persona en un país en particular hoy en día se distingue por una obvia
falta de características de universalidad, violación de los derechos de un individuo
ka o un grupo de personas adquiere la naturaleza del peligro de un planetario
escala (por ejemplo, desastres ambientales, terrorismo), derechos
de una persona se han convertido en un “lado tolerante”, así como en una herramienta para resolver
de todos los problemas globales.

Observador político de RIA Novosti, Yuri Filippov.

¿Cómo afectan los procesos de globalización a la situación mundial en el campo de los derechos humanos? Este tema es multifacético e incluye no solo aspectos políticos y legales, sino también muchos aspectos económicos, ambientales, culturales, sociales y de otro tipo. Su mera enumeración y breve descripción requeriría un folleto sólido. Sin embargo, hay balizas de guía por las cuales puede navegar en este tema.

Por ejemplo, en el informe anual de Freedom House, publicado en diciembre de 2005, se afirma que el 46 por ciento de la población mundial (¡y esto son tres mil millones de personas!) ahora vive en los llamados países "libres", es decir, en condiciones de “competencia política abierta, respeto por los derechos civiles, un grado significativo de desarrollo de la sociedad civil y medios independientes”. Hace tres décadas, en 1973, cuando el mundo estaba dividido en esferas de influencia y solo los intelectuales occidentales más atrevidos soñaban con la globalización, en condiciones de tal libertad, según la misma Freedom House, solo vivía el 35 por ciento de la humanidad, es decir, menos que eso la tercera parte - lo que comúnmente se llama el "mil millones de oro". En otras palabras, desde que la globalización ha afirmado poderosamente sus derechos, la proporción de sociedades democratizadas en el mundo ha aumentado significativamente. Por lo tanto, existe una conexión entre la globalización y los derechos humanos, y esta conexión es en su mayoría positiva.

Otros cambios también son interesantes: la proporción de la población de los países descritos por Freedom House como "no libres" ha caído del 47 por ciento al 36 por ciento, y la proporción de gobiernos democráticos en el mundo ha alcanzado el 64 por ciento. Esto significa que casi dos tercios de los gobiernos de los estados miembros de la ONU son hoy democráticos según los criterios muy estrictos de una organización no gubernamental internacional. Este es un récord mundial verdaderamente universal, y hay razones para creer que se romperá en los próximos años.

La interacción de los procesos asociados a la globalización (incluyendo la expansión global y el fortalecimiento de los derechos humanos), por un lado, y soberanías estatales, por otro lado, a menudo se ve como una de las contradicciones sistémicas del mundo moderno. De hecho, muchos estados soberanos han priorizado durante mucho tiempo su absoluta autonomía e independencia, y por lo tanto declararon la observancia de los derechos humanos en su propio territorio como un asunto interno. En gran medida, esta situación aún persiste en muchas regiones. En los últimos años, los medios de comunicación europeos y mundiales han dado amplia cobertura a los conflictos desarrollados en las sesiones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, cuando, por ejemplo, la situación de los derechos humanos en Chechenia, donde Rusia estaba realizando una campaña antiterrorista operación, se discutió. La comunidad mundial sabe mucho menos sobre la actitud discriminatoria hacia el idioma ruso en Ucrania, donde los rusoparlantes constituyen hasta la mitad de la población, o sobre la opresión de los rusos en los países bálticos, donde la minoría nacional más numerosa, que asciende a decenas de miles de personas, tiene el estatus de “no ciudadanos”.

Sin embargo, la adhesión de los estados bálticos a la Unión Europea, los intentos de integrarlos en un único espacio legal y cultural europeo dan esperanza de que la situación de los derechos humanos en estos países cambie para mejor.

Es sabido que la globalización en el mundo moderno va de la mano con la regionalización, es decir económica, jurídica, cultural, etc. integración de grandes regiones del planeta. Desde este punto de vista, la integración europea, que incluye no sólo los procesos que tienen lugar en el territorio de la Unión Europea, sino también, más ampliamente, en las vastas extensiones hasta los Urales y la Gran Cordillera del Cáucaso, e incluso atravesándolas , puede ser considerado como parte de procesos comunes globalización

Hay que decir que Europa, dentro de fronteras tan amplias, es el lugar más propicio para la realización de los derechos humanos. Rica experiencia histórica, general buena voluntad, reflexivo y suficientemente efectivo a nivel nacional y instituciones internacionales(en primer lugar aquí, quizás, sea el Consejo de Europa el que debería ponerse), permitir apoyar régimen jurídico que cumpla con los requisitos de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos en la mayor medida posible.

Por supuesto, esta situación no siempre existió en Europa. Recién en el siglo pasado, atravesó dos de las guerras mundiales más sangrientas de la historia de la humanidad, destruyó con gran esfuerzo al fascismo, que ya había comenzado a convertir su territorio en arena de sus planes misantrópicos, vio la decrepitud y caída de los gobiernos totalitarios. regímenes. La situación de la supervisión de los derechos humanos en Europa cambió de forma más significativa en la segunda mitad de la década de 1990, cuando se amplió el Consejo de Europa con nuevos miembros orientales. En 1998, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales fue complementado por el Protocolo nº 11, que permitió reformar Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La jurisdicción del TEDH se extendió a todos los estados miembros del Consejo de Europa. Así, los derechos humanos en los países europeos no sólo fueron declarados, sino que también recibieron protección judicial supranacional. Cada europeo tuvo la oportunidad de buscar la realización de sus derechos en el marco de un procedimiento legal internacional. decisiones del TEDH son vinculantes para todos los estados miembros del Consejo de Europa y actúan como una de las fuentes de su derecho interno.